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1 - Examen Múltiple Choice - Diego Sebastián MEANA - 15-08-18

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Derecho Penal II – Parte Especial – Cátedra “C”
Examen Múltiple Choice[footnoteRef:0] – Mesa Libre del 15 de Agosto 2017 [0: Marque con un círculo la opción que considera válida. Cada respuesta vale 2 (DOS) puntos: la respuesta correcta suma; en cambio, la RESPUESTA INCORRECTA RESTA. ] 
TITULAR: Dr. Gonzalo Javier MOLINA 
VOCALES: Dr. Diego Sebastián MEANA - Dr. Jorge Ariel VÁZQUEZ – Dr. Sergio MARTÍNEZ
Nombre/s y Apellido/s del Alumno: …………………………………………………………………..
1) Daniel quiere matar a su tío Esteban para heredarlo, en consecuencia, se dirige a la casa de éste al atardecer y, cuando cree ver a Esteban, dispara y acierta en el objetivo, pero al acercarse se percata que en verdad mató a su otro tío, llamado Raúl (eran muy parecidos por ser gemelos): 
 a) Daniel cometió solamente un Homicidio Simple (art. 79, C.P.). 
 b) Perpetró un Homicidio Calificado por el Vínculo, ya que el error no lo libera de la agravante. 
 c) Es un caso de Aberratio Ictus, porque Daniel mató por error, siendo atípica su conducta. 
 d) Homicidio Calificado Agravado por Codicia (art. 80, inc. 4, C.P.). 
2) ¿Cuáles son los bienes jurídicos lesionados en el Aborto Calificado Agravado SIN Consentimiento de la Mujer (art. 85, inc. 1, C.P.)?: 
 a) La vida de la persona dependiente (nasciturus) y la autodeterminación de la madre.
 b) La vida de la persona dependiente (nasciturus) y la voluntad del galeno. 
 c) La aquiescencia del médico y el consentimiento de la mujer.
 d) La vida de la persona independiente y el consentimiento del padre. 
3) La figura penal prevista en el artículo 119, párrafo segundo, del Cód. Penal, exige la configuración de un “sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima”. De acuerdo a esta redacción, la figura penal podría afectar el principio constitucional de: 
 a) Legalidad en su forma de ley escrita (art. 18, C.N.).
 b) Legalidad en su forma de ley cierta (art. 18, C.N.).
 c) Culpabilidad (art. 18, C.N.). 
 d) No afecta ningún principio constitucional. 
4) ¿Cuáles son casos especiales de Defraudación por Estafa previstos en el art. 173, del C.P.?: 
 a) Retención Indebida, Administración Fraudulenta y Desbaratamiento de Derechos Acordados.
 b) Defraudación de Derechos, Ejecución Perjudicial de Hipoteca y Omisión de Recaudos Legales.
 c) Omisión de Consignación de Pago en Letras Hipotecarias y Vaciamiento de Empresa.
 d) Defraudación en la Sustancia, Calidad o Cantidad de las Cosas, Mediante Suscripción de Documentos y Estelionato. 
 
5) ¿Cuáles son supuestos especiales de Defraudación por Abuso de Confianza regulados en el art. 173, C.P.?: 
 a) Estafa en la Sustancia, Calidad o Cantidad de las Cosas y Estelionato. 
 b) Retención Indebida, Administración Fraudulenta y Desbaratamiento de Derechos Acordados. 
 c) Debe existir ardid o engaño, error, disposición patrimonial, perjuicio económico y todo ello unido en nexo de imputación objetiva. 
 d) Estafa mediante Suscripción de Documentos y Estafa por Abuso de Firma en Blanco.

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