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DOCUMENTOS DE LA GESTIÓN DE COMERCIO EXTERIOR 
Y SU IMPORTANCIA COMO SOPORTE EN NEGOCIACIÓN INERNACIONAL
 
Los documentos generados en la gestión de comercio exterior pueden agruparse de acuerdo con su momento de generación, en origen o en destino, su contenido, emisión, aplicación y vencimiento. Así, los datos correspondientes a una misma operación de exportación y/o importación deben presentar coherencia en su contenido y ajustarse a los términos y condiciones establecidas por las partes con el fin de evitar que se presenten discrepancias (de forma y de fondo) que ocasionan considerables inconvenientes. Adicionalmente, cada usuario o gestor de comercio exterior debe respaldar cada operación con los documentos legales que apoyen la salida e ingreso formal de mercancías, bienes y servicios, desde y hacia, el territorio aduanero nacional[footnoteRef:1] a través de las aduanas, lugares habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el efecto. [1: Demarcación dentro de la cual se aplica la legislación aduanera; cubre todo el territorio nacional, incluyendo el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa el Estado colombiano, de conformidad con el derecho internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales. Decreto 2685 de 1999. Definición modificada por el artículo 1 del Decreto 1198 de 2000.] 
1. DOCUMENTOS LEGALES - PREVIOS GESTIÓN DE COMERCIO EXTERIOR
Antes de incurrir en los mercados internacionales es indispensable el registro como empresa nacional y aceptación de las responsabilidades generadas en cada caso en particular. Consecuentemente, la empresa que desee incurrir en los mercados externos debe consolidarse como empresa comercial, jurídica y tributaria. Para el primer caso, la verificación de la existencia de una organización que lleve el mismo nombre o marca se hace fundamental en la identificación como razón social. La capacidad y configuración del patrimonio, número de socios y representación legal permiten además establecer los compromisos tributarios.
Para efectos procesales ante un órgano judicial que disponga la iniciación y el trámite de un proceso legal en particular, la presentación de la escritura pública es requisito indispensable pues significa que su existencia y representación legal ha sido registrada debidamente y en ese sentido da crédito suficiente a la afirmación del Notario y a lo contenido en la escritura, que muestra la actuación de un representante legal como de la parte actora del conflicto. 
1.1 Trámite y registro de producto objeto de gestión de comercio exterior. 
En cumplimiento de los trámites y registros de las actividades legales, previas a la gestión de comercio exterior que deben realizarse ante la Cámara de Comercio se generan los siguientes documentos:
-	RUE – El Registro Único Empresarial es un requisito obligatorio para todas las Cámaras de Comercio del país, el cual entró en vigencia el 1º de enero de 2005. A través del RUE los comerciantes y empresarios tienen la posibilidad de efectuar los trámites de registros públicos que requieran desde cualquier Cámara de Comercio.
-	CERL – El Certificado de existencia y representación legal, por su lado, es otorgado por la respectiva Cámara de Comercio para demostrar el tipo de empresa desde el punto de vista mercantil y aspectos de constitución de una sociedad comercial. 
-	ESCRITURA PÚBLICA. Instrumento público o auténtico otorgado con las solemnidades que fija ley o declaración de voluntad soberana, que manifestada en forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite un acto en particular. El documento debe estar firmado y sellado por un notario[footnoteRef:2]. Su registro público o protocolo le confieren carácter legal. [2: Ministro de fe pública encargado de autorizar y guardar en su archivo los instrumentos que ante él se otorgaren, de dar a las partes interesadas los testimonios que pidieren, y de practicar las demás diligencias que la ley les encomiende] 
Por otro lado, y para efectos de controles fiscales, aduaneros y tributarios, los cuales conllevan actividades conformadas por la comprobación, fiscalización, inspección, intervención, registro y vigilancia de bienes, el trámite y registro ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se genera el RUT - Registro Único Tributario, el cual permite al nuevo emprendedor bien sea, empresa natural o jurídica inscribirse ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como empresa constituida responsable del pago de impuestos. Es solicitado por las diferentes entidades gubernamentales o privadas, financieras y comerciales. 
1.2 Trámite y registro de producto objeto de gestión de comercio exterior. 
En cumplimiento del trámite y registro de los productos de fabricación nacional ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se generan los siguientes documentos:
-	RPBN – El Registro de Productor de Bienes Nacionales es tramitado por quienes requieren un conocimiento específico sobre la producción nacional de un bien o mercancía determinada: productores, exportadores, comercializadores, entidades gubernamentales. Su diligencia se realiza a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), la cual se define como un mecanismo de facilitación que permite a las partes involucradas en el comercio y el transporte, integrar información estandarizada en un solo punto de entrada para cumplir con todos los trámites de importación, exportación y tránsito aduanero. 
-	REBN – El registro de exportador del bien nacional es un instrumento creado para el diseño de apoyo a las exportaciones, que permite mantener información actualizada sobre las empresas exportadoras, competitividad de los productos colombianos en el exterior y comportamiento de los mercados entre otros, además brinda beneficios a los exportadores colombianos inscritos. La inscripción como exportador colombiano se realiza ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y
-	DJR – La declaración juramentada de registro establece la determinación de origen de los productos a ser exportados acogiéndose a preferencias arancelarias negociadas por Colombia en los diferentes acuerdos, tratados o esquemas comerciales. La determinación de origen debe ser presentada por el exportador (productor nacional o comercializador) a través del formulario “Declaración Juramentada Determinación de Origen” incluido en el módulo de Formulario Único de Comercio Exterior – FUCE-, de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE.
1.3 Autorizaciones y certificaciones - Entidades gubernamentales 
Para una gestión de comercio exterior, la autorización u obtención del visto bueno otorgado por un ente asignado para el fin, requiere un trámite específico según la categoría o clasificación. Para el cumplimiento de las disposiciones legales y las formalidades aduaneras, la empresa exportadora y/o importadora deberá definir en qué categoría está agrupado su producto. El Gobierno nacional[footnoteRef:3] ha establecido un escenario de control sobre sus productos colombianos con el fin de promover sus recursos naturales o manufacturados en los mercados externos sin que ello afecte el abastecimiento y consumo nacional, y de regular el ingreso de mercancías[footnoteRef:4] para protección del productor nacional. Consecuentemente, cada mercancía que salga o ingrese del o hacia el territorio aduanero nacional[footnoteRef:5] debe cumplir ante la autoridad competente su trámite de autorización de embarque o de levante (entrega legal u oficial de la mercancía a su dueño o importador). [3: Representado por el Consejo Nacional de Política Económica y Social y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ] [4: Decreto 2685-199. Mercancía es todo bien clasificable en el arancel de aduanas: lista oficial de mercancías, enumeración descriptiva, ordenaday metódica, que señala la clasificación en materia de exportación y derechos arancelarios en materia de importación.] [5: Demarcación dentro de la cual se aplica la legislación aduanera donde actúa el Estado colombiano, de conformidad con el derecho internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales. ] 
 
· El Instituto Colombiano Agropecuario – ICA - trabaja por la sanidad agropecuaria y la inocuidad[footnoteRef:6] en la producción primaria para proyectar los negocios del agro colombiano al mundo. En su visión, el Instituto Colombiano Agropecuario, pretende ser un socio estratégico del agro negocio colombiano y articular con el sector privado la política sanitaria y fitosanitaria para mejorar la competitividad de la producción agropecuaria nacional, garantizar la visibilidad y transparencia de una gestión internacional y acercar el ICA a sus usuarios. [6: Cualidad de inocuo (que no es nocivo).] 
El concepto fitosanitario[footnoteRef:7] se define, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) como aquella sustancia o mezcla de sustancias destinadas a prevenir la acción de, o destruir directamente, insectos (insecticidas), ácaros (acaricidas), moluscos (molusquicidas), roedores (rodenticidas), hongos (fungicidas), malas hierbas (herbicidas), bacterias (antibióticos y bactericidas) y otras formas de vida animal o vegetal perjudiciales para la salud pública y también para la agricultura (es decir, considerados como plagas y por tanto susceptibles de ser combatidos con plaguicidas); durante la producción, almacenamiento, transporte, distribución y elaboración de productos agrícolas y sus derivados. [7: http://es.wikipedia.org/wiki/Producto_fitosanitario] 
Por otro lado, el concepto zoosanitario se refiere a las enfermedades y plagas en animales. Así las medidas zoosanitarias tienen por objeto, prevenir, controlar y erradicar enfermedades y plagas de los animales, con la finalidad de proteger su salud y la del hombre. 
-	Certificado fitosanitario. Documento dirigido a productos como los defoliantes[footnoteRef:8], desecantes[footnoteRef:9] y las sustancias reguladoras del crecimiento vegetal o fitorreguladores[footnoteRef:10]; además, de los medicamentos de uso humano o veterinario y los mecanismos de control biológico para animales, vegetales y subproductos. [8: Químico que produce la caída de las hojas] [9: Sustancia que se usa para eliminar humedad del aire o de alguna otra sustancia, como combustibles orgánicos.] [10: Producto regulador del crecimiento de las plantas; normalmente se trata de hormonas vegetales (fitohormonas), y sus principales funciones son estimular o paralizar el desarrollo de las raíces y de las partes aéreas.] 
-	Certificado zoosanitario. Documento que avala el cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos por el país importador y a solicitud del interesado. Permite atestiguar la condición zoosanitaria de los animales o sus productos. 
Su validez[footnoteRef:11] es por un solo embarque y su vigencia en días calendario contados a partir de la fecha de elaboración dependiendo del producto, por ejemplo, para los peces ornamentales su vigencia es de seis días, para larvas (juveniles y adultos de crustáceos[footnoteRef:12]) es de 10 días, carnes o productos cárnicos crudos es de 15 días. La autorización final de salida de los bienes pecuarios del país, se lleva a cabo en los aeropuertos, puertos o pasos fronterizos autorizados, a través de la inspección y expedición del Certificado de Inspección Sanitaria. [11: Resolución 1317 del 31 de mayo de 2007 emitida por el Instituto Colombiano Agropecuario] [12: Langostas, langostinos, cangrejos.] 
-	Constancia de autorización: cuando se trata de importación de materia prima utilizada para la producción de insumos pecuarios o agrícolas. Se requiere la constancia para su comercialización.
-	Licencia de venta en importación de materias primas: importante aclarar que cuando el titular de una licencia de venta del producto terminado, importa una materia prima incluida dentro de la formulación que consta en dicha licencia, únicamente se adjuntará la solicitud del registro de licencia de venta respectiva.
· El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA - , a su vez, es un establecimiento público del orden nacional, de carácter científico y tecnológico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, perteneciente al Sistema de Salud, adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social y con sujeción a las disposiciones generales que regulan su funcionamiento.
El INVIMA regula las glándulas y órganos de origen humano. Otorga visto bueno para las sustancias de uso en salud pública especialmente los plaguicidas de aplicación en áreas de salud pública, y que requieren para su importación el trámite de registro sanitario. 
-	Certificado sanitario. Requieren autorización o visto bueno, la importación de medicamentos y equipo médico, alimentos, cosméticos y productos para el aseo, de uso humano, así como las materias primas utilizadas para la producción de productos alimenticios, farmacéuticos y de cosmetología. 
· Minerales de Colombia S. A. – MINERALCO, es una sociedad anónima del orden nacional, que conjuntamente con el Instituto de Investigación e Información Geocientífica – Minero – Ambiental y Nuclerar – INGEOMINAS – hoy, SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO pertenece al sector minero, vinculadas al Ministerio de Minas y Energía. Ambas están encargadas de regular los aprovechamientos de los distintos recursos y tienen a su cargo la administración de los recursos mineros, la promoción de la industria, el fomento, fiscalización y vigilancia de las obligaciones derivadas de los contratos mineros. 
El Registro Minero Nacional permite manejar toda la información geográfica relacionada con los títulos mineros administrados por Mineralco. El registro cuenta con módulos de captura, modificación, consultas y reportes geográficos y alfanuméricos. Adicionalmente permite almacenar históricamente los cambios de los títulos a través del tiempo. Todo requisito, para que sea exigible al administrador deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordina el Departamento Administrativo de la Función Pública [Ley 962 de 2005]. 
-	Patente de comerciante guía: se otorga a los comerciantes de esmeraldas y piedras preciosas.
-		Certificación de calidad: para los combustibles líquidos requieren la inscripción del importador ante el Ministerio para el cumplimiento de las formalidades aduaneras.
· Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres – (Inglés) CITES - The Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora), es una herramienta para regular el comercio internacional de especies de fauna y flora silvestres de forma efectiva y constante, asegurando su conservación y uso sostenible. Es también conocida como el Convenio de Washington D.C. La convención surgió como consecuencia de la preocupación por los efectos perjudiciales que los altos niveles de comercio internacional pudieran tener sobre la fauna y flora silvestres, teniendo como objetivo principal, la regulación de su comercio para lo cual establece, a nivel internacional, el marco jurídico y los mecanismos de procedimientos comunes para prevenir el intercambio comercial internacional de especies amenazadas y para una regulación efectiva del comercio internacional de otras especies.
· Permiso CITES. Documento en el cual se relacionan las sub partidas por las cuales podría clasificarse dichas especies. Los importadores de especies no domésticas o sus productos deberán consultar el Apéndice I de la convención ante el Ministerio, con el objeto de verificar el requisito, que hace obligatorio el permiso del ministerio para obtener el registro o licencia de importación.
· El Ministerio de Transporte, se ocupa de establecer la fijación de tarifas de transporte nacional e internacional,formula la regulación técnica en materia de tránsito y transporte de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. Establece las políticas para el desarrollo de la infraestructura. 
-	Tarjeta de inscripción y la ficha o resolución de homologación. Otorgada y expedida directamente por el Ministerio de Transporte a solicitud del interesado que deba adjuntarla a la solicitud de registro o licencia de importación de vehículos automóviles.
· El Fondo Nacional de Estupefacientes, antes Dirección Nacional de Estupefacientes dentro de la lucha por combatir el narcotráfico, para combatir la producción, tráfico y distribución de estupefacientes, así como, la infraestructura que sirve de soporte al negocio de las drogas ilícitas, lo que a su vez conlleva, el fortalecimiento del control sobre el desvío y uso ilícito de sustancias químicas precursoras, que son insumo básico para su procesamiento. 
-	Certificado de Carencia de Informe por Tráfico de Estupefacientes. Emitido y requerido por la entidad competente para control de cantidad, calidad, uso y aplicación de sustancias qumicas precursoras, que pueden ser utilizadas en la industria pero que 
· El Ministerio de Defensa, a través del Comando de las Fuerzas Militares, el Comandante de la III brigada del Ejército o su equivalente de la Armada Nacional, expide oficio de autorización para la importación de vehículos blindados o protección antibalas, prendas de uso privativo de las fuerzas militares y textiles empleados para la fabricación de uniformes de campaña, insignias y medios de identificación privativo de las Fuerzas Militares y Policía Nacional y de equipos utilizados para el espionaje o contraespionaje, de detección y alarma, el equipo utilizado en circuito cerrado de televisión y los elementos utilizados para la defensa personal, deben ser registrados.
Finalmente, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Superintendencia de Industria y Comercio, organismo técnico adscrito a ese ministerio, otorga certificado de calidad para productos del régimen de importaciones con norma técnica controlada por esa entidad autorizada. Se otorga a los productos del listado por bienes por sub partida y procedimiento para la certificación de importaciones que obligan a demostrar el cumplimiento de las normas técnicas colombianas oficiales obligatorias
2. DOCUMENTOS GESTIÓN DE COMERCIO EXTERIOR 
Los documentos de comercio exterior se emiten para legalizar las operaciones de exportación e importación y sólo en el momento de confirmar aceptación y hacer efectivo un pago podrá decirse que la negociación alcanzó su etapa final de manera exitosa. 
2.1 Documentos de negociación internacional
La negociación vincula a dos o más actores interdependientes que enfrentan diferencias y que se entregan a la búsqueda conjunta de un acuerdo, así el intercambio de información pertinente conlleva a la firma de un documento que consolide lo acordado. 
-	SOLICITUD DEL CLIENTE Y ORDEN DE COMPRA. Presentadas por el interesado en adquirir el bien, el cual fue promovido previamente a través de los diferentes medios de comunicación, muestras sin valor comercial, páginas web, catálogos, embajadas, consulados o agregados nacionales e internacionales. Sin embargo, el proveedor debe presentar su oferta de acuerdo con sus condiciones y capacidades productiva, financieras y de recurso humano.
-	COTIZACIÓN INTERNACIONAL. Permite al vendedor (exportador – proveedor) ofrecer su producto al posible comprador (importador – cliente). Debe contener la descripción de la mercancía en su identificación comercial y técnica, y alternativas de entrega y precio de acuerdo con lo estipulado en los diferentes términos de negociación internacional que el vendedor esté dispuesto a asumir.
-	FACTURA PRO FORMA. Consolida lo acordado entre las partes, es decir, contiene la información definitiva. Su contenido se extrae de los datos registrados en la cotización y que fueron aceptados previamente por el comprador. La firma y sello de las partes confirma el cierre de la negociación. Podría tener el carácter de contrato de compra venta, sin embargo, solo respalda el contrato internacional amparado por las reglas establecidas en el derecho comercial.
2.2 Documentos de la gestión logística interna
Es importante aclarar la diferenciación conceptual entre logística y la distribución física internacional pues aunque son acciones que permiten la planeación y la distribución de las mercancías objeto de comercialización y negociación se caracterizan por acciones diferentes. La primera, se relaciona con el flujo pertinente de las diligencias de administración involucradas físicamente con la adquisición, movimiento y almacenamiento de materia prima, inventario en proceso y de producto terminado, desde el origen hasta el punto de consumo. Y la segunda, cubre el conjunto  operaciones   involucradas en el traslado  de los bienes, materias primas, insumos  o productos  terminados desde el punto de origen en el país exportador hasta el lugar de consumo.
Algunas empresas manejan ciertos sistemas de información que emiten la información pertinente para control de todas las áreas involucradas en el proceso de alistamiento del producto y su distribución comercial y física. Existen entonces sistemas para el procesamiento de las transacciones que permite gestionar la información referente a cada actividad gerencial y establecer las variables de control que faciliten la toma de decisiones. En general estos sistemas de información se convierten en herramientas orientadas a monitorear el estado de las variables de un área o unidad de la empresa a partir de información interna y externa a la misma.
La gestión de análisis y definición del modo y medio de transporte adecuado conlleva adicionalmente, una serie de gestiones que si bien no generan un documento específico, es importante guardar el respaldo de cada una de ellas (correos electrónicos, faxes, entre otros). Así, una vez definidos los términos de una negociación se da la orden de producción correspondiente para su manufactura y se informa a la bodega de producto terminado para que proceda al alistamiento del producto, marcado de los envases, empaques y embalajes de acuerdo con los requerimientos internacionales
- 	ORDEN DE PRODUCCIÓN. Aunque la hoja de papel o electrónica previamente diseñada por cada compañía para transmitir a su área de producción los datos sobre un cliente, las cantidades y especificaciones de un producto que cumplirá un requisito especial de un cliente no es oficialmente considerada como documento, permite confirmar al interior de la compañía el inicio de una etapa de su logística interna.
· ORDEN DE BODEGA. Al igual que la orden de producción, la orden de bodega no corresponde a un documento realmente, sin embargo, permite dar instrucción clara sobre la conformación que podría tener el producto terminado una vez retirado del área de producción. El personal logístico encargado del almacenamiento y alistamiento de la mercancía debe establecer con anterioridad y prioridad, la cantidad de envases, empaques, etiquetas y embalajes que se requieren para conformar la carga, es decir, para organizarla de manera adecuada para su entrega y distribución física de acuerdo con el modo y medio de transporte seleccionado. 
-		REMISIÓN O LISTA DE EMPAQUE: documento en el cual se registra una relación de la mercancía despachada en forma detallada indicando número de piezas (embalajes), unidades, peso neto y bruto de cada embalaje. Valores totales de envases, empaques y embalajes. No se manejan valores monetarios. Se envía copia a cada uno de los actores de la cadena de la distribución física que manipulan la carga con el fin de facilitar su control e inventario en el momento de su recepción, embarque y desembarque. Adicionalmente, contribuye a establecer la exactitud de la carga rescatada o pérdida en un momento de siniestro y a la autoridad aduanera competente a realizar los procesos de inspección física. 
2.3Documentos responsabiliad del exportador
-		FACTURA COMERCIAL: documento para demostrar ante una entidad gubernamental, la venta de un producto y ante el cliente, la venta y cobro de una mercancía. Es expedido por la empresa o por su representante en el país donde se quiere vender, en el cual se detallan los términos y condiciones de compra- venta y se relaciona la mercancía objeto de la negociación. 
		Una factura comercial consigna todos los datos que identifican la mercancía, además de su costo, puntos de despacho y entrega, conjuntamente con los acuerdos establecidos en el contrato de negociación con los requisitos de exportación establecidos en cada país y dejar constancia de buena fe que los datos declarados y detalles especificados en ella, son ciertos y verdaderos. Su formato debe ser registrado ante la DIAN, quien mediante resolución aprueba su diligencia y otorga rango numérico para la emisión de cada factura, comprobada al momento de la gestión de despacho de aduana.
 
- 		CERTIFICADOS INHERENTES AL PRODUCTO
		
-	Certificado de Calidad. Resultado de un proceso por el que evaluadores o auditores de la entidad de certificación, examinan la conformidad del producto o sistema de gestión de acuerdo a los requisitos de la norma Sirve para proporcionar confianza en el producto o servicio que no tiene otras empresas que no poseen la certificación, así como la garantía de la existencia de canales de comunicación con el fabricante o proveedor.
-		Certificado de análisis. Determinadas mercancías requieren que sus características físicas y químicas se ajusten a unos parámetros muy precisos. Por ello los importadores pueden exigir este certificado emitido por un organismo competente que merezca su confianza, en general este laboratorio tendrá prestigio internacional.
- 	Especificaciones técnicas: definen las normas, exigencias y procedimientos a ser empleados y aplicados en todos los trabajos de construcción de obras, elaboración de estudios, fabricación de equipos.
		
	-			Certificado de Fumigación: certifica que se ha hecho el control adecuado de plagas domésticas: cucarachas, chiripas, ratones, zancudos, termitas, entre otras, para la protección de madera y granos almacenados. Se otorga a productos utilizados en clínicas, hospitales y escuelas.
-		Certificado Inspección: su objetivo es prevenir el fraude o proteger al importador ante el posible recibo de una mercancía no desead para lo cual generalmente verifican un 10% de la mercancía y comprueban el precio asignado para cada negociación, el cual debe ser coherente con los cobrados previamente. Los certificados son emitidos por compañías internacionales especializadas entre las cuales se pueden nombrar Bureau Veritas, Societé Générale de Surveillance (SGS) e ITS (International Testing Services).
-		Certificado de peso: expedido por exportador o por un organismo pesador oficial. En el documento consta el peso de la mercancía (neto y bruto), bulto por bulto, y cualquier otro dato tendiente a servir de prueba en lo que se refiere al pesaje de la mercancía.
-	CERTIFICADO ORIGEN: acredita el origen de las mercancías de acuerdo con los principios de origen, generales y específicos, establecidos por los diferentes esquemas de preferencias y convenios comerciales internacionales. Su diligencia se tramita a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en formatos establecidos e identificadores dependiendo del acuerdo que ampara la preferencia.
-		CERTIFICADOS Y AUTORIZACIONES ENTIDADES GUBERNAMENTALES. Se presenta de acuerdo con los requisitos establecidos para cada producto[footnoteRef:13]. La empresa responsable debe estar inscrita ante el Ministerio de comercio Industria y Turismo[footnoteRef:14] para que el sistema informático correspondiente permita su emisión al momento de la salida o ingreso de la mercancía desde o hacia el territorio aduanero nacional. [13: Numeral 1.2.3 de este documento. Autorizaciones y certificaciones entidades gubernamentales.] [14: FUCE: Formulario Único de Comercio Exterior – módulo especial de la Ventanilla Única de Comercio Exterior] 
-		MANDATO. Dirigido a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con el fin de otorgar poder amplio o suficiente al intermediario aduanero denominado agente de aduanas. En su connotación de GENERAL, se requiere firma del representante legal y autenticación pertinente. Es enviado al principio de cada año y otorga amplia autorización. Debe estar respaldado por el certificado de cámara de comercio, registro único tributario y fotocopia de la cédula del representante legal firmante. Por otro lado, el mandato o poder recibe su connotación de ESPECÍFICO cuando se dirige para autorizar la intermediación aduanera de una operación en particular. 
-	CARTA DE RESPONSABILIDAD. Dirigida a la Policía Antinarcóticos con el fin de certificar mediante juramento que la mercancía objeto de exportación no contiene narcóticos ni estupefacientes. Muestra la información inherente a la carga y su conformación de acuerdo con los envases, empaques y embalajes utilizados y los puntos de embarque, desembarque y destino final. Permite l control de la carga en su salida y distribución física internacional.
3 Documentos de la distribución física internacional
-	INSTRUCCIONES DE EMBARQUE. Dirigidas al transportista internacional seleccionado para el traslado de la carga de un punto de origen a un punto de destino. Como su nombre lo indica, da instrucciones claras de cómo debe viajar la carga en cuanto al envase, el empaque y el embalaje utilizados y su posición en caso de requerir una condición específica señalada por la clasificación IMO – International Maritime Organization. La Organización internacional marítima maneja una clasificación de la carga de acuerdo con su rango de peligrosidad: inflamable, corrosivo, explosivo, tóxico y de acuerdo con los cuidados que deben observarse en su traslado. Debe aclararse si el pago del valor del transporte o flete debe hacerse en origen o destino y quien es el responsable de asegurar la carga en el trayecto internacional.
-	CERTIFICADO DE SEGURO. Emitido por una compañía aseguradora especializada en el cubrimiento de los riesgos a los cuales está sometida la carga en el trayecto internacional. Se emite para confirmación de su contrato y de las cláusulas estipuladas en él para tener en cuenta en el momento de un siniestro. 
-		DOCUMENTO DE TRANSPORTE. Término genérico para el documento aéreo, marítimo, terrestre o ferroviario, que el transportador respectivo o el agente de carga internacional entrega como certificación del contrato de transporte y recibo de la mercancía que será entregada al consignatario en el lugar de destino y puede ser objeto de endoso. Documento jurídico que protocoliza la relación entre el usuario de un modo de transporte, el proveedor de servicio o propietario del vehículo. Equivale al contrato en el cual una empresa transportadora, se compromete a llevar una mercancía desde un sitio determinado a otro, en un tiempo específico y a un costo pactado llamado flete. Su denominación depende del medio de transporte utilizado y contiene información sobre la carga, el importador, el exportador, el transportador encargado, para facilitar el proceso de ingreso legal al país de destino. Se registran, entre muchos datos, la cantidad, el peso neto, el peso bruto, la descripción de la mercancía y los puertos de embarque y destino. Sin embargo, la casilla “Consignatario” certifica la propiedad de la carga, requerido al momento de la entrega de la carga. 
De acuerdo con el Decreto 1165 de 2019 - Título 1.Disposiciones generales. Capítulo 1. Definiciones (página 7): Un consignatario es aquella persona natural o jurídica a quien remitente o embarcador en exterior envía una mercancía, y que como tal es designada en el documento de transporte. El consignatario puede ser el destinatario. También podrán ser consignatarios los consorcios y las uniones temporalesse constituyan para celebrar contratos con el Estado en desarrollo de la ley 80 de 1993 siempre y cuando dicha posibilidad se prevea en correspondiente acto del consorcio o unión temporal.
		 -		GUÍA AÉREA- Air Way Bill (AWB). Contrato de transporte aéreo diligenciado directamente por la aerolínea o embarcador autorizado. La Guía Máster - Master Air Way Bill – MAWB relaciona todas las mercancías transportadas pues Incluye las mercancías de diferentes empresas, transportadas en un mismo vuelo y la Aérea Hija – Sister Air Way Bill – HAWB, corresponde al documento de la mercancía transportada en un mismo vuelo, pero independiente por empresa dueña de las mismas. En la guía máster aparece la relación de todas las mercancías de todas las empresas, transportadas en el vuelo, pero en la Guía Hija, únicamente la que corresponda a cada una.
		 -		CONOCIMIENTO DE EMBARQUE MARÍTIMO. Bill of Lading (B/L) Documento expedido por la Compañía Naviera en el cual certifica la exportación real de la mercancía. Consigna todos los datos inherentes a la misma y debe estar firmado por el capitán de la nave. 	
		 -	CARTA DE PORTE INTERNACIONAL. Corresponde al documento de transporte de una exportación vía terrestre. Consta de dos originales y varias copias no negociables
		
· MANIFIESTO DE CARGA. Aunque no es un documento directo de la gestión de comercio exterior, soporta las operaciones de salida e ingreso de mercancías objeto de exportación e importación respectivamente. Contiene la relación de todos los bultos que comprende la carga, incluida la mercancía a granel, abordo del medio de transporte y que va a ser cargada o descargada en un puerto o aeropuerto, o ingresada o exportada por un paso de frontera, excepto los efectos correspondientes a pasajeros y tripulantes, y que el representante del transportador debe entregar debidamente suscrito a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
4 DOCUMENTOS DE LA GESTIÓN ADUANERA
El proceso de salida o ingreso de una mercancía objeto de exportación o importación conlleva un control aduanero de ahí que las etapas de gestión se efectúan directamente en las aduanas, entidades públicas establecidas generalmente en las costas o fronteras para registrar el tráfico internacional de las mercancías que se importan o exportan, y se encargan de cobrar los derechos que se adeuden causados por esas operaciones. El control aduanero es el conjunto de medidas tomadas por la autoridad aduanera con el objeto de asegurar la observancia de las disposiciones aduaneras. Cubre acciones como la inspección de mercancías, la investigación a los agentes de aduana y todos los actores involucrados en la cadena de la gestión de comercio exterior colombiano. Para el proceso de despacho en el caso de la mercancía objeto de exportación y de nacionalización en el caso de las importaciones, se utiliza el Modelo Único de Ingresos y Servicios y Control y Automatización. El MUISCA es un sistema informático de gestión aduanera que permite la integración de las operaciones bajo control de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. 
En ambos casos se genera un documento oficial que da por terminado el proceso legal, elaborado a partir de los documentos soporte de la operación; sin embargo, entre las declaraciones aduaneras de exportación - DAE e importación - DAI -, se da una diferencia fundamental que equivale la liquidación el pago de los gravámenes o derechos contemplados en el arancel de aduanas[footnoteRef:15]; los tributos, compuestos por los gravámenes y el impuesto al valor agregado[footnoteRef:16] y los derechos de aduana que consisten en todos los derechos, impuestos, contribuciones, tasas y gravámenes de cualquier clase, los derechos antidumping[footnoteRef:17] o compensatorios[footnoteRef:18] y todo pago que se fije o se exija, directa o indirectamente por la importación de mercancías al territorio aduanero nacional o en relación con dicha importación de los impuestos, gravámenes y derechos aduaneros asignados para cada producto y caso en particular. [15: Texto que recopila y lista en forma organizada, sistemática y lógica la clasificación arancelaria de los productos de exportación y los gravámenes o aranceles en materia de productos de importación. Decreto 2153 de 2016 (Colombia).] [16: IVA: impuesto directo sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el impuesto que no es percibido por el fisco directamente del tributario. El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o servicios). El impuesto directo: grava directamente las fuentes de riqueza, la propiedad o la renta.] [17: Derechos antidumping: impuesto aplicado a los productos extranjeros que llegan al país importador a precios de dumping.] [18: Derechos compensatorios: Es un derecho especial percibido para neutralizar cualquier subsidio concedido directa o indirectamente a la fabricación, producción o exportación de cualquier mercancía. 
www.leyes.com.py/documentaciones/diccionarios/terminos] 
5 DOCUMENTOS DE LA GESTIÓN CAMBIARIA
Una operación cambiaria se desarrolla en cumplimiento de un régimen o conjunto de normas que establece los derechos y las obligaciones para residentes y no residentes en el país, que realicen operaciones que impliquen movimiento de divisas[footnoteRef:19] y en algunos casos de moneda legal colombiana. En esta etapa se consolidan legalmente todas las acciones previas y se canalizan las divisas recibidas como respuesta a una venta internacional (exportación) y las divisas obtenidas para dar respuesta a una compra internacional (importación). Ahora, es importante resaltar que la canalización de las divisas correspondientes a operaciones de comercio exterior, deben hacerse ante el Banco de la República para control de los ingresos y egresos de la balanza comercial como parte a su vez, de la balanza de pagos; sin embargo, el trámite se hace a través de los IMC – Intermediarios del Mercado Cambiario[footnoteRef:20]. La gestión de venta (divisas recibidas como pago de exportación) se denomina reintegro y la gestión de compra (obtenidas para el pago de una importación) se denomina reembolso. [19: Dinero en moneda extranjera] [20: Bancos habilitados por el Banco de la Republica y la Superintendencia bancaria para realizar procesos de operación cambiaria bajo el régimen amparado en la Ley 9ª de 1991.] 
CARTILLA PRACTICA
MANIRA ABUCHAR BARAKAT