El artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
Nacionalidad mexicana por nacimiento
La nacionalidad mexicana por nacimiento es la forma más común de adquirir la nacionalidad mexicana. Se puede adquirir de dos maneras:
Esta disposición se basa en el principio de ius soli, que establece que la nacionalidad se adquiere por el lugar de nacimiento.
Esta disposición se basa en el principio de ius sanguinis, que establece que la nacionalidad se adquiere por la filiación consanguínea.
Nacionalidad mexicana por naturalización
La nacionalidad mexicana por naturalización es el proceso mediante el cual una persona extranjera adquiere la nacionalidad mexicana. Se puede adquirir bajo las siguientes condiciones:
Además de estos requisitos generales, los solicitantes de nacionalidad mexicana por naturalización pueden estar sujetos a requisitos adicionales, dependiendo de su origen. Por ejemplo, los solicitantes que son originarios de países con los que México tiene un tratado de reciprocidad en materia de nacionalidad pueden estar exentos del requisito de residencia.
El proceso de naturalización en México se inicia con la presentación de una solicitud ante la Secretaría de Relaciones Exteriores. La solicitud debe acompañarse de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Nacionalidad.
Una vez que la solicitud es presentada, la Secretaría de Relaciones Exteriores inicia un proceso de investigación para verificar que el solicitante cumple con los requisitos. Si el solicitante cumple con los requisitos, la Secretaría de Relaciones Exteriores emite una resolución favorable, otorgando la nacionalidad mexicana.
La nacionalidad mexicana por naturalización tiene los mismos efectos jurídicos que la nacionalidad mexicana por nacimiento. Los mexicanos naturalizados tienen los mismos derechos y deberes que los mexicanos nacidos en el país.
En conclusión, las dos formas únicas de adquisición de la nacionalidad mexicana de acuerdo con el artículo 30 constitucional son:
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