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Sujetos del Derecho Privado Persona Jurídica Fundamentos de Derecho Civil y Comercial 3 Persona jurídica . Persona Jurídica: Concepto. Personas Jurídicas de Derecho Privado. Clasificación. Atributos. Comienzo de la existencia. Personas jurídicas privadas que requieren autorización legal para funcionar. Organismos competentes para otorgar la autorización. Efectos. Fin de la existencia de las Personas jurídicas. Causales y consecuencias jurídicas. Asociación Civil: Concepto. Objeto. Forma del acto constitutivo. Órganos de gobierno. Enumeración y funciones. Fundación: Concepto. Objeto. Forma del acto constitutivo. Órganos de gobierno. Enumeración y funciones. Simples asociaciones. Nombre. Forma del acto constitutivo. Ley aplicable. Cooperativas y mutuales. Conceptos. Objeto. Órganos de Gobierno. Enumeración. Funciones Sociedades. Concepto. Forma del acto constitutivo. Inscripción en el Registro Público. Los estatutos. Concepto e importancia. CONTENIDO 3 Persona jurídica UBICACIÓN LEGISLATIVA Titulo II del Libro Primero, del Código Civil y Comercial Está regulado en tres capítulos: Parte General (arts.141 a 167) Asociaciones (arts.168 a 192) Fundaciones (arts.193 a 224) 3 Persona jurídica El hombre es un ser social: requiere de otros para satisfacer sus necesidades. Participa de grupos colectivos, de organizaciones de diversa complejidad hasta llegar al Estado moderno. El Derecho capta este fenómeno a través del concepto de subjetividad jurídica y admite a estas formas organizativas como “personas” con capacidad para intervenir en las relaciones jurídicas (como sujetos de derecho). . 3 Persona jurídica IDEA DE SUBJETIVIDAD LA PERSONA JURÍDICA ES UNA CREACIÓN DEL DERECHO, PARA REGULAR LA REALIDAD Y NECESIDAD SOCIALES. “Son personas jurídicas todos los entes a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación” (Art.141 CCC) A Concepto 3 Persona jurídica ENTE lo que es o existe La existencia de la persona jurídica; El ordenamiento jurídico (derecho objetivo) confiere a la persona jurídica la aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones (derechos subjetivos) Esa aptitud (capacidad) está limitada por el objeto para el cual fue creada (principio de especialidad) 3 Persona jurídica Personas jurídicas Persona jurídica F. D. C. y C. 3 . . . . De Derecho Público De Derecho Privado CLASIFICACIÓN 3 Persona jurídica a. Las sociedades; b. Las asociaciones civiles; c. Las simples asociaciones; d. Las fundaciones; e. Las iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas; f. Las mutuales; g. Las cooperativas; h. El consorcio de propiedad horizontal; i. Toda otra contemplada en disposiciones de este Código o en otras leyes y cuyo carácter de tal se establece o resulta de su finalidad y normas de funcionamiento. Art.148 CCC PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO 3 Persona jurídica Persona jurídica Clasificación Asociaciones civiles Fundaciones Mutuales y Cooperativas Ciertas sociedades Comunidades religiosas (según su configuración) Algunas sociedades la mayoría de las sociedades simples asociaciones consorcios de propiedad horizontal. Asociaciones Civiles y Fundaciones Mutuales y Cooperativas Comunidades Religiosas Organizaciones No Gubernamentales (ONG) Sociedades la requieren Según requieran o no autorización del Estado para funcionar Según la finalidad perseguida Sin fines de lucro Con fines de lucro No la requieren 3 Persona jurídica . Cualidades que resultan inseparables de la persona y que la determinan en su individualidad Son imprescindibles para su desempeño en la vida jurídica. En la persona jurídica son: Atributos 3 Nombre Patrimonio Domicilio Persona jurídica Capacidad La persona jurídica debe tener un nombre que la identifique como tal, con el aditamento indicativo de la forma jurídica adoptada (Art. 151 CCC) . Persona jurídica 3 Nombre 12 . En principio, es de libre elección Debe reunir los recaudos de veracidad, novedad y aptitud distintiva respecto de otros nombres, como de marcas, nombres de fantasía u otras formas de referencia a bienes o servicios, se relacionen o no con el objeto de la persona jurídica. La persona jurídica en liquidación debe aclarar esta circunstancia en su nombre. Persona jurídica 3 . Límites en la elección del nombre No puede contener términos o expresiones contrarios a la ley, el orden público o las buenas costumbres, ni inducir a error sobre la clase u objeto de la persona jurídica. La inclusión en el nombre de la persona jurídica del nombre de personas humanas requiere la conformidad de éstas, que se presume si son miembros. Sus herederos pueden oponerse a la continuación del uso, si acreditan perjuicios materiales o morales. (Art.151 CCC) Persona jurídica 3 . Es el fijado en sus estatutos o en la autorización que se le dio para funcionar. Art.152 CCC La persona jurídica que posee muchos establecimientos o sucursales tiene su domicilio especial en el lugar de dichos establecimientos sólo para la ejecución de las obligaciones allí contraídas. El cambio de domicilio requiere modificación del estatuto. Se tienen por válidas y vinculantes para la persona jurídica todas las notificaciones efectuadas en la sede inscripta. Art.153 CCC Constituye un domicilio especial. Domicilio y sede social Persona jurídica 3 La persona jurídica Debe tener un patrimonio. Este es distinto al de los miembros que la componen. La persona jurídica en formación puede inscribir preventivamente a su nombre los bienes registrables. Art. 154 CCC . Patrimonio 3 Persona jurídica . La existencia de la persona jurídica privada comienza desde su constitución. No necesita autorización legal para funcionar, excepto disposición legal en contrario. Art.142 CCC Comienzo de la existencia Cuando se requiere autorización estatal NO PUEDE FUNCIONAR ANTES DE OBTENERLA 3 Persona jurídica Los actos realizados antes de la obtención de la autorización, generan responsabilidad de los socios. Ej. Una Asociación Civil puede funcionar hasta lograr la autorización como una Simple Asociación y esto importa que los socios tengan mayor responsabilidad frente a terceros 17 La persona jurídica tiene una personalidad distinta de la de sus miembros. EXCEPTO en los supuestos que expresamente se prevén en este Título y lo que disponga la ley especial Art. 143 CCC . 3 Persona jurídica Personalidad diferenciada Los miembros no responden por las obligaciones de las personas jurídicas A partir del comienzo de su existencia PERSONALIDAD DIFERENCIADA: Se distingue de la personalidad de sus miembros, quedando la persona jurídica como titular de las relaciones jurídicas PATRIMONIO Y RESPONSABILIDAD DIFERENCIADOS como principio general, sus miembros no responden con sus bienes por las obligaciones de la persona jurídica. (Art. 143 CCC) 3 Persona jurídica Requieren autorización para funcionar Asociaciones Civiles Fundaciones Mutuales Cooperativas Ciertas Sociedades. Comunidades Religiosas (dependiendo de la configuración elegida). Persona jurídica 3 ASOCIACIÓN CIVIL Las asociaciones civiles requieren autorización para funcionar y se encuentran sujetas a contralor permanente de la autoridad competente, nacional o local, según corresponda. (Art. 174 CCC) Para existir como tales requieren necesariamente constituirse mediante instrumento público y solicitar y obtenerautorización del Estado para funcionar (Art.193 CCC) FUNDACIONES Persona jurídica 3 COOPERATIVAS Las asociaciones mutuales deberán inscribirse en el Registro Nacional de Mutualidades previo cumplimiento de los recaudos que establezca el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). MUTUALES Persona jurídica Se consideran regularmente constituidas, con la autorización para funcionar y la inscripción en el registro de la autoridad de aplicación. No se requiere publicación alguna. Art. 10, Ley 20337 La ley Nº 21.745 impone la inscripción en el Registro Nacional de Cultos de todas las iglesias y comunidades religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que actúen en el territorio nacional. Organismos competentes para otorgar la autorización Nación – CABA Chaco – Corrientes La competencia y legislación aplicable es de carácter local. Inspección General de Justicia Inspección General de Personas Jurídicas 3 Persona jurídica Efectos de la autorización legal para funcionar Permite que la persona comience a funcionar de acuerdo a la clase (de persona jurídica) elegida. Nacen obligaciones respecto de la contabilidad y estados contables. Necesidad de registración de ciertos actos. Persona jurídica 3 Fin de la existencia de las Personas jurídicas LA PERSONA JURÍDICA SE DISUELVE POR: Decisión de sus miembros por unanimidad o mayoría establecida por el estatuto o ley Cumplimiento de la condición resolutoria a la que el acto constitutivo subordinó su existencia; Consecución del objeto o la imposibilidad de cumplirlo; Vencimiento del plazo; Declaración de quiebra Fusión respecto de las personas jurídicas que se fusionan o aquellas cuyo patrimonio es absorbido; Reducción a uno del número de miembros, si la ley especial exige pluralidad de ellos y no es restablecida dentro de los tres meses. Denegatoria o revocación firmes de la autorización estatal para funcionar, Agotamiento de los bienes destinados a sostenerla; Cualquier otra causa prevista en el estatuto o en otras disposiciones del CCC o ley especial. Persona jurídica 3 Revocación de la autorización Se funda en la comisión de actos graves que importen la violación de la ley, el estatuto o el reglamento. Se dispone por resolución fundada y conforme a un procedimiento reglado que garantice el derecho de defensa de la persona jurídica. Es apelable, pudiendo el juez disponer la suspensión provisional de sus efectos. Persona jurídica 3 EL FIN DE LA EXITENCIA Persona jurídica 3 No puede realizar operaciones, debiendo en su liquidación concluir las pendientes. La liquidación consiste en el cumplimiento de las obligaciones pendientes con los bienes del activo del patrimonio de la persona jurídica o de su producido en dinero. Previo pago de los gastos de liquidación y de las obligaciones fiscales, el remanente, si lo hay, se entrega a sus miembros o a terceros, conforme lo establece el estatuto o lo exige la ley. COMIENZO DE SU EXISTENCIA Desde su constitución Obtención de la autorización, si se requiere PERSONALIDAD Distinta a la de sus miembros RÉGIMEN LEGAL CCC - Leyes especiales - Acto constitutivo, modificaciones, estatutos Nombre Domicilio ATRIBUTOS Patrimonio Capacidad Debe identificarla ser veraz, novedoso y distintivo Fijado en estatutos Debe tener un patrimonio aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones, sujeta al cumplimiento de su objeto y los fines de su creación. FUNCIONAMIENTO Estatuto. Debe contener normas sobre gobierno, administración representación y fiscalización interna (cuando la ley lo exige) El CCC establece normas para lo supuestos en que no estén previstas. Los administradores DEBEN actuar con lealtad y diligencia Persona jurídica 3 3 Persona jurídica Asociación. Concepto Responde a una inclinación natural y su posibilidad está amparada por lo dispuesto en el artículo 14 de la Constitución Nacional (derecho de asociarse con fines lícitos y útiles). Persona jurídica 3 “Es una agrupación de personas humanas, que se reúnen para perseguir un fin común a todas ellas, aunando acciones y esfuerzos con el objetivo de conseguir aquellas conquistas que les resultaría imposible o más difícil lograrlas en forma individual” S «La asociación civil debe tener un objeto que no sea contrario al interés general o al bien común. El interés general se interpreta dentro del respeto a las diversas identidades, creencias y tradiciones, sean culturales, religiosas, artísticas, literarias, sociales, políticas o étnicas que no vulneren los valores constitucionales. No puede perseguir el lucro como fin principal, ni puede tener por fin el lucro para sus miembros o terceros». El objeto debe ser: Asociación.OBJETO Persona jurídica 3 Lícito y no ser contrario al interés general No debe violar valores constitucionales. No debe perseguir lucro como fin principal. Fin principal DEBE SER ALTRUISTA. Esta norma habilita la posibilidad de llevar adelante ciertos actos lucrativos (destinados a obtención de ganancias o ingreso de bienes al patrimonio) pero siempre orientados Asociación. FORMA DEL ACTO CONSTITUTIVO «El acto constitutivo de la asociación civil debe ser otorgado por instrumento público y ser inscripto en el registro correspondiente una vez otorgada la autorización estatal para funcionar. Hasta la inscripción se aplican las normas de la simple asociación» (art. 169 CCC) Persona jurídica 3 Es la instrumentación del negocio jurídico plurilateral, de organización, de naturaleza asociativa, que da nacimiento a un sujeto distinto de sus miembros. ACTO CONSTITUTIVO Instrumento Público Persona jurídica Asociación Civil ACTO CONSTITUTIVO Se solicita la autorización legal para funcionar 3 El CCC se refiere sólo al acto constitutivo (como si éste contuviera al estatuto), aunque en los hechos suelen instrumentarse por separado el acto constitutivo y el estatuto . El ACTO CONSTITUTIVO DEBE CONTENER La identificación de los constituyentes Nombre, objeto y domicilio social de la asociación Plazo de duración Causales de disolución Contribuciones que conforman el patrimonio inicial. Fecha de cierre del ejercicio económico anual; Asociados: clases o categorías de asociados, régimen de ingreso, admisión, renuncia, sanciones disciplinarias, exclusión de asociados y recursos contra las decisiones; Órganos sociales de gobierno, administración y representación. Deben preverse: la comisión directiva, las asambleas y el órgano de fiscalización interna. Procedimiento de liquidación y destino de los bienes después de la liquidación Persona jurídica 3 Asociación. ÓRGANOS DE GOBIERNO LA PERSONA JURÍDICA OBRA Y SE MANIFIESTA POR MEDIO DE ÓRGANOS Persona jurídica 3 Los actos realizados por quienes componen los distintos órganos son eficaces si son realizados DENTRO DEL ÁMBITO DE SUS FUNCIONES La Ley El Acto Constitutivo Estatuto Competencia de los órganos fijada en: Asociación. Órganos. Competencia ASAMBLEA: donde se genera la voluntad social y se adoptan decisiones trascendentes, que rigen la vida institucional. Participan todos los asociados COMISIÓN DIRECTIVA: ejecuta las tareas asignadas por el estatuto y las decisiones de la asamblea. Representa externamente a la asociación ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN: ejerce control sobre los otros dos; sobre la legalidad de sus actos. Persona jurídica 3 «Los asociados no responden en forma directa ni subsidiaria por las deudas de la asociación civil. Su responsabilidad se limita al cumplimiento de los aportes comprometidos al constituirla o posteriormente y al de las cuotas y contribuciones a que estén obligados». Artículo 181 CCC Asociación. Separación de patrimonios Persona jurídicaFUNDACIÓN Persona jurídica 3 . Las fundaciones son personas jurídicas que se constituyen con una finalidad de bien común, sin propósito de lucro, mediante el aporte patrimonial de una o más personas, destinado a hacer posibles sus fines. Se constituyen por instrumento público otorgado por el/los fundadores o apoderado con poder especial Lo puede otorgar el autorizado por el juez del sucesorio, si lo es por disposición de última voluntad. Persona jurídica 3 ACTO CONSTITUTIVO . Fundaciones. Requieren autorización del Estado para funcionar Datos del o de los fundadores: - personas humanas, datos personales - personas jurídicas denominación, domicilio, inscripción registral y la representación Nombre y domicilio de la fundación Objeto, que debe ser preciso y determinado Patrimonio inicial, integración y recursos futuros, expresado en moneda nacional Plazo de vigencia EL INSTRUMENTO CONSTITUTIVO DEBE CONTENER: Persona jurídica 3 40 Organización del consejo de administración, duración de los cargos, régimen de reuniones Cláusulas atinentes al funcionamiento de la entidad Procedimiento y régimen para la reforma del estatuto Fecha de cierre del ejercicio anual Cláusulas de disolución y procedimientos atinentes a la liquidación y destino de los bienes. Plan trienal de acción En el mismo instrumento se deben designar los integrantes del primer consejo de administración y las personas facultadas para gestionar la autorización para funcionar. . Persona jurídica 3 Fundación. OBJETO Deben poseer, siempre, un objeto altruista y una finalidad de bien común. No tienen ánimo de lucro. El objeto es determinado por el/los fundador/es. El patrimonio inicial es aportado por el/los fundador/es y debe posibilitar razonablemente el cumplimiento de los fines propuestos en el estatuto. Persona jurídica 3 Fundación. PLANES DE ACCIÓN «Con la solicitud de otorgamiento de personería jurídica deben acompañarse los planes que proyecta ejecutar la entidad en el primer trienio, con indicación precisa de la naturaleza, características y desarrollo de las actividades necesarias para su cumplimiento, como también las bases presupuestarias para su realización. Cumplido el plazo, se debe proponer lo inherente al trienio subsiguiente, con idénticas exigencias» Artículo 199 CCC Persona jurídica 3 Fundación. ÓRGANOS DE GOBIERNO Persona jurídica 3 La autoridad de contralor Aprueba los estatutos de la fundación y su reforma Controla su funcionamiento Fiscaliza el cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias, incluso en la disolución y liquidación Persona jurídica 3 Persona jurídica 3 SIMPLES ASOCIACIONES Son aquellas que no han obtenido la autorización estatal para funcionar Su existencia comienza a partir de la fecha del acto constitutivo Al NOMBRE, debe agregarse (antepuesto o pospuesto) el aditamento “simple asociación” o “asociación simple” Persona jurídica 3 Simples asociaciones. Acto constitutivo Puede ser realizado: Por instrumento público Por instrumento privado, con firma certificada por escribano público Persona jurídica Las simples asociaciones se rigen en cuanto a su acto constitutivo, gobierno, administración, socios, órgano de fiscalización y funcionamiento por lo dispuesto para las asociaciones civiles y las disposiciones especiales de este Capítulo. Artículo 188 CCC 3 COOPERATIVAS. MUTUALES Persona jurídica 3 Cooperativa Régimen Legal Ley Nº 20337 Persona jurídica OBJETO LEGAL el esfuerzo propio y la ayuda mutua de sus integrantes. la organización y prestación de servicios. No posee fines de lucro ni de beneficencia. LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO SON: 1. Asamblea 2. Consejo de Administración 3. Sindicatura Persona jurídica 3 Cooperativa Mutuales Son asociaciones mutuales las constituidas libremente sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica. Artículo 2º, Ley 20.321 Persona jurídica 3 Régimen Legal Ley 20.321 Mutuales.Objeto Los órganos de gobierno son: a.- Asamblea b.- Órgano Directivo c.- Órgano de Fiscalización La satisfacción de necesidades de los socios ya sea mediante asistencia médica, farmacéutica, otorgamiento de subsidios, préstamos, seguros, construcción y compraventa de viviendas, promoción cultural, educativa, deportiva y turística, prestación de servicios fúnebres, o cualquiera otra que tenga por objeto alcanzarles bienestar material y espiritual. CONTRIBUCIÓN O AHORRO DE SUS ASOCIADOS U OTRO RECURSO LÍCITO C o n ? Funciones similares a los órganos de las cooperativas Persona jurídica 3 SOCIEDADES Persona jurídica 3 Sociedades. CONCEPTO “Habrá sociedad si una o más personas en forma organizada conforme a uno de los tipos previstos en esta ley, se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas” Artículo 1, Ley 19550, modificada por Ley 27.077. El contrato por el cual se constituya o modifique una sociedad, se otorgará por instrumento público o privado. Persona jurídica 3 Régimen Legal Ley 19550, modificada por Ley 27.077 SALVO LO ESTABLECIDO PARA CIERTOS TIPOS DE SOCIEDAD, EL ACTO CONSTITUTIVO DEBE CONTENER: Datos de los socios La razón social o denominación y el domicilio Objeto preciso y determinado El capital social, en moneda argentina, y aportes de cada socio. En las sociedades unipersonales, el capital deberá ser integrado totalmente en el acto constitutivo Plazo de duración, que debe ser determinado Organización de la administración, de su fiscalización y de las reuniones de socios Reglas para distribuir las utilidades y soportar las pérdidas Derechos y obligaciones de los socios entre sí y ante terceros Las cláusulas atinentes al funcionamiento, disolución y liquidación de la sociedad. Persona jurídica 3 Sociedades. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO El acto constitutivo, su modificación, el estatuto y el reglamento, si lo hubiese, DEBEN inscribirse en el Registro Público del domicilio social y en el Registro que corresponda al asiento de cada sucursal. La sociedad solo se considera regularmente constituida con su inscripción en el Registro Público Persona jurídica 3 Sociedades. ESTATUTOS EN ELLOS ESTÁN DETERMINADOS: el objeto, nombre y domicilio de la persona jurídica su objetivo sus órganos de gobierno los derechos y deberes de los miembros la formación e inversión del patrimonio causas de disolución y el destino de los bienes Son las reglas básicas sobre las cuales se estructura la organización y la vida de las personas jurídicas Persona jurídica 3 Sociedades. Estatutos. Importancia Constituye la ley fundamental de las personas jurídicas Sus actividades y la de sus miembros deben ajustarse a sus disposiciones Resultan indispensables para obtener la autorización estatal para funcionar. Deben ser aprobados por la autoridad de contralor A partir de la aprobación, tienen el valor de una norma jurídica que regula el funcionamiento de la entidad Sus modificaciones deben ser realizadas conforme a sus disposiciones y aprobadas por la autoridad de contralor. Persona jurídica 3 . ¡Muchas gracias! Persona jurídica 3