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Salud ocupacional en Colombia

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Salud ocupacional en Colombia
Adriana Rosero
Lizet López
Yofer Banguera
Juan Camilo Montaño
N° de ficha: 2396186
1915- La Ley de Rafael Uribe o Ley 57 de 1915 habla de la accidentalidad laboral y enfermedades profesionales convirtiéndose en primera ley con relación a salud ocupacional. 
1918- Ley 46 de 1918 en las que se impusieron medidas de higiene y sanidad para los empleadores y empleados.
Inicios
1921- Se estableció un seguro de vida colectiva para los empleados.
1934- Se reglamentó la enfermedad profesional los auxilios de cesantías, vacaciones y contratación laboral.
1938- Creación del Ministerio de la Protección Social.
1939- Ley 44 que creó el seguro obligatorio y las indemnizaciones para accidentes de trabajo.
1945- Ley 6 o también conocida como ley general del trabajo se dieron disposiciones relativas a las convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de los asuntos de trabajo.
1946- Con la Ley 9 se crea el instituto de seguros sociales para prestar los servicios de salud y pensiones a los trabajadores. 
1948- Con el acto legislativo N° 77 se creó la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial.
1949- Con el decreto 3767, se establecen las políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo. ( Estas estructuras surgieron como una compensación para los trabajadores publicos y privados ante el no cumplimiento de las llamadas “prestaciones patronales” que son relacionadas con la mentalidad católica). 
Ley 9 de 1979 fue la primera aproximación real del gobierno a la protección de la salud del trabajador, en especial su artículo 81 que señala que la salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo socioeconómico del país.
 La Ley 100 de 1993 y del Decreto Ley 1295 de 1994 se creó el Sistema General de Riesgos Profesionales, el cual estableció un modelo de aseguramiento privado de los riesgos ocupacionales y cuyo principal objetivo fue la creación y promoción de una cultura de prevención en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
La Ley 879 del 2000, también llamada Ley de Flexibilización Laboral, permitió la intermediación de la contratación a través de cooperativas de trabajo, que, en muchos casos, desatienden las normas mínimas relativas a la seguridad social. 
Con relación a las enfermedades profesionales, el Ministerio de Protección Social expidió el Decreto 2566 de 2009, en el cual se actualizó la lista de enfermedades profesionales a efectos de complementar lo definido en el Sistema General de Riesgos Profesionales en cuanto a protección de los trabajadores contra los riesgos ocupacionales.
v
Circular 0038 de 2010 espacios libres de humo y de sustancias psicoactivas en la empresa.
 
Resolucion 1409 de 2012 se establece por primera vez un reglamento técnico orientado completamente a la prevención de riesgos laborales, para protección contra caídas en trabajos en altura. 
Ley 1562 del 2012 modifica el sistema de riesgos laborales.
Resolución 4502 de 2012 se reglamenta el procedimiento, requisitos para el otorgamiento y renovación de licencias de salud ocupacional y se dictan otras disposiciones. 
2014- Con el decreto 1443 se dieron las disposiciones para la implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo o el SG-SST.
Con la resolución 3368 de este mismo año modificaron al reglamento para la protección contra caídas de trabajos en alturas. 
2015- Con el decreto 1072 se implementó el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo o el SG-SST.
Resolución 1111 de 2017 se definen los estándares mínimos del Sistema De Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Resolución 0312 de 2019 establece los estándares mínimos que debe cumplir el SG-SST.
2020- En este año tenemos la creación de la Resolución 666 con la cual se busca mediante algunas medidas como: el distanciamiento, El uso de tapabocas obligatorio, el lavado constante de manos, la toma de temperaturas corporales y “la digitalización” de la mayoría de documentos reducir los riesgos de contagio del Covid-19 en las empresas. 
Gracias

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