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} Forma: Verbal Forma: Escrita El contrato de trabajo es la herramienta básica para el buen funcionamiento del mercado laboral. En él se especifican las condiciones bajo las cuales un trabajador llevará a cabo determinadas tareas encargadas por el empleador. Del contrato de trabajo se derivan derechos y deberes de las partes y es una prueba fundamental cuando se solicite la ayuda de un juez en casos de incumplimiento o desacuerdos. Tipos de contrato Un contrato verbal es aquel en el que no existe un documento escrito mediante el cual se establezcan las condiciones en las que se va a desenvolver la relación laboral convenida entre trabajador y empleador. Es un acuerdo al que llegan empleador y trabajador, que queda plasmado en un documento escrito. De esta forma se tiene una prueba de la existencia de una relación laboral que se admite como probatorio, testimonio, en una inspección o en un reconocimiento. Contrato indefinido: Duración Indefinida Retribución según convenio y categoría Jornada completa https://economipedia.com/definiciones/mercado-laboral.html Contratos según su duración Contrato a Termino Fijo Contrato ocasional, accidental o transitorio Contrato de obra o labor Para estipular de forma específica la obra o labor por la cual es contratada el trabajador. En necesario dejar claramente esta información por cuando el literal del artículo 61 del código sustantivo del trabajo semana que una de las causas de terminación del contrato de obra o labor es precisamente la finalización de dicha obra o labor. El artículo 6 del código sustantivo del trabajo señala dos requisitos para que pueda existir el trabajo ocasional o transitorio: 1. Que sea de corta duración, siendo como máximo de un mes. 2. Que se trate de actividades distintas a las que normalmente desarrolla el empleador. • La identificación y el domicilio de las partes (trabajador y empleador). • Lugar y fecha de la celebración. • Lugar donde se va a prestar el servicio. • Naturaleza del trabajo. • Valor del salario, forma y fechas de pago. Características El contrato de trabajo a término fijo se encuentra dispuesto a través del Artículo 46 del código sustantivo del trabajo –CST–. Este artículo indica que este tipo de contrato debe ser celebrado por escrito y debe contener lo siguiente • El contrato finaliza al término de la obra. • No permite ni renovación ni prórroga. • Puede ser verbal o escrito. • No requiere que se cumpla preaviso para su terminación. • Por cada obra a realizar se recomienda redactar un contrato. Características Características Para ilustrar un caso podemos citar como ejemplo la empresa que requiere contratar a una persona para que repare el muro exterior de una de sus bodegas. Esa es una actividad que nada tiene que ver con lo que la empresa haga, y además será un trabajo de pocos días.
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