Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
CARLOS EDUARDO CABRERA CARRILLO DELITO De acuerdo al Código Penal del Estado de Michoacán, el delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales. Elementos positivos del delito a) Conducta Comportamiento humano voluntario, positivo o negativo, encaminado a un propósito. Es voluntario dicho comportamiento porque es decisión libre del sujeto y es encaminado a un propósito porque tiene una finalidad al realizarse la acción u omisión. b) Tipicidad Adecuación de la conducta al tipo penal. (El acto realizado del sujeto se adecua a lo que dice la ley). c) Antijuridicidad La conducta es contraria a lo que dice la norma. d) Culpabilidad Debe estar relacionado la conducta y el delito cometido, de igual el modo, el delincuente tiene que ser consciente de sus actos. e) Punibilidad El delito debe ser sancionado y esta es una impuesta por un juez. f) Imputabilidad Es la capacidad de querer y entender lo que se está haciendo, esto lleva de la mano el que el sujeto tiene que estar bien en sus capacidades mentales. Elementos negativos del delito a) Ausencia de conducta Si no hay conducta exteriorizada no se comete el delito (aquí entra el ejemplo de que por pensar en robar no se está cometiendo un delito). b) Ausencia de tipicidad Si en el Código Penal no se encuentra tipificada la acción cometida, esta no existe. c) Causas de justificación Cuando el autor del delito logra exponer una excusa legal, el delito desaparece. d) Inimputabilidad El individuo no se encontraba en plena capacidad física y mental para adquirir consciencia de sus actos. e) Inculpabilidad Si no logra demostrarse que el imputado es el culpable del delito, no existe este. f) Falta de condiciones objetivas g) Excusas absolutorias
Compartir