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lo ajeno del acto con respecto al objeto social constituye una cuestión de hecho que debe ser analizada cuidadosamente en cada situación concreta, ...

lo ajeno del acto con respecto al objeto social constituye una cuestión de hecho que debe ser analizada cuidadosamente en cada situación concreta, y en caso de duda, se entiende que el acto queda comprendido dentro de las facultades del representante social y obliga a la entidad. esta regla interpretativa es la que mejor consulta el interés de los terceros de buena fe que contratan con el ente social. el análisis que debe efectuarse para determinar si el acto ejecutado por el administrador queda comprendido o no en el objeto social (y, por ende, si la persona jurídica queda obligada) debe llevarse a cabo teniendo en consideración que: a) es importante que el objeto social designado en el contrato sea específico y determinado; por lo que, en primer lugar, ha de estarse al modo en el que el objeto ha sido enunciado en el estatuto; b) se está habilitado para realizar aquellos actos complementarios o útiles o conexos para desarrollar su objeto (por ejemplo la compra del inmueble referenciada precedentemente para instalar el fondo de comercio); c) la ajenidad de la operación ejecutada por el representante social no está ligada a la naturaleza de las actividades de la sociedad, sino, primordialmente, a las categorías de actos que de manera alguna tienden a beneficiar a la entidad.

a) es importante que el objeto social designado en el contrato sea específico y determinado; por lo que, en primer lugar, ha de estarse al modo en el que el objeto ha sido enunciado en el estatuto;
b) se está habilitado para realizar aquellos actos complementarios o útiles o conexos para desarrollar su objeto (por ejemplo la compra del inmueble referenciada precedentemente para instalar el fondo de comercio);
c) la ajenidad de la operación ejecutada por el representante social no está ligada a la naturaleza de las actividades de la sociedad, sino, primordialmente, a las categorías de actos que de manera alguna tienden a beneficiar a la entidad.

Esta pregunta también está en el material:

CCyC_Comentado_Tomo_I (arts 1 a 400)
653 pag.

Direito Civil I Universidad Nacional de La PlataUniversidad Nacional de La Plata

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