Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
Teoría General del Proceso Introducción Generalidades • El ordenamiento jurídico, establece normas sustantivas (que generan derechos y obligaciones a los gobernados) y normas instrumentales (formales, adjetivabas o conflictuales), que son las que establecen la forma de hacer respetar las primeras. • Kelsen dice “hay dos tipos de normas generales: A. Las formales B. Las materiales Normas Formales y Materiales • Formales.- Determinan la creación del órgano del estado que habrá de dirimir las controversias y el procedimiento que habrán de seguir • Materiales.- Refieren al contenido del acto judicial o administrativo . • Kelsen no considera en esta clasificación a las normas formales que regulan la creación de leyes. Derecho Instrumental o Adjetivo Derecho Procesal Derecho Procedimental Derecho Instrumental Normas de Derecho Procesal • Regulan el proceso jurisdiccional y los órganos encargados de substanciarlo y que constituyen el derecho procesal, y la interacción de las partes con el órgano estatal A. Normas Procesales en Sentido Estricto, regulan la creación, desarrollo, suspensión, y terminación del proceso B. Normas Procesales Orgánicas, regulan la creación, competencia, funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, así como la capacidad y legitimación de los sujetos que intervienen. Normas Procesales en Sentido Estricto Normas Procesales Organcas Derecho Procesal /Concepto Derecho procesal Desde el Punto de Vista como Ciencia Desde el Punto de vista Objetivo Desde el Punto de vista Objetivo • Es un conjunto de normas, que regulan tanto al proceso jurisdiccional, como la integración, competencia de estos y su interacción con las partes en conflicto. • Estas normas se les denomina normas procesales, también les conocen como normas adjetivas, normas conflictuales, etc., Como Ciencia del Derecho • Es una ciencia nueva, que surge en el S.XIX, como consecuencia del movimiento de ilustración y la creación del Estado Moderno. • Su objeto directo e indirecto es el proceso, como forma de dirimir conflictos. • La teoría General del Proceso le da unidad y el carácter de ciencia al Derecho Procesal. El Carácter Público del Derecho Procesal • Conformado por Normas que regulan la relación entre el estado (órgano jurisdiccional) y las partes en conflicto. • El Estado Moderno considera la solución de conflictos una cuestión de estado, y por ende cuestión publica. • La creación de las normas procesales inician desde la concepción del estado conforme a las teorías de la ilustración. ESTADO GOBERNADO GOBERNADO GOBERNADO GOBERNADO GOBERNADO GOBERNADO 1.- AUTONOMIA 2.- AUTODETERMINACION 3.- AUTOLIMITACION SOBERANÍA PACTO SOCIAL Formas de Solución Conflictos • ATOTUTELA.- Prohibida en los términos del artículo 17 de la CPEUM, salvo excepciones. • AUTOCOMPOSICIÓN A. Unilateral.- Renuncia de Derechos; Desistimiento; Perdón, Allanamiento B. Bilateral.- Transacción • HETEROCOMPOSICIÓN A. Medición B. Conciliación C. Ombusman D. Arbitraje E. Proceso El Derecho Procesal Derecho Procesal Diversas Disciplinas Procesales Parte Especial Teoría General Parte General
Compartir