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Las faltas de policía y buen gobierno. En términos generales, la ley, el reglamento o el bando de la materia regulan conductas tendentes en lo fund...

Las faltas de policía y buen gobierno. En términos generales, la ley, el reglamento o el bando de la materia regulan conductas tendentes en lo fundamental a una correcta utilización de la vía y los lugares públicos. De nuestra obra mencionada al final del tema tomamos lo esencial del artículo séptimo del abrogado Reglamento Gubernativo de Justicia Cívica para el Distrito Federal. En los términos de las disposiciones relativas, pueden ser faltas de policía y buen gobierno o cívicas: 1. Expresar o realizar actos que causen ofensa a una o más personas. Se refiere básicamente a injurias expresadas en forma verbal o por señas. Para estimar que existe ofensa, es necesario ponderar el comportamiento usual entre ofensor y ofendido; ya que alguna expresión puede ser lesiva en determinado medio, no así en otro en el cual se use de modo intrascendente. 2. Participar en juegos de cualquier índole que afecten el libre tránsito o molesten a las personas. La falta de espacios recreativos propicia el uso de la vía pública para practicar deportes de conjunto, pero ello no justifica que terceras personas sean privadas del derecho a trasladarse libremente.

Esta pregunta también está en el material:

Derecho administrativo 2o CURSO
521 pag.

Direito Constitucional; Direito Empresarial OutrosOutros

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