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EL ACERCAMIENTO A LA LEGISLACIÓN BOLIVIANA Y COLOMBIANA EN TEMAS DE VOLUNTARIADO Rodrigo Vargas Sainz Ash nazg durbatulûk, ash nazg gimbatul... Ash nazg thrakatulûk agh burzum-ishi krimpatul" —Inscripción del anillo en la lengua de Mordor (Traducción: “Un Anillo para gobernarlos a todos. Un anillo para encontrarlos, un Anillo para atraerlos a todos y atarlos en las tinieblas.") Pensar en una legislación en temas de voluntariado es de por sí un tema problemático pues da cuenta de perspectivas multiformes de analizar al mismo Voluntario. En concreto estamos hablando de voluntarios que son a) de organizaciones civiles que tienen una intencionalidad ya sea de reconocimiento ante el Estado de alguna personería jurídica o de un interés concreto (pienso en organizaciones como partidos políticos o grupos reunidos espontáneamente por un interés común); b) voluntarios de organizaciones sin ánimo de lucro que buscan dar una mano en pro de la organización que ostenta uno o varios proyectos sociales en beneficio de una comunidad o grupo de beneficiarios; c) voluntarios de instituciones que tienen acciones de salvataje en casos de emergencia (en Bolivia se llaman SAR) también los bomberos estarían incluidos en esta categoría; d) por último considero que los voluntarios de organizaciones internacionales que residen en un país distinto al que nacieron y que están en otro país con el rol de voluntario en la organización. Los intereses son distintos a pesar que el objetivo, en principio sea el mismo. Todos ellos reciben el nombre de voluntario y es por ello que buscar una ley que reúna a todos ellos es difícil (es como buscar un anillo que reúna a todos ellos Si nos acercamos a la ley 3314 del 2005, la estructura planteada por ella es, de entrada, muy similar a la estructura planteada por la ley 720 del 2001 por Colombia (que a su vez tiene mucho olor al planteamiento de la antigua ley de voluntariado en España). Ambas pueden tener como inspiración a la ley de España, su organización entre ambas leyes es similar: en ambas se reconoce la labor de los voluntarios en general se encuentra la creación de un ente regulador que supervise o reúna información acerca de las diferentes iniciativas que existen en el país donde la ley se aplica (para Bolivia el Consejo Nacional de Voluntariado y para Colombia el Sistema Nacional de Voluntariado). Los estímulos Estatales están descritos en ambas pero la diferencia es que el reglamento de aplicación si fue realizado en Colombia y en Bolivia no. Por tanto en sus efectos, en Colombia si se pudo organizar de alguna manera el tema, en Bolivia hubo algunos intentos de organización aún sin un reglamento pero fueron poco difundidas y no se llegó a una organización planteada como la ley describe. EL ACERCAMIENTO A LA LEGISLACIÓN BOLIVIANA Y COLOMBIANA EN TEMAS DE VOLUNTARIADO Rodrigo Vargas Sainz Ahora bien, las propuestas de modificación de ambas leyes (de la boliviana y la colombiana) dan cuenta de giros que me llamaron la atención en temas de definición y aplicación de programas de voluntariado. 1) Como era de esperarse, en Colombia frente a las multiformes perspectivas de ver lo que es un voluntario, los está llevando a definir cada uno de los tipos de voluntarios que ellos consideran como “verdaderos” voluntarios. 2) En Bolivia, frente a la poca aplicabilidad del Consejo Nacional de Voluntariado, intentan hacer que un ministerio se encargue directamente del tema. Movida muy comprometedora desde mi punto de vista. Y, además, que los entes reguladores sean las gobernaciones de cada uno de los Departamentos del país. 3) En Colombia buscan que los incentivos a los voluntarios sea más concreta y están detrás de subsidios para ellos y sus familias. También una movida que puede poner el peligro el concepto de elección libre de la persona sin buscar un beneficio directo. 4) En Bolivia buscan diferenciar las entidades con voluntarios y entidades de voluntariado que ya en la ley 720 colombiana estaba diferenciada. CONCLUSIÓN Considero que buscar una ley de voluntariado deberá ser suficientemente amplia para el reconocimiento de los derechos y deberes de las organizaciones con o de voluntariado y de los voluntarios mismos. Sin embargo me da temor que las modificaciones a las leyes propuestas en países como Bolivia y Colombia busquen la definición exhaustiva y da espacio al estrangulamiento del concepto de voluntario. Como al inicio del texto, pensar en una ley que contenga a todos, no veo como una solución clara y correcta. ¿Será que siempre buscamos un anillo que gobierne a todos? ¿Acaso no será esa perspectiva una puerta a esas tinieblas que todos evitamos mientras no tengamos el anillo? EL ACERCAMIENTO A LA LEGISLACIÓN BOLIVIANA Y COLOMBIANA EN TEMAS DE VOLUNTARIADO Rodrigo Vargas Sainz