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1 Violencia de género

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V IOLENC IA 
DE GÉNERO 
Concepto y tipología
U N I D A D 1
ÍND ICE
1.1 Introducción
1.2 Definición y tipología
1.3 Ámbitos de la violencia de género 
1.4 Características
1.4.1 Estrategias
1.5 Ámbitos de actuación
1.6 Orden de protección
1.1 Introducción
Desde 2003 un total de 1.066 mujeres han sido asesinadas por sus 
parejas o exparejas, siendo el año 2008 el más nefasto ya que se 
registraron hasta 76 mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas.
VIOLENCIA DE 
GÉNERO
“una manifestación más de la 
resistencia que existe a reconocer que 
la violencia contra las mujeres no es 
una cuestión biológica ni doméstica 
sino de género (…) no nos hallamos 
ante una forma de violencia individual 
que se ejerce en el ámbito familiar o 
de pareja por quien ostenta una 
posición de superioridad física 
(hombre) sobre el sexo, teóricamente,
más débil (mujer), sino que es
consecuencia de una situación de
discriminación intemporal que tiene su
origen en una estructura social de
naturaleza patriarcal”.
El uso de la expresión “violencia de género” es tan reciente como el 
propio reconocimiento de la realidad del maltrato a las mujeres. En este 
sentido, hay que entender este hecho como: 
En la I Conferencia Mundial de la Mujer celebrada en México en 1975, se 
reconoció por primera vez la gravedad de la violencia contra las mujeres.
Y, en las siguientes conferencias internacionales, se han propuesto medidas para que los diferentes Estados impulsen 
políticas preventivas e integrales contra uno de los principales obstáculos que impiden la libertad de las mujeres, como es la 
violencia de género. Hacemos un recorrido sobre algunas de las declaraciones que han ido realizando a lo largo de los 
últimos años, diferentes organismos.
D E F I N I C I O N E S
D E S T A C A D A S
2
1
Art. 1 de la Declaración sobre 
la Eliminación de la Violencia 
contra las Mujeres de la 
Asamblea General de 
Naciones Unidas (1993)
«Todo acto de violencia basado en la 
pertenencia al sexo femenino, que 
tenga o pueda tener como resultado 
un daño o sufrimiento físico, sexual 
o psicológico para la mujer, así 
como las amenazas de tales actos, la 
coacción o la privación arbitraria de 
la libertad, tanto si se producen en 
la vida pública como en la privada».
4
3
IV Conferencia Internacional
de Beijing de 1995
«Identifica la violencia, tanto física 
como psicológica, que se ejerce 
contra las mujeres por razón de su 
sexo, como consecuencia de su 
tradicional situación de 
sometimiento al varón en las 
sociedades de estructura 
patriarcal».
Recomendación del Comité 
de Ministros del Consejo de 
Europa a los Estados 
miembros sobre la 
Protección de la Mujer 
contra la Violencia, aprobada 
el 30 de abril del 2002
«Cualquier acto violento por razón 
del sexo, que puede tener como 
resultado un daño físico, sexual, 
psicológico o el sufrimiento de la 
mujer, incluyendo la coacción o la 
privación de libertad producidas en 
la vida pública o en la privada».
Ley Orgánica 1/2004, de 
28 de diciembre, de 
Medidas de Protección 
integral contra la violencia 
de género en el ámbito 
español.
«Manifestación de la 
discriminación, la situación de 
desigualdad y las relaciones de 
poder de los hombres sobre las 
mujeres...» (art.-1).
1.2 Definición y tipología
S A B E R M Á S
Definición y 
tipología
Nos encontramos, principalmente, 
con dos conceptos de violencia: 
restringida y extensa:
“Uso intencionado de la fuerza física en contra de un semejante, con el propósito 
de herir, abusar, robar, humillar, dominar, ultrajar, torturar, destruir o causar la 
muerte”
Este concepto se identifica con actos de violencia entre personas concretas y, 
fundamentalmente, actos de violencia física.
Se puede quedar un poco cojo, ya que excluye otras manifestaciones violentas de 
carácter no estrictamente físico. Presta excesiva atención a actos aislados de 
violencia, sin considerar su posible reiteración en el tiempo y su 
complementariedad con otros comportamientos.
Violencia
RESTRINGIDA
“Uso intencionado de la fuerza física en contra de un semejante, con el 
propósito de herir, abusar, robar, humillar, dominar, ultrajar, torturar, destruir o 
causar la muerte”.
Este concepto se identifica con actos de violencia entre personas concretas y, 
fundamentalmente, actos de violencia física.
Se puede quedar un poco cojo, ya que excluye otras manifestaciones violentas 
de carácter no estrictamente físico. Presta excesiva atención a actos aislados 
de violencia, sin considerar su posible reiteración en el tiempo y su 
complementariedad con otros comportamientos.
“Uso intencionado de la fuerza física en contra de un semejante, con el propósito 
de herir, abusar, robar, humillar, dominar, ultrajar, torturar, destruir o causar la 
muerte”
Este concepto se identifica con actos de violencia entre personas concretas y, 
fundamentalmente, actos de violencia física.
Se puede quedar un poco cojo, ya que excluye otras manifestaciones violentas de 
carácter no estrictamente físico. Presta excesiva atención a actos aislados de 
violencia, sin considerar su posible reiteración en el tiempo y su 
complementariedad con otros comportamientos.
Violencia
EXTENSA
“Todo aquello que impide que la gente satisfaga sus necesidades 
fundamentales: alimentación, vivienda, vestido, y también dignidad”.
La violencia extensa, consistiría en amenazas evitables contra la satisfacción 
de las necesidades humanas básicas (necesidad de subsistencia, de bienestar, 
de identidad, de libertad); disminuyendo el nivel real de satisfacción de las 
necesidades por debajo de lo que sería potencialmente posible.
Este sí es un concepto suficientemente amplio para abarcar todas las 
manifestaciones de la violencia. Además, no es tan inclusiva como para 
permitir que cualquier cosa quepa en ella.
“Uso intencionado de la fuerza física en contra de un semejante, con el propósito 
de herir, abusar, robar, humillar, dominar, ultrajar, torturar, destruir o causar la 
muerte”
Este concepto se identifica con actos de violencia entre personas concretas y, 
fundamentalmente, actos de violencia física.
Se puede quedar un poco cojo, ya que excluye otras manifestaciones violentas de 
carácter no estrictamente físico. Presta excesiva atención a actos aislados de 
violencia, sin considerar su posible reiteración en el tiempo y su 
complementariedad con otros comportamientos.
Este segundo concepto, se acerca más a la realidad de la violencia de género, 
ya que más allá de la violencia física, la violencia ejercida contra las mujeres 
por su género abarca muchísimas otras dimensiones.
“La violencia está presente cuando los seres humanos se ven influidos 
de tal manera que sus realizaciones efectivas, somáticas y mentales, 
están por debajo de sus realizaciones potenciales”, de modo que 
“cuando lo potencial es mayor que lo efectivo, y ello es evitable, existe 
violencia”. Johan Galtung
V I O L E N C I A 
D I R E C T A
V I O L E N C I A 
E S T R U C T U R A L
V I O L E N C I A 
C U L T U R A L
Violencia visible
Violencia invisible
V I O L E N C I A 
D I R E C T A
V I O L E N C I A 
E S T R U C T U R A L
V I O L E N C I A 
C U L T U R A L
Violencia visible
Violencia invisible
Este triángulo busca representar las 
dinámicas de la generación de 
violencia. Sin la existencia de algunos 
de los vértices, los otros no 
funcionarían. La violencia puede 
comenzar en cualquiera de los 
vértices, pero siempre necesita de los 
otros para mantenerse.
V I O L E N C I A 
D I R E C T A
V I O L E N C I A 
E S T R U C T U R A L
V I O L E N C I A 
C U L T U R A L
Violencia visible
Violencia invisible
La violencia visible, los actos violentos 
concretos.
Se refiere a la negación de la satisfacción de las 
necesidades humanas básicas, por parte de las diferentes 
estructuras sociales. 
La violencia contra las mujeres es una característica 
estructural de las sociedadespatriarcales.
Legitima la violencia al darle un respaldo cultural. La 
violencia contra las mujeres es resultado de la idea de 
superioridad masculina y de los valores que se reflejan en 
el código patriarcal.
P S Í Q U I C A : Aquellos actos o conductas que producen desvalorización o sufrimiento en las mujeres. 
Pueden incluir amenazas, humillaciones, exigencia de obediencia, tratar de convencer a la víctima de que ella es 
la culpable de cualquier problema. Pueden manifestarse con conductas verbales coercitivas como los insultos, el 
aislamiento, el control de las salidas de casa, descalificar o ridiculizar la propia opinión, humillaciones en 
público, así como limitar y retener el dinero. Todas ellas son formas de maltrato.
La violencia puede adoptar distintas formas, estas tres formas de violencia: 
psíquica, física y sexual suelen combinarse y son muy difíciles de separar:
F I S I C A : Este tipo de violencia comprende cualquier acto, no accidental, que provoque o pueda producir 
daño en el cuerpo de la mujer.
S E X U A L : Se produce cuando se fuerza a la mujer a mantener relaciones sexuales ose le obliga a realizar 
conductas sexuales en contra de su voluntad. Si bien, cuando en esa relación se produzca una penetración 
forzada se considera violación.
S E X U A L : Se produce cuando se fuerza a la mujer a mantener relaciones sexuales ose le obliga a realizar 
conductas sexuales en contra de su voluntad. Si bien, cuando en esa relación se produzca una penetración 
forzada se considera violación.
Dentro de la violencia sexual, se puede distinguir entre:
• A G R E S I Ó N S E X U A L : Comprenden aquellas conductas 
sexuales donde se utiliza la fuerza o la intimidación.
• V I O L A C I Ó N : Comprende toda penetración, por la vagina, el ano o 
la boca, usando la fuerza o la intimidación. También se considera violación la 
penetración con objetos. Cuando una mujer haya sido forzada a realizar estos 
actos, se considera violación.
• A C O S O S E X U A L : Cualquier comportamiento, verbal o físico, de 
naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar 
contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno 
intimidatorio, degradante u ofensivo.
S E X U A L : Se produce cuando se fuerza a la mujer a mantener relaciones sexuales ose le obliga a realizar 
conductas sexuales en contra de su voluntad. Si bien, cuando en esa relación se produzca una penetración 
forzada se considera violación.
Existen muchas maneras de denominar la violencia de género, que vamos a ver a continuación:
• V I O L E N C I A B A S A D A E N G É N E R O : Aquella dirigida contra una persona debido al género 
que él o ella tiene, así como de las expectativas sobre el rol que él o ella deba cumplir en una sociedad o cultura, 
poniendo de relieve la subordinación femenina en la sociedad y su creciente vulnerabilidad respecto a la violencia.
• V I O L E N C I A C O N T R A L A S M U J E R E S : expone más claramente la negligencia de los 
gobiernos para combatir las desigualdades de poder entre varones y mujeres.
• V I O L E N C I A D E G É N E R O E N C O N T R A D E L A S M U J E R E S : para resaltar la 
importancia del género en el conjunto de factores sociales, sexuales, económicos, jurídicos y políticos que 
determinan los patrones de dominación estructural de los hombres sobre las mujeres.
• V I O L E N C I A C O N T R A L A S M U J E R E S E N F U N C I Ó N D E L G É N E R O :
Hace referencia a las formas de violencia cuyas víctimas son mujeres por el mero hecho de serlo.
1.3 Ámbitos de la violencia de género
Á M B I T O S D E L A V I O L E N C I A D E G É N E R O
La violencia existente en los mecanismos, en los procesos.
Ej. en conflicto entre dos grupos, siempre se va a favor de uno de 
los grupos.
Violencia estructural (violencia sistémica)
No se ejerce de forma directa, pero son las consecuencias que se 
derivan de ciertas acciones.
Ej. Hambre en el mundo – las políticas que hacen que haya 
personas que pasen hambre en el mundo no están diseñadas con 
ese objetivo. No se crean para desfavorecer a unos, si no para 
favorecer a otros y, en consecuencia, desfavorecen a los 
primeros.
Violencia indirecta
Cualquier aspecto de nuestra cultura que pueda ser utilizado 
para justificar o legitimar la violencia indirecta o estructural.
La apropiación cultural estaría aquí dentro.
Violencia cultural
El agente violento lleva a cabo una violencia sobre la víctima, 
de una forma indirecta, que la víctima ni se sabe víctima, e 
incluso justifica al agresor.
Forma parte de la violencia cultura. Legitima el dominio.
Violencia simbólica
Supone el control en el acceso a los recursos económicos que 
deben ser compartidos, al derecho de propiedad, a la 
educación y a un puesto de trabajo, derechos reconocidos en 
la Constitución.
Violencia económica
Sobreposición de una situación sobre otra que aumentan la 
posibilidad de sufrir violencia.
Ej. pobreza + mujer.
Discriminación múltiple
Ejercer el impacto psicológico a través de personas que están 
fuera del conflicto.
Ej. hijas e hijos.
En la ley española se consideran víctimas, la mujer y sus hijas e 
hijos.
Violencia vicaria
1.4 Características
1.4 Características
1.4.1 Estrategias
• Es un rasgo social a la vez que un fenómeno individual.
• Tiene un carácter instrumental.
• Es estructural e institucional.
• Es ideológica.
• Está por todas partes.
• Afecta a todas las mujeres.
• No es natural, es aprendida.
• Es tolerada socialmente.
• Se deriva de la desigualdad de poder entre hombres y mujeres.
• Pasa desapercibida y es difícil de advertir.Características
Estrategias para abordar la desigualdad de 
género. 3 estrategias:
I G U A L D A D 
D E T R A T O
01 Medidas que tienen como finalidad alcanzar la igualdad 
formal/legal entre ambos sexos. 
Igualdad de iure.
Aparece en los años 20 –
Feminismo de primera ola. 
Sufragismo, búsqueda de 
igualdad formal.
¿Qué está mal? - Desigualdad 
ante la ley
¿Qué hay que hacer? - Cambiar 
de las leyes para garantizar la 
igualdad formal. 
Políticas públicas que intentan ir 
probando distintos mecanismos 
para ver qué funciona.
¿Quién debe hacerlo? -
Legisladores
A C C I O N E S 
E S P E C Í F I C A S 
P A R A L A 
I G U A L D A D
02 Al constatar que igualdad formal no conlleva igualdad real es necesario crear estrategias políticas para garantizar las mismas oportunidades corrigiendo las desventajas que recaen 
sobre las mujeres.
Se establecen medidas de:
Igualdad de oportunidades: acciones específicas que pretenden eliminar barreras económicas, 
sociales, culturales y de poder, que impiden al colectivo femenino tener una situación análoga 
a los hombres.
Acciones positivas o discriminación positiva: Favorecer el acceso de miembros de ciertas 
categorías a los derechos que se le han garantizado, en la misma medida que los miembros 
de otras categorías. (ej. cuotas)
Aparece en años 60. Feminismo de la segunda ola. La igualdad formal no es real. Lo 
personal es político. Los derechos que tenemos en la ley, no se aplican en la vida.
¿Qué está mal? - Desigualdades de partida. Problemas específicos de las mujeres y 
desventajas.
¿Qué hay que hacer? - Diseño y aplicación de programas específicos para las mujeres. 
Tailoring - se trata de hacer políticas a medida de las mujeres, para mejorar esa situación de 
partida que provoca la desigualdad de oportunidades.
¿Quién debe hacerlo? - Agencias especializadas. De aquí nace el feminismo de estado o 
femocracia.
Feminismo de Estado, femocracia, o feminismo institucional. Instituciones cuyo principal 
cometido es impulsar la formulación o puesta en práctica de medidas para alcanzar un mayor 
grado de igualdad entre las mujeres y los hombres se han fundado y consolidado en la mayor 
parte de los paises occidentales (ej. Ministerio de igualdad)
M A I N S T R E A M I N G 
DE G É N E R O
03
Es la organización (reorganización), la mejora, el desarrollo y la evaluación de los 
procesos políticos, de modo que una perspectiva de igualdad de género se 
incorpore en todas las políticas, a todos los niveles y en todas las etapas, por los 
actores normalmente involucrados en la adopción de medidas políticas.
Aparece años 90. Feminismo de la tercera ola. - No está tan clara esta relación. 
Reconocimiento de la diversidad, cuestionamiento sexo-género.
Empieza a incorporar la diversidad a través de la interseccionalidad, ya bien 
avanzadas las estrategias de mainstreaming. El mainstreaming está basado en el 
sistema sexo-género.
¿Qué está mal? - políticas habituales e instituciones, causan o perpetúan la 
desigualdad.
¿Qué hay que hacer? - Reorganizar el proceso político para tener en cuenta e 
intentar erradicar las desigualdades. Transforming - transformar el proceso 
político.
Hay que cambiar todas las políticas públicas, hay que incorporar la perspectiva de 
género a todas las tomas de decisiones (e incorporar a mujeres en esta toma), a 
todos los procesos, no solo en políticas específicas.
¿Quién debe hacerlo? - Gobierno y actores implicados en los procesos políticos.
Relación entre las tres. Metáfora del taburete de tres patas. Cómo diseñar las 
políticas públicas para que sean efectivas. Siguen siendo necesarias las tres 
estrategias. Si desaparece una puede ser peligroso. Las dos primeras (medidas 
igualdad de trato y medidas para mujeres) son los instrumentos del 
mainstreaming, son estrategias complementarias. 
1.5 Ámbitos de actuación
V E R G U I A
Ámbitos de actuación
A C C E D E R A L E N L A C E
https://www.educacionyfp.gob.es/va/dam/jcr:80e16748-7d58-4201-a262-533ea09755fe/guia_atencion_victimas_violencia_cambiada-21042008.pdf
https://www.educacionyfp.gob.es/va/dam/jcr:80e16748-7d58-4201-a262-533ea09755fe/guia_atencion_victimas_violencia_cambiada-21042008.pdf
1.6 Orden de protección
Orden de 
protección
La Orden de protección es una resolución 
dictada por una Jueza o un Juez en la que se 
adoptan medidas de protección y seguridad, de 
naturaleza civil y penal, con el fin de proteger a 
las mujeres víctimas de la violencia de género 
cuando exista una situación objetiva de riesgo.
L A O R D E N D E P R O T E C C I Ó N C O N F I E R E A L A 
V Í C T I M A U N E S T A T U T O I N T E G R A L D E 
P R O T E C C I Ó N Q U E P O D R Á C O M P R E N D E R :
• Medidas cautelares de orden penal dirigidas al inculpado > prohibición de 
aproximación o comunicación, privación del derecho a la tenencia de armas, 
etc.
• Medidas de naturaleza civil > custodia de las hijos e hijos, régimen de 
prestación de alimentos, etc.
• Medidas de asistencia y protección social > Recursos económicos y 
servicios sociales de atención a las víctimas.
• Medidas administrativas > si la mujer víctima de violencia de género es 
extranjera en situación irregular, pueda iniciar la regularización de la 
situación, etc.
¿ E N Q U É C A S O S S E P U E D E L L E V A R A C A B O 
U N A O R D E N D E P R O T E C C I Ó N ?
• Cuando existan indicios fundados de la comisión de un delito 
contra la vida, integridad física o moral, la libertad sexual, la 
libertad o la seguridad de las personas.
• En aquellos casos en los que, durante la tramitación de un 
procedimiento penal, pueda surgir una situación de riesgo para 
alguna de las personas vinculadas con el investigado.
• En el caso de incumplimiento de alguna de las medidas 
cautelares.
LA PUEDEN SOL IC I TAR :
L A S O F I C I N A S D E AT E N C I Ó N A 
L A S V Í C T I M A S O L O S C E N T R O S D E 
AT E N C I Ó N A L A M U J E R 
L A V Í C T I M A E L M I N I S T E R I O F I S C A L
HAS 
TERM INADO 
LA UN IDAD
U N I D A D 1

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