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Derecho o potestad que se tiene frente al Estado para obtener la actividad jurisdiccional. “PODER de hacer valer una pretensión”. Es el derecho a la prestación de la jurisdicción. Concepto Unidad Temática V La Acción Naturaleza Jurídica Doctrina Clásica • No hay derecho sin acción, pues de lo contrario el derecho no seria mas que letra muerta. • No hay acción sin derecho, ya que la primera es solo una parte de este segundo. Doctrina Moderna • Acción y derecho sustancial no se identifican: uno es el derecho de acción, y otro el derecho material que a través de la demanda, precisamente promovida en el ejercicio de la acción, se pretende valer. Teoría Clásica o Civilista La acción es un aspecto del derecho sustancial. La acción no existe como derecho separado, sino que constituye uno de los modos en que se puede ejercitar el derecho subjetivo privado. Savigny: es el derecho (civil) que nace de la existencia de un derecho subjetivo (civil) y de su violación por otra persona. NO HAY ACCION SI NO HAY DERECHO Teorías Modernas Procesalista • Sostienen la autonomía o independencia de la acción con respecto al derecho subjetivo, surgen en 1856 con una obra de Wendscheid que provocó una fuerte polémica con Muther. Teoría Moderna Procesalistas • Pretensión deducida en juicio contra el demandadoWendscheid • Derecho que se dirige al mismo tiempo contra el Estado (para que conceda tutela jurídica) y contra el demandado (para obligarlo al cumplimiento de la pretensión Muther Couture: • “Es el poder jurídico que tiene todo sujeto de derecho de acudir a los órganos jurisdiccionales a reclamar la satisfacción de una pretensión” • La acción vive y actúa con prescindencia total del derecho sustancial que el actor quiera ver protegido y no solo la acción infundada, sino también hasta la temeraria, puede merecer la consideración de la actividad jurisdiccional hasta su último instante. Chiovenda: • Es un derecho potestativo, distinto y autónomo respecto del derecho material, que nace y puede extinguirse independientemente de éste. Goldschmidt: • Es un derecho público subjetivo dirigido contra el Estado para obtener su tutela jurídica mediante sentencia favorable. Carnelutti: • El derecho de acción no existe frente al Estado, sino contra la persona del juez, para constreñirlo a administrar justicia. Actualmente: • Es un derecho o potestad cívico que se tiene frente al Estado para obtener la actividad jurisdiccional. Es el derecho al Proceso. Sostienen la AUTONOMIA de la acción respecto del derecho subjetivo. Son el punto de partida respecto de la autonomía del derecho procesal como disciplina jurídica. Correlación entre Acción y Jurisdicción Potestad siempre provocada que el estado le otorga a uno de sus órganos a los fines de que administre justicia, siempre INSTADA la misma a través de una acción que conlleva una pretensión y un objetivo: resolver sobre la misma. No hay jurisdicción sin acción La función jurisdiccional es un servicio que el Estado presta al ciudadano LA JURISDICCIÓN NECESITA DE LA ACCIÓN, Y LA ACCIÓN NECESITA DE LA JURISDICCIÓN “Nemo iudex sine actore” La acción es condición indispensable para el ejercicio de la jurisdicción Acción y Pretensión ACCION (dirigida al juez) Derecho o potestad para hacer valer la pretensión PRETENSION (dirigida al demandado) Lo que el actor pretende obtener del demandado Diferencias y Relaciones Parte Actora Parte Demandada Actora Acción Pretensión Demanda Demandado Excepción Defensa Contestación Demanda Requisitos y Elementos Requisitos de la acción Competencia del órgano judicial Capacidad procesal Formalidad de los actos procesales Elementos de la Acción Elementos Causa Objeto Sujeto Elementos de la Pretensión • Es la persona que pretende (actor), y la persona contra la cual se pretende (demandado).Sujeto • En sentido inmediato es la sentencia a la que el actor aspira. • En sentido mediato y final, es el bien que sirve para satisfacer el interés que se quiere tutelar Objeto •Causa Petendi, es la razón o fundamento o titulo de la pretensión. • Acontecimientos o situaciones de hecho, especial y temporalmente determinados con determinada consecuencia jurídica Causa Sujeto de la Pretensión Subjetivamente Idénticas CORRESPONDAN A LA MISMA PERSONA CONTRA LA MISMA PERSONA Persona contra la que se pretende DEMANDADO EJECUTADO Persona que pretende ACTOR EJECUTANTE Objeto de la Pretensión • es la sentencia a la cual el sujeto activo de la pretensión aspira. En sentido inmediato • el bien que sirve para satisfacer el interés para cuya tutela el actor o el ejecutante ocurrió ante los tribunales. En sentido mediato Clasificación de las pretensiones Según el pronunciamiento que persiguen DE CONOCIMIENTO DE EJECUCION CAUTELARES Según la naturaleza del derecho material que invocan REALES PERSONALES MIXTAS DE CONOCIMIENTO “pretenden la declaración de certeza por parte del órgano jurisdiccional a fin de que se dilucide o determine una situación jurídica.” DECLARATIVAS Tiende a obtener un pronunciamiento que elimine la falta de certeza sobre la existencia, eficacia, modalidad o interpretación de una relación o estado jurídico (positiva: prescripción adquisitiva-filiación) (negativa: nulidad falsedad) DE CONDENA Se reclama el pronunciamiento de una sentencia que imponga al demandado el cumplimiento de una pretensión (de dar, de hacer o de no hacer). Dicha sentencia configura un título ejecutivo. DETERMINATIVAS Se pide al juez que fije los requisitos o condiciones a los que quedaría supeditado el ejercicio de un derecho (reg. visita) CONSTITUTIVA Tiende a una declaración que referenciada al pasado, se acompañe con un cambio jurídico futuro (nulidad del matrimonio). • Son aquellas mediante las cuales se tiene por finalidad hacer efectiva la sanción impuesta en una sentencia de condena u obtener el cumplimiento de una obligación documentada en instrumento a los que la ley acuerda una presunción de legitimidad De Ejecución • Tienden a la obtención de una medida judicial que asegure el eventual cumplimiento de la sentencia de merito a dictar en un proceso de conocimiento o ejecución.Cautelares • Son aquellas en las que el derecho cuya tutela se demanda es un derecho de obligación Personales • El derecho controvertido es un derecho real.Reales • Un derecho de obligación y un derecho real (daños mas reivindicación Mixtas Acumulación Pretensiones BENEFICIOS reducción de tiempo esfuerzo y gastos evitar pronunciamiento contradictorios Consiste en el ejercicio dentro de un mismo proceso de dos o más pretensiones a fin de que sean resuelta en una única sentencia. Clases Acumulación De Pretensiones ACUMULACION ORIGINARIA O EVENTUAL ACUMULACION SOBREVINIENTE Según la Modalidad SIMPLE EVENTUAL ALTERNATIVA SUCESIVA Según el Motivo OBJETIVA SUBJETIVA Tipos ORIGINARIA (Conjuntamente con la demanda) Objetiva (hasta la notificación de la demanda) Subjetiva (varios actores o demandados) SOBREVINIENTE (después de promovido la demanda se incorporan nuevas pretensiones ej. Reconvención, citación tercero, acumulación procesos) SIMPLE (dos condenaciones simultáneas, ej. devolución de la cosa y daños) ALTERNATIVA (dos para que el juez escoja una, ej. Cumplimiento de la obligación o pago de la cláusula penal) EVENTUAL O SUBSIDIRARIA (en el caso que una se desestime se escoja la otra, ej. Nulidad del matrimonio o divorcio) SUCESIVA (pretende se acoja una y en el caso que proceda, también la complementaria, ej. Divorcio y separación de la sociedad conyugal) momento TIPOS modalidad Acumulación de Procesos Concepto Reunión ante un mismo estado o en un solo expediente de dos o más proceso en trámite, que por tener pretensiones conexas sea resuelta en una sola sentencia. Finalidad 1. Evitar el escándaloJurídico; 2. Aprovechar los elementos comunes; 3. Impedir inútil duplicación del intervención judicial; Requisitos 1. Comunidad de causa (conexidad por identidad de objeto o causa). 2. Compatibilidad (procesos homogéneos - identidad de trámite). 3. Competencia (en razón de la materia). 4. Que sean susceptible de sustanciarse por los mismo trámites (ordinario, ejecutivo, sumario). 5. Que estén en la misma instancia. Efectos A. Los procesos cuya acumulación se solicita quedan suspendido hasta que se decida sobre tal pedimento. B. Dispuesta la acumulación, ésta tendrá que concretarse sobre el expediente en el cual se notifico primero la demanda (principio de prevención) o en el que la instrucción se hallé más avanzada (principio de economía y celeridad). C. Se suspende el curso del expediente que llegue a estado de sentencia hasta que él o los restantes acumulados alcancen el mismo estado. D. La totalidad de los procesos acumulados se deciden, al mismo tiempo por una única sentencia. Presupuestos de la Acumulación Objetiva de Acciones Acumulación De Procesos Conexidad Competencia Misma Instancia Procesos Homogéneos Excepciones y Defensas La excepción es una posibilidad defensiva para detener o para excluir al derecho de acción. Concepto Clases DILATORIAS • Se vinculan con los impedimentos procesales. Uno de los mecanismos para denunciar la existencia de un impedimento procesal y de ese modo obstar a que el proceso avance hasta que el obstaculo sea superado es la excepcion dilatoria PERENTORIAS • Las Excepciones dilatorias impiden definitivamente entrar a juzgar sobre el merito o demerito de la pretensión. Excepciones de Previo y Especial Pronunciamiento Concepto • En nuestro Derecho Positivo, el legislador estimo que entre los medios defensivos que tiene el demandado es conveniente que algunos sean resueltos en carácter previo, a fin de evitar un innecesario dispendio jurisdiccional. Caracteres • Existencia de un proceso privado. • Enunciación taxativa. • Continuación del plazo para su la contestación de la demanda. EXCEPCIONES DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO COSA JUZGADA DEFECTO LEGAL LITISPENDENCIA FALTA MANIFIESTA DE LEGITIMACION PARA OBRAR FALTA DE PERSONERIA INCOMPETECIA TRANSACCION , CONCILIACION Y DESESTIMIENTO DEL DERECHO Práctico • ACCIÓN. “DERECHO SIN ACCIÓN” Y “ACCIÓN SIN DERECHO”. EXPLIQUE AMBOS CONCEPTOS. • ACCIÓN, PRETENSIÓN Y DEMANDA. • DEMANDA. FUNCIÓN DE LA DEMANDA. ¿DEBE LA DEMANDA INDEFECTIBLEMENTE CONTENER LA PRETENSIÓN? FUNDAMENTE SU RESPUESTA. • ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES: ¿HASTA QUÉ OPORTUNIDAD PROCESAL PUEDE SER SOLICITADA POR EL ACTOR? • ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES: ENUMERE LOS 3 (TRES) PRESUPUESTOS PARA SU PROCEDENCIA. PRACTICO Realicen un escrito como abogados de la parte demanda en la causa “Paulo Echarri c/ Sofía Zamolo s/Resolución de Contrato”, en la que se solicita se acumule este proceso al pago por consignación iniciado con anterioridad por Sofía Zamolo (“Sofía Zamolo c/Paulo Echarri s/Pago por Consignación”), fundamente su petición.
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