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Resumen de Derecho Romano MUY BUENO

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Resumen de Derecho Romano
1)- Servidumbres.: explique que son, y también cuáles son las distintas clases. (PARTE III 5.4)
Para el derecho clásico servitus (servidumbre) es un derecho real sobre un fundo ajeno en cuya virtud el propietario de éste está obligado a soportar o a no hacer ciertos actos, para satisfacer la necesidad o utilidad de otro fundo. Hay aquí dos fundos uno – llamado sirviente- sirve a otro – llamado dominante- . además de estas servidumbres, reconoce también otros derechos sobre cosa ajena (usufructo y uso) en las cuales una cosa, mueble o inmueble, es afectada por un derecho real constituido a favor de una persona determinada.
En el sistema justinianeo la expresión servitus comprende las servidumbres propiamente dichas del derecho clásico (servidumbres reales o prediales) y esos otros iura in re aliena como son el usufructo, el uso y la habitación, llamados ahora servidumbres personales.
“las servidumbres o son personales, como el uso y el usufructo, o reales, como las servidumbres de los predios rústicos y urbanos” MARCIANO D 8.1.1.1
SERVIDUMBRES PERSONALES: (usufructo, uso y habitación): frente a las servidumbres prediales (únicas servitutes para el derecho clásico) se colocan las personales, entendidas como derechos reales sobre una cosa ajena, constituido a favor de una persona determinada. En esta categoría se incluye el usufructo, el uso, la habitación y el trabajo de los esclavos.
SERVIDUMBRES PREDIALES: se caracterizan porque constituyen un ius in re aliena (derecho sobre la cosa ajena), inherente o fundo, que comporta un deber de abstención, siendo típicas e indivisibles.
2)- Diferencie el contrato de comodato del contrato de locación. (PARTE III. 6.4)
CONTRATO- CONCEPTO: en el derecho romano hay contrato cuando existe un consenso o acuerdo, debidamente tipificado y nominado, destinado a crear obligaciones dotadas de una acción.
CONTRATO DE COMODATO:
Contrato en virtud del cual una persona llamada comodante, entrega a otra, llamada comodatario, una cosa para que la use y se la devuelva después de un cierto tiempo.
Se caracteriza por ser un contrato real, no formal, de buena fe, sinalagmático imperfecto y gratuito. Cuyo nombre viene de commodumdare (dar la utilidad).
Elementos: son elementos esenciales del comodato la convención, el objeto (muebles o inmuebles no fungibles), y el elemento real (entrega de la tenencia de la cosa).
CONTRATO DE LOCACION:
Es un contrato consensual en virtud del cual una de las partes se compromete a procurar a otra el uso y goce de una cosa o hacer algo o a prestarle determinados servicios, a cambio de un precio generalmente en dinero.
Caracteres: se caracteriza por ser un contrato consensual, de buena fe, no formal y bilateral o sinalagmático perfecto.
Los romanistas distinguen tres clases de locación: locatioconductiorei (locación de cosas), locatioconductiooperis (locación de obra) y locatioconductiooperarum (locación de servicios).
3)- Explique en cuál de los sistemas procesales romanos el juez deja de ser elegido por las partes y por qué.
El juez deja de ser elegido por las partes en el sistema procesal extraordinario. Fue en las provincias y principalmente en las administradas por el emperador donde el nuevo sistema (extraordinario) se desarrolló con más libertad. En las provincias senatoriales seguían utilizando el procedimiento formulario, pero en las imperiales el delegado del emperador (gobernador) no tenía facultades de dar edictos y, ante la dificultad de ponerse de acuerdo las partes en designar un iudexprivatus, los gobernadores fueron absorbiendo ese papel, designando un delegado que resolviera la cuestión. El juez entonces, dejo de ser un particular elegido por las partes y comenzó a ser un delegado del poder político que dependía jerárquicamente del gobernador e indirectamente del propio emperador.
4)- Explique cuáles eran las distintas prerrogativas y facultades que tenía el Tribuno de la plebe.
EL TRIBUNO DE LA PLEBE. EL ANTIPODER. FACULTADES, PRERROGATIVAS Y FUNCIONES.
Nacido al calor del conflicto patricio-plebeyo, el tribuno había adquirido ciertas prerrogativas y facultades que lo convertían en un elemento esencial del sistema político romano. Cuando la integración de patricios y plebeyos es definitiva, el tribuno abandona su parcialidad y se convierte en un tribuno de todo el pueblo, utilizando su enorme poderío para defender lo que hoy llamaríamos “garantías constitucionales”.
El tribuno era inviolable, estaba más allá del poder de cualquier otro magistrado. Quien osara agraviarlo o darle muerte se convertía en una especie de “muerto político” porque nadie seria castigado si vengaba al tribuno. Además, los plebeyos se habían juramentado matar a quien cometiera el sacrilegio de atacarlo. Tenía la facultad llamada intercessio de vetar cualquier decisión de cualquier magistrado, aunque tuviera el acuerdo del Senado. Podía punir mediante la coercitio a cualquier persona que lo turbara en sus funciones y convocar al pueblo a comicios a través de Ius agendi cum plebis.
Algunos autores modernos como Giovanni Lobrano han establecido, que el tribuno, al poder impedir cualquier acto de cualquier órgano constitucional, era el antipoder, es decir: una figura constitucional destinada a defender al pueblo de quien ejerce el poder. Curiosamente el tribuno no puede hacer nada pero impedir todo.
5)- El senado republicano: exponga quienes lo integraban, quién designaba a los senadores, y cuál era el valor de sus decisiones.
Entre los siglos V y I a.C el Senado ha sido llamado “el elemento aristocrático de las repúblicas” y considerado como el verdadero detentador de poder.A partir de la lex Ovinia (312 a. C.) el senado quedo integrado por ex magistrados, sin importar que fueran patricios o plebeyos. Para ser senador solo se exigía como requisito haber sido magistrado y no merecer la tacha sensoria.
El mecanismo para integrar el senado era el siguiente: cada cinco años los censores hacían una lista (lectiosenatus) en la incorporaban a todos los senadores de la lista anterior y a los que hubieran ejercido alguna magistratura durante esos cinco años. Además los censores podrían incorporar a algún ciudadano que, sin haber sido magistardo, hubiera cumplido con un servicio importante para roma.
El magistrado convocaba al senado. Los senadores permanecían en sus cargos mientras duraba su buena conducta, por lo cual sus decisiones tenían mucha mayor estabilidad y continuidad, lo que lo hacía ser prudente moderador de alguna extralimitación de un magistrado. El valor de sus decisiones eran desde opinar sobre la conveniencia de designar un dictador, convocar un comicio para dictar una lex, hasta celebrar un tratado de guerra, además era un gigantesco reservorio de experiencia política.
Normalmente los consules y censores eran senadores, por lo cual ya debían haber ejercido alguna magistratura anterior del cursus honorum.
6)- Defina la obligación y diferencie las obligaciones solidarias de las parciarias y las acumulativas.
OBLIGACION- CONCEPTO: es un vínculo jurídico en virtud del cual un sujeto llamado deudor se encuentra constreñido para con otro llamado acreedor al cumplimiento de una prestación.
Las fuentes romanas nos suministran dos definiciones de Obligatio. La primera está en la Instituta de Justiniano:
“La obligación es el vínculo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar algo según el derecho de nuestra civitas”.
“La esencia (substantia) de las obligaciones no consiste en que se haga nuestra una cosa, o una servidumbre, sino en que otro sea constreñido hacia nosotros, a darnos, a hacer o a prestarnos alguna cosa.” (PAULO)
Comúnmente las obligaciones se constituyen entre un solo acreedor y un solo deudor. Sin embargo hay casos de obligaciones múltiples o de pluralidad de sujetos, en las que la relación se forma entre varios sujetos, sean los acreedores, los deudores, o ambas cosas a la vez. En esta clase de obligaciones se pueden dar tres modalidades:
- Parciarias
- Acumulativas
- Solidarias
- Obligaciones Parciarias:(también llamadas Mancomunadas) Existen varios deudores o varios acreedores, los cuales están obligados solamente a una parte del total de la prestación y estos solo tienen derecho al cobro de parte de su crédito.
- Obligaciones Acumulativas: Aquellas en las cuales cada uno de los acreedores podía pretender por entero la prestación, sin que el pago realizado a uno liberase al deudor respecto de los otros acreedores, por lo cual cada uno de los deudores está obligado a cumplir en la totalidad sin que ello liberase a los otros deudores.
- Obligaciones Solidarias: (también llamadas correales) Tenían pluralidad de sujetos - acreedores o deudores - y un objeto verdaderamente idéntico y único, en las que cada uno de los varios acreedores tiene derecho a exigir la totalidad de la prestación que, satisfecha por uno de los deudores o pagada por uno de los acreedores disuelve la obligación respecto de todos los demás.
Solidaridad Activa (varios acreedores)
Solidaridad Pasiva (varios deudores)
Solidaridad Mixta (varios acreedores y deudores)
7)- Explique cómo era la ceremonia de la mancipatio.
Era un modo privado de transmitir la propiedad del Derecho Romano, de las res (cosas) mancipi conforme al Derecho Civil, por lo cual sólo competía su uso a los ciudadanos romanos, los latinos iunianii, los latinos coloniarii, y los peregrinos que gozaban del derecho de comercio con los romanos. Fue conocido desde antes de la Ley de las XII Tablas.
Las cosas mancipi eran las más importantes para este pueblo agricultor, y eran justamente las cosas destinadas a las tareas del campo, enumeradas taxativamente (eran esas en forma precisa): los fundos (terrenos) itálicos, las construcciones elevadas sobre esos fundos, los esclavos, los animales que se doman por el cuello o lomo y las servidumbres rusticas.
Consistía en una ceremonia abstracta (sólo importaba el cumplimiento de las formas y no la causa del acto) como dijimos privada (no intervenía ningún magistrado). Se requería la presencia de quien transmitía el dominio de la cosa (manciupiodans), del adquirente (mancipioaccipiens), de cinco testigos púberes y ciudadanos romanos (por lo menos), la cosa a transmitir si era posible (mueble) y otra persona también púber y ciudadano romano que sostenía simbólicamente una balanza. Esa persona recibía el nombre de libripens (el que pesa en la balanza) aludiendo que en algún momento el dinero valía por su peso y debía pesarse en una balanza. Luego, ya con el dinero provisto de un valor simbólico el adquirente, luego de afirmar que la cosa le pertenecía de acuerdo con el Derecho de los Quirites y que lo ha adquirido con ese cobre y esa balanza, golpeaba con el cobre la balanza, y entregaba el cobre al transmitente, quien no pronunciaba palabra..
8)- Exponga cuales fueron las reforma que hizo Diocleciano.
Diocleciano realiza una total restructuración del estado para asegurar una ordenada accesión al trono y una más eficiente defensa de las fronteras.
Forma la denominada tetrarquía (gobierno de cuatro cabezas). Dividió al imperio en dos partes colocando al frente de cada una un emperador con el nombre de Augusto y a su vez las dividió nuevamente en dos dejando a cargo de las más importante el Augusto y poniendo en frente de la menor a un emperador con el nombre de Cesar.
Quedo configurada una descentralización administrativa: cada uno de los cuatro titulares tenía en su zona su ejército, sus finanzas, su organización judicial, su propio consilium. Estaba previsto que a los 20 años de gobierno los Augustos renunciaran y los Cesares tomaran su lugar y nombraran a su vez dos nuevos cesares.
Separar la administración de la conducción militar, la cual quedo a cargo de generales (dux).estableció carácter hereditario del oficio castrense e impuso a los propietarios de los fundos rurales la obligación de proveer reclutas en número proporcional a la importancia de sus fundos.
Reforma monetaria e impositiva que intento poner fin a la crisis económica, pero la presión tributaria fue muy fuerte. Con el Edicto del Máximo fijo precios máximos a los artículos de primera necesidad, imponiendo penas gravísimas a los infractores. Para evitar la escasez de mano de obra fue configurando un sistema de castas profesionales.
Diocleciano subdivide las provincias: de cuarenta pasan a ser un centenar y todas dependientes del emperador. Las agrupa en diócesis (seis en oriente y seis en occidente) con vicarios al frente de cada una. Los funcionarios civiles eran cuatro, dos para oriente y dos para occidente, recibían el nombre de praefectipraetorio. Representaban al emperador pero no tenían funciones militares.
10)- Defina la obligación y diferencie las obligaciones naturales de las civiles.
Obligaciones Naturales: Eran obligaciones que si bien tenían la estructura de obligación y carácter patrimonial, carecían de acción para exigir lo debido.
Por ejemplo, las obligaciones contractuales contraídas por esclavos o filius familia, o la contraída en infracción al senadoconsulto macedoniano, que otorgaba una excepción contra el que accionaba por haber prestado dinero a un filius y lo hacía, después que había salido de la patria potestad.
Las civiles son las obligaciones ordinarias, es decir aquellas protegidas por una acción a través de la cual los acreedores disponían de un medio para hacer cumplir al deudor. Las obligaciones civiles tenían actio y las naturales, exceptio.
11)- Explique que contenía el edicto del pretor.
Cada vez que un pretor asumía el cargo en el que sólo duraba un año, procedía a hacer uso de su Ius Edicendi dando un edicto; es decir dando a conocer al pueblo un listado de las acciones que se comprometía a otorgar y las defensas que iba a permitir oponer.
El edicto del pretor constituía un verdadero catálogo de fórmulas en el que los futuros litigantes podrían seleccionar aquella que más les conviniera.
12)- Distinga dominio de posesión. (PARTE III 5.2 y 5.3
El dominio es un señorío jurídico sobre una cosa. Ese señorío es jurídico y puede ser o no materialmente ejercido.La posesión es el señorío de hecho sobre una cosa.
La relación con una cosa puede ser de dominio (señorío jurídico) o de posesión (señorío de hecho). Normalmente ambos señoríos van juntos, pero no siempre.
13)- ¿Qué es el pago formal?
Es un modo de extinción ipso iure de las obligaciones, consiste en una especie de pago formal, verificado mediante la solemnidad del cobre y la balanza (per aes et libram). Se apela a la mancipatio para obligarse y liberarse.
Ese pago formal era un negocio abstracto, producía efectos per se, independientemente de la causa: verificado la solemnidad, el deudor quedaba liberado, aun cuando no hubiera mediado el efectivo cumplimiento de la obligación y sin que pudiera saberse cuál fue la causa que lo motivo.
16)- Explique que era la legisactio per condictionem y cuáles eran los distintos tipos de reclamos que podían hacerse.
Proviene de una Lex Pinaria, otra lex Silia y una última lex Calpurnia. Su nombre surge de la palabra condico “dar cita” o “emplazar”. La acción prevista en la lex Pinaria pareciera destinada a revisar lo actuado por los jueces en la legisactiosacramentun in personam.
La lex Silia del siglo III a C introdujo esta acción para el reclamo de sumas ciertas de dinero (certa pecunia) y la lex Calpurnia para el reclamo de cosa determinada (certa res).
En esta actio se formulaba el juramento igual que en el sacramentum, se pagaba le pagaba al vencedor y la suma estaba estipulada en el tercio del valor del pleito.
18)- ¿Qué es la compensación?
La compensación es un modo de extinción de la obligación. Su nombre deriva de cum y pensatio que significa pesar con otro. Mediante ella quienes son acreedores y deudores recíprocos ponían en la misma balanza las dos obligaciones que los vinculaban. En virtud de ella las obligaciones se balancean. Dice Modestino que: la compensación es la contribución de una deuda y de un crédito entre si
19)- Concepto romano de adopción. Mencione las distintas clases de adopción.
Es la adopción una institución del derechocivil, por la cual se establecen entre dos personas relaciones análogas a las que las justas nupcias crean entre el hijo y el jefe de familia. Se realiza sobre un alieni iuris. Justiniano instituyo dos diferentes clases de adopción: la adopción plena y la menos plena.
20)- Explique la diferencia entre los contratos reales y los contratos consensuales.
Los reales son aquellos que se perfeccionan por la entrega de la cosa: mutuo, comodato, depósito y prenda.
Los contratos consensuales son aquellos que se perfeccionan por el mero consentimiento, sin ser requisito necesario ninguna formalidad verbal o escrita.
21)- ¿Cuáles eran las funciones del defensor civitatis?
El cargo de defensor civitatis aparecerá por primera vez en el año 364 dc , Valentiniano I lo instituyo para las ciudades de Iliria y se va ir extendiendo a todo el imperio, hasta su generalización en todas las provincias en el año 385 dc.
El defensor civitatis era nombrado por prefecto del pretorio de entre las personas con costumbres irreprochables, que hubieran ejercido funciones administrativas y judiciales. A partir del año 387 se dispuso que fuera elegido por cada ciudad y confirmado por el prefecto del pretorio. Su nombramiento fue primero en forma vitalicia, luego se redujo a cinco años, y en el año 535 a dos años. Tuvo la supervisión de la administración y del ejercicio jurisdiccional y la misión especial de proteger a los humildes contra los abusos de magistrados y de la clase social más alta los honestiores.
A partir del año 409 se dispone que se constituyeran por decreto de los obispos, quienes actuaron eficazmente y se convirtieron en las cabezas de la comunidad.
Las atribuciones del defensor civitatis se desarrollan en tres campos: jurisdiccional, fiscal y registral o documentario.
a- En el campo jurisdiccional tuvieron competencia al pago de deudas ciertas, a la reclamación de un esclavo huido o a un exceso en el pago de los impuestos. Tienen cierta intervención en materia penal en conexión con la represión del bandidaje, y se les encargo el rápido envío de reos al tribunal en determinados delitos.
b- En materia fiscal de ser un baluarte contra la corrupción de los agentes del fisco y las exacciones fraudulentas, terminaron convertidos en colaboradores de la recaudación.
c- En materia de registro y certificación los defensores civitatis están encargados de recibir y levantar acta de las quejas presentadas por los provinciales contra los abusos cometidos en la recaudación de impuestos.
22. DEFINICION DE TESTAMENTO ROMANO.
Según modulo:
El testamento romano es una manifestación de última voluntad destinada a instituir heredero.
Aclaraciones: “de última voluntad” porque solo tiene efectos después de la muerte.
“instituir heredero: porque una mera disposición de bienes o mandas fúnebres no sería un testamento. Se requiere que alguien reemplace al fallecido en la jefatura.
Según manual:
Mayns dice: testamento es la declaración de voluntad por la cual designamos la persona o personas que deben sucedernos en calidad de herederos. Viene testis alude a los testigos ante los cuales se realizaba la declaración en épocas primitivas.
23. DE QUE MANERA UN SUI IURIS PODIA PASAR A SER ALIENI IURES EN EL DERECHO ROMANO.
A través de la adrogación (adopción de una persona sui iuris) el adrogado pasaba a depender de la potestad del adrogante y entra en la nueva familia como agnado.- Asimismo, pierde la agnación con su familia de origen, manteniendo solamente la cognación. Juntamente con el adrogado pasan a depender del adrogante, los descendientes que aquél tenía bajo su potestad y la mujer in manu.
24. EXPLIQUE CUALES ERAN LOS MODOS ORIGINARIOS DE ADQUISICION DEL DOMINIO.
Los Modos originarios son aquellos por los cuales se adquiere la propiedad de un objeto que no pertenecía a nadie, o bien se hace de una cosa que no tiene dueño anterior.
Estos son: ocupación,
hallazgo del tesoro,
accesión,
especificación,
confusión y mezcla,
adquisición originaria de los frutos.
25. EXPLIQUE QUE PODIA HACER EL ACREEDOR SI OTRO ROMANO SENTENCIADO A PAGAR UNA DEUDA SE NEGABA A HACERLO DENTRO DEL PLAZO QUE SE LE DABA.
LEGIS ACTIO PER MANUS INIECTIONEM
Acción por aprehensión corporal
De acuerdo a la ley de las XII Tablas, se aplica a quién había sido vencido en un juicio y condenado al pago de una determinada cantidad de dinero - iudicatus –
Debido a la abundancia de los casos presentados, se tomaba el supuesto del condenado por sentencia en un juicio declarativo. Éste, una vez perdido el juicio, podía adoptar tres formas de conducta:
· Pagar y liberarse.
· Conseguir un fiador -vindex- solvente que lo desobligue, haciéndose personalmente cargo del proceso y negando que del mismo haya surgido obligación válida alguna. Con esto obtiene un nuevo juicio, ahora entre el ganador del anterior y el vindex, que de ser perdido otra vez por éste le acarreará una condena del doble de la primera - revocatio in duplum-.
· No pagar, ni nombrar vindex, caso en que quedaba abierta al acreedor la acción ejecutiva por aprehensión corporal.
El procedimiento era el siguiente:
Posterior al pronunciamiento de la sentencia condenatoria, el deudor tenia treinta días para pagar. Si no lo hacía, la ley autorizaba al acreedor a apoderarse de su persona cosa que hacía poniéndole la mano en el cuello - obtorto collo -, y llevándolo a su caso donde lo encadenaba. La ley de las IX Tablas reguló el peso y las cadenas con que se le debía cargar, y la comida que había obligación de suministrarle.
Transcurridos sesenta días debía permanecer el condenado en esas condiciones, a menos que antes abonase su deuda. Después de ese espacio de tiempo le sucedían tres días de mercado y el pretor recodaba al público en general los motivos del cautiverio y la cantidad adeudada, para que alguien pudiese tener compasión y abonarla. Una vez vencido el plazo establecido, el acreedor podía vender al deudor como esclavo o matarlo.
En el caso de haber varios acreedores, cada uno tenía derecho a una parte proporcional del cadáver, y si alguno tomaba un poco más de lo que le correspondiera, no se consideraba fraude, según la ley de las IX tablas con benevolencia.
La ley PoeteliaPapiria suavizó o suprimió este sistema.
26. ¿Cuáles son las principales características del derecho clásico?
Las Principales características del Derecho Clásico son:
LIBERTAD CREATIVA : en un mundo donde se va produciendo una creciente centralización del poder ejercida en forma cada vez más absoluta por gobernantes autócratas: los juristas clásicos se conducen dentro de un campo de libertad operativa muy importante. Esto se aprecia a través del ejerció del ius publicerespondendi.
UNIVERSALIDAD: el exclusivismo de los romanos sufre una importante modificación durante ese periodo. A partir de la Constitución de Caracalla (año 212 dc) todos los habitantes del territorio dominado por los romanos recibieron la ciudadanía y fueron alcanzados por las normas del Derecho Romano. La principal consecuencia de esta extensión fue que todos los habitantes del imperio se regían por el Derecho Romano.
FLEXIBILIZACION : la paulatina aplicación de principios generales como la aequitas, la bona fides y la práctica de conceder defensas a través de la exceptio y otras, produjo una moderación de la vieja rigidez proveniente del derecho Arcaico.
LA APARICION DE LA ESCRITURA COMO PRUEBA FUNDAMENTAL Y COMO METODO PROCESAL: durante este periodo (clásico) se consolida la utilización de la escritura para probar la existencia de diversas obligaciones y se empieza a poner por escrito gran parte de los procesos judiciales lo cual facilita la introducción de cada vez más complejas figuras jurídicas.
DIFICULTADES PARA CONOCER EL VERDADERO CONTENIDO : la gran mayoría de nuestros conocimientos sobre el derecho clásico proviene de la obra Justinianea, basadas en copias manuales que tenían muchas tergiversaciones. En la redacción del digesto resulto difícil determinar cuáles eran las partes textualmente incorporadas y cuales reflejaban las intercalaciones y supresiones “interpolaciones”.El estudio del Derecho Clásico Romano como algo diferenciado de la posterior obra Justinianea, fue iniciado por la escuela humanista, por Cuyacio y Faber, de la labor de estos dos juristas surgió claramente la existencia de notorias diferencias entre Derecho Clásico y el Justinianeo y se valorizo nítidamente la calidad de aquel.
27- Defina el contrato de compraventa romano y explique cuál era la obligación que asumía el vendedor.
COMPRAVENTA (emptiovenditio)
Es un contrato consensual, en virtud del cual una de las partes, llamada vendedor (venditor) se promete a transferir a la otra, llamada comprador (emptor), la posesión pacífica y duradera de una cosa, a cambio de un precio cierto en dinero.
La compraventa generadora de obligaciones, ha sido aceptada desde fines de la república, o comienzos del principado, alcanzado su total desarrollo durante la época clásica.
El contrato de compraventa comporta para el vendedor el compromiso de transferir la posesión y no la propiedad de la cosa.
28)- Explique la diferencia entre los crímenes y los delitos en el Derecho Romano.
· Delito : Acto antijurídico del que deriva una acción y una obligación penal. Es el acto ilícito sancionado con una pena. Esa pena consistía en una cantidad de dinero y para reclamarla se actuaba contra el delincuente mediante una acción penal. En Derecho Romano esa pena tenía el sentido de sanción, no de reparación del daño.
· Concepto de delito:
En época clásica el delito se denominaba con la palabra maleficium. Era el acto ilícito castigado por el ius civile con una pena privada. Esta pena consistía en una suma de dinero.
A diferencia de los derechos modernos, los delitos en Roma se consideraban como actos que perjudicaban directamente a la persona y su patrimonio, y no a la comunidad política. Por ello eran juzgados los delitos por tribunales privados y a instancias del perjudicado.
Los delitos se consideraban como una ofensa al particular que resultaba lesionado y, por eso, su persecución era un derecho de la víctima, no una función estatal. El Estado reglamentaba la reacción de la víctima ofreciéndole la actio
Crimen: A diferencia del delito, el crimen era un acto ilícito que consistía en la violación de normas jurídicas de trascendencia social. Los crímenes eran castigados por medio de una pena pública. Esta pena podía ser:
· Pena capital.
· Castigo corporal.
· Sanción pecuniaria.
Los crímenes podían ser varios:
· Perduellio : Atentado contra la seguridad del Estado (alta traición).
· Parricidium : Muerte de un ciudadano romano.
· Crimen repetundarum : Exacción abusiva de impuestos por parte de los magistrados provinciales.
· Crimen maiestatis : Atentado contra los órganos del Estado.
El crimen no creaba obligación civil, sino que se sancionaba mediante un iudicumpublicum. Se imponían penas públicas por medio de tribunales especiales que existían para los casos de justicia criminal.
La sanción pecuniaria recibía el nombre de multa. Esta multa afectaba al status del delincuente (destierro, esclavitud...).Con el paso del tiempo, se utilizó la palabra delito y crimen de manera indistinta, con lo que la diferencia terminó por desaparecer.
29)- ¿Cuáles eran las funciones del defensor civitatis? ¿Quién lo designaba? ¿Ocupaba algún lugar en el cursus honorum? ¿Cómo era elegido o designado?
Las atribuciones del defensor civitatis se desarrollan en tres campos: JURISDICCIONAL: en el campo jurisdiccional los defensores tuvieron competencia in minoribuscausis, tales como pago de deudas ciertas, a la reclamación de un esclavo huido o a un exceso en el pago de los impuestos. También tienen cierta intervención en materia penal en conexión con la represión del bandidaje, y se le encargo el rápido envío de los reos al tribunal en determinados delitos. En el año 535 dc se amplía su competencia tanto civil como penal.EN MATERIA FISCAL: la evolución de los defensores es muy significativa, ya que terminaron convertidos en colaboradores de la recaudación.
EN MATERIA DE REGISTRO Y CERTIFICACION en el año 409 dc los defensores civitatis están encargados de recibir y levantar acta de las quejas presentadas por los provinciales, contra los abusos cometidos en la recaudación de impuestos. A partir del año 535 dc su competencia en este ámbito alcanza carácter general.Tuvo la supervisión de la administración y del ejercicio jurisdiccional y la misión especial de proteger a los humildes contra los abusos de magistrados y de la clase social más alta- honestiores-.
El defensor civitatis era nombrado por el prefecto del pretorio de entre las personas con costumbres irreprochables, que hubieran ejercido funciones administrativas y judiciales. A partir del año 387 dc se dispuso que fuera elegido por cada ciudad y confirmado por el prefecto pretorio. Su nombramiento fue primero en forma vitalicia, pero en el año 387 dc se redujo a 5 años y en el año 535 dc a dos años. No ocupaba lugar en el cursus honorum.A partir del año 409 dc se dispone que los defensores se constituyeran por decreto de los obispos, en virtud del poder jurisdiccional reconocido por los emperadores.
30)- Explique cuál es la clasificación de las fuentes de las obligaciones que hace Justiniano y cuál era la que hacía Gayo.
Gayo dijo que había obligaciones que provenían de delitos (ex delicto) y otras que provenían de contratos (ex contractus) englobando en ellas todas aquellas en que la obligación provenía de un negocio jurídico solemne. Más adelante Gayo utilizo otra categoría de fuentes para incluir en ellas otras causales de nacimiento de obligaciones, llamándolas “varias causas”.
Justiniano realizo una división cuatripartita agregando a los delitos y contratos, casos en que las obligaciones provenían de situaciones que eran “como si fueran contratos” (cuasi ex contractu) y “como si fueran delitos” (cuasi ex delictu).
31)- ¿Cuál fue la evolución del valor de los plesbicitos? ¿Cuándo dejaron de necesitar la auctoritas para ser válidos para todo el pueblo romano?
Los plebiscitos son fuente formal del Derecho Romano, según Gayo , llámese así a lo que la plebe manda y establece. Los plebiscitos serian también resultado de comicios reservados a solo una parte del pueblo romano que eran los plebeyos, recibieron el nombre de concilios de la plebe” y lo que en ellos se resolvía tomaba el nombre de “plebiscitum”.
En un primer momento el resultado de esa decisión solo obligaba a los que habían intervenido en su formación, es decir, a la misma plebe.
A partir de la sanción de la Lex Valeria Horatia (449 ac) los plebiscitos comenzaron a tener el mismo valor que una Lex, es decir, ser obligatorios para todos los romanos siempre y cuando contaran con la Autorictas Patrum, que era una decisión del Senado.
Definitivamente fue la Lex Hortensia del año 287 ac la que admitió expresamente la equiparación del plebiscito a la Lex quedando abolida la necesidad de la Autorictas Patrum.
32)- Explique que era la actio per sacramentum y cuantas clases había.
Acción per sacramentum o por apuesta sacramental:
Esta acción toma su nombre de la apuesta que celebraban las partes tras haber realizado sus alegaciones in iure y que tiene valor de un verdadero juramento de carácter sagrado -sacramentum-. Las apuestas se depositaban in sacro, recuperando la suya la parte victoriosa además del objeto causante del litigio, y pasando a propiedad del Estado la del vencido.
La acción por apuesta sacramental se aplicaba en casos en los que no había una acción específica prescrita y tenía dos formas:
· Legisactio sacramento in rem , cuando se trataba de la tutela del derecho de propiedad. En este caso ambas partes sostienen su derecho sobre lo mismo (ya sea cosa, herencia, servidumbre...) Tras afirmar cada parte su presunta propiedad se procede al sacramentum.
· Legisactio sacramento in personam , cuando se trataba de la protección de los derechos de crédito. Aquí el acreedor afirma su derecho, mientras que el deudor lo niega.
34)- ¿Qué podía hacer el reclamante según el sistema del procedimiento ordinario si el demandado no comparecíavoluntariamente ante el pretor?
Si el demandado se negaba a comparecer ante el pretor, el actor quedaba autorizado a hacerlo comparecer ante el magistrado por la fuerza. Si ello no era posible, se castigaba la reticencia del demandado a comparecer ante el pretor mediante la entrega provisoria al actor de la cosa reclamada, o autorizándolo a apoderarse de algo del demandado.
35)- ¿A quién llamaba el pretor para darle la bonorumpossessio si no se presentaba ningún “liberi”?
El pretor llamaba para darle la bonorumpossessio en caso de no presentarse ningún liberi a los legitimi, que coincide con los agnados del Ius Civile.
36)- ¿Cuáles eran las facultades que tenía el tribuno de la plebe? ¿Cuánto duraba en el cargo? ¿Ocupaba algún lugar en el cursus honorum? ¿Cómo era elegido o designado?
EL TRIBUNO DE LA PLEBE. EL ANTIPODER. FACULTADES, PRERROGATIVAS Y FUNCIONES.
Nacido al calor del conflicto patricio-plebeyo, el tribuno había adquirido ciertas prerrogativas y facultades que lo convertían en un elemento esencial del sistema político romano. Cuando la integración de patricios y plebeyos es definitiva, el tribuno abandona su parcialidad y se convierte en un tribuno de todo el pueblo, utilizando su enorme poderío para defender lo que hoy llamaríamos “garantías constitucionales”.
El tribuno era inviolable, estaba más allá del poder de cualquier otro magistrado. Quien osara agraviarlo o darle muerte se convertía en una especie de “muerto político” porque nadie sería castigado si vengaba al tribuno. Además, los plebeyos se habían juramentado matar a quien cometiera el sacrilegio de atacarlo. Tenía la facultad llamada intercessio de vetar cualquier decisión de cualquier magistrado, aunque tuviera el acuerdo del Senado. Podía punir mediante la coercitio a cualquier persona que lo turbara en sus funciones y convocar al pueblo a comicios a través de Ius agendi cum plebis.
Algunos autores modernos como Giovanni Lobrano han establecido, que el tribuno, al poder impedir cualquier acto de cualquier órgano constitucional, era el antipoder, es decir: una figura constitucional destinada a defender al pueblo de quien ejerce el poder. Curiosamente el tribuno no puede hacer nada pero impedir todo.
El tribunado no formaba parte del cursus honorum. La duración en el cargo era de un año. Era elegido por los ciudadanos que componían la plebe. Su nombramiento correspondía al Conciliumplebis .
37)- ¿Qué diferencia hay entre las obligaciones solidarias y las cumulativas?
Las obligaciones solidarias o correales: se entiende asi a aquellas en que cada acreedor puede exigir y cada deudor debe cumplir la totalidad de la prestación debida, pero cumplida íntegramente respecto de uno de los acreedores o por uno de los deudores, se extingue respecto de los demas. Puede ser: activa: varios acreedores. Pasiva: varios deudores. Mixta: pluralidad de acreedores y deudores.
Puede derivar del contrato, testamento o de la ley.
La solidaridad produce efectos entre acreedores y deudores, en este caso el acreedor puede exigir a cada deudor solidario la totalidad de la prestación debida, pero el pago hecho por uno de los deudores extingue la obligación respecto de los demas: los otros deudores quedaran liberados.
Otro efecto entre acreedores y deudores entre si, es decir cuando media una novación entre acreedor y alguno de los deudores o una acceptilatio, o un pacto de no pedir concebido in rem (no cobrar la deuda), etc.
Obligaciones acumulativas: hay multiplicidad de deudores a cada uno de los cuales puede exigirse la totalidad de la prestación, pero el pago hecho por uno no libera a los demas, quienes a su vez tienen que cumplir íntegramente la prestación debida. Es el caso de la obligación penal que surge de los delitos ya que la prestación es debida a pena.
38)- ¿Cuáles eran los requisitos para que se operara la usucapión?
ULPIANO:
La usucapión consiste en la adquisición por la posesión continuada durante un año o dos: un año para las cosas muebles y dos para los inmuebles.
MODESTINO:
La usucapión es la agregación (adquisición) del dominio mediante la continuación de la posesión por el tiempo determinado en la ley.
CATEDRA: la usucapión es un modo de adquirir la propiedad mediante la posesión legítimamente justificada y continuada, por el tiempo que establece la ley.
REQUISITOS:
Para que se verifique la adquisición del dominio por usucapión es menester ya la concurrencia de cinco requisitos: possessio, tempus, res habilis, iusta causa y bona fides.
40)- ¿Qué eran las quastio extraordinarias?
QUAESTIONIS EXTRAORDINARIAS: comisiones investigadoras de delitos penales, con facultad de juzgar, que aparecen en la república, precididas por cónsul o pretor e integradas por ciudadanos, para entender en casos concretos y después desaparecían.
41)- Durante la república romana: ¿Cuánto duraba en el cargo un senador? ¿quién podía convocar el Senado? ¿Cómo era convocado el senado? ¿Quién presidía el senado?
Los senadores duraban en su cargo mientras durara su buena conducta. El senado republicano no tenía día ni lugar fijo ni número mínimo de asistentes (quórum) para sesionar y solo lo hacía cuando algún magistrado en ejercicio lo convocaba.
Una vez reunidos el magistrado le explicaba el motivo de la convocatoria y luego hacían uso de la palabra por orden de importancia de la magistratura ejercida según el cursus honorum y antigüedad en el senado. Dado que el número de senadores mientras se aplicó la lex Ovinia oscilo alrededor de los trescientos, solo los primerosusaban la palabra, los demás se desplazaban por el lugar de la reunión y se agrupaba en torno de los oradores que hubieran hecho el discurso que ellos apoyaban. La reunión era presidida por el magistrado convocante.
42)- Defina la compraventa, explique qué clase de contrato es y que obligación asumen las partes.
COMPRAVENTA (emptiovenditio)
Es un contrato consensual, en virtud del cual una de las partes, llamada vendedor (venditor) se compromete a transferir a la otra, llamada comprador (emptor), la posesión pacífica y duradera de una cosa, a cambio de un precio cierto en dinero.
El contrato de compraventa comporta para el vendedor el compromiso de transferir la posesión y no la propiedad de la cosa, que se hacía por otros medios.
Es un contarto consensual, no formal, de buena fe, bilateral y oneroso.
43)- Defina el matrimonio romano, explique qué era el concubinato y que era el contubernio.
El matrimonio romano es una unión de personas de distinto sexo, varón y mujer y siempre monográfico. Implica un consorcio para toda la vida. Implica una unión tanto en aspectos materiales como espirituales. Es una institución de derecho natural.
El matrimonio Romano es una institución fundada en dos elementos fundamentales. Uno material, la cohabitación (esposa a disposición del marido) y otro espiritual, la affectiomaritalis (intención de ser marido y mujer).
CONCUBINATO : consistía en la unión permanente y duradera de un hombre y una mujer que no reunieran los requisitos.
CONTUBERNIO : consistía en una unión de hecho, entre una persona libre y un esclavo entre sí. No producía consecuencias jurídicas y los hijos seguían la condición de la madre. El contubernio era la relación conyugal entre esclavos.
44)- Explique cuáles eran las funciones que tenía el cónsul durante la respública, cómo era designado, cuanto duraba en el cargo y que lugar ocupaba en el cursus honorum.
El consulado era una magistratura ordinaria, mayor, con imperio. Convocaba y presidia al senado y los comicios, era el jefe militar supremo y cumplía en general las funciones de jefe de estado. Era elegido por los comicios centuriados. Duraban un año en el cargo.
De menor a mayor rango ocupaba el cuarto lugar en el cursus honorum (edilato, cuestura, pretura, consulado, censura).
45)- Defina la fórmula y distinga las clausulas esenciales de las accidentales.
FORMULA: es un escrito, hecho por las partes con la colaboración del pretor, dirigido al Juez, que contiene el programa del razonamiento lógico que debe seguir el juez para dictar sentencia.46)- ¿Qué consecuencias traía a los romanos no cumplir con la sentencia que lo condenaba a pagar una suma de dinero a mediados del siglo IV a. C.
Se le aplicaba las manusiniectio, o sea, el acreedor lo sujetaba con cadenas y lo mantenía asi hasta que pasado un tiempo lo podía matar o hacer caer en esclavitud.
Luego en el año 326 a.C. se dictó la lex PoeteliaPapiria que establecía que no puede haber prisión por deudas ni tampoco se puede responder con el cuerpo. Solo se debe responder con los bienes.
47)- ¿En qué se convertía un esclavo que era manumitido por formas no solemnes?
El esclavo manumitido por formas no solemnes se convertía el latino juniano, debían su libertad a la ley JuniaNorbana. Estaban privados de los derechos políticos y entre los derechos privados gozaban del ius commercium y su consecuencia, el ius testamentifactio; pero no el ius connubium.
48)- Explique que es la locación de obra y qué características tiene.
La locación de obra (locatioconductiooperis) es un contrato consensual en virtud del cual una de las partes (conductor) se compromete a ejecutar a favor de la otra (locador) una obra determinada, a cambio de un precio cierto en dinero. El objeto del contrato es la obra, es decir , el resultado de la actividad del empresario o conductor.
Obligaciones de las partes:
El empresario debía ejecutar la obra de acuerdo a lo pactado. Respondíapor el hecho de sus dependientes y por su propia impericia.
No respondía por los vicios del material recibido para la ejecución de la obra y asumía los riesgos de la cosa antes que la obra hubiese sido recibida, salvo que se debiese a fuerza mayor.
El locador debía pagar el precio.
Las obligaciones derivadas de la locatioconductiooperis eran exigibles mediante el ejercicio de las acciones locati y conducti.
49)- Explique que es la transacción.
La transacción es un modo de extinción opeexceptionis de las obligaciones, consiste en una convención por medio de la cual dos personas, entre quienes existen derechos litigiosos o dudosos, resuelven ponerles termino mediante concesiones o renuncias reciprocas.
La transacción es un fin que se procura alcanzar por diversos medios, tales como una acceptilatio, una estipulación o un simple pacto.
50)- ¿Cuáles eran los colegios sacerdotales durante la etapa de la ciudad quiritaria y qué funciones tenía cada uno de ellos?
a. Augures: depositarios de la doctrina de los auspicios y augurios, que era la consulta a los dioses antes de algún evento importante como una elección o una batalla.
b. Pontífices: custodios e intérpretes de la tradición. Tenían múltiples funciones.
ü Asistencia a sacrificios
ü Redactaban el calendario religioso
ü Registraban los sucesos más notables
c. Fesiales: atendían los aspectos ceremoniales y religiosos, los límites territoriales y las relaciones externas.
d. Flamines mayores: eran 3, se encargaban del culto de la antigua triada capitolina.
e. Salii: invocaban al dios Marte
f. Luperci: hermandad del lobo: danzaban para ahuyentar los malos espíritus.
51)- ¿Cuáles fueron las reformas que impulsó Constantino en el sistema penal romano respecto de las penas?
En la época de Constantino se encuentran disposiciones avanzadas para la sociedad romana como las consagradas en la Constitucion del año 320 d.C. ella establece en su punto segundo la separación de sexos en las cárceles, el tercero prohíbe los castigos de rigores inútiles. El emperador Constantino edifico un sistema de penales durante su reinado. Ulpiano señala en el Digesto que la cárcel debía aplicarse no como castigo sino como lugar de guarda de los mismos. En dichos lugares a los esclavos se les obligaba a realizar trabajos forzados, si al termino de diez años el esclavo aún continuaba con vida podía ser entregado a sus amos o familia.
52)- Defina la posesión y diferencie la posesión natural de la posesión civil.
La posesión es un señorío de hecho sobre la cosa con intención de hacerla propia
Possessiocorporalis o naturalis señala la situación de quienes tienen alguna cosa en su poder, aunque lo hacen a favor de otro; la possessiocorporalis o naturalis equivale a la mera tenencia o detentación.
La possessiocivilis se trata de una possessio que reconoce una iusta causa (es la que tuvo fuente legitima de adquisición) y que al estar acompañada por la bona fides, conduce a la adquisición de la propiedad mediante la usucapión. Esta es en realidad una forma de propiedad.
53)- ¿Qué consecuencias traía a los romanos no cumplir con la sentencia que lo condenaba a pagar una suma de dinero a mediados del siglo II a. C?
53- A-¿CUALES ERAN LAS CAUSALES DEL CON CAUSA EN EL DERECHO ROMANO? Pag 204 manual.
53-B- Concepto y partes de la lex rogata.
Era la consecuencia de una sumatoria de voluntades: la del magistrado que proponía, pedía o rogaba y la del pueblo reunido en comicios que aprobaba o desaprobaba. Si el comicios desaprobaba no había lex pues era necesario el acuerdo de voluntades. Sus partes eran:
1. La Praescriptio: era la parte que utilizaban los romanos para identificar las lex. Constaba del nombre del magistrado, fecha y lugar del comicio y otros datos que la identificaban sin lugar a dudas.
2. La Rogatio era el contenido de la lex, lo solicitado o rogado por el magistrado para que fuera aprobado por el pueblo.
3. La Sanctio era la forma que tenían los romanos de darle una ubicación precisa dentro de la constitución romana, es decir cuál era su prelación respecto de otras normas.
54)- Defina el mutuo y explique sus características.
Es un contrato por el cual el mutuante entrega al mutuario una cierta cantidad de dinero o cosas fungibles para que las consuma.
Después de cierto tiempo el mutuario deberá devolver al mutuante cosas del mismo género y la misma calidad. Es un contrato real: se perfecciona mediante la entrega de la cosa prestada, mediante la tradición la cual transfiere el dominio, de derecho estricto: , unilateral: después de haberse perfeccionado el contrato con la entrega surge la obligación para el receptor para devolver otras tantas del mismo género y calidad y de pagar en el evento que se hubiere pactado intereses. y gratuito.
55)- Explique que es la compensación y cuáles son los requisitos para que pudiera producirse.
La compensación es un modo de extinción de la obligación. Su nombre deriva de cum y pensatio que significa pesar con otro. Mediante ella quienes son acreedores y deudores recíprocos ponían en la misma balanza las dos obligaciones que los vinculaban. En virtud de ella las obligaciones se balancean. Dice Modestino que: la compensación es la contribución de una deuda y de un crédito entre sí.
56)- ¿Cuáles fueron las distintas dinastías durante el principado y de donde provenían los emperadores de cada una de ellas?
Sucedieron cuatro dinastías:
La primera es la DINASTIA JULIO CLAUDIANA (29 aC a 68 dC) , recibe esa denominación porque todos los príncipes pertenecían a la nobleza romana y llevaban el nombre de las gens julia y de la gens Claudia.
La segunda es la DINASTIA DE LOS FLAVIOS (años 69-96), los flavios provienen de la burguesía.
La tercera es la DINASTIA DE LOS ANTONIOS (96 a 192) casi todos sus emperadores provenían de las provincias más romanizadas. Nerva no había nacido en la ciudad de Roma.
La cuarta es la DINASTIA DE LOS SEVEROS (193 a 235) estos emperadores eran los menos romanizados y provenían de África y Asia.
57)- Distinga el concepto de re nullius del de res derelictae y explique el concepto de res universitatis.
Re nullius: cosa que no pertenece a nadie. Ej: animal salvaje. isla nacida en el rio, etc.
Res derelictae: cosas abandonadas, es decir aquellas de las que su dueño se ha desprendido con la intención de no seguir siendo propietario.
Res universitatis: eran cosas comunales o de la corporación aquellas que, perteneciendo a una ciudad o municipio, estaban abiertas al uso de todos los habitantes. Entre ellas los teatros, estadios, etc.
58)- Defina el dominio y explique qué significa su exclusividad.
Dominio: Derecho real, señorío jurídico sobre una cosa. Gozar de la cosa. Poderpleno sobre la cosa.
Exclusividad: siendo la propiedad la reunión de todos los derechos posibles sobre una cosa, un derecho completo, ninguna cosa nueva de adquisición puede agregársele cuando él existe en su plenitud y perfección"
Nunca puede ocurrir es que el dueño sea titular de otro derecho real sobre la misma cosa, porque quien ya es dueño no necesita tener sobre ella otro derecho real, por ser el dominio el derecho de mayor contenido que encierra todas las facultades posibles.
No se concibe que alguien sea al mismo tiempo propietario y usufructuario o propietario y acreedor hipotecario.
59)- Explique qué era la pignoris capio.
La pignores capio consiste en el acto del acreedor que se apodera de una cosa del deudor que no cumple, para satisfacer con ella su crédito, no se sabe si se hacía propietario de la cosa o la vendía y restituía luego al deudor la parte del precio que excediera lo necesario para la satisfacción del crédito.
60)- Distinga las diversas clases de depósito y explique sus características.
Deposito regular: es un contrato por el cual una persona(depositante) entrega a otra (depositario) una cosa mueble para que se la guarde gratuitamente y se la devuelva cuando le sea requerida o al vencimiento del plazo acordado. Es un contrato real, no formal, de buena fe, sinalagmático imperfecto, gratuito.
Depósito irregular: se asemeja más a un mutuo que a un depósito, dado que se autoriza a usar la cosa (que puede ser dinero), devolver en igual cantidad, pero se agregan los intereses si entra en mora.
Depósito necesario: se da en circunstancias extraordinarias (incendio, terremoto) que hacen que el depositante deje las cosas en depósito, para que éstas no se pierdan. Dado que las cosas se depositan rápidamente por situaciones especiales y que el depositante no puede elegir bien al depositario, el pretor concedió una acción por el doble del valor se la cosa, si el depositario se negaba a devolverla o si negaba falsamente haber recibido la cosa en depósito.
Secuestro: es cuando el juez entrega una cosa a un tercero dado que sobre ella otras personas mantienen un litigio sobre su titularidad. El juez la deja en depósito hasta tanto se dirima la cuestión entre las partes litigantes. Es por voluntad de las partes, en cuyo caso se llama voluntario, o por decisión del juez, denominado secuestro judicial.
61)- ¿Quiénes estaban dentro de la categoría de ciudadano latino juniano y que derechos podían ejercer? Los latinos junianos son los manumitidos por alguno de los medios no formales del derecho pretorio, a los que la ley JuniaNorbana había confirmado en el estado de libertad y conferido el rango de latinos.Gozaban del ius commercium, del ius connubium si este les fuese especialmente y expresamente concedido, tenían facilidades para adquirir la ciudadanía romana.
62)- ¿Cómo estaba organizado el territorio del Imperio Romano durante el dominado, antes de la división?
En el dominado se termina de desarrollar la transformación de Roma, es decir, de un modelo de revolución urbana occidental a un modelo de revolución urbana oriental: el monarca es señor (dueño) de roma, del territorio y sus ocupantes (súbditos). Los súbditos están sometidos a la voluntad del monarca que no debe rendir cuentas a nadie de sus actos y que gobernara hasta su muerte o voluntaria abdicación.
En lo político es un régimen absoluto, dinástico y de fundamentación teocrática tanto en la época pagana como en la cristiana.
En la estructura imperial se produce una completa equiparación de todas las regiones del Imperio, configurándose un estado universal
En lo administrativo una novedosa separación entre la milicia civil- burocracia desarrollada- y la miliciaarmada, un ejército enteramente profesional, a cuyo mando tendrán acceso los barbaros.
En lo social hay una rígida división de las clases sociales, se concreta un sistema de castas profesionales, obligatorias y hereditarias.
En lo económico se evidencia un marcado intervencionismo estatal, con un sistema agobiante de impuestos y contribuciones y el regreso a una economía agraria.
En lo político-social se concentra el poder en los grandes latifundistas
63)- Distinga el dominio de la posesión y explique cómo estaban jurídicamente protegidos los dueños y los poseedores.
El poseedor no tiene señorío de derecho porque la posesión no está protegida por acciones, como el dominio, sino con interdictos.
Si un poseedor (pensemos en alguien que tiene un paraguas "creyendo" que es suyo) es despojado del mismo no tendrá acción reivindicatoria para recuperarlo pues no tiene -supongamos- la boleta para demostrar que es suyo, pero... el pretor ( y nuestro derecho moderno) le dará un interdicto de recuperar el paraguas. ¿Y si el que se lo sacó es el verdadero dueño y tiene la boleta de compra? Entonces... deberá devolver el paraguas ante el interdicto y ejercer una acción reivindicatoria para recuperar lo que es suyo.
La posesión es -para casi toda la doctrina- un hecho: "poseo porque poseo". El domino es un derecho.
En cuanto a la tenencia, el tenedor es el que reconoce en otro el dominio, por lo que no es poseedor, ya que este tiene la cosa para sí comportándose como dueño.
Elementos: del concepto de posesión se desprende que es una relación de hecho, que tiene consecuencias jurídicas, donde el sujeto ejerce un poder físico sobre la cosa y evidencia la intención de conducirse respecto de la como si fuera un propietario.
Se presentan dos elementos: uno externo y material, que es el poder físico que el sujeto tiene respecto la cosa; y otro interno, subjetivo o espiritual que consiste en la intención de someter la cosa al ejercicio del derecho de dominio.
La concurrencia de ambos era requisito necesario para que se reconociese a la posesión consecuencias jurídicas y su debida protección. Ambos se presentaban simultáneamente.
Domini o: La propiedad se presenta como el potencialmente más pleno y absoluto señorío jurídico sobre una cosa corporal. Señorío, porque hay un poder directo e inmediato sobre la cosa. Jurídico, no porque el derecho objetivo lo sanciona y protege, sino por su carácter ideal, que puede prescindir del efectivo poder o control sobre la cosa. Potencialmente más pleno y absoluto, por la plenitud de facultades.
Sobre cosa corporal, porque era extraña a los romanos la idea de una propiedad sobre inmaterialidades. La propiedad puede considerarse como un sinónimo de dominio. Es un derecho que un sujeto ejerce sobre una cosa. Es el derecho más amplio que otorga la ley.
64)- Defina la obligación natural y explique para que podía usarse.
Las naturales carecen de acción, aunque tienen estructura de obligación y son de carácter patrimonial, y producen ciertos efectos jurídicos.
Supuestamente esas obligaciones naturales habrían sido contraídas por esclavos o filiusfamilia. También se da en el caso de prescripción por el paso del tiempo de la obligación, al deudor le queda una obligación natural. Las obligaciones naturales tienen exceptio
65)- ¿Cuándo comienza el período llamado principado y quien fue el primer príncipe?
El periodo llamado principado comienza en el año 27 a. C. cuando Octavio recibió de parte del cuerpo del Senado una serie de atribuciones militares y administrativas que fijaron su posición como Jefe del Senado y primer ciudadano o princeps. Así surgió la nueva forma de gobierno, el Principado. En esa misma ocasión Octavio recibió el título de Augusto como incrementador y restaurador del Estado, es el nombre por el cual lo conocemos.
68)- ¿Qué tarea cumplían los douviriperduellionis y en qué época aparecieron?
Douviriperduellionis eran jueces instituidos por el monarca que actuaban en procesos de alta traición contra el Estado.
Aparece durante la Monarquía (753- 509 a.C.)
70)- Dé el concepto de obligación y explique la diferencia entre las civiles y naturales.
Obligación: es un vínculo jurídico en virtud del cual un sujeto llamado deudor se encuentra constreñido para con otro llamado acreedor al cumplimiento de una prestación.
Diferencias entre obligaciones civiles y naturales:Las civiles son las obligaciones ordinarias, es decir aquellas protegidas por una acción a través de la cual los acreedores disponían de un medio para hacer cumplir al deudor. Las naturales carecen de acción, aunque tienen estructura de obligación y son de carácter patrimonial, y producen ciertos efectos jurídicos.
Supuestamente esas obligaciones naturales habrían sido contraídas por esclavos o filiusfamilia. También se da en el caso de prescripción por el paso del tiempo de la obligación, al deudor le queda una obligación natural. Las obligaciones civiles tenían actio y las naturales, exceptio.
71)- Constituciones imperiales: Explique qué son y diferencie las distintas clases.
Durante el principado se llamó así a la expresión de la voluntad normativa del princeps, de obligatorio cumplimiento. Había de 4 tipos:
· EDICTA: En uso del Ius Edicendi, normas administrativas o procesales, dirigidas a una o varias provincias.
· DECRETA: Fallos o sentencias que el princeps dictaba actuando en única o última instancia.
· RESCRIPTA: Respuestas del emperador a consultas de las partes o los jueces.
· MANDATA: Instrucciones dadas a funcionarios de distinta categoría.
Leges generales eran las constituciones imperiales sobre casos abstractos, dirigidas a todos los súbditos. Había distintos tipos: orationes, continuidad de los senadoconsultos pero que solo requerían se leyeran ante el senado. Edicta ad prefectus pretorio, voluntad normativa del emperador dirigida al prefecto para ser incluida en el edicto de este. Edicta ad populum dirigidas al pueblo y notificadas por carteles.
73)- Enumere cuales son las cosas mancipi, porque se llaman así y explique cuáles son las necmancipi.
Mancipi: Eran aquellas cuyo dominio se transmitía solo por mancipatio o in iure cessio; comprenden: los fundos itálicos, las servidumbres prediales rusticas, los esclavos, las bestias de tiro y carga (bueyes, mulas, caballos, etc),
NEC MANCIPI: en esta la propiedad de las cosas se podían transmitir por la simple traditio (entrega de la cosa) sin ser necesario formalidad alguna. Eran bienes de interés social.
74)- Explique a que se denominaba como “lex” durante la Respública y a que se denominó como “leges” (plural de lex) durante el dominado.
Lex: dice Gayo “es lo que el pueblo manda y establece” con el nombre de pueblo se indican todos los ciudadanos incluidos los patricios. La Lex era el resultado de los comicios a los cuales eran convocados el pueblo romano.
Leges: Se manifestaban a través de constituciones imperiales que sí que contenían algunas innovaciones en el campo del Derecho privado. Afectaba a soluciones que el Emperador daba sobre casos concretos y circunstancias particulares con destino local o regional. Estas constituciones imperiales también adolecieron de una gran profusión, existiendo una gran dispersión de constituciones imperiales, ante este problema se adopta reunirlas en una solo texto, con un orden sistemático para facilitar su manejo. En la época de Diocleciano por iniciativa privada confeccionaron dos recopilaciones de Leges imperiales.
75)- Cuáles eran las funciones del colegio sacerdotal de los pontífices durante la primera etapa de Roma?
a. Augures: depositarios de la doctrina de los auspicios y augurios, que era la consulta a los dioses antes de algún evento importante como una elección o una batalla.
b. Pontífices: custodios e intérpretes de la tradición. Tenían múltiples funciones.
ü Asistencia a sacrificios
ü Redactaban el calendario religioso
ü Registraban los sucesos más notables
c. Fesiales: atendían los aspectos ceremoniales y religiosos, los límites territoriales y las relaciones externas.
d. Flamines mayores: eran 3, se encargaban del culto de la antigua triada capitolina.
e. Salii: invocaban al dios Marte
f. Luperci: hermandad del lobo: danzaban para ahuyentar los malos espíritus.
76)- ¿qué consecuencias traía a los romanos no cumplir con la sentencia que lo condenaba a pagar una suma de dinero a principios del siglo IV a. C?
77)- ¿En qué se convertía un esclavo que era manumitido por formas solemnes?
Se convertía en ciudadano. Manumitido por algunos de los medios del derecho civil.
78)- Explique que es la “stipulatio”.
La stipulatio consistía en una pregunta y respuestas formales, sin necesidad de incluir todo el contenido del acto en la respuesta.Es el típico contrato romano que no sirve para generar ciertas y determinadas obligaciones, sino que de ella podía surgir cualquier tipo de obligación, ya fuese de dar, hacer o no hacer. También permitía tornar civilmente exigible el contenido de un pacto, generar obligaciones propias de cualquier otro contrato, entre otros. La estipulatiotenía un ámbito tan amplio de aplicación que permitía prescindir de las demás formas contractuales.Quien formulaba la pregunta recibía la denominación de stipulator (estipulante), quien respondia la de promisor (promitente)
79)- Explique que es la “mancipatio”.
Institución de derecho civil, por medio la cual un hombre libre ejerce autoridad sobre otra persona también libre, un hijo de familia o una mujer in manu. Era el pater que ejercía la patria potestad o la manus, quien daba en mancipium a la persona que tenía sujeta, a través del medio formal de la mancipatio, una ceremonia de venta solemne. Quien ha sido dado bajo mancipium participa simultáneamente de las características del esclavo y del hombre libre.
80)- ¿Qué contenía el Código de Justiniano; cuántos libros tenía y que modelo anterior siguió?
El Código Justiniano contiene una recopilación y actualización de constituciones imperiales a partir de la última recopilación oficial, que fue el código teodosiano. Contaba con 12 libros, fuentes del derecho y autoridades. Libros 2 a 8 para Derecho Privado, libro 9 a Derecho Penal y los restantes a Derecho Administrativo y Financiero.
81)- Explique qué significa “ius publicerespondendi” y quienes gozaban de él.
A partir del emperador Augusto, determinados juristas fueron investidos del derecho de emitir públicamente respuestas a consultas de cualquier persona sobre casos concretos. Las mismas no eran obligatorias para los jueces, pero por tener sus opiniones esta distinción imperial se les debía especial consideración.
Primero, la aplicación de las respuestas de los juristas se limitaba al caso particular sometido a su examen, pero luego, se extendió a una aplicación general.
Inicialmente Augusto solo invistió a las opiniones de los juristas de su autorictas. Luego Tiberio extendió la autorictas a los juristas mismos, y Adriano mediante un rescripto que si las citas de los juristas eran coincidentes para un determinado caso, el juez debía atenerse a ellas. Luego se comenzó recopilar respuestas para leerlas en los tribunales, pudiéndose tener la opinión de juristas ya fallecidos.
82)- ¿Quién conducía las legiones romanas durante el siglo II a. c?
Las Legiones I a IV, que formaban el ejército consular (dos por cónsul). Cada una bajo el mando de uno de los dos cónsules
83)- Defina que se entiende por “vicios redhibitorios”.
Son los defectos no manifestados de la cosa enajenada existentes al momento de la adquisición, que la hagan impropia para los usos que su naturalmente se le destine, o que disminuyan de tal modo ese uso que de haberlos conocido el adquiriente no hubiere hecho la adquisición o habría pagado un precio menor. También se les denomina vicios redhibitorios.
84)- Defina el contubernio y explique sus consecuencias.
CONTUBERNIO: consistía en una unión de hecho, entre una persona libre y un esclavo entre si. No producía consecuencias jurídicas y los hijos seguían la condición de la madre. El contubernio era la relación conyugal entre esclavos.
86)- ¿A qué se denominó “leges data”?
LEGES DATAE : Normas dictadas unilateralmente por el emperador sin intervención del pueblo.
87)- Distinga el concepto de “res religiosa” del de “res sancta”.
Res religiosae: la calidad de res religiosa ( cosa religiosa) resultaba del abandono a los dioses inferiores o infernales: los Manes, esto es el difunto divinizado. Solo era res religiosael sepulcro. No había aquí ninguna ceremonia formal, sino el mero acto privado de la inhumación de un cadáver.
Res sanctae: cosas sagradas. Gayo: también las cosas sagradas como los muros y las puertas de las ciudades son en cierto modo de derecho divino.
La designación de sanctae derivaría de la circunstancia que su violación acarreaba una sanctio, que en el caso de los muros de la ciudad consistía en la pena de muerte.
Cabe señalar que ni los embajadores ni las leyes son res sanctae aunque se los califique como tales, porque no son cosas.
88)- Defina que se entiende por “evicción”.
Evicción: elemento natural de la compraventa que se considera implícito en él, pero que las partes pueden dejar sin efecto o modificar. Es consecuencia del compromiso del vendedor de que el comprador podrá gozar pacífica y duraderamente de la posesión de la cosa vendida. Es un defecto en el derecho.
Aunque el vendedor no se había comprometido a hacer dueño de la cosa al comprador, sino a transferirle la posesión pacífica y duradera de la cosa, es claro que dejaba sin cumplir su promesa si el comprador resultaba privado de la cosa porque un tercero era su verdadero dueño y la reivindicaba o aparecia como titular de su uso o usufructo, lo que impedía también la posesión del comprador.
90)- Distinga las diversas clases de locación y explique sus características.
Los romanistas distinguen tres clases de locación:
a- LOCATIO CONDUCTIO REI (LOCACION DE COSAS): el locador entrega una cosa al locatario para que la use a cambio de un precio. Quien paga es llamado conductor ( locatario, arrendatario) y quien entrega la cosa o presta los servicios locator (locador, arrendador).
b- LOCATIO CONDUCTIO OPERIS (LOCACION DE OBRA):una de las partes paga un precio a la otra para que esta ejecute una obra. En esta locador es quien paga por la ejecución de la obra y conductor quien se compromete a realizarla.
c- LOCATIO CONDUCTIO OPERARUM (LOCACION DE SERVICIOS): una paga el precio para que la otra le brinde determinados servicios. Quien paga es llamado conductor ( locatario, arrendatario) y quien entrega la cosa o presta los servicios locator (locador, arrendador).
91)- ¿Qué se entiende por “mora” y cuáles son sus consecuencias?
La mora es el retardo injustificado y culpable en el cumplimiento de la obligación.
La consecuencia de la mora es la perpetuatioobligationis (perpetuación de la obligación) la que determina que el deudor asuma los riesgos de la cosa aun por caso fortuito.
92)- ¿Qué contienen las novelas cuantas son y en qué siglo fueron redactadas?
LAS NOVELAS:constituciones imperiales dictadas por Justiniano, en la que se aprecia la fuerte influencia de la religión cristiana y el consecuente reconocimiento de la fuerza del vínculo cognaticio, fueron llamadas genéricamente Novellae("nuevas") y Contenían modificaciones de importancia en el derecho vigente, tratando fundamentalmente de cuestiones referentes al matrimonio y a la sucesión legítima. Justiniano no hizo una recopilación oficial de sus constituciones posteriores al año 534 y lo que hoy se conoce como Novelas es el resultado de la obra de diversos juristas que actuaban privadamente aunque con evidente acceso a los archivos oficiales. Hay una primera colección de 123 Novelas llamada Epítome Iuliani(obviamente de un ignoto jurista llamado Juliano); otra de 134 Novelas de autoría desconocida pero preparada evidentemente en el siglo XI que recibe el nombre de "Auténticas" (quizás para aventar todas las dudas que había precisamente sobre su autenticidad) y, finalmente, una colección más amplia que data del año 1578 y que contiene descontadas las repeticiones- 158 Novelas de Justiniano y siete más de emperadores posteriores.
93)- Explique que era el “cursus honorum” y cual su ordenamiento.
El cursus honorum es un régimen que condiciona, gradua y ordena el acceso a las distintas magistraturas.
El orden en el que deben accederse a las magistraturas sin poderse saltear ninguna era el siguiente: edilato, cuestura, pretura, consulado, censura. Algunos autores hacen comenzar el cursus honorum con la cuestura.
94)- Defina la obligación y explique cuales contraía el vendedor y que garantías daba al comprador.
Obligación: es un vínculo jurídico en virtud del cual un sujeto llamado deudor se encuentra constreñido para con otro llamado acreedor al cumplimiento de una prestación.
95)- Quienes eran los encargados de perseguir a los parricidas y a los que cometían perduellio.
El parricidiumera dar muerte a un pater. En un primer tiempo, la idea de castigar severamente al parricidium y de que esto fuera una cuestión que tuviera que ver con los intereses de todo el populus, radica en que la muerte de un patergens implicaba originariamente una inmediata guerra entre los grupos y, para evitar la funesta consecuencia de esas guerras, los romanos decidieron tomar como una cuestión que interesaba a todo el pueblo la venganza contra el que matara a un paterfamilia.
A medida que la ciudad se fue desarrollando, el concepto de parricidium se fue extendiendo hasta abarcar todo homicidio de hombre libre. Los encargados de investigar y castigar el delito eran unos magistrados especiales llamados quaestores parricidio.
El perduellio era un delito de traición contra el populus , por ejemplo el de ponerse de acuerdo con un enemigo para facilitar un ataque a la ciudad, o bien afectar intereses comunes transgrediendo normas religiosas, cosas que pudieran poner en peligro la existencia misma de Roma..
Data de los primeros tiempos del Derecho Arcaico; era considerado (junto el parricidium) un crimen público, es decir, contra el pueblo.
El concepto de perduellio fue modificándose hasta quedar en lo que se conoció luego como el crimen maiestatis, y que era el cometido por quien afectase de cualquier manera la majestad del Tribuno; luego se extendió a los ediles plebeyos y en tiempos de la república avanzada, se extendió también a quien atentase contra la majestad de cualquier magistrado.
AÑO 2011
96)- De la definición de contrato de comodato y sus características.
Es un contrato a través del cual el comodante entrega una cosa al comodatario para que éste la use y, después de un cierto tiempo la devuelva. El contrato es real, de buena fe, gratuito.
Comodato es un contrato real, por el cual una persona llamada comodante entrega a otra llamada comodatario, una cosa no fungible ni consumible, para que la use y devuelva luego de un cierto tiempo. Es un contrato real, no formal, de buena fe, unilateral y gratuito. Se perfecciona por la entrega de la cosa que debe ser no fungible.
- El comodato: Es un contrato por el que una persona (comodante) le entrega a otra (comodatario) una cosa para que la use gratuitamente y se la restituya el día convenido. El comodato le da al deudor la posibilidad de usar una cosa que no tiene, con base en la destinación natural de ella o de acuerdo con lo convenido.
97)-Distintas clases de fórmulas.
Partes de la formula según Gayo:
Gayo, en sus Institutas, dice que las partes de la fórmula son la demonstratio, la intentio, la adiudicatioy la condemnatio. La doctrina posterior ha preferido llamar a estas "partes", mencionadas por el jurista romano, como "cláusulas".
Siguiendo el orden establecido en las Institutas, digamos que la demonstratioes "la parte de la fórmula que está inserta en el comienzo a fin de mostrar el objeto que se trata en el litigio".
A continuación Gayo enseña que la intentioes "la parte de la fórmula en la cual el actor expresa su pretensión..." es decir donde se enuncia cuál es la pretensión jurídica deducida en el pleito.
No obstante, en algunos casos resulta que se trata de conflictos que sólo pueden resolverse repartiendo al él, dividiendo cosas o conjuntos de cosas y en estos casos aparecer una cláusula llamada adiudicatioque Gayo define como "..la parte dela fórmula por la cual se permiteal Juez que adjudiqueuna cosa cualquiera de los litigantes como por ejemplo si se acciona entre herederoso entre socios o entre vecinos... ".
Finalmente, la condemnatioes la partede la fórmula por la cual se permite al Juez condenar o absolver al demandado.
PUESTO QUE AA HA VENDlDO UN ESCLAVO A NN (demonstratio)
SI RESULTA QUE NN DEBE DAR 10.000 SESTERCIOS A AA (intentio)
CONDENA A NN A PAGARLE A AA LA SUMA DE 10.000 SESTERCIOS, SI NO RESULTA ASI ABSUELVELO (condemnatio)
Estas cuatro partes o cláusulas de ninguna manera están obligatoriamente en todas las actiosino que se van combinando según cada caso.
La intentio debe por lo menos ir acompañada de una condemnatio(o adiudicatio en su caso) para ser una fórmula judicial. Lademonstratiopuede o no aparecer por lo que alguna vez se la ha -erróneamente- clasificado como una de las cláusulas accidentales junto con la praescriptioy la exceptio.
La praescriptio está definida por Gayo, en la lnstitutas, como una cláusula establecida
a favor del actor ("en nuestros tiempos .. ", dice Gayo) aunque en algún momento parece haberse extendido también en favor del demandado, lo que tendía a confundirlas con a otra cláusula accidental, llamada exceptio.
Recibía ese nombre precisamente porque estaba escrita al principio y servía para limitar o descartar lo que se resolvía en el resto de la fórmula.
98)- De el concepto de dominio y explique sus alcances.
Dominio: Derecho real, señorío jurídico sobre una cosa. Gozar de la cosa. Poder pleno sobre la cosa.
101)- Características y ventajas de la defensa personal de los derechos.
La defensa personal de los derechos es casi siempre anterior a la procesal; más efectiva que ésta; mucho más difundida y muchas veces requisito para que se tenga acceso a la procesal.
Es anterior a la procesal por cuanto los derechos responden a intereses subjetivos que están fuertemente incorporados a la psiquis de los sujetos que instintivamente, por un acto reflejo diríamos, los defienden con su actuar personal.
Es más efectiva que la procesal precisamente por su inmediatez y porque, por lo general, la defensa personal logra impedir la violación del derecho más que restaurarlo.
Es mucho mejor, más práctico y seguro retener lo que alguien quiere robar que recuperado después de que fue robado; y por otra parte es mucho mejor para el sujeto permanecer vivo que contemplar desde el más allá como sus deudos demandan al homicida.
Es mucho más difundida la defensa personal que la procesal de los derechos debido a que, en la generalidad de los casos, esa defensa se realiza instintivamente y desconociendo el sujeto la exacta formulación jurídica de su accionar.
102)- Defina servidumbre y explique cuáles son las servidumbres rústicas.
Las Servidumbres .
Para el Derecho Clásico, servitus(servidumbre) es un derecho real sobre un fundo ajeno en cuya virtud el propietario de éste está obligado a soportar o a no hacer ciertos actos, para satisfacer la necesidad o utilidad de otro fundo.
Hay aquí necesariamente dos fundos, de los cuales uno (llamado sirviente) sirve a otro (llamado dominante).
En el sistema justinianeo, la expresión servitus es demostrativa de una categoría general que comprende las servidumbres propiamente dichas del derecho clásico (servidumbres prediales o reales) y esos otros iura in re aliena como son el usufructo, el uso y la habitación, llamado ahora servidumbres personales.
“Las servidumbres o son personales, como el uso y el usufructo, o reales, como las servidumbres de los predios rústicos y urbanos.” (MARCIANO)
SERVIDUMBRES RUSTICAS
Las más importantes servidumbres prediales rústicas (servitutespraediorumrusticorum) son las de paso a pie o acaballo (iter), la de paso deganado(actus) o camino paracarros (via). También tienen relevancia las de conducción de agua por superficie (aquaeductus), extracción de agua (aquaehaustus) que según interpretación jurisprudencial lleva aparejado el acceso al pozo o manantial (iter ad hauriendum) y la de poder echar el agua al fundo vecino (aquaeimmissio).6
103)- Explique que son el Código Justinianeo y el Código Teodosiano, en que siglos fueron redactados y que contienen.
El Código Justiniano contiene una recopilación y actualización de constituciones imperiales a partir de la última recopilación oficial, que fue el código teodosiano. Contaba con 12 libros, fuentes del derecho y autoridades. Libros 2 a 8 para Derecho Privado, libro 9 a Derecho Penal y los restantes a Derecho Administrativo y Financiero.
Promulgada por el emperador Justiniano, en una primera versión, el 7 de abril de 529, y en una segunda, el 17 de noviembre de 534. El Código Teodosiano, es una recopilación de constituciones imperiales desde 313 a 437 DC, donde Teodosio mando a suprimir lo que no era estrictamente normativo, hizo hacer aclaraciones y corregir contradicciones. Eran 16 libros, 11 de Derecho Público y 5 de Derecho Privado. El Código Teodosiano es del año 438.
104)- Exponga cual es la teoría más moderna sobre el origen de patricios y plebeyos.
A la luz de las últimas investigaciones arqueológicas podría determinarse con precisión que:
1. Patricios y plebeyos habitaban barrios distintos en Roma;
2. Originariamente no tenían los mismos dioses (Juno, Júpiter y Minerva los patricios y Ceres Líber y Libera los plebeyos);
3. Los plebeyos tenían inferior condición cívica y social;
4. Los plebeyos eran un grupo numéricamente mayoritario y abierto a incorporaciones. Los patricios, no.
Con todos estos elementos puede establecerse una teoría mixta que sostenga que los patricios eran descendientes de los primitivos habitantes de Roma (de allí la existencia de barrios distintos y diferencias sociales y cívicas), que los plebeyos fueron poblaciones desarraigadas y establecidas en las afueras de Roma para poder controlarlas (una de ellas habría impuesto a los demás sus dioses, distintos de los patricios) y que los hombres que individualmente se incorporaban a Roma lo hacían como plebeyos (de allí su poderío numérico).
105)- Explique cuáles son las principales características del Derecho Arcaico.
Entre las principales características del Derecho Romano Arcaico encontramos: a) el ritualismo; b) la relativa abstracción; c) la innovación estructurada y d) el verbalismo.
a) Ritualismo
El apego a la defensa del valor seguridad en materia de Derecho que tenían los romanos antiguos (seguramente como consecuencia de que en muchos aspectos las normas jurídicas eran fruto de la aceptación de reclamos sociales), hizo que el respeto a las formas fuera condición esencial de validez de los actos jurídicos.
A los efectos de evitar la inseguridad que la falta de formas provoca en un sistema generalmente no escrito, se procedía al estricto cumplimiento de los ritos y las solemnidades previstas por las normas que regían el accionar humano.
El rito era además un escudo contra los riesgos implícitos en la libertad interpretativa de que gozaban los juristas, por lo que su estricto cumplimiento, en lugar de ser exigido como prueba, significaba un requisito ineludible para que se produjera el efecto jurídico deseado.
A título de ejemplo digamos que los ritos necesarios para transmitir la propiedad de un bien importante según la particular apreciación de aquellos tiempos, no estaban destinados a dificultar la concreción del acto jurídico, sino a asegurar que los efectos queridos se produjesen efectivamente, impidiendo que por vía interpretativa se frustrara el negocio.
Sin el cumplimiento del rito no había efectos jurídicos, pero siguiendo la solemnidad prevista no era posible que aquellos no se produjeran.
b) Relativa Abstracción
En casi todas las manifestaciones jurídicas primitivas encontramos un altísimo nivel de casuisrno, lo que significa que la norma nace y es conocida como consecuencia de una situación concreta y, casi seguramente, más como un fallo tomado como precedente, que como una previsión legislativa.
Es así como ese método creativo terminó por absorber a la norma misma cuando los fallos sobre casos concretos se convertían en reglas para casos futuros. El profesor LapiezaElli cita como ejemplo una norma del derecho Hebreo que surge del Éxodo XX133 Y 34, que dice: "Si alguien abre o cava una cisterna y no la cubre y

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