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CLASE 18

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CLASE 18
1° Año Tecnicatura Sup. Adm. de Recursos Humanos
ADMINISTRACION DE PERSONAL
EMAIL: oscapirubrunner@yahoo.com.ar
Celular: 02241 509176
Profesor Oscar Brunner
A partir de la contingencia del Covid 19, donde todos debemos extremar las medidas de higiene, se los invita a reflexionar sobre los hábitos saludables y los cuidados de la salud.
· Trabajaremos sobre la liquidación de Sueldos, analizando los distintos conceptos que lo conforman
Recibo de Sueldo
· Sueldo Básico: El sueldo básico es la remuneración (por lo general, mensual) establecida en el convenio colectivo de trabajo de cada actividad y que varía según la categoría. Luego, sobre este monto se calcularán los distintos adicionales.
· Sueldo Bruto: El sueldo bruto es la cantidad total que te paga una empresa. Contempla tu salario base, los bonos recibidos, prestaciones, horas extra, etc 
· Sueldo Neto: El sueldo neto es la cantidad final que percibes cada vez que la empresa te paga. Ya con las retenciones propias de seguridad social e impuestos que establece la ley
· Antigüedad: Es un porcentaje determinado (según el convenio) por cada año de trabajo, en general oscila entre el 1% y el 3% y se calcula sobre el básico. En algunas actividades puede ser una suma fija por año.
· Presentismo: Es una suma fija o un porcentaje del básico que se otorga a los trabajadores que no faltaron en todo el mes. También se fija por convenio, no todas las actividades lo reciben
· Retenciones y Contribuciones: Los aportes están a cargo del empleado. las contribuciones están a cargo de tu empleador. Los importes a pagar en concepto de aportes y de contribuciones se determinan de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas.
· Conceptos Remunerativos: Es un monto acordado en la negociación paritaria que no se incorpora al sueldo básico, pero que está sujeto a deducciones y se toma como base de cálculo de aguinaldo, vacaciones e indemnizaciones. Por lo general, se establece por el lapso que dure el convenio (un año, 18 meses o el plazo previsto en el acuerdo) y es una suma fija, que puede ir aumentando a lo largo de este tiempo
· No Remunerativos: Es igual al anterior, pero no está sujeto a descuentos de obra social, jubilación o gremio (salvo que la paritaria haya establecido lo contrario). Tampoco se computa para el aguinaldo, las vacaciones ni la indemnización. Aunque en este caso, hay fallos judiciales que sí lo incluyen.
· Deducciones: Obligatoria (Jubilación 11% – Obra Social 3%) Optativas (Cuota Sindical 2%)
· Horas Extras: Simples, Dobles, Diurnas, Feriados: Se liquida el trabajo de feriados nacionales. Se paga el 100 por ciento, o más, según el convenio colectivo de cada actividad.
· Jornada Laboral – Franco – Carga Horario – Franco Compensatorio
· Licencias por Vacaciones y Especiales
· Asignaciones Familiares: Las abona la ANSES si el trabajador tiene un ingreso inferior al tope establecido por la ley para percibir este beneficio. Son: por hijo, prenatal, por maternidad, por adopción, por matrimonio y ayuda escolar.
Cálculos: Horas Extras: 
· Simples (sueldo básico / 192)= Básico por Hora x 1.5
· Dobles (sueldo básico / 192) = Básico por Hora x 2
Sueldo Anual Complementario (SAC):
· MejorSueldo Habitual / 2= Aguinaldo
Vacaciones no gozadas
· Básico / 25= Valor Día
Descuento por Inasistencia injustificada
· Valor Día x Día de ausencias

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