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1 Calidad de vida de las personas. Derecho a la elaboración de programas y estrategias licitas de vida. Derecho a la protección de esos programas en caso de afectación injusta. 2 3 Una cuestión de diseño… El ESTADO COMO DESTINATARIO DE LAS NORMAS SOBRE DDHH Cómo se opera el traslado a las relaciones entre particulares de un sistema conceptual pensado para la respuesta por el estado. La difuminación del límite entre lo público y lo privado como tránsito cultural hacia la aplicación de los DDHH a los vínculos entre los particulares. POR IMPERIO DE LA REALIDAD: CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO CIVIL OPERATIVIDAD DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. MODIFICACIÓN DE LOS LÍMITES ENTRE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO Artículo 20 de la Constitución Nacional. “Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias…” Art. 4to. CCCN. Las leyes son obligatorias para todos los que habitan el territorio de la República, sean ciudadanos o extranjeros, residentes, domiciliados o transeúntes, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales. 7 Cambios en el enunciado de los derechos en la CN 1853 – 1994 8 Cambio en el paradigma del SUJETO DE DERECHO 9 VULNERABLE: sujeto que es débil frente a otro en una relación jurídica, lo que lo coloca en una situación de riesgo especial en la vida privada, la que exige su protección jurídica. VULNERABILIDAD: presupuesto de la protección jurídica diferenciada. 10 11 12 13 14 15 16 17 18 CONFIANZA SISTÉMICA ROL DE LAS AGENCIAS PÚBLICAS 19 20 BALANCE DE DERECHOS ARTÍCULO 15 C.N. Artículo 15.- En la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución; y una ley especial reglará las indemnizaciones a que dé lugar esta declaración. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice. Y los esclavos que de cualquier modo se introduzcan quedan libres por el solo hecho de pisar el territorio de la República. 21 CONTRATOS Y PROPIEDAD ART. 965 del CCCN: Los derechos resultantes de los contratos integran el derecho de propiedad del contratante. 22 CN y TTIIDDHH LIBERTAD DE CONTRATAR Y EJERCER INDUSTRIA LÍCITA. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN. DERECHO DE PROPIEDAD. DERECHO A LA DIGNIDAD DERECHO A UNA VIVIENDA ADECUADA. DERECHO A LA SALUD. DERECHO A LA EDUCACIÓN. 23 EN TÉRMINOS DE IGUALDAD DISCRIMINACIÓN 24 ACCESO POSIBILIDADES FUTURAS RECONOCIMIENTO DE MAYOR AUTONOMÍA A LOS SUJETOS 26 ACCESO vs. PRIVACIDAD. INFORMACIÓN EN INTERNET DISEÑO PANÓPTICO ÁMBITO DE PRIVACIDAD 27 Difuminación del concepto de Derecho Privado 28 Funciones mixtas: SEGURIDAD, SALUD, EDUCACIÓN, Etcétera. JURÍDICO JUDICIAL IMPORTANCIA DE LA EFICIENCIA DE LOS SISTEMAS 29 POSICIÓN DOMINANTE (art. 11). CADENAS DE DISTRIBUCIÓN MÁS COMPLEJAS, CON INCIDENCIA EN LA FORMACIÓN DE PRECIOS (CONTRATOS DE DISTRIBUCIÓN). 30
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