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SEMINARIO: IVA COMO HERRAMIENTA Y SU IMPACTO FINANCIERO. TEMA: “EL EFECTO FINANCIERO DEL IVA APLICADO EN CORPORATIVO D & C, S.A. DE C.V., EN BASE AL FLUJO DE EFECTIVO.” INFORME FINAL QUE PARA OBTENER EL TITULO DE: CONTADOR PÚBLICO. PRESENTAN: ANGÉLICA ALEJANDRA PAZ SERVÍN. JAZMÍN CHÁVEZ TORRES. JOEL DAVID RESENDIZ PARDO. JULIO CESAR LORENZO PONCE. PAOLA ADRIANA TORRES PUGA. CONDUCTOR: C.P.C. ALDA LORENA PRECIADO SANCHEZ. MÉXICO, D.F., ENERO 2006. INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD TEPEPAN A G R A D E C I M I E N T O S . Al Instituto Politécnico Nacional: Al permitirnos ser parte integrante e importante de su Institución Sólida y Fuerte, con su lema “La Técnica al Servicio de la Patria” A la Escuela Super ior de Comercio y Administr ación Unidad Tepepan: Al ser nuestro segundo hogar durante el transcurso de nuestros estudios profesionales, consiguiendo asimismo nuevas amistades, experiencias y retos que nos forjaron como Contadores Públicos. A los Profesores: Por su enseñanza, apoyo, experiencia y dedicación en cada uno de los momentos de enseñanza que nos brindaron, al prepararnos como futuros Contadores Públicos, así como el compromiso que lleva consigo la profesión. ÍNDICE. Página Introducción. 14 CAPÍTULO I. ANTECEDENTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. 1.1. Contribuciones. 16 1.1.1. Impuesto. 16 1.1.2.1. Países que Aplican el Impuesto al Valor Agregado. 17 1.1.2.2. Impuesto al Valor Agregado en México. 18 1.1.3. Fin Social. 24 1.1.4. Fin Fiscal. 24 1.2. Definición de los Principales Elementos del IVA. 26 1.2.1. Sujeto. 28 1.2.2. Objeto. 29 1.2.3. Base. 29 1.2.4. Tasa. 29 1.2.5. Actos o Actividades que lo Causan. 30 CAPÍTULO II. MARCO REGULATORIO EN EL TRATAMIENTO Y APLICACIÓN DEL IVA. 2.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 35 2.1.1. Constitucionalidad. 38 2.1.1.1. Características de Constitucionalidad. 38 2.1.2. Inconstitucionalidad. 39 2.2. Ley de Ingresos de la Federación. 40 2.2.1. Fundamento. 40 2.2.2. Estructura de la Ley de Ingresos de la Federación. 40 2.2.3. Ejercicio Fiscal 2004 y 2005. 41 2.3. Ley del IVA 2005. 46 2.3.1. Regulación aplicable para 2005. 49 2.3.2. Otras Disposiciones Generales. 51 2.3.2.1. Compensación Universal. 51 2.3.2.2. El IVA No es Objeto de Compensación. 52 2.3.2.3. Avance de la Reforma Fiscal 2005. 55 2.3.2.4. Impuesto al Valor Agregado. 55 2.3.2.5. Impuesto Estatal a las Ventas y Servicios al Público. 56 CAPÍTULO III. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN BASE A FLUJO DE EFECTIVO. 3.1. Mecánica del Cálculo del 2005. 59 3.1.1. Sujetos Obligados. 59 3.1.2. Momento de Causación. 59 3.1.3. Base del Acto que lo Genera. 60 3.1.4. Los Comprobantes Fiscales. 61 3.1.4.1. Contribuyentes Obligados a Expedir Comprobantes Fiscales. 62 3.1.4.2. Requisitos de los Comprobantes Fiscales. 63 3.1.4.3. De los Comprobantes con Público en General. 65 3.1.4.4. De los Comprobantes de Pequeños Contribuyentes. 66 3.1.4.5. De los Comprobantes Fiscales Digitales. 67 3.1.5. Plazo para Conservar los Comprobantes. 67 3.1.6. Cálculo del pago Definitivo. 67 3.1.7. IVA Acreditable de Inversiones. 74 3.2. Conforme a Principios de Contabilidad. 77 3.3. Registros Contables del IVA Acreditable. 79 3.5. Régimen de Pequeños Contribuyentes. 84 CAPÍTULO IV. EL EFECTO FINANCIERO. 4.1. El Efecto Financiero. 91 4.1.1 El Financiamiento. 91 4.2. Lineamientos y Formas de Financiamiento. 92 4.2.1. Formas de Financiamiento. 93 4.2.1.1 Crédito Comercial. 93 4.2.1.2. Crédito Bancario. 94 4.2.1.3 Pagaré. 96 4.2.1.4. Línea de Crédito. 97 4.2.1.5. Papeles Comerciales. 99 4.2.1.6. Financiamiento por Medio de las Cuentas por Cobrar. 100 4.2.1.7. Financiamiento por Medio de los Inventarios. 101 4.3. Fuentes y Formas de Financiamiento a Largo Plazo. 102 4.3.1. Hipoteca. 102 4.3.2. Acciones. 103 4.3.3. Bonos. 105 4.3.4. Arrendamiento Financiero. 106 4.4. Financiamiento en Base al Flujo de Efectivo. 108 4.4.1. Concepto Flujo de Efectivo. 108 4.4.2. Finalidad. 109 4.4.3. Objetivo. 109 4.5. Tipos de Flujos de Efectivo. 109 4.5.1. Flujos de Efectivo Brutos Netos. 110 4.5.2. Flujos de Efectivo en Moneda Extranjera. 110 4.6. Bases de la Preparación. 111 4.7. Razones Financieras. 112 4.7.1. Análisis Financiero. 112 4.7.2. Razones de Liquidez. 112 4.7.3. Razones de Endeudamiento. 114 4.7.4. Razones de Rentabilidad. 115 4.7.5. Razones de Cobertura. 116 4.8. Estado de Cambios en la Situación Financiera. 117 4.8.1. Antecedentes. 117 4.8.2. Mecanismo para la Elaboración del Estado de Cambios en la Situación Financiera. 120 4.8.3. Método Indirecto en el Estado de Cambios en la Situación Financiera. Base Flujo de Efectivo. 121 4.9. Fuentes de Efectivo. 121 CAPÍTULO V. EL EFECTO FINANCIERO DEL IVA APLICADO EN CORPORATIVO D &C SA DE CV EN BASE A FLUJO DE EFECTIVO 5.1. Datos Generales. 126 5.1.1. El Efecto Financiero Del IVA Aplicado En Corporativo D &C SA De CV En Base A Flujo De Efectivo. 128 5.1.1.1. Catalogo De cuenta 129 5.1.1.2. Libro Diario de Septiembre 2005. 136 5.1.1.3. Libro Mayor de Septiembre 2005. 140 5.1.1.4. Balanza de Comprobación al mes de Septiembre 2005. 143 5.1.1.5. Conciliación Bancaria de Septiembre 2005. 145 5.1.1.6. Estado de Cuenta de Septiembre 2005. 146 5.1.1.7. Flujo de Efectivo de Septiembre 2005. 147 5.2. Determinación del Factor de Acreditambiento del IVA en Base a Flujo de Efectivo. 148 5.2.1. Cálculo del Factor de Acreditamiento. 148 5.2.2. Determinación IVA de Inversiones. 149 5.2.3. Identificación del IVA Acreditable Septiembre 2005. 150 5.2.4. Determinación del Pago de IVA Mensual Septiembre 2005. 151 5.3. Estados Financieros Corporativo D & C SA de CV 2005. 152 5.3.1. Estado de Situación Financiera de Septiembre 2005. 152 5.3.2. Estado de Resultados del mes de Septiembre 2005. 153 5.4. Razones Financieras Corporativo D & C SA de CV. 154 5.4.1 Razones de liquidez. 154 5.4.2 Razón de Solvencia. 154 5.4.3. Razón de Liquidez o Prueba del Ácido. 154 5.4.4 Razón de Capital de trabajo. 155 5.4.5. Razón de Endeudamiento o Solidez. 155 5.4.6. Razones de Apalancamiento. 155 5.5. Análisis de la Aplicación en Base a Flujo de Efectivo. 156 5.5.1. Comparativo Septiembre.2005 156 5.6.1. Libro Diario de Octubre 2005. 160 5.6.2. Libro Mayor de Octubre 2005. 163 5.6.3. Balanza de Comprobación al Mes de Octubre. 165 5.6.4. Conciliación Bancaria de Octubre 2005. 167 5.6.5. Estado de Cuenta de Octubre 2005. 168 5.6.6. Flujo de Efectivo de Octubre 2005. 169 5.7. Determinación del Factor de Acreditambiento del IVA en Base a Flujo de Efectivo. 170 5.7.1. Cálculo del Factor de Acreditamiento. 170 5.7.2. Determinación IVA de Inversiones. 171 5.7.3. Identificación del IVA Acreditable Octubre 2005. 172 5.7.4. Determinación del Pago de IVA Mensual Octubre 2005. 173 5.8. Estados Financieros Corporativo D & C SA de CV 2005. 174 5.8.1. Estado de Situación Financiera de Octubre 2005. 174 5.8.2. Estado de Resultados del mes de Octubre 2005. 175 5.9. Razones Financieras Corporativo D & C SA de CV. 176 5.9.1 Razones de liquidez. 176 5.9.2 Razón de Solvencia. 176 5.9.3. Razón de Liquidez o Prueba del Ácido. 176 5.9.4 Razón de Capital de trabajo. 176 5.9.5. Razón de Endeudamiento o Solidez. 177 5.9.6. Razones de Apalancamiento. 177 5.10. Análisis de la aplicación en Base a Fujo de Eectivo. 177 5.10.1. Comparativo Septiembre. 177 Conclusiones 178 Bibliografía. 180 ÍNDICE DE FIGURAS, DIAGRAMAS, MAPAS, GRÁFICAS, CUADROS FIGURAS. Página Figura No..1. Sacrificio del Águila. 18 Figura No..2. ArtículoGravado por el IVA. 22 Figura No. 3. Educación, Fin Social. 24 Figura No. 4. Etapa de Producción. 25 Figura No. 5. Servicio. 25 Figura No. 6. Contribución al Gasto Público. 26 Figura No. 7. Personas Físicas. 28 Figura No. 8. Personas Morales. 28 Figura No. 9. Recibo de la Contribución. 29 Figura No. 10. Personas Sujetas al Pago. 29 Figura No. 11. Precios Pactados. 29 Figura No. 12. Libros y Revistas. 31 Figura No. 13. Prestación de Servicios. 32 Figura No. 14. Casa Habitación. 32 Figura No. 15. Transportes Validos para Importar. 33 Figura No. 16. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 35 Figura No. 17. Obligaciones Tributarias. 39 Figura No. 18. Poder Ejecutivo. 41 Figura No. 19. Características de una Factura. 64 Figura No. 20. Comprobante Fiscal Público en General. 65 Figura No. 21. Comprobante Fiscal Pequeños Contribuyentes. 66 Figura No. 22. Financiamiento. 91 Figura No. 23. Empresas. 92 Figura No. 24. Crédito Comercial. 93 Figura No. 25. Fuente de Financiamiento. 95 Figura No. 26. Efectivo Disponible. 98 Figura No. 27. Formas de Financiamiento. 103 Figura No. 28. Representan la Participación Patrimonial. 104 Figura No. 29. Situación Financiera. 120 DIAGRAMAS. Diagrama No. 1. Jerarquía de las Leyes Fiscales Mexicanas. 19 Diagrama No. 2. Clasificación de los Impuestos. 21 Diagrama No. 3 Elementos del IVA. 27 Diagrama No. 4. División del Poder de la Federación. 37 Diagrama No. 5. Superioridad. 38 MAPAS. Mapa No. 1 Países Europeos y Año en que se Aplican el IVA. 17 Mapa No. 2. Región Fronteriza Tasa de IVA 10%. 24 GRÁFICAS. Gráfica No. 1. Porcentaje que Aporta el Gobierno Federal a la Ley de Ingresos de la Federación para 2004. 43 Gráfica No. 2. Porcentaje que Aporta el Gobierno Federal a la Ley de Ingresos de la 44 Federación para 2005. Gráfica No. 3. Porcentaje que Representan los Impuestos para el Gobierno Federal 20042005. 44 Gráfica No. 4. Diferencia en Recaudación de Impuestos 20042005. 45 Gráfica No. 5. Importancia de Impuestos Federales 20042005 en Relación a Ley de Ingresos de la Federación. 45 Gráfica No. 6. Representación Impuestos Federales 20042005. 46 CUADROS. Cuadro No. 1. Tipos de Tasas y Actos. 30 Cuadro No. 2 Estructura de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 36 Cuadro No. 3. Estructura de la Ley de Ingresos de la Federación. 40 Cuadro No. 4. Comparativo de la Ley de Ingresos de la Federación. 42 Cuadro No. 5. Estructura de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. 47 Cuadro No. 6. Calendario Opcional para la Presentación de los Avisos de Compensación. 53 Cuadro No. 7. Saldos de Contribuciones a Favor. Impuestos Contra los que se Puede Compensar. 54 Cuadro No. 8. Obligados a Expedir Comprobantes Fiscales. 62 Cuadro No. 9. Bimestres de Pago de Registro de Pequeños Contribuyentes. 89 ÍNDICE DE FIGURAS, DIAGRAMAS, MAPAS, GRÁFICAS, CUADROS FIGURAS. Página Figura No. 1. Sacrificio del Águila. 18 Figura No. 2. Artículo Gravado por el IVA. 22 Figura No. 3. Educación, Fin Social. 24 Figura No. 4. Etapa de Producción. 25 Figura No. 5. Servicio. 25 Figura No. 6. Contribución al Gasto Público. 26 Figura No. 7. Personas Físicas. 28 Figura No. 8. Personas Morales. 28 Figura No. 9. Recibo de la Contribución. 29 Figura No. 10. Personas Sujetas al Pago. 29 Figura No. 11. Precios Pactados. 29 Figura No. 12. Libros y Revistas. 31 Figura No. 13. Prestación de Servicios. 32 Figura No. 14. Casa Habitación. 32 Figura No. 15. Transportes Validos para Importar. 33 Figura No. 16. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 35 Figura No. 17. Obligaciones Tributarias. 39 Figura No. 18. Poder Ejecutivo. 41 Figura No. 19. Características de una Factura. 64 Figura No. 20. Comprobante Fiscal Público en General. 65 Figura No. 21. Comprobante Fiscal Pequeños Contribuyentes. 66 Figura No. 22. Financiamiento. 91 Figura No. 23. Empresas. 92 Figura No. 24. Crédito Comercial. 93 Figura No. 25. Fuente de Financiamiento. 95 Figura No. 26. Efectivo Disponible. 98 Figura No. 27. Formas de Financiamiento. 103 Figura No. 28. Representan la Participación Patrimonial. 104 Figura No. 29. Situación Financiera. 120 DIAGRAMAS. Diagrama No. 1. Jerarquía de las Leyes Fiscales Mexicanas. 19 Diagrama No. 2. Clasificación de los Impuestos. 21 Diagrama No. 3 Elementos del IVA. 27 Diagrama No. 4. División del Poder de la Federación. 37 Diagrama No. 5. Superioridad. 38 MAPAS. Mapa No. 1 Países Europeos y Año en que se Aplican el IVA. 17 Mapa No. 2. Región Fronteriza Tasa de IVA 10%. 24 GRÁFICAS. Gráfica No. 1. Porcentaje que Aporta el Gobierno Federal a la Ley de Ingresos de la Federación para 2004. 43 Gráfica No. 2. Porcentaje que Aporta el Gobierno Federal a la Ley de Ingresos de la Federación para 2005. 44 Gráfica No. 3. Porcentaje que Representan los Impuestos para el Gobierno Federal 2004 2005. 44 Gráfica No. 4. Diferencia en Recaudación de Impuestos 20042005. 45 Gráfica No. 5. Importancia de Impuestos Federales 20042005 en Relación a Ley de Ingresos de la Federación. 45 Gráfica No. 6. Representación Impuestos Federales 20042005. 46 CUADROS. Cuadro No. 1. Tipos de Tasas y Actos. 30 Cuadro No. 2 Estructura de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 36 Cuadro No. 3. Estructura de la Ley de Ingresos de la Federación. 40 Cuadro No. 4. Comparativo de la Ley de Ingresos de la Federación. 42 Cuadro No. 5. Estructura de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. 47 Cuadro No. 6. Calendario Opcional para la Presentación de los Avisos de Compensación. 53 Cuadro No. 7. Formas de Compensación del IVA. 54 Cuadro No. 8. Obligados a Expedir Comprobantes Fiscales. 62 Cuadro No. 9. Periodo de Pagos para REPECOS. 89 13 INTRODUCCIÓN. La reforma realizada en 2002 establece la mecánica para el cálculo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en base al flujo de efectivo, tomando en cuenta que desde 2001 se publico en miscelánea fiscal esto es, el impuesto que se debe enterar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito (SHCP) será el que se obtenga de lo efectivamente cobrado y pagado respectivamente. La influencia del IVA es muy significativa tanto en el ámbito social como el fiscal, sin su recaudación no se tendrían los recursos necesarios para dar cumplimiento a la Ley de Igresos de la Federación (LIF). Debido a esta necesidad, es importante conocer el Marco Regulatorio que obliga y controla las aportaciones de los contribuyentes al gasto público, entre otras tenemos la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), LIF y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). En términos generales el IVA es un impuesto indirecto que tiene que ser pagado por el consumidor final en cada una de las etapas del proceso económico. En este trabajo de investigación se encuentra el tratamiento contable y fiscal IVA con la finalidad de que sirva de base para comprender e interpretar adecuadamente lo que la LIVA y su reglamento establecen, complementando con las reglas misceláneas vigentes al 2005 aplicables al IVA, en base al flujo de efectivo y su impacto financiero de una empresa. Capítulo I. Su Finalidad es analizar el origen del IVA como parte integrante del sistema impositivo tributario, así como las partes que lo componen, desde sus inicios hasta nuestros días, se explican los elementos, características, tasas, a quienes se aplica y su implementación en México. Capítulo II . Analizar el marco legal destacando la importancia de la constitucionalidad del IVA para discernir en el marco regulatorio dentro de los contextos normativos de la CPEUM, indicando su estructura y susprincipales características en relación al IVA, igualmente los efectos sobre la LIF por su tratamiento fiscal comparado en 2004 y 2005. Capítulo III. Se determina el cálculo del IVA con base en flujo de efectivo para su aplicación e interpretación, así también se explica la causación del IVA con base en flujo de efectivo, y el momento en que se considera efectivamente cobrado el bien o contraprestación, esto se realiza dependiendo de la actividad en que se encuentre el contribuyente, su giro, el área geográfica donde se encuentre su actividad. Capítulo IV Se detalla la correlación del IVA con el aspecto monetario de una empresa, para reconocer su impacto financiero conforme a los movimientos de un periodo determinado, al igual de cómo 14 podemos obtener recursos, financiarnos para tener una mayor rentabilidad y tomar decisiones en base al flujo de efectivo acorde al análisis de los diferentes estados financieros. Capítulo V. Analizar los beneficios y/o desventajas del cálculo del IVA en base aflujo de efectivo y su impacto financiero, de la empresa Corporativo D & C SA de CV. que se dedica a la CompraVenta, Arrendamiento y Mantenimiento de bienes muebles e inmuebles. 16 CAPÍTULO I. ANTECEDENTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. 1.1.1. Contr ibuciones. 1.1.2. Impuesto. El impuesto es la parte que se paga por el hecho de transferir muebles e inmuebles o prestar un servicio, lo cual nos genera una obligación de contribuir, con ello podemos agregar que: “Impuestos, tributo exigido en correspondencia a una prestación que se concreta de modo individual por parte de la administración pública y cuyo objeto de gravamen está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo (sujeto económico que tiene la obligación de colaborar), como consecuencia de la posesión de un patrimonio, la circulación de bienes o la adquisición de rentas o ingresos”. 1 Origen del Impuesto al Valor Agregado. Este impuesto proviene de orígenes antiguos, consideremos que se retribuía a un patriarca o a un rey por el uso de tierras o por contribuir al gasto para mejora del patriarca, en este impuesto el objetivo tanto en las antigüedades como hoy, persigue el mismo fin, que es contribuir con el gasto público y mejorar las necesidades del estado. “El Impuesto al Valor Agregado tuvo su origen en Europa, por el año de 1925, bajo el régimen tradicional del “impuesto a las ventas”, también fue conocido como “imposición acumulativa” ya que consistía en cubrir un impuesto sobre otro impuesto de la misma naturaleza. La implantación de este impuesto contenía deficiencias en su aplicación, ya que el país que tuviera la tasa más alta estaría en desventaja con los demás, porque el precio de venta de los productos incluiría un mayor valor de impuestos pagados. Lo anterior trajo como consecuencia la necesidad de abandonar un impuesto que presentara los problemas antes citados por un nuevo régimen fiscal que favoreciera a los productos exportados, nivelara, desde el punto de vista fiscal, el precio de las mercancías de exportación, evitara la inflación económica y sobre todo evitara la imposición acumulativa.” 2 1 Impuestos." Enciclopedia® Microsoft® Encarta 2001. © 19932000 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos, 2 ZAMORA Rodríguez, Martín, Registro Contable del Impuesto al Valor Agregado, [en línea]. Universidad Abierta, Disponible en: http://www.universidadabierta.edu.mx/Biblio/Z/Zamora%20MartinRegistro%20contable.htm, 25 de Octubre de 2005, 11:05 hrs. http://www.universidadabierta.edu.mx/Biblio/Z/Zamora%20Martin-Registro%20contable.htm 17 Se dice que los impuestos modernos sobre el volumen de negocios nacieron en los diferentes países europeos (1916, Alemania; 1917, Francia; 1919, Italia; 1921, Bélgica), como consecuencia de las necesidades financieras originadas por la Primera Guerra Mundial. 1.1.2.1. Países que Aplican el Impuesto al Valor Agregado. De no haber existido el IVA en Francia, tampoco hubiera existido el IVA en la comunidad Económica Europea o en algunos otros países. Por lo que en Francia la evolución ha sido posible y aceptada por la opinión, porque ha sido llevada a cabo muy paulatinamente; era mucho mas arriesgado en los demás países, que debían hacer un salto brutal desde un impuesto en cascada a un impuesto de tipo valor agregado, no se decidieron a dar este paso hasta que vieron funcionar el sistema en Francia. El modelo en base a IVA fue adoptado por diferentes países a lo largo de los años, los cuales han modificado los porcentajes de las tasas, el mapa 1 muestra los países, el año en que optaron por este gravamen. Noruega 1970 Suecia 1969 Islandia 1970 Dinamarca 1967 Alemania 1968 Italia 1973 Turquía 1985 Grecia 1987 Francia 1954 España 1968 Irlanda 1972 Mapa No. 1 Países Europeos y Año en que Aplican el IVA. 18 Fue hasta el año de 1948, cuando después de realizar diversos estudios técnicos, se estableció en Francia, el cual ya contemplaba que debía recaudarse en etapas periódicas, permitiendo a su vez la deducción de la parte del impuesto ya cubierto en la etapa o periodo anterior. 1.1.2.2. Impuesto al Valor Agregado en México. La historia de los impuestos, hace su aparición en el pueblo azteca, sus soberanos exigían águilas y bolas de caucho, cierto número de mancebos a los cuales por motivos religiosos se les sacrificaba arrancándoles el corazón. En el pueblo azteca podemos decir que marca la pauta para lo que en nuestros días se conoce como impuestos ordinarios y extraordinarios, pues ellos manejaban impuestos normales, los famosos impuestos de guerra o para celebridades religiosas, podríamos citar que básicamente sus tributos fueron desarrollados en especie, posteriormente encajados por el tributo en dinero o monedas con la llegada de los conquistadores españoles. El término tributo se define como “La carga u obligación que se impone a alguien por el disfrute de algo” 3 . Podemos decir que el pago de un tributo se hace como una imposición hacia un determinado sujeto, esto es de, manera coercitiva. El pago del tributo es tan antiguo como el hombre mismo, por lo que éste al haber creado una sociedad y un estado, estableció gravámenes que beneficiaban a su comunidad. Es así como desde antes de la conquista, los primeros colonizadores de América encontraron vestigios de los antiguos pueblos indígenas como manuscritos en donde se mostraban los tributos que pagaban a los seños de México, Texcoco o Tlacopan, lo que prueba la partición que entre ellos existía, contaban con un pacto de tipo federativo. 3 Lara Flores, Elías, Pr imer Cur so de Contabilidad, Editorial. Trillas, México, XXI Edición 1994, p. 160. Figura (Fig.) No. 1 Sacrificio del Águila. 19 En nuestro país, el Artículo (art.) 31, Fracción IV de la CPEUM establece que son obligaciones de los mexicanos “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Distrito Federal o del Estado y Municipios en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes” 4 Ø Proporcionalidad. Consiste en gravar al contribuyente en función de su capacidad económica. Ø Equidad. Es igualdad ante la Ley, es decir, trato igual a todos los contribuyentes. Ø Legalidad. Todos los elementos del impuesto deben establecerse con precisión en las leyes. Por lo que de este precepto proviene el nacimiento de la “Obligación Tributaria”, aunque no se establece constitucionalmente el termino de tributo, sino el de contribuir. En virtud que la Constitución Mexicana emana el conjuntode Leyes Fiscales que rigen a los sujetos de la relación tributaria, Candelario Amador define que “Las leyes se clasifican en primarias y secundarias, las primarias son el conjunto de normas jurídicas vertidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las secundarias son las que nacen de las disposiciones que se encuentran plasmadas en dicha Constitución” 5 De lo anterior, se desprende que las leyes tienen una jerarquía, es decir, dependiendo de su origen una ley puede tener mayor supremacía que otra. Para mejor visión de la jerarquía de leyes, podemos desglosar cada una, refiriéndonos en que nos ayuda o afecta en términos contables y prácticos. 4 http://www.tlahui.com/conmx2.htm#a31, 25 de Octubre de 2005, 12:52 hrs. 5 Idem. DERECHO COMUN. REGLAS GENERALES. REGLAMENTO DEL C.F.F. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. LEYES FISCALES. LEY DE INGRESOS FEDERALES. REGLAMENTO DE LAS LEYES FISCALES Diagrama No.1 Jerarquía de las Leyes Fiscales Mexicanas. http://www.tlahui.com/conmx2.htm 20 Se puede observar como Ley Primaria a la CPEUM que es sobre la que sustenta el conjunto de leyes secundarias, ya sean fiscales, laborales, agrarias, etc., tiende a guardar con celo las garantías de los individuos, de modo que siempre se respete su esfera jurídica. Como segundo nivel se muestra a la LIF, cuya vigencia es anual, esta Ley contiene el presupuesto de ingresos de la federación, donde se contempla el monto de los ingresos ordinarios, extraordinarios que pretende recaudar el Estado durante el ejercicio fiscal. Dentro de este nivel, también se encuentra la Miscelánea Fiscal que son el conjunto de preceptos que reforman, adicionan y derogan diversas leyes fiscales como la Ley ISR., IVA., IA., Seguro Social, etc. Por lo que aumentan o disminuyen cargas de impuestos y obligaciones a los contribuyentes. El tercer nivel de esta estructura fiscal, muestra el conjunto de Leyes Fiscales respectivas, entre las que se encuentran: la LIVA y que sobre este impuesto versará el presente trabajo, así también, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), Ley del Impuesto al Activo (LIA), Ley de Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (LISAN), Ley de Seguro Social (LSS), etc. Establecida cada contribución en una ley respectiva. Posteriormente se encuentran los Reglamentos con que cuenta cada Ley, estos contienen disposiciones normativas que tienden a dar mayor precisión a la aplicación de las Leyes Fiscales, puesto que incluyen observaciones de carácter especifico. En el quinto nivel se localiza el Código fiscal de la Federación (CFF), esta normatividad es considerada como el conjunto de normas fiscales con carácter supletorio porque se aplican cundo no existen regulaciones específicas en las Leyes Fiscales. Sexto nivel, contempla el Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF), el cual establece una serie de disposiciones de carácter analítico sobre la aplicación del Código, como por ejemplo: avisos que debe realizar el contribuyente para cambio de domicilio fiscal, aumento o disminución de obligaciones fiscales, establecimiento de los requisitos de los comprobantes fiscales, entre otros. Como siguiente nivel, se localiza el conjunto de Reglas de Carácter General, que son una serie de disposiciones reglamentarias emitidas por la SHCP, las cuales tienen validez oficial hasta que son publicadas en el Diario Oficial de la Federación. (DOF). En el Octavo nivel se encuentra el Derecho Común, que contempla el conjunto de normas civiles, 21 SEGURO SOCIAL. DERECHOS. MEJORAS. IMPUESTOS. CONTRIBUCIONES. Diagrama No. 2 Clasificación de los Impuestos. mercantiles y penales, el cual es representado básicamente por el Código Civil y el Código de Comercio. Cabe destacar, que el establecimiento de una estructura u ordenamiento, permite distinguir la jerarquía que tiene cada Ley que rige en nuestro país. El soporte del gasto público se encuentra en la recaudación, a través de ingresos ordinarios que percibe el Estado, para sufragar el gasto público y que de acuerdo con el art. 2 y 3 del CFF se clasifican en: Directos. Indirectos. Cabe señalar que las contribuciones antes señaladas, son aplicativas, es decir, corresponde a la persona física o moral su cálculo o determinación. Estas contribuciones las clasifican en directas e indirectas para recaudación del Estado, los impuestos recabados se aplican de forma directa hacia las mejora del país dentro de sus municipios, estados; se hace dispensable llevar a cabo el fin social de esta empresa a estudiar, al igual de tener un impuesto para contribuir con el gasto público del Estado. 22 Fig. No. 2 Artículo Gravado por el IVA. La contribución en México se realizaba como un “Impuesto a las Ventas” bajo el régimen de “Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles” (ISIM), siendo a finales de la década de los sesenta cuando se hace el primer intento por implantar el IVA en nuestro país. El ISIM, tuvo una antigüedad de 47 años, en su origen, permitió abandonar gravámenes obsoletos, como lo eran el Impuesto Federal del Timbre sobre facturas que debían expedir los comerciantes, los impuestos estatales de patente o sobregiros comerciales que además de incrementar desordenadamente la carga fiscal, daban lugar a numerosas obligaciones secundarias que elevan los costos de los causantes que afectan los niveles de precios. No obstante, con el desarrollo económico, la complejidad en los procesos de producción o distribución, en la estructura del ISIM surgen deficiencias que es necesario corregir. Las principales deficiencias que mostraba el ISIM deriva que se causaba en “CASCADA” , es decir, que debían pagarse en cada una de las etapas de producción o comercialización y que, en todas ellas, aumentaba los costos o los precios, produciendo efectos cumulativos muy desiguales. Una consecuencia grave de este efecto acumulativo es que afectaba más severamente a bienes que consume la mayoría de la población, que eran producidos y distribuidos por empresas medianas o pequeñas, que, al no disponer de capital suficiente, sólo podían hacerse cargo de algunas de las etapas del proceso económico, teniendo que acudir a otros productos e intermediarios para que realizaran las restantes. En esta forma, es el consumo generalizado de la población en particular, el de los habitantes de las regiones más modestas o apartadas, el que soporta la mayor carga fiscal. En cambio el consumo de la población con mayores recursos suele estar atendido por grandes empresas, cuyas disponibilidades de capital les permite eliminar intermediarios y consecuentemente disminuir la carga fiscal sobre los bienes o servicios que proporcionaban. 23 Para eliminar los resultados nocivos del impuesto en “cascada”, la generalidad de los países han abandonado sus impuestos tradicionales a las ventas, similares a nuestro ISIM , en su lugar, han adoptado el IVA que destruye el efecto acumulativo del gravamen en “cascada”, la influencia que la misma ejerce en los niveles federales de precios, elimina la desigualdad en la carga fiscal que favorece los artículos de consumo suntuario en relación con los bienes que adquiere la generalidad de la población, hace desaparecer la ventaja competitiva de las mayores empresas frente a las medianas y pequeñas empresas favoreciendo la exportación. El IVA se aplico en México en el año de 1980, como un “Impuesto Indirecto al Consumo”, donde el consumidor final soportaba la carga fiscal. Otros impuestos que gravan en forma indirecta son: el Impuesto Especial Sobre la Produccióny Servicios ( IESPS), así como el Impuesto de importación. Desde la implementación del IVA, se eliminaron más de 30 impuestos federales indirectos, así como 300 impuestos estatales. En México, como ocurre en otros países de América Latina, las principales causas de la fragilidad recaudatoria son los altos niveles de evasión y las ineficiencias administrativas del sistema tributario. Por lo que el 31 de diciembre de 1982, las tasas de este impuesto sufrieron diversas modificaciones, quedando en 0%, 6%, 15% y 20%, entrando en vigor a partir de el día 1º. de enero de 1983, para ser aplicadas, tanto a los actos o actividades que señala esta Ley, como al lugar o la zona en que se realizan. El 10 de noviembre de 1991, se promulgó un decreto que fue publicado en el DOF en el que se reducía en una tercera parte el gravamen sobre los actos o actividades a los que se le aplicaba la tasa del 15% quedaba en un 10%; a los que gravaban los actos o actividades a los que era aplicable la tasa del 20% que quedó en 10%. La aplicación de las nuevas tasas entró en vigor a partir del 11 de noviembre de 1991. Otra modificación a esta Ley, fue la reforma del 21 de noviembre de este mismo año, aprobando la reducción de las tasas del impuesto quedando: 0%, 6% y 10%. En el año de 1994, ocurrió una devaluación del peso mexicano con respecto al dólar, que originó una de las crisis económicas políticas y sociales más graves en la historia de México; por lo que el Gobierno tomó la decisión que a partir del 1º de abril de 1995, la tasa general del IVA se elevará del 10% al 15%. Para la región fronteriza se establecieron ciertas condiciones; aplicando en dicha región la tasa del 10%, esto con el fin de no perjudicar las relaciones comerciales con Estados Unidos de Norte América. 24 Fig. No. 3 Educación, Fin Social. Existe la tasa del 0% para alimentos, medicinas, libros y actos exentos para determinados bienes y servicios. 1.1.3. Fin Social. El fin social se relaciona con el fin fiscal, ya que si el Estado no obtiene los suficientes recursos para enfrentar las necesidades primordiales de la sociedad mexicana como son: el combate a la pobreza, salud, educación, desarrollo del campo, construcción de escuelas, hospitales, alumbrados, pavimentación, drenaje, agua, luz y alcantarillado; es decir, no podría cumplirse el objetivo del fin fiscal. 1.1.4. Fin Fiscal. El IVA que se propone en esta iniciativa, se debe pagar también en cada una de las etapas entre la producción y el consumo; pero el impuesto deja de ser en “cascada”, que cada industria o comerciante al Mapa No. 2 Región Fronteriza Tasa de IVA 10%. 25 recibir el pago del impuesto que traslada a sus clientes, recupera el que a él le hubieran repercutido sus proveedores, entregando al Estado solo la diferencia. En esta forma el sistema no permite que el impuesto pagado en cada etapa influya en el costo de los bienes o servicios, al llegar éstos al consumidor final no llevan disimulada u oculta en el precio, carga fiscal alguna. Con el impuesto que se propone resultara la misma carga fiscal para bienes por lo que deba pagarse, independientemente del número de productores e intermediarios que intervengan en el proceso económico, lo que permite suprimir numerosos impuestos especiales que gravan la producción o venta de primera mano. En los bienes cuyo consumo tenga características que permitan o hagan aconsejable mantener una mayor carga fiscal, el gravamen al valor agregado quedará complementado con el impuesto especiales existentes como el de producción y consumo de trabajo, desenvasamiento de bebidas alcohólicas, otros cuyas tasas se proponen recurrir a fin de que en su conjunto, no se modifique dicha carga. Para lograr una recaudación equivalente a la del ISIM, el nivel de la tasa tendría que ser superior al 10% sobre el valor agregado de los bienes y servicios considerados. Con el propósito de que se no afecte a los pequeños comerciantes e industriales, se mantiene un procedimiento de estimación del monto de las ventas. Del importe de dicha estimación, los causantes menores podrán acreditar el impuesto que les hubieren trasladado sus proveedores. El régimen transitorio permite que estos contribuyentes gradualmente se incorporen al sistema, durante 1980 tendrán obligaciones fiscales prácticamente iguales a las actuales. Fig. No. 5 Servicio. Fig. No. 4 Etapa de Producción. 26 Los demás comerciantes e industriales quedan obligados a llevar libros de contabilidad y registros, a hacer en sus registros las separaciones correspondientes, a expedir documentos en los que trasladen expresamente el impuesto y a presentar declaraciones. La finalidad fiscal del IVA radica en evitar la evasión de las contribuciones por parte de las Personas Físicas o Morales obligadas al pago de impuesto, con el objeto de obtener los recursos necesarios para dar cumplimiento a sus obligaciones sociales como el brindar Seguridad Pública, Vivienda y Empleo. La recaudación de Ingresos Federales tiene como destino contribuir al Gasto Público 1.2. Definición de los Pr incipales Elementos del IVA. Para dar un concepto amplio y destacado del IVA partiríamos del análisis de cada uno de ellos, como sigue: Impuestos. “En tanto, el término impuesto se define como (Tributo, gravamen exigido por el Estado para fines públicos: el recuperador de impuestos).” 6 El CFF define como impuestos, las contribuciones establecidas en la Ley que deben pagar las personas físicas o morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma, distintas de otras aportaciones de mejoras y derechos. Aunque algunas materias lo consideran desde un punto de vista diferente, podemos decir que el impuesto es la parte alícuota que debe pagar persona física o moral cuando estas hacen coincidir su conducta ante una situación jurídica de una Ley fiscal, teniendo este como objeto un ingreso o recaudación para el Estado y asi este solventar el gasto público. 6 PEQUEÑO Larousse ilustr ado, Edición Larousse, México D. F. 1974. p. 112 Fig. No. 6 Contribución al Gasto Público. 27 Valor Agregado. “Dícese del incremento que tiene un bien de una etapa de comercialización a otra.” 7 En otras palabras, Valor Agregado es el aumento de precio que se genera como consecuencia de la utilización de los factores que intervienen en cada una de las etapas del proceso económico de producción y comercialización hasta que llegue al consumidor final, para que este le sea trasladado y lo entere ante la autoridad correspondiente. Así que, “El IVA, es un impuesto sobre las ventas y servicios, repercutible e indirecto.” 8 7 Diccionario de Lengua Inglesa. Editorial. Larousse, México, D.F., 1995, p. 1024 8 Miranda, Amador Calendario, análisis práctico de los impuestos, México DF., Editorial Themis SA de CV, primera edición, Enero 1997, p.7. Actos ó actividades que lo causan. Objeto. Sujeto. Concepto. Base. Diagrama No. 3 Elementos del IVA. 28 Fig. No. 7 Personas Físicas. Cabe señalar, que el IVA es general sobre los productos y servicios, que asegura una igualdad de tributación a nivel de consumidor final en los productos transformados tanto en el país como los importados, es decir, es un impuesto proporcional. En el diagrama anterior se mostraron los elementos que integran el IVA, como impuesto federal. 1.2.1. Sujeto. De acuerdo con la LIVA en su art. 1º son considerados sujetos del gravamen las personas físicas y morales, que realicen en territorio nacional actos o actividades que son objeto de este impuesto, incluyendolas entidades gubernamentales que conforme a otras Leyes o decretos no lo causen o estén exentos de ellos. Se entiende por persona: Todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. Es decir, es el individuo quien ejecutará sus actos en base a decretos o Leyes conforme a su razonabilidad para realizar las diferentes obligaciones que se le impugnen dentro del ámbito laboral. Personas Físicas: Son los hombres considerados como individuos únicos para realizar actividades personales y no en grupo. Personas Morales: Son entidades constituidas para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres. Dentro de esta contribución existen dos formas en las que se puede aportar, como son el Sujeto Activo y el Sujeto Pasivo. Sujeto Activo: Se considera al Estado Nacional, que es quien recibe el pago proveniente de las aportaciones de las personas que realizan compra venta de bienes, gracias a estos se generan los servicios públicos. Fig. No. 8 Personas Morales. 29 Fig. No. 10 Personas Sujetas al Pago. Sujeto Pasivo: Son por excelencia todos lo que realicen ventas de artículos, muebles, actos de comercio con las mismas, de igual manera que estas efectúen con su nombre por cuenta de terceras personas o por su propia persona. 1.2.2. Objeto. Es el hecho que en virtud de una persona se vea obligada a la retribución por realizar diversos actos o actividades tales como; la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes y profesionales, el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes muebles e inmuebles además de la importación de bienes y servicios en territorio nacional. 1.2.3. Base. Es el monto o cantidad llamado “precio” del producto o servicio en venta y sobre el cual se calcula el importe del IVA. 1.2.4. Tasa. Tasa: Es el cálculo del porcentaje de acuerdo con el acto o actividad del contribuyente sobre la base según sea el caso a aplicar. Las tasas aplicables a los valores que señalan la LIVA se encuentran fundamentadas en los arts. 1, 2, 2A, 2C y 15 de dicha Ley; como se describe a continuación. Fig. No. 9 Recibo de la Contribución. Fig. No. 11 Precios Pactados. 30 Cuadro No. 1 Tipos de Tasas y Actos. CONCEPTO. TASA. FUNDAMENTO. Tasa General. 15% Artículo 1 LIVA. Tasa fronteriza. 10% Artículo 2 LIVA. Tasa Cero. 0% Artículo 2A LIVA. Actos Exentos. Exenta. Artículo 15 LIVA. Venta de personas físicas al público en general. Aplicarán un coeficiente de Valor Agregado según sea el giro o actividad a que se dedique. Artículo 2C LIVA. 1.2.5. Actos o Actividades que lo Causan. El IVA como es bien conocido es un impuesto indirecto, el cual se va trasladando de mano en mano, hasta que llega a una persona la cuál ya no puede trasladarlo y por lo tanto es la que absorbe dicho impuesto. “Art. 1° LIVA. Están obligadas al pago del Impuesto al Valor Agregado, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes: I. Enajenen bienes. II. Presten servicios independientes. III. Otorguen el uso o goce temporal de bienes. IV. Importen bienes y servicios. V. Se entiende como acto a la realización accidental o esporádica de la acción y como actividad la operación habitual o permanente. VI. Enajenación de bienes:” 9 Es la actividad que genera el traspaso. Cesión de un bien o servicio a un precio pactado ya establecido, durante un tiempo determinado, como puede ser a largo y corto plazo. 9 Fisco Agenda Editorial Publicaciones Fiscal Isef SA, edición 2005 L IVA art 1 p.1. 31 Fig. No. 12 Libros y Revistas. a) Se considera enajenaciones de acuerdo al art. 14 del CFF las siguientes: Las que se realicen en transmisión de propiedad, adjudicaciones, aportaciones que se hagan en una asociación o sociedad, aquellas que se realizan mediante arrendamiento financiero y los actos a través del fideicomiso. b) Exenciones: Para las actividades como parte de la enajenación de bienes, no están obligadas al pago de impuestos; suelo, construcciones que adheridas al suelo cuando se utilicen par casa habitación, libros, revistas, derechos de autor, marcas, patentes, toda clase de billetes y monedas nacionales e importados. c) Tratamiento para la enajenación en territorio nacional: Este caso se considera cuando la enajenación se realice en el País o la mercancía extranjera se le haga llegar a territorio nacional. La base del impuesto para la enajenación es el valor, precio o lo que se haya pactado en expresiones del enajenamiento. II Prestación de servicios: a) Son los servicios realizados a favor de una tercera persona derivado del acto; el transporte de personas, bienes, seguro, afianzamiento, comisionistas, agencias aduanales, transferencia de tecnología y toda obligación de dar, de no hacer o permitir una responsabilidad en beneficio de otra. b) Exenciones: 32 Fig. No. 13 Prestación de Servicios. Fig. No. 14 Casa Habitación. Cuando se presta el servicio pero no se reciba alguna remuneración de la tercera persona en cuestión que se realice el servicio gratuitamente y la otra persona no se beneficie, ni cobre intereses por la prestación requerida. c) Todas las actividades realizadas tendrán que ser en territorio nacional, si es un viaje aéreo solo se contara como base el 25% sobre el importe más los gastos que se lleven a cabo tanto de ida como de vuelta y en el uso de tarjetas tiene que ser dentro del territorio nacional aun siendo tarjeta extranjera para hacer valido el gasto. III. Uso o goce temporal de bienes: Es el goce o disfrute de un bien que obtiene una persona así como el derecho real o cosa ajena, temporal y transmisible en virtud del beneficiario; de lo cual no se paga el impuesto en los casos en el que el bien sea utilizado exclusivamente para casa habitación, las fincas con fines agrícolas, libros periódicos o revistas. Derivando que dentro del territorio nacional se pagará el impuesto cuando el bien tangible se encuentre en el país, se toma como base el valor de la contraprestación puesto que las cantidades que se generen o cobren por el uso del bien, será a favor del prestador de la propiedad. IV. Los que impor ten bienes y servicios: Para efectos de la importación en México los bienes se consideran enajenados por personas no 33 Fig. No. 15 transportes Validos para Importar. residentes en el país, se use o goce temporalmente cuando el bien se haya entregado en el extranjero y principalmente en la introducción de la mercancía al país. La importación de bienes se podrá efectuar vía terrestre, marítima o aérea así como por la vía postal, de igual forma el contribuyente deberá estar bajo un régimen de importación dependiendo la actividad que realice. La base del impuesto se paga simultáneamente con la de importación, incluso cuando se atrase por estar el bien en un depósito fiscal que causa cuando el importador presenta el pedimento para su trámite en términos de la legislación aduanera o las importaciones temporales se den por definitivas, se considera la importación. No se pagará el impuesto al valor agregado en las importaciones siguientes: v Las que, en los términos de la Legislación Aduanera, no lleguen a consumarse, sean temporales. v Bienes en recinto fiscalizado estratégico. v Las de equipajes y menajes de casa a que se refiere la legislación aduanera. v Las de bienes cuya enajenación en el país y las de servicios por cuya prestación en territorio nacional no den lugar al pago del IVA o cuando sean de los señalados en el art. 2o.A de esta Ley. v Las de bienes donados por residentes en el extranjero a laFederación, entidades federativas, municipios la SHCP. v Las de obras de arte que por su calidad y valor cultural sean reconocidas como tales por las instituciones oficiales competentes, siempre que se destinen a exhibición pública en forma permanente. v Oro, con un contenido mínimo de dicho material del 80%. Para el cálculo del IVA, se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, junto con el monto de este último gravamen y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación. 34 35 CAPÍTULO II MARCO REGULATORIO EN EL TRATAMIENTO Y APLICACIÓN DEL IVA. 2.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) Aprobada por el congreso constituyente el 31 de enero de 1917. Promulgada el 5 de febrero de 1917. Publicada en el diario oficial el 5 de febrero de 1917 y entra en vigor a partir del 1o. de mayo del mismo año, con excepción de las disposiciones relativas a las elecciones de los supremos poderes federales y de los estados, que desde luego entraron. Fig. No. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Concepto. Conjunto de normas legislativas que ocupan una posición especial y suprema en el ordenamiento jurídico, que regulan las funciones de los órganos fundamentales del Estado. Estas normas son formuladas por órganos legislativos especiales, o bien mediante procedimientos más rigurosos que los correspondientes a las leyes ordinarias . La CPEUM esta compuesta por 132 arts. y 11 transitorios del 104 al 114. 36 Cuadro No. 2 Estructura de la CPEUM. TÍTULO. ARTÍCULO. PRIMERO. Capítulo I. De las garantías individuales. 1 al 29. Capítulo II. De los mexicanos. 30 al 32. Capítulo III. De los extranjeros. 33 Capítulo IV. De los ciudadanos. 34 al 38. SEGUNDO. Capítulo I. De la soberanía nacional y de la forma de gobierno. 39 al 41. Capítulo II. De las partes integrantes de la federación y el territorio nacional. 42 al 48. TERCERO. Capítulo I. De la división de poderes. 49. Capítulo II. Del poder legislativo. 50. Sección I. De la elección e instalación del congreso. 51 al 70. Sección II. De la iniciativa y formación de las leyes. 71 al 72. Sección III. De la facultad del congreso. 73 a77. Sección IV. De la comisión permanente. 78. Continúa 37 Sección V. De la fiscalización superior de la federación. 79. Capítulo III. Del poder ejecutivo. 80 al 93. Capítulo IV. Del poder judicial. 94 al 107. CUARTO. De las responsabilidades de los servidores públicos y patrimonial del estado. 108 al 114. QUINTO. De los estados de la federación y del distrito federal. 115 al 122. SEXTO. Del trabajo y de la previsión social. 123. SÉPTIMO. Prevenciones generales. 124 al 134. OCTAVO. De las reformas de la constitución. 135. NOVENO. De la inviolabilidad de la constitución. 136. Según el art. 49 de la Constitución, el Poder de la Federación se divide en: Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial, De esta forma, el pueblo del Estado se convierte en sujeto y objeto del poder político, como sujeto se convierte en el órgano de autoridad que le da vida al poder político a través de la representación, mientras como objeto se integra en comunidades que tienen correlativamente a sus derechos, determinadas obligaciones. Diagrama No. 4 División del Poder de la Federación. Poder de la Federación. Legislativo. Ejecutivo. Judicial. 38 2.1.1. Constitucionalidad. En el entendido de que la Constitución es la Ley fundamental de la organización de un Estado, es la punta de la pirámide de la base del Derecho, ninguna Ley puede estar por encima de esta, razón por la cual las leyes de una nación deben sujetarse a lo que marca la Carta Magna de la misma, obteniéndose como concepto de constitucionalidad el estricto apego a la Ley. Diagrama No. 5 Superioridad. México se integra como un Estado de Derecho después de que el pueblo, haciendo uso pleno de las facultades, se organizó para designar a sus representantes y los integró en un Congreso Constituyente para encomendarles la elaboración de una Ley. Una de las obligaciones de los mexicanos, conforme lo establece la CPEUM en la fracción IV de su art. 31, es la de “contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y Municipios en que residan, de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.” 10 2.1.1.1. Características de la Constitucionalidad. En el art. 31 fracc. IV nos mencionan las características que debe tener el impuesto para que sea constitucional. Proporcionalidad: Radica en que los sujetos pasivos deben aportar a los gastos públicos en función de su capacidad económica, debe contribuir a una parte justa y adecuada de sus ingresos, utilidades o rendimientos. 10 Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos Nueva Edición p.25. Ley del Impuesto al Valor Agregado. Reglamento de la LIVA. Resolución Miscelánea Fiscal. Normatividad. 39 Equidad: Exige que los sujetos que se encuentren en una misma obligación tributaria se traten de una manera igual respecto al cobro de sus impuestos considerando sus ingresos y de forma desigual a los que se encuentren en situaciones diversas. 2.1.2 Inconstitucionalidad. Es la violación que se hace hacia la Constitución por otra Ley dicha controversia entre lo reglamentado en una como es el otra. Ejemplo: Esta se origina cuando dentro de la Ley existen contradicciones tan significativas que afectan la aplicación adecuada de la misma, citando como ejemplo; el art. 2-A fracc. I inciso I) de la LIVA; en donde hace referencia a la aplicación de la tasa del 0% a la enajenación de libros y periódicos. Dentro de esta misma Ley, el art. 9º en su fracc. III nos menciona la exención de los mismos, creando una contradicción al no referirse con exactitud que aplicación se les dará. Creemos que para entender mejor la inconstitucionalidad de el IVA en nuestro entorno económico es necesario conocer ampliamente nuestra constitución para comprender, el por que es tan importante nuestra Ley suprema, nuestros representantes políticos al momento de adecuar o modificar las leyes fiscales, tendrían una visión más amplia de lo importante que para poder reformar las leyes fiscales como debe de ser y no caer en controversias constitucionales, que año con año tienen que reconocer la suprema corte de justicia de la nación. Fig. No. 18 Obligaciones Tributarias. 40 2.2. Ley de Ingresos de la Federación (LIF). Es el ordenamiento legal; se publica en el Diario Oficial de la Federación, dando a conocer la estimación de los ingreso el Gobierno Federal planea recabar en el transcurso del ejercicio fiscal de cada año; en sus diferentes conceptos de su estructura, aprobado por el H. Congreso de la Unión, incluyendo a su vez la autorización de la deuda pública en la que se aplicara. 2.2.1. Fundamento. La iniciativa de LIF para el ejercicio fiscal, es una "Facultad concedida al Ejecutivo Federal de acuerdo al artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación al artículo 73, fracción VII, y en cumplimiento del artículo 74, fracción IV del mismo ordenamiento, así como del artículo 7o. de la Ley de Planeación, por su digno conducto someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.” 11 2.2.2. Estructura de la LIF. Para facilitar el entendimiento a lo referente en lo establecido en la LIF, es necesario contemplar su estructura de acuerdo a lo siguiente. Cuadro No. 3 Estructura de la LIF. CAPÍTULO. DESCRIPCIÓN. ARTÍCULO. I. Delos ingresos y el endeudamiento público. 1o al 6º. II. De las obligaciones de petróleos mexicanos. 7º. III. De las facilidades administrativas y estímulos fiscales. 8º al 23. IV. De la información, la transparencia, y la evaluación de la eficiencia recaudatoria, la fiscalización y el endeudamiento. 24 al 37. IV. De otras disposiciones. 38. 11 Ley de Ingresos de la Federación, Beatriz Elena Paredes Rancel, DOF Editores México. p.15. 41 El Capítulo I en su art. 1º, se describen los conceptos de cómo se estiman los ingresos para 2005, los cueles son: A. Ingresos del Gobierno Federal. I. Impuestos. II. Contribuciones de mejoras. III. Derechos. IV. Contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o de pago. V. Productos. VI. Aprovechamientos. B. Ingresos de Organismos y Empresas. I. Ingresos de organismos y empresas. II. Aportaciones de seguridad social. C. Ingresos derivados de Financiamiento. I. Ingresos Derivados de financiamientos. De los ingresos anteriores, el Ejecutivo Federal tendrá la obligación de informar a la SHCP de forma trimestral el monto de los ingresos percibidos, si fueron pagados en especie o en servicios, si fueron utilizados y cual fue su aplicación; con el fin de analizar el cumplimiento del presupuesto establecido en la LIF del ejercicio que se trate. 2.2.3. Ejercicio Fiscal 2004 y 2005. Comentario. A pesar de que la economía había crecido favorablemente en los primeros meses del año, para el segundo trimestre se observó una desaceleración de la actividad económica. De lo anterior, la cierta mejoría que se registró en algunos indicadores de empleo, el mercado laboral continúa siendo incapaz de crear los empleos necesarios que demanda la fuerza laboral entrante al mercado, el empleo informal, las ocupaciones Fig. No. 19 Poder Ejecutivo. 42 en micro negocios continúan en constante ascenso; de esta manera la economía informal continúa siendo uno de los principales motores de absorción de la fuerza de trabajo. Durante el primer semestre de 2005, las presiones inflacionarias se originaron tanto por el lado de la oferta como por el de la demanda agregada, siendo la primera el principal desajuste en el crecimiento inesperado de los precios, destaca el incremento de los precios internacionales de las materias primas en general; el aumento en las tasas de interés por parte de la Federación el incremento en el precio de los bienes administrados; y la depreciación del tipo de cambio de 3.35 por ciento con respecto al registrado al cierre del año anterior. Cuadro comparativo de los conceptos y cifras presentadas en el Presupuesto de la Ley de Ingresos de la Federación de los ejercicios 2004 a 2005; para su análisis en la importancia que esta adquiriendo el IVA. Cuadro No. 4 Comparativo de la LIF. CONCEPTO. 2 0 0 4 $ MILLONES % 2 0 0 5 $ MILLONES % DIFERENCIA $ MILLONES % I. Impuestos. 820,550.50 49.72 864,830.70 47.56 44,280.20 26.37 1 ISR. 346,209.90 20.98 375,833.30 20.67 29,623.40 17.64 2 IA. 15,323.80 0.93 12,242.30 0.67 -3,081.50 -1.83 3 IVA. 271,614.90 16.46 313,739.90 17.25 42,125.00 25.08 4 IEPS. 137,803.00 8.35 110,805.90 6.09 -26,997.10 -16.08 5 ISTUV. 13,465.60 0.82 14,207.10 0.78 741.50 0.44 6 ISAN. 4,900.50 0.30 5,295.20 0.29 394.70 0.24 7 ISSEDIPL. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 8 IRP. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9 ICE. 24,076.30 1.46 25,996.90 1.43 1,920.60 1.14 10 Accesorios. 7,156.50 0.43 6,710.10 0.37 -446.40 -0.27 II. Contribuciones de mejoras. 14.80 0.00 16.00 0.00 1.20 0.00 III. Derechos: 254,821.00 15.44 361,027.70 19.85 106,206.70 63.24 1 Servicios que presta el Estado en funciones de derecho público: 6,910.10 0.42 7,220.30 0.40 310.20 0.18 2 Por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público: 7,048.70 0.43 5,873.90 0.32 -1,174.80 -0.70 3 Derechos a los hidrocarburos. 240,862.20 14.59 347,933.50 19.13 107,071.30 63.76 IV. Contribuciones no comprendidas en las fracc. precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o de pago: 696.80 0.04 118.70 0.01 -578.10 -0.34 V. Productos. 6,415.90 0.39 5,658.30 0.31 -757.60 -0.45 Continúa 43 1 Por los servicios que no correspondan a funciones de derecho. 134.00 0.01 85.50 0.00 -48.50 -0.03 2 Público. 6,281.90 0.38 5,572.80 0.31 -709.10 -0.42 VI. Aprovechamientos. 85,002.70 5.15 48,453.80 2.66 -36,548.90 -21.76 VII. Ingresos de organismos y empresas. 331,639.40 20.09 385,104.80 21.18 53,465.40 31.84 1 Ingresos propios de organismos y empresas. 331,639.40 20.09 385,104.80 21.18 53,465.40 31.84 2 Otros ingresos de empresas de participación estatal. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 VIII. Aportaciones de seguridad social. 108,871.00 6.60 115,776.00 6.37 6,905.00 4.11 IX. Ingresos derivados de financiamientos. 42,493.00 2.57 37,455.70 2.06 -5,037.30 -3.00 T O T A L . 1,650,505.10 100.00 1,818,441.70 100.00 167,936.60 100.00 Se representan los comparativos de la LIF de los ejercicios fiscales 2004 y 2005 considerando la importancia que tienen los ingresos para su recaudación y solventar el gasto público. GRÁFICA No. 1 PORCENTAJE QUE APORTA EL GOBIERNO FEDERAL A LA LIF PARA 2004. 49% 20% 3% 28% Impuestos Federales. Ingresos de Organismos y Empresas. Ingresos Derivados de Financiamientos. Otros Ingresos En la gráfica 1, se muestran como los ingresos del Gobierno Federal en 2004 representan casi el 50% del total de ingresos percibidos en México por concepto de Impuestos Federales, seguido de las aportaciones que generan los Organismos, Empresas en el territorio nacional, los dos rubros restantes obtienen ingresos que representan un porcentaje por debajo de los obtenidos por el Gobierno Federal. 44 Esto representa, que la economía del país se sostiene de los impuestos federales recaudados, dando como origen que el Gobierno Federal difícilmente puede cambiar su estrategia económica, por que este depende de un porcentaje muy significativo de los impuestos. GRÁFICA NO. 2 PORCENTAJE QUE APORTA EL GOBIERNO FEDERAL A LA LIF PARA 2005. 48% 21% 2% 29% Impuestos Federales. Ingresos de Organismos y Empresas. Ingresos Derivados de Financiamientos. Otros Ingresos Hacia 2005 los ingresos del Gobierno Federal se disminuyen de manera poco proporcional, comparados con el 2004, sin embargo se sigue considerando en los Impuestos Federales como el primer rubro que recauda más ingresos para el país. No obstante los Legisladores estudian la manera de buscar estrategias que ayuden a los Impuestos Federales para que estos no sean los únicos recursos de mayor notabilidad, esto al ser un gran peligro para nuestro territorio nacional, al alcanzar el 50% del total de los ingresos percibidos. 0.00 10.00 20.00 30.00 40.00 50.00 2004 2005 GRÁFICA No. 3 % QUE REPRESENTAN LOS IMPUESTOS PARA EL GOBIERNO FEDERAL 2004 - 2005. Impuestos Federales. Derechos. Aprovechamientos. Ingresos de Organismos y Empresas. Ingresos Derivados de Financiamientos. Otros Ingresos 45 Dentro de los ingresos del Gobierno Federal se aprecia un nivel porcentual alto en los ingresos de los impuestos recaudados por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en comparación con las demás contribuciones. 0.00 5.00 10.00 15.00 20.00 25.00 2004 2005 GRÁFICA No. 4 DIFERENCIA EN RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS 2004 - 2005. ISR IA IVA IEPS ISTUV ISAN ISSEDIPL IRP ICE ACCESORIOS En la gráfica se puede observar claramente como el ISR está sufriendo una disminución de2004 a 2005. Caso contrario es el del IVA, puesto que éste tiene un incremento en relación a los mismos ejercicios en que se compara el ISR debido al nuevo cálculo en base al flujo de efectivo. Originado por la reforma a la LIVA en el 2002 (la cual establece calcular el impuesto en base al flujo de efectivo), se estima que éste desplace gradualmente al ISR. 0.00 20.00 40.00 60.00 80.00 100.00 2004 2005 GRÁFICA No. 5 IMPORTANCIA DE IMPUESTOS FEDERALES 2004 - 2005 EN RELACIÓN A LIF. ISR IA IVA IEPS TOTAL INGRESOS DE LA FEDERACIÓN 46 Se observa la importancia que tienen los principales impuestos federales con relación al total de la LIF, al mostrar un porcentaje realmente significativo en la forma de obtención de recursos para solventar las necesidades el pueblo mexicano. 0.00 50,000.00 100,000.00 150,000.00 200,000.00 250,000.00 300,000.00 350,000.00 400,000.00 ISR IA IVA GRÁFICA No. 6 REPRESENTACIÓN IMPUESTOS FEDERALES 2004 - 2005. 2004 2005 Con la reforma a la LIVA de 2002 publicada en el DOF el día 01 de enero del mismo año en las disposiciones transitorias de la LIF, en su art. 7, establece calcular el impuesto en base al flujo de efectivo, motivo que origino a los impuestos federales principalmente en el rubro de IVA, que incrementara la recaudaciones para el ejercicio 2005 con un monto de 42,125.00 millones de pesos, monto comparado con el ejercicio 2004, en donde se obtuvieron 271,614.90 millones de pesos. 2.3. Ley del IVA 2005. LIVA, fue decretada durante el sexenio del presidente C. José López Portillo en 1978, y entro en vigor a partir del 1 de enero de 1980; su finalidad es recaudar el IVA de los bienes o servicios que se consumen para contribuir al gasto público cuidando los aspectos socio-económicos no afectando la economía del contribuyente, se busca con este gravamen ayudar a la planeación protegiendo el presupuesto de ingresos, destinados a los distintos sectores del territorio nacional. La principal fuente de recaudación que se obtienen en México para el presupuesto de ingresos es la recaudación de gravámenes del IVA, ocupa el segundo lugar en la recaudación solo debajo del ISR, que se grava la obtención de ingresos. 47 Cuadro No. 5 Estructura de la LIVA. CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1.- Personas obligados al pago del impuesto. Art. 1-A.- Sujetos que tienen la obligación a efectuar la retención del impuesto que se le traslade. Art. 1-B.- Momento en que se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones. Art. 1-C.- Momento que se considerara que reciben el precio pactado los contribuyentes. realicen en zona fronteriza. Art. 2-A.- Tasa del 0%. Art. 2-B.- Derogado. Art. 2-C.- Del Pago del impuesto mediante. estimativa, para los pequeños contribuyentes. Art. 3.- Traslación del impuesto a organismos. Art. 4.- Mecánica de acreditamiento y que se entiende por impuesto acreditable. Art. 4-A.- Derogado. Art. 4-B.- Derogado. Art. 4-C.- Derogado. Art. 5.- Cálculo mensual del impuesto. Art. 6.- Acreditamiento del saldo a favor contra el impuesto a cargo del contribuyente. Art. 7.- Como aplicar las devoluciones, descuentos y bonificaciones. CAPÍTULO II: DE LA ENAJENACIÓN. Art. 8.- Que se entiende por enajenación. Art. 9.- Exenciones tratándose de enajenación. Art. 10.- En que casos se entiende que la enajenación se realiza en el territorio nacional. Art. 11.- Momento en que se considera efectuada la enajenación. Art. 12.- Base del impuesto en las enajenaciones. Art. 13.- Derogado. CAPÍTULO III: DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Art. 14.- Definición de prestación de servicios. Art. 15.- Exenciones tratándose de prestación de servicios. Art. 16.- Prestación de servicios en territorio nacional. Art. 17.- Momento de causación del impuesto. Art. 18.- Bases del impuesto en la prestación de servicios. Art. 18-A.- Valor de los intereses, consideración de valor para efectos de cálculo del impuesto. CAPÍTULO IV: DEL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES. Art. 19.- Que se entiende por uso o goce temporal de bienes. Art. 20.- Exenciones tratándose de uso o goce temporal de bienes. Art. 21.- Concesión del uso o goce temporal de bienes en territorio nacional. Art. 22.- Momento de causación del impuesto. Art. 23.- Bases del impuesto en el caso de uso o goce temporal de bienes. Continúa 48 CAPÍTULO V: DE LA IMPORTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS. Art. 24.- Concepto de importación de bienes o servicios. Art. 25.- Exenciones en la importaciones. Art. 26.- Momento en que se considera efectuada la importación de bienes. Art. 27.- Bases del impuesto en las importaciones Art. 28.- Pago del impuesto en las importaciones. CAPÍTULO VI: DE LA EXPORTACIÓN DE BIENES O SERVICIOS. Art. 29.- Cálculo con base en la tasa 0% en la exportación de bienes o servicios. Art. 30.- Devolución o acreditamiento del impuesto tratándose de exportaciones. Art. 31.- Derogado. CAPÍTULO VII: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES. Art. 32.- Obligaciones de los contribuyentes. Art. 33.- Pago del impuesto en la enajenación de bienes o prestación de servicios en forma inusual. Art. 34.- Ingresos en bienes o servicios. Art. 35 AL 37.- Derogados. CAPÍTULO VIII: DE LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES. Art. 38.- Derogado. Art. 39.- Base para el cálculo del impuesto estimado. Art. 40.- Derogado. CAPÍTULO IX: DE LAS PARTICIPACIONES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS. Art. 41.- Convenio de coordinación con los Estados. Art. 42.- Que impuestos se exceptúan de los dispuesto en el artículo anterior. Art. 43.- Opción de las entidades federativas de establecer un impuesto a las ventas y servicios al público en general. La LIVA forma parte del grupo de impuestos que en México pagamos los contribuyentes, siendo éste indirecto y no forma parte de los costos del producto o servicios, sino es como su nombre lo dice, un valor agregado al precio. La LIVA ha tenido constantes tanto como variados cambios entre uno de ellos el que mas énfasis ha tenido es el ocurrido en el año 2002 en donde se estableció el manejo y cálculo del IVA en base al flujo de efectivo. Las reformas del IVA en los años de 2002 y 2003, fueron los pioneros del cambio y sentaron las primeras bases para el nuevo manejo del IVA en base al flujo de efectivo, que para el año de 2005 aun siguen vigentes. 49 Hasta el ejercicio fiscal 2004 momento donde el IVA trasladado al contribuyente por las retenciones del IVA efectuadas a que se refieren los actos o actividades del art. 1-A de la LIVA podría acreditarse; no se regulaba en el art. 4, séptimo párrafo, inciso c) de la LIVA. No obstante, a través de la regla 5.2.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2004-2005 se establece el acreditamiento se realiza en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se hubiere efectuado el entero de la retención. 2.3.1. Regulación aplicable para 2005. Mediante el Decreto por el que se reforma y adiciona la LIVA, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de diciembre de 2004, se reformaron los art. 1-A, fracc. IV, segundo párrafo; art. 2o-C, párrafo tercero; art. 3o. segundo párrafo; art. 4o.; art.6o., párrafos primero y segundo; art. 7o., segundo párrafo, y art. 43; y se adicionaron los art. 4o.-A; art. 4o.-B, y art. 4o.-C, de la LIVA. En Ley la limitante de acreditar el impuesto retenido hasta la declaración siguiente a aquella en que sea enterado, es un requisito indispensable que los contribuyentes deberán cumplir. Esto significa que, por ejemplo, las retenciones de IVA efectuadas en febrero de 2005, que se enteren en marzo, serán acreditables hasta marzo de 2005. Desde nuestro punto de vista,consideramos incorrecto lo que dispone la fracción V del art. 4 de la LIVA 2005, “Tratándose del impuesto trasladado que se hubiese retenido conforme al art. 1-A de esta Ley, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en la misma, con excepción de lo previsto en la fracción IV de dicho articulo impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención” 12 Puesto en la Persona Moral que efectivamente realiza el pago tanto de la contraprestación o precio pactado como el del IVA tiene el derecho a acreditar el IVA en el mismo periodo en que se efectúa la declaración de retención del gravamen, la LIVA señala en las fracciones I, III y IV del art. 4 como requisitos para efectuar el acreditamiento del impuesto, los siguientes: * Que se trate de erogaciones deducibles del ISR; * Se traslade el IVA en forma expresa y por separado, y * Haber efectivamente pagado el impuesto. 12 Fisco Agenda Editorial Publicaciones Fiscal Isef SA edición 2005 LIVA p.14. 50 Por otra parte, como lo señala el art. 31 fracc. IX, de la LISR los pagos, a su vez sean ingresos de contribuyentes Personas Físicas solo se deducirán cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio que se trate. Resulta inequitativo, que a la Persona Moral no se le permita acreditar el IVA de las retenciones en el mismo mes de la aplicación del impuesto, por otra parte a las Personas Físicas o Morales (que realizan las actividades por los términos del art. 1o-A de la LIVA se les retenga el impuesto) causen el IVA y se les permita acreditar la retención por las Personas Morales en el mismo periodo. Situándose desde una posición conservadora, el contribuyente (PM) podría acreditar en el mes la aplicación de lo retenido, con el resultado obtenido de disminuir del total del impuesto trasladado menos la retención. Ejemplo: Una Persona Moral paga a una Persona Física sus servicios profesionales (honorarios) por $10,000.00 en el mes de febrero de 2005. En este caso, la Persona Moral no podrá acreditar la totalidad del IVA trasladado por $ 1,500.00 en febrero; solamente podrá acreditar la cantidad de $ 500.00 y el IVA por $ 1,000.00 lo acreditará hasta marzo de 2005, mes en el cuál paga la retención. Es recomendable establecer un control adecuado de las retenciones de IVA en donde se identifiquen claramente el total de impuestos anticipados, a aquellas que son enteradas al fisco federal. De esa manera se facilitará el cumplimiento de esta obligación fiscal. La reforma fiscal entró en vigor a partir del 1 de enero de 2005 mismo que trajo consigo, como todos los años una gran cantidad de cambios entre ello destacan la deducción del costo de ventas en lugar de las compras, definitivamente se ha llevado los reflectores. Sin embargo la LIVA también sufrió algunas modificaciones, es preciso destacar, una referente a la nueva mecánica de acreditamiento del IVA, por esa razón en el presente material se pretende dar una explicación de todo el art. 4 de LIVA, así como de los nuevos art. 4-A, art. 4-B y art. 4-C la cual es el motivo del presente material. Por principio de cuentas se deben tener en cuenta un par de conceptos: Acreditamiento: Consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad resultante de aplicar a los valores señalados en la LIVA la tasa que corresponda según sea el caso. En otras palabras es restar el IVA 51 acreditable del IVA trasladado. IVA acreditable: Se entiende por impuesto acreditable al valor agregado el trasladado al contribuyente y el propio impuesto pagado con motivo de importación, bienes o servicios, del mes en curso. En otras palabras es el importe pagado por el contribuyente en la adquisición de bienes, servicios, uso o goces temporal de bienes y en su caso en importaciones. Desde nuestro punto de vista, se pueden distinguir las siguientes particularidades: A. Los contribuyentes exclusivos de actividades gravadas en la totalidad de sus operaciones, no tienen problemas con factores de acreditamiento, simple y sencillamente cuando se cumplan con los requisitos de deducción para efectos de la LISR. Como los demás requisitos enlistados en el art. 4 (trasladado y expresamente por separado del impuesto , se efectúe el íntegro de las retenciones en tiempo y forma señalado en el art. 1-A), el IVA pagado será totalmente acreditable. B. Los contribuyentes exclusivos de actividades exentas o bien actividades no conformes al objeto de la LIVA por la totalidad de sus operaciones, en ningún caso podrán acreditar cantidad alguna por concepto de IVA. C. Los contribuyentes de actividades gravadas y exentas o bien actividades no conformes al objeto del pago del IVA, tienen dos opciones para acreditar el IVA pagado por bienes, servicios, uso o D. Goce temporal de bienes utilizados indistintamente en la realización de actividades gravadas y exentas, la primera se aplica sobre el factor de acreditamiento determinado en función de los actos o actividades del mes correspondiente al IVA por acreditar, aplicando en su caso el ajuste de los activos fijos establecido en el art. 4-A. La segunda opción consiste en aplicar el factor de acreditamiento determinado en base a los datos del ejercicio inmediato anterior, el cual será aplicable todo el ejercicio a los bienes, servicios, uso o goce temporal de bienes utilizados indistintamente en la realización de actividades gravadas o exentas. 2.3.2. Otras Disposiciones Generales. 2.3.2.1. Compensación Universal. A partir del 1º de julio de 2004 entro en vigor un nuevo art. 23 del CFF y se establece la ahora denominada compensación universal. 52 Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración pueden optar por compensar las cantidades obtenidas a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros cumpliendo con cuatro requisitos sobre las contribuciones a compensar: � Que deriven de impuestos federales distintos de los que se causan con motivo de la importación. � Que las administre la misma autoridad. � Que no tengan un destino específico. � Deben consignarse como saldo a favor en una declaración. El art. 9 del reglamento del CFF señala que no se causara recargos cuando el contribuyente al pagar contribuciones en forma extemporánea compense un saldo a su favor, hasta por el monto de dicho saldo, siempre que este se haya originado con anterioridad a la fecha en que debió pagarse la contribución de que se trate. Es decir: Saldo a favor anterior Saldo a cargo posterior Se compensa con El citado art. 9 también contempla que cuando el saldo a favor del contribuyente se hubiera originado con posterioridad a la fecha en que se causo la contribución a pagar, solo se causara recargos por el periodo comprendido entre la fecha en que debió pagarse la contribución y la fecha en que se origino el saldo a compensar. 2.3.2.2. El IVA no es objeto de compensación. Los saldos de IVA a favor se pueden acreditar contra el IVA que resulte a cargo en los meses posteriores. Esta aplicación fiscal no es una compensación sino un acreditamiento. Debido a ello en tales casos no es necesario presentar avisos de compensación. Si hablamos de un saldo a favor de IVA hacia el futuro se estaría en presencia de un acreditamiento por así disponerlo la LIVA, pero, si hablamos de aplicar un saldo a favor posterior contra un saldo a cargo anterior estaríamos en presencia de una compensación. Esta afirmación es compartida por las autoridades hacendarías. En su criterio interno CRT.81/2001/IVA, que dispone que: 53 “El saldo a favor del impuesto al valor agregado de un ejercicio posterior podrá compensarse