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ESTUDIO DE CASOS DE SOSPECHA DE CÁNCER PROFESIONAL (2011-2019) SERVICIO DE SALUD LABORAL Área de Medicina del Trabajo ESTUDIO DE CASOS DE SOSPECHA DE CÁNCER PROFESIONAL (2011-2019) SERVICIO DE SALUD LABORAL Área de Medicina del Trabajo Autora: Dulce María Platero García Colaborador: José Antonio Bernardo García (Servicio de Salud Laboral. Área de Medicina del Trabajo) Edita: Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales D.L.: D.L.: AS 01160-2022 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN .............................................................................................. 05 2. EVASCAP (Equipo de Valoración de Sospecha del Cáncer Profesional en Asturias) ............................................................. 17 2.1. Fuente de información y recogida de datos .....................................................18 2.2. Constitución del Equipo EVASCAP ....................................................................19 2.3. Funciones generales del Equipo de Valoración ...............................................19 2.4. Objetivos generales del Programa de Detección y Comunicación de Cáncer Profesional en Asturias ........................................19 2.5. Objetivos específicos del Programa de Detección y Comunicación de Cáncer Profesional en Asturias ........................................20 2.6. Registro de las sospechas de cáncer profesional ...........................................21 2.7. Participación y coordinación de los diferentes agentes implicados ...........................................................................................22 3. PARTICIPACIÓN DEL INSTITUTO ASTURIANO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (IAPRL) EN EL ESTUDIO DE SOSPECHA DE CASOS DE CÁNCER DE ORIGEN PROFESIONAL ...................................... 23 3.1. Misión........................................................................................................ 23 3.2. Justificación .......................................................................................................23 3.3. Metodología .......................................................................................................24 3.4. Estudio de casos ................................................................................................25 3.4.1. Fuentes de información ....................................................................................25 3.4.2. Edad ...................................................................................................................28 3.4.3. Sexo ...................................................................................................................29 3.4.4. Año de investigación .........................................................................................30 3.4.5. Tipo de tumor ....................................................................................................31 3.4.6. Patología según localización del órgano afectado ..........................................32 3.4.7. Tiempo de latencia ............................................................................................36 3.4.8. Agente/s causal/es ...........................................................................................36 3.4.9. Visitas a trabajador/a .......................................................................................38 3.4.10. Visitas a empresa ..............................................................................................39 3.4.11. Empresas en la que ha prestado servicios el/la trabajador/a ..............................................................................................40 3.4.12. Valoración IAPRL ..............................................................................................41 3.4.13. Clasificación INSS .............................................................................................43 3.4.14. Procedencia de la solicitud...............................................................................46 3.4.15. Actividad económica de la empresa relacionada con la exposición potencialmente causante de la enfermedad .............................47 3.4.16. Ocupación laboral relacionada con la exposición potencialmente causante de la enfermedad ...................................................48 4. RESULTADOS Y DISCUSIÓN ........................................................................... 49 5. DEFICIENCIAS DETECTADAS EN EL ESTUDIO DE CASOS ............................ 53 6. INCONVENIENTES/DIFICULTADES ................................................................ 57 7. ACCIONES A MEJORAR .................................................................................. 59 8. CONCLUSIONES .............................................................................................. 61 9. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS .................................................................. 65 Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 5 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) INTRODUCCIÓN El cáncer es la primera causa de muerte relacionada con el trabajo en la UE y repre- senta más muertes de personas menores de 65 años que cualquier otra enfermedad. Se estima que los agentes cancerígenos son los causantes de unas 100.000 muertes cada año. El 53% de las muertes en el trabajo que se producen cada año se atribuyen al cáncer, en comparación con el 28% para las enfermedades circulatorias y el 6% de las enfermedades respiratorias. La causalidad del cáncer es compleja, siendo el entorno ambiental, laboral y los há- bitos de vida, factores de riesgo muy importantes para su desarrollo. En este sentido, según la Agenda de Investigación de la NIOSH-USA, los tres factores que de forma más relevante contribuyen a la carga de cáncer son: el tabaco, la dieta y la ocupación. Aunque la etiología del cáncer es multifactorial y algunos de los factores implicados son de difícil modificación, los cánceres causados por el trabajo pueden ser prevenidos y evitados eliminando las exposiciones a sustancias cancerígenas. La trascendencia de esta afirmación radica en la amplitud de población laboral expuesta. La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo estima que más de 32 millones de personas están expuestos a cancerígenos en la Unión Europea. La falta de datos empíricos sobre la exposición de la población trabajadora española a los diferentes agentes cancerígenos en las diversas ocupaciones y actividades económicas impide conocer con precisión estos datos. Sin embargo, es posible tener una aproximación a 1 Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales6 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) la exposición laboral a cancerígenos utilizando herramientas como el Sistema de Informa- ción sobre Exposición a Cancerígenos (CAREX, Carcinogen Exposure Database) que señala que 1 de cada 5 trabajadores/as del continente están expuestos a carcinógenos laborales (Takala, 2015). Se trata de una base de datos internacional a partir de la cual se ha elaborado una adaptación a la realidad española (CAREX-ESP). Los principales resultados de CA- REX-ESP son que en España en el año 2004 estarían expuestos a agentes cancerígenos unos 5 millones de trabajadores/as (5.002.736), que en ese año representaban el 25,4% de los/as trabajadores/as ocupados/as. Existen determinados grupos de ocupación en los que los/as trabajadores/as du- rante el desarrollo de su actividad profesional pueden estar expuestos a cancerígenos laborales (European Agency for Safety and Health at Work 2014). Es decir, procesos industriales o agentes presentes en el ambiente de trabajo que, en determinadas con- diciones de tiempo y forma de exposición, podrían ser capaces de provocar la aparición de un cáncer en las personas que están encontacto. Los agentes carcinógenos pueden ser químicos (como el benceno), físicos (como las radiaciones ionizantes) o biológicos (como el virus de la hepatitis C). No existen características ni clínicas ni histológicas diferenciables de los cánceres con un origen profesional respecto de los cánceres pro- ducidos por exposición a otros factores. En el cáncer etiológicamente relacionado con el trabajo, suele resultar difícil, si no imposible, establecer una causa específica y luego relacionarla con una exposición o un conjunto de exposiciones asociadas con el lugar de trabajo. Esto permite denegar la reclamación sobre la base de la pretensión de que la enfermedad ha sido causada por factores no relacionados exclusivamente con el trabajo. La naturaleza de los procesos productivos hace que, durante la actividad laboral, rara vez se produzca una exposición a un único agente. Este hecho dificulta la identifi- cación del papel etiológico que cada posible agente tiene en la aparición de un cáncer y, además, a lo largo de la vida laboral, una misma persona puede estar expuesta a diversos contaminantes. Solo un limitado número de sustancias son clasificadas como carcinógenos confirmados (European Agency for Safety and Health at Work 2014). De hecho, para la mayoría no hay evidencia científica definitiva. Sin embargo, en muchos casos hay evidencia para una determinada ocupación o actividad económica sin que se haya llegado a determinar qué sustancia particular la puede originar. Existe, además, una creciente conciencia del papel fundamental que las condiciones de trabajo desempeñan como determinantes de las desigualdades observadas en la incidencia del cáncer. Numerosos estudios identifican condiciones laborales que favo- recen las exposiciones múltiples a carcinógenos como la subcontratación o el trabajo Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 7 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) temporal y que dificultan la adopción de medidas efectivas de prevención (Vogel, 2011). Para poner de manifiesto el impacto que los llamados nuevos modos de organización del trabajo tienen en este ámbito, se ha llegado a acuñar el concepto “cánceres social- mente discriminatorios”. Entre los grupos que podrían padecer dichos cánceres estarían los colectivos in- migrantes, los/as trabajadores/as a tiempo parcial y los que trabajan como personal subcontratado, las mujeres y los/as trabajadores/as jóvenes, por lo general en el sector servicios, donde la conciencia de los riesgos químicos es baja. Existe, pues, una cre- ciente necesidad de identificar grupos vulnerables y “ocultos” cuya exposición laboral a cancerígenos está subrepresentada en los datos de exposición y en las estrategias de intervención (EU OSHA, 2012). Detectar el cáncer como enfermedad profesional, es un proceso complejo, puesto que diagnosticar una enfermedad profesional conlleva tener presentes diversos factores, como los periodos de latencia de la enfermedad tan prolongados entre la exposición al agente carcinógeno y el diagnóstico de la enfermedad que puede llegar hasta los 50 años en el caso de exposición al asbesto, la variabilidad biológica (no todos los/as tra- bajadores/as expuestos a unas mismas condiciones de trabajo desarrollan un cáncer), la multicausalidad de sufrir la enfermedad, la inexistencia de características clínicas e histológicas diferenciables de los cánceres con un origen profesional respecto de los cánceres producidos por exposición a otros factores, etc. Sin embargo, las neoplasias de origen ocupacional tienen como características pro- pias las siguientes: Resultan de la exposición laboral a un carcinógeno conocido. Tienden a afectar a las personas a una edad más joven que la misma patología de origen no laboral, sobre todo si la exposición inicial al carcinógeno ocurre al principio de su vida laboral. Suelen surgir en grupos de individuos con exposición profesional similar. Son más propensas a desarrollarse si hay exposiciones concomitantes a otros carcinógenos (ocupacional o no ocupacional) que afectan a los mismos órganos diana, p.ej. el riesgo multiplicativo de cáncer de pulmón si hay exposición simul- tánea al asbesto y al tabaco. Actualmente, las principales organizaciones que evalúan la carcinogenicidad de sus- tancias y mezclas químicas, procesos y condiciones de exposición, fundamentan su sistema de clasificación en la solidez de la evidencia científica existente, en función de los resultados de estudios epidemiológicos, de resultados procedentes de la expe- rimentación con animales y de otros datos relevantes como son los mecanismos de actuación y la toxicocinética. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales8 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Para el estudio e interpretación de toda esta información, a fin de evaluar la carci- nogenicidad, se han formado grupos de expertos científicos específicamente para la evaluación de carcinógenos o bien grupos científicos que evalúan los distintos efectos tóxicos de las sustancias químicas y, entre ellos, la carcinogenicidad. Estas organizaciones han adoptado un sistema de clasificación por categorías y han definido unos criterios para incluir las sustancias estudiadas en cada categoría. Estos criterios pueden variar entre las distintas organizaciones, por este motivo es importante conocer en base a qué información se han clasificado las sustancias en las distintas categorías. Así, por ejemplo, la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC), tiene clasificados los agentes según el grado de evidencia científica existente sobre su carcinogenicidad para la especie humana. Esta institución estableció una serie de criterios para evaluar las pruebas de carcinogénesis de agentes físicos, químicos y biológicos y para exposiciones laborales y medioambientales (Boffetta 2001). Los grupos de clasificación son los siguientes: Grupo 1 (cancerígeno para los huma- nos); Grupo 2A (probablemente cancerígeno para los humanos); Grupo 2B (posiblemente cancerígeno para los humanos); Grupo 3 (no clasificable en cuanto a su carcinogenicidad para los humanos); y Grupo 4 (probablemente no es cancerígeno para los humanos). La IARC ha identificado más de 500 agentes que son carcinógenos humanos (grupo 1, 121), probables carcinógenos humanos (grupo 2A, 88), o posibles carcinógenos humanos (grupo 2B, 313) (Nueva versión de las listas de clasificaciones de IARC, diciembre 2020), muchos de los cuales son agentes químicos o mezclas de agentes químicos (como el amianto, los componentes del humo de tabaco, las aflatoxinas (contaminantes de los alimentos) o el arsénico, contaminante del agua de bebida), pero también incluyen procesos industriales, las radiaciones ultravioleta e ionizantes y determinados virus, bacterias o parásitos. Además, se tiende a atribuir cada vez más un origen ambiental para una buena parte de los cánceres humanos. El espacio laboral ha desempeñado históricamente el papel de “centinela” de los efectos lesivos de estas sustancias. El la- boral es tradicionalmente el primer entorno en el que se registran las exposiciones, que suelen ser de mayor magnitud que las ambientales que afectan a la población general. En España, el Real Decreto 665/1997 (y sus modificaciones posteriores), sobre la pro- tección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante el trabajo, constituye la legislación básica a consi- derar respecto a la exposición laboral a este tipo de agentes. Esta normativa conside- ra, como objeto de sus disposiciones, las sustancias o preparados que han sido o que deberían ser clasificados como cancerígenos de categoría 1A o 1B de acuerdo con los criterios que contempla la normativa relativa a la clasificación, etiquetado y envasado Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 9 Estudio de casos de sospecha de cáncerprofesional (2011-2019) de sustancias (Reglamento 1272/2008). Se clasifican en categoría 1A si se sabe que esa sustancia es un carcinógeno para la persona, en base a la existencia de pruebas en humanos, o 1B cuando se supone que es un carcinógeno para la persona, en base a la existencia de pruebas en animales. Las sustancias químicas catalogadas como cancerígenos en la legislación vigente deben mostrar en las etiquetas del envase las frases “Puede causar cáncer” (H350) o “Puede causar cáncer por inhalación” (H350i). En el documento “Límites de exposición profesional para agentes químicos”, publicado anualmente por el INSST, se asigna también un valor límite de exposición a algunas sustancias cancerígenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción. Sin embargo, hay que recordar que los conocimientos científicos actuales no permiten identificar niveles de exposición por debajo de los cuales no exista riesgo de que los agentes mutágenos y la mayoría de cancerígenos produzcan sus efectos característicos sobre la salud. Por esta razón, los límites de exposición adoptados para algunas de estas sustancias no deben ser considerados como una garantía para la protección de la salud, sino como unas referencias máximas para la adopción de las medidas de protección necesarias y el control del ambiente de los puestos de trabajo. Así, mantener la exposición por debajo de un valor máximo determinado no permitirá evitar completamente el riesgo, aunque sí podrá limitarlo. Por otro lado, existen diversas bases de datos informativas sobre carcinógenos. Entre ellas se encuentra INFOCARQUIM, disponible en http://infocarquim.insht.es/Forms/ About.aspx). Se trata de una herramienta informativa acerca de la clasificación de peli- grosidad de los agentes cancerígenos, los usos y aplicaciones de dichos agentes, posi- bles alternativas a cada agente en relación a su uso concreto, los tumores relacionados con cada agente y su distinto grado de certeza según el conocimiento científico actual, y los datos cuantitativos de producción y comercialización que puedan recabarse. También RISCTOX, http://risctox.istas.net/ es una base de datos sobre sustancias peli- grosas. Esta base de datos ofrece información sobre los riesgos para la salud y el medio ambiente de las sustancias químicas que pueden estar presentes en los productos que se manejan o generan en las empresas. En nuestro país, la consideración de un “cáncer como enfermedad profesional” se basa en la definición expresada en el art. 157 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, como concepto de enfermedad profesional: “Se entenderá por enfermedad pro- fesional la contraída a consecuencia del trabajo en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”. http://infocarquim.insht.es/Forms/About.aspx http://infocarquim.insht.es/Forms/About.aspx http://risctox.istas.net/ Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales10 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) El Real Decreto 1299/2006 de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen cri- terios para su notificación y registro, recoge en el Grupo 6 (Anexo I) las enfermedades profesionales causadas por agentes carcinógenos en función de los agentes/subagentes que provocan la enfermedad, y una relación de las principales actividades capaces de producirla. A raíz de las posteriores modificaciones, el Real Decreto 1150/2015 suprime de la lista complementaria (Anexo 2) el cáncer de laringe producido por la inhalación de polvo de amianto, y pasa a incluirse en el Anexo 1 y el Real Decreto 257/2018, que procede a modificar el Anexo 1, incluyendo como enfermedad profesional el cáncer de pulmón en trabajos expuestos a la inhalación de polvo de sílice libre. En España, como en otros muchos países, existen varios cánceres profesionales clasi- ficados como enfermedades profesionales. Teniendo en cuenta nuestra normativa espe- cífica y en concreto el cuadro de enfermedades profesionales, no todos los cánceres con evidencia científica de relación con la exposición laboral se encuentran incluidos dentro del listado y pueden ser considerados como enfermedad profesional. Estas diferencias pueden generar contradicciones entre lo que se conoce sobre la causalidad de los cán- ceres por exposiciones en el trabajo y la imputabilidad a este a efectos médico-legales. Este grupo de enfermedades profesionales (Grupo 6) es propio del listado español y no se encuentra recogido en la lista europea de enfermedades profesionales estable- cida en la Recomendación 2003/670/CE de la Comisión Europea, de 19 de septiembre de 2003, y tiene su antecedente en las enfermedades profesionales clasificadas como enfermedades sistémicas en el Real Decreto 1995/1978. Por otra parte, aunque no esté expresamente recogido en tal listado, si se demuestra la relación causa-efecto entre una noxa patógena a la que el individuo haya estado ex- puesto en su puesto de trabajo y el desarrollo de un tumor maligno, cabe la posibilidad de que tal patología neoplásica se considere como accidente laboral, de acuerdo con la redacción del artículo 156 e) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. La notificación de determinados casos de enfermedad profesional es muy escasa o prácticamente nula, en particular, en el caso de las enfermedades complejas y crónicas, como las respiratorias, el cáncer y las producidas por agentes químicos en general. Es necesario profundizar en la calidad de las evaluaciones de riesgo de los puestos de trabajo, en la orientación sobre la especificidad de la vigilancia de la salud de los/as trabajadores/as, en la investigación, y en la implicación del sistema de prevención en su conjunto, en la detección de estas enfermedades. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 11 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Año Total EEPP declaradas Grupo 6 declaradas Total Mujeres Hombres % 2011 547 3 0 3 0,54 2012 303 4 0 4 1,32 2013 395 6 1 5 1,52 2014 349 10 5 5 2.87 2015 437 0 0 0 0,00 2016 469 1 0 1 2,20 2017 462 8 0 8 7,70 2018 529 5 0 5 0,94 2019 632 6 0 6 0,92 La falta de datos oficiales sobre el cáncer de origen profesional obliga a recurrir a estimaciones, según las cuales aproximadamente un 5% de los casos de cáncer se deberían a factores laborales. Las estimaciones generalmente más aceptadas de los cánceres de origen profesional, son las que figuran en una detallada revisión de las causas de cáncer en la población de Estados Unidos en 1980, de los investigadores Doll y Peto que llegaron a la conclusión de que alrededor del 4 por ciento de los cánceres, pueden atribuirse a exposiciones profesionales, así la exposición profesional puede ser responsable del 13 al 18 por ciento de los cánceres de pulmón, del 2 al 10 por ciento de los cánceres de vejiga, y del 2 al 8 por ciento de los cánceres de laringe. El infradiagnóstico y la subdeclaración de las enfermedades profesionales ha sido un problema constante en nuestro entorno, de hecho, la declaración de los cánceres de origen laboral podría ser calificada en nuestro país de anecdótica. Centrándonos en nuestra comunidad autónoma, durante el periodo de tiempo que abarca nuestro estudio (desde el año 2011 al 2019 inclusive), se han comunicado las siguientes enfermedades profesionales por agentes cancerígenos: Tabla nº 1 Fuente: Observatorio de Condiciones de Trabajo del Principado de Asturias –OCTPA del IAPRL Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales12 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Año Total empresasque han superado el límite establecido en el Grupo 6 de enfermedades profesionales Comunidad donde más empresas han superado el límite 2010 13 País Vasco 2011 18 Cataluña 2012 14 Andalucía, P. Asturias y País Vasco 2013 27 Andalucía 2014 19 País Vasco 2015 7 Aragón 2016 20 País Vasco 2017 18 Andalucía y P. Asturias 2018 11 P. Asturias Por otro lado, desde el Observatorio de Enfermedades Profesionales (CEPROSS) y de enfermedades causadas o agravadas por el trabajo (PANOTRATSS), mediante el sistema ALERTA, se establecen para las empresas unos límites de trabajadores/as afectados/ as por cada grupo de enfermedad profesional, a partir de los cuales se considera que la empresa rebasa el límite de siniestralidad con el fin de que se adopten las medidas preventivas necesarias. Para el caso del Grupo 6, las EP causadas por agentes cancerígenos, estos límites se aplican a todas las empresas sea cual sea el volumen de su plantilla en las que algún/a trabajador/a ha desarrollado una enfermedad profesional con baja laboral clasificada en el Grupo 6. Los límites establecidos tienen intolerancia total, de manera que en el momento que se detecta un solo parte el sistema avisa. Entre las Comunidades Autónomas que más superan los límites cada año, se en- cuentra el Principado de Asturias, que en el periodo 2011-2019, ha superado el límite de trabajadores/as afectados por una enfermedad del Grupo 6 en los años 2012, 2017 y 2018. Tabla nº 2 (*) Respecto al año 2019, sólo disponemos de datos correspondientes al primer semestre del año Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 13 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) La calificación de una enfermedad como EP adquiere especial relevancia tanto a nivel individual como colectivo, porque el reconocimiento de ese estatus legal, tiene entre otros, efectos compensatorios para el/la trabajador/a, de responsabilidades para el empresario, de puesta en marcha de medidas preventivas y conlleva la inclusión del caso en el registro oficial correspondiente. Si estos casos no constan en las estadísticas oficiales de los daños derivados del tra- bajo, es difícil incluirlos en los planes y programas de prevención de riesgos laborales; por tanto, el conocimiento del impacto de la enfermedad es el primer paso para el planteamiento e implementación de planes y programas que contribuyan al descenso de la incidencia de estas enfermedades. Entre esas actuaciones está el conocer la carga de atención sanitaria por cáncer atri- buible al trabajo en España y el coste que la asistencia directa a estos cánceres tiene para el Sistema Nacional de Salud. En el año 2015 se habrían producido 16.671 ingresos hospitalarios y 10.114 consultas ambulatorias de atención especializada por cáncer de origen laboral, en personas de 25 o más años, en el Sistema Nacional de Salud en España. En el mismo año se reco- nocieron 23 casos de cáncer como profesionales por el sistema de Seguridad Social. Estos números contrastan de forma extraordinaria incluso con las estimaciones más conservadoras de cáncer atribuido a exposiciones laborales. Ello dificulta enormemen- te la prevención del cáncer laboral en nuestro país, dado que uno de los elementos esenciales para la prevención es la propia identificación como enfermedad derivada del trabajo. Otra de las consecuencias de la falta de reconocimiento del cáncer profesional es que, al estar considerada como enfermedad común, está siendo atendida en cualquie- ra de los dispositivos sanitarios españoles provocando la transferencia de los costes económicos ocasionados por la enfermedad desde las empresas responsables de las exposiciones laborales a la ciudadanía general y a nuestros Servicios de Salud. Los gastos generados por este tipo de enfermedades requieren, por tanto, una adecuada gestión, muy relevante para la sostenibilidad del Sistema Público de Salud. Dado el elevado grado de infrarreconocimiento de los cánceres laborales en el sistema de Se- guridad Social, es necesario investigar para estimar la verdadera carga de enfermedad profesional y mostrar la relación entre ocupaciones y exposiciones, que va más allá de las cifras aportadas por las estadísticas oficiales. La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020 (INSHT 2015), que constituye un marco de referencia de las políticas públicas en materia de seguridad y salud en el trabajo, dedica un objetivo a las enfermedades profesionales (objetivo 3B), y establece que: Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales14 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) “La prevención de las enfermedades profesionales es uno de los ámbitos sobre los que se debe trabajar de manera más intensa, especialmente en los sectores y actividades con mayores índices de incidencia. Para ello resulta imprescindible promover el estudio y la investigación de las enfermedades profesionales y enfermedades relacionadas con el tra- bajo, identificando mejor los agentes causantes, sus efectos y las medidas de prevención”. Conforme al Acuerdo de propuestas para la negociación tripartita para fortalecer el crecimiento económico y el empleo, de fecha 29 de julio de 2014, es necesario garan- tizar un adecuado registro de las enfermedades profesionales para evitar una menor protección social y un desplazamiento del gasto hacia el Sistema Nacional de Salud. Para ello, en colaboración con las Comunidades Autónomas, se instrumentarán los procedimientos y la formación adecuados a los profesionales sanitarios, para una apro- piada clasificación de las mismas. La mejora del intercambio de información y de la coordinación entre los profesionales de la salud, tanto del sistema público sanitario como de los servicios de prevención, ha de servir para favorecer la detección precoz de las patologías profesionales y, en consecuencia, actuar de manera más rápida y eficiente”. En las líneas de actuación de la citada Estrategia respecto a las enfermedades pro- fesionales (EEPP), se incluyeron las siguientes: “Mejorar y promover el estudio y la investigación de enfermedades profesionales, así como la detección y comunicación de las mismas, con el objeto de anteponer la prevención frente a la rehabilitación”. Profundizar en el estudio de enfermedades profesionales que se consideren prio- ritarias, identificando sus causas y medidas de prevención. Armonizar, de común acuerdo con las Comunidades Autónomas, el procedimiento que desarrolle el artículo 5 del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro, relativo a la comunicación de enfermedades que podrían ser calificadas como profesionales por parte de los facultativos del Sistema Nacional de Salud y de los Servicios de Prevención. Sen- sibilizar e informar a los actores implicados para la implantación eficaz de dicho procedimiento. Definir criterios de aplicación del Real Decreto 1299/2006 con los facultativos del Instituto Nacional de la Seguridad Social y con los de las entidades colaboradoras. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 15 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Mejorar el intercambio de información y el conocimiento sobre los daños para la salud derivados del trabajo entre las instituciones competentes (CEPROSS, PA- NOTRATSS, IT e IP, etc.), en aras de mejorar la prevención de las mismas. Mejorar las fuentes de información para permitir una adecuada identificación de colectivos, actividades y empresas expuestas a cancerígenos químicos incluidos en los Anexos I y II del Real Decreto 1299/2006. La Comisión Europea ha establecido como prioridad en el ámbito de la salud y seguri- dad en el trabajo la lucha contra el cáncer (Comisión Europea 2017). En este ámbito, la citada Estrategia Española, incluye entre sus objetivos: i)diseñar e implementar políti- cas centradas en la prevención de aquellos riesgos que afecten a las actividades priori- tarias detectadas previo análisis sistemático y periódico de las fuentes de información; ii) mejorar el conocimiento, la información y detección del cáncer de origen Laboral; y iii) mejorar las fuentes de información para permitir una adecuada identificación de colectivos, actividades y empresas expuestas a cancerígenos químicos incluidos en el Real Decreto 1299/2006 (mencionado anteriormente). Por otra parte, el Plan de Salud, Seguridad y Medio Ambiente Laboral 2016-2020 del Principado de Asturias (Plan SASEMAL), elaborado por el IAPRL para definir las políticas activas en materia de seguridad y salud laboral, estará vigente hasta el fin de 2020 (*) para adaptarlo, por un lado, al marco Estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo elaborado por la Comisión Europea para el periodo 2014-2020 y, por otro, a la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020. En este contexto, desde el IAPRL, se ha venido desarrollando por parte del Área de Medicina del Trabajo, perteneciente al Servicio de Salud Laboral, y dentro de las líneas generales del citado Plan, llamadas a mantenerse de forma continua e indefinida entre las actividades propias del Instituto, el estudio de las sospechas de cáncer que podría ser calificado como profesional en el Sistema de la Seguridad Social (Equipo de Valo- ración de Sospecha de Cáncer Profesional, EVASCAP). (*) (La irrupción de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19 ha comportado la prórroga del Plan SASEMAL hasta finales de 2021). Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 17 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 2 EVASCAP (Equipo de Valoración de Sospecha del Cáncer Profesional en Asturias) En la introducción del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro, se indican las deficiencias de pro- tección a los trabajadores afectados por las contingencias profesionales, consecuencia, entre otros factores, de la carencia en la notificación de enfermedades profesionales y la necesidad de la regulación de la configuración de un sistema eficaz de notificación y registro. La propia norma, tomando en consideración que muchas enfermedades que podrían ser calificadas como profesionales son atendidas en el Servicio Público de Salud como enfermedades comunes, mediante su artículo 5 abre el camino para la comunicación de enfermedades profesionales por parte de los médicos del Sistema Público de Salud. Con este escenario de subdeclaración de cáncer laboral, en el que por una parte existe la obligación legal del médico de comunicar las sospechas de enfermedad profesional y por otra existe la necesidad de aumentar el conocimiento sobre las causas del cáncer de origen ocupacional, las administraciones competentes en Asturias decidieron sentar las bases de un sistema de reconocimiento de casos de cáncer profesional, poniendo en marcha el Programa de Detección y Comunicación de Cáncer Profesional en Asturias. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales18 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) * Consejería competente en matería sanitaria (actualmente Consejería de Salud). De este modo, las autoridades sanitarias y laborales de Asturias, así como el Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), consideraron necesaria la creación de un equipo de valoración de sospecha de cáncer profesional, que articule la declaración y tramitación, cuando proceda, de los casos susceptibles de cambio de contingencia de enfermedad común a profesional al INSS, y que además asesore a los profesionales asistenciales del sistema sanitario en la detección de los mismos. Tanto la constitución como las funciones del mismo se regulan en la Resolución del 14 de junio de 2011 por la que se crea y regula el funcionamiento del Equipo de Valoración de Sospecha de Cáncer Profesional del Principado de Asturias. Se crea el Equipo de Valoración de Sospecha de Cáncer Profesional del Principado de Asturias, en adelante EVASCAP, cuya finalidad es recibir y valorar las declaraciones de sospecha de cáncer profesional por parte de los facultativos médicos del Servicio de Salud del Principado de Asturias y de los servicios de prevención de riesgos laborales, para su posterior comunicación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a efectos de valoración de la contingencia profesional. 2.1 Fuentes de información y recogida de datos A partir de los médicos de atención primaria se captan los casos de cáncer con sos- pecha de enfermedad profesional de dos formas diferentes: La primera, mediante la sospecha directa por parte del propio médico, sin que nece- sariamente el paciente esté en situación laboral activa, es decir, independientemente de que esté de baja laboral y sin que medie ninguna herramienta de ayuda para relacionar la enfermedad con la ocupación. La segunda, a partir de las bajas laborales emitidas por los médicos de atención pri- maria, los posibles casos son detectados por el Servicio de Inspección de Prestaciones, Centros y Servicios Sanitarios de la Consejería de Sanidad* a través de sus inspeccio- nes de área mediante un sistema de alerta en la aplicación informática SaGITario, que sirve para gestionar los procesos de incapacidad temporal (IT) por enfermedad común y accidente no laboral. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 19 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 2.2 Constitución del Equipo EVASCAP El EVASCAP está constituido por un equipo multidisciplinar de profesionales que de- ben representar a los organismos y unidades de la administración pública competentes en materia de salud y de prevención de riesgos laborales; estará constituido por los siguientes miembros: Dos profesionales competentes en epidemiología laboral designados por la Con- sejería competente en materia de salud. Dos Inspectores de Prestaciones y Servicios Sanitarios designados por la Conse- jería competente en materia de salud. Dos profesionales de los servicios de salud, en representación de atención prima- ria y atención especializada, designados por el Servicio de Salud del Principado de Asturias. Dos profesionales del Servicio de Salud Laboral designados por el Instituto Astu- riano de Prevención de Riesgos Laborales. 2.3 Funciones generales del Equipo de Valoración Estudiar y catalogar las sospechas de cáncer profesional. Posteriormente se co- municarán únicamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social cuando así lo considere la mitad más uno de los miembros del equipo de valoración. Mejorar el sistema de vigilancia epidemiológica de enfermedades relacionadas con el trabajo en Asturias mediante el registro de todas las comunicaciones recibidas. Aumentar el conocimiento y la investigación sobre la relación entre exposiciones laborales y desarrollo de cáncer en Asturias, mediante la difusión de la informa- ción generada a las partes interesadas y a toda la sociedad. 2.4 Objetivos generales del Programa de Detección y Comunicación de Cáncer Profesional en Asturias Facilitar la comunicación de sospecha de cáncer profesional según lo establecido en el Real Decreto 1299/2006. Ayudar al reconocimiento de cánceres profesionales por parte del sistema de Seguridad Social. Mejorar el sistema de vigilancia epidemiológica de enfermedades relacionadas con el trabajo en Asturias. Aumentar el conocimiento y avanzar en la investigación sobre la relación entre exposiciones laborales y desarrollo del cáncer en Asturias. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales20 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 2.5 Objetivos específicos delPrograma de Detección y Comunicación de Cáncer Profesional en Asturias Implantar un sistema de alerta en la aplicación SagITario para detectar los casos en situación de Incapacidad Temporal (IT) con diagnóstico de cáncer incluido en el cuadro de enfermedades profesionales. Informar a los médicos de atención primaria de que deben comunicar las sospe- chas de enfermedad profesional. Conseguir que los médicos de atención primaria que han prescrito una baja laboral por un cáncer incluido en el cuadro de enfermedades profesionales obtengan la historia laboral del paciente y la envíen a la Consejería de Sanidad. Analizar la posible relación laboral de todos los casos comunicados por los mé- dicos de atención primaria y clasificarlos en tres categorías posibles: No existe relación laboral (EC); Enfermedad relacionada con el trabajo (ERT); Enfermedad profesional (EP). Realizar una investigación detallada de la relación laboral por parte del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales cuando sea necesario. Aquellos casos en los que existía duda sobre su vinculación con la actividad laboral, se envían al Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL) para su estudio en profundidad. Una vez que este organismo envía sus conclusiones, se valoran de nuevo para determinar definitivamente la vinculación o no del caso con el trabajo del paciente y su derivación al INSS si procede. Remitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) los casos que cumplan criterios de EP. Registrar toda la información generada en una base de datos. Analizar los datos según: A) participación de los médicos de atención primaria; B) características de los casos comunicados: localización tumoral, sexo, edad, ocu- pación; C) casos investigados por el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales; D) resoluciones del INSS y cambios de contingencia. Actualizar los resultados del programa cada seis meses y hacer público el informe. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 21 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 2.6 Registro de las sospechas de cáncer profesional Los integrantes del equipo de valoración deberán estudiar y catalogar las sospechas de cáncer profesional en tres categorías posibles: Sospecha de enfermedad profesional. Sospecha de enfermedad relacionada con el trabajo. No existe evidencia de relación laboral. Todas las sospechas de cáncer profesional recibidas por el EVASCAP, con indepen- dencia de la valoración inicial por el grupo y de la decisión final que adopte el INSS, serán registradas para mejorar el sistema de vigilancia epidemiológica de enfermeda- des relacionadas con el trabajo y aumentar el conocimiento y la investigación sobre la relación entre exposiciones laborales y cáncer en Asturias. Por resolución del titular de la Consejería competente en materia de salud, se creará un fichero automatizado de datos de carácter personal con arreglo a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Toda la información obtenida por el EVASCAP, con independencia de su clasificación como enfermedad profesional, es registrada en una base de datos denominada can- cERT, cuya finalidad es la gestión y control de las sospechas de cáncer profesional diagnosticadas en Asturias, así como mejorar el sistema de vigilancia epidemiológica de las enfermedades relacionadas con el trabajo, aumentar el conocimiento y avanzar en la investigación de la relación entre exposiciones laborales y desarrollo de cáncer mediante la difusión de la información generada. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales22 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 2.7 Participación y coordinación de los diferentes agentes implicados El programa de detección y comunicación de cáncer profesional en Asturias supone la participación de diferentes profesionales y sectores implicados en la atención sanitaria, la prevención de riesgos laborales y el aseguramiento de contingencias profesionales: Servicio Público de Salud del Principado de Asturias (SESPA), aportando dos per- sonas al EVASCAP y los Equipos de atención primaria, médicos y enfermeras, reco- giendo la historia laboral del paciente y comunicando el caso a la Consejería de Sanidad. Unidad de Epidemiología Laboral y Ambiental de la Dirección General de Salud Públi- ca (Consejería de Sanidad), responsable del programa: recibe las comunicaciones enviadas por los médicos de atención primaria, mantiene el registro cancERT, coordina los trabajos del EVASCAP, tramita directamente el cambio de contingen- cia ante el INSS cuando el paciente no está en situación de Incapacidad temporal (IT), y elabora los informes para difundir los resultados. Inspección Sanitaria (Consejería de Sanidad), aportando dos personas al EVASCAP y la estructura periférica de las inspecciones de área sanitaria (8 en Asturias): Vigilan las alertas de bajas laborales con diagnóstico de cáncer, envían el escrito recordatorio y el formulario a los médicos que dieron la baja, y tramitan el cambio de contingencia ante el INSS cuando el paciente está en situación de IT. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, aportando dos personas al EVASCAP, realizando la investigación de las exposiciones laborales cuando es necesario y elaborando un informe que el EVASCAP adjunta al expediente para remitir al INSS. Instituto Nacional de la Seguridad Social, organismo competente para valorar el tipo de contingencia y proceder a su cambio si fuera necesario. Recibe las comunica- ciones de sospecha de cáncer profesional de la Consejería de Sanidad, las analiza a través de sus equipos médicos de valoración y proceden a emitir una resolución a través del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Dicha resolución es co- municada al EVASCAP para proceder a su registro en cancERT. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 23 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) PARTICIPACIÓN DEL IAPRL EN EL ESTUDIO DE SOSPECHA DE CASOS DE CÁNCER DE ORIGEN PROFESIONAL Desde el IAPRL se ha venido desarrollando por parte del Área de Medicina del Tra- bajo, perteneciente al Servicio de Salud Laboral, y dentro de las líneas generales del Plan de Salud, Seguridad y Medio Ambiente Laboral del Principado correspondiente a los años 2013-2015 y 2016-2020, el estudio de las sospechas de cáncer que podría ser calificado como profesional en el sistema de seguridad social (EVASCAP), aunque ya desde el año 2011, fecha de creación del Grupo EVASCAP, se inició el estudio de casos por parte del IAPRL. 3.1 MISIÓN Informar sobre la relación causal entre la patología y las condiciones de trabajo a las que ha estado expuesta la persona trabajadora y si procede la calificación de la enfer- medad como de origen profesional por parte del INSS, organismo competente para calificar la contingencia. 3.2 JUSTIFICACIÓN Una de las novedades del sistema de declaración de enfermedades profesionales, introducida en el Real Decreto 1299/2006, es el papel asignado a los facultativos del 3 Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales24 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Sistema Nacional de Salud (SNS) y a los facultativos de los servicios de prevención de riesgos laborales a los que impone la obligación de comunicar aquellas enfermedades de las que se sospeche el origen laboral. Esta comunicación deben realizarla a la entidad que asuma las contingencias pro- fesionales (INSS o MATEPSS), a través del organismo intermedio que establezca cada comunidad autónoma. Debido a los prolongados tiempos de latencia hasta la aparición del daño, esta investi- gación permite conocer en qué condiciones de trabajo se ha realizado el mismo y cómo es la situación actual y si las modificaciones, en caso de existir, evitanfuturos daños a otros/as trabajadores/as, así como la recaída de la enfermedad, tras la reincorporación del/a trabajador/a en su puesto, cuando esta circunstancia ocurre. Fomentar la comunicación de la sospecha de enfermedades profesionales, servirá para proteger más eficazmente los derechos de los/as trabajadores/as y mejorar la coordinación entre los distintos sistemas implicados, SNS, servicios de prevención y entidades colaboradoras y gestoras de estas contingencias. 3.3 METODOLOGÍA Investigación de aquellos casos de enfermedad, cuyo origen laboral se sospeche, y que puedan ser catalogados en el Grupo 6 de enfermedades profesionales, según se acuerde entre los componentes del Grupo EVASCAP. Se han incluido también en nuestro estudio, aquellos casos de cáncer de sospecha de origen profesional remitidos al Área de Medicina de Trabajo para su estudio a solicitud del INSS. A continuación, se realiza una descripción pormenorizada de los pasos a seguir para realizar el estudio de cada caso: Recepción en el Servicio de Salud Laboral del IAPRL de los casos seleccionados por los miembros del EVASCAP (siempre que el trabajador otorgue su consentimiento para que la Consejería de Sanidad ceda los datos al IAPRL a los efectos de investigar las exposiciones laborales relacionadas con la enfermedad) y de aquellos a solicitud del INSS que serán estudiados por el Área de Medicina del Trabajo; en caso nece- sario, desde el Servicio de Salud Laboral, se solicitará la colaboración del Área de Higiene Industrial del Servicio de Riesgos Laborales del citado Organismo para el estudio conjunto del caso. Entrevista personal con el/la trabajador/a, o en su defecto con familiares u otro personal de las empresas en las que prestó servicios, a fin de recabar información Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 25 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) sobre la descripción de su puesto de trabajo: tareas desempeñadas, exposición a agentes químicos peligrosos, en concreto a agentes cancerígenos si los hubiere, medidas de protección adoptadas, tanto colectivas como equipos de protección individual. Solicitud al trabajador de informe de vida laboral e informes médicos para con- firmar diagnóstico y tipo histológico de la neoplasia. Contacto telefónico con personal responsable de las empresas en las que prestó servicios y permanecen con actividad en la actualidad para concertar visita a di- chos centros de trabajo con el fin de ver “in situ” las condiciones de trabajo bajo las que se desarrolla la actividad laboral. Solicitud de documentación preventiva: tareas desempeñadas en el puesto, evalua- ción de riesgos y planificación preventiva, medios de protección: medidas de pro- tección colectivas y EPI utilizados, formación/información respecto a los riesgos en el puesto, certificado de aptitud de los exámenes de salud realizados, Fichas de Datos de Seguridad (FDS) de los productos químicos, en el caso de que éstos se utilicen e informes de mediciones higiénicas de los contaminantes en caso de que los hubiere. Realización de informe técnico-sanitario con las conclusiones que en cada caso se establezcan para su remisión a la Dirección General de Salud Pública, de la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias, organismo competente para recibir y tramitar las comunicaciones de sospecha de enfermedad profesional y, en caso de que proceda, remitir al INSS para calificar la contingencia. Los casos recibidos a solicitud del INSS, una vez concluido su estudio, se remitirán directamente a dicha entidad. 3.4 ESTUDIO DE CASOS Se trata de un estudio descriptivo retrospectivo, en el que fueron incluidos un total de 117 casos de sospecha de cáncer de origen laboral, durante el periodo de tiempo que abarca el estudio, desde el año 2011 a 2019, ambos incluidos. 3.4.1 Fuentes de información Dichos casos se han estudiado siguiendo la metodología descrita en el apartado pre- cedente, para lo cual se dispone de datos obtenidos a través de las entrevistas perso- nales mantenidas con el/la trabajador/a, o, en su defecto con familiares, allegados/as y/o compañeros/as de trabajo, así como con personal responsable de las empresas implicadas. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales26 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Por otro lado, se ha solicitado la documentación en materia preventiva necesaria, que ha sido ya descrita con anterioridad, a la empresa correspondiente, al tiempo que se precisa de la aportación de informes médicos u otra documentación clínica necesaria para la confirmación diagnóstica de la enfermedad y vida laboral, por parte del/a tra- bajador/a afectado/a. En caso necesario, y siempre que las circunstancias así lo permitan, se ha realizado visita a los centros de trabajo en los que ha prestado o presta servicios el/la trabajador/a y que permanecen con actividad en la actualidad, que tiene como fin la comprobación de las condiciones en las que se efectúa el trabajo. Dicha visita se lleva a cabo con los técnicos de prevención, mandos directos o encargados de la empresa. Se ha elaborado una base de datos para la recogida de las variables de interés de nuestro estudio procediendo posteriormente al análisis descriptivo de las mismas. Las variables incluidas en nuestro estudio se relacionan a continuación: Sexo (V/M). Edad (años). Año de investigación del caso: número de casos estudiados en cada año desde 2011 a 2019. Tipo de tumor: se distinguen dos categorías: • Tumor sólido • Tumor estirpe linfo-hematopoyética Localizaciones de cáncer profesional siguiendo las recogidas en el Real Decreto 1299/2006, entre las que se encuentran: • cáncer primitivo de senos de la cara • neoplasia maligna de cavidad nasal • neoplasia maligna de hígado y conductos biliares intrahepáticos • cáncer de laringe • mesotelioma pleural • mesotelioma peritoneal • neoplasia maligna de bronquio/pulmón • neoplasia maligna de próstata • neoplasia maligna de vejiga Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 27 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Sospecha de agente/s causal/es en relación con el tumor a estudiar (no todos los agentes que se referencian a continuación se encuentran recogidos en el grupo 6 del cuadro de enfermedades profesionales; éste está integrado por 18 agentes): • Amianto • Aminas aromáticas • Arsénico y sus compuestos • Benceno • Cadmio (Cd) • Cloruro de vinilo monómero (CVM) • Cromo (Cr) VI y compuestos de cromo VI • Humos de escape diésel • Disolventes • HAPs (Hidrocarburos aromáticos policíclicos) • Óxido de etileno • PCBs (bifenilos policlorados) • Polvo de madera dura • Radiaciones ionizantes (R.I.) • Sílice (Si) cristalina • Níquel (Ni) y compuestos de níquel • Sales de cianuro • Nitrobenceno • Campos electromagnéticos Actividad económica relacionada con la exposición potencialmente causante de la patología. Ocupación laboral relacionada con la exposición potencialmente causante de la enfermedad. Número de visitas efectuadas al trabajador/a. Número de empresas en las que ha prestado servicios el/la trabajador/a. Número de empresas visitadas por parte del IAPRL en relación al caso a estudiar. Tiempo de latencia de la enfermedad, se agrupa en dos categorías: • Más de 5 años • Más de 10 años Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales28 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Valoración del IAPRL: se ha categorizado en seis grupos: • No valorable • Probable • Dudosa • Sí • No • ERT (enfermedad relacionada con el trabajo) Valoración INSS: se ha categorizado en seis grupos: • No procede (por tratarse de patología no neoplásica) •No enviado al INSS por parte de la Consejería competente en materia sanitaria • Trabajador/a en régimen RETA (no obligatoriedad de cobertura de contingencias profesionales durante el periodo de estudio) • No cambio de contingencia por INSS, a pesar de sospecha del IAPRL • Cambio de contingencia a accidente de trabajo (AT) • Cambio de contingencia a enfermedad profesional (EP) Procedencia de la solicitud: se agrupa en dos categorías: • EVASCAP • INSS 3.4.2 Edad En la siguiente tabla y gráfico se refleja la media de edad del total de los casos estu- diados, correspondiendo a 57,34 años (rango de 25-87). En el caso de los hombres la media es de 58,10 años (rango entre 25-87) y en mujeres 45,57 años (rango de 36-55). Para el cálculo de esta variable , se ha considerado un total de 116 trabajadores/as pues en uno de los casos no disponemos de este dato. MEDIA EDAD Hombres 58,10 * max-87 min-25 Mujeres 45,57 * max-55 min-36 Total 57,34 * max-87 min-25 Tabla nº 3 Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 29 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 100 80 60 40 20 0 Hombres 58,10 57,34 45,57 6% mujeres 94% hombres Hombres Mujeres Mujeres Total SEXO Hombres 110 Mujeres 7 Total 117 Tabla nº 4 Gráfico nº 1 Gráfico nº 2 MEDIA EDAD SEXO 3.4.3 Sexo Atendiendo a la variable sexo, el 94% (110) de los casos estudiados correspondían a hombres y únicamente el 6% (7) a mujeres. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales30 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 3.4.4 Año investigación En la tabla y gráfico adjuntos, se representa el número de casos de sospecha de cán- cer de origen laboral que se ha investigado durante el periodo de tiempo que abarca este estudio (2011-2019), correspondiendo a los años 2016 y 2018 el mayor número de casos estudiados: 21 y 25 respectivamente. 25 20 15 10 5 0 7 76 11 11 10 19 21 25 201920182017201620152014201320122011 AÑO INVESTIGACIÓN 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Total 7 6 11 7 11 21 10 25 19 117 Gráfico nº 3 AÑO INVESTIGACIÓN Tabla nº 5 Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 31 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 3.4.5 Tipo de tumor Se ha realizado la clasificación de los tumores en dos grandes grupos que abarcan, por un lado, las neoplasias de estirpe linfo-hematopoyético (leucemias y linfomas) y por otro, los tumores sólidos que forman el grupo restante. Dentro del grupo de los tumores sólidos (107) se han incluido 7 casos que, tras su estudio, se concluye que no se trataba de patología neoplásica. En nuestro estudio, un porcentaje del 91,45% del total corresponde a tumores sólidos (se ha incluido en este porcentaje la patología no neoplásica recogida posteriormente en la tabla nº6) y un 8,55% a tumores de tipo linfohematopoyético. Por sexos, estos últimos afectan a un 10% de las mujeres y a un 90% de los hombres; respecto a los tumores sólidos, el 5,6 % afecta a mujeres y el 94,39 a hombres. TIPO TUMOR Hombres Mujeres Total % Sólido 101 6 107 91,45% Linfohematopoyético 9 1 10 8,55% Total 110 7 117 100% Tabla nº 6 120 100 80 60 40 20 0 Sólido Hombres Mujeres Total 1 9 10 Linfohematopoyético Gráfico nº 4 101 107 6 TIPO DE TUMOR Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales32 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 3.4.6 Patología según localización del órgano afectado La forma de clasificación con más relevancia en la práctica oncológica es la basada en la localización anatómica del órgano o sistema en el que se origina el tumor, con esto habitualmente nos referimos a los tumores de una localización anatómica concreta. En un segundo nivel, en la mayoría de estas localizaciones se subdivide la enfermedad en diversos subtipos según las características histológicas de cada uno de ellos. Si bien no se ha contemplado la variable correspondiente al tipo histológico del tumor en el presente estudio, sí se ha considerado la diferenciación histológica de los distintos tumores a la hora de elaborar nuestro informe técnico-sanitario, información por otra parte disponible en una proporción considerable de los casos, en base a la aportación del informe médico del/la trabajador/a, siendo este dato de especial interés por el hecho de que, aunque existen agentes cancerígenos cuya exposición puede causar un determinado tipo de tumor en cualquiera de sus variantes histológicas (p.ej. cáncer de pulmón por amianto), otros, están más estrechamente relacionados con una variedad histológica específica (p.ej. carcinoma de células escamosas por HAPs). De los 117 casos estudiados, como se ha comentado anteriormente, 7 de ellos no corresponden a tumores malignos, perteneciendo el 85,71% de estas afecciones no malignas a patologías causadas por exposición al asbesto (1 caso de asbestosis, 1 caso de asbestosis más placas pleurales, 3 casos de placas pleurales, 1 caso a neumoco- niosis) y el 14,29 % restante corresponde a un nódulo pulmonar solitario, de caracte- rísticas benignas, y etiología indeterminada. Todos ellos con afectación exclusiva del sexo masculino. PATOLOGÍA NO NEOPLÁSICA Hombres Mujeres Total % Asbestosis (Asb) 1 0 1 0,85% Placas Pleurales (PP) 3 0 3 2,56% Asb+PP 1 0 1 0,85% Neumoconiosis 1 0 1 0,85% Nódulo pulmonar benigno 1 0 1 0,85% TOTAL 7 0 7 5,98% Tabla nº 7 Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 33 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Nódulo pulmonar benigno Neumoconiosis Asb+PP Placas Pleurales Asbestosis 0 1 0 0 0 0 0 1 1 3 1 1 1 1 3 1 0,5 1 1,5 2 2,5 3 HombresMujeres Gráfico nº 5 Total PATOLOGÍA NO NEOPLÁSICA De los 110 casos restantes, 100 corresponden a tumores sólidos malignos que afectan a las siguientes localizaciones: 1 cáncer primitivo de senos de la cara 1 neoplasia maligna de cavidad nasal 2 neoplasias malignas de hígado y conductos biliares intrahepáticos 1 cáncer de laringe 10 mesoteliomas pleurales 1 mesotelioma peritoneal 43 neoplasias malignas de bronquio/pulmón 15 neoplasias malignas de próstata 26 neoplasias malignas de vejiga Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales34 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Neoplasia maligna de vejiga Neoplasia maligna de próstata Neoplasia maligna de bronquio /pulmón Mesotelioma peritoneal Mesotelioma pleural Cáncer de laringe Neoplasia maligna de hígado y conductos biliares intrahepáticos Neoplasia maligna de cavidad nasal Cáncer primitivo de senos de cara 0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 26 1 1 1 10 15 43 1 2 5 0 0 0 0 0 0 0 1 21 1 1 1 10 15 43 1 1 HombresMujeres Gráfico nº 6 Total PATOLOGÍA MALIGNA (TUMORES SÓLIDOS) PATOLOGÍA MALIGNA (TUMORES SÓLIDOS) Hombres Mujeres Total % Cáncer primitivo de senos de cara 1 0 1 0,85% Neoplasia maligna de cavidad nasal 1 0 1 0,85% Neoplasia maligna de hígado y conductos biliares intrahepáticos 1 1 2 1,70% Cáncer de laringe 1 0 1 0,85% Mesotelioma pleural 10 0 10 8,54% Mesotelioma peritoneal 1 0 1 0,85% Neoplasia maligna de bronquio /pulmón 43 0 43 36,75% Neoplasia maligna de próstata 15 0 15 12,82% Neoplasia maligna de vejiga 21 5 26 22,22% Total 94 6 100 85,47% Tabla nº 8 Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 35 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Los mayores porcentajes de los tumores sólidos investigados corresponden en primer lugar a las neoplasias malignas de bronquio y pulmón, con un 43%; les siguen con un 26% las neoplasias malignas de vejiga y en tercer lugar las neoplasias malignas de próstata con un 15%. Del total de 110 tumores, 10 pertenecen a la estirpe linfohematopoyética, con los siguientes diagnósticos: 1 leucemia aguda promielocítica 1 leucemia linfoide aguda 3 leucemialinfoide crónica 2 linfoma Hodgkin 3 linfoma no Hodgkin PATOLOGÍA MALIGNA (T.LINFO-HEMATOPOYÉTICOS) Hombres Mujeres Total % Leucemia aguda promielocítica 1 0 1 0,85% Leucemia linfoide aguda 1 0 1 0,85% Leucemia linfoide crónica 2 1 3 2,56% Linfoma Hodgkin 2 0 2 1,70% Linfoma no Hodgkin 3 0 3 2,56% Total 9 1 10 8,55% Tabla nº 9 Gráfico nº 7 Linfoma no Hodgkin Linfoma Hodgkin Leucemia linfoide crónica Leucemia linfoide aguda Leucemia aguda promielocítica 0 1 0 0 0 0 1 2 3 1 3 1 2 3 1 2 0,5 1 1,5 2 2,5 3 HombresMujeresTotal PATOLOGÍA MALIGNA (T.LINFO-HEMATOPOYÉTICOS) Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales36 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) En cuanto a la patología maligna de estirpe linfohematopoyética, el 30% corresponde a igualdad de porcentajes, a leucemias linfoides crónicas y linfomas no Hodgkin, seguidos de un 20% de casos de linfoma Hodgkin y el resto a leucemia aguda promielocítica , 10% y leucemia linfoide aguda, 10%. 3.4.7 Tiempo de latencia Un aspecto importante de la carcinogénesis es el tiempo de latencia. La latencia se refiere al período de tiempo entre el inicio de la exposición a un carcinógeno y la de- tección clínica de los cánceres resultantes. El período de latencia para malignidades hematológicas puede ser tan corto como de entre cuatro y cinco años (por ejemplo, la leucemia después de la exposición a radiaciones ionizantes), mientras que para tumo- res sólidos el período de latencia es como mínimo entre diez y veinte años, y puede llegar incluso a los cincuenta años, como en el caso del mesotelioma por exposición al amianto. TIEMPO LATENCIA SÓLIDOS >10 Años LINFOHEMATOPOYÉTICOS >5 Años Tabla nº 10 En nuestro estudio, todos los casos que pertenecen a tumores sólidos, tenían un período de latencia superior a 10 años; por el contrario, respecto a los tumores de la estirpe linfo-hematopoyética, este periodo se reduce a más de cinco años. 3.4.8 Agente/s causal/es En la siguiente tabla se exponen los principales agentes carcinógenos de sospecha (tanto de tipo químico como físico) susceptibles de ocasionar la patología a estudiar, aunque no todos se encuentran incluidos en el grupo 6 del cuadro de enfermedades profesionales. En nuestro estudio, en el 27,35% de los casos, existe la sospecha de exposición laboral del/la trabajador/a a más de un agente causal en cuanto al número de contaminantes cancerígenos implicados en la patología a estudiar. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 37 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) Tabla nº 11 Ú ni ca m en te H A P s/ C r/ N i R I/ C r/ N i Si C d/ Si /S al es c ia nu ro C r C r/ C d/ H A P C r/ N i C r/ N i/ C d H A P N itr ob en ce no R ad ia ci on es I. N i N i/ Si A m in as C am po s El ec tr om Amianto 28 1 1 2 1 1 1 1 1 Aminas 16 3 Arsénico 2 Benceno 4 1 1 Cadmio (Cd) 15 1 4 CVM (Cloruro Vinilo monómero) 1 Cromo (Cr) 2 8 2 Humos escape diésel 2 Disolventes 1 HAPs 7 1 Óxido etileno 1 PCBs 1 Polvo madera 2 Radiaciones I. 1 Sílice (Si) 4 Los mayores porcentajes de patologías se han atribuido al amianto (31,62%), siendo este responsable del desarrollo de patologías tanto malignas como benignas; entre las primeras se incluyen las neoplasias pulmonares, mesotelioma pleural y peritoneal y carcinoma de laringe, y como afecciones benignas las placas pleurales, asbestosis, nódulo pulmonar benigno y neumoconiosis. A igualdad de porcentajes le siguen aquellos casos en los que los agentes causales de sospecha fueron los metales, incluyendo en éstos el cromo, cadmio, níquel y arsénico, principales agentes de sospecha del desarrollo de las siguientes casos de neoplasias: carcinomas bronquiopulmonares (cadmio, cromo, níquel, arsénico), carcinoma de prós- tata (cadmio), y hepatocarcinoma (arsénico). Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales38 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) MEDIA VISITAS A TRABAJADOR/A Hombres 0,92 * max- 2 min-0 Mujeres 1 * max- 1 min- 1 Total 0,93 * max- 2 min- 0 Tabla nº 12 En nuestro estudio, la media de visitas realizadas atendiendo al total de trabajadores/ as fue de 0,93 (rango entre 0-2); por sexos, en hombres fue de 0,92 (rango 0-2) y en mujeres de 1. 3.4.9 Visitas a trabajador/a Se ha realizado entrevista personal al trabajador/a siempre que su estado de salud lo haya permitido, estableciendo visita a su domicilio o bien en las instalaciones del propio IAPRL, con el fin de obtener una información lo más exhaustiva posible acerca de sus antecedentes laborales. Para ello, se ha solicitado la aportación de la vida laboral en la que figuran todos los periodos de tiempo trabajados en cada una de las empresas, bien sea como trabajador/a afiliado/a al Régimen General o en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Por otra parte, se ha realizado una historia clínico-laboral en la que consta una des- cripción detallada de los puestos de trabajo, tanto actual como anteriores, las tareas desarrolladas y el tiempo de permanencia en cada uno de ellos, la posible exposición a agentes cancerígenos vinculados a la enfermedad que padece y la adopción de medi- das preventivas por parte de la empresa, tanto colectivas como equipos de protección personal y aquellos datos clínicos que se consideren trascendentales en relación a su estado de salud. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 39 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) MEDIA VISITAS A EMPRESAS Hombres 1,26 * max- 6 min-0 Mujeres 1,28 * max- 2 min- 1 Total 1,27 * max- 6 min- 0 Tabla nº 13 La media de visitas realizada a las empresas considerando el total de trabajadores/ as, es de 1,27 (rango entre 0-6); por sexos, en hombres corresponde a 1,26 (rango entre 0-6) y en mujeres de 1,28 (rango entre 1-2). 1,5 1 0,5 0 Empresas 1,26 Hombres Mujeres Total 1,27 1 1,28 0,92 0,93 Trabajador/a Gráfico nº 8 MEDIA VISITAS A EMPRESAS 3.4.10 Visitas a empresa Tras contactar con personal responsable de las empresas en las que el/la trabaja- dor/a haya prestado/preste servicios y acordar día, se realiza visita por nuestra parte a dichos centros de trabajo siempre que permanezcan con actividad en la actualidad y las circunstancias así lo permitan, y, en tanto en cuanto la enfermedad padecida por el/la trabajador/a se vincule a una posible exposición a agentes cancerígenos como consecuencia del trabajo desempeñado en la misma, en aras a conocer la gestión de la prevención de riesgos laborales y las condiciones en las que se ha desarrollado o desarrolla el trabajo, al tiempo que se propone, según las deficiencias preventivas ob- servadas, la adopción de medidas de carácter preventivo para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los/as trabajadores/as. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales40 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) MEDIA EMPRESAS EN LAS QUE TRABAJÓ Hombres 6,34 * max- 45 min-1 Mujeres 4,28 * max- 11 min- 1 Total 6,22 * max- 45 min- 1 Tabla nº 14 3.4.11 Empresas en las que ha prestado servicios el/la trabajador/a En la tabla y gráfico que figuran a continuación se refleja la media de empresas en las que el/la trabajador/a prestó servicios, teniendo en cuenta la relación de centros de trabajo indicados en su informe de vida laboral o, en su defecto, referidos tras con- versación con elmismo. 7 6 5 4 3 2 1 0 Hombres 6,34 6,22 4,28 Mujeres Total Gráfico nº 9 MEDIA EMPRESAS PRESTACIÓN SERVICIOS La media de empresas en la que el/la trabajador/a prestó servicios teniendo en cuenta los centros de trabajo que figuran en el informe de vida laboral, es de 6,22, con un rango entre 45-1. Si atendemos a la variable sexo, en hombres es de 6,34, con un rango entre 45-1 y en mujeres 4,28 con un rango entre 11-1. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 41 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 3.4.12 Valoración IAPRL Tras realizar un análisis conjunto de la información obtenida a través de la entrevista mantenida con el/la trabajador/a, de la observación directa de las condiciones de tra- bajo de las empresas y el estudio de la documentación preventiva, se pretende valorar la posible relación entre la enfermedad padecida por el/la trabajador/a y la exposición a determinados riesgos laborales en los diferentes puestos de trabajo. A partir de los resultados de la investigación realizada, se emite el correspondiente informe técnico-sanitario en el que se formulan las consideraciones y conclusiones que determinan la vinculación o no del caso con la actividad laboral del/la trabajador/a. La valoración realizada por nuestra parte una vez concluida la investigación permite establecer las siguientes categorías de inclusión del caso: No valorable (4): no ha sido posible llevar a cabo la finalización del estudio del caso motivado por razonas variadas. Probable (3): se sospecha una posible enfermedad profesional pero carecemos de la información suficiente para constatar la exposición del trabajador/a a agentes cancerígenos vinculados con la enfermedad padecida. Dudosa (13): por la concurrencia de circunstancias especiales y particularidades del caso. SI (65): cumple los criterios para considerar el caso como EP, definida según el artículo 157 del Real Decreto Legislativo 8/2015 “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena/propia en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”. NO (29): no existe relación entre las exposiciones laborales y la enfermedad pa- decida por el/la trabajador/a, considerando el caso como enfermedad común. ERT (3): cumple los criterios de historia laboral compatible y relación temporal previa suficiente, pero no está contemplada en el cuadro de enfermedades pro- fesionales. En cualquier caso, podrá ser considerado el caso como accidente de trabajo, siempre y cuando se acredite el nexo causal entre la enfermedad y el trabajo. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales42 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) VALORACIÓN IAPRL Hombres Mujeres Total % SI 59 6 65 55,55% NO 28 1 29 24,78% DUDOSA 13 0 13 11,11% PROBABLE 3 0 3 2,56% ERT 3 0 3 2,56% NO VALORABLE 4 0 4 3,42% TOTAL 110 7 117 100% Tabla nº 15 El porcentaje que corresponde a cada categoría según nuestra valoración de los casos es la siguiente: Si (55,55%), No (24,78%), dudosa (11,11%), probable y ERT (2,56% cada una), no valorable (3,42%). NO VALORABLE ERT PROBABLE DUDOSA NO SI 0 6 1 0 0 0 0 65 29 13 3 3 4 59 28 13 3 3 4 10 20 30 40 50 60 70 HombresMujeres Gráfico nº 10 Total VALORACIÓN IAPRL En la siguiente tabla se muestra la valoración por el IAPRL de los casos estudiados según género: Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 43 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 3.4.13 Calificación INSS La competencia del INSS para calificar una enfermedad como profesional, está recogida en el artículo 3 del RD 1299/2006, que establece que la calificación de las enfermedades como profesionales corresponde a la entidad gestora respectiva, sin perjuicio de su tra- mitación como tales por parte de las entidades colaboradoras que asuman la protección de las contingencias profesionales, de conformidad con las competencias y sistema de recursos recogidos en el RD 1300/1995, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social y normas de desarrollo. Así pues, una vez finalizado el informe técnico-sanitario que se ha elaborado en cada caso por el IAPRL, se remite a la entidad que ha realizado la solicitud, bien directa- mente al INSS o, en el caso de la Consejería de Sanidad, ésta remite al INSS, órgano con competencia para la valoración de cambio de contingencia de enfermedad común a profesional, aquellos casos considerados por el EVASCAP susceptibles de cumplir criterios para su calificación como enfermedad profesional. El INSS, organismo competente para valorar el tipo de contingencia y proceder a su cambio si fuera necesario, recibe las comunicaciones de sospecha de cáncer profesional de la Consejería de Sanidad, las analiza a través de sus equipos médicos de valoración y procede a emitir una resolución a través del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Dicha resolución es comunicada al EVASCAP para proceder a su registro en cancERT. En relación con las Resoluciones emitidas por el INSS tras la calificación de la contin- gencia del proceso, somos conocedores del hecho a través de la notificación facilitada a través de la Consejería de Sanidad o bien, ocasionalmente, directamente por el/la trabajador/a o sus familiares en caso de fallecimiento del mismo, si bien no disponemos de la información al respecto en la totalidad de casos estudiados. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales44 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) RESOLUCIÓN INSS Hombres Mujeres Total % EC 44 2 46 39,31% AT 1 0 1 0,85% EP 21 4 25 21,36% NO TRAMITADO 34 1 35 29,91% NO RESOLUCIÓN 10 0 10 8,55% TOTAL 110 7 117 100% Tabla nº 16 NO RESOLUCIÓN NO TRAMITADO EP AT EC 0 10 20 30 40 50 HombresMujeres Gráfico nº 11 Total 2 4 1 0 0 46 25 35 1 10 44 21 34 1 10 RESOLUCIÓN INSS Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 45 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) En nuestro estudio, un 29,91 % del total de los casos estudiados no se ha tramitado al INSS, es decir, según nuestra valoración, no hemos encontrado constatación entre la exposición al/ los agente/s de sospecha y la patología a estudiar, por lo que una vez enviado el informe técnico-sanitario con nuestras conclusiones no procede su derivación al INSS. En un 8,55% carecemos de información sobre las resoluciones emitidas por el INSS. En el resto de casos, nuestro informe concluye que pueden ser considerados como enfermedad profesional o enfermedad relacionada con el trabajo, por lo que pro- cede su envío al INSS. Si el/la trabajador/a está de baja laboral (IT), el EVASCAP lo comunica al Servicio de Prestaciones Sanitarias (Inspección Sanitaria) para que proceda a la tramitación del cambio de contingencia ante el INSS mientras que si no lo está, le corresponde hacerlo a la Unidad de Epidemiología Laboral y Ambiental de la Consejería de Sanidad. Así, el INSS ha resuelto el cambio de contingencia considerando: • el reconocimiento de enfermedad profesional en el 21,36% de los casos • en un 0,85%, reconocimiento de contingencia profesional como accidente de trabajo Ha desestimado el cambio en el 39,31%, por no considerar probable la relación laboral. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales46 Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019) 3.4.14 Procedencia de la solicitud Del total de casos estudiados, el 84,61% corresponde a solicitudes efectuadas por parte del equipo de EVASCAP (Consejería de Sanidad) y el resto, 15,39%, a solicitudes por el INSS. Tabla nº 17 100 50 0 EVASCAP 92 Hombres Mujeres Total
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