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SEMANA 1 MODULO 1 - Lucio Quiñonez Colman

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SEMANA 1 MODULO 1 
DERECHO CONSTTUCIONAL 
 
Derecho constitucional: es el conjunto de normas jurídicas habilitantes y positivas de derecho público interno elaboradas por el constituyente que limitan el poder público del estado, crean los órganos y las instituciones que la componen, fijan las relaciones de
estos entre sí, determinan el modelo estructural de estado y su forma de gobierno, establecen reglas de las relaciones entre el estado y las personas y garantizan los derechos fundamentales de estos.
Germán bidart campos dice: “que la rama del derecho encargada de analizar y
controlar las leyes fundamentales que rigen al estado se conoce como derecho
constitucional 
Ciencia Constitucional
Es el conocimiento sistemático del Derecho Constitucional de los Estados y de
los orígenes, surgimiento, desarrollo, características, elementos de
conformación, funciones y finalidades de sus Constituciones.- 
Teoría constitucional: Es el conocimiento abstracto no empírico de los conceptos constitucionales. 
OBJETO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL 
No es otro
que el fenómeno político juridizado 
No hay derecho constitucional fuera del marco de lo político 
El Derecho Constitucional es la
rama del derecho encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales
que rigen al Estado. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la
regulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos
como entre sus distintos órganos.- 
CONTENIDOS
Predicamos aquí la teoría tridimensional con tres elementos como parte inescindible del derecho: la norma, la conducta y el valor.- 
Ámbito normativo: esta parte del derecho constitucional la conforman los preceptos que regulen la materia constitucional, ej: la constitución, las leyes, tratados, etc, y aquellas disposiciones que la costumbre ha impuesto y se conocen bajo el nombre de Derecho Consuetudinario. 
Ámbito factico: es un dato existencial revelador de los comportamientos humanos que se dan entre los destinatarios de la norma en orden al grado de acatamiento que merecen los preceptos emanados del poder público.- 
Ámbito axiológico: el primer y gran valor de toda sociedad pasa por el ideal de justicia, pero la justicia no es el único valor del plexo y vinculados a su concreción aparecen las ideas de orden, seguridad, cooperación, solidaridad, paz, desarrollo, etc. 
CONCEPTO DE CONSTITUCION
Es la ley suprema de un Estado que establece su organización, su funcionamiento, su estructura política y los derechos y garantías de los habitantes de ese Estado. Es la ley de las leyes o la madre de las demás norma, pues si las otras están en contradicción con ellas, pueden ser declaradas inconstitucionales. 
TIPOS 
 VERSION RACIONAL NORMATIVA
VERSION HISTORISISTA 
VERSION SOCIOLOGICA 
Que concibe a la Constitución como un complejo normativo establecido de una
sola vez, en el cual, de manera integral, son determinadas las funciones
esenciales del estado, distingue claramente el poder constituyente del poder
constituido. Su fundamentación ideológica más importante es el liberalismo. 
La Constitución se va conformando con el devenir histórico de una comunidad.
Su soporte ideológico ha de ser el conservatismo frente al liberalismo. 
Tiene que ver con la manera de existir de una sociedad, de un pueblo, de una
nación. Enfoca la Constitución tal cual cómo funciona hoy en cada Sociedad. 
CLASIFICAFION 
SEGÚN REFORMA 
SEGÚN CONTENIDO 
RIGIDA 
FLEXIBLE
MATERIAL 
FORMAL
EL CONSTITUCIONALISMO. CONCEPTO ES EL MOVIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO QUE PROPUSO LA EXISTENCIA DE UNA LEY FUNDAMENTAL, LLAMADA CONSTITUCIÓN, PARA CADA ESTADO. 
CARACTERES
ESCRITA
DIVISION DE PODERES
RECONOCIMIENTO DE DERECHOS Y GARANTIAS
SUPREMA 
PODER CONSTITUYENTE
RIGIDA
ESTADO LIBERAL BURGUES
El Estado liberal surge como resultado de la Revolución Liberal en sustitución de la Monarquía absoluta propia del antiguo régimen. Es el sistema político propio del comienzo de la Edad Contemporánea en la nueva formación
económico social que puede denominarse Nuevo Régimen o Régimen Liberal. Su duración en el tiempo puede entenderse como continua hasta la actualidad 
CARACTERES 
EN LO POLITICO
EN LO SOCIAL
EN LO ECONOMICO
Democracia representativa a través del sufragio
Constitución del poder judicial con independencia para la administración de la justicia
pluralismo
Respeto de las libertades individuales
Respeto a la propiedad privada
Instauración del sistema económico de libre mercado
Privatización de fuentes y de medios de producción con escasa intervención estatal
El Estado social se ocupa de proteger a los individuos ante las consecuencias sociales del desempleo y de la incapacidad laboral, la jubilación y la enfermedad. Pero no solo emanan obligaciones del estado frente a los individuos, sino también del individuo con el estado. El Estado social supone para él, obligaciones como las de ayuda y protección social y para el individuo el comportamiento social y el pago de las cuotas sociales para la seguridad social. 
CARACTERISTICAS
*Economía intervenida y dirigida por el Estado. No planificada. Es planificada en el Estado socialista, no en el estado social.
*El Estado interviene en la relación empleado-empleador.
*Reconocimiento de derechos colectivos y la búsqueda de justicia social. 
EL CONSTITUCIONLISMO ACTUAL, DERECHOS DE LA TERCERA GENERACION Y LA INTERNACIONALIZACION DE LOS DERECHOS HUMANOS. ESTA TERCERA ETAPA, INCORPORA EL DERECHO DE LOS CONSUMIDORES, EL DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO Y EQUILIBRADO, LAS LIBERTADES INFORMÁTICAS, ETC. 
Aparición de nuevos controles
Defensor del pueblo nueva. Const. 194 Art. 86
El ministerio publico Art. 120
Consejo de la magistratura Art. 114
La protección de nuevos derechos denominados de la “tercera generación”,
también es característica del constitucionalismo de nuestros días: la protección
de los consumidores, del medio ambiente, integran las nuevas normas
constitucionales, entre ellas nuestro país, arts. 41 y 42. También ha sido
preocupación constitucional, los derechos humanos y la vinculación de los
mismos con normas y organismos internacionales. 
Constitución e interpretación 
Interpretar la norma hace:
A) Que el intérprete retroceda mentalmente al momento de la creación de esa norma y a la voluntad creadora.
B) El intérprete confronta el sentido que a la norma le asigna la comunidad con el sentido que le atribuye el autor. 
INTERPRETACION DE LAS NORMAS JURIDICAS. 
1- Como determinación del significado de una norma jurídica
2- Como actividad integral del juez. Que lo conduce a la decisión.
3- Como actividad inminentemente practica en el sentido de que procede
de casos prácticos y tiene por finalidad su resolución. Aquí la
interpretación está tomada como proceso.
4- En otras expresiones el vocablo se toma como el producto
5- Y en otras como el proceso / producto 
INTERPRETACION DE LA LEY Y LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA. 
Teorías normativas de la interpretación Los métodos interpretativos aparecen prescriptos como fórmulas o técnicas
objetivas para arribar al conocimiento del derecho. 1-Metodo literal: 2-Metodo exegético:
3-Metodo histórico4-Metodo Científico5-Escuela del derecho libre6-Metodo teleológico
Teoría Descriptiva
Es de naturaleza analítico descriptiva del proceso en virtud del cual se llega a
una decisión interpretativa y su justificación. 
Modulo 2: El poder 
El poder es un fenómeno social, producto de la interacción humana.
Consiste en la relación de subordinación en que se colocan recíprocamente los
seres humanos 
Según Weber: " el poder es la probabilidad de que un actor dentro de un sistema social este en posición de realizar su propio deseo, a pesar de las resistencias".
Para Tawney, se centra en la imposición de la propia voluntad sobre otras personas. 
En el pensamiento político moderno, el poder ha sido representado de tres
maneras que pueden ser diferenciadas, aunque no resulten, sin embargo,
completamente distintas:
I. El poder entendido como capacidad
II. El poder fundado en el consentimiento
III.El poder como una característica ineludible de las relaciones sociales. 
El Poder político o simplemente el Poder se diferencia de cualquier otro por la esfera de su actividad, su modo de influir en la conducta humana, los instrumentos que controla y los propósitos que lo orientan. Es siempre un poder dominante. La posibilidad de resistir su coacción no existe.
El poder del estado
El poder en el estado
El poder orgánico
El Estado
Es una unidad política, con instituciones objetivas diferenciadas que declaran y sostienen el derecho y aseguran el orden mediante el monopolio de la obligatoriedad acondicionada. Una entidad soberana y abstracta, a quien se confía la titularidad del Poder. 
Formas 
Federal 
Unitarios 
hay un poder ejecutivo, legislativo y judicial que regula la
conducta de los individuos en todo el ámbito espacial. 
además de las funciones ejecutivas, legislativas y judiciales conferidas al poder central, existen funciones y órganos legislativos, ejecutivos y judiciales en las provincias o Estados particulares, que dentro de su esfera actúan regulando la actividad individual. 
confederación consiste en la unión de Estados que conservan su soberanía y se rigen por determinadas leyes comunes. En términos de política moderna, es una unión permanente de Estados soberanos con fines de acción común. 
El reparto de competencias en la Constitución formal 
la constitución federal impone ciertas pautas en las estructuras de lineamiento que deben ser acatadas y reproducidas por las constituciones de los estados miembros 
Así lo estipula el art. 121: “las provincias conservan todo el poder no delegado por esta constitución al
gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación”. 
Poderes delegados, reservados y concurrentes 
Competencias exclusivas del estado federal
competencias exclusivas de las provincias 
competencias concurrentes 
competencias excepcionales del estado federal
y de las provincias 
competencias compartidas por el estado federal y las
provincias 
intervención federal; declaración del estado de sitio; relaciones internacionales; dictar los códigos de fondo o de derecho común y
las leyes federales o especiales, etc 
dictar la constitución provincial, establecer impuestos directos, dictar sus leyes
procesales, asegurar su régimen municipal y su educación primaria, etc. Esta
masa de competencias se encuentra latente en la reserva del art. 121, y en la
autonomía consagrada por los arts. 122 y 123, con el añadido del nuevo art.
124. 
las que pertenecen en común al
estado federal y a las provincias, se hallan: los impuestos indirectos internos, y
las que surgen del art. 125 concordado con el 75 inc. 18, más las del art. 41 y
el art. 75 inc. 17 
“Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y
establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines…” 
Las
provincias siguen siendo las interlocutoras políticas del gobierno federal, y el
nivel de reparto competencial. Las eventuales regiones no vienen a sumarse ni
a interponerse 
Garantía federal. Intervención federal 
el estado federal asegura, protege y vigila la
integridad, la autonomía y la subsistencia de las provincias, dentro de la unidad
coherente de la federación a que pertenecen 
El art. 5º declara que el gobierno federal garantiza a cada provincia el goce y
ejercicio de sus instituciones bajo las precisas condiciones 
a)adecuación de la constitución provincial a la forma representativa republicana, y a los principios, declaraciones y garantías de la constitución federal;
b) aseguramiento de la administración de justicia, del régimen municipal y de la educación primaria por parte de las provincias.
El art. 6º y los tipos de intervención 
a) por sí solo: para garantizar la forma republicana de gobierno, o repeler
invasiones exteriores; 
b) a requisición de las autoridades constituidas: para sostenerlas o restablecerlas, si hubieran sido depuestas por sedición o por invasión de otra
provincia. 
La primera intervención es dispuesta por el gobierno federal “motu proprio”, es decir, sin pedido de la provincia afectada.
Responde a dos causas:
a) garantizar la forma republicana de gobierno, lo que supone una alteración en ella;
b) repeler invasiones exteriores, lo que supone un ataque actual o inminente. 
La segunda intervención es dispuesta por el gobierno federal a pedido de la provincia. Son las “autoridades constituidas” de la provincia las que han de demandar la intervención, respondiendo a dos situaciones: 
a) para ser sostenidas;
b) para ser restablecidas.
En ambos casos, tanto si concurre:
a) sedición;
b) invasión de otra provincia. 
FORMAS DE GOBIERNO 
la organización del poder de autoridad. La forma de gobierno, en cuanto articulación funcional del poder, dependerá de las condiciones generales del Estado, de las circunstancias del medio y de las consecuencias que los dos elementos anteriores produzcan en lo político, económico y social. 
El art. 1º de la constitución proclama que la nación adopta para su gobierno la
forma representativa republicana federal. es una sociedad organizada en base a la
igualdad de todos os hombres, cuyo gobierno es simple agente del pueblo,
elegido por el pueblo de tiempo en tiempo y responsable ante el pueblo por su
administración” 
características
S o b e r a n í a d e l p u e b l o :
La soberanía es ejercida por el pueblo a través del sufragio. 
D i v i s i ó n d e p o d e r e s
Consiste en distribuir el poder del estado en diferentes órganos (Ejecutivo, Legislativo, Judicial) 
Periodicidad en el ejercicio de la función Pública:
No existe ningún cargo perpetuo en el gobierno. 
Responsabilidad de los Funcionarios Públicos
Los gobernantes son responsables ante los ciudadanos por los actos de
gobierno que realicen. 
Publicidad de los actos de gobierno
Los gobernantes deben informar al pueblo sobre los actos que realicen desempeñando las funciones de gobierno. 
I g u a l d a d a n t e l a l e y
Las leyes son aplicables de igual forma para todos los habitantes, cualquiera
sea su raza, color, idioma, sexo, etc 
Sistema representativo. 
Además de la declaración del art. 1º, el art. 22 recalca que el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por la constitución. 
La democracia 
En sentido estricto, la democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales 
Se estudia La Democracia en dos dimensiones de análisis: 1º) por un lado como conjunto de valores que conforman un estilo de vida, un modo de resolver conflictos que se presentan en la convivencia entre los seres humanos y de cooperar en pos del bien común y 2º) el análisis como organización política que busca corresponderse en ese conjunto de valores, y se plasma en los textos constitucionales y en las leyes derivadas El máximo representante de los ciudadanos en una democracia es quien ejerce el poder ejecutivo, es decir, el presidente del gobierno 
Tipos de democracia
Democracia directa o pura
Cuando son los mismos ciudadanos, sin intermediación de representantes, participan directamente en la toma de decisiones de carácter político a través del voto directo 
Democracia representativa o indirecta
Es aquella donde los ciudadanos ejercen el poder político a través de sus representantes, elegidos mediante el voto, en elecciones libres y periódicas. 
Democracia semidirecta
Otorga a los ciudadanos una mayor, más activa y más directa, capacidad de intervención e influencia en la toma de decisiones de carácter público 
REFERENDUM: Es el derecho del pueblo a intervenir directamente en la formulación y sanción de leyes o en algunade las etapas del proceso de su
formulación y sanción, tanto en el orden constitucional y legislativo como en el administrativo. 
INCIATIVA POPULAR: Es el derecho de una parte del cuerpo electoral a presentar un proyecto de ley para su necesario tratamiento por las asambleas legislativas o bien a exigir la consulta popular sobre cuestiones legislativas
determinadas 
PLEBISCITO: es el derecho reconocido al cuerpo electoral para intervenir en la
ratificación o aprobación de un acto esencialmente político, de naturaleza
constitucional o gubernamental. 
AUTOCRACIA 
sistema de gobierno en el que el poder supremo está concentrado en las manos de una persona La monarquía absoluta y la dictadura son las principales formas históricas de autocracia. 
TOTALITARISMO
es una idea política que considera que el estado posee el poder absoluto. Se caracteriza por eludir las normas básicas del Derecho de la sociedad moderna y no permitir una separación de
poderes. El Estado totalitario lleva a cabo un control total de la población y de todas sus instituciones mediante la propaganda y la policía. 
AUTORITARISMO
cuando en un país un solo
partido tiene el monopolio de la actividad política legal y no admite ninguna excepción a su poder, se habla de un régimen político totalitario las ideologías
autoritarias niegan la igualdad de los hombres, enfatizan la jerarquía como fuente de orden y evalúan como virtudes los rasgos de la personalidad autoritaria 
MONARQUIA ABSOLUTA
Es una forma de gobierno en la que el poder está concentrado en una persona. 
NEO PRESIDENCIALISMO. 
el poder ejecutivo posee preeminencia sobre el resto de los poderes, surge como conjunción entre las ideas
de democracia mezcladas con la tradición absolutista (monarquía absoluta). 
DICTADURA CONSTITUCIONAL 
el poder se concentra de manera autoritaria o totalitaria en las manos de un dictador, controlando este, directa o indirectamente, los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, por lo que no se asienta el principio de separación de poderes.
PODER CONSTITUYENTE

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