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Clasificación de los funcionarios según nuestras leyes. Se ha mencionado que tradicionalmente nuestros textos legislativos dividen a quienes ejerce...

Clasificación de los funcionarios según nuestras leyes. Se ha mencionado que tradicionalmente nuestros textos legislativos dividen a quienes ejercen la función pública en empleados de confianza y los de base, los equivalentes a la clasificación que los distingue en funcionarios y en empleados. En específico, el apartado B del art. 123 constitucional refiere en la fracc. XVI que los cargos de confianza serán los determinados en la ley y, además, deja protegidos los derechos de quienes los desempeñen, tanto en materia de seguridad social como en la salarial. Al reglamentar este aspecto, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en el art. 5º enumera a los trabajadores considerados de confianza y, por exclusión, determina a los de base. De la constitución federal podemos desprender otras clasificaciones, en su oportunidad comentadas, como la contenida en el art. 108, que habla de los servidores públicos y los cataloga en representantes de elección popular, miembros del poder judicial, funcionarios, empleados y personas que desempeñan empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza. El art. 110 hace referencia a los de responsabilidades determinadas mediante juicio político y a aquellos contra quienes se sigue el procedimiento común. Asimismo, puede inferirse una distinción, igualmente mencionada, de acuerdo con el ámbito de competencia, que los clasifica en servidores públicos federales, locales y municipales; de conformidad con la división de poderes, en servidores públicos del poder ejecutivo, legislativo y judicial. Otras clasificaciones que podemos ensayar: personal sindicalizado y no sindicalizado; civil y militar. También es de utilidad anotar la siguiente: el personal en funciones, comisionado, con incapacidad, con licencia, suspendido y jubilado; esta distribución es muy empleada en la práctica.

27.3 Clasificación de los funcionarios según nuestras leyes

Esta pregunta también está en el material:

20 -derecho-administrativo-2o-curso
521 pag.

Direito Administrativo II Universidad de Buenos AiresUniversidad de Buenos Aires

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