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Según los argumentos funcionales de legitimación, la existencia del Estado se justifica en base a su necesariedad misma. El Estado es necesario par...

Según los argumentos funcionales de legitimación, la existencia del Estado se justifica en base a su necesariedad misma. El Estado es necesario para garantizar el funcionamiento de la sociedad. Y dicho funcionamiento sólo es posible si se garantiza la seguridad de los individuos. Es por ello que los fines públicos que dicen relación con el núcleo duro de del Estado, aquellos que justifican su existencia, están relacionados con la noción de confianza y con la aportación de seguridad. La justificación primaria del Estado se encuentra, como hemos advertido al inicio de este trabajo, en su posición de garante de este orden público. La articulación de la estructura de poder propia del Estado se justifica, en la misma línea, en la necesidad de atribuir a éste los medios necesarios para que el objetivo de garantizar la seguridad de los ciudadanos se transforme en una realidad. Por lo demás, la sumisión del Estado al Derecho y, en concreto, la sumisión del poder ejecutivo del Estado, -esto es, la Administración- a un régimen jurídico especial –el Derecho Administrativo-, permite confiar en que, a través de tales estructuras, no sólo se materializarán los objetivos de seguridad propuestos, sino que también se garantizarán los derechos de los ciudadanos frente al ejercicio de las potestades necesarias para la consecución de tales objetivos. La confianza en los gobernantes y en la Administración, en su capacidad para gestionar los fines concretos que tienen encomendados, constituye, en este sentido, un presupuesto básico y necesario en la articulación de las estructuras de poder que rigen todo sistema social. Las estructuras públicas en las que se ha venido basando la confianza de los ciudadanos, sin embargo, no pueden, en la actualidad, aportar los niveles de seguridad que se espera de ellos. Esta imposibilidad proviene de factores muy diversos. Hemos hecho referencia ya a la pérdida de capacidad de actuación de los poderes públicos, derivada del aumento de la complejidad social y del incremento de la complejidad de las cuestiones que debe resolver el Estado. Las técnicas clásicas de intervención de la Administración pública que han venido siendo utilizadas para garantizar la seguridad de los ciudadanos en todos los ámbitos –esto es, las técnicas autoritarias de regulación de policía-, presentan hoy escasa operatividad. No hemos mencionado, sin embargo, hasta el momento, el argumento más contundente. En la sociedad actual, caracterizada por el imparable desarrollo de la técnica, la seguridad es un bien inalcanzable. Ni siquiera la ciencia es capaz de garantizar hoy la seguridad frente a los riesgos por ella generados. Atendiendo a este dato –incontestable como se intentará demostrar a lo largo de este trabajo-, y tomando en consideración los fines y las funciones que la Constitución encomienda y atribuye a los poderes públicos, es posible ofrecer una reconstrucción del argumento funcional de legitimación del Estado. Según dicha reconstrucción, la existencia del Estado es necesaria para evitar en lo posible la destrucción de la sociedad provocada por un previsible descontrol de los riesgos por ella generados. Esta función de garante atribuida al Estado puede deducirse no sólo de las Normas Fundamentales existentes en todos los países de nuestro entorno, sino también de la redistribución de responsabilidades que ha tenido lugar, en materia de protección de bienes de carácter colectivo, gracias a la acción reguladora de la Unión Europea. Empezaremos por fundamentar las afirmaciones precedentes con base en un análisis de los fines y las funciones que, de acuerdo con los textos constitucionales vigentes en nuestro entorno jurídico y a su interpretación más habitual, corresponden a los poderes públicos. De acuerdo con la Constitución, son los poderes públicos y, más en concreto, las Administraciones Públicas, quienes tienen encomendada la misión de actuar al servicio de los intereses generales y de satisfacer determinados fines públicos. Tales fines vienen regulados en la Norma Fundamental en forma de deberes u obligaciones de protección, relacionados con los derechos y libertades públicas, los derechos de los ciudadanos, o los principios rectores de la política social y económica. Es por ello que el haz de potestades que se otorgan a estos sujetos pueden calificarse como “poderes-función”, entendiendo por tales aquellos atribuidos por el ordenamiento jurídico para el cumplimiento de ciertos fines específicos, que coinciden, a su vez, con los derechos fundamentales. Se ha advertido que puede establecerse una relación directa entre los distintos modelos de Estado y la evolución de los derechos fundamentales. El modelo de Estado liberal, el Estado social y el Estado contemporáneo responderían, correlativamente, a las siguientes tres “generaciones” de derechos. En una primera fase, los derechos humanos vienen considerados como derechos de defensa de las libertades del individuo, que exigen la autolimitación y la no injerencia de los poderes públicos. En la teoría liberal clásica los derechos.

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Análise e Desenvolvimento de Sistemas Universidad Distrital-Francisco Jose De CaldasUniversidad Distrital-Francisco Jose De Caldas

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