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Unidad 1 Clase 2 Prof. Ezequiel Medrano Características, enfoque y metodologías de intervención desde el campo de la investigación criminal. 1. Introducción Siguiendo las ideas compartidas en el material de la clase anterior, entendemos que el hecho criminal es una conducta humana voluntaria que se encamina a la realización de un fin o genera un resultado prohibido por la ley penal, que presenta una instancia de ideación en el fuero interno o faz intelectual del autor, que luego se evidencia hacia el resto de la sociedad en los resultados materiales que su accionar provoca en el entorno. Es decir, el hecho criminal es un concepto normativo que solo se puede concebir un su dimensión social. Y en este sentido la conducta transgresora se pone de manifiesto desde perspectivas fácticas (hechos), axiológicas (valores) y normativas (leyes). Esto guarda íntima relación con el principio de reserva fijado por el artículo 19 de la Constitución Nacional: “…Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados…”. La conducta criminal objeto de investigación entonces es aquella que tiene una implicancia respecto de intereses de terceros, y se muestra contraria al orden y la moral pública, debiendo además estar contemplada como tal en una norma escrita -ley penal- anterior al momento de ser llevada a cabo. Esto último en razón de lo dispuesto por el art. 18 de la Constitución Nacional, sobre lo que volveremos más adelante. En virtud de esta compleja condición social, normativa y axiológica la información referente a la conducta criminal suele aparecer en un primer momento confusa, desordenada y proveniente de distintas fuentes. Ante el hecho criminal existen reacciones sociales de indignación, sentimientos de venganza, intereses de dar noticias por parte de los medios de comunicación, comentarios y publicaciones en redes sociales, temor a represalias por parte de aquellas personas que tomaron conocimiento. Por lo tanto, desde un comienzo es sumamente necesario que el investigador establezca pautas claras y ordenadas de trabajo. De esto dependerá en gran parte el éxito o fracaso de su intervención. 2. El método científico en la investigación criminal Como veremos, el método científico nos ofrece la posibilidad de ordenar las tareas bajo un esquema lógico y objetivo de trabajo, que permitirá no solo comprobar la veracidad de las conclusiones a las que arriba, sino también legitimidad al actuar del investigador. La investigación criminal tiene como fin auxiliar a la justicia dentro del sistema penal, que interviene generalmente después de ocurridos los hechos criminales y se enmarca dentro de un proceso normado con reglas estrictas. Permite, en suma, a las autoridades judiciales “administrar justicia” con base en la comprobación científica. (Saldaña et. al., 2008) Klimovsky (1994) señala que el método científico, consiste en procedimientos que permiten obtener y justificar conocimientos sobre el mundo. Entre los métodos que utiliza el científico pueden señalarse métodos definitorios, estadísticos, hipotético deductivos, de medición, etc. Por lo que, hablar del método científico es referirse a un vasto conjunto de tácticas empleadas para constituir el conocimiento. La tarea del científico, como la del auxiliar de la justicia en la investigación criminal es la búsqueda de la verdad. En ciencia, la verdad y la falsedad se aplican a las afirmaciones o enunciados. La acepción más útil para referirse a la verdad es la verdad semántica o verdad por correspondencia que funda el concepto en el vínculo que existe entre nuestro pensamiento, expresado a través del lenguaje y lo que ocurre en la realidad. (Klimovsky, 1994) El objetivo central del método científico es el conocimiento de hechos. Un hecho es la manera en que las cosas o entidades se configuran en la realidad, en instantes y lugares determinados. Cuando una afirmación que se refiere a la realidad resulta verdadera, es porque describe un posible estado de cosas que es en efecto, un hecho. (Klimovsky, 1994). En investigación criminal, el objetivo central es el conocimiento de cómo acontecieron hechos delictivos (tipificados penalmente, y producto de la exteriorización voluntaria de la acción de los hombres) establecer los autores o partícipes de la conducta punible, como las circunstancias de tiempo, modo y lugar en la que se realizó la conducta. Este conocimiento de los hechos comienza con la formulación de una hipótesis. Una hipótesis es una idea de cómo acontecieron los hechos. Se expresa en lenguaje informativo, puesto que describe un estado de cosas. La hipótesis es una conjetura, una afirmación cuyo carácter hipotético radica en que se la propone sin conocimiento precio de su verdad o falsedad. (Klimovsky, 1994) El principal problema que plantea la investigación científica, como la investigación criminal es el de decidir con qué procedimientos, podemos establecer la verdad o falsedad de una hipótesis. Y es aquí donde los caminos se cruzan. La ciencia ha desplegado múltiples métodos de corroboración de hipótesis. Se entiende por corroboración al intento infructuoso de derribar una hipótesis. Para contrastar mi idea de lo que sucedió en el mundo, con la realidad, debo hacer uso de un método, entendiendo como tal al conjunto de pasos que debo llevar a cabo para hacerlo. Aquí conviene advertir que en la ciencia, se distinguen dos momentos en el proceso de corroboración de hipótesis. Un primer momento de hallazgo y un segundo momento de validación. Klimovsky (1994) los expone la siguiente manera: El contexto de descubrimiento importa la producción de una hipótesis, el hallazgo y la formulación de una idea, todo ello relacionado con circunstancias personales, psicológicas, sociológicas y hasta económicas y tecnológicas que puedan haber gravitado en su aparición. El contexto de justificación aborda cuestiones de validación: cómo saber si el descubrimiento realizado es auténtico o no, si lo creo sobre el mundo es verdadero o falso, si una teoría es justificable o si las evidencias apoyan nuestras afirmaciones. Podemos advertir estos dos momentos en la investigación criminal. El momento de descubrimiento, si bien vendrá siempre acompañado de un momento de anoticiamiento del hecho criminal, la formulación de la hipótesis de cómo acontecieron los hechos será producto de una observación preliminar de los primeros hechos con los que el investigador tenga contacto. El segundo momento, y más importante, puesto que va a servir para justificar la hipótesis sobre cómo acontecieron los hechos, va a consistir en el proceso de contrastación del enunciado con la realidad. 2. El método científico en la investigación criminal 2.1. ¿Cómo se contrasta una hipótesis? Las hipótesis se contrastan intentando falsearlas, o derribarlas. Hay ocasiones que el procedimiento es simplemente directo. Esto es así cuando las hipótesis entran en conflicto con los hechos fácilmente observables. Pero lo normal es que la contrastación sea menos simple. Para ello debe utilizarse un método indirecto de contrastación. Para ello, debemos preguntarnos ¿qué efectos observables –si los hay- se producirían en el caso que la hipótesis sea verdadera? Entonces razonaré de la siguiente manera: si la hipótesis es verdadera entonces sometido a determinadas condiciones, debería evidenciarse un efecto en la realidad. (Hempel, 1976) Para ello, debemos valernos de la lógica, que es una disciplina que formaliza las formas de razonar a efectos de diferenciar razonamientos correctos, de razonamientos incorrectos. Una forma correcta de razonar es la siguiente: Si la hipótesis considerada (H) es verdadera, entonces se producirán en circunstancias especificadas, ciertos sucesos observables (I). En pocas palabras, si H es verdadera también lo es I. Pongamos un ejemplo de la ciencia: H= El virus x se transmite por la saliva. I= Se somete al individuoA (sano) al contacto de la saliva del individuo B (infectado con el virus x) Si la hipótesis fuese verdadera, el individuo A debería luego de un tiempo, haberse infectado. Sin embargo, observamos que transcurrido el tiempo especificado, el sujeto A no se infecta. Luego, la hipótesis debe ser descartada. Este tipo de razonamiento, se llama razonamiento deductivo en modus tollens, y se esquematiza del siguiente modo: Si H es verdadera, entonces también lo es I (como se muestra en los hechos) I no es verdadera ________________ H no es verdadera Ahora, veamos el ejemplo de contrastación de hipótesis aplicado a la investigación criminal: Ejemplo: H= Juan comercializa estupefacientes. I= En el contexto del allanamiento en el domicilio de Juan, deberían observarse elementos destinados a la comercialización de estupefacientes (balanza, estupefacientes fraccionados, dinero, fraccionador); en la requisa efectuada sobre la persona de Juan deberían encontrarse elementos del mismo estilo; en el celular secuestrado a Juan deberían encontrarse conversaciones vinculadas a la comercialización de estupefacientes; en las tareas de inteligencia efectuadas respecto de Juan deberían advertirse movimientos vinculados a la comercialización de estupefacientes, etc. Sucede que estos elementos no son observados en la realidad, lo que nos llevaría a pensar en principio que esa hipótesis debe ser descartada, y no tenemos un caso sustentado con pruebas legalmente obtenidas que ayude a la administración de justicia. Ahora bien, debe advertirse que en ambos casos, si los resultados del elemento observable fuesen favorables no puede derivarse que la hipótesis sea verdadera. Ello es así, porque la lógica nos indica que esa forma de razonar es incorrecta, y se denomina falacia de afirmación del consecuente. Por lo que yo no podría asegurar la verdad de mi hipótesis razonando de la siguiente forma: Si H es verdadera, entonces también lo es I (como se muestra en los hechos) I es verdadera ________________________________________ H es verdadera Como se advierte, el resultado favorable de una contrastación, no prueba –desde la lógica formal- que la hipótesis lo sea también. Sin embargo, el resultado favorable de una serie de contrastaciones nos coloca en una situación más satisfactoria que si las mismas hubiesen sido falseadas, y aquí tendremos un caso justificado que auxilia a la justicia. De esta manera, hay elementos del método científico que sirven como herramienta a la investigación criminal, que sirven al auxiliar de la justicia a razonar y justificar debidamente las hipótesis sobre los hechos. Bar (2003) señala que se pueden derivar cuestiones coincidentes y divergentes entre la investigación científica y la criminal. Como aspectos comunes –entre otros- considera la estrategia de descubrimiento y validación, los informes como objetivación de la investigación, y las inferencias utilizadas para validar. 3. Bibliografía Bibliografía citada y consultada. Bar, Anibal R. (2003) Instituto de Ciencias Criminalísticas y Criminología, UNNE (Argentina) https://cintademoebio.uchile.cl/index.php/CDM/article/download/26168/27465/0 Hempel, Carl (1976): Filosofía de la ciencia natural. Ed. Alianza Universidad, Cap. II. Klimovsky, Gregorio (1994): Las desventuras del conocimiento científico, Buenos Aires, A-Z Editores. Saldaña, J.A. y Barrera, J.A. (2008) Rev. Crim. vol.50 no.2 Bogotá July/Dec. http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1794-31082008000200008. http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1794-31082008000200008
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