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Organización • La organización desde el enfoque administra5vo es la estructura de relaciones entre personas, trabajo y recursos. • Las organizaciones están integradas por conjuntos de personas, que u5lizan recursos de todo 5po (materiales, información, conocimientos, técnicas, dis5ntas formas de energía, etc.), realizan diferentes ac5vidades para alcanzar fines y obje5vos, • Comúnmente se u5liza la palabra organización como sinónimo de empresa, sin embargo existen organizaciones que no son empresas; las cuales se pueden agrupar en dos grandes categorías: Organizaciones de la Sociedad Civil y Organismos Públicos o de gobierno. • Las empresas son organizaciones con ciertos rasgos diferenciales, se clasifican de acuerdo a su ac5vidad, régimen, origen del capital y magnitud. • Se trata de unidades económicas de propiedad pública, privada o mixta, sin embargo existen que reúnen diversos factores de la producción para combinarlos, por su cuenta y riesgo, y cuya ac5vidad principal es la de extraer, fabricar y permutar o vender bienes o prestar servicios a la comunidad, sa5sfaciendo sus necesidades; mediante el cobro de un precio. • Poseen un capital que es aportado por sus dueños, que puede ser una sola persona, múl5ples accionistas, varias empresas, el gobierno, y también combinaciones de ellos. Dichos propietarios son los que asumen un riesgo por la inversión de capital que efectúan, esto significa que se benefician por las ganancias, pero también deben enfrentar las pérdidas originadas por la ac5vidad de la empresa. Tipos de Organizaciones • Empresa (emprendimiento): está asociada al desarrollo de un proyecto o acción determinados asumiendo un riesgo. Para su conformación entonces, se requiere que una o varias personas inviertan su capital. • Organizaciones No Gubernamentales (O.N.G), Organizaciones del Tercer Sector u Organizaciones de la Sociedad Civil: Son organizaciones que forman parte del sistema social. Se las denomina del Tercer Sector precisamente porque no son empresas, ni forman parte del Estado. Son privadas y voluntarias, o sea no forman parte del Estado y son creadas para actuar en el sistema social (clubes, fundaciones, sociedades de beneficencia, comedores para carenciados, mutuales, etc.), o para actuar sobre el sistema polí5co o económico (par5dos polí5cos, asociaciones de defensa de consumidores, sindicatos, colegios y consejos profesionales, cámaras empresariales, etc.) • Los Organismos Públicos son organizaciones creadas por el Estado en sus tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal, y que pertenecen a los tres poderes: ejecu5vo, legisla5vo y judicial. • Coopera5vas: si bien pertenecen al sistema económico como las empresas, ya que producen y venden productos o prestan servicios, poseen caracterís5cas muy dis5ntas a estas úl5mas. Principalmente en los aspectos referentes a la administración (toma de decisiones) y en el funcionamiento interno. Son agrupaciones de personas, que sin tener espíritu de lucro ni interés especula5vo, se reúnen para perseguir obje5vos comunes y obtener un mejor bienestar. SOCIEDAD DE ACCIONES SIMPLIFICADAS • Es un nuevo (po de Sociedad Mercan(l para cons(tuir una micro o pequeña empresa vía Internet en un solo día y de forma gratuita. Sólo necesitas tu firma electrónica (e.firma) y la Autorización de uso de denominación o razón social. • Esta inicia(va (ene como obje(vos, eliminar la informalidad, simplificar el proceso de cons(tución para micro y pequeñas empresas, crear un nuevo régimen societario cons(tuido por uno o más accionistas (personas Gsicas), establecer un proceso de cons(tución administra(va con todos los efectos legales, y fomentar el crecimiento de estas empresas para que, en lo futuro, adopten formas más sofis(cadas de operación y administración. • La responsabilidad de los accionistas queda limitada hasta el monto de sus aportaciones • No deberán apartar u5lidades para fondo de reserva • Deberán calificar como micro y pequeña empresa, por lo que se tomarán como referencia sus ingresos anuales ($5,000,000 de pesos) • No están sujetas al requisito de escritura pública o cualquier otra formalidad • Las modificaciones de los estatutos se realizarán a través de fedatario público • En cualquier momento podrán transformarse en otro régimen societario • Las controversias entre los accionistas, en principio, deberán resolverse a través de mecanismos alterna5vos como mediación o conciliación • Las u5lidades se distribuirán en proporción a las aportaciones • Se establecen obligaciones de transparencia que cumplirán en el Sistema Electrónico de Publicaciones Empresariales Para su constitución se requiere que los socios fundadores deben comparecer ante un fedatario publico para que proceda la protocolización de la escritura constitutiva de la sociedad. Una vez hecha la escritura constitutiva debe inscribirse ante el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio. CAPITAL SOCIAL El capital social se integra con las aportaciones de los socios que en este caso están representados por acciones. El capital social es un concepto contable jurídicamente el capital social forma parte de un patrimonio. ACCIONES Las acciones son títulos de crédito, un documento necesario para ejercitar un derecho literal y autónomo que en el mismo se condigna. Las acciones tienen diferentes valores. El valor nominal de una acción es la expresión en términos monetarios de cada parte alícuota del capital social. ÓRGANOS DE UNA SOCIEDAD Órgano Deliberante Órgano de Administración Órgano de Vigilancia Órgano deliberante Es la asamblea general de accionistas. Este es el órgano supremo de la sociedad; se integra por todos los socios y se encarga de tomar las decisiones que afectan la misma sociedad. TIPOS DE ASAMBLEA La asamblea general de accionistas se reúne con regularidad dependiendo de la frecuencia y de las decisiones que se tomen se clasifica en: • Asamblea Constitutiva. Es aquella en la que se reúne los socios para aprobar la constitución de la sociedad y la adopción de estatutos. • Asamblea ordinaria. Las asambleas ordinarias se celebran por lo menos una vez al año dentro de los cuatro primeros siguientes al ejercicio fiscal. • Asamblea extraordinaria. Se realiza en cualquier tiempo para tomar alguna de las siguientes decisiones: ▪ Prorroga de la duración de la sociedad. ▪ Transformación, fusión, edición o disolución de la sociedad. ▪ Emisión de acciones privilegiadas o de bonos. ▪ Cambio de objeto social. ▪ Cualquier modificación a los estatutos. Convocatoria Para llevar a cabo asambleas es necesarias cumplir con determinados requisitos, las cuales 5enen como obje5vo evitar tanto el conflicto entre los administradores y los accionistas. ✔Facultad para convocar asamblea. Corresponde al administrador o administradores. Los accionistas no 5enen derecho a convocar a una asamblea. ✔Publicidad. La convocatoria debe publicarse en el periódico oficial correspondientes y los periódicos de mayor circulación con quince días de an5cipación a la fecha que se señale la asamblea. • Contenido. Debe incluir la orden del día consistente en una lista de actos que se realizaran y los temas que se discu5rán. • Sanciones. El incumplimientos de los requisitos para convocar a los accionistas se sanciona con la nulidad de la asamblea. Quórum Para que una asamblea pueda llevarse a cabo y sus deliberaciones produzcan sus efectos, es necesario cumplir con los requisitos de asistencia mínima por lo menos tres cuartas partes de capital social. Las decisiones tomadas en una asamblea de accionistas deben constar en el libro de actas. Las actas deben estar firmadas por el presidente y el secretario de asamblea. Órgano de Administración. El órgano de administración de la sociedades anónimas esta integrado por el administrador único o el consejo de administración. Este órgano se encarga de tomar decisiones diarias para desempeñar las ac5vidades de la sociedad. Órgano deVigilancia • El órgano de vigilancia se integra por el comisario o comisarios y sus funciones vigilar los actos de los administradores. Este cargo puede ser desempañado por los mismos socios o terceros extraños a la sociedad; esta imposibilitados para ser administradores de la sociedad anónima las personas que estén inhabilitadas para ejercer comercio, empleados y familiares de los administradores . Fusión, Escisión, Transformación y Liquidación de las Sociedades Mercan9les • FUSIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Es un acto jurídico mediante en el cual se unen los patrimonios de dos o mas sociedades cuyos 5tulares desaparecen o en algunos casos uno de ellos sobrevive, para compenetrarse en una organización unitaria que los sus5tuye dentro del mundo comercial, pudiendo ser esta organización el resultado de la creación de una nueva sociedad o de la absorción hecha por parte del ente que sobrevive. Tipos de fusión • Fusión por Integración. • Fusión por incorporación o por absorción. Fusión por Integración • Es aquella en la desaparecen todas las sociedades y surge una nueva que se cons:tuye con las aportaciones de los patrimonios de las sociedades que se fusionan. Fusión por incorporación o por absorción. • En la que alguna de las sociedades se ex:nguen para ingresar mediante la transmisión total de su patrimonio a otra sociedad preexistente denominada fusionante. Ventajas de la Fusión de la Sociedades Mercan5les El Mejoramiento de las condiciones del mercado El mejoramiento en el tope del precio del producto o ampliando en los ámbitos del mercado potencial Según Barrera Gra* dice: Es una Modificación de los estatutos que consiste en adoptar un :po social diverso del que tenia, o establecer una modalidad de capital variable. La transformación surge cuando alguna de las sociedades mercan:les reconocidas por la Ley puede adoptar otro :po Legal. La noción mas fundamental induce a considerar que la transformación existe solo cuando los cambios se producen en el ámbito de la persona jurídica que sigue en vida. Por ejemplo que la Sociedad de Responsabilidad Limitada se transforme en Sociedad anónima. Transformaciones de las Sociedades Mercan:les. ESCISIÓN DE LA SOCIEDADES MERCANTILES • Se conoce como escisión cuando una sociedad denominada escindente decide extinguirse y divide la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes que son aportadas en bloque a otras sociedades de nueva creación denominadas escindidas; o cuando la escindente, sin extinguirse aporta en bloque parte de su activo, pasivo o capital social a otra u otras sociedades de nueva creación. Los socios de la sociedad escindente (original) lo son también de la o de las sociedades escindidas (nuevas) a quienes se les entregan acciones o títulos de las nuevas sociedades escindidas a cambio de las acciones o partes sociales de la sociedad original escindente que redujo su capital o se acuerda su disolución. De lo anterior se destaca: • La escisión se da cuando una sociedad decide dividir la totalidad o parte de su activo, pasivo o capital social en dos o más partes. • Las aportaciones son en bloque a otras sociedades de nueva creación. • La sociedad escindente puede o no desaparecer. • Subsisten los mismos accionistas. • La empresa escindida debe cambiar de nombre o denominación. • La escisión es la figura jurídica contraria a la fusión. FORMAS DE ESCISIÓN • La escisión puede ser pura o parcial. • La escisión es pura cuando la sociedad se divide o separa desapareciendo la empresa escindente y naciendo nuevas empresas. • La escisión es parcial cuando la sociedad escindente divide una parte de sus ac5vos, pasivos y capital, para formar una nueva sociedad escindida subsis5endo la sociedad escindente con el capital que no fue transferido a la empresa de nueva creación. DISOLUCIÓN EXTINCION Liquidación Disolución de las Sociedades Mercantiles Mantilla Molina Roberto dice: es necesario aclarar cuando se alude a la disolución de la sociedad, esta haciendo referencia a la resolución del negocio social. No a la ex:nción de la persona moral nacida en el, pues aunque pierde su personalidad jurídica para realizar nuevas operaciones subsiste para efectos de resolver. Una etapa posterior que se llama liquidación, lo vínculos jurídicos establecidos por la sociedad con terceros y con sus propios socios entre si. Liquidación de las Sociedades MercanCles. Vivante dice: la liquidación consiste en aquel medio técnico, encaminado a la desintegración de los elementos del patrimonio que conduce a la ex5nción de la persona jurídica. La liquidación esta cons5tuida por todas la operaciones posteriores a la disolución, que son necesarias y precisas para dar fin a los negocios pendientes, pagar el pasivo, cobrar los créditos y reducir a dinero todos los bienes de la sociedad para repar5rlo entre los socios. La liquidación es la fase de la sociedad que en5ende a su ex5nción defini5va caracterizada por la cancelación de su registro, la liquidación no es un acto, sino un procedimiento de operaciones sucesivas, dirigidas hacer posible el reparto del patrimonio social entre los socios, previa sa5sfacción de los acreedores sociales. Ar\culos 234, 235 y 236 de la LGSM. Referencias Bibliográficas • Revista Escuela de Administración de Negocios. (n.d.). https://www.redalyc.org/pdf/206/20611495014.pdf • Gallardo-Gallardo, D. (n.d.). Fundamentos de Organización. https://upcommons.upc.edu/bitstream/handle/2117/191621/fundamentos_organi zacion_vfinal-5334.pdf. • De Diputados, C., Congreso De, D., & Unión, L. (n.d.). LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144_140618.pdf • FACULTAD DE DERECHO SOCIEDADES MERCANTILES CUARTO SEMESTRE Datos curriculares. (n.d.). https://www.derecho.unam.mx/oferta- educativa/licenciatura/sua/Guias/Guias_1471/Cuarto%20Semestre/Sociedades_ Mercantiles_4_Semestre.pdf. • Sociedades Mercantiles. (n.d.). https://www.centro- virtual.com/recursos/biblioteca/pdf/derecho_mercantil/unidad3_pdf1.pdf. https://www.redalyc.org/pdf/206/20611495014.pdf https://upcommons.upc.edu/bitstream/handle/2117/191621/fundamentos_organizacion_vfinal-5334.pdf https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144_140618.pdf https://www.derecho.unam.mx/oferta-educativa/licenciatura/sua/Guias/Guias_1471/Cuarto%20Semestre/Sociedades_Mercantiles_4_Semestre.pdf
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