Logo Studenta

Esquema teoría del delito

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

ACCION
(Conducta exterior
evitable- Roxin)
TIPICIDAD
(Cuando la acción se adecúa a un tipo penal)
ANTIJURICIDAD CULPABILIDAD
TIPICIDAD OBJETIVA TIPICIDAD SUBJETIVA
Causas que excluyen la
acción:
1) Estado de
inconsciencia
absoluta: No hay
dominio consciente
del cuerpo,
totalmente ajeno a la
voluntad del sujeto
2) Actos reflejos:
Aquellos realizados
por instinto.
3) Fuerza física
irresistible: El
cuerpo de quien
realiza la acción
actúa como mero
instrumento
mecánico de la
fuerza de otro/s.
1. Resultado Típico: resultado exigido
por el tipo penal.
2. Relación de causalidad: causa física
de acción y resultado. Si se suprime
hipotéticamente la acción del resultado
no se produce, hay causalidad. Todo
factor que contribuye al riesgo es
casual.
3. Imputación objetiva: Materialización
del riesgo jurídicamente desaprobado
en el resultado y no otro riesgo.
Causas que excluyen la imputación
objetiva:
1. Riesgo permitido: Riesgo tolerado por
la sociedad. Ej.: andar en moto.
2. Principio de confianza: cuando quien
realiza la acción confía en que otro
obrará conforme a su deber. Ej.: La
enfermera o el doctor.
3. Competencia de la víctima: cuando la
víctima a contribuido a causar el
efecto.
Riesgo concurrente: Cuando ambos
tanto la víctima y autor han contribuido a
la causación el resultado.
SOLUCIONES:
A) Teoría tradicional: sin con la conducta
alternativa conforme a derecho –del
autor- no se puede con certeza o
probabilidad rayana a la certeza, que
el resultado no se producía, entonces
no puedo imputar el resultado al autor
(in dubio pro reo).
Conocimiento efectivo.
DOLO:
Conocimiento más voluntad de
realización del tipo objetivo.
1) DIRECTO: Obtener resultado
2) INDIRECTO: Resultado diferente al
esperado
3) EVENTUAL: No le importa el
desconocimiento o falso
conocimiento de algunos de los
elementos del tipo, generan un
ERROR.
ERROR DE TIPO:
(El autor no sabe lo que hace)
VENCIBLE: Elimina el DOLO pero no
la CULPA
INVENCIBLE: Elimina el DOLO y la
CULPA
ERRORES S/ LA CAUSALIDAD:
Violación al deber de cuidado
Aberratio ictus (error en el golpe):
Hay un desvío en la causalidad, se
produce un resultado que no es
identico al querido por el autor, pero es
jurídicamente equivalente. (Quiero
matar a “A” pero la bala se desvía y
mato a “B”).
Dolus Generalis: El sujeto cree haber
llegado a un resultado, pero este
sobreviene después de su
participación.
Para que la conducta sea antijurídica NO DEBEN
ENCONTRARSE PRESENTES NINGUNA CAUSA
DE JUSTIFICACIÓN (TIPO PERMISIVO).
LEGITIMA DEFENSA:
1) Agresión ilegítima.
2) Necesidad Racional del medio empleado.
3) Falta de provocación suficiente (por parte del
que se defiende).
- LEGITIMA DEFENSA PRIVILEGIADA.
- LEGITIMA DEENSA DE TERCEROS.
- LEGÍTIMA DEFENSA IMPERFECTA (Media
provocación suficiente ej.: el amante que mata
al marido)
SOLUCIONES:
A) SOLER: exceso en una causa de justificación,
aplicación del Art. 35 responde por CULPA.
B) NUÑEZ: Debe responder por el delito cometido
pues, no es legítima, porque falta un elemento
de la legítima defensa (falta de provocación
suficiente) RESPONDE POR EL TIPO
DOLOSO.
C) ZAFFARONI: Estado de necesidad exculpante
para el tramo doloso. RESPONDE POR
IMPRUDENCIA.
ESTADO DE NECESIDAD JUSTIFICANTE:
ELEMENTOS: Objetivos
1) Situación de peligro grave e inminente.
2) Necesidad racional del medio.
3) Ponderación del bien jurídico mayor.
4) Conducta socialmente adecuada.
5) Extrañez al conflicto, Ajenidad al mal.
6) Sujeto no debe estar obligado a soportar el
riesgo
7) El mal causado debe ser menor que el que se
quiere evitar
Atribución del injusto al autor (No debe
confundirse con culpa).
ELEMENTOS DE LA CULPABILIDAD:
a) Comprensión de la criminalidad del
acto: posibilidad de comprensión de la
criminalidad del acto.
-Insuficiencia de las facultades:
-Menores.
-Enfermedades mentales severas.
-Sonambulismo.
-Alteraciones morbosas de las
mismas:
-Estados crepusculares.
-Fobias.
b) Autodeterminación suficiente:
Libertad suficiente para obrar de acuerdo
a la comprensión. No obra con
autodeterminación suficiente:
- Quien es coaccionado por otro
(ESTADO DE NECESIDAD
EXCULPANTE)
- Quien se encuentra en emoción
violenta
ERROR DE PROHIBICIÓN:
Sabe lo que hace. No sabe que la conducta
está prohibida. Elimina la culpabilidad.
TIPOS:
DIRECTO: Recae sobre la legalidad de la
norma (no sabía que existía esa norma que
prohibía la conducta).
INDIRECTO: Recae sobre la permisión de la
conducta.
1.) Cree que se encuentra en una causa de
justificación que no existe.
2.) No hay permiso. Existe la causa pero
no se dan los requisitos.
Omisión
Impropia
B) Teoría del incremento de riesgo: el
resultado debe imputarse a quien puso
más de su parte para que el resultado
se realice, ósea a quien produce más
riesgo.
4) Prohibición de regreso: cuando un
tercero añade dolo a una conducta
conforme a derecho. Es decir si mi
conducta no fue típica desde el inicio,
tampoco lo será de regreso. Ej.: el
taxista y los ladrones.
TIPOS OMISIVOS
1) Situación Típica: situación que la ley
describe.
2) No realización de la conducta
debida.
3) Posibilidad física.
4) Resultado Típico
5) Nexo de Evitación (Ex-Post)
6) Posición de Garante:
Ley
Contrato
Hecho precedente
OMISION PROPIA: DOLO
OMISIÓN IMPROPIA: DOLO O CULPA
SOLUCIONES PARA AMBOS
CASOS:
a) Tipo Doloso
b) Tentativa de tipo doloso más
tipicidad culposa.
Error in personam: Cuando el sujeto
se equivoca sobre la personalidad de
la víctima. Es resultado es
jurídicamente equivalente.
Efecto: Este error es irrelevante a los
efectos del DOLO, (comete una acción
típica).
CULPA:
Posibilidad de conocimiento.
-Con representación: se representa el
resultado pero cree que no pasara.
-Sin representación: no se representa
el resultado.
Por IMPRUDENCIA: hacer algo de
más.
-Por NEGLIGENCIA: hacer algo de
menos.
-Por IMPERICIA: Culpa del
profesional.
-Por INOBSERVANCIA DE LOS
REGLAMENTOS O DEBERES A SU
CARGO
Se añade un elemento del tipo
objetivo: VIOLACIÓN AL DEBER DE
CUIDADO.
TIPO SUBJETIVO: Elemento subjetivo
distinto del dolo.
Tendencia interna trascendentes.
A- Cortados delitos de resultado.
B- Delito incompleto de dos actos
OBEDIENCIA DEBIDA
EJERCICIO LEGÍTIMO DE UN DERECHO
ESTRUCTURA DEL TIPO PERMISIVO
- Elementos objetivos:
- Agresión ilegítima.
- Necesidad racional del elemento utilizado.
- Falta de provocación previa
- Elementos subjetivos:
- Conocimiento
ERROR SOBRE ELEMENTOS DEL TIPO
PERMISIVO:
Ej.1: Un sujeto cree que se defiende de un ladrón,
pero en realidad es su amigo disfrazado
Ej. 2: Un sujeto pretende atacar a su peor enemigo
a golpes………….. En ese momento decide
atacarlo con un cuchillo.
TREORIAS A RESOLVER:
1) Teoría objetiva (Zaffaroni): Para que exista la
causa de justificación, basta con que se
encuentren presentes los elementos objetivos
de la causa de justificación. No importa que el
sujeto no conozca el hecho de que se
encuentra en una causa de justificación (NO
RESPONDE).
2) Teoría subjetiva (Sancinetti): no es necesario
que se encuentre presentes los elementos
objetivos. Para esta teoría el sujeto que se
encuentra objetivamente en una causa de
justificación, el sujeto debe querer realizarla
(predomina la parte subjetiva) .RESPONDE EN
FORMA DOLOSA.
TEORIA COMPLEJA:
Valor de Acción + Valor de Resultado = CAUSA DE
JUSTIFICACIÓN.
Disvalor de Acción + Valor de Resultado = DELITO
EN GRADO DE TENTATIVA.
Valor de Acción +Disvalor de Resultado = DELITO
EN GRADO DE CULPA.
EFECTOS:
ERROR DE PROHIBICIÓN:
VENCIBLE: disminuye la CULPABILIDAD
(MENOS PENA).
INVENCIBLE: elimina la culpabilidad
(IMPUNIDAD)
ESTADO DE NECESIDAD EXCULPANTE:
Elimina culpabilidad (no puede que sea
ajeno al mal).
- Mal grave o peligro inminente.
- Bien jurídico salvado de igual o menor
valor jerarquía que el sacrificado.
- El mal debe sufrir el mismo sujeto que
se encuentra en estado de necesidad.
- Que no esté obligado a soportar el
riesgo.
- Necesidad debe ser el medio menos
lesivo y apto para repeler el mal.
Omisión
Propia

Continuar navegando

Materiales relacionados

66 pag.
Unidad 6 El Tipo Activo Doloso pptx

SIN SIGLA

User badge image

Agustin Insaurralde

87 pag.
Derecho Penal - Parte General Módulo 2

SIN SIGLA

User badge image

Agustin Insaurralde

6 pag.
ASPECTO SUBJETIVO DEL TIPO DOLOSO

SIN SIGLA

User badge image

Agustin Insaurralde

26 pag.
PENAL 1 SEGUNDO PARCIAL

SIN SIGLA

User badge image

Ignacio