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Mapa Conceptual sobre Derecho Urbanistico

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Mapa Conceptual.
Samuel Ebenezer Martínez Paredes. | Derecho. | Derecho Urbanístico. | Grado y Grupo: 7°B.
Introducción.
En el presente documento desarrollaremos el tema de la propiedad privada y urbanismo, sin embargo se desarrollara el tema de una forma diferente, se elaborara un mapa conceptual, esto con el propósito de poder organizar mejor la información y además de poder organizar mejor la información, nos servirá para que los temas también queden mejor sintetizados y con la información clara y precisa. Antes de comenzar a desarrollar los temas, es necesario que conozcamos unos conceptos para poder entender mejor el tema:
Propiedad: Derecho o facultad de los seres humanos para tomar la posesión de una determinada cosa, esta abarca tanto a algo que esta enmarcado en los limites de la ley (Como una vivienda o un vehículo) o de un atributo individual o cualidad individual (como lo puede ser la simpatía, talento, respeto, etc.).
Propiedad Privada: Son los bienes de cualquier tipo (viviendas, capitales, terrenos o corporaciones) que pueden ser poseídos, comprados, vendidos, arrendados o dejados como herencias por personas naturales y jurídicas distintas al estado.
Una vez comprendido de lo que se trata la propiedad y la propiedad privada, es necesario que comencemos a desarrollar los temas que respectan al presente documento.
Contenido (Mapa Conceptual).
I. La propiedad en el pensamiento liberal.
¿Cómo se caracterizo en los siglos XVII y XIX?
Por la idea de separación entre el estado y los particulares, especialmente en sus relaciones reciprocas inspiradas por la libertad, igualdad y absolutismo de la propiedad. 
¿Cómo se concibe a la propiedad?
Como un derecho del individuo encaminado a la satisfacción de su interés personal.
¿Cómo se entiende a la propiedad en el pensamiento liberal?
Como un derecho subjetivo anterior al estado ya que este era relegado y excluido de su intervención en las relaciones entre particulares y únicamente intervenía como un protector del orden establecido y en especial de la propiedad privada.
¿Qué respecta al aspecto urbanístico?
Respecta la mayoría de los centros de población existentes, sin embargo, en esos tiempos se tenia una gran dificultad para poder llevar el control de una manera eficiente, debido al crecimiento del fenómeno por lo que produjo el hacimiento de la clase obrera.
II. La vertiente social de la propiedad.
La ideología social y su adopción en el constitucionalismo.
Fue en 1917 que replantea el contenido del régimen de propiedad privada, con el propósito de aumentar la eficacia para atender los asuntos de interés general de la comunidad.
¿Hasta donde se delimitaba la libertad del propietario de la propiedad?
No puede llevar a cabo un ejercicio omnipotente (arbitrario).
Implica responsabilidades, obligaciones o cargas en beneficio del interés general de la comunidad.
Donde esto también sucede en el caso del urbanismo según una mención constitucional que posteriormente presentaremos.
Se busca el punto de equilibrio entre la vertiente social de la propiedad, ósea que intenta configurar con mayor precisión posible el contenido de la propiedad privada.
Tenia como diferencia de la concepción liberal que el estado y el individuo incrementan sus relaciones y se reconoce constitucional la superioridad del interés de la comunidad sobre el interés individual.
Donde también, deja de lado su concepción individualista y excluyente para entender que existe la propiedad privada y esta delimitada por su función social que se tiene que cumplir.
Mención constitucional del Articulo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Se imponen limites a la propiedad privada en virtud de la función social del derecho de propiedad porque sobre al interés de la sociedad en que la creación y crecimiento de los centros de población se realice en forma ordenada y planteada para que exista un “Desarrollo Equilibrado y Armónico”.
III. La función social y contenido esencial de la propiedad. 
En la Actual Configuración Constitucional, ¿Cómo se entiende a la función social en la propiedad? 
Se entiende como que la función social viene intrínsecamente en el contenido de la propiedad privada. Ya que la considera bajo la perspectiva del pensamiento liberal como absoluta. Pero que se tiene que someter a las modalidades que dicte el interés publico con la finalidad de mejorar las condiciones de la calidad de vida rural y urbana.
¿Cómo funciona la reserva de la ley?
Funciona para la regulación del régimen de propiedad privada.
Opera como una forma de limite para el poder ejecutivo para disciplinar los aspectos básicos de la regulación, tarea que corresponde al poder legislativo.
¿Qué sucede con la ordenación del suelo?
Aquí es donde se proyectan los planes o programas urbanos que, por disposición de la propia ley desarrollan sus determinaciones. 
IV. La función del suelo en el urbanismo.
Eje fundamental de la actuación urbanística. 
Es el suelo, ya que es considerado como el espacio físico territorial en el que se llevan a cabo las distintas acciones urbanísticas cono fraccionamientos, lotificaciones, funciones, usos, reservas, etc.
Tercer aspecto que se tiene que atender del suelo.
Finalmente se produce la relación entre los intereses políticos y grupos que cambian el modelo urbanístico diseñado en los instrumentos de planeación.
La ordenación de los centros de población, en el sistema jurídico diseñado por la constitución, exige la rectificación de las acciones realizadas y el perfeccionamiento del sistema del control de la legalidad urbanística.
Segundo aspecto que se tiene que atender del suelo.
Es necesario comenzar a incrementar las técnicas y la eficacia en el control de la legalidad urbanística. 
Esto con el propósito de que quede una mejor organización para el proyecto elaborado por el estado o el municipio para que no queden problemas de orden graves o cuestiones que afecten directamente al fin y principios jurídicos que rigen al sistema urbanístico.
¿Que determinan sus normas jurídicas?
Determinan el modelo urbanístico para materializar sus determinaciones sobre un determinado territorio (incluido el planteamiento).
Primer situación que se tiene que atender del suelo.
Primeramente se establecen los mecanismos de colaboración para el mejor y optimo funcionamiento del sistema federal mexicano.
V. La regulación del suelo en materia urbanística.
¿Mediante que instrumentos se lleva a cabio la regulación del suelo?
Mediante las determinaciones a las que deben sujetarse todas las actuaciones, ya sean publicas o privadas, con incidencia urbanística.
¿Que distingue la Ley General de los Asentamientos Humanos?
Distingue entre los usos y los destinos que se sujetaran al espacio físico territorial en el urbanismo, de tal manera que el individuo, o el sujeto dedique una finalidad al suelo, dependerá si se trata del “Uso” (Particular) o Destino (Publico).
¿Qué establece la clasificación del suelo?
Establece las bases legales para la articulación del sistema urbano, ya que incide directamente en la definición del alcance de la propiedad.
¿En que consiste la zonificación?
En la concreción de todas las determinaciones territoriales ya sean sus usos, destinos, reservas, áreas de conservación y mejoramiento, entre otras.
¿Qué lleva a cabo la zonificación?
Lleva a cabo la clasificación del suelo sujeto o a ordenación urbana.
¿Qué requiere el suelo urbanizable?
De un margen de discrecionalidad administrativa ya que, el órgano planificador tiene la habilitación legal para apreciar o valorar la realidad del centro de población ya sea territorial, ambiental, económica, etc.
Conclusión.
Puedo concluir con que estos temas son importantes conocerlos para la materia que nos encontramos cursando, ya que es necesario el conocer las problemáticas que surgen al momento de desarrollar un proyecto urbanístico, y además de que es necesario conocerlo, ya que de esta forma podemos realizar proyectos urbanísticos de una forma mas optima, mejor planeada y que corresponda con los lineamientosestablecidos y exigidos por la legislación mexicana o al menos intentar rectificar los errores cometidos por la constructora o la mala planeación del proyecto, claro, si es que esto es a lo que te gustaría dedicarte.
Bibliografía.
https://definicion.de/propiedad/#:~:text=Cabe%20destacar%20que%20el%20derecho,como%20propiedad%20de%20un%20tercero.
https://concepto.de/propiedad-privada/#:~:text=La%20propiedad%20privada%20son%20los,distintas%20del%20Estado%2C%20es%20decir
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/106831/mod_resource/content/0/3.1%20Propiedad%20privada%20y%20urbanismo.pdf

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