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Sociedad Cooperativa

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MATERIA: DERECHO MERCANTIL
ALUMNOS: ALEXIS CORDERO, GEORGE ANTHONY Y MIGUEL REYES
SOCIEDAD: COOPERATIVA
PROFESORA: YSELA REJON JIMENEZ
CIUDAD DEL CARMEN CAMPECHE A 16 DE FEBRERO DEL 2023
INDICE
Sociedades Cooperativas………………………………………………………………………………………
Sociedad cooperativa de primer grado……………………………………………………………………
Sociedad cooperativa de segundo grado…………………………………………………………………
Nuestra Empresa Cooperativa.............................................................................................
Socios………………………………………………………………………………………………
Denominación social………………………………………………………………………………
Capital social mínimo……………………………………………………………………………..
Fiscalidad…………………………………………………………………………………………..
Fondos sociales obligatorios……………………………………………………………………..
¿Cuándo conviene crear una cooperativa?.........................................................................
Conclusión………………………………………………………………………………………….
SOCIEDADES COOPERATIVAS
Las cooperativas constituyen un modelo societario bastante desconocido. La mayoría de las personas no saben lo que son y de los que lo saben , no se les viene a la cabeza ningún caso en concreto de ejemplos de sociedad cooperativa.
 Sociedad cooperativa de primer grado
En ellas los socios son personas físicas. Pueden establecerse varias clases de cooperativas: cooperativas de trabajo asociado, de consumidores y usuarios, cooperativas de viviendas, cooperativas agrarias, de explotación comunitaria de la tierra, cooperativas de distintos servicios, cooperativas de mar, de transportistas, cooperativas de seguros, sanitarias, para la enseñanza, cooperativas de crédito.
Sociedad cooperativa de segundo grado
En ellas los socios que las integran son a la vez otras cooperativas homogéneas. En ciertos casos pueden incluir a personas físicas, heterogéneas.
Las cooperativas de segundo grado se constituyen por lo menos por dos sociedades cooperativas.
NUESTRA EMPRESA COOPERATIVA
Cuenta con una parte directiva que se compone de una asamblea, un consejo de administración y una sindicatura o auditoría y una parte operativa en donde se desarrollarán las actividades necesarias para el funcionamiento de la organización.
Socios
Los socios pueden ser personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y comunidades de bienes. Los estatutos definirán los requisitos para ser socio, entre los que estará abonar una aportación obligatoria al capital social. El número de socios de la Sociedad Cooperativa será 3 como mínimo en cooperativas de primer grado y 2 como mínimo en cooperativas de segundo grado. Estos socios pueden darse de baja voluntariamente. 
Denominación social
La denominación social de una Sociedad Cooperativa llevará las palabras «Sociedad Cooperativa» o su abreviatura «S. Coop.». Además, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde esté ubicada habrá que añadir el gentilicio correspondiente o el nombre de la Comunidad Autónoma.
Capital social mínimo
No hay una cantidad mínima establecida. Los Estatutos fijarán el capital social mínimo con que puede constituirse y funcionar la cooperativa, que deberá estar totalmente desembolsado desde el momento de su constitución. 
Fiscalidad
La fiscalidad en las sociedades cooperativas tiene bastante complicación, no en vano hemos visto que hay una ley solo para esto. La cooperativas tributan en el impuesto de sociedades. De todas formas tienen un régimen especial, de tal forma que se establecen cooperativas protegidas, cooperativas especialmente protegidas e incentivos fiscales para estas últimas:
Cooperativas protegidas: lo serán según la Ley 27/1999 o las leyes autonómicas.
Cooperativas especialmente protegidas: que son 5 tipos: trabajo asociado, agrarias, mar, consumidores y usuarios y explotación comunitaria de la tierra.
Fondos sociales obligatorios
Las cooperativas tienen que constituir varios fondos y dotarles de aportaciones. Obligatoriamente deben tener un fondo de educación y un fondo de reserva. Este último se destina a consolidar y desarrollar la cooperativa. El dinero que atesoren estos fondos no se repartirá entre los socios.
El fondo de educación se destina a la financiación de actividades educativas, formativas y de promoción cooperativa, siendo este fondo inembargable
Constitución de una Sociedad Cooperativa
Los primero que se debe conseguir es la certificación negativa del nombre en el Registro de Sociedades Cooperativas del Ministerio de Trabajo o bien en el Registro de Cooperativas de la Comunidad Autónoma.
 Posteriormente hay que obtener el número de identificación fiscal en la Agencia Tributaria y después realizar la escritura pública. 
Todos los promotores otorgarán la escritura pública, a la que acompañarán los correspondientes estatutos. Para que la cooperativa adquiera personalida jurídica, habrá que inscribirla en el Registro de Sociedades Cooperativas. 
Habrá que hacerlo en el registro autonómico, excepto Ceuta y Melilla que lo harán en el registro nacional. 
Las cooperativas también liquidarán así mismo el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en las consejerías de Hacienda de las Comunidades Autónomas.
¿Cuándo conviene crear una cooperativa?
Cuando un grupo de personas tiene un mismo objetivo empresarial y persigue la misma ambición, parece lógico que quieran unirse y aunar fuerzas y trabajo a través de una sociedad cooperativa para, por un lado, contar con mayores recursos y por otro lado, ser más eficientes y eficaces, obteniendo rentabilidad más rápido.
CONLUSION
Por tanto, una sociedad cooperativa ofrece ventajas a los socios. Los miembros forman un equipo sólido y resiliente que se fundamenta en principios democráticos. Colaboran para lograr objetivos económicos y se apoyan mutuamente para superar los obstáculos.
Es esencial que las bases del proyecto estén perfectamente definidas desde el principio. La planificación incrementa el éxito del proyecto, alimenta la confianza mutua y reduce el riesgo de que se produzcan desacuerdos.
Ten presente que la cooperativa siempre debe cumplir con los requisitos legales. Por ello, es esencial contar con asesoramiento especializado para aclarar cualquier pregunta.
Universidad Autónoma del Carmen

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