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Determinacion del Imp a las Ganancias

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Determinación del Impuesto a las Ganancias
Ganancias de la Primera Categoría
Locación de Inmuebles
Derechos de usufructo, uso, habitación
Valor de las mejoras introducidas en los inmuebles por los inquilinos
Pago del impuesto por parte de los inquilinos
Importe abonado para el uso de bienes muebles accesorios al inmueble
Valor locativo de casas de veraneo
Valor locativo de bienes inmuebles cedidos gratuitamente
Las ganancias de la primera categoría se rigen por el principio del devengado, es decir no importa si fueron cobradas o no las ganancias. 
Determinación de la Ganancia Bruta
La ganancia bruta se determina sumando los alquileres o arrendamientos devengados, sean en efectivo o en especie, sin descontar ningún gasto.
Siempre se considera el año calendario completo de enero a diciembre. 
En el caso de que sea el primer año que se inscribe en el impuesto a las ganancias, se toman las ganancias desde el mes en el que se inscribió hasta diciembre. 
Ejemplo: 
Alquiler departamento $8700 mensuales.
Alquiler local comercial $ 9000 mensuales. Se alquilo desde mayo a noviembre.
Ganancia Bruta= $8700 x 12 meses + $9000 x 7 meses
Ganancia Bruta = $ 167.400,00
Deducciones Especiales de la Primera Categoría
Establecida la ganancia bruta, se deducirán o restarán de la misma los gastos de mantenimiento que prevé el artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y el artículo 60 del Decreto Reglamentario.
Se podrán deducir los gastos de mantenimiento del inmueble. 
En el caso de los inmuebles urbanos pueden optar por deducir los gastos de dos maneras. Una opción es la deducción de gastos reales en base a comprobantes (facturas). La otra opción es una deducción de gastos presuntos que es el 5% de la ganancia bruta del inmueble. 
Una vez elegida una opción hay que utilizarla por 5 años antes de poder cambiar de opción. 
En el caso de inmuebles rurales la deducción se hará siempre por los gastos reales comprobados. 
Deducciones Especiales de la Primera Categoría
b) Impuestos y tasas que gravan el inmueble (no importa si están pagados o no, principio de devengado) 
c) Amortización de los bienes inmuebles.
d) Amortizaciones de los bienes muebles afectados a la obtención de ganancias
e) Intereses por deudas hipotecarias para la compra de los inmuebles 
f) Primas de seguros que cubran riesgos sobre los inmuebles
Deducciones Especiales de la Primera Categoría
Determinación Ganancia Neta
La ganancia neta es el resultado que se obtiene cuando a la ganancia bruta se le detraen los gastos necesarios para obtener la ganancia o para mantener y conservar la fuente de ganancia.
Volvamos a nuestro ejemplo: 
Ganancia Bruta era igual a $ 167.400,00
Tanto para el alquiler del departamento como del local comercial utilizaremos el método de gasto de mantenimiento presunto. (5% sobre la ganancia bruta)
Otros gastos: - seguro anual del departamento $ 3.000
 - amortización del departamento $ 15.000
 - amortización del local comercial $ 5.000
Determinación Ganancia Neta
	Ganancia Bruta	 167.400,00 
		
	Gastos mantenimiento	
	5 % x 167.400 	 -8.370,00 
		
	Seguro Anual 	 -3.000,00 
		
	Amortización departamento	 -15.000,00 
		
	Amortización Local Comercial	 -5.000,00 
	Ganancia Neta	 136.030,00 
Ganancias de la Segunda Categoría
Rentas o ganancias producto de la colocación del capital (rentas de títulos, cédulas, bonos, debentures, letras de tesoro, etc.
Beneficios de la locación de cosas muebles y derechos, las regalías y los subsidios periódicos.
Rentas vitalicias y las ganancias o participaciones en seguros sobre la vida.
Los beneficios provenientes de los planes de seguro de retiro privados, en cuanto no tengan su origen en el trabajo personal. 
Los rescates netos de aportes no deducibles, por desistimiento de los planes de seguro
Las sumas percibidas en pago de obligaciones de no hacer o por el abandono o no ejercicio de una actividad. 
El interés accionario que distribuyan las cooperativas. 
Los ingresos que en forma de uno o más pagos se perciban por la transferencia definitiva de derechos de llave, marcas, patentes de invención, regalías y similares, aun cuando no se efectúen habitualmente esta clase de operaciones.
Los dividendos y utilidades, en dinero o en especie, que distribuyan a sus accionistas o socios las sociedades.
Los resultados originados por derechos y obligaciones emergentes de instrumentos y/o contratos derivados.
Los resultados provenientes de operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales —incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación de fideicomisos y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares—, monedas digitales, Títulos, bonos y demás valores, así como por la enajenación de inmuebles o transferencias de derechos sobre inmuebles.
Ganancias de la Segunda Categoría
Determinación de la Ganancia Bruta
La ganancia bruta se determina sumando todos los ingresos y ganancias provenientes de la renta de capitales, sin deducir gastos.
Las ganancias de la segunda categoría se rigen por el principio de percibido 
Deducciones Especiales de la Segunda Categoría
Impuestos y tasas que recaen sobre los bienes que generan ganancias
Las primas de seguros que cubren riesgos sobre los bienes
Las amortizaciones por desgaste de los bienes muebles afectados a la obtención de ganancias
Las amortizaciones de los bienes inmateriales que tengan un plazo de duración.
Determinación de la Ganancia Neta
La ganancia neta es el resultado que se obtiene cuando a la ganancia bruta se le detraen los gastos necesarios para obtener la ganancia o para mantener y conservar la fuente de ganancia.
Determinación Ganancia Neta
Ejemplo: Ganancia Bruta = $320.000
		
	Ganancia Bruta	 320.000,00 
		
	Impuestos 	 -11.900,00 
		
	Seguro Anual 	 -7.500,00 
	Ganancia Neta	 300.600,00 
		
Ganancias de la Cuarta Categoría
Ingresos por desempeño de cargos públicos
Rentas del trabajo en relación de dependencia
Ingresos provenientes de jubilaciones, pensiones, ingresos de los consejeros de las Cooperativas
De los beneficios netos de aportes no deducibles, derivados del cumplimiento de los requisitos de los planes de seguro de retiro privados, en cuanto tengan su origen en el trabajo personal.
Ingresos por servicios personales de socios de cooperativas de trabajo
Rentas por el ejercicio de profesiones liberales u oficios y de funciones de albacea, síndico, mandatario, gestor de negocios, director de sociedades anónimas y fiduciario
Las sumas asignadas, a los socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y en comandita por acciones.
Los derivados de las actividades de corredor, viajante de comercio y despachante de aduana.
Determinación de la Ganancia Bruta
La ganancia bruta se determinará por la suma de la totalidad de los ingresos recibidos, en efectivo o en especie, por el ejercicio de las actividades gravadas, utilizándose el criterio de lo percibido. 
Deducciones Especiales de la Cuarta Categoría
El alquiler del local ocupado para el ejercicio de la profesión
Los sueldos del personal que presta servicios utilizados en la profesión
Las amortizaciones por desgaste de los bienes muebles afectados a la obtención de ganancias
Impuestos y tasas que recaigan sobre los bienes que producen ganancias
Determinación de la Ganancia Neta
La ganancia neta es el resultado que se obtiene cuando a la ganancia bruta se le detraen los gastos necesarios para obtener la ganancia o para mantener y conservar la fuente de ganancia.
Ejemplo: Un abogado, trabaja en una Municipalidad y además tiene un Estudio Jurídico.
Sueldo anual de la Municipalidad: $480.000,00
Ingreso anual Estudio Jurídico: $ 960.000,00
Gastos alquiler estudio jurídico: $ 60.000,00
Gastos secretaria estudio jurídico: $ 180.000,00
Determinación de la Ganancia Neta
		
	Ganancia Bruta1.440.000,00 
		
	Gastos Alquiler	 -60.000,00 
		
	Gastos Secretaria	 -180.000,00 
	Ganancia Neta	 1.200.000,00 
		
Deducciones Generales
Son las deducciones enumeradas en al artículo 22 y 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
La característica principal de estas deducciones es que muchas no constituyen gastos necesarios para obtener rentas.
Deducciones Generales 
Artículo 22: De la ganancia del año fiscal, cualquiera fuese su fuente, con las limitaciones contenidas en esta ley y a condición de que se cumplan los requisitos que al efecto establezca la reglamentación, se podrán deducir los gastos de sepelio incurridos en el país, hasta la suma de $996,23 originados por el fallecimiento del contribuyente y por cada una de las personas que deban considerarse a su cargo de acuerdo al artículo 23.
El artículo 23 aclara las condiciones:
Las personas que se consideran a cargo del contribuyente son: el cónyuge, hijo, hija, hijastro e hijastra menor a 18 años o incapacitado para el trabajo. Tienen que ser residentes en el país y no tener en el año ingresos netos superiores a $123.861,17 (este monto corresponde al período fiscal 2020 y se actualiza cada año)
Deducciones Generales
Artículo 81: 
a) Los intereses de deudas, siempre que se pueda demostrar que los mismos se originan en deudas contraídas por la adquisición de bienes o servicios que se afecten a la obtención, mantenimiento o conservación de ganancias gravadas.
b) Las sumas que pagan los tomadores y asegurados por:
(i) seguros para casos de muerte; y
(ii) seguros mixtos, en los cuales serán deducibles tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de ahorro.
Fijase como importe máximo a deducir por los conceptos indicados en este inciso la suma de $18.000 (importe correspondiente al ejercicio 2020, se actualiza cada año)
Deducciones Generales
c) Las donaciones a los fiscos nacional, provinciales y municipales, al Fondo Partidario Permanente, a los partidos políticos reconocidos incluso para el caso de campañas electorales y a las instituciones comprendidas en el inciso e) del artículo 20 (instituciones religiosas) realizadas en las condiciones que determine la reglamentación y hasta el límite del cinco por ciento (5%) de la ganancia neta del ejercicio.
Lo dispuesto precedentemente también será de aplicación para las instituciones comprendidas en el inciso f) del citado artículo 20 (asociaciones, fundaciones) cuyo objetivo principal sea:
1. La realización de actividad de asistencia social u obra médica asistencial de beneficencia, sin fines de lucro
2. La investigación científica y tecnológica.
3. La investigación científica sobre cuestiones económicas, políticas y sociales orientadas al desarrollo de los planes de partidos políticos.
4. La actividad educativa sistemática y de grado, como asimismo la promoción de valores culturales, mediante el auspicio, subvención, dictado o mantenimiento de cursos gratuitos.
Deducciones Generales
d) Las contribuciones o descuentos para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, siempre que se destinen a cajas nacionales, provinciales o municipales. (uno de los aportes jubilatorios mas conocidos es el que comúnmente se conoce como aporte de autónomos, también existen los aportes a cajas profesionales, etc.)
f) Las amortizaciones de los bienes inmateriales que por sus características tengan un plazo de duración limitado, como patentes, concesiones y activos similares.
g) Los descuentos obligatorios efectuados para aportes para obras sociales correspondientes al contribuyente y a las personas que revistan para éste el carácter de cargas de familia.
h) Los honorarios correspondientes a los servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica del contribuyente y de las personas que revistan para éste el carácter de cargas de familia. Esta deducción no podrá superar el cinco por ciento (5%) de la ganancia neta del ejercicio.
Deducciones Generales
i) El cuarenta por ciento (40%) de las sumas pagadas por el contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, en concepto de alquileres de inmuebles destinados a su casa habitación.
j) Los aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados
k) Pago al servicio doméstico.
Ejemplo
Volvamos al ejemplo que estábamos utilizando, asumiendo que se trataba de una misma persona que tenía ganancias en la primera, segunda y cuarta categoría.
					
		 	 1º Categoría 	 2º Categoría 	 4º Categoría 
		Ganancia Bruta	 167.400,00 	 320.000,00 	 1.440.000,00 
		 	 	 	 
	Gastos necesarios	Gastos mantenimiento	 -8.370,00 	 	 
		Seguro anual	 -3.000,00 	 	 
		Amortizacion depto	 -15.000,00 	 	 
		Amortizacion Local	 -5.000,00 	 	 
		Impuestos	 	 -11.900,00 	 
		Seguro anual	 	 -7.500,00 	 
		Gastos Alquiler	 	 	 -60.000,00 
		Gastos Secretaria	 	 	 -180.000,00 
		Ganancia Neta por categoría	 136.030,00 	 300.600,00 	 1.200.000,00 
					
Si sumamos las ganancias de todas las categorías, obtenemos las ganancias antes de las deducciones generales
	Ganancia Neta por categoría	 136.030,00 	 300.600,00 	 1.200.000,00 
	Ganancias antes deducciones generales	 1.636.630,00 		
Deducciones Generales:
Aporte Jubilatorio: paga por mes $4.700 de jubilación
Obra social: paga por mes para su grupo familiar $ 7.900
Pago servicio doméstico: el total del año es $ 48.000
	Ganancias antes deducciones generales		 1.636.630,00 
			
	Deducciones generales	Aporte Jubilatorio	 -56.400,00 
		Obra Social	 -94.800,00 
		Pago servicio doméstico	 -48.000,00 
	Ganancias despues deducciones generales		 1.437.430,00 
Deducciones Personales
Las deducciones personales tienen como finalidad adecuar el impuesto a la capacidad contributiva del sujeto.
Son deducciones para las personas físicas y las sucesiones indivisas.
Están estipuladas en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias
Deducciones Personales
Art. 23 – Las personas humanas tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas: 
a) En concepto de ganancias no imponibles, la suma de $ 123.861,17 (importe del 2020, se actualiza cada año), siempre que las personas que se indican sean residentes en el país.
b) En concepto de cargas de familia, siempre que las personas que se indican sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año ingresos netos superiores a $ 123.861,17 cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto:
1. $115.471,38 por el cónyuge.
2. $ 58.232,65 por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de dieciocho (18) años o incapacitado para el trabajo.
La deducción de este inciso sólo podrá efectuarla el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles.
Deducciones Personales
c) En concepto de deducción especial, hasta una suma equivalente al importe que resulte de incrementar el monto a que hace referencia el inciso a) del presente artículo en:
1. Una (1) vez, cuando se trate de ganancias netas comprendidas en el artículo 49 (tercera categoría), siempre que trabajen personalmente en la actividad o empresa y de ganancias netas incluidas en el artículo 79 (cuarta categoría), excepto que queden incluidas en el apartado siguiente. En esos supuestos, el incremento será de una coma cinco (1,5) veces, en lugar de una (1) vez, cuando se trate de “nuevos profesionales” o “nuevos emprendedores”, en los términos que establezca la reglamentación.
Es condición indispensable para el cómputo de la deducción a que se refiere este apartado, en relación con las rentas y actividad respectiva, el pago de los aportes jubilatorios.
 
 2. Tres coma ocho (3,8) veces, cuando se trate de ganancias netas comprendidas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 citado ( cargos públicos, trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados)
Siguiendo con el Ejemplo
La persona de nuestro ejemplo está casado, y su cónyuge no obtuvo ingresos en el año, reside en la Argentina.
Tiene 3 hijosde 19, 15 y 8 años. El hijo de 15 años ganó una rifa de $200.000.
Le corresponde como deducción personal:
 El mínimo no imponible de $ 123.861,17
La deducción especial del Artículo 23 inciso c) apartado 2) por ser empleado de la Municipalidad que es un cargo público. El artículo 23 en este inciso habla de un incremento del 3,8 veces del importe de 123.861,17 esto significa que al importe de 123.861,17 se lo multiplica por 4,8 o la otra forma es al importe de 123.861,17 se le sume el 123.861,17 x 3,8 entonces el importe total de la deducción es 594.533,62.
 Le corresponde la deducción por el cónyuge.
Le corresponde la deducción por 1 hijo. Porque el de 19 años supera la edad, y el hijo de 15 años tuvo ingresos superiores a $ 123.861,17 por lo tanto solo le corresponde la deducción por el hijo de 8 años. 
	Ganancias después deducciones generales		 1.437.430,00 
			
	Deducciones Personales	Mínimo No Imponible (Art 23 inc a)	 -123.861,17 
		Deducción especial Art 23 inc c) apartado 2	 -594.533,62 
		Cónyuge	 -115.471,38
		Hijo	 -58.232,65 
	Ganancia Neta Sujeta a Impuesto		 545.331,18 
			
La próxima clase veremos ganancias de la tercera categoría y cómo llegar al impuesto determinado a pagar.

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