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Estudo de Casos de Câncer Profissional

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ESTUDIO DE CASOS DE SOSPECHA 
DE CÁNCER PROFESIONAL 
(2011-2019)
SERVICIO DE SALUD LABORAL
Área de Medicina del Trabajo
ESTUDIO DE CASOS DE SOSPECHA 
DE CÁNCER PROFESIONAL
(2011-2019)
SERVICIO DE SALUD LABORAL
Área de Medicina del Trabajo
Autora:	 Dulce	María	Platero	García	
Colaborador:	 José	Antonio	Bernardo	García		
	 	(Servicio	de	Salud	Laboral.	Área	de	Medicina	del	Trabajo)
Edita:	 Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales
D.L.:	 D.L.:	AS	01160-2022
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN	.............................................................................................. 05
2. EVASCAP (Equipo de Valoración de Sospecha 
 del Cáncer Profesional en Asturias)	............................................................. 17
 2.1. Fuente de información y recogida de datos	.....................................................18
 2.2. Constitución del Equipo EVASCAP	....................................................................19
 2.3. Funciones generales del Equipo de Valoración	...............................................19
 2.4. Objetivos generales del Programa de Detección 
y Comunicación de Cáncer Profesional en Asturias	........................................19
 2.5. Objetivos específicos del Programa de Detección 
y Comunicación de Cáncer Profesional en Asturias	........................................20
 2.6. Registro de las sospechas de cáncer profesional	...........................................21
 2.7. Participación y coordinación de los diferentes 
agentes implicados	...........................................................................................22
3. PARTICIPACIÓN DEL INSTITUTO ASTURIANO DE PREVENCIÓN 
DE RIESGOS LABORALES (IAPRL) EN EL ESTUDIO DE SOSPECHA 
DE CASOS DE CÁNCER DE ORIGEN PROFESIONAL	...................................... 23
 3.1. Misión........................................................................................................ 23
 3.2. Justificación	.......................................................................................................23
 3.3. Metodología	.......................................................................................................24
 3.4. Estudio de casos	................................................................................................25
	 	 3.4.1.	 Fuentes	de	información	....................................................................................25
	 	 3.4.2.	 Edad	...................................................................................................................28
	 	 3.4.3.	 Sexo	...................................................................................................................29
	 	 3.4.4.	 Año	de	investigación	.........................................................................................30
	 	 3.4.5.	 Tipo	de	tumor	....................................................................................................31
	 	 3.4.6.	 Patología	según	localización	del	órgano	afectado	..........................................32
	 	 3.4.7.	 Tiempo	de	latencia	............................................................................................36
	 	 3.4.8.	 Agente/s	causal/es	...........................................................................................36
	 	 3.4.9.	 Visitas	a	trabajador/a	.......................................................................................38
	 	 3.4.10.	 Visitas	a	empresa	..............................................................................................39
	 	 3.4.11.	 Empresas	en	la	que	ha	prestado	servicios		
	 	 	 el/la	trabajador/a	..............................................................................................40
	 	 3.4.12.	 Valoración	IAPRL	..............................................................................................41
	 	 3.4.13.	 Clasificación	INSS	.............................................................................................43
	 	 3.4.14.	 Procedencia	de	la	solicitud...............................................................................46
	 	 3.4.15.	 	Actividad	económica	de	la	empresa	relacionada	con		
la	exposición	potencialmente	causante	de	la	enfermedad	.............................47
	 	 3.4.16.	 	Ocupación	laboral	relacionada	con	la	exposición		
potencialmente	causante	de	la	enfermedad	...................................................48
4. RESULTADOS Y DISCUSIÓN	........................................................................... 49
5. DEFICIENCIAS DETECTADAS EN EL ESTUDIO DE CASOS	............................ 53
6. INCONVENIENTES/DIFICULTADES	................................................................ 57
7. ACCIONES A MEJORAR	.................................................................................. 59
8. CONCLUSIONES	.............................................................................................. 61
9. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS	.................................................................. 65
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 5
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
INTRODUCCIÓN
El	cáncer	es	la	primera	causa	de	muerte	relacionada	con	el	trabajo	en	la	UE	y	repre-
senta	más	muertes	de	personas	menores	de	65	años	que	cualquier	otra	enfermedad.	
Se	estima	que	los	agentes	cancerígenos	son	los	causantes	de	unas	100.000	muertes	
cada	año.	El	53%	de	las	muertes	en	el	trabajo	que	se	producen	cada	año	se	atribuyen	
al	cáncer,	en	comparación	con	el	28%	para	las	enfermedades	circulatorias	y	el	6%	de	
las	enfermedades	respiratorias.
La	causalidad	del	cáncer	es	compleja,	siendo	el	entorno	ambiental,	laboral	y	los	há-
bitos	de	vida,	factores	de	riesgo	muy	importantes	para	su	desarrollo.	En	este	sentido,	
según	la	Agenda	de	Investigación	de	la	NIOSH-USA,	los	tres	factores	que	de	forma	más	
relevante	contribuyen	a	la	carga	de	cáncer	son:	el	tabaco,	la	dieta	y	la	ocupación.
Aunque	la	etiología	del	cáncer	es	multifactorial	y	algunos	de	los	factores	implicados	
son	de	difícil	modificación,	los	cánceres	causados	por	el	trabajo	pueden	ser	prevenidos	
y	evitados	eliminando	las	exposiciones	a	sustancias	cancerígenas.	La	trascendencia	de	
esta	afirmación	radica	en	la	amplitud	de	población	laboral	expuesta.	La	Agencia	Europea	
para	la	Seguridad	y	la	Salud	en	el	Trabajo	estima	que	más	de	32	millones	de	personas	
están	expuestos	a	cancerígenos	en	la	Unión	Europea.	
La	falta	de	datos	empíricos	sobre	la	exposición	de	la	población	trabajadora	española	a	
los	diferentes	agentes	cancerígenos	en	las	diversas	ocupaciones	y	actividades	económicas	
impide	conocer	con	precisión	estos	datos.	Sin	embargo,	es	posible	tener	una	aproximación	a	
1
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales6
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
la	exposición	laboral	a	cancerígenos	utilizando	herramientas	como	el	Sistema	de	Informa-
ción	sobre	Exposición	a	Cancerígenos	(CAREX,	Carcinogen	Exposure	Database)	que	señala	
que	1	de	cada	5	trabajadores/as	del	continente	están	expuestos	a	carcinógenos	laborales	
(Takala,	2015).	
Se	trata	de	una	base	de	datos	internacional	a	partir	de	la	cual	se	ha	elaborado	una	
adaptación	a	la	realidad	española	(CAREX-ESP).	Los	principales	resultados	de	CA-
REX-ESP	son	que	en	España	en	el	año	2004	estarían	expuestos	a	agentes	cancerígenos	
unos	5	millones	de	trabajadores/as	(5.002.736),	que	en	ese	año	representaban	el	25,4%	
de	los/as	trabajadores/as	ocupados/as.
Existen	determinados	grupos	de	ocupación	en	los	que	los/as	trabajadores/as	du-
rante	el	desarrollo	de	su	actividad	profesional	pueden	estar	expuestos	a	cancerígenos	
laborales	(European	Agency	for	Safety	and	Health	at	Work	2014).	Es	decir,	procesos	
industriales	o	agentes	presentes	en	el	ambiente	de	trabajo	que,	en	determinadas	con-
diciones	de	tiempo	y	forma	de	exposición,	podrían	ser	capaces	de	provocar	la	aparición	
de	un	cáncer	en	las	personas	que	están	encontacto.	Los	agentes	carcinógenos	pueden	
ser	químicos	(como	el	benceno),	físicos	(como	las	radiaciones	ionizantes)	o	biológicos	
(como	el	virus	de	la	hepatitis	C).	No	existen	características	ni	clínicas	ni	histológicas	
diferenciables	de	los	cánceres	con	un	origen	profesional	respecto	de	los	cánceres	pro-
ducidos	por	exposición	a	otros	factores.	
En	el	cáncer	etiológicamente	relacionado	con	el	trabajo,	suele	resultar	difícil,	si	no	
imposible,	establecer	una	causa	específica	y	luego	relacionarla	con	una	exposición	o	
un	conjunto	de	exposiciones	asociadas	con	el	lugar	de	trabajo.	Esto	permite	denegar	
la	reclamación	sobre	la	base	de	la	pretensión	de	que	la	enfermedad	ha	sido	causada	
por	factores	no	relacionados	exclusivamente	con	el	trabajo.
La	naturaleza	de	los	procesos	productivos	hace	que,	durante	la	actividad	laboral,	
rara	vez	se	produzca	una	exposición	a	un	único	agente.	Este	hecho	dificulta	la	identifi-
cación	del	papel	etiológico	que	cada	posible	agente	tiene	en	la	aparición	de	un	cáncer	
y,	además,	a	lo	largo	de	la	vida	laboral,	una	misma	persona	puede	estar	expuesta	a	
diversos	contaminantes.	Solo	un	limitado	número	de	sustancias	son	clasificadas	como	
carcinógenos	confirmados	(European	Agency	for	Safety	and	Health	at	Work	2014).	De	
hecho,	para	la	mayoría	no	hay	evidencia	científica	definitiva.	Sin	embargo,	en	muchos	
casos	hay	evidencia	para	una	determinada	ocupación	o	actividad	económica	sin	que	se	
haya	llegado	a	determinar	qué	sustancia	particular	la	puede	originar.
Existe,	además,	una	creciente	conciencia	del	papel	fundamental	que	las	condiciones	
de	trabajo	desempeñan	como	determinantes	de	las	desigualdades	observadas	en	la	
incidencia	del	cáncer.	Numerosos	estudios	identifican	condiciones	laborales	que	favo-
recen	las	exposiciones	múltiples	a	carcinógenos	como	la	subcontratación	o	el	trabajo	
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 7
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
temporal	y	que	dificultan	la	adopción	de	medidas	efectivas	de	prevención	(Vogel,	2011).	
Para	poner	de	manifiesto	el	impacto	que	los	llamados	nuevos	modos	de	organización	
del	trabajo	tienen	en	este	ámbito,	se	ha	llegado	a	acuñar	el	concepto	“cánceres	social-
mente	discriminatorios”.	
Entre	los	grupos	que	podrían	padecer	dichos	cánceres	estarían	los	colectivos	in-
migrantes,	los/as	trabajadores/as	a	tiempo	parcial	y	los	que	trabajan	como	personal	
subcontratado,	las	mujeres	y	los/as	trabajadores/as	jóvenes,	por	lo	general	en	el	sector	
servicios,	donde	la	conciencia	de	los	riesgos	químicos	es	baja.	Existe,	pues,	una	cre-
ciente	necesidad	de	identificar	grupos	vulnerables	y	“ocultos”	cuya	exposición	laboral	
a	cancerígenos	está	subrepresentada	en	los	datos	de	exposición	y	en	las	estrategias	
de	intervención	(EU	OSHA,	2012).
Detectar	el	cáncer	como	enfermedad	profesional,	es	un	proceso	complejo,	puesto	que	
diagnosticar	una	enfermedad	profesional	conlleva	tener	presentes	diversos	factores,	
como	los	periodos	de	latencia	de	la	enfermedad	tan	prolongados	entre	la	exposición	
al	agente	carcinógeno	y	el	diagnóstico	de	la	enfermedad	que	puede	llegar	hasta	los	50	
años	en	el	caso	de	exposición	al	asbesto,	la	variabilidad	biológica	(no	todos	los/as	tra-
bajadores/as	expuestos	a	unas	mismas	condiciones	de	trabajo	desarrollan	un	cáncer),	
la	multicausalidad	de	sufrir	la	enfermedad,	la	inexistencia	de	características	clínicas	
e	histológicas	diferenciables	de	los	cánceres	con	un	origen	profesional	respecto	de	los	
cánceres	producidos	por	exposición	a	otros	factores,	etc.
Sin	embargo,	las	neoplasias	de	origen	ocupacional	tienen	como	características	pro-
pias	las	siguientes:
	 Resultan	de	la	exposición	laboral	a	un	carcinógeno	conocido.
	 Tienden	a	afectar	a	las	personas	a	una	edad	más	joven	que	la	misma	patología	
de	origen	no	laboral,	sobre	todo	si	la	exposición	inicial	al	carcinógeno	ocurre	al	
principio	de	su	vida	laboral.
	 Suelen	surgir	en	grupos	de	individuos	con	exposición	profesional	similar.
	 Son	más	propensas	a	desarrollarse	si	hay	exposiciones	concomitantes	a	otros	
carcinógenos	(ocupacional	o	no	ocupacional)	que	afectan	a	los	mismos	órganos	
diana,	p.ej.	el	riesgo	multiplicativo	de	cáncer	de	pulmón	si	hay	exposición	simul-
tánea	al	asbesto	y	al	tabaco.
Actualmente,	las	principales	organizaciones	que	evalúan	la	carcinogenicidad	de	sus-
tancias	y	mezclas	químicas,	procesos	y	condiciones	de	exposición,	fundamentan	su	
sistema	de	clasificación	en	la	solidez	de	la	evidencia	científica	existente,	en	función	
de	los	resultados	de	estudios	epidemiológicos,	de	resultados	procedentes	de	la	expe-
rimentación	con	animales	y	de	otros	datos	relevantes	como	son	los	mecanismos	de	
actuación	y	la	toxicocinética.	
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Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Para	el	estudio	e	interpretación	de	toda	esta	información,	a	fin	de	evaluar	la	carci-
nogenicidad,	se	han	formado	grupos	de	expertos	científicos	específicamente	para	la	
evaluación	de	carcinógenos	o	bien	grupos	científicos	que	evalúan	los	distintos	efectos	
tóxicos	de	las	sustancias	químicas	y,	entre	ellos,	la	carcinogenicidad.	
Estas	organizaciones	han	adoptado	un	sistema	de	clasificación	por	categorías	y	han	
definido	unos	criterios	para	incluir	las	sustancias	estudiadas	en	cada	categoría.	Estos	
criterios	pueden	variar	entre	las	distintas	organizaciones,	por	este	motivo	es	importante	
conocer	en	base	a	qué	información	se	han	clasificado	las	sustancias	en	las	distintas	
categorías.
Así,	por	ejemplo,	la	Agencia	Internacional	de	Investigación	sobre	el	Cáncer	(IARC),	
tiene	clasificados	los	agentes	según	el	grado	de	evidencia	científica	existente	sobre	
su	carcinogenicidad	para	la	especie	humana.	Esta	institución	estableció	una	serie	de	
criterios	para	evaluar	las	pruebas	de	carcinogénesis	de	agentes	físicos,	químicos	y	
biológicos	y	para	exposiciones	laborales	y	medioambientales	(Boffetta	2001).	
Los	grupos	de	clasificación	son	los	siguientes:	Grupo	1	(cancerígeno	para	los	huma-
nos);	Grupo	2A	(probablemente	cancerígeno	para	los	humanos);	Grupo	2B	(posiblemente	
cancerígeno	para	los	humanos);	Grupo	3	(no	clasificable	en	cuanto	a	su	carcinogenicidad	
para	los	humanos);	y	Grupo	4	(probablemente	no	es	cancerígeno	para	los	humanos).
La	IARC	ha	identificado	más	de	500	agentes	que	son	carcinógenos	humanos	(grupo	1,	
121),	probables	carcinógenos	humanos	(grupo	2A,	88),	o	posibles	carcinógenos	humanos	
(grupo	2B,	313)	(Nueva	versión	de	las	listas	de	clasificaciones	de	IARC,	diciembre	2020),	
muchos	de	los	cuales	son	agentes	químicos	o	mezclas	de	agentes	químicos	(como	el	
amianto,	los	componentes	del	humo	de	tabaco,	las	aflatoxinas	(contaminantes	de	los	
alimentos)	o	el	arsénico,	contaminante	del	agua	de	bebida),	pero	también	incluyen	
procesos	industriales,	las	radiaciones	ultravioleta	e	ionizantes	y	determinados	virus,	
bacterias	o	parásitos.	Además,	se	tiende	a	atribuir	cada	vez	más	un	origen	ambiental	
para	una	buena	parte	de	los	cánceres	humanos.	El	espacio	laboral	ha	desempeñado	
históricamente	el	papel	de	“centinela”	de	los	efectos	lesivos	de	estas	sustancias.	El	la-
boral	es	tradicionalmente	el	primer	entorno	en	el	que	se	registran	las	exposiciones,	que	
suelen	ser	de	mayor	magnitud	que	las	ambientales	que	afectan	a	la	población	general.
En	España,	el	Real	Decreto	665/1997	(y	sus	modificaciones	posteriores),	sobre	la	pro-
tección	de	los	trabajadores	contra	los	riesgos	relacionados	con	la	exposición	a	agentes	
cancerígenos	o	mutágenos	durante	el	trabajo,	constituye	la	legislación	básica	a	consi-
derar	respecto	a	la	exposición	laboral	a	este	tipo	de	agentes.	Esta	normativa	conside-
ra,	como	objeto	de	sus	disposiciones,	las	sustancias	o	preparados	que	han	sido	o	que	
deberían	ser	clasificados	como	cancerígenos	de	categoría	1A	o	1B	de	acuerdo	con	los	
criterios	que	contempla	la	normativa	relativa	a	la	clasificación,	etiquetado	y	envasado	
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 9
Estudio de casos de sospecha de cáncerprofesional (2011-2019)
de	sustancias	(Reglamento	1272/2008).	Se	clasifican	en	categoría	1A	si	se	sabe	que	
esa	sustancia	es	un	carcinógeno	para	la	persona,	en	base	a	la	existencia	de	pruebas	
en	humanos,	o	1B	cuando	se	supone	que	es	un	carcinógeno	para	la	persona,	en	base	
a	la	existencia	de	pruebas	en	animales.	Las	sustancias	químicas	catalogadas	como	
cancerígenos	en	la	legislación	vigente	deben	mostrar	en	las	etiquetas	del	envase	las	
frases	“Puede	causar	cáncer”	(H350)	o	“Puede	causar	cáncer	por	inhalación”	(H350i).
En	el	documento	“Límites	de	exposición	profesional	para	agentes	químicos”,	publicado	
anualmente	por	el	INSST,	se	asigna	también	un	valor	límite	de	exposición	a	algunas	
sustancias	cancerígenas,	mutágenas	o	tóxicas	para	la	reproducción.	Sin	embargo,	hay	
que	recordar	que	los	conocimientos	científicos	actuales	no	permiten	identificar	niveles	
de	exposición	por	debajo	de	los	cuales	no	exista	riesgo	de	que	los	agentes	mutágenos	
y	la	mayoría	de	cancerígenos	produzcan	sus	efectos	característicos	sobre	la	salud.	Por	
esta	razón,	los	límites	de	exposición	adoptados	para	algunas	de	estas	sustancias	no	
deben	ser	considerados	como	una	garantía	para	la	protección	de	la	salud,	sino	como	
unas	referencias	máximas	para	la	adopción	de	las	medidas	de	protección	necesarias	
y	el	control	del	ambiente	de	los	puestos	de	trabajo.	Así,	mantener	la	exposición	por	
debajo	de	un	valor	máximo	determinado	no	permitirá	evitar	completamente	el	riesgo,	
aunque	sí	podrá	limitarlo.
Por	otro	lado,	existen	diversas	bases	de	datos	informativas	sobre	carcinógenos.	Entre	
ellas	se	encuentra	INFOCARQUIM,	disponible	en	http://infocarquim.insht.es/Forms/
About.aspx).	Se	trata	de	una	herramienta	informativa	acerca	de	la	clasificación	de	peli-
grosidad	de	los	agentes	cancerígenos,	los	usos	y	aplicaciones	de	dichos	agentes,	posi-
bles	alternativas	a	cada	agente	en	relación	a	su	uso	concreto,	los	tumores	relacionados	
con	cada	agente	y	su	distinto	grado	de	certeza	según	el	conocimiento	científico	actual,	
y	los	datos	cuantitativos	de	producción	y	comercialización	que	puedan	recabarse.	
También	RISCTOX,	http://risctox.istas.net/	es	una	base	de	datos	sobre	sustancias	peli-
grosas.	Esta	base	de	datos	ofrece	información	sobre	los	riesgos	para	la	salud	y	el	medio	
ambiente	de	las	sustancias	químicas	que	pueden	estar	presentes	en	los	productos	que	
se	manejan	o	generan	en	las	empresas.
En	nuestro	país,	la	consideración	de	un	“cáncer	como	enfermedad	profesional”	se	
basa	en	la	definición	expresada	en	el	art.	157	del	Real	Decreto	Legislativo	8/2015,	de	30	
de	octubre,	por	el	que	se	aprueba	el	texto	refundido	de	la	Ley	General	de	la	Seguridad	
Social,	como	concepto	de	enfermedad	profesional:	“Se	entenderá	por	enfermedad	pro-
fesional	la	contraída	a	consecuencia	del	trabajo	en	las	actividades	que	se	especifiquen	
en	el	cuadro	que	se	apruebe	y	que	esté	provocada	por	la	acción	de	los	elementos	o	
sustancias	que	en	dicho	cuadro	se	indiquen	para	cada	enfermedad	profesional”.	
http://infocarquim.insht.es/Forms/About.aspx
http://infocarquim.insht.es/Forms/About.aspx
http://risctox.istas.net/
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales10
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
El	Real	Decreto	1299/2006	de	10	de	noviembre,	por	el	que	se	aprueba	el	cuadro	de	
enfermedades	profesionales	en	el	sistema	de	la	Seguridad	Social	y	se	establecen	cri-
terios	para	su	notificación	y	registro,	recoge	en	el	Grupo	6	(Anexo	I)	las	enfermedades	
profesionales	causadas	por	agentes	carcinógenos	en	función	de	los	agentes/subagentes	
que	provocan	la	enfermedad,	y	una	relación	de	las	principales	actividades	capaces	de	
producirla.	
A	raíz	de	las	posteriores	modificaciones,	el	Real	Decreto	1150/2015	suprime	de	la	lista	
complementaria	(Anexo	2)	el	cáncer	de	laringe	producido	por	la	inhalación	de	polvo	de	
amianto,	y	pasa	a	incluirse	en	el	Anexo	1	y	el	Real	Decreto	257/2018,	que	procede	a	
modificar	el	Anexo	1,	incluyendo	como	enfermedad	profesional	el	cáncer	de	pulmón	en	
trabajos	expuestos	a	la	inhalación	de	polvo	de	sílice	libre.
En	España,	como	en	otros	muchos	países,	existen	varios	cánceres	profesionales	clasi-
ficados	como	enfermedades	profesionales.	Teniendo	en	cuenta	nuestra	normativa	espe-
cífica	y	en	concreto	el	cuadro	de	enfermedades	profesionales,	no	todos	los	cánceres	con	
evidencia	científica	de	relación	con	la	exposición	laboral	se	encuentran	incluidos	dentro	
del	listado	y	pueden	ser	considerados	como	enfermedad	profesional.	Estas	diferencias	
pueden	generar	contradicciones	entre	lo	que	se	conoce	sobre	la	causalidad	de	los	cán-
ceres	por	exposiciones	en	el	trabajo	y	la	imputabilidad	a	este	a	efectos	médico-legales.
Este	grupo	de	enfermedades	profesionales	(Grupo	6)	es	propio	del	listado	español	y	
no	se	encuentra	recogido	en	la	lista	europea	de	enfermedades	profesionales	estable-
cida	en	la	Recomendación	2003/670/CE	de	la	Comisión	Europea,	de	19	de	septiembre	
de	2003,	y	tiene	su	antecedente	en	las	enfermedades	profesionales	clasificadas	como	
enfermedades	sistémicas	en	el	Real	Decreto	1995/1978.
Por	otra	parte,	aunque	no	esté	expresamente	recogido	en	tal	listado,	si	se	demuestra	
la	relación	causa-efecto	entre	una	noxa	patógena	a	la	que	el	individuo	haya	estado	ex-
puesto	en	su	puesto	de	trabajo	y	el	desarrollo	de	un	tumor	maligno,	cabe	la	posibilidad	
de	que	tal	patología	neoplásica	se	considere	como	accidente	laboral,	de	acuerdo	con	la	
redacción	del	artículo	156	e)	del	Real	Decreto	Legislativo	8/2015,	de	30	de	octubre,	por	
el	que	se	aprueba	el	texto	refundido	de	la	Ley	General	de	la	Seguridad	Social.
La	notificación	de	determinados	casos	de	enfermedad	profesional	es	muy	escasa	o	
prácticamente	nula,	en	particular,	en	el	caso	de	las	enfermedades	complejas	y	crónicas,	
como	las	respiratorias,	el	cáncer	y	las	producidas	por	agentes	químicos	en	general.	
Es	necesario	profundizar	en	la	calidad	de	las	evaluaciones	de	riesgo	de	los	puestos	de	
trabajo,	en	la	orientación	sobre	la	especificidad	de	la	vigilancia	de	la	salud	de	los/as	
trabajadores/as,	en	la	investigación,	y	en	la	implicación	del	sistema	de	prevención	en	
su	conjunto,	en	la	detección	de	estas	enfermedades.
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 11
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Año Total EEPP declaradas
Grupo 6 declaradas
Total Mujeres Hombres %
2011 547 3 0 3 0,54
2012 303 4 0 4 1,32
2013 395 6 1 5 1,52
2014 349 10 5 5 2.87
2015 437 0 0 0 0,00
2016 469 1 0 1 2,20
2017 462 8 0 8 7,70
2018 529 5 0 5 0,94
2019 632 6 0 6 0,92
La	falta	de	datos	oficiales	sobre	el	cáncer	de	origen	profesional	obliga	a	recurrir	a	
estimaciones,	según	las	cuales	aproximadamente	un	5%	de	los	casos	de	cáncer	se	
deberían	a	factores	laborales.	Las	estimaciones	generalmente	más	aceptadas	de	los	
cánceres	de	origen	profesional,	son	las	que	figuran	en	una	detallada	revisión	de	las	
causas	de	cáncer	en	la	población	de	Estados	Unidos	en	1980,	de	los	investigadores	Doll	
y	Peto	que	llegaron	a	la	conclusión	de	que	alrededor	del	4	por	ciento	de	los	cánceres,	
pueden	atribuirse	a	exposiciones	profesionales,	así	la	exposición	profesional	puede	ser	
responsable	del	13	al	18	por	ciento	de	los	cánceres	de	pulmón,	del	2	al	10	por	ciento	de	
los	cánceres	de	vejiga,	y	del	2	al	8	por	ciento	de	los	cánceres	de	laringe.
El	infradiagnóstico	y	la	subdeclaración	de	las	enfermedades	profesionales	ha	sido	
un	problema	constante	en	nuestro	entorno,	de	hecho,	la	declaración	de	los	cánceres	
de	origen	laboral	podría	ser	calificada	en	nuestro	país	de	anecdótica.	Centrándonos	en	
nuestra	comunidad	autónoma,	durante	el	periodo	de	tiempo	que	abarca	nuestro	estudio	
(desde	el	año	2011	al	2019	inclusive),	se	han	comunicado	las	siguientes	enfermedades	
profesionales	por	agentes	cancerígenos:
Tabla	nº	1	
Fuente:	Observatorio	de	Condiciones	de	Trabajo	del	Principado	de	Asturias	–OCTPA	del	IAPRL
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales12
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Año
Total empresasque han superado 
el límite establecido en el Grupo 
6 de enfermedades profesionales
Comunidad donde más empresas 
han superado el límite
2010 13 País	Vasco
2011 18 Cataluña
2012 14 Andalucía,	P.	Asturias	y	País	Vasco
2013 27 Andalucía
2014 19 País	Vasco
2015 7 Aragón
2016 20 País	Vasco
2017 18 Andalucía	y	P.	Asturias
2018 11 P.	Asturias
Por	otro	lado,	desde	el	Observatorio	de	Enfermedades	Profesionales	(CEPROSS)	y	de	
enfermedades	causadas	o	agravadas	por	el	trabajo	(PANOTRATSS),	mediante	el	sistema	
ALERTA,	se	establecen	para	las	empresas	unos	límites	de	trabajadores/as	afectados/
as	por	cada	grupo	de	enfermedad	profesional,	a	partir	de	los	cuales	se	considera	que	
la	empresa	rebasa	el	límite	de	siniestralidad	con	el	fin	de	que	se	adopten	las	medidas	
preventivas	necesarias.
Para	el	caso	del	Grupo	6,	las	EP	causadas	por	agentes	cancerígenos,	estos	límites	se	
aplican	a	todas	las	empresas	sea	cual	sea	el	volumen	de	su	plantilla	en	las	que	algún/a	
trabajador/a	ha	desarrollado	una	enfermedad	profesional	con	baja	laboral	clasificada	
en	el	Grupo	6.	Los	límites	establecidos	tienen	intolerancia	total,	de	manera	que	en	el	
momento	que	se	detecta	un	solo	parte	el	sistema	avisa.
Entre	las	Comunidades	Autónomas	que	más	superan	los	límites	cada	año,	se	en-
cuentra	el	Principado	de	Asturias,	que	en	el	periodo	2011-2019,	ha	superado	el	límite	
de	trabajadores/as	afectados	por	una	enfermedad	del	Grupo	6	en	los	años	2012,	2017	
y	2018.	
Tabla	nº	2	
(*)	Respecto	al	año	2019,	sólo	disponemos	de	datos	correspondientes	al	primer	semestre	del	año
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 13
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
La	calificación	de	una	enfermedad	como	EP	adquiere	especial	relevancia	tanto	a	nivel	
individual	como	colectivo,	porque	el	reconocimiento	de	ese	estatus	legal,	tiene	entre	
otros,	efectos	compensatorios	para	el/la	trabajador/a,	de	responsabilidades	para	el	
empresario,	de	puesta	en	marcha	de	medidas	preventivas	y	conlleva	la	inclusión	del	
caso	en	el	registro	oficial	correspondiente.
Si	estos	casos	no	constan	en	las	estadísticas	oficiales	de	los	daños	derivados	del	tra-
bajo,	es	difícil	incluirlos	en	los	planes	y	programas	de	prevención	de	riesgos	laborales;	
por	tanto,	el	conocimiento	del	impacto	de	la	enfermedad	es	el	primer	paso	para	el	
planteamiento	e	implementación	de	planes	y	programas	que	contribuyan	al	descenso	
de	la	incidencia	de	estas	enfermedades.
Entre	esas	actuaciones	está	el	conocer	la	carga	de	atención	sanitaria	por	cáncer	atri-
buible	al	trabajo	en	España	y	el	coste	que	la	asistencia	directa	a	estos	cánceres	tiene	
para	el	Sistema	Nacional	de	Salud.	
En	el	año	2015	se	habrían	producido	16.671	ingresos	hospitalarios	y	10.114	consultas	
ambulatorias	de	atención	especializada	por	cáncer	de	origen	laboral,	en	personas	de	
25	o	más	años,	en	el	Sistema	Nacional	de	Salud	en	España.	En	el	mismo	año	se	reco-
nocieron	23	casos	de	cáncer	como	profesionales	por	el	sistema	de	Seguridad	Social.	
Estos	números	contrastan	de	forma	extraordinaria	incluso	con	las	estimaciones	más	
conservadoras	de	cáncer	atribuido	a	exposiciones	laborales.	Ello	dificulta	enormemen-
te	la	prevención	del	cáncer	laboral	en	nuestro	país,	dado	que	uno	de	los	elementos	
esenciales	para	la	prevención	es	la	propia	identificación	como	enfermedad	derivada	
del	trabajo.	
Otra	de	las	consecuencias	de	la	falta	de	reconocimiento	del	cáncer	profesional	es	
que,	al	estar	considerada	como	enfermedad	común,	está	siendo	atendida	en	cualquie-
ra	de	los	dispositivos	sanitarios	españoles	provocando	la	transferencia	de	los	costes	
económicos	ocasionados	por	la	enfermedad	desde	las	empresas	responsables	de	las	
exposiciones	laborales	a	la	ciudadanía	general	y	a	nuestros	Servicios	de	Salud.	Los	
gastos	generados	por	este	tipo	de	enfermedades	requieren,	por	tanto,	una	adecuada	
gestión,	muy	relevante	para	la	sostenibilidad	del	Sistema	Público	de	Salud.	Dado	el	
elevado	grado	de	infrarreconocimiento	de	los	cánceres	laborales	en	el	sistema	de	Se-
guridad	Social,	es	necesario	investigar	para	estimar	la	verdadera	carga	de	enfermedad	
profesional	y	mostrar	la	relación	entre	ocupaciones	y	exposiciones,	que	va	más	allá	de	
las	cifras	aportadas	por	las	estadísticas	oficiales.
La	Estrategia	Española	de	Seguridad	y	Salud	en	el	Trabajo	2015-2020	(INSHT	2015),	
que	constituye	un	marco	de	referencia	de	las	políticas	públicas	en	materia	de	seguridad	
y	salud	en	el	trabajo,	dedica	un	objetivo	a	las	enfermedades	profesionales	(objetivo	3B),	
y	establece	que:
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales14
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
“La prevención de las enfermedades profesionales es uno de los ámbitos sobre los que 
se debe trabajar de manera más intensa, especialmente en los sectores y actividades con 
mayores índices de incidencia. Para ello resulta imprescindible promover el estudio y la 
investigación de las enfermedades profesionales y enfermedades relacionadas con el tra-
bajo, identificando mejor los agentes causantes, sus efectos y las medidas de prevención”.
Conforme	al	Acuerdo	de	propuestas	para	la	negociación	tripartita	para	fortalecer	el	
crecimiento	económico	y	el	empleo,	de	fecha	29	de	julio	de	2014,	es	necesario	garan-
tizar	un	adecuado	registro	de	las	enfermedades	profesionales	para	evitar	una	menor	
protección	social	y	un	desplazamiento	del	gasto	hacia	el	Sistema	Nacional	de	Salud.	
Para	ello,	en	colaboración	con	las	Comunidades	Autónomas,	se	instrumentarán	los	
procedimientos	y	la	formación	adecuados	a	los	profesionales	sanitarios,	para	una	apro-
piada	clasificación	de	las	mismas.
La	mejora	del	intercambio	de	información	y	de	la	coordinación	entre	los	profesionales	
de	la	salud,	tanto	del	sistema	público	sanitario	como	de	los	servicios	de	prevención,	
ha	de	servir	para	favorecer	la	detección	precoz	de	las	patologías	profesionales	y,	en	
consecuencia,	actuar	de	manera	más	rápida	y	eficiente”.
En	las	líneas	de	actuación	de	la	citada	Estrategia	respecto	a	las	enfermedades	pro-
fesionales	(EEPP),	se	incluyeron	las	siguientes:
“Mejorar y promover el estudio y la investigación de enfermedades profesionales, así 
como la detección y comunicación de las mismas, con el objeto de anteponer la prevención 
frente a la rehabilitación”.
	 Profundizar	en	el	estudio	de	enfermedades	profesionales	que	se	consideren	prio-
ritarias,	identificando	sus	causas	y	medidas	de	prevención.
	 Armonizar,	de	común	acuerdo	con	las	Comunidades	Autónomas,	el	procedimiento	
que	desarrolle	el	artículo	5	del	Real	Decreto	1299/2006,	de	10	de	noviembre,	por	el	
que	se	aprueba	el	cuadro	de	enfermedades	profesionales	de	la	Seguridad	Social	
y	se	establecen	criterios	para	su	notificación	y	registro,	relativo	a	la	comunicación	
de	enfermedades	que	podrían	ser	calificadas	como	profesionales	por	parte	de	los	
facultativos	del	Sistema	Nacional	de	Salud	y	de	los	Servicios	de	Prevención.	Sen-
sibilizar	e	informar	a	los	actores	implicados	para	la	implantación	eficaz	de	dicho	
procedimiento.
	 Definir	criterios	de	aplicación	del	Real	Decreto	1299/2006	con	los	facultativos	del	
Instituto	Nacional	de	la	Seguridad	Social	y	con	los	de	las	entidades	colaboradoras.
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 15
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
	 Mejorar	el	intercambio	de	información	y	el	conocimiento	sobre	los	daños	para	la	
salud	derivados	del	trabajo	entre	las	instituciones	competentes	(CEPROSS,	PA-
NOTRATSS,	IT	e	IP,	etc.),	en	aras	de	mejorar	la	prevención	de	las	mismas.
	 Mejorar	las	fuentes	de	información	para	permitir	una	adecuada	identificación	de	
colectivos,	actividades	y	empresas	expuestas	a	cancerígenos	químicos	incluidos	
en	los	Anexos	I	y	II	del	Real	Decreto	1299/2006.	
La	Comisión	Europea	ha	establecido	como	prioridad	en	el	ámbito	de	la	salud	y	seguri-
dad	en	el	trabajo	la	lucha	contra	el	cáncer	(Comisión	Europea	2017).	En	este	ámbito,	la	
citada	Estrategia	Española,	incluye	entre	sus	objetivos:	i)diseñar	e	implementar	políti-
cas	centradas	en	la	prevención	de	aquellos	riesgos	que	afecten	a	las	actividades	priori-
tarias	detectadas	previo	análisis	sistemático	y	periódico	de	las	fuentes	de	información;	
ii)	mejorar	el	conocimiento,	la	información	y	detección	del	cáncer	de	origen	Laboral;	
y	iii)	mejorar	las	fuentes	de	información	para	permitir	una	adecuada	identificación	de	
colectivos,	actividades	y	empresas	expuestas	a	cancerígenos	químicos	incluidos	en	el	
Real	Decreto	1299/2006	(mencionado	anteriormente).
Por	otra	parte,	el	Plan	de	Salud,	Seguridad	y	Medio	Ambiente	Laboral	2016-2020	
del	Principado	de	Asturias	(Plan	SASEMAL),	elaborado	por	el	IAPRL	para	definir	las	
políticas	activas	en	materia	de	seguridad	y	salud	laboral,	estará	vigente	hasta	el	fin	de	
2020	(*)	para	adaptarlo,	por	un	lado,	al	marco	Estratégico	de	la	UE	en	materia	de	salud	
y	seguridad	en	el	trabajo	elaborado	por	la	Comisión	Europea	para	el	periodo	2014-2020	
y,	por	otro,	a	la	Estrategia	Española	de	Seguridad	y	Salud	en	el	Trabajo	2015-2020.
En	este	contexto,	desde	el	IAPRL,	se	ha	venido	desarrollando	por	parte	del	Área	de	
Medicina	del	Trabajo,	perteneciente	al	Servicio	de	Salud	Laboral,	y	dentro	de	las	líneas	
generales	del	citado	Plan,	llamadas	a	mantenerse	de	forma	continua	e	indefinida	entre	
las	actividades	propias	del	Instituto,	el	estudio	de	las	sospechas	de	cáncer	que	podría	
ser	calificado	como	profesional	en	el	Sistema	de	la	Seguridad	Social	(Equipo	de	Valo-
ración	de	Sospecha	de	Cáncer	Profesional,	EVASCAP).
(*) (La irrupción de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19 ha comportado la prórroga del Plan SASEMAL hasta 
finales de 2021).
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 17
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
2
EVASCAP (Equipo de Valoración de Sospecha del Cáncer 
Profesional en Asturias)
En	la	introducción	del	Real	Decreto	1299/2006,	de	10	de	noviembre,	por	el	que	se	
aprueba	el	cuadro	de	enfermedades	profesionales	en	el	sistema	de	la	Seguridad	Social	y	
se	establecen	criterios	para	su	notificación	y	registro,	se	indican	las	deficiencias	de	pro-
tección	a	los	trabajadores	afectados	por	las	contingencias	profesionales,	consecuencia,	
entre	otros	factores,	de	la	carencia	en	la	notificación	de	enfermedades	profesionales	y	
la	necesidad	de	la	regulación	de	la	configuración	de	un	sistema	eficaz	de	notificación	
y	registro.
La	propia	norma,	tomando	en	consideración	que	muchas	enfermedades	que	podrían	
ser	calificadas	como	profesionales	son	atendidas	en	el	Servicio	Público	de	Salud	como	
enfermedades	comunes,	mediante	su	artículo	5	abre	el	camino	para	la	comunicación	
de	enfermedades	profesionales	por	parte	de	los	médicos	del	Sistema	Público	de	Salud.
Con	este	escenario	de	subdeclaración	de	cáncer	laboral,	en	el	que	por	una	parte	existe	
la	obligación	legal	del	médico	de	comunicar	las	sospechas	de	enfermedad	profesional	
y	por	otra	existe	la	necesidad	de	aumentar	el	conocimiento	sobre	las	causas	del	cáncer	
de	origen	ocupacional,	las	administraciones	competentes	en	Asturias	decidieron	sentar	
las	bases	de	un	sistema	de	reconocimiento	de	casos	de	cáncer	profesional,	poniendo	en	
marcha	el	Programa	de	Detección	y	Comunicación	de	Cáncer	Profesional	en	Asturias.
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales18
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
*	Consejería	competente	en	matería	sanitaria	(actualmente	Consejería	de	Salud).
De	este	modo,	las	autoridades	sanitarias	y	laborales	de	Asturias,	así	como	el	Servicio	
de	Salud	del	Principado	de	Asturias	(SESPA),	consideraron	necesaria	la	creación	de	un	
equipo	de	valoración	de	sospecha	de	cáncer	profesional,	que	articule	la	declaración	y	
tramitación,	cuando	proceda,	de	los	casos	susceptibles	de	cambio	de	contingencia	de	
enfermedad	común	a	profesional	al	INSS,	y	que	además	asesore	a	los	profesionales	
asistenciales	del	sistema	sanitario	en	la	detección	de	los	mismos.
Tanto	la	constitución	como	las	funciones	del	mismo	se	regulan	en	la	Resolución del 14 
de junio de 2011	por	la	que	se	crea	y	regula	el	funcionamiento	del	Equipo	de	Valoración	
de	Sospecha	de	Cáncer	Profesional	del	Principado	de	Asturias.
Se	crea	el	Equipo	de	Valoración	de	Sospecha	de	Cáncer	Profesional	del	Principado	de	
Asturias,	en	adelante	EVASCAP,	cuya	finalidad	es	recibir	y	valorar	las	declaraciones	de	
sospecha	de	cáncer	profesional	por	parte	de	los	facultativos	médicos	del	Servicio	de	
Salud	del	Principado	de	Asturias	y	de	los	servicios	de	prevención	de	riesgos	laborales,	
para	su	posterior	comunicación	al	Instituto	Nacional	de	la	Seguridad	Social	(INSS)	a	
efectos	de	valoración	de	la	contingencia	profesional.
2.1 Fuentes de información y recogida de datos
A	partir	de	los	médicos	de	atención	primaria	se	captan	los	casos	de	cáncer	con	sos-
pecha	de	enfermedad	profesional	de	dos	formas	diferentes:
La	primera,	mediante	la	sospecha	directa	por	parte	del	propio	médico,	sin	que	nece-
sariamente	el	paciente	esté	en	situación	laboral	activa,	es	decir,	independientemente	de	
que	esté	de	baja	laboral	y	sin	que	medie	ninguna	herramienta	de	ayuda	para	relacionar	
la	enfermedad	con	la	ocupación.
La	segunda,	a	partir	de	las	bajas	laborales	emitidas	por	los	médicos	de	atención	pri-
maria,	los	posibles	casos	son	detectados	por	el	Servicio	de	Inspección	de	Prestaciones,	
Centros	y	Servicios	Sanitarios	de	la	Consejería	de	Sanidad*	a	través	de	sus	inspeccio-
nes	de	área	mediante	un	sistema	de	alerta	en	la	aplicación	informática	SaGITario,	que	
sirve	para	gestionar	los	procesos	de	incapacidad	temporal	(IT)	por	enfermedad	común	
y	accidente	no	laboral.
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 19
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
2.2 Constitución del Equipo EVASCAP
El	EVASCAP	está	constituido	por	un	equipo	multidisciplinar	de	profesionales	que	de-
ben	representar	a	los	organismos	y	unidades	de	la	administración	pública	competentes	
en	materia	de	salud	y	de	prevención	de	riesgos	laborales;	estará	constituido	por	los	
siguientes	miembros:
	 Dos	profesionales	competentes	en	epidemiología	laboral	designados	por	la	Con-
sejería	competente	en	materia	de	salud.
	 Dos	Inspectores	de	Prestaciones	y	Servicios	Sanitarios	designados	por	la	Conse-
jería	competente	en	materia	de	salud.
	 Dos	profesionales	de	los	servicios	de	salud,	en	representación	de	atención	prima-
ria	y	atención	especializada,	designados	por	el	Servicio	de	Salud	del	Principado	
de	Asturias.
	 Dos	profesionales	del	Servicio	de	Salud	Laboral	designados	por	el	Instituto	Astu-
riano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales.
2.3 Funciones generales del Equipo de Valoración
	 Estudiar	y	catalogar	las	sospechas	de	cáncer	profesional.	Posteriormente	se	co-
municarán	únicamente	al	Instituto	Nacional	de	la	Seguridad	Social	cuando	así	lo	
considere	la	mitad	más	uno	de	los	miembros	del	equipo	de	valoración.
	 Mejorar	el	sistema	de	vigilancia	epidemiológica	de	enfermedades	relacionadas	con	
el	trabajo	en	Asturias	mediante	el	registro	de	todas	las	comunicaciones	recibidas.
	 Aumentar	el	conocimiento	y	la	investigación	sobre	la	relación	entre	exposiciones	
laborales	y	desarrollo	de	cáncer	en	Asturias,	mediante	la	difusión	de	la	informa-
ción	generada	a	las	partes	interesadas	y	a	toda	la	sociedad.
2.4 Objetivos generales del Programa de Detección y Comunicación de Cáncer 
Profesional en Asturias
	 Facilitar	la	comunicación	de	sospecha	de	cáncer	profesional	según	lo	establecido	
en	el	Real	Decreto	1299/2006.
	 Ayudar	al	reconocimiento	de	cánceres	profesionales	por	parte	del	sistema	de	
Seguridad	Social.
	 Mejorar	el	sistema	de	vigilancia	epidemiológica	de	enfermedades	relacionadas	
con	el	trabajo	en	Asturias.
	 Aumentar	el	conocimiento	y	avanzar	en	la	investigación	sobre	la	relación	entre	
exposiciones	laborales	y	desarrollo	del	cáncer	en	Asturias.
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales20
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
2.5 Objetivos específicos delPrograma de Detección y Comunicación de Cáncer 
Profesional en Asturias
	 Implantar	un	sistema	de	alerta	en	la	aplicación	SagITario	para	detectar	los	casos	
en	situación	de	Incapacidad	Temporal	(IT)	con	diagnóstico	de	cáncer	incluido	en	
el	cuadro	de	enfermedades	profesionales.
	 Informar	a	los	médicos	de	atención	primaria	de	que	deben	comunicar	las	sospe-
chas	de	enfermedad	profesional.
	 Conseguir	que	los	médicos	de	atención	primaria	que	han	prescrito	una	baja	laboral	
por	un	cáncer	incluido	en	el	cuadro	de	enfermedades	profesionales	obtengan	la	
historia	laboral	del	paciente	y	la	envíen	a	la	Consejería	de	Sanidad.	
	 Analizar	la	posible	relación	laboral	de	todos	los	casos	comunicados	por	los	mé-
dicos	de	atención	primaria	y	clasificarlos	en	tres	categorías	posibles:	No	existe	
relación	laboral	(EC);	Enfermedad	relacionada	con	el	trabajo	(ERT);	Enfermedad	
profesional	(EP).
	 Realizar	una	investigación	detallada	de	la	relación	laboral	por	parte	del	Instituto	
Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales	cuando	sea	necesario.	Aquellos	
casos	en	los	que	existía	duda	sobre	su	vinculación	con	la	actividad	laboral,	se	
envían	al	Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales	(IAPRL)	para	su	
estudio	en	profundidad.	Una	vez	que	este	organismo	envía	sus	conclusiones,	se	
valoran	de	nuevo	para	determinar	definitivamente	la	vinculación	o	no	del	caso	con	
el	trabajo	del	paciente	y	su	derivación	al	INSS	si	procede.
	 Remitir	al	Instituto	Nacional	de	la	Seguridad	Social	(INSS)	los	casos	que	cumplan	
criterios	de	EP.	
	 Registrar	toda	la	información	generada	en	una	base	de	datos.
	 Analizar	los	datos	según:	A)	participación	de	los	médicos	de	atención	primaria;	B)	
características	de	los	casos	comunicados:	localización	tumoral,	sexo,	edad,	ocu-
pación;	C)	casos	investigados	por	el	Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	
Laborales;	D)	resoluciones	del	INSS	y	cambios	de	contingencia.
	 Actualizar	los	resultados	del	programa	cada	seis	meses	y	hacer	público	el	informe.
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 21
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
2.6 Registro de las sospechas de cáncer profesional
Los	integrantes	del	equipo	de	valoración	deberán	estudiar	y	catalogar	las	sospechas	
de	cáncer	profesional	en	tres	categorías	posibles:
	 Sospecha	de	enfermedad	profesional.
	 Sospecha	de	enfermedad	relacionada	con	el	trabajo.
	 No	existe	evidencia	de	relación	laboral.
Todas	las	sospechas	de	cáncer	profesional	recibidas	por	el	EVASCAP,	con	indepen-
dencia	de	la	valoración	inicial	por	el	grupo	y	de	la	decisión	final	que	adopte	el	INSS,	
serán	registradas	para	mejorar	el	sistema	de	vigilancia	epidemiológica	de	enfermeda-
des	relacionadas	con	el	trabajo	y	aumentar	el	conocimiento	y	la	investigación	sobre	la	
relación	entre	exposiciones	laborales	y	cáncer	en	Asturias.
Por	resolución	del	titular	de	la	Consejería	competente	en	materia	de	salud,	se	creará	
un	fichero	automatizado	de	datos	de	carácter	personal	con	arreglo	a	lo	establecido	en	la	
Ley	Orgánica	15/1999,	de	13	de	diciembre,	de	Protección	de	Datos	de	Carácter	Personal.
Toda	la	información	obtenida	por	el	EVASCAP,	con	independencia	de	su	clasificación	
como	enfermedad	profesional,	es	registrada	en	una	base	de	datos	denominada	can-
cERT,	cuya	finalidad	es	la	gestión	y	control	de	las	sospechas	de	cáncer	profesional	
diagnosticadas	en	Asturias,	así	como	mejorar	el	sistema	de	vigilancia	epidemiológica	
de	las	enfermedades	relacionadas	con	el	trabajo,	aumentar	el	conocimiento	y	avanzar	
en	la	investigación	de	la	relación	entre	exposiciones	laborales	y	desarrollo	de	cáncer	
mediante	la	difusión	de	la	información	generada.
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales22
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
2.7 Participación y coordinación de los diferentes agentes implicados
El	programa	de	detección	y	comunicación	de	cáncer	profesional	en	Asturias	supone	la	
participación	de	diferentes	profesionales	y	sectores	implicados	en	la	atención	sanitaria,	
la	prevención	de	riesgos	laborales	y	el	aseguramiento	de	contingencias	profesionales:
	 Servicio Público de Salud del Principado de Asturias (SESPA),	aportando	dos	per-
sonas	al	EVASCAP	y	los	Equipos de atención primaria, médicos y enfermeras,	reco-
giendo	la	historia	laboral	del	paciente	y	comunicando	el	caso	a	la	Consejería	de	
Sanidad.
	 Unidad de Epidemiología Laboral y Ambiental de la Dirección General de Salud Públi-
ca (Consejería	de	Sanidad),	responsable	del	programa:	recibe	las	comunicaciones	
enviadas	por	los	médicos	de	atención	primaria,	mantiene	el	registro	cancERT,	
coordina	los	trabajos	del	EVASCAP,	tramita	directamente	el	cambio	de	contingen-
cia	ante	el	INSS	cuando	el	paciente	no	está	en	situación	de	Incapacidad	temporal	
(IT),	y	elabora	los	informes	para	difundir	los	resultados.
	 Inspección Sanitaria	(Consejería	de	Sanidad),	aportando	dos	personas	al	EVASCAP	
y	la	estructura	periférica	de	las	inspecciones	de	área	sanitaria	(8	en	Asturias):	
Vigilan	las	alertas	de	bajas	laborales	con	diagnóstico	de	cáncer,	envían	el	escrito	
recordatorio	y	el	formulario	a	los	médicos	que	dieron	la	baja,	y	tramitan	el	cambio	
de	contingencia	ante	el	INSS	cuando	el	paciente	está	en	situación	de	IT.
	 Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales,	aportando	dos	personas	
al	EVASCAP,	realizando	la	investigación	de	las	exposiciones	laborales	cuando	es	
necesario	y	elaborando	un	informe	que	el	EVASCAP	adjunta	al	expediente	para	
remitir	al	INSS.
	 Instituto Nacional de la Seguridad Social,	organismo	competente	para	valorar	el	tipo	
de	contingencia	y	proceder	a	su	cambio	si	fuera	necesario.	Recibe	las	comunica-
ciones	de	sospecha	de	cáncer	profesional	de	la	Consejería	de	Sanidad,	las	analiza	
a	través	de	sus	equipos	médicos	de	valoración	y	proceden	a	emitir	una	resolución	
a	través	del	Equipo	de	Valoración	de	Incapacidades	(EVI).	Dicha	resolución	es	co-
municada	al	EVASCAP	para	proceder	a	su	registro	en	cancERT.
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 23
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
PARTICIPACIÓN DEL IAPRL EN EL ESTUDIO DE SOSPECHA 
DE CASOS DE CÁNCER DE ORIGEN PROFESIONAL
Desde	el	IAPRL	se	ha	venido	desarrollando	por	parte	del	Área	de	Medicina	del	Tra-
bajo,	perteneciente	al	Servicio	de	Salud	Laboral,	y	dentro	de	las	líneas	generales	del	
Plan	de	Salud,	Seguridad	y	Medio	Ambiente	Laboral	del	Principado	correspondiente	a	
los	años	2013-2015	y	2016-2020,	el	estudio	de	las	sospechas	de	cáncer	que	podría	ser	
calificado	como	profesional	en	el	sistema	de	seguridad	social	(EVASCAP),	aunque	ya	
desde	el	año	2011,	fecha	de	creación	del	Grupo	EVASCAP,	se	inició	el	estudio	de	casos	
por	parte	del	IAPRL.
3.1 MISIÓN
Informar	sobre	la	relación	causal	entre	la	patología	y	las	condiciones	de	trabajo	a	las	
que	ha	estado	expuesta	la	persona	trabajadora	y	si	procede	la	calificación	de	la	enfer-
medad	como	de	origen	profesional	por	parte	del	INSS,	organismo	competente	para	
calificar	la	contingencia.
3.2 JUSTIFICACIÓN
Una	de	las	novedades	del	sistema	de	declaración	de	enfermedades	profesionales,	
introducida	en	el	Real	Decreto	1299/2006,	es	el	papel	asignado	a	los	facultativos	del	
3
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales24
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Sistema	Nacional	de	Salud	(SNS)	y	a	los	facultativos	de	los	servicios	de	prevención	de	
riesgos	laborales	a	los	que	impone	la	obligación	de	comunicar	aquellas	enfermedades	
de	las	que	se	sospeche	el	origen	laboral.
Esta	comunicación	deben	realizarla	a	la	entidad	que	asuma	las	contingencias	pro-
fesionales	(INSS	o	MATEPSS),	a	través	del	organismo	intermedio	que	establezca	cada	
comunidad	autónoma.
Debido	a	los	prolongados	tiempos	de	latencia	hasta	la	aparición	del	daño,	esta	investi-
gación	permite	conocer	en	qué	condiciones	de	trabajo	se	ha	realizado	el	mismo	y	cómo	
es	la	situación	actual	y	si	las	modificaciones,	en	caso	de	existir,	evitanfuturos	daños	a	
otros/as	trabajadores/as,	así	como	la	recaída	de	la	enfermedad,	tras	la	reincorporación	
del/a	trabajador/a	en	su	puesto,	cuando	esta	circunstancia	ocurre.
Fomentar	la	comunicación	de	la	sospecha	de	enfermedades	profesionales,	servirá	
para	proteger	más	eficazmente	los	derechos	de	los/as	trabajadores/as	y	mejorar	la	
coordinación	entre	los	distintos	sistemas	implicados,	SNS,	servicios	de	prevención	y	
entidades	colaboradoras	y	gestoras	de	estas	contingencias.
3.3 METODOLOGÍA
Investigación	de	aquellos	casos	de	enfermedad,	cuyo	origen	laboral	se	sospeche,	y	
que	puedan	ser	catalogados	en	el	Grupo	6	de	enfermedades	profesionales,	según	se	
acuerde	entre	los	componentes	del	Grupo	EVASCAP.
Se	han	incluido	también	en	nuestro	estudio,	aquellos	casos	de	cáncer	de	sospecha	de	
origen	profesional	remitidos	al	Área	de	Medicina	de	Trabajo	para	su	estudio	a	solicitud	
del	INSS.
A	continuación,	se	realiza	una	descripción	pormenorizada	de	los	pasos	a	seguir	para	
realizar	el	estudio	de	cada	caso:
	 Recepción	en	el	Servicio	de	Salud	Laboral	del	IAPRL	de	los	casos	seleccionados	
por	los	miembros	del	EVASCAP (siempre que el trabajador otorgue su consentimiento 
para que la Consejería de Sanidad ceda los datos al IAPRL a los efectos de investigar 
las exposiciones laborales relacionadas con la enfermedad)	y	de	aquellos	a	solicitud	
del	INSS	que	serán	estudiados	por	el	Área	de	Medicina	del	Trabajo;	en	caso	nece-
sario,	desde	el	Servicio	de	Salud	Laboral,	se	solicitará	la	colaboración	del	Área	de	
Higiene	Industrial	del	Servicio	de	Riesgos	Laborales	del	citado	Organismo	para	el	
estudio	conjunto	del	caso.
	 Entrevista	personal	con	el/la	trabajador/a,	o	en	su	defecto	con	familiares	u	otro	
personal	de	las	empresas	en	las	que	prestó	servicios,	a	fin	de	recabar	información	
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 25
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
sobre	la	descripción	de	su	puesto	de	trabajo:	tareas	desempeñadas,	exposición	a	
agentes	químicos	peligrosos,	en	concreto	a	agentes	cancerígenos	si	los	hubiere,	
medidas	de	protección	adoptadas,	tanto	colectivas	como	equipos	de	protección	
individual.
	 	 Solicitud	al	trabajador	de	informe	de	vida	laboral	e	informes	médicos	para	con-
firmar	diagnóstico	y	tipo	histológico	de	la	neoplasia.
	 Contacto	telefónico	con	personal	responsable	de	las	empresas	en	las	que	prestó	
servicios	y	permanecen	con	actividad	en	la	actualidad	para	concertar	visita	a	di-
chos	centros	de	trabajo	con	el	fin	de	ver	“in	situ”	las	condiciones	de	trabajo	bajo	
las	que	se	desarrolla	la	actividad	laboral.
				 Solicitud	de	documentación	preventiva:	tareas	desempeñadas	en	el	puesto,	evalua-
ción	de	riesgos	y	planificación	preventiva,	medios	de	protección:	medidas	de	pro-
tección	colectivas	y	EPI	utilizados,	formación/información	respecto	a	los	riesgos	
en	el	puesto,	certificado	de	aptitud	de	los	exámenes	de	salud	realizados,	Fichas	
de	Datos	de	Seguridad	(FDS)	de	los	productos	químicos,	en	el	caso	de	que	éstos	
se	utilicen	e	informes	de	mediciones	higiénicas	de	los	contaminantes	en	caso	de	
que	los	hubiere.
	 Realización	de	informe	técnico-sanitario	con	las	conclusiones	que	en	cada	caso	
se	establezcan	para	su	remisión	a	la	Dirección	General	de	Salud	Pública,	de	la	
Consejería	de	Sanidad	del	Principado	de	Asturias,	organismo	competente	para	
recibir	y	tramitar	las	comunicaciones	de	sospecha	de	enfermedad	profesional	y,	
en	caso	de	que	proceda,	remitir	al	INSS	para	calificar	la	contingencia.
	 	 Los	casos	recibidos	a	solicitud	del	INSS,	una	vez	concluido	su	estudio,	se	remitirán	
directamente	a	dicha	entidad.
3.4 ESTUDIO DE CASOS
Se	trata	de	un	estudio	descriptivo	retrospectivo,	en	el	que	fueron	incluidos	un	total	de	
117	casos	de	sospecha	de	cáncer	de	origen	laboral,	durante	el	periodo	de	tiempo	que	
abarca	el	estudio,	desde	el	año	2011	a	2019,	ambos	incluidos.	
3.4.1	Fuentes	de	información
Dichos	casos	se	han	estudiado	siguiendo	la	metodología	descrita	en	el	apartado	pre-
cedente,	para	lo	cual	se	dispone	de	datos	obtenidos	a	través	de	las	entrevistas	perso-
nales	mantenidas	con	el/la	trabajador/a,	o,	en	su	defecto	con	familiares,	allegados/as	
y/o	compañeros/as	de	trabajo,	así	como	con	personal	responsable	de	las	empresas	
implicadas.	
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales26
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Por	otro	lado,	se	ha	solicitado	la	documentación	en	materia	preventiva	necesaria,	que	
ha	sido	ya	descrita	con	anterioridad,	a	la	empresa	correspondiente,	al	tiempo	que	se	
precisa	de	la	aportación	de	informes	médicos	u	otra	documentación	clínica	necesaria	
para	la	confirmación	diagnóstica	de	la	enfermedad	y	vida	laboral,	por	parte	del/a	tra-
bajador/a	afectado/a.
En	caso	necesario,	y	siempre	que	las	circunstancias	así	lo	permitan,	se	ha	realizado	
visita	a	los	centros	de	trabajo	en	los	que	ha	prestado	o	presta	servicios	el/la	trabajador/a	
y	que	permanecen	con	actividad	en	la	actualidad,	que	tiene	como	fin	la	comprobación	
de	las	condiciones	en	las	que	se	efectúa	el	trabajo.	Dicha	visita	se	lleva	a	cabo	con	los	
técnicos	de	prevención,	mandos	directos	o	encargados	de	la	empresa.
Se	ha	elaborado	una	base	de	datos	para	la	recogida	de	las	variables	de	interés	de	
nuestro	estudio	procediendo	posteriormente	al	análisis	descriptivo	de	las	mismas.
Las	variables	incluidas	en	nuestro	estudio	se	relacionan	a	continuación:
	 Sexo	(V/M).
	 Edad	(años).
	 Año	de	investigación	del	caso:	número	de	casos	estudiados	en	cada	año	desde	
2011	a	2019.
	 Tipo	de	tumor:	se	distinguen	dos	categorías:
		 •	 Tumor	sólido
		 •	 Tumor	estirpe	linfo-hematopoyética
	 Localizaciones	de	cáncer	profesional	siguiendo	las	recogidas	en	el	Real	Decreto	
1299/2006,	entre	las	que	se	encuentran:
	 	 •	 cáncer	primitivo	de	senos	de	la	cara
	 	 •	 neoplasia	maligna	de	cavidad	nasal
	 	 •	 neoplasia	maligna	de	hígado	y	conductos	biliares	intrahepáticos
	 	 •	 cáncer	de	laringe
	 	 •	 mesotelioma	pleural
	 	 •	 mesotelioma	peritoneal
	 	 •	 neoplasia	maligna	de	bronquio/pulmón
	 	 •	 neoplasia	maligna	de	próstata
	 	 •	 neoplasia	maligna	de	vejiga
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 27
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
	 Sospecha	de	agente/s	causal/es	en	relación	con	el	tumor	a	estudiar	(no	todos	los	
agentes	que	se	referencian	a	continuación	se	encuentran	recogidos	en	el	grupo	6	
del	cuadro	de	enfermedades	profesionales;	éste	está	integrado	por	18	agentes):
	 	 •	 Amianto
	 	 •	 Aminas	aromáticas
	 	 •	 Arsénico	y	sus	compuestos
	 	 •	 Benceno
	 	 •	 Cadmio	(Cd)
	 	 •	 Cloruro	de	vinilo	monómero	(CVM)
	 	 •	 Cromo	(Cr)	VI	y	compuestos	de	cromo	VI
	 	 •	 Humos	de	escape	diésel
	 	 •	 Disolventes
	 	 •	 HAPs	(Hidrocarburos	aromáticos	policíclicos)
	 	 •	 Óxido	de	etileno
	 	 •	 PCBs	(bifenilos	policlorados)
	 	 •	 Polvo	de	madera	dura
	 	 •	 Radiaciones	ionizantes	(R.I.)
	 	 •	 Sílice	(Si)	cristalina
	 	 •	 Níquel	(Ni)	y	compuestos	de	níquel
	 	 •	 Sales	de	cianuro
	 	 •	 Nitrobenceno
	 	 •	 Campos	electromagnéticos
	 Actividad	económica	relacionada	con	la	exposición	potencialmente	causante	de	
la	patología.
	 Ocupación	laboral	relacionada	con	la	exposición	potencialmente	causante	de	la	
enfermedad.
	 Número	de	visitas	efectuadas	al	trabajador/a.
	 Número	de	empresas	en	las	que	ha	prestado	servicios	el/la	trabajador/a.
	 Número	de	empresas	visitadas	por	parte	del	IAPRL	en	relación	al	caso	a	estudiar.
	 Tiempo	de	latencia	de	la	enfermedad,	se	agrupa	en	dos	categorías:
	 	 •	 Más	de	5	años
	 	 •	 Más	de	10	años
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales28
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
	 Valoración	del	IAPRL:	se	ha	categorizado	en	seis	grupos:
	 	 •	 No	valorable
	 	 •	 Probable
	 	 •	 Dudosa
	 	 •	 Sí
	 	 •	 No
	 	 •	 ERT	(enfermedad	relacionada	con	el	trabajo)
	 Valoración	INSS:	se	ha	categorizado	en	seis	grupos:
	 	 •	 No	procede	(por	tratarse	de	patología	no	neoplásica)
	 	 •No	enviado	al	INSS	por	parte	de	la	Consejería	competente	en	materia	sanitaria
	 	 •	 	Trabajador/a	en	régimen	RETA	(no	obligatoriedad	de	cobertura	de	contingencias	
profesionales	durante	el	periodo	de	estudio)
	 	 •	 	No	cambio	de	contingencia	por	INSS,	a	pesar	de	sospecha	del	IAPRL
	 	 •	 Cambio	de	contingencia	a	accidente	de	trabajo	(AT)
	 	 •	 Cambio	de	contingencia	a	enfermedad	profesional	(EP)
	 Procedencia	de	la	solicitud:	se	agrupa	en	dos	categorías:
	 	 •	 EVASCAP
	 	 •	 INSS
3.4.2	Edad
En	la	siguiente	tabla	y	gráfico	se	refleja	la	media	de	edad	del	total	de	los	casos	estu-
diados,	correspondiendo	a	57,34	años	(rango	de	25-87).	En	el	caso	de	los	hombres	la	
media	es	de	58,10	años	(rango	entre	25-87)	y	en	mujeres	45,57	años	(rango	de	36-55).
Para	el	cálculo	de	esta	variable	,	se	ha	considerado	un	total	de	116	trabajadores/as	
pues	en	uno	de	los	casos	no	disponemos	de	este	dato.
MEDIA EDAD
Hombres 58,10 *	max-87						min-25
Mujeres 45,57 *	max-55						min-36
Total 57,34 * max-87 min-25
Tabla	nº	3	
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 29
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
100
80
60
40
20
0
Hombres
58,10 57,34
45,57
6%	mujeres
94%	hombres
Hombres
Mujeres
Mujeres Total
SEXO
Hombres 110
Mujeres 7
Total 117
Tabla	nº	4
Gráfico	nº	1
Gráfico	nº	2
MEDIA EDAD
SEXO
3.4.3	Sexo
Atendiendo	a	la	variable	sexo,	el	94%	(110)	de	los	casos	estudiados	correspondían	a	
hombres	y	únicamente	el	6%	(7)	a	mujeres.
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales30
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
3.4.4	Año	investigación
En	la	tabla	y	gráfico	adjuntos,	se	representa	el	número	de	casos	de	sospecha	de	cán-
cer	de	origen	laboral	que	se	ha	investigado	durante	el	periodo	de	tiempo	que	abarca	
este	estudio	(2011-2019),	correspondiendo	a	los	años	2016	y	2018	el	mayor	número	de	
casos	estudiados:	21	y	25	respectivamente.	
25
20
15
10
5
0
7 76
11 11
10
19
21
25
201920182017201620152014201320122011
AÑO INVESTIGACIÓN
2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Total
7 6 11 7 11 21 10 25 19 117
Gráfico	nº	3
AÑO INVESTIGACIÓN
Tabla	nº	5
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 31
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
3.4.5	Tipo	de	tumor	
Se	ha	realizado	la	clasificación	de	los	tumores	en	dos	grandes	grupos	que	abarcan,	
por	un	lado,	las	neoplasias	de	estirpe	linfo-hematopoyético	(leucemias	y	linfomas)	y	
por	otro,	los	tumores	sólidos	que	forman	el	grupo	restante.
Dentro	del	grupo	de	los	tumores	sólidos	(107)	se	han	incluido	7	casos	que,	tras	su	
estudio,	se	concluye	que	no	se	trataba	de	patología	neoplásica.
En	nuestro	estudio,	un	porcentaje	del	91,45%	del	total	corresponde	a	tumores	sólidos	
(se	ha	incluido	en	este	porcentaje	la	patología	no	neoplásica	recogida	posteriormente	
en	la	tabla	nº6)	y	un	8,55%	a	tumores	de	tipo	linfohematopoyético.
Por	sexos,	estos	últimos	afectan	a	un	10%	de	las	mujeres	y	a	un	90%	de	los	hombres;	
respecto	a	los	tumores	sólidos,	el	5,6	%	afecta	a	mujeres	y	el	94,39	a	hombres.
TIPO TUMOR
Hombres Mujeres Total %
Sólido 101 6 107 91,45%
Linfohematopoyético 9 1 10 8,55%
Total 110 7 117 100%
Tabla	nº	6
120
100
80
60
40
20
0
Sólido
Hombres Mujeres Total
1
9 10
Linfohematopoyético
Gráfico	nº	4
101 107
6
TIPO DE TUMOR
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales32
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
3.4.6	Patología	según	localización	del	órgano	afectado
La	forma	de	clasificación	con	más	relevancia	en	la	práctica	oncológica	es	la	basada	en	
la	localización	anatómica	del	órgano	o	sistema	en	el	que	se	origina	el	tumor,	con	esto	
habitualmente	nos	referimos	a	los	tumores	de	una	localización	anatómica	concreta.
En	un	segundo	nivel,	en	la	mayoría	de	estas	localizaciones	se	subdivide	la	enfermedad	
en	diversos	subtipos	según	las	características	histológicas	de	cada	uno	de	ellos.
Si	bien	no	se	ha	contemplado	la	variable	correspondiente	al	tipo	histológico	del	tumor	
en	el	presente	estudio,	sí	se	ha	considerado	la	diferenciación	histológica	de	los	distintos	
tumores	a	la	hora	de	elaborar	nuestro	informe	técnico-sanitario,	información	por	otra	
parte	disponible	en	una	proporción	considerable	de	los	casos,	en	base	a	la	aportación	
del	informe	médico	del/la	trabajador/a,	siendo	este	dato	de	especial	interés	por	el	
hecho	de	que,	aunque	existen	agentes	cancerígenos	cuya	exposición	puede	causar	un	
determinado	tipo	de	tumor	en	cualquiera	de	sus	variantes	histológicas	(p.ej.	cáncer	de	
pulmón	por	amianto),	otros,	están	más	estrechamente	relacionados	con	una	variedad	
histológica	específica	(p.ej.	carcinoma	de	células	escamosas	por	HAPs).
De	los	117	casos	estudiados,	como	se	ha	comentado	anteriormente,	7	de	ellos	no	
corresponden	a	tumores	malignos,	perteneciendo	el	85,71%	de	estas	afecciones	no	
malignas	a	patologías	causadas	por	exposición	al	asbesto	(1	caso	de	asbestosis,	1	caso	
de	asbestosis	más	placas	pleurales,	3	casos	de	placas	pleurales,	1	caso	a	neumoco-
niosis)	y	el	14,29	%	restante	corresponde	a	un	nódulo	pulmonar	solitario,	de	caracte-
rísticas	benignas,	y	etiología	indeterminada.	Todos	ellos	con	afectación	exclusiva	del	
sexo	masculino.
PATOLOGÍA NO NEOPLÁSICA
Hombres Mujeres Total %
Asbestosis	(Asb) 1 0 1 0,85%
Placas	Pleurales	(PP) 3 0 3 2,56%
Asb+PP 1 0 1 0,85%
Neumoconiosis 1 0 1 0,85%
Nódulo	pulmonar	benigno 1 0 1 0,85%
TOTAL 7 0 7 5,98%
Tabla	nº	7
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 33
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Nódulo	pulmonar	benigno	
Neumoconiosis	
Asb+PP	
Placas	Pleurales
Asbestosis
0
1
0
0
0
0
0
1
1
3
1
1
1
1
3
1
0,5 1 1,5 2 2,5 3
HombresMujeres
Gráfico	nº	5
Total
PATOLOGÍA NO NEOPLÁSICA
De	los	110	casos	restantes,	100	corresponden	a	tumores	sólidos	malignos	que	afectan	
a	las	siguientes	localizaciones:
	 1	cáncer	primitivo	de	senos	de	la	cara
	 1	neoplasia	maligna	de	cavidad	nasal
	 2	neoplasias	malignas	de	hígado	y	conductos	biliares	intrahepáticos
	 1	cáncer	de	laringe
	 10	mesoteliomas	pleurales
	 1	mesotelioma	peritoneal
	 43	neoplasias	malignas	de	bronquio/pulmón
	 15	neoplasias	malignas	de	próstata
	 26	neoplasias	malignas	de	vejiga
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales34
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Neoplasia	maligna	de	vejiga
Neoplasia	maligna	de	próstata	
Neoplasia	maligna		
de	bronquio	/pulmón
Mesotelioma	peritoneal	
Mesotelioma	pleural
Cáncer	de	laringe
Neoplasia	maligna	de	hígado		
y	conductos	biliares	intrahepáticos
Neoplasia	maligna	de	cavidad	nasal
Cáncer	primitivo	de	senos	de	cara
0 5 10 15 20 25 30 35 40 45
26
1
1
1
10
15
43
1
2
5
0
0
0
0
0
0
0
1
21
1
1
1
10
15
43
1
1
HombresMujeres
Gráfico	nº	6
Total
PATOLOGÍA MALIGNA (TUMORES SÓLIDOS)
PATOLOGÍA MALIGNA (TUMORES SÓLIDOS)
Hombres Mujeres Total %
Cáncer	primitivo	de	senos	de	cara 1 0 1 0,85%
Neoplasia	maligna	de	cavidad	nasal 1 0 1 0,85%
Neoplasia	maligna	de	hígado	y		
conductos	biliares	intrahepáticos 1 1 2 1,70%
Cáncer	de	laringe 1 0 1 0,85%
Mesotelioma	pleural 10 0 10 8,54%
Mesotelioma	peritoneal 1 0 1 0,85%
Neoplasia	maligna	de	bronquio	/pulmón 43 0 43 36,75%
Neoplasia	maligna	de	próstata 15 0 15 12,82%
Neoplasia	maligna	de	vejiga 21 5 26 22,22%
Total 94 6 100 85,47%
Tabla	nº	8
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 35
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Los	mayores	porcentajes	de	los	tumores	sólidos	investigados	corresponden	en	primer	
lugar	a	las	neoplasias	malignas	de	bronquio	y	pulmón,	con	un	43%;	les	siguen	con	un	
26%	las	neoplasias	malignas	de	vejiga	y	en	tercer	lugar	las	neoplasias	malignas	de	
próstata	con	un	15%.
Del	total	de	110	tumores,	10	pertenecen	a	la	estirpe	linfohematopoyética,	con	los	
siguientes	diagnósticos:
	 1	leucemia	aguda	promielocítica
	 1	leucemia	linfoide	aguda
	 3	leucemialinfoide	crónica
	 2	linfoma	Hodgkin
	 3	linfoma	no	Hodgkin
PATOLOGÍA MALIGNA (T.LINFO-HEMATOPOYÉTICOS)
Hombres Mujeres Total %
Leucemia	aguda	promielocítica 1 0 1 0,85%
Leucemia	linfoide	aguda 1 0 1 0,85%
Leucemia	linfoide	crónica 2 1 3 2,56%
Linfoma	Hodgkin 2 0 2 1,70%
Linfoma	no	Hodgkin 3 0 3 2,56%
Total 9 1 10 8,55%
Tabla	nº	9
Gráfico	nº	7
Linfoma	no	Hodgkin
Linfoma	Hodgkin	
Leucemia	linfoide	crónica
Leucemia	linfoide	aguda
Leucemia	aguda	promielocítica
0
1
0
0
0
0
1
2
3
1
3
1
2
3
1
2
0,5 1 1,5 2 2,5 3
HombresMujeresTotal
PATOLOGÍA MALIGNA (T.LINFO-HEMATOPOYÉTICOS)
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales36
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
En	cuanto	a	la	patología	maligna	de	estirpe	linfohematopoyética,	el	30%	corresponde	a	
igualdad	de	porcentajes,	a	leucemias	linfoides	crónicas	y	linfomas	no	Hodgkin,	seguidos	
de	un	20%	de	casos	de	linfoma	Hodgkin	y	el	resto	a	leucemia	aguda	promielocítica	,	10%	
y	leucemia	linfoide	aguda,	10%.
3.4.7	Tiempo	de	latencia
Un	aspecto	importante	de	la	carcinogénesis	es	el	tiempo	de	latencia.	La	latencia	se	
refiere	al	período	de	tiempo	entre	el	inicio	de	la	exposición	a	un	carcinógeno	y	la	de-
tección	clínica	de	los	cánceres	resultantes.	El	período	de	latencia	para	malignidades	
hematológicas	puede	ser	tan	corto	como	de	entre	cuatro	y	cinco	años	(por	ejemplo,	la	
leucemia	después	de	la	exposición	a	radiaciones	ionizantes),	mientras	que	para	tumo-
res	sólidos	el	período	de	latencia	es	como	mínimo	entre	diez	y	veinte	años,	y	puede	
llegar	incluso	a	los	cincuenta	años,	como	en	el	caso	del	mesotelioma	por	exposición	
al	amianto.
TIEMPO LATENCIA
SÓLIDOS >10	Años
LINFOHEMATOPOYÉTICOS >5	Años
Tabla	nº	10
En	nuestro	estudio,	todos	los	casos	que	pertenecen	a	tumores	sólidos,	tenían	un	
período	de	latencia	superior	a	10	años;	por	el	contrario,	respecto	a	los	tumores	de	la	
estirpe	linfo-hematopoyética,	este	periodo	se	reduce	a	más	de	cinco	años.
3.4.8	Agente/s	causal/es
En	la	siguiente	tabla	se	exponen	los	principales	agentes	carcinógenos	de	sospecha	
(tanto	de	tipo	químico	como	físico)	susceptibles	de	ocasionar	la	patología	a	estudiar,	
aunque	no	todos	se	encuentran	incluidos	en	el	grupo	6	del	cuadro	de	enfermedades	
profesionales.
En	nuestro	estudio,	en	el	27,35%	de	los	casos,	existe	la	sospecha	de	exposición	laboral	
del/la	trabajador/a	a	más	de	un	agente	causal	en	cuanto	al	número	de	contaminantes	
cancerígenos	implicados	en	la	patología	a	estudiar.
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 37
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
Tabla	nº	11
Ú
ni
ca
m
en
te
H
A
P
s/
C
r/
N
i
R
I/
C
r/
N
i
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	I.
N
i
N
i/
Si
A
m
in
as
C
am
po
s	
El
ec
tr
om
Amianto 28 1 1 2 1 1 1 1 1 	 	 	 	 	 	 	
Aminas 16 	 	 	 	 	 	 	 	 3 	 	 	 	 	 	
Arsénico 2 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	
Benceno 4 	 	 	 	 	 	 	 	 	 1 1 	 	 	 	
Cadmio	(Cd) 15 	 	 	 	 1 	 4 	 	 	 	 	 	 	 	
CVM	(Cloruro	Vinilo	
monómero) 1 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	
Cromo	(Cr) 2 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 8 2 	 	
Humos	escape	diésel 	 	 	 2 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	
Disolventes 1 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	
HAPs 7 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 1 	
Óxido	etileno 1 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	
PCBs 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 1
Polvo	madera 2 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	
Radiaciones	I. 1 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	
Sílice	(Si) 4 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	 	
Los	mayores	porcentajes	de	patologías	se	han	atribuido	al	amianto	(31,62%),	siendo	
este	responsable	del	desarrollo	de	patologías	tanto	malignas	como	benignas;	entre	
las	primeras	se	incluyen	las	neoplasias	pulmonares,	mesotelioma	pleural	y	peritoneal	
y	carcinoma	de	laringe,	y	como	afecciones	benignas	las	placas	pleurales,	asbestosis,	
nódulo	pulmonar	benigno	y	neumoconiosis.
A	igualdad	de	porcentajes	le	siguen	aquellos	casos	en	los	que	los	agentes	causales	de	
sospecha	fueron	los	metales,	incluyendo	en	éstos	el	cromo,	cadmio,	níquel	y	arsénico,	
principales	agentes	de	sospecha	del	desarrollo	de	las	siguientes	casos	de	neoplasias:	
carcinomas	bronquiopulmonares	(cadmio,	cromo,	níquel,	arsénico),	carcinoma	de	prós-
tata	(cadmio),	y	hepatocarcinoma	(arsénico).
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales38
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
MEDIA VISITAS A TRABAJADOR/A
Hombres 0,92 *	max-	2						min-0
Mujeres 1 *	max-	1						min-	1
Total 0,93 * max- 2 min- 0
Tabla	nº	12
En	nuestro	estudio,	la	media	de	visitas	realizadas	atendiendo	al	total	de	trabajadores/
as	fue	de	0,93	(rango	entre	0-2);	por	sexos,	en	hombres	fue	de	0,92	(rango	0-2)	y	en	
mujeres	de	1.
3.4.9	Visitas	a	trabajador/a
Se	ha	realizado	entrevista	personal	al	trabajador/a	siempre	que	su	estado	de	salud	lo	
haya	permitido,	estableciendo	visita	a	su	domicilio	o	bien	en	las	instalaciones	del	propio	
IAPRL,	con	el	fin	de	obtener	una	información	lo	más	exhaustiva	posible	acerca	de	sus	
antecedentes	laborales.	Para	ello,	se	ha	solicitado	la	aportación	de	la	vida	laboral	en	
la	que	figuran	todos	los	periodos	de	tiempo	trabajados	en	cada	una	de	las	empresas,	
bien	sea	como	trabajador/a	afiliado/a	al	Régimen	General	o	en	Régimen	Especial	de	
Trabajadores	Autónomos	(RETA).
Por	otra	parte,	se	ha	realizado	una	historia	clínico-laboral	en	la	que	consta	una	des-
cripción	detallada	de	los	puestos	de	trabajo,	tanto	actual	como	anteriores,	las	tareas	
desarrolladas	y	el	tiempo	de	permanencia	en	cada	uno	de	ellos,	la	posible	exposición	a	
agentes	cancerígenos	vinculados	a	la	enfermedad	que	padece	y	la	adopción	de	medi-
das	preventivas	por	parte	de	la	empresa,	tanto	colectivas	como	equipos	de	protección	
personal	y	aquellos	datos	clínicos	que	se	consideren	trascendentales	en	relación	a	su	
estado	de	salud.
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 39
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
MEDIA VISITAS A EMPRESAS
Hombres 1,26 *	max-	6						min-0
Mujeres 1,28 *	max-	2						min-	1
Total 1,27 * max- 6 min- 0
Tabla	nº	13
La	media	de	visitas	realizada	a	las	empresas	considerando	el	total	de	trabajadores/
as,	es	de	1,27	(rango	entre	0-6);	por	sexos,	en	hombres	corresponde	a	1,26	(rango	entre	
0-6)	y	en	mujeres	de	1,28	(rango	entre	1-2).
1,5
1
0,5
0
Empresas
1,26
Hombres Mujeres Total
1,27
1
1,28
0,92 0,93
Trabajador/a
Gráfico	nº	8
MEDIA VISITAS A EMPRESAS
3.4.10	Visitas	a	empresa
Tras	contactar	con	personal	responsable	de	las	empresas	en	las	que	el/la	trabaja-
dor/a	haya	prestado/preste	servicios	y	acordar	día,	se	realiza	visita	por	nuestra	parte	
a	dichos	centros	de	trabajo	siempre	que	permanezcan	con	actividad	en	la	actualidad	
y	las	circunstancias	así	lo	permitan,	y,	en	tanto	en	cuanto	la	enfermedad	padecida	por	
el/la	trabajador/a	se	vincule	a	una	posible	exposición	a	agentes	cancerígenos	como	
consecuencia	del	trabajo	desempeñado	en	la	misma,	en	aras	a	conocer	la	gestión	de	
la	prevención	de	riesgos	laborales	y	las	condiciones	en	las	que	se	ha	desarrollado	o	
desarrolla	el	trabajo,	al	tiempo	que	se	propone,	según	las	deficiencias	preventivas	ob-
servadas,	la	adopción	de	medidas	de	carácter	preventivo	para	la	mejora	de	los	niveles	
de	protección	de	la	seguridad	y	la	salud	de	los/as	trabajadores/as.
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales40
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
MEDIA EMPRESAS EN LAS QUE TRABAJÓ
Hombres 6,34 *	max-	45						min-1
Mujeres 4,28 *	max-	11						min-	1
Total 6,22 * max- 45 min- 1
Tabla	nº	14
3.4.11		Empresas	en	las	que	ha	prestado	servicios	el/la	trabajador/a
En	la	tabla	y	gráfico	que	figuran	a	continuación	se	refleja	la	media	de	empresas	en	
las	que	el/la	trabajador/a	prestó	servicios,	teniendo	en	cuenta	la	relación	de	centros	
de	trabajo	indicados	en	su	informe	de	vida	laboral	o,	en	su	defecto,	referidos	tras	con-
versación	con	elmismo.
7
6
5
4
3
2
1
0
Hombres
6,34 6,22
4,28
Mujeres Total
Gráfico	nº	9
MEDIA EMPRESAS PRESTACIÓN SERVICIOS
		La	media	de	empresas	en	la	que	el/la	trabajador/a	prestó	servicios	teniendo	en	
cuenta	los	centros	de	trabajo	que	figuran	en	el	informe	de	vida	laboral,	es	de	6,22,	con	
un	rango	entre	45-1.	Si	atendemos	a	la	variable	sexo,	en	hombres	es	de	6,34,	con	un	
rango	entre	45-1	y	en	mujeres	4,28	con	un	rango	entre	11-1.
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 41
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
3.4.12	Valoración	IAPRL
Tras	realizar	un	análisis	conjunto	de	la	información	obtenida	a	través	de	la	entrevista	
mantenida	con	el/la	trabajador/a,	de	la	observación	directa	de	las	condiciones	de	tra-
bajo	de	las	empresas	y	el	estudio	de	la	documentación	preventiva,	se	pretende	valorar	
la	posible	relación	entre	la	enfermedad	padecida	por	el/la	trabajador/a	y	la	exposición	
a	determinados	riesgos	laborales	en	los	diferentes	puestos	de	trabajo.
A	partir	de	los	resultados	de	la	investigación	realizada,	se	emite	el	correspondiente	
informe	técnico-sanitario	en	el	que	se	formulan	las	consideraciones	y	conclusiones	
que	determinan	la	vinculación	o	no	del	caso	con	la	actividad	laboral	del/la	trabajador/a.
La	valoración	realizada	por	nuestra	parte	una	vez	concluida	la	investigación	permite	
establecer	las	siguientes	categorías	de	inclusión	del	caso:
	No	valorable	(4):	no	ha	sido	posible	llevar	a	cabo	la	finalización	del	estudio	del	
caso	motivado	por	razonas	variadas.
	Probable	(3):	se	sospecha	una	posible	enfermedad	profesional	pero	carecemos	de	
la	información	suficiente	para	constatar	la	exposición	del	trabajador/a	a	agentes	
cancerígenos	vinculados	con	la	enfermedad	padecida.
	Dudosa	(13):	por	la	concurrencia	de	circunstancias	especiales	y	particularidades	
del	caso.
	SI	(65):	cumple	los	criterios	para	considerar	el	caso	como	EP,	definida	según	el	
artículo	157	del	Real	Decreto	Legislativo	8/2015	“la	contraída	a	consecuencia	del	
trabajo	ejecutado	por	cuenta	ajena/propia	en	las	actividades	que	se	especifiquen	
en	el	cuadro	que	se	apruebe	por	las	disposiciones	de	aplicación	y	desarrollo	de	
esta	ley,	y	que	esté	provocada	por	la	acción	de	los	elementos	o	sustancias	que	en	
dicho	cuadro	se	indiquen	para	cada	enfermedad	profesional”.
	NO	(29):	no	existe	relación	entre	las	exposiciones	laborales	y	la	enfermedad	pa-
decida	por	el/la	trabajador/a,	considerando	el	caso	como	enfermedad	común.
	ERT	(3):	cumple	los	criterios	de	historia	laboral	compatible	y	relación	temporal	
previa	suficiente,	pero	no	está	contemplada	en	el	cuadro	de	enfermedades	pro-
fesionales.	En	cualquier	caso,	podrá	ser	considerado	el	caso	como	accidente	de	
trabajo,	siempre	y	cuando	se	acredite	el	nexo	causal	entre	la	enfermedad	y	el	
trabajo.
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales42
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
VALORACIÓN IAPRL
Hombres Mujeres Total %
SI 59 6 65 55,55%
NO 28 1 29 24,78%
DUDOSA 13 0 13 11,11%
PROBABLE 3 0 3 2,56%
ERT 3 0 3 2,56%
NO	VALORABLE 4 0 4 3,42%
TOTAL 110 7 117 100%
Tabla	nº	15
El	porcentaje	que	corresponde	a	cada	categoría	según	nuestra	valoración	de	los	casos	
es	la	siguiente:	Si	(55,55%),	No	(24,78%),	dudosa	(11,11%),	probable	y	ERT	(2,56%	cada	
una),	no	valorable	(3,42%).
NO	VALORABLE
ERT	
PROBABLE
DUDOSA
NO
SI
0
6
1
0
0
0
0
65
29
13
3
3
4
59
28
13
3
3
4
10 20 30 40 50 60 70
HombresMujeres
Gráfico	nº	10
Total
VALORACIÓN IAPRL
En	la	siguiente	tabla	se	muestra	la	valoración	por	el	IAPRL	de	los	casos	estudiados	
según	género:
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 43
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
3.4.13	Calificación	INSS
La	competencia	del	INSS	para	calificar	una	enfermedad	como	profesional,	está	recogida	
en	el	artículo	3	del	RD	1299/2006,	que	establece	que	la	calificación	de	las	enfermedades	
como	profesionales	corresponde	a	la	entidad	gestora	respectiva,	sin	perjuicio	de	su	tra-
mitación	como	tales	por	parte	de	las	entidades	colaboradoras	que	asuman	la	protección	
de	las	contingencias	profesionales,	de	conformidad	con	las	competencias	y	sistema	de	
recursos	recogidos	en	el	RD	1300/1995,	la	Ley	42/1994,	de	30	de	diciembre,	de	medidas	
fiscales,	administrativas	y	de	orden	social	y	normas	de	desarrollo.
Así	pues,	una	vez	finalizado	el	informe	técnico-sanitario	que	se	ha	elaborado	en	cada	
caso	por	el	IAPRL,	se	remite	a	la	entidad	que	ha	realizado	la	solicitud,	bien	directa-
mente	al	INSS	o,	en	el	caso	de	la	Consejería	de	Sanidad,	ésta	remite	al	INSS,	órgano	
con	competencia	para	la	valoración	de	cambio	de	contingencia	de	enfermedad	común	
a	profesional,	aquellos	casos	considerados	por	el	EVASCAP	susceptibles	de	cumplir	
criterios	para	su	calificación	como	enfermedad	profesional.
El	INSS,	organismo	competente	para	valorar	el	tipo	de	contingencia	y	proceder	a	su	
cambio	si	fuera	necesario,	recibe	las	comunicaciones	de	sospecha	de	cáncer	profesional	
de	la	Consejería	de	Sanidad,	las	analiza	a	través	de	sus	equipos	médicos	de	valoración	y	
procede	a	emitir	una	resolución	a	través	del	Equipo	de	Valoración	de	Incapacidades	(EVI).	
Dicha	resolución	es	comunicada	al	EVASCAP	para	proceder	a	su	registro	en	cancERT.
En	relación	con	las	Resoluciones	emitidas	por	el	INSS	tras	la	calificación	de	la	contin-
gencia	del	proceso,	somos	conocedores	del	hecho	a	través	de	la	notificación	facilitada	
a	través	de	la	Consejería	de	Sanidad	o	bien,	ocasionalmente,	directamente	por	el/la	
trabajador/a	o	sus	familiares	en	caso	de	fallecimiento	del	mismo,	si	bien	no	disponemos	
de	la	información	al	respecto	en	la	totalidad	de	casos	estudiados.
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales44
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
RESOLUCIÓN INSS
Hombres Mujeres Total %
EC 44 2 46 39,31%
AT 1 0 1 0,85%
EP 21 4 25 21,36%
NO	TRAMITADO 34 1 35 29,91%
NO	RESOLUCIÓN 10 0 10 8,55%
TOTAL 110 7 117 100%
Tabla	nº	16
NO	RESOLUCIÓN
NO	TRAMITADO	
EP
AT
EC
0 10 20 30 40 50
HombresMujeres
Gráfico	nº	11
Total
2
4
1
0
0
46
25
35
1
10
44
21
34
1
10
RESOLUCIÓN INSS
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 45
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
	 En	nuestro	estudio,	un	29,91	%	del	total	de	los	casos	estudiados	no	se	ha	tramitado	
al	INSS,	es	decir,	según	nuestra	valoración,	no	hemos	encontrado	constatación	
entre	la	exposición	al/	los	agente/s	de	sospecha	y	la	patología	a	estudiar,	por	lo	
que	una	vez	enviado	el	informe	técnico-sanitario	con	nuestras	conclusiones	no	
procede	su	derivación	al	INSS.	
	 En	un	8,55%	carecemos	de	información	sobre	las	resoluciones	emitidas	por	el	
INSS.
	 En	el	resto	de	casos,	nuestro	informe	concluye	que	pueden	ser	considerados	como	
enfermedad	profesional	o	enfermedad	relacionada	con	el	trabajo,	por	lo	que	pro-
cede	su	envío	al	INSS.	Si	el/la	trabajador/a	está	de	baja	laboral	(IT),	el	EVASCAP	
lo	comunica	al	Servicio	de	Prestaciones	Sanitarias	(Inspección	Sanitaria)	para	
que	proceda	a	la	tramitación	del	cambio	de	contingencia	ante	el	INSS	mientras	
que	si	no	lo	está,	le	corresponde	hacerlo	a	la	Unidad	de	Epidemiología	Laboral	y	
Ambiental	de	la	Consejería	de	Sanidad.
	 	 Así,	el	INSS	ha	resuelto	el	cambio	de	contingencia	considerando:
	 	 •	 	el	reconocimiento	de	enfermedad	profesional	en	el	21,36%	de	los	casos
	 	 •	 	en	un	0,85%,	reconocimiento	de	contingencia	profesional	como	accidente	de	
trabajo
	 	 Ha	desestimado	el	cambio	en	el	39,31%,	por	no	considerar	probable	la	relación	
laboral.
Instituto	Asturiano	de	Prevención	de	Riesgos	Laborales46
Estudio de casos de sospecha de cáncer profesional (2011-2019)
3.4.14	Procedencia	de	la	solicitud
Del	total	de	casos	estudiados,	el	84,61%	corresponde	a	solicitudes	efectuadas	por	
parte	del	equipo	de	EVASCAP	(Consejería	de	Sanidad)	y	el	resto,	15,39%,	a	solicitudes	
por	el	INSS.
Tabla	nº	17
100
50
0
EVASCAP
92
Hombres Mujeres Total

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