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la ética dE la discriminación En El trabajo 331 interpretarse esas leyes y de hecho denegaban las decisiones de la Suprema Corte de 1989. Pero quedó una decisión importante. En enero de 1989, en el caso de la Ciudad de Richmond vs. J. A. Croson Co., la Corte dictaminó que el plan de acción afirmativa de un gobierno estatal o local que operaba apartando cierto porcentaje de sus fondos públicos para contra- tistas minoritarios era anticonstitucional. Esos programas de fondos, dictaminó la Corte, podían usarse por cuerpos públicos sólo como un “último recurso” en un “caso extremo” y sólo si había pruebas fuertes y específicas de un prejuicio racial anterior del cuerpo guber- namental. El caso Adarand Construction, Inc. vs. Pena, escuchado por la Suprema Corte en 1995, reforzó esta decisión cuando dictaminó que el gobierno federal también debe acatar su veredicto del caso Ciudad de Richmond vs. J. A. Croson Co. Como se observó en la intro- ducción a este capítulo, en Grutter vs. Bollinger la Suprema Corte sostuvo que las universi- dades podían usar programas de acción afirmativa para lograr la meta de diversidad. Entonces, la Suprema Corte ha vacilado en la constitucionalidad de los programas de acción afirmativa. Dependiendo del periodo en cuestión, el asunto en juego y la conforma- ción actual de la Corte, se ha tendido a apoyar o a estar en contra de los programas de ac- ción afirmativa. Lo mismo que el público, que permanece dividido al respecto, la Suprema Corte ha tenido problemas para decidir si apoyar o atacar estos programas.71 Los programas de acción afirmativa han sido atacados principalmente en el sentido de que, al intentar corregir los efectos de la discriminación pasada, estos programas se han convertido en discriminación sexual o racial.72 Al mostrar preferencia por las minorías o las mujeres, los programas instituyen una forma de discriminación inversa contra los hombres blancos.73 Un trabajador electricista de 45 años en una planta en Washington, por ejem- plo, dijo: Lo que me preocupa es que las personas de color tienen preferencia porque son negros. Estoy en contra de esto. Yo digo, no me importa cuál es su color. Si tiene la habilidad para hacer el trabajo, debe obtenerlo, no por su color. No deben contratar ese 20% sólo porque son negros. Esto es discriminación al revés en lo que a mí concierne... Si lo quieren, se lo podrían ganar como yo lo hice. No estoy diciendo que se les prive de algo, para nada.74 Se dice que los programas de acción afirmativa son discriminatorios contra los hombres blancos pues usan características no relevantes, raza y sexo, para tomar decisiones de em- pleo, y esto viola la justicia al violar los principios de igualdad e igual oportunidad. Los argumentos usados para justificar los programas de acción afirmativa a la luz de estas objeciones tienden a caer en dos grupos principales.75 Un grupo de argumentos in- terpreta el tratamiento preferencial concedido a la mujer y a las minorías como una forma de compensación por las lesiones sufridas en el pasado. Un segundo conjunto de argumen- tos interpreta el tratamiento preferencial como un instrumento para lograr ciertas metas sociales. Mientras que los argumentos de compensación de la acción afirmativa ven hacia el pasado al enfocarse en el mal de actos anteriores, los argumentos instrumentales ven hacia el futuro en la medida en que buscan la bondad de un estado futuro (y la maldad de lo que pasó es irrelevante).76 Se comienza por examinar los argumentos de compensación y después se analizarán los argumentos instrumentales. La acción afirmativa como compensación Los argumentos que defienden la acción afirmativa como forma de compensación se basan en el concepto de justicia compensatoria.77 Ésta, como se vio en el capítulo 2, implica que las personas tiene una obligación de compensar a quienes intencional e injustamente se ha lesionado. Los programas de acción afirmativa se interpretan, entonces, como una forma de reparación mediante la cual las mayorías blancas ahora compensan a las mujeres y las minorías por los daños provocados debido a la discriminación contra ellos en el pasado. Una versión de este argumento sostiene, por ejemplo, que en el pasado los blancos esta- dounidenses trataron mal a los negros y en consecuencia éstos ahora deben recibir una Vela�squez 07.indd 331 24/5/06 08:47:53 332 Los nEgocios y sus REPREsEnTAcionEs inTERnAs compensación de los blancos.78 Los programas de tratamiento preferencial proporcionan esa compensación. La dificultad con argumentos que defienden la acción afirmativa con base en el princi- pio de compensación, es que este principio requiere que la compensación venga sólo de los individuos específicos que intencionalmente causaron el mal, y requiere que la compensa- ción se haga sólo con los individuos específicamente afectados. Por ejemplo, si cinco per- sonas pelirrojas dañan a cinco personas con pelo negro, entonces, la justicia compensatoria obliga sólo a esas cinco personas pelirrojas a dar sólo a las cinco personas de pelo negro lo que sea que hubieran tenido si no los hubieran dañado. Sin embargo, la justicia compensa- toria no requiere que la compensación venga de todos los miembros del grupo que contiene a algunos de los que actúan mal, tampoco requiere que la compensación llegue a todos los miembros de un grupo que contiene algunas partes dañadas. En este ejemplo, aunque la justicia requiere que las cinco personas pelirrojas compensen a las cinco personas con pelo negro, no requiere que todos los pelirrojos compensen a todas las personas con pelo negro. Por analogía, sólo los individuos específicos que discriminaron contra las minorías o las mujeres en el pasado deben ahora forzarse a reparar el daño de alguna manera, y deben dirigir esta reparación sólo a los individuos específicos que fueron discriminados.79 Aunque los programas de acción afirmativa suelen beneficiar a todos los miembros de un grupo racial o sexual, sin importar si fueron específicamente discriminados en el pasado, y puesto que estos programas ponen obstáculos a todo hombre blanco sin impor- tar si él específicamente discriminó a alguien en el pasado, se deduce que esos programas preferenciales no tienen justificación basándose en la justicia compensatoria.80 En suma, los programas de acción afirmativa son injustos porque sus beneficiarios no son los indivi- duos lesionados por la discriminación pasada y las personas que deben pagar estas lesiones, usualmente, no son los que las infligieron.81 Otros autores han intentado contrarrestar esta objeción al argumento de la “acción afirmativa como compensación” asegurando que en realidad todas las personas negras (o todas las mujeres) que viven hoy han sido lesionadas por la discriminación y que toda per- sona blanca (o todos los hombres) se han beneficiado de estas lesiones. Por ejemplo, Judith Jarvis Thomson escribió: Pero es absurdo suponer que los jóvenes negros y las mujeres ahora en edad de solicitar trabajos han sido maltratados... Incluso jóvenes negros y mujeres han vivido la disminución de sus salarios por ser negros o mujeres... e, incluso, quienes no fueron degradados por ser negros o mujeres han sufrido las consecuencias de la degradación de otros negros y mujeres: la falta de confianza y de respeto por sí mismos.82 Martin Redish escribió: También se argumenta que, sean o no [los hombres blancos] de este país parti- cipantes en actos de discriminación, sí han sido beneficiarios, conscientes o in- conscientes, de una sociedad fundamentalmente racista. De esta manera, deben declararse independientemente “responsables” ante las minorías reprimidas por una forma injusta de enriquecimiento.83 No está claro si estos argumentos tienen éxito en justificar los programas de acción afirmativa que benefician a grupos (todos los negros o todas las mujeres), en lugar de be- neficiar a los individuos específicos que fueron dañados y que penalizan a grupos (los hom-bres blancos) en lugar de hacerlo con los malhechores.84 ¿En realidad se ha lesionado a toda una minoría o a toda mujer, como asegura Thomson, y son todos los hombres blan- cos realmente beneficiarios de la discriminación como implica Redish? Aun si un hombre blanco resulta (sin haber cometido falta alguna) beneficiario de la lesión de alguien más, ¿lo hace esto “responsable”? Repaso breve 7.6 Argumento de compensación para la acción afirmativa • Asegura que la acción afirmativa compensa a los grupos por la discriminación del pasado • Se critica como injusta porque quienes se benefician no son los que fueron dañados y quienes pagan no son quienes cometieron la lesión Vela�squez 07.indd 332 24/5/06 08:47:53
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