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Clase 4

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UNIDAD 4: Sociedad Anónima
Clase 4: ¿De qué forma las particularidades establecidas para la Sociedad Anónima permiten su regulación y vigilancia?
Video de apoyo: La sociedad anónima S.A. Unidad 4
Definición: La que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Los socios de la sociedad anónima responden de forma subsidiaria, esto significa que una persona responde en caso de que el deudor principal no lo haga o lo realice en forma incompleta. Los socios responden con todo su patrimonio por las deudas de la sociedad hasta por el monto de sus acciones. 
Formas de constitución:
I. Constitución simultánea o por comparecencia de fedatario público: 
Es la forma más común, requiere de los siguientes actos:
Los socios fundadores deben comparecer ante un fedatario público para proceder con la protocolización de la escritura constitutiva de la sociedad, posteriormente la escritura constitutiva debe inscribirse en el Registro Público de Comercio.
Esta escritura debe contener las siguientes cláusulas:
· Especificar la parte exhibida del capital social
· Especificar el número, valor nominal y naturaleza de las acciones.
· Determinar los intereses constructivos para los fundadores
· Indicar forma, términos y condiciones en que se ha de pagar la parte insoluta de las acciones
· Nombrar a uno o varios comisarios
· Señalar la facultad de la Asamblea general de accionistas ,así como los término y condiciones para que este órgano delibere
II. Constitución sucesiva o por suscripción públicas
Implica los mismos requisitos que la constitución simultánea, lo que varía es el orden en que se deben cumplir los requisitos.
Los socios fundadores deben depositar por duplicado en el Registro Público de Comercio un proyecto de estatutos que contenga las cláusulas, este proyecto queda al público con el fin de que se consigan más socios posteriormente. Las personas que se adhieran deben suscribirse al Registro Público de Comercio. 
Lectura 1: Derecho Mercantil (Quevedo, F. 2008) Págs. 65 – 80
Video 1: La sociedad anónima (Méndez A. 2012)
Características: 
· Tener 2 socios como mínimo
· Capital social mínimo de 50,000
· Los socios solo responden a las obligaciones sociales hasta el monto de sus acciones
· El capital social se divide en acciones
· Puede ser capital fijo o variable
Órganos de la sociedad anónima: Vigilancia, Asamblea de socios, Administración.
Asamblea de socios tiene:
· Asamblea ordinaria: asuntos ordinarios como nombramiento de cargos sociales y discusión de estados financieros.
· Asamblea extraordinaria: asuntos vitales para la sociedad como fusión, liquidación, escisión, cambio de duración, etc. 
· Asamblea especial: Solo aplica cuando la sociedad tiene diversas series de acciones.
Administración: Tiene administrador único y Consejo de Administración
Vigilancia: Comisario y Consejo de vigilancia
Capital social
Capital fijo: Mínimo 50,000 pesos
Capital variable: ilimitado
Forma de pagar el capital
Acciones:
Serie A: socios fundadores
Serie B: socios que se integran
Serie C: capital extranjero
Serie D: acciones especiales
Características de las acciones:
· Mismo valor: Confieren los mismos derechos, Pueden conferir derechos distintos entre cada serie de acciones.
· Diverso Valor: Deben ser múltiplos del capital social.
· Requisitos: Art. 125 Ley General e Sociedades Mercantiles.

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