R. MALIANDI, “Axiología y fenomenología”, en V. Camps, O. Guariglia y F. Salmerón (Eds.), Concepciones de la ética, op. cit., p. 81 exp lica que M...
R. MALIANDI, “Axiología y fenomenología”, en V. Camps, O. Guariglia y F. Salmerón (Eds.), Concepciones de la ética, op. cit., p. 81 exp lica que Max Weber, en su célebre conferencia titulada “Política como vocación”, realizó la distinción entre una “ética de la convicción o de la intención” y una “ética de la responsabilidad”. Esta distinción ha sido ampliamente acogida. De acuerdo con ella, se entiende por ética de la convicción o de la intención aquella ética que se basa en la prescripción o prohibición de determinadas acciones incondicionalmente consideradas como buenas o malas en sí. La ética de la responsabilidad, en cambio, impone tener en cuenta las consecuencias previsibles de las propias decisiones así como las circunstancias en las que se actúa y en las que se toman tales decisiones.
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