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1 INVESTIGACIÓN CRIMINAL

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Unidad 1
Clase 1
Prof. Ezequiel Medrano.
Concepto General y Objetivos de la Investigación Criminal.
Desarrollo del tema
Cada una de las conductas que llevamos a cabo, cada plan que nos proponemos y
finalmente concretamos, genera un cambio en el mundo que nos rodea; deja huella en la
realidad que nos circunda.
Desde un enfoque general y corriente podemos decir que la averiguación o
investigación de las causas que llevaron a este cambio exterior, es la búsqueda de datos
que nos permitan conocer circunstancias, que en un principio aparecen desconocidas o
confusas, con el objetivo final de establecer certezas y llegar a la verdad de lo ocurrido.
En pocas palabras, el diccionario Panhispánico del Español Jurídico -RAE- define a
la investigación en general como: “…actividad dirigida a la averiguación de la realidad de
determinados hechos o conductas…”.
Esta idea es aplicable a toda actividad que se encamine a averiguar algún hecho o
suceso que se desconoce y a la vez, se pretenda saber la verdad acerca de tal asunto.
Varias disciplinas tienen como objeto de estudio la conducta humana -sociología,
periodismo, psicología-, y habitualmente tratan de descifrar la verdad de su trascendencia
en el mundo exterior, empleando el clásico método creado por Hermágoras; filósofo griego a
quien le debemos la sistematización de las conocidas preguntas: ¿qué?, ¿quién?, ¿cómo?,
¿cuándo?, ¿dónde? y ¿por qué?
Esta antigua regla permite ordenar la información que se va recolectado de manera
sencilla y completa, sistematizando en cada respuesta el nivel de avance en la
investigación.
Ahora bien, cuando esa búsqueda tiene por objeto conocer una conducta criminal, si
bien las incógnitas a despejar siguen siendo las mismas, existen ciertas particularidades.
En primer lugar, veremos que los encargados de realizar la pesquisa serán sujetos
expresamente autorizados por la ley, debiendo observar además estrictamente recaudos y
estrategias para que los resultados no solo resulten razonadamente verificables, sino sean
legalmente válidos.
El delito, como toda conducta humana voluntaria que se encamina a la realización
de un fin o causar un resultado prohibido por la ley penal, tiene una instancia de ideación en
el fuero interno o faz intelectual del autor, que luego se evidencia hacia el resto de la
sociedad en los resultados materiales que su accionar provoca en el entorno.
En este sentido la investigación criminal resulta un espacio de actuación
multidisciplinar, con especificidades y complejidades propias del tipo de delito que se
investigue, las características personales y conductuales del autor, como también las
víctimas o damnificados por el hecho.
Las huellas, marcas y variaciones que este actuar generó en el mundo, resultará el
punto de partida para conocer de manera retrospectiva, aquello que ocurrió.
Desde la perspectiva de una investigación reactiva, los investigadores, a partir del
hecho denunciado o conocido deberán volver su mirada al pasado y realizar la
reconstrucción histórico-crítica de todas las circunstancias vinculadas al objeto de estudio,
con el fin de recrear la verdad de lo acontecido.
Esta reconstrucción, sin embargo, no es la de un simple historiador. La investigación
criminal se debe plantear como un proceso lógico, metodológico y ordenado siguiendo los
pasos del método científico.
Ahora bien, de un tiempo a esta parte -coincidiendo con el avance científico y de las
tecnologías-, no parece suficiente la labor reactiva del investigador para abordar los nuevos
fenómenos delictivos. Los delitos ambientales, el cibercrimen, el lavado de activos, la trata
de personas -entre algunos ejemplos de criminalidad organizada- exigen tareas de
investigación proactivas; es decir, anticiparse a las maniobras delictivas y de esta manera
poder desbaratar las organizaciones criminales y prevenir los resultados dañosos.
En resumidas palabras, la investigación reactiva consiste en investigar delitos ya
cometidos; en cambio, la investigación proactiva se vincula a las tareas de anticipación y
prevención de hechos ilícitos.
Pero además, se deberá tener siempre en vista cada una de las exigencias
normativas que definen la conducta a investigar como delito. Es decir, comprobar todos los
elementos que integran el tipo penal que establece la prohibición del actuar investigado. No
toda conducta antisocial o moralmente reprochable es un crimen.
La mayoría de las actividades de investigación criminal consisten en un conjunto
diverso de diligencias que se llevan a cabo según el tipo de delito que se busca esclarecer.
Cada pesquisa, si bien existen protocolos y estrategias comunes de actuación, es
única y depende del tipo y complejidad de delito que se investigue.
Esta indagación debe cubrir todas las circunstancias que hacen al hecho de manera
completa y total; es decir, abarcado cuestiones que lo secundan aún por superfluas que
parezcan al inicio, pues no se debe descartar ninguna circunstancia hasta tanto tener una
línea clara y probada de investigación.
La búsqueda puede incluir hechos distintos al central, aun hechos que no sean
ilícitos pero que de alguna manera hayan incidido o estén vinculados al hecho criminal que
se investiga.
La llegada previa de personas al lugar, el estado del clima, actividades comerciales o
culturales que se llevaban a cabo en cercanías en que ocurrió el hecho investigado no
resultan ilícitas, pero pueden aparecer como fuentes de información que nos permitan
reconstruir circunstancias de lo ocurrido.
Finalmente, veremos a lo largo del contenido de la asignatura, que la investigación
criminal precede a la fase de enjuiciamiento y si bien ambas instancias se encuentran
fuertemente reguladas por las normas que fijan el debido proceso legal y buscan finalmente
el descubrimiento de la verdad, en la etapa inicial o investigación criminal la pauta que
marca las reglas de actuación del investigador tiene que ver con trabajar en un estado de
sospecha, de duda. No deberá descartar prematuramente ninguna conjetura.
Por el contrario, el juez en la etapa de enjuiciamiento debe actuar con un espíritu
crítico objetivo y solo podrá condenar ante un estado de certeza, la duda siempre jugará en
favor del imputado.
Sospecha y certeza serán entonces los campos diferenciados en los que se
manejarán el investigador y el Juez.

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