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F- Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente PNUMA DERECHO AMBIENTAL LINEAS DIRECTRICES Y PRINCIPIOS Metas y Principios de la evaluación del impacto ambiental METAS Y PRINCIPIOS DE LA EVALUACION DEL IMPACTO AIIBIENTAL (Deoisión 14/25 del Consejo de Administración del PNUMA, de 17 de junlo de 1987) Na.87-5756 0233c I... -1- MEI'AS Y PRINCIPIO6 DE LA EVALUACION DEL IMPAC'l'O AISIENTAL Evalilación del impacto ambiental !/ La evaluaci6n del iacto a.biental es el exaaen, an&lisis y evaluaci6n de unas actividades planeadas con Miras a lograr un desarrollo que deeds el punto de vista del .edio ambiente sea adecuado y sostenible. Las aetas y principios de l.a evaluac16n del impacto ambiental enunciados ms abajo son necesariamente de carcter general y podrn ser precisados a&s en deta].].e al ilevar a cabo trabajos de evaluaciôn del iinpacto ainbiental en los planos nacional, regional e internacional. METAS Establecer que, antes de que la autoridad o autoridades competentee lieven a cabo o autoricen actividades que puedan afectar considerablemente al medio anbiente, deben tenerse plenamente en cuenta los efectos ambientales de tales actividades. Promover l.a aplicación en todos los pafses de procedimientos adecuados y compatibles con las leyes y procesos de adopción de decisiones naci.onales mediante los cuales pueda alcanzarse el objetivo precedente. Fomentar l.a elaboración de procedimientos recIprocos de intercainbio de información, notificación y consulta entre 1.05 Estados cuando se prevea que las actividades propuestas pueden producir efectos considerables sobre el medio ainbiente de esos Estados ms all de las fronteras. PRINCIPIOS Principio 1 Los Estados (incluidas sus autoridades competentes) no deben emprender ni autorizar actividades sin considerar previamente, lo antes posible, sus efectos ainbientales. Si ci alcance, naturaleza y ubicaci6n de una actividad propuesta son tales que pueden afectar considerablemente al medio ambiente, debe realizarse una evaluaci6n coinpleta del impacto ambiental de conforinidad con los principios siguientes. I... -2- Principio 2 Los criterios y procedimientos para determinar si es probable que una actividad afecte considerableinente al medio ambiente y est por tanto sujeta a una evaluación del impacto anbiental deben quedar clarainente definidos por leyes, reglamentos u otros medios, de modo que puedan identificarse las actividades en cuesti6n con rapidez y seguridad y que pueda emprenderse la evaluaci6n del impacto ambiental cuando se planifique la actividad*/. Principio 3 En el proceso de evaluaci6n del inacto ambiental deben identificarse y estudiarse las cuestiones ambientales pertinentes que sean importantes. En su caso, se debe hacer todo lo posible para identificar estas cuestiones en una fase temprana del proceso. Principio 4 La evaluaci6n del impacto ainbiental debe incluir cano mIniino lo siguiente: Una descripci6n de la actividad propuesta; Una descripción del medio ambiente que pueda resultar afectado, incluyendo la información especIfica necesaria para determinar y evalus- lo efectos ambienta].es de la actividad propuesta; * Por ejemplo, este principio puede aplicarse mediante diversos mecanismos, entre los que figuran los siguientes: Listas de tipos de actividades que por su naturaleza puedan, o no puedan, tener efectos considerables; Listas de zonas especialmente importantes o sensibles (corno parques nacionales o zonas hmedas) en las que cualquier tipo de actividad puede tener efectos considerables; C) Listas de tipos de recursos (cain las aguas, los bosques tropicales, etc.), o probleinas ainbientales (cosno el auinento de la erosion del suelo, la desertificaci6n o la deforestaciOn) que sean inotivo de preocupaciOn cuando la disminuciOn de esos recursos 0 el agravainiento de los problemas puedan resultar considerables; Una 'evaluaci6n ambiental inicialN de la actividad propuesta, consistente en una valorac16n rpida y de carcter oficioso para deterrninar si sus efectos pueden ser considerables; Criterios para decidir si los efectos de una actividad propuesta pueden ser considerables. Si se utiliza un sistema de listas, se recoinienda que los Estados se reserven la facultad de exigir la preparaciOn de un inforine sobre la evaluaciOn del impacto ambiental cuando se estime oportuno, para contar con la flexibilidad necesaria en casos imprevistos. /... -3- C) LJna descripci6n, en su caso, de las alternativas posibles; Urta evaluaci6n de los impactos arnbientales probables o potenciales de la propuesta actividad y de SUB alternativas, incluidos los efectos directos, indirectos, acumulativos, a corto plazo y largo plazo; La identificaci6n y descripción de las medidas disponibies para atenuar los inactos ambientales perjudiciales de la actividad propuesta y de SUB alternativas, y una evaluación de esas inedidas; Una indicación de la fa].ta de conocimientos y de las incertidumbres experiinentadas en la recopilaci6n de la informaci6n necesaria; Una indicación de si ci medio ambiente de cualquier otro Estado o de zonas que estn fuera de la jurisdicci6n nacional pueden resultar afectados pot la actividad propuesta o pot sus alternativas; Un breve resuinen no tcnico de la informaci6n proporcionada con arreglo a los apartados que anteceden. Principio 5 En una evaivación del impacto ambiental, los efectos ambientales deben estimarse con un detalle proporcional a su importancia probable para ci medio ambiente. Principio 6 La inforinac16n proporcionada como parte de la evaluac16ndel inacto ambiental debe ser exaniinada imparcialmente antes de la decisi6n. Principio 7 Antes de tosnar una decisjón sobre una actividad, debe darse la oportunidad de hacer observaciones sabre la evaluaci6n dcl impacto ambiental a Los organismos gubernamentales, los miembros del p,blico, los expertos en las disciplinas pertinentes y los grupos interesados. Principio 8 No debe adoptarse wta decisión sabre si debe autorizarse o emprenderse una actividad propuesta hasta que haya transcurrido tin plazo apropiado para examinar las observaciones que se hagan de conforinidad con los principios 7 y 12. Principio 9 La decisi6n sabre cualquier actividad propuesta que sea objeto de una evaluación del inipacto ambiental debe consignarse por escrito, indicando las razones en que se base, e incluir las disposiciones, si las hay, destinadas a prevenir, reducir o mitigar los daflos al medio anibiente. Esa decisión debe eatar a la disposici6n de las personas 0 grupos interesados. I.... -4- Principio 10 Cuando esti justificado, despu4s de tita decisi6n sabre una actividad que haya sido scaetida a una evaluación del impacto aabiental, la actividad y BUS efectos sabre ci aedio ambiente o las disposiciones que, en cumplimiento del principio 9, acafien a la decisi&i sobre la actividad, deben ser objeto de la supervisi6n apropiada. Principio 11 Los Estados dek)n tratar de concertar acuerdos bilaterales, regionales 0 multilaterales, Begun proceda, en los que se establezcan, sobre la base de la reciprocidad, disposiciones para la notificación, cl intercambio de informaci6n y las consultas acordadas sobre ci impacto ambiental potencial de las actividades soinetidas a mu control o a su jurisdicci6n que puedan afectar considerabiemente a otros Estados o a zonas situadas fuera de la jurisdicci6n nacional. Principio 12 Cuando la informaci6n proporcionada coma parte de una evaluación del iinpacto ambiental indique que una actividad propuesta puede afectar considerabiemente al medio ambiente de otro Estado, .1 Estado en cl que se esti planeando la actividad debe, en is medida de 10 posible: Notificar al Estado potencialmente a! ectado l.a actividad propuesta; Transinitir al Estado potencialmente afectado cuaiquier inforinaci6n pertinente que se haya obtenido con is evaluación del impactoambiental y cuya tranisi6n no est prohibida por las leyes o reglainentos nacionales; y Cuando esti acordado entre los Estados interesados, celebrar consultas oportunamente. Principio 13 Deben adoptarse las medidas apropiadas para asegurar el cumplimiento de los principios de evaivación del iapacto ambiental. Nota 1/ En este documento se entiende por evaluación del impacto ambiental la evaluación de las repercusiones de una actividad planeada sobre el medic ambiente. I... PROGRAI(A DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE PNUMA Derecho Ambiental Lineas Directrices y Principios Declaración de Estocolmo (1912) Recursos naturales compartidos (1978) Modificaciones meteorológicas (1980) MirierIa y perforación frente a las costas (1982) Carta mundial tie la naturaleza (1982) Productos qulmicos prohibidos y rigurosamente restringidos (1984) Containjnacjón marina desde fuentes terrestres (1985) Directrices y Principios de El Cairo para el manejo ambientalmente racional de desechos peligrosos (1987) Metas y Principios de la evaluación del impact.o antbiental (1987) PNUMA P.O. Box 30552 Nairobi Kenya
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