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cualquier tesis "separatista". Sorel menciona solamente a Michels, por lo que estoy convencido de que él debe haber por lo menos mencionado el derecho al separatismo (sería menester controlar esto en el caso de una presentación de Michels que algún día será necesaria) . 122 Notas sobre la vida nacional francesa El partido monárquico en un régimen republicano, como el par tido republicano en un régimen monárquico o el partido nacional en un régimen de sujeción a un Estado extranjero no pueden me nos que ser partidos sui generis. Si quieren obtener éxitos relati vamente rápidos, deben ser centrales de federaciones de partidos más que partidos caracterizados en todos los puntos particulares por sus programas de gobierno; partidos de un sistema general de gobierno y no de gobiernos particulares (en esta misma serie les corresponde un puesto aparte a los partidos confesionales, como el Centro alemán o los diversos partidos cristiano-sociales o populares). El partido monárquico se basa en Francia en los residuos aún tenaces de la vieja nobleza terrateniente y en una parte de la pequeña burguesía y de los intelectuales. ¿En qué confian los monárquicos para ser capaces de asumir el poder y restaurar la monarquía? Confian en el colapso del régimen parlamentario burgués y en la incapacidad de cualquier otra fuerza organiza da para constituirse en el núcleo político de una dictadura mili tar previsible o preparada por ellos mismos; sus fuerzas sociales no estarían en condiciones de conquistar el poder de ninguna otra manera. En espera de que esto ocurra el centro dirigente de L'Action franqalse desarrolla sistemáticamente una serie de acti vidades: una acción organizativa político-militar (militar en el sentido de partido y en el de tener células activas entre los ofi ciales del ejército) para reagrupar de manera más efidente la estrecha base social sobre la cual se apoya históricamente el mo- 123 vimiento. Estando constituida esta base por elementos en gene ral m:ís selectos en cuanto a inteligencia, cultura, riqueza, prác tica administrativa, etc., que los participantes de cualquier otro movimiento, es posible lograr así un partido notable, hasta impo nente, pero que sin embargo se agota en sí mismo, o sea que no tiene reservas para lanzarse a la lucha en una crisis capital. El partido es notable sólo en épocas normales, cuando los elementos activos de la lucha política se cuentan por decenas de millares, pero se convertirá en insignificante (numéricamente) en los pe· ríodos de crisis, cuando Jos activistas deberán contarse por cen tenares de millares y quizás hasta por millones. El desarrollo del jacobinismo (de contenido) y de la fór mula de la revolución pennanente operada en la fase activa de la Revolución francesa encontró su "perfeccionamiento" jurídico con.,titucional en el régimen parlamentario, el cual realíza, en el período más rico en energías "privadas" de la sociedad, la hege monía permanente de la dasc urbana sobre toda la población, en la forma hegeliana del gobierno fundado en el consenso per manentemente organizado (pero la organi7~ción del consenso es dejada a la iniciativa privada, siendo por lo tanto de carácter moral o ético, en cuanto consenso otorgado "voluntariamente" de una u otra manera). El "límite" logrado por los jacobinos en la ley Le Chapelier y en la del maximmn es superado y rechazado en forma progresiva cada vez más lejos a través de un proceso completo en donde se alternan la actividad propagandística y la práctica (económica, político-jurídica). Debido al desarrollo industrial y comercial la base económica es ampliada y profun dizada continuamente; desde las clases inferiores se elevan hasta las clases dirigentes los elementos sociales más ricos en energía y en espíritu de empresa, la sociedad entera está en un continuo proceso de formación y disolución acompañada de formaciones mús complejas y ricas en posibilidades; esto se mantiene, por regla general, hasta la época del imperialismo y culmina en la guerra mundial. En este proceso se alternan tentativas de insu rrecciones y represiones despiadadas, ampliaciones y restricciones del sufragio político, libertad de asociación y restricciones o anu· !amiento de esta libertad, libertad en el campo sindical más no . en el político, diferentes formas de sufragio, escrutinio de lista ·o circunscripciones uninominales, sistema proporcional o indivi- dual, con las diversas combinaciones que de allí resultan: sistema 124 de las dos cámaras o de una sola cámara electiva, con diversos métodos de elección para cada una ( cúmara vitalicia y heredita ria, senado a término, pero con elecéiones para senadores dife rentes de las utilizadas para diputados, etc.), diversos equilibrios de poderes, mediante los cuales la magistratura puede ser un poder independiente o sólo un orden, controlado y dirigido por circulares ministeriales: diferentes atribuciones del jefe del go bierno o del Estado: diverso ec¡uilibrio interno de los organismos territoriales (centralismo o descentralización, mayores o menores poderes de los prefectos, de los consejos provinciales, comunales, etc.); diverso equilibrio entre las fuerzas armadas de conscripción y las profesionales (policía, gc11darmería), con dependencia de estos cuerpos profesionales de uno u otro organismo estatal ( ma gistratura, Ministerio del Interior o Estado Mayor); la mayor o menor parte asignada, respectivamente, a la costumbre o a la ley escrita, de donde se desarrollan fonnas consuetudinarias c¡ue pueden hasta cierto punto ser abolidas en virtud de las l<'ycs escritas (en algunos países "parecía" haberse constituido regíme nes democráticos, pero sólo lo habían hecho de una manera fonnal, sin lucha, sin sanción constitucional y fue fácil disgregarlos del mismo modo, o casi sin lucha -porque estaban desprovistos de sostenes jurídicos, morales y militares- 1·estaurando la ley escrita o dándole interpretaciones reaccionarias); la mayor o menor se paración entre las leyes fundamentales y los reglamentos de eje· cución que anulan las primeras y les dan una interpretación restrictiva; el empleo más o menos extendido de los decretos leyes que tienden a sustituir la legislación ordinaria y la modifi can en algunas ocasiones, "forzando la paciencia" del parlamento hasta lograr un verdadero "chantaje a la guerra civil". En este proceso contribuyen por un lado ]os teóricos-filósofos, los pu bli cistas, los partidos políticos, etc., para el desarrollo de la parte formal, y por el otro lado, los movimientos y las presiones de masa para la parte sustancial, con acciones y reacciones recípro cas, con iniciativas "preventivas" antes de que los fenómenos se manifiesten peligrosamente y con represiones cuando las pr& venciones fallaron o fueron tardías e ineficaces. El ejercicio "normal" de la hegemonía en el terreno, ya clásico, del régimen parlamentario se caracteriza por la combi naci6n de la fuerza y el consenso que se equilibran en formas variadas, sin que la fuerza rebase demasiado al consenso, o mejor 125
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