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Normatividad Tributaria II
Impuesto a la Renta I
Contabilidad
Escuela de Negocios
Impuesto a la Renta I
2
Bravo Cucci (2015)
“El impuesto a la renta es un impuesto que se precipita directamente sobre la renta como manifestación de riqueza. En estricto, dicho impuesto grava el hecho de percibir o generar renta, la cual puede generarse de fuentes pasivas (capital), de fuentes activas (trabajo dependiente o independiente) o de fuentes mixtas (realización de una actividad empresarial = capital + trabajo)”.
Impuesto a la renta I
3
Definición
El Impuesto a la Renta es un tributo de periodicidad anual que grava las rentas provenientes del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores.
Debe tener una fuente durable y capaz de generar ingresos periódicos. 
Grava la renta o ganancia producida a partir de una inversión o de la rentabilidad de cierto capital.
Impuesto a la Renta I
4
Ámbito de aplicación
Las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores.
Las rentas imputadas, incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por la misma ley.
Las ganancias de capital.
Otros ingresos que provengan de terceros.
Impuesto a la renta I
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Rentas gravadas
Rentas de Capital
Segunda Categoría
Rentas de trabajo
Cuarta Categoría
Quinta Categoría
Rentas Capital + Trabajo
Primera Categoría
Tercera Categoría
Impuesto a la renta I
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Base del Impuesto
Están sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes que, de acuerdo a ley, se consideran domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora.
Art. 6° del TUO de la Ley del Impuesto a la renta.
Impuesto a la renta I
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Domiciliados en el país
Las personas naturales de nacionalidad peruana, quienes tengan domicilio en el país de acuerdo con las normas de derecho común.
Las personas naturales extranjeras, quienes hayan residido o permanecido en el país más de 183 días calendario durante un período de doce 12 meses.
Las personas que desempeñan, en el extranjero, funciones de representación o cargos oficiales y que hayan sido designadas por el Sector Público Nacional.
Impuesto a la renta I
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Domiciliados en el país
 Personas jurídicas constituidas en el país.
Sucursales, agencias u otros establecimientos permanentes de personas no domiciliadas en el país. El domicilio solo alcanza a dicha entidad en cuanto a su renta de fuente peruana.
Sucesiones cuando el causante a la fecha de fallecimiento tuviera la condición de domiciliado.
 Empresas unipersonales (son sujetos del IR no domiciliadas), sociedades irregulares y contratos de colaboración empresarial, referido en el último párrafo del artículo 14° de la LIR y constituidos o establecidos en el Perú.
Impuesto a la renta I
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Rentas de fuente peruana
Por predios y derechos sobre los mismos
Ubicación física en el Perú.
Por bienes y derechos 
Ubicación física en el Perú.
Regalías
Utilización económica de los bienes y derechos en el Perú.
Pagador domiciliado en el Perú.
Utilización económica en el Perú.
Impuesto a la renta I
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Rentas de fuente peruana
Por capitales, intereses, comisiones, etc por operaciones financieras
Capital colocado o utilizado económicamente en el Perú.
Intereses por obligaciones
Emisor constituido en el Perú
Dividendos y distribución de utilidades
Cuando la empresa o sociedad que los distribuya, pague o acredite se encuentre domiciliada en el país
Pagador sujeto domiciliado en el Perú
Impuesto a la renta I
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Rentas de fuente peruana
Por enajenación, redención y rescate de acciones, participaciones y otros valores mobiliarios
Empresas o sociedades emisoras estén constituidas o establecidas en el Perú
Por servicios digitales prestados a través de Internet
Utilización económica, uso o consumo de los servicios en el Perú
Por asistencia técnica
Utilización económica en el Perú, salvo CDIs
Impuesto a la renta I
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Actividad en clase
De acuerdo con lo aprendido en la sesión de hoy, prepara lo siguiente:
Un cuadro resumen de los tipos de renta recogidos en la norma pertinente y los factores de conexión específicos que determinan la renta de fuente peruana.

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