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1 Clasificación general del derecho 2 Contenido 1. Derecho Público ................................................................................................................................... 3 ➢ Principios del derecho público ........................................................................................................ 3 1.1. Derecho Penal ............................................................................................................................... 3 1.1.1. Principios del derecho penal ............................................................................................... 4 1.2. Derecho constitucional ................................................................................................................ 5 1.2.1. Principios generales que rigen al estado ............................................................................ 5 1.3. Derecho administrativo ............................................................................................................... 6 1.3.1. Características del derecho administrativo ....................................................................... 7 1.3.2. Principios del derecho administrativo ............................................................................... 7 1.4. Derecho internacional.................................................................................................................. 8 1.4.1. Características del derecho internacional público ............................................................ 8 1.4.2. Fuentes del derecho internacional ...................................................................................... 9 1.4.3. Principios del derecho internacional .................................................................................. 9 1.5. Derecho procesal ........................................................................................................................ 10 1.5.1. Ramas del derecho procesal .............................................................................................. 10 1.5.2. Fuentes del derecho procesal ............................................................................................ 10 1.5.3. Ejemplo del derecho procesal ........................................................................................... 11 2. Derecho Privado ................................................................................................................................. 11 ➢ Principios del derecho privado ..................................................................................................... 12 ➢ Características del derecho privado ............................................................................................. 12 2.1. Derecho civil ............................................................................................................................... 13 2.1.1. Características del derecho civil ....................................................................................... 14 2.2. Derecho mercantil ...................................................................................................................... 14 2.2.1. Ramas del derecho mercantil ............................................................................................ 15 2.3. Derecho Familiar ....................................................................................................................... 16 2.3.1. Características del derecho familiar ................................................................................ 17 3. Derecho social ..................................................................................................................................... 18 ➢ Principales características de los derechos sociales ................................................................ 18 3.1. Derecho laboral .......................................................................................................................... 19 3.2. Derecho agrario.......................................................................................................................... 19 4. Anexos ................................................................................................................................................. 20 5. Bibliografía ......................................................................................................................................... 22 3 Clasificación del derecho general 1. Derecho Público Se conoce como derecho público a una parte de los ordenamientos jurídicos cuyas normas atañen al poder público y sus relaciones con los individuos, las organizaciones y consigo mismo, siempre que éste se ejerza como representación de los intereses del Estado. Dicho en otras palabras, se trata de la rama del derecho positivo que ordena las relaciones de subordinación y supraordenación entre el Estado (representado por la Administración Pública) y los particulares, así como entre los distintos organismos que componen al Poder Público. Por lo tanto, el derecho público es también parte del ordenamiento jurídico construido por las sociedades para regir su propio funcionamiento, y al que toda ella elige someterse. ➢ Principios del derecho público • Principio de legalidad: Establece que toda acción de los poderes públicos debe estar inscrita necesariamente en el orden jurídico vigente, es decir, debe contar con seguridad jurídica, conforme a su jurisdicción y naturaleza. Es decir: el Estado no puede violar las leyes. • Principio de imperio: Establece que toda relación entre el Estado y los particulares se ejerce desde una situación de desigualdad en la que el primero tiene el dominio (imperium) por lo que estará ejerciendo una potestad pública. 1.1. Derecho Penal El derecho penal comprende la creación y el estudio de las leyes penales, aquellas que contemplan justamente lo que es y lo que no es un delito, así como el acompañamiento y orientación de las decisiones judiciales en la materia. Pero no sólo eso, sino que también de 4 los mecanismos con los que la sociedad se protege a sí misma y la filosofía que existe detrás del castigo y/o la reclusión. Esta rama jurídica pertenece al Derecho positivo, o sea, al contemplado en ordenanzas, códigos y leyes escritas y adscritas por las personas. Los asuntos penales tienen que ver con la decisión de alejar por un tiempo a un individuo del resto de la sociedad, al considerarlo peligroso o incapaz de ajustarse a las reglas, o de brindarle un marco de rehabilitación para que lo haga. 1.1.1. Principios del derecho penal • La presunción de inocencia. Este principio dicta que todo ciudadano ha de ser considerado inocente hasta que se tengan las pruebas y deducciones necesarias para demostrar fehacientemente su culpabilidad. Todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario. • La igualdad ante la ley. Este principio es clave para el Estado de derecho, y significa que todo ciudadano debe responder en iguales términos ante la ley, lo cual equivale a decir que todos los crímenes de todos los ciudadanos, sin importar su clase, religión, sexo, etc., deben ser juzgados con el mismo baremo y castigados igual. • La proporcionalidad del castigo. Este principio establece que el castigo impartido por el Estado ha de ser proporcional al crimen cometido, de manera que crímenes más graves reciban una sanción más grande que los crímenes menores. • La legalidad del derecho. Este principio establece que las acciones del Estado en la sanción de los delitos cometidos no pueden ser a su vez crímenes, es decir, que el castigo impartido no puede constituir a su vez una violación de la ley, o el Estado sería un Estado criminal, digno también de castigo. 5• El respeto al debido proceso. Conjunto con el derecho procesal, el derecho penal se encarga de que todo acusado reciba las mismas y mínimas oportunidades de defenderse, de dar su versión de los hechos y de ser juzgado individualmente por cada delito que se le impute. • Los derechos humanos. Por último, los derechos humanos son derechos mínimos que se merece todo ser humano, sin importar sus condiciones, proveniencia o grado de culpabilidad, incluso si él no respetó los derechos de otro y por ello deba ser castigado. (Etecé, Concepto de derecho, s.f.) 1.2. Derecho constitucional Esta rama del derecho público estudia el conjunto de fuentes, principios y reglas que determinan la organización del Estado de un país. También, las instituciones y organización territorial del mismo. Como rama del derecho público, el bloque constitucional se encarga de regular las relaciones entre el Estado y los ciudadanos cuando estos se relacionan con la Administración de cualquier forma, y la relación entre los propios órganos del Estado. 1.2.1. Principios generales que rigen al estado • Principio de legalidad: todas las actuaciones de la Administración están sujetas a la ley. • Jerarquía normativa: las normas de rango inferior no pueden contradecir a las de rango superior. • Publicidad de las normas: para garantizar la seguridad jurídica, los ciudadanos han de poder conocer las normas que están obligados a cumplir. • Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales 6 • Seguridad jurídica: se refiere a la estabilidad del ordenamiento y a que el conjunto de normas debe producir certeza y confianza en el ciudadano, que podrá saber en todo momento las normas vigentes. • Responsabilidad en el sentido de la obligación de reparar un perjuicio resultante de una acción o inacción. El derecho constitucional sirve también como mecanismo para vigilar que se cumplen los preceptos contenidos en la Constitución y define los límites del poder del Estado (poder Ejecutivo), de los legisladores (poder Legislativo) y de los poderes públicos del país. Además de recoger los principios definidores del Estado, el texto de la Constitución incluye un bloque de garantías individuales de la ciudadanía, que aborda tanto los derechos fundamentales sustantivos como los procesales, definiendo así su relevancia y obligación de respeto en la normativa que se desarrolle para regular cualquier ámbito legal. 1.3. Derecho administrativo El derecho administrativo es la rama del derecho que estudia la organización, deberes y funciones del Estado y de sus instituciones, en especial las atribuciones del poder ejecutivo. En su observación de todo lo referente a la manejo del Estado, el derecho administrativo sostiene siempre un objetivo doble: el de garantizar la eficacia de la administración pública y los diversos procesos involucrados, así como la protección de los derechos de los particulares en sus relaciones con ello. Los orígenes del derecho administrativo se remontan a los siglos XVIII y XIX, con las Revoluciones Liberales que derrocaron al antiguo régimen y abrieron la puerta del mundo republicano en Occidente. (Equipo editorial, 2023) 7 1.3.1. Características del derecho administrativo • Común: Pues sus principios se aplican a diversas materias administrativas y en todas las instancias del Estado. • Autónomo: Pues obedece a sus propios principios generales. • Local: Pues responde a la organización jurídico-política de cada país. • Exorbitante: Pues su ámbito de acción excede al derecho privado: en donde quiera que exista un Estado, habrá también un derecho administrativo. 1.3.2. Principios del derecho administrativo ➢ Principio de la legalidad objetiva. Establece que todo acto emanado de un poder público debe darse en perfecta concordancia con la ley vigente y su jurisdicción, y no a las subjetividades involucradas, es decir, a la voluntad de las personas. ➢ Principio de la oficialidad. Establece que la iniciación, impulso y desarrollo de los procesos de tipo judicial y/o administrativo deberán depender siempre de un órgano del poder público, y no de la voluntad de los individuos involucrados. ➢ Principio del informalismo en favor del administrado. Establece que los ciudadanos deberán ser juzgados independientemente del cumplimiento de ciertas obligaciones formales, para que determinadas rigurosidades formales no entorpezcan la búsqueda de una solución justa para su caso. ➢ Principio del debido proceso o garantía de la defensa. Establece que el Estado debe respetar todos los derechos consagrados por la ley de una persona, sin importar la gravedad de los crímenes que se presuma haya cometido o se pruebe que haya cometido. Esto implica la posibilidad de una defensa, de un juicio de ley en condiciones objetivas y de un castigo proporcional a la gravedad del delito cometido, entre otras cosas. (Equipo editorial, 2023) 8 1.4. Derecho internacional El derecho internacional público se compone de normas, costumbres y principios jurídicos que resultan aplicables a dos niveles diferentes. De un lado, se aplica a las relaciones entre los Estados, y de otro, a las relaciones entre ciudadanos que tengan carácter jurídico e internacional. (Conceptos jurídicos, s.f.) La regulación del derecho internacional público tiene un papel relevante en el mantenimiento de la paz en la comunidad internacional. Algunas de las materias que lo componen son: • El control territorial, marítimo y aéreo. • La normativa de cooperación internacional. • La protección de los derechos humanos. • La explotación de bienes comunes internacionales, como es el espacio ultraterrestre, el comercio internacional, el medio ambiente o el agua. • El desarme nuclear y el armamento en general. • Los conflictos que puedan surgir en torno a la nacionalidad, extranjería y asilo, así como el derecho de extranjería. (Conceptos jurídicos, s.f.) 1.4.1. Características del derecho internacional público ➢ Su concreción mediante tratados y convenios internacionales. ➢ El necesario consenso de los Estados en la elaboración de su normativa. ➢ La igualdad soberana, además de ser uno de sus principios, es una de sus características, ya que todos los Estados pueden contribuir en igualdad de condiciones a la materialización de este derecho. ➢ Su descentralización, al no existir poderes judiciales, legislativos y ejecutivos de carácter mundial. 9 ➢ El carácter dispositivo general de la normativa internacional, al ser esta dependiente del consentimiento de los Estados. 1.4.2. Fuentes del derecho internacional ➢ Tratados y convenios internacionales: como instrumento jurídico fundamental en la actuación de los Estados a nivel internacional, ya sea para regular la relación entre los propios Estados, o entre estos y una organización internacional. ➢ Principios generales del derecho internacional: los principios jurídicos contienen los fundamentos y fines de la normativa internacional y están reconocidos por los Estados. Algunos ejemplos son el de buena fe, o el de igualdad soberana entre Estado. ➢ Costumbre: el derecho internacional público procede del derecho consuetudinario, es decir, de la costumbre pactada entre las partes. ➢ Decisiones y doctrina judicial: para determinar cómo se aplica una norma a un supuesto de hecho específico, las herramientas jurídicas de las decisiones judiciales y la doctrina son fundamentales 1.4.3. Principios del derecho internacional ➢ El principio de humanidad, que consiste en el respeto a los derechos humanos. ➢ El de responsabilidad del Estado soberano, que implica que aquel que incumpla con sus obligaciones internacionales está sujeto a responsabilidad. ➢ El de no intervención, que preserva la soberanía, ya que un Estado no puede interferir en los asuntos de otro. ➢ La buenafe en su actuación, que debe ser ética. ➢ La obligación de cooperar con otros Estados, a través de los acuerdos y de la negociación. 10 ➢ El de igualdad soberana, que significa que ningún Estado es superior a otro en derecho internacional. ➢ La prohibición del uso de la fuerza, así como la prohibición de amenaza y la obligación de los Estados de arreglar pacíficamente sus controversias. La autodeterminación de los pueblos sin la injerencia de otros Estados para promover con libertad su desarrollo económico, político, social y cultural. (Conceptos jurídicos, s.f.) 1.5. Derecho procesal El derecho procesal es una rama del derecho público que contempla el conjunto de normas, códigos y formas del proceso judicial, es decir, que ordena y regula los requisitos, efectos y métodos en que el Estado imparte la justicia. 1.5.1. Ramas del derecho procesal 1.5.1.1. Derecho procesal civil Tiene que ver con las disputas que ocurran en el marco de la sociedad y que precisen de la decisión justa del Estado para resolverse, sin implicar violaciones punibles a la ley. 1.5.1.2. Derecho procesal penal Tiene que ver en cambio con la impartición de justicia cuando se han quebrantado leyes y se hace preciso una acción de justicia para impartir un castigo y/o llevar a cabo una reparación. 1.5.2. Fuentes del derecho procesal ➢ Fuentes formales: cuando se trata de normas aceptadas por el derecho positivo en cuestión. 11 ➢ Fuentes históricas: Cuando se trata de normas derogadas que constituyen el pasado jurídico de una nación. ➢ Fuentes materiales: Cuando se trata de la jurisprudencia escrita en tratados explícitos como la Constitución y las Leyes y Códigos procesales. 1.5.3. Ejemplo del derecho procesal Los ejemplos de la aplicación del derecho procesal están a la orden del día. Cuando vemos una serie televisiva sobre policías y criminales, notamos que siempre que la justicia se imparte existen una serie de protocolos, procedimientos formales y eventos que ocurren de manera similar e independiente del tipo de crimen cometido o de los culpables del mismo. A ese tipo de procedimientos se refiere el derecho procesal. (Etecé, Concepto de derecho procesal, 2021) 2. Derecho Privado El derecho privado es la rama del derecho que se ocupa de las relaciones jurídicas entre particulares. La distinción entre derecho privado y derecho público constituye, históricamente, uno de los fundamentos principales de la sistematización del derecho. El criterio tradicional considera que, si uno de los sujetos intervinientes en una relación es “público”, es decir, es el Estado, estamos en presencia de derecho público. Por el contrario, si ninguno de los sujetos de la relación que contemplamos es el Estado, estamos ante una relación de derecho privado. Este criterio no excluye la intervención del Estado en la regulación de los derechos y deberes que existen entre sus ciudadanos ni niega el papel de juez que, en último caso, siempre se atribuye el Estado. Pero no considera que esta implicación sea definitoria de una relación de derecho privado. 12 Consecuentemente, la distinción tradicional considera pertenecientes al derecho público únicamente aquellos negocios jurídicos en los que el Estado actúa como parte directamente interesada, como si fuera un particular más. Por las razones expuestas, se entiende que se rigen por el derecho privado las relaciones jurídicas entre particulares y el Estado cuando este actúa sin ejercer potestad pública alguna. Es el caso, por ejemplo, de los contratos de compraventa o alquiler de inmuebles pertenecientes a una administración pública y un particular o de las sociedades o empresas con personalidad jurídica propia creadas según las normas del derecho mercantil y en las que la administración ostenta una parte del capital de la compañía. Las relaciones internas y externas de dicha compañía en el tráfico mercantil se regirán por el derecho privado con independencia de que uno de sus socios, aunque sea mayoritario, sea el Estado. (wikipedia, 2022) ➢ Principios del derecho privado • Autonomía de la voluntad: Significa la capacidad que tienen las partes de regir sus relaciones en la esfera privada sin necesidad de normas imperativas prohibitivas. Por ejemplo, en un contrato de compraventa entre dos personas privadas pueden estipular el precio que ellos pacten, al igual que la forma de pago. Los individuos rigen sus propios intereses siempre que no se trate de un asunto contrario a la ley imperativa o de contenido imposible. • Igualdad de las partes: Los sujetos privados parten de una situación de igualdad donde ninguno de ellos tiene la supremacía, ambos están sometidos al mismo marco jurídico. ➢ Características del derecho privado • Son normas que afectan a la esfera privada de las personas. • Prevalece la autonomía de la voluntad. Es decir, existe libertad de pacto entre las partes, aunque con el límite de no realizar lo prohibido por ley (un contrato en el que se pacta el asesinato de una persona). 13 • No es un derecho donde prevalezcan normas imperativas. • Las normas de derecho privado se basan en la igualdad de las partes. En derecho público la administración está en una posición de poder respecto al particular. • El derecho civil es la manifestación más amplia del derecho privado. • Las normas del derecho privado tienen como destinatario a los ciudadanos y no a los poderes públicos. • Los poderes públicos pueden verse afectados por la regulación del derecho privado cuando actúan como persona privada. • No persigue el interés general sino el interés de los individuos particulares. (Trujillo, 2020) 2.1. Derecho civil El derecho civil es una rama del derecho dedicada al estudio y la regulación de los distintos aspectos de la vida civil de las personas, es decir, de sus derechos reales (propiedad y posesión), obligaciones contractuales, relaciones familiares (matrimonio, patria potestad, etc.), sucesión (herencia) y estado civil. Se trata de un conjunto de normas jurídicas que regulan la vida patrimonial de las personas, considerándolas en su singularidad e individualidad, y no como una generalidad. Dichas relaciones patrimoniales pueden ser públicas o privadas, físicas o jurídicas, y se encuentran siempre bajo la protección del ordenamiento jurídico del Estado. El derecho civil puede ser considerado como una forma de derecho privado, dado que regula las relaciones entre las personas, al margen de lo público. Por otro lado, puede ser una forma de derecho común, dado que sirve como derecho supletorio (o sea, como auxiliar) a otras ramas del derecho privado que regulan aspectos específicos de la vida civil: el derecho mercantil, el derecho laboral, etc. 14 2.1.1. Características del derecho civil • Se ocupa de regular las relaciones patrimoniales y personales entre los individuos, al margen del Estado y de lo público. • Sus normas usualmente están recogidas en un Código civil. • Es una de las ramas generales del derecho, que integra el derecho privado (ajeno al Estado) y que sirve de derecho supletorio a otras subramas como el derecho mercantil, laboral, hipotecario, etc. • Como toda ciencia jurídica, está constantemente en remodelación y desarrollo. (Etecé, Concepto de derecho, 2022) 2.2. Derecho mercantil El Derecho mercantil es la rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de éstos. (INEAF, s.f.) Para entender el derecho mercantil, debemos iniciar con qué es la Sociedad Mercantil: Se entiende por sociedad mercantil a la asociación voluntaria de personas físicas o jurídicas que crean y explotan una empresa de producción y/o mediación de bienes y/o servicios parael mercado, con el fin de obtener un beneficio además de aportar bienes como dinero, mueves inmuebles, o derechos. Como se mencionó anteriormente, el derecho mercantil regula las relaciones comerciales entre personas físicas o jurídicas (sociedades mercantiles), es decir, supervisa los actos de los comerciantes, actos de las sociedades mercantiles constituidas y sociedades extranjeras o las agencias y otros establecimientos dentro del territorio nacional. Igualmente 15 regula los actos de las personas que accidentalmente, con o sin establecimiento fijo hagan alguna operación de comercio. Se encarga de cuestiones tan diferentes como la celebración de un contrato entre una empresa y un profesional para la prestación de un servicio, las relaciones con los proveedores o la creación de una entidad. El derecho mercantil es: individualista, es decir se centra en el derecho privado; progresivo, siempre se mantiene actualizado sobre las leyes en vigencia para cumplir con el ejercicio comercial; global, lo que quiere decir que se encarga también de regular las transacciones de las empresas internacionales además de que se basa en la tradición comercial de cada país. (EUROINNOVA, s.f.) 2.2.1. Ramas del derecho mercantil • Derecho bancario (se ocupa de estudiar y legislar sobre asuntos referentes a la regulación del funcionamiento de los bancos.) • Derecho societario (también llamado derecho de sociedades o derecho corporativo se ocupa de los sujetos empresariales y sus formas de asociación.) • Derecho concursal (esta rama se centra en todo lo relacionado con los acreedores y las deudas que surgen en una relación comercial.) • Derecho contractual (conjunto de normas jurídicas que establecen las bases para la formación, interpretación y ejecución de los contratos.) • Derecho cambiario (conjunto de principios y preceptos nacionales e internacionales que reglamentan la letra de cambio, el pagaré y el cheque.) • Derecho marítimo y aéreo (establece la jurisdicción sobre la navegación marítima, el comercio y el transporte entre los trabajadores del mar y su carga. Conjunto de 16 principios y reglas relativos a la utilización del espacio aéreo por las aeronaves, y las relaciones jurídicas que esa utilización determina.) • Derecho de propiedad industrial (aquel que defiende el ejercicio productivo, la creatividad industrial y el modo en que operan, se fundan y crecen las actividades industriales.) (UNIR, s.f.) El derecho mercantil es una rama clave del ejercicio jurídico para perseguir la justicia y la equidad económica, y combatir la corrupción y el delito económico, al poner reglas claras y normativas para todo acto comercial. Ventas, compras, alquileres, fundaciones empresariales, todo pacto financiero y económico de intercambio de bienes constituye la base del flujo de las riquezas en las naciones, más aún en las épocas de la globalización económica. 2.3. Derecho Familiar El derecho familiar regula normativamente los matrimonios y las separaciones. Además, se encarga de la preservación de los derechos de los menores de edad y presta especial atención a los casos de disolución del núcleo familiar. El derecho de familia es una rama del derecho privado, por lo que también forma parte del derecho civil. Sin embargo, las normas que rigen el derecho de familia regulan relaciones privadas en un orden público. Por ello, es preciso aclarar que estas no pueden adscribirse únicamente al ámbito público ni al privado. (Europea, 2023) El derecho familiar se encarga de regular el matrimonio, la filiación y la tutela. • El matrimonio, a su vez, comprende las normas jurídicas relativas tanto a su celebración, como a sus efectos personales y económicos, incluidos los regímenes económicos matrimoniales, y las distintas situaciones de crisis como son la nulidad, la separación y el matrimonio. 17 • La filiación incluye tanto la filiación matrimonial como la extramatrimonial y la adoptiva, y en último lugar la patria potestad. • La tutela comprende el conjunto de normas jurídicas referentes a la guarda y protección de menores o incapacitados no sujetos a la patria potestad. (Guías Jurídicas , s.f.) En cuanto a la regulación del Derecho de Familia se contiene dentro del Código Civil, que es la normativa de referencia sobre la que se asienta todo el derecho de familia y regula su conjunto de derechos y deberes asociados. Esta rama del derecho recibe constantes influencias del derecho internacional privado y de los cambios que se producen a diario en la sociedad actual ya que sucesivas reformas del Código Civil han modificado el contenido del Derecho de Familia para adaptarlo a la situación contemporánea de la institución. 2.3.1. Características del derecho familiar • Carácter natural (regula relaciones naturales como la procreación, la vida en común bajo un mismo techo o la comunidad de intereses morales o materiales.) • Carácter social (las normas que dicta deben ir en consonancia con las costumbres sociales de la localidad, provincia, región o zona en la que se ubique la familia a la que regula.) • Carácter ético (el derecho familiar se constituye de deberes morales que adquieren el carácter de normas jurídicas obligatorias.) • Carácter público (son derechos y obligaciones de orden público, no renunciables ni modificables, por lo que nadie puede evadirse de ellos.) (Europea, 2023) 18 3. Derecho social Es la rama jurídica que promueve unas condiciones de vida dignas para los ciudadanos, con el fin último de construir una sociedad más justa e integradora. Están diseñados, por tanto, para abordar las situaciones de desventaja social o económica, y garantizar un terreno mínimo en el que desarrollarse como individuo y en sociedad. Aunque estos derechos sociales abarcan a todo el conjunto de la población, sus disposiciones son especialmente importantes para los grupos económicamente más débiles. Esa debilidad podría provocar que no pudieran acceder a servicios públicos tan imprescindibles como el sanitario o el educativo. Los derechos sociales nacen de la voluntad subjetiva del ser humano. Su condición de derechos fundamentales fue reconocida por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada en 1948. Posteriormente, en 1976, se ratificaron en el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC). Esta establece mecanismos para la protección y garantía de estos derechos, y los más de 160 Estados que forman parte del tratado se comprometen a trabajar para la concesión de derechos económicos, sociales y culturales a las personas, incluidos los derechos laborales, a la salud, a la educación y a un nivel de vida adecuado. (UNIR, s.f.) ➢ Principales características de los derechos sociales Consideremos las características más importantes de los derechos sociales: • Es un producto de la humanidad y la cultura: los derechos sociales están determinados por el consenso humano. Es una construcción subjetiva que está estrechamente relacionada con el trasfondo político y cultural. • Tienen algunas funciones instrumentales. No tiene sentido simplemente declarar los derechos contenidos en ellos si no existen medidas para protegerlos. A pesar de ello, muchas veces no son respetados. 19 • Normas Jerárquicas: Las normas recogidas en el derecho social se ordenan según el significado prescrito para cada ley. • Basado en la realidad social: Todos los derechos sociales deben estar relacionados con la realidad social a la que se aplican. • Equilibrio de intereses: No todos los grupos sociales tienen los mismos intereses. A menudo los objetivos de algunos grupos se logran a expensas de otros grupos. Este tipo de legislación intenta equilibrar todos estos intereses. • Búsqueda de la Paz Social: Sin valores sociales que den dignidad a las personas es imposible mantener el orden.(Lidefer, s.f.) 3.1. Derecho laboral El derecho laboral es una rama del derecho formada por un conjunto de normas jurídicas que se establecen en la relación entre los trabajadores y los empleadores. Lo constituyen preceptos de orden público y legal, que se basan en la premisa de asegurarle a quien trabaja un pleno desarrollo como persona y una integración real a la sociedad. (Derecho Laboral - Concepto, orígenes, fuentes y características). (Concepto de derecho, s.f.) 3.2. Derecho agrario Es la rama del derecho que estudia y regula las relaciones económicas y sociales surgidas entre los distintos actores involucrados en la producción agropecuaria. Es decir, nos referimos a las normas jurídicas y legales que aplican en el caso de la explotación agropecuaria de los suelos. (Concepto , s.f.) 4. Bibliografía Concepto . (s.f.). Obtenido de https://concepto.de/derecho-agrario/ Concepto de derecho. (s.f.). Obtenido de https://concepto.de/derecho-laboral/ 20 Conceptos jurídicos. (s.f.). Obtenido de https://www.conceptosjuridicos.com/derecho-internacional- publico/ Equipo editorial, e. (15 de Julio de 2023). Derecho administrativo. Obtenido de https://concepto.de/derecho-administrativo/ Etecé. (5 de Agosto de 2021). Concepto de derecho procesal. Obtenido de https://concepto.de/derecho- procesal/ Etecé. (22 de Septiembre de 2022). Concepto de derecho. Obtenido de https://concepto.de/derecho- civil/ Etecé. (s.f.). Concepto de derecho. Obtenido de https://concepto.de/derecho-penal/#ixzz8Fg4rWDUf EUROINNOVA. (s.f.). Obtenido de https://www.euroinnova.ec/blog/fuentes-del-derecho- mercantil#iquestqueacute-es-el-derecho-mercantil Europea, U. (11 de Abril de 2023). Obtenido de https://universidadeuropea.com/blog/que-es-derecho- familiar/ Guías Jurídicas . (s.f.). Obtenido de https://guiasjuridicas.laley.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAA AUMjYzMDtbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAdhgLXTUAAAA=WKE INEAF. (s.f.). Obtenido de https://www.ineaf.es/divulgativo/mercantil/el-derecho- mercantil#:~:text=El%20Derecho%20mercantil%20es%20la,de%20la%20realizaci%C3%B3n%20d e%20%C3%A9stos Lidefer. (s.f.). Obtenido de https://www.lifeder.com/derecho-social/ Trujillo, E. (02 de octubre de 2020). economipedia. Obtenido de https://economipedia.com/definiciones/derecho-privado.html UNIR. (s.f.). Obtenido de https://www.unir.net/derecho/revista/derecho-mercantil-que-es/ UNIR. (s.f.). Obtenido de https://www.unir.net/derecho/revista/derecho-social/ wikipedia. (11 de noviembre de 2022). Obtenido de https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_privado 1. Derecho Público ➢ Principios del derecho público 1.1. Derecho Penal 1.1.1. Principios del derecho penal 1.2. Derecho constitucional 1.2.1. Principios generales que rigen al estado 1.3. Derecho administrativo 1.3.1. Características del derecho administrativo 1.3.2. Principios del derecho administrativo 1.4. Derecho internacional 1.4.1. Características del derecho internacional público 1.4.2. Fuentes del derecho internacional 1.4.3. Principios del derecho internacional 1.5. Derecho procesal 1.5.1. Ramas del derecho procesal 1.5.1.1. Derecho procesal civil 1.5.1.2. Derecho procesal penal 1.5.2. Fuentes del derecho procesal 1.5.3. Ejemplo del derecho procesal 2. Derecho Privado ➢ Principios del derecho privado ➢ Características del derecho privado 2.1. Derecho civil 2.1.1. Características del derecho civil 2.2. Derecho mercantil 2.2.1. Ramas del derecho mercantil 2.3. Derecho Familiar 2.3.1. Características del derecho familiar 3. Derecho social ➢ Principales características de los derechos sociales 3.1. Derecho laboral 3.2. Derecho agrario 4. Bibliografía
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