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4 Género y perspectiva de género

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V IOLENC IA 
DE GÉNERO 
Género y perspectiva de género
U N I D A D 4
ÍND ICE
4.1 Métodos de detección, evaluación y diagnóstico
4.2 Mujeres drogodependientes y maltratadas
4.3 Procesos de intervención en la violencia de género
4.4 Respuesta institucional y recursos ante las víctimas y 
agresores
4.1 Métodos de detección, evaluación y diagnóstico
Tal y como recoge en su libro Leonor Walker, psicóloga, y autora de la “Teoría del ciclo de la violencia” (1979), 
se puede establecer una serie de etapas en las relaciones en las que existen malos tratos:
1. 
Elaboración de 
la tensión
2. 
Explosión de 
la violencia y 
agresión
3. 
Calma o 
reconciliación 
“luna de miel”
F A S E D E A C U M U L A C I Ó N D E T E N S I Ó N : Existe una escalada gradual de irritabilidad por 
parte del hombre, sin motivo comprensible para la mujer, con discusiones donde aparecen la violencia verbal y 
ademanes premonitorios de agresión física. La tensión sigue aumentando hasta pasar a la siguiente fase. .
Teoría del ciclo de la violencia
F A S E D E E X P L O S I Ó N V I O L E N T A , A G R E S I Ó N O M A L T R A T O A G U D O :
Estalla la violencia con agresión física, psíquica y/o sexual. Suele ser la fase donde la mujer denuncia o 
pide ayuda. Inicialmente el agresor intenta justificar sus actos, pero rápidamente se descontrola.
Teoría del ciclo de la violencia
F A S E D E A R R E P E N T I M I E N T O , R E C O N C I L I A C I Ó N O “ L U N A D E M I E L ” :
Desaparecen la violencia y la tensión y se inician por parte del agresor estrategias de manipulación afectiva y 
falso arrepentimiento, lo que hace difícil la decisión de la mujer de romper con la situación. Esta fase durará cada 
vez menos tiempo hasta hacerse inexistente.
Pide perdón e incluso puede cambiar durante una temporada y a pensar que si ella no vuelve a comportarse de 
forma “inadecuada” él no tendrá que “castigarla de nuevo”.
Ella llega a pensar que él ha cambiado realmente y puede pensar que no volverá a ocurrir.
Teoría del ciclo de la violencia
Las características del maltrato, el hecho de que se dé de manera repentina e imprevisible, suele producir respuesta de 
indefensión y sumisión en la mujer, que tiene a su vez un efecto de reforzar el comportamiento agresivo del 
hombre ayudando a crear una espiral de violencia, dado que la intensidad de las conductas violentas se incrementa de 
manera progresiva, lo que Walker ha denominado: escalada de la violencia de género.
Agresiones 
psicológicas
Agresiones 
verbales
Agresiones 
físicas
Muerte 
violenta
“Uso intencionado de la fuerza física en contra de un semejante, con el propósito 
de herir, abusar, robar, humillar, dominar, ultrajar, torturar, destruir o causar la 
muerte”
Este concepto se identifica con actos de violencia entre personas concretas y, 
fundamentalmente, actos de violencia física.
Se puede quedar un poco cojo, ya que excluye otras manifestaciones violentas de 
carácter no estrictamente físico. Presta excesiva atención a actos aislados de 
violencia, sin considerar su posible reiteración en el tiempo y su 
complementariedad con otros comportamientos.
Cada vez la mujer es más dependiente, cada vez tiene menos energía para 
luchar (indefensión aprendida). Es el marido o pareja, y no ella, quien controla 
estos ciclos y el que decide cuándo se acaba la Luna de Miel.
Este ciclo hace que sea difícil la detección, ya que las propias mujeres no son, 
en muchos casos, conscientes de estar siendo víctimas de violencia de género.
Los protocolos de detección de la violencia de género en ámbitos 
profesionales (equipos médicos, equipos docentes, etc.) son fundamentales, 
ya que pueden presentar espacios seguros en los que las mujeres víctimas de 
violencia de género puedan compartir su situación.
4.2 Mujeres drogodependientes y maltratadas
A C C E D E A E S T E E N L A C E
https://www.elsevier.es/es-revista-trastornos-adictivos-182-articulo-mujeres-drogodependientes-maltratadas-analisis-intervencion-13075020
4.3 Procesos de intervención en la violencia de género
P r i n c i p i o s d e l a i n t e r v e n c i ó n c o n m u j e r e s 
v í c t i m a s d e v i o l e n c i a p o r p a r t e d e p r o f e s i o n a l e s :
Las difíciles y diversas experiencias de violencia que las mujeres 
puedan haber vivido, las coloca en una situación de especial 
desventaja, exclusión y vulnerabilidad. Por ello, nunca debemos 
aprovecharnos de esta situación para que lleven a cabo alguna 
acción o tomen alguna decisión, que no decidan 100% ellas.
Todas las actividades en las que participen deben contar con el 
consentimiento de estas.
No se pueden llevar a cabo ningún tipo de prácticas excluyentes 
y discriminatorias, ya sea por nacionalidad, género, condición 
económica, etnia, edad, orientación sexual, etc.
Dadas las difíciles y diversas experiencias de violencia que 
atentan contra la seguridad de las mujeres víctimas de violencia 
de género, se debe de poner especial cuidado en la 
confidencialidad de sus datos.
Es importante que todas las personas profesionales que 
participen en la intervención con mujeres víctimas de violencia 
de género tengan presente el ciclo de violencia y la situación 
psicosocial de las mujeres.
El abordaje interdisciplinar de la violencia de género es 
fundamental para la recuperación integral de las víctimas.
Es imprescindible evitar la victimización secundaria
Se ha de atender a la víctima y, ante su situación de clara 
desigualdad respecto al hombre, que la mantiene sumisa y 
subordinada a sus deseos, optar por empoderarla, equilibrarla 
psicológicamente a través de tratamientos médicos y 
psicológicos que la permitan recobrar su autoestima y su 
capacidad para decidir de modo libre.
Las condiciones físicas en que se desarrolle 
la atención a la mujer deben garantizar:
• L A D I S C R E C I Ó N
• L A I N T I M I D A D
• L A C O N F I A N Z A
• Hay que mostrarle que no tiene prisa, que dispone de 
tiempo para ser atendida.
• Hay que evitar todo tipo de juicios condenatorios o 
reproches, esto es, comentarios que la puedan hacer 
desistir de denunciar.
• La declaración debe contener todos los datos que se 
estimen de interés, siendo minuciosa.
• Se prestará mucha atención a las pruebas que puedan 
aportarse, especialmente si presenta lesiones debe ser 
trasladada a un centro médico, acompañándola y 
recogiendo la certificación facultativa.
• Tener presente que el mayor riesgo se produce cuando 
hay separación o divorcio.
• Si la mujer decide huir y dejar el domicilio, debe ir 
acompañada. Debiendo realizarse un acta, en la 
jefatura o comisaria, de los enseres y documentación 
que ha retirado, que firmará ella con los policías que la 
acompañaran, a efectos de evitar que el imputado 
pueda aducir que le ha robado, llegado a interponer 
denuncia contra ella.
S E X U A L : Se produce cuando se fuerza a la mujer a mantener relaciones sexuales ose le obliga a realizar 
conductas sexuales en contra de su voluntad. Si bien, cuando en esa relación se produzca una penetración 
forzada se considera violación.
P L A N E S D E A C T U A C I Ó N
Comunicaciones
• P R I M E R N I V E L Funcionario policial que tiene asignada labor de 
prevención, asistencia y protección de las mujeres
• S E G U N D O N I V E L Sala de emergencias, para que la mujer acuda 
cuando requiera intervención inmediata, o no contacte con el policía que tiene 
encargado su labor de prevención.
• T E R C E R N I V E L Sala de Coordinación operativa, con un número de 
teléfono gratuito, atendido 24 horas.
S E X U A L : Se produce cuando se fuerza a la mujer a mantener relaciones sexuales ose le obliga a realizar 
conductas sexuales en contra de su voluntad. Si bien, cuando en esa relación se produzca una penetración 
forzada se considera violación.
F U N C I O N E S D E L A P O L I C Í A D E P R E V E N C I Ó N
• M a nt e n e r c o n t a c t o p e r m a n e n t e 
c o n l a m u j e r m a l t r a t a d a .
• D e t e c t a r y c o n t r o l a r p o s i b l e s 
s i t u a c i o n e s d e r i e s g o .
• M a n t e n e r c o n t r o l d e l a s z o n a s o 
á r e a s d e v i d a c o t i d i a n a d e l a 
m u j e r .
• A l e n t a r a l a m u j e r a p r e s e n t a r 
d e n u n c i a s i f u e s e d e n u e v o 
v í c t i m a d e m a l o s t r a t o s .
S E X U A L : Se produce cuando se fuerza a la mujer a mantener relaciones sexuales ose le obliga a realizar 
conductas sexuales en contra de su voluntad. Si bien, cuando en esa relación se produzca una penetración 
forzada se considera violación.
C A U S A S D E L A N O D E N U N C I A
Hemos, sin duda, de buscar las causas de esta actuación de muchas de las víctimas 
de violencia de género, y aquéllas, entendibles o no, pueden ser múltiples, continúa el 
amor, el miedo, la dependencia…, pero sobre todas ellas, algunos profesionales 
destacan la llamada “indefensión aprendida”, se trata de la actitud pasiva ante un 
destino atroz, ante la muerte o, sin llegar a ella, ante la propia destrucción física o 
psicológica sin poner nada de su parte.
Todo ello nos sirve para poner de relieve el hecho de que no es tan fácil como se 
trata de hacer ver por el legislador, el que la víctima interponga la denuncia, es 
necesario que previamente a tomar esta decisión, haya salido de su situación de 
indefensión y haya aprendido a quererse, estimarse y tener confianza en sí misma.
4.4 Respuesta institucional y recursos ante las víctimas y agresores
En los últimos 15 años nuestro ordenamiento jurídico ha integrado distintas 
leyes dirigidas a luchar contra la violencia de género, tales como:
• La Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, de Medidas Concretas en Materia de 
Seguridad Ciudadana, Violencia Doméstica e Integración Social de los Extranjeros;
• La Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 
10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal;
• La Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de 
la Violencia Doméstica;
• El Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del 
Pacto de Estado contra la violencia de género.
Además de las leyes aprobadas por diversas Comunidades Autónomas, dentro 
de su ámbito competencial. Todas ellas incidían en distintos ámbitos civiles, 
penales, sociales o educativos a través de sus respectivas normativas.
Medidas de información a las mujeres víctimas de violencia de 
género
Con la finalidad de garantizar el derecho a la información y al 
asesoramiento adecuados a la situación personal de las víctimas de 
violencia de género, en todo el territorio, con independencia de 
su lugar de residencia, la Delegación del Gobierno puso en marcha 
el servicio telefónico de información y asesoramiento jurídico en 
materia de violencia de género.
Además de ofrecer atención especializada las 24 horas del día y 
de su carácter gratuito, pueden destacarse las siguientes características 
del servicio:
• Acceso a través de un número corto de tres 
dígitos por considerare servicio de interés general, 
016, lo que permite un rápido acceso y fácil 
memorización.
• Plena accesibilidad de las personas con discapacidad 
auditiva, por ello el servicio cuenta con un 
dispositivo DTS conectado a través del número 900 
116 016.
• Universalidad en la prestación del servicio que 
atiende en castellano, inglés, francés y las 
lenguas co-oficiales (catalán, gallego y euskera).
• Actualización permanente de la información facilitada sobre los derechos de las 
mujeres víctimas y sobre los recursos especializados disponibles en materia de 
empleo, servicios sociales, ayudas económicas, servicios de información y asistencia o 
Turnos de Oficio, para la atención inmediata de una situación de malos tratos.
• Prestación del servicio de información por un equipo de operadoras licenciadas con 
formación especializada en violencia de género.
• Asesoramiento jurídico especializado proporcionado por un equipo de juristas 
especialistas en violencia de género (de 9 a 21 horas de lunes a viernes, y de 12 a 
20 horas los sábados, domingos y festivos)
• Garantía de la confidencialidad de los datos de las personas usuarias del servicio.
• Derivación automática de las llamadas de emergencia a las plataformas 
112 autonómicas.
Además, existe el derecho a la asistencia social integral, lo que hace posible 
que las mujeres víctimas de violencia de género:
• Reciban asesoramiento sobre las actuaciones que pueden emprender y sus 
derechos,
• Conozcan los servicios a los que pueden dirigirse para recabar asistencia 
material, médica, psicológica y social,
• Accedan a los diferentes recursos de alojamiento (emergencia, acogida 
temporal, centros tutelados, etc.),
• Recuperen su salud física y/o psicológica,
• Logren su formación, inserción o reinserción laboral, reciban apoyo psicosocial 
a lo largo de todo el itinerario de la víctima.
Así mismo, el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Las mujeres víctimas de violencia de género tienen 
reconocido, a nivel legal, un estatuto integral de protección con asistencia letrada inmediata e integral en todos los 
procesos judiciales y procedimientos administrativos que tengan su causa fundamentada en la violencia de género, 
incluida la ejecución de sentencia, sin necesidad de tramitar previamente la solicitud de asistencia jurídica gratuita.
También se cuenta con un programa específico de inserción socio laboral para 
mujeres víctimas de violencia de género, inscritas como demandantes 
de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, que tiene como objetivo 
procurar la inserción laboral por cuenta ajena de las mujeres víctimas 
de violencia de género o el desarrollo, en su caso, de una actividad 
profesional por cuenta propia.
• Itinerarios de inserción socio laboral, individualizado y realizado por personal 
especializado. Programas formativos específicos para favorecer la inserción socio 
laboral por cuenta ajena. Incentivos para favorecer el inicio de una nueva actividad 
por cuenta propia.
• Incentivos para las empresas que contraten a víctimas de violencia de género. 
Incentivos para facilitar la movilidad geográfica.
• Incentivos para compensar diferencias salariales.
• Convenios con empresas para facilitar la contratación de mujeres.
De la misma forma, también se han llevado a cabo medidas de información 
dirigidas a la ciudadanía en su conjunto como:
• Campañas de televisión.
• Campañas a través de empresas.
• Carreras populares.
• Campañas desde el ámbito cultural.
HAS 
TERM INADO 
LA UN IDAD
U N I D A D 1

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