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5 - Existe el derecho real de CONDOMINIO cuando: a)Una persona usa y goza una cosa propia, sin alterar la sustancia de la cosa b)Una persona usa ...

5 - Existe el derecho real de CONDOMINIO cuando:


a)Una persona usa y goza una cosa propia, sin alterar la sustancia de la cosa
b)Una persona usa y goza una cosa ajena, quedándosela al finalizar el usufructo.
c)Una persona usa y goza una cosa propia debiendo abandonarla al finalizar el usufructo
d)Una persona usa y goza una cosa ajena sin alterar la sustancia de la cosa
e)Ningun

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💡 1 Respuesta

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La respuesta correcta es (d). El derecho real de condominio existe cuando una cosa pertenece en común a varias personas, cada una de las cuales tiene derecho a usar y gozar de la cosa en proporción a su parte indivisa.

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