Logo Studenta

preguntas de civil

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

¿Qué es Derecho de Personalidad?
Son derechos subjetivos absolutos privados extra-patrimoniales que posee toda persona y que garantizan la tutela de los bienes jurídicos inmersos en el ser humano (a la vida, integridad física, nombre, etc).
¿Cómo clasifica Catán Tobeñas a los Derechos de Personalidad?
· Derecho a la individualidad a través de sus signos distintivos (Nombre)
· Derechos relativos a la existencia física o inviolabilidad corporal (Derecho a la vida, a la integridad física, facultades de disposición del propio cuerpo, etc).
· Los Derechos de tipo moral (Derecho a la libertad de la persona, derecho al honor).
Menciona algunas características de los Derechos de Personalidad:
· Son patrimoniales pero no pecuniarios.
· Su titular generalmente es una persona física, pero hay algunos de ellos que pueden pertenecer a personas morales.
· Son intransmitibles.
· Son personales (nacen y se extinguen con la persona y son ejecutados por uno solo).
Menciona algunos Derechos de Personalidad tutelados por el derecho Civil:
· La vida.
· Integridad física.
· Afectos, sentimientos y creencias.
· Honor y reputación.
· Nombre.
· Presencia física.
· Vida privada y familiar.
· Disposición de cadáver, tejidos, órganos.
· Información privada.

Continuar navegando