Logo Studenta

Prueba-Biologica

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

563 
 
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de 
Mexico 
 
 
 
CLASE “ QUIMICA” 
 
 
 
trabajo 
 
 
 
 
GRUPO:24 
 
 
 
NOMBRE DEL PROFESOR: JUAN GERMAN RIOS ESTRADA 
 
 
 
NOMBRE DEL ALUMNO: CORTES HERNANDEZ RICARDO 
 
 
 
 FECHA DE ENTREGA: 13 MARZO DEL 2023 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
564 
 
 
PRESENTACIÓN 
OBJETIVO 
Conocer que existe un método biológico genético valioso para la 
identificación personal de interés criminalístico. 
CONTENIDO 
El examen del ADN o ácido desoxirribonucleico es capaz de determinar 
inequívocamente al autor de una violación sexual o de un homicidio, 
basándose en el estudio de material biológico del imputado. Existe casuística 
extranjera y nacional al respecto.
565 
 
SUB-TEMA 16; IDENTIFICACIÓN BIOLÓGICA GENÉTICA Lecturas con 
preguntas guía: 
Lecturas: • Tuiio Muñoz Seminario y Jorge Hau Camoretti. “Identificación 
genética”, Peritos PNP, Biólogos Forenses, Lima-Perú. 
• Roberto Soiórzano Niño. “Tarjeta genética de identificación 
personal” en “Medicina Lega! Criminalística y Toxicoiogía para 
abogados”, Editorial Temis, Bogotá-Colombia, 1990, pág. 521-
522. 
• Melissa Smrz. “Identificación de personas por medio del ADN o 
Ácido DesoxirribonucleÍco”en “Vil Simposio Internacional de 
Criminalística", Imprenta Fondo rotatorio de la policía, Santa Fe 
de Bogotá-Colombia, 1996, 
• José Antonio Lorente Acosta. “El análisis del ADN en la 
Investigación Criminal: La Revolución del Siglo XXI”. 
• “Ventajas y limitaciones del uso del ADN en la Investigación 
Policial”. 
• "Problemas éticos y legales del uso del ADN, toma de muestras y 
base de datos de interés policial y judicial” en “Vil Simposio 
Internacional de Criminalística”, Picasso Ltda. Editores, Santa Fe 
de Bogotá-Colombia, 1998, pág. 47-54. 
1. Exponga un ejemplo en el que por el examen del ADN se determine 
la autoría de un delito contra el patrimonio.
566 
 
Tulio Muñoz Seminario, Jorge Hau Camoretti. "identificación 
Genética”, Peritos PNP, Biólogos Forenses, Lima-Perú. 
IDENTIFICACIÓN GENÉTICA 
¿Existe algún examen forense capaz de determinar 
inequívocamente el autor de una violación, homicidio, y basándose sólo 
en material biológico? 
En la actualidad la respuesta es SI, es el examen de ADN. 
El ADN es el Ácido Desoxirribonucleico, que se encuentra en el núcleo 
de toda célula y es la base de la herencia biológica de todos los seres vivos. 
El examen de ADN se realiza tipificando directamente a los pares de 
bases que la constituyen. Esta es como si fuera el disco duro de una 
computadora, lleva codificada la información genética que no sólo determina si 
un Individuo sea gato o humano, si nacerá sano o enfermo, negro o blanco, etc., 
sino también provoca la aparición de aquellas diferencias dentro de una misma 
especie. 
Para el que el ADN pueda aplicarse con fines forenses, ha de cumplir una 
serie de requisitos, por otra parte, comunes en gran parte a los marcadores 
biológicos utilizados en la investigación de la paternidad y en el campo de la 
criminalística. 
De forma concreta, estas condiciones son: 
- El ADN, como portador de la información genética, se trasmite de padres 
a hijos de acuerdo con los postulados mendelianos. Por ello, en cualquier 
núcleo celular de cualquier persona, la mitad del ADN presente procede 
del padre y la otra mitad de la madre. 
- El ADN tiene una gran estabilidad en el medio ambiente, siendo posible 
aislarlo e identificarlo de células con días, semanas, meses e incluso años 
de antigüedad. Se ha descrito la identificación del ADN de momias con 
varios miles de años. 
Por su presencia en todos los núcleos celulares es posible obtener en el 
lugar en que ocurrió un hecho delictivo indicios en los que hallan 
presentes células que contengan ADN, sobre todo si medió violencia. 
- Las largas cadenas de ADN, compuestas por decenas de miles de pares de 
bases se repiten de una forma secuencial, determinada, específicas de 
longitud y localización para cada persona. Por ello, el ADN es como una 
huella dactilar genética específica para cada persona. 
567 
 
Esta prueba ADN para uso forense la inventó en 1984, el Dr. Alee 
Jeffreys, es ‘Lister Institute Research Fellow”, en la Universidad de Leicester - 
Reino Unido, su descubrimiento lo patentó en el Reino Unido en 1987, la sgt. 
Patente UK Patent Nro. 2166445 con el nombre de “Huella Digital de! ADN (DNA 
Fingerprinting). 
Esta prueba se logró luego de observar entre un 10% y 30% de total de 
ADN no contiene información codificada y compone, por lo tanto, secuencias 
que pueden denominarse “mudas”. Este ADN aparentemente inútil se llama 
“ADN Satélite”, que se halla disperso entre el ADN que si codifica. Partes de 
este “ADN Satélite” son idénticos en todos los seres humanos pero otras, muy 
variables, se heredan conforme a las leyes de Mendel. 
Estas secuencias de información genética varían mucho entre individuos, 
puede observarse que las secuencias son altamente repetitivas, por lo que se 
encuentran varias veces a lo largo de la cadena de! ADN. La longitud de cada 
secuencia que se repite, el número y ubicación de estas repeticiones dentro de 
cada molécula de ADN son absolutamente individuales. Justamente, estas 
secuencias son las que este examen permite visualizar. 
Para emplear este sistema el Doctor Jeffreys inventa una “Sonda” que se 
vale de la circunstancia de que el ADN está integrado por dos filamentos, los 
cuales si se separan, tienden a reunirse con su compañero durante el proceso 
denominado de “Apareamiento de Base”. 
Para los usos forenses, las muestras que comúnmente se analizan son 
las siguientes: 
• Sangre 
Tanto en estado fresco o en casos de manchas se trata de la muestra 
que se analiza con mayor frecuencia. El ADN se extrae de ios glóbulos blancos, 
pues no se encuentran en tos glóbulos rojos ni en el plasma, la muestra debe 
enfriarse o congelarse, según cuando piensa efectuarse el análisis. Si se trata 
de manchas, cuando más grande sea mayor será la posibilidad de éxito, sin 
embargo, el factor que más influye en el éxito de la prueba no es el tamaño ni la 
antigüedad, sino si se ia conserva correctamente después de haberla dejado 
secar a temperatura ambiental y se deben colocar en un recipiente a prueba de 
la humedad y enfriarse. 
• Semen 
Es ia otra muestra que se practica con mayor frecuencia de este tipo de 
568 
 
exámenes y es la principal en los delitos de la honestidad. El ADN se extrae de 
la cabeza de los espermatozoides presentes en el semen. Si se recupera el 
estado líquido, éste debe enfriarse. Si se trata de manchas, deben dejarse secar 
y luego almacenarlas lejos de la humedad. En los casos de violaciones como las 
muestras que se recuperan generalmente están, mezclados con otros tejidos de 
la propia víctima, conviene que los Peritos extraigan una muestra de sangre de 
la víctima y obtenga su “Huella genética”. Esta ayudará a la hora de interpretar 
las demás huellas. 
• Cabellos 
Lamentablemente, el examen solamente puede efectuarse cuando hay 
raíces de cabello, pues el pelo en sí es tejido muerto, que no sirve para el 
examen. Aún así es difícil efectuar la pericia sobre estos tejidos, aunque no 
imposible. Basta una única raíz de pelo si se empleara sondas de tipo de las de 
lugar único (SLPs) y diez raíces si se trata con las sondas de lugar múltiples 
(MLPs). 
• Otros Tejidos 
En principio no hay mayores inconvenientes en que se obtenga muestras 
de cadáveres o de material fetal. El éxito del examen depende del estado de 
descomposición del cuerpo, por lo tanto importa tener en cuenta factores tales 
como el tiempo transcurrido desde el fallecimiento, la temperatura, etc. Si la 
muerte es relativamente reciente, puede obtener, la “Huella genética” a partir 
de una muestra de sangre, o de médula ósea, etc. Ahora bien, si la conservación 
es correcta, el ADN es extraordinariamenteestable. Prueba de ellos, es que se 
obtuvo con éxito la “Huella digital a partir de tejidos extraídos de momias 
egipcias”.
 
La capacidad para detectar polimorfismos en el ADN de muestras de 
evidencias biológicas ha revolucionado la biología forense. Usando en el; 
Análisis RFPL (fragmentos de restricción de longitud polimórfica), las huellas 
digitales, siempre que el ADN no esté degradado y esté presente en cantidad 
suficiente. Se requiere al menos de 50 ngr de ADN para el análisis RFLP,- 
usando una muestra de un solo íocus, y más de 1000 ngr si se hace de un 
análisis de muestra de varios Iocus. Sin embargo, dichas cantidades de ADN no 
son obtenibles de las evidencias forenses en la práctica. Más aún, el RFLP 
consume una gran cantidad de material, y, muchas muestras no pueden ser 
reanalizadas. 
Estas limitaciones pueden ser superadas usando la Reacción de la 
Polimerasa en cadena (PCR) pasara amplificar las secuencias polimórficas 
específica de ADN. El uso de la polimerasa termoestable Taq; el ADN ha 
mejorado marcadamente la especificidad y el rendimiento de las PCR, ya ha 
permitido que el procedimiento sea susceptible de ser automatizado. Como 
resultado, sea posible ahora determinar el tipo de ADN de un simple cabello, de 
una simple célula diploide o incluso de un espermatozoide aislado. También, 
debido a que la PCR puede generar un gran número de copias de una secuencia 
específica de ADN, los métodos usados para la detección de polimorfismo del 
ADN son más simples y consumen menos tiempo del análisis RFLP. 
En los países en que el empleo de esta prueba se ha difundido más, los 
abogados suelen presentar ante el tribunal o jurados, datos estadísticos de la 
exactitud de la misma, para reforzar la validez del método. 
Esta estadística se refiere a las probabilidades de que dos personas 
compartan las mismas “Huellas Genéticas”. Las variaciones de un individuo a 
otro son muy grandes, y las probabilidades de compartir las mismas huellas son 
prácticamente nulas. 
A pesar de la sencillez de la interpretación del resultado en estos 
exámenes, resulta necesario que se despeje toda duda del tribunal y los 
Jurados. Los datos estadísticos que conviene presentar ante la justicia, indican 
las probabilidades de que una “Huella Genética” 
569 
 
proveniente de otra persona que no sea el sospechoso pueda coincidir 
con la de él, por pura casualidad. 
La tabla que se muestra a continuación, indica las probabilidades de 
encontrar una banda semejante en un individuo, por una coincidencia casual: 
Número de bandas del patrón Probabilidades de encontrar 
en cuestión bandas semejantes en un 
individuo 
1 en 250 1 en 4,000 1 en 65,000 1 
en 1 millón 1 en 17 millones 1 en 
268 millones 1 en 4,590 millones 
1 en 68,000 millones 1 en 1 billón 
CASUÍSTICAS 
1. Las autoridades de 
inmigración del Reino Unido, en 
1985 se negaban a otorgar el 
permiso de entrada a un joven de Ghana, que buscaba reunirse con su madre, 
dos hermanas y un hermano residentes en Inglaterra. Aunque el joven había 
nacido allí, luego emigró a Ghana, donde su padre había fijado su residencia. 
Por diversos motivos, las autoridades Británicas sospechaban que quien 
solicitaba el ingreso era o el hijo de la hermana de quien sostenía ser su padre 
o bien un joven que no estaba emparentado en lo absoluto con los residentes 
en Inglaterra que sólo buscaba ingresar ilegalmente. 
Los abogados de la madre ofrecieron como prueba una variedad de 
exámenes forenses de tipo biológico. Entre ellos el examen de ADN. 
04 
06 
06 
10 
12 
14 
16 
18 
20 
570 
 
La situación era difícil, pues no solamente el padre del joven no se encontraba 
en el Reino Unido, sino que la madre a su vez dudaba si su marido era el padre 
biológico del muchacho. 
Los exámenes tradicionales, incluyendo e! HLA, mostraban que existía 
parentesco entre el joven y que en todo momento sostenía ser su madre. Sin 
embargo, estas pruebas biológicas no pudieron determinar si la mujerera la 
madre o la tía de! muchacho. En cambio, el examen del ADN mostró que la 
mujer en cuestión era Indudablemente la madre del joven y que el marido de 
ésta era también su padre biológico. Conviene aclarar que el ADN del padre se 
reconstruyó a partir de los otros familiares residentes en Inglaterra con 
paternidad cierta. Por último las autoridades británicas le concedieron el permiso 
para quedarse. 
2. En Inglaterra en el condado de Leicestershire, la policía no podía 
encontrar al responsable de la violación y homicidio de dos muchachas de 15 
años. 
Las Autoridades policiales, en un último intento para resolver el caso, 
plantearon que todos los hombres de la localidad y sus alrededores inmediatos 
(5,500 personas) se sometieran voluntariamente a un examen de ADN con el 
propósito de efectuar las correspondientes comparaciones con las huellas del 
ADN de las muestras que se recuperaron de ambas víctimas “C P” intentó 
hacerse sustituir por un amigo. Al ser descubierto confesó su culpabilidad 
en ambas muertes (Enero de 1988). 
Nunca se había pensado antes de la posibilidad de un “Examen masivo” 
de este alcance, fue la primera “Cacería Genética” de la historia. A la vez, 
gracias a esta pericia, se absolvió a un joven de 17 años, quien se había 
confesado como el autor de la segunda de estas violaciones y muertes. Su 
inocencia quedó determinada de un modo concluyente. 
3. En la Florida (EE.UU), una mujer fue violada pero no pudo ver al 
delincuente, pues éste le había tapado la cara con una bolsa de dormir. La 
policía, gracias a las huellas dactilares que se encontró a unos 13 metros de la 
casa de la mujer, se pudo identificar y aprender a un sospechoso, autor de otras 
violaciones. Pero los investigadores temían que pudiera mentir para justificar de 
alguna forma la presencia de sus huellas dactilares. Entonces, se practicó un 
examen de ADN a la muestra de semen que la policía había recuperado 
previamente de la víctima, y la “Huella Genética” que se obtuvo concordaba 
con la del examen de DAN que se le hizo al sospechoso. La Pericia no arrojaba 
dudas acerca de la autoría, así que se condenó al acusado en Noviembre de 
1987. 
571 
 
El abogado defensor recurrió esta sentencia condenatoria ante el 
Tribunal de Apelaciones del 5to. Distrito del Estado de la Florida. El Tribunal se 
pronunció admitiendo la validez de la “Prueba del ADN”, probados, refiriéndose 
también a que se publicaron muchos artículos acerca de la confiabilidad de esta 
pericia, además, e! tribunal recordó que agrega a la seguridad de la prueba, el 
uso de una década de diagnóstico, tratamiento y estudio de enfermedades 
genéticas hereditarias. 
4. En Melbourne (La Florida, EE.UU), se condeno a “D.H.M.” en Enero 
de 1988 luego de que la prueba de ADN lo señaló como el autor de una violación, 
había hecho entrar por la fuerza a una mujer al auto que ella había dejado en 
una playa de estacionamiento, ia violó y le robo todo el dinero que tenía. La 
prueba biológica del ADN resultó decisiva. El Jurado solamente deliberó por 
espacio de dos horas. 
5. En Nueva York (EE.UU), en Octubre de 1987, se encontró culpable 
de homicidio y lesiones a HN.L.M, las huellas del ADN de las manchas de sangre 
que se encontraron en un cuchillo de propiedad del imputado, coincidían con el 
ADN de la víctima. Además, hubo testigos oculares que corroboran los hechos. 
6. En Buenos Aires (Argentina), ei 12 de Julio de 1988, se encontró el 
cadáver de una niña de 11 años en el fondo de una pileta de natación de un 
colegio, luego de un certamen de natación. Los pedidos de Juicio Político contra 
el Juez de instrucción que intervino en primer término, y el procesamiento de los 
Peritos que realizaron la primera autopsia. Añadieron mayor complejidad a este 
caso. Los medios de prensa hablan de errores judiciales y de malos informes 
periciales. 
En un principio se ia encuadró como accidentede natación, también se 
mencionó una posibilidad de suicidio, pero finalmente se lo caracterizó como 
homicidio e intento de violación. 
Otra noticia periodística menciona que se había descubierto que la 
mancha no era de semen, sino que la había producido una batería de algas que 
aparecen en las piletas de natación con agua no renovada, io que frustró las 
expectativas de obtener resultados mediante la tipificación delADN. 
7. En marzo de 1989, se vuelve a mencionar la prueba de ADN 
aunque esta vez, empleando una mancha de sangre descubierta en el bretel del 
traje de baño de ia niña, junto con esa mancha, conservada en condiciones 
óptimas en el Laboratorio de la Policía Federal, según el informe periodístico, se 
enviarían al Laboratorio "Life Code Institute” de los EE.UU., con ocho (08) 
muestras sanguíneas de sospechosos, donde ninguno de ellos dio resultado 
positivo. 
572 
 
8. En el Perú, a nivel Penal se han utilizado en los siguientes casos: 
• El primer caso es de los desaparecidos en la Cantuta. 
• El segundo es el caso del Fundo Pecae, donde a un estudiante de 
Contabilidad, hijo adoptivo del dueño del fundo lo inculpan como violador 
de una niña, y producto de este acto, nace una criatura, se emplea el 
examen de ADN y se determina científicamente que el acusado no es el 
padre biológico de la criatura, y el Padre Biológico es el Abuelo (Padre de 
la niña). La Sala toma el examen de ADN como una pericia ilustrativa y lo 
sentencia a 7 años, apelan a la Suprema y anula la sentencia y pasa para 
la investigación a otra Sala, donde aceptan la prueba y liberan al acusado. 
• El tercero, es el caso del cambio de bebé en el Hospital María Auxiliadora, 
donde la madre manifiesta que dio a luz una niña, pero le entregan un 
niño muerto, aquí también se practica el Examen del ADN, donde se 
determina que la señora es madre biológica dei niño fallecido, pero el 
padre no es e! padre biológico. 
• Ei cuarto, sucedió en la ciudad de Puno, donde un profesor de Educación 
Física, es acusado de violar a una niña de 13 años y producto de esta 
violación, nace un niño, y por las características físicas del niño, la 
declaración de la niña (que reconoce al autor de la violación y manifiesta 
que era su primer acto sexual, lo condenan a 7 años de prisión en 
Yanamayo; posteriormente se 
 
encuentran años procesales, y el caso pasa a una Sala Penal Mixta donde se 
acepta realizar la Prueba de ADN; la cual se realizó por primera vez en 
un Laboratorio Particular, donde el resultado fue que el profesor no era el 
padre biológico. 
Ejemplo: 
P = PADRE H = HIJO 
M =MADRE
 
EXCLUSIÓN 
574 
 
Roberto Solórzano Niño. “Tarjeta genética de identificación personal" en 
"Medicina Legal, Criminalística y Toxicología para Abogados", Editorial 
Temis, Bogotá-Colombia, 1990, pág. 521-522. 
TARJETA GENÉTICA DE IDENTIFICACIÓN 
PERSONAL 
1. NOCIONES GENERALES 
En 1987 en la Universidad de Leicester, Inglaterra, el Dr, Jeffrey identificó 
unas partículas del ácido desoxirribonucleico (ADN) de las células del 
organismo, a las que llamó partículas DNi biológicas, que, lógicamente, forman 
parte del material cromosómico humano. 
Estas partículas también se conocen con el nombre de ADN 
minisatéíites, y constituyen la huella genética infalible. Cada individuo es una 
unidad no repetida hasta ahora. Con la técnica de la huella genética la 
posibilidad de que existan dos personas iguales está en la proporción de una 
entre cincuenta trilIones. 
Los DNI se encuentran en cualquier tejido humano, por tanto es suficiente 
una muestra de sangre, saliva, cabello, pie!, hueso, uña, etc., no importa que 
tenga meses. 
2. TÉCNICA DE LA PRUEBA 
1) A partir de la muestra de tejido, se extraen las moléculas de ADN. 
2) El ADN, por la acción de una enzima de restricción se fragmenta 
respetando las partículas de DNI. 
3) Mediante una corriente eléctrica se separa los DNI, por el tamaño. 
4) Estos DNI son examinados por sondas de ADN impregnados de 
radioactividad. 
5) Finalmente, con un lavado se eliminan ios sobrantes. 
6) Los DNI son identificados mediante una placa fotográfica.
 
3 P R Á C T I C A 
El juez de instrucción o el funcionario de la policía judicial que lo 
acompañe en el levantamiento del cadáver, o en la práctica de la inspección 
judicial, solamente tiene que recoger en el lugar de los hechos la muestra de 
sangre, semen, saliva, hueso, uña, piel, cabello o tejido biológico y enviarlo al 
laboratorio, donde se determinará la constitución genética de la muestra, 
mediante la identificación de los DNI. 
A los sospechosos se les toma una muestra de sangre, a la que se le 
hace el mismo estudio. Si los DNI de la muestra examinada previamente por el 
laboratorio, tomada en el lugar de los hechos, coincide con los del sospechoso, 
este deberá responder por su presencia allí. 
Si la muestra es de semen tomada a una mujer violada, el sospechoso 
con seguridad fue el violador. Si la muestra de sangre se tomó de un arma 
cortante, con la que asesinó a una persona, el sospechoso cuyos DNI son 
iguales a los del arma será el responsable del hecho, o tendrá que decir por qué 
su sangre está en esa arma. 
Los DNI identifican a la persona (ladrón, asesino, violador, etc.) que dejó 
su huella en el lugar de los hechos. 
El primer caso de identificación por este sistema se presentó en la ciudad 
de Bristol, Inglaterra, con un hombre que violó a una mujer enferma de polio, 
dentro de su propio apartamento. El detective envió una muestra de semen 
encontrada en las prendas de la víctima, lo cual fue suficiente para obtener el 
perfil biológico del violador. 
El segundo caso se presentó en los Estados Unidos, en el año 1988. En 
Colombia todavía no tenemos esta prueba. 
 
576 
 
Melissa Smrz. “Identificación de Personas por medio delADN (ácido 
dosoxirribonucleico)” en: “Vil Simposio Internacional de 
CriminalísticaBogotá - Colombia, 1996. 
IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS POR MEDIO DEL 
ADN (ÁCIDO DESOXIRRIBONUCLEICO) 
La utilización de los métodos de análisis por medio del ADN es aceptada 
en la comunidad forense como herramientas potentes para la caracterización de 
los fluidos corporales como: sangre, semen, saliva. El laboratorio del F.B.I. 
empezó con los análisis de polimorfismos que en forma simple se refieren a 
fragmentos de ADN obtenidos a! agrupar unas sustancias químicas llamadas 
Enzimas de restricción y que producen unos fragmentos de diferente tamaño 
entre los individuos y se ve por electroféresis de fragmentos de restricción con 
algunas evidencias en el año 1988, en el año 1992 se comenzó el estudio como 
reacción en cadena de la polimerasa para caracterizar los fluidos que no pueden 
ser analizados con la metodología de RFLP. 
El ADN define ias características genéticas; determinando distintos 
marcadores se pueden definir algunas diferencias entre cada ser humano 
especialmente por los polimorfismos de fragmentos de restricción. Hay 
fragmentos de ADN muy determinantes y observables en algunas trazas de 
evidencias de individuos que pueden ser suficientes para diferenciar entre un 
individuo u otro. 
El laboratorio del F.B.I. corrientemente examina seis diferentes sitios, en 
la molécula de ADN, en la actualidad sobre las que basan las diferencias entre 
individuos. El procedimiento se desarrolló usando la radioactividad, el proceso 
resulta muy lento, cuando usted efectúa este proceso seis veces, toma tres o 
cuatro meses conseguir un resultado; ahora hemos resuelto usar otro proceso 
de desarrollo que se llama “Quimioiuminicencia” que básicamente ha cambiado 
y disminuido el tiempo de desarrollo drásticamente y ahora en tres o cuatro 
semanas se obtienen excelentes resultados. 
Luego de observar si los patrones coinciden, se tiene que determinar qué 
tan común o qué tan raro (poco frecuente) puede ser el resultado del ADN entre 
la población, obviamente, no se puede tipificara cada individuo que compone 
esa población, si no que se toman muestras ai azar de varios individuos que 
representen la población para conformar las bases de datos. 
En 1992 el laboratorio de! F.B.I. empezó a utilizar un procedimiento 
577 
 
diferente denominado “Reacción en Cadena de Polimerasa” para hacer análisis 
en ADN de muestras muy pequeñas o bastante degradadas que con ei otro 
procedimiento era posible de realizar. Ai aplicar polimorfismos de fragmentos de 
restricción, el experto debe tener casi 150 a 200 nanogramos de DNA de 
excelente calidad que asegure un excelente resultado, pero con frecuencia las 
muestras de sangre o semen son demasiado pequeñas o en su defecto se 
encuentran degradadas o descompuestas impidiendo la realización de la 
denominada comúnmente prueba “RFLP”. 
El PCR “Reacción en Cadena de la Polimerasa”, simplemente es una 
especie de cerox molecular o una fotocopiadora molecular, aquí nuevamente 
tenemos que extraer el DNA utilizando químicos; esta copia que se repite 
muchas veces se hace en un termociclador y es útil cuando las muestras de 
saliva y fluidos no contienen suficientes células para permitir la prueba de RFLP, 
brindando excelentes resultados. 
Los nuevos tipos de polimorfismos que diferencian entre personas se 
llaman ahora “Repetición Cortas en Tamden Conto”. En la primavera de 1996 el 
laboratorio del F.B.I. comenzó un método llamado “Pruebas de DNA 
Mitocondriales", que analiza DNA ya no en núcleos sino en un pequeño organeio 
llamado mitocondria. Para practicar este tipo de prueba en pelos; primero se 
hace una comparación microscópica morfológica para estar seguros de las 
características similares o iguales, esto se hace por ejemplo en pelos de la 
cabeza o púbicos; este tipo de método se puede aplicar en otras partes del 
cuerpo que no son apropiadas para comparación al microscopio o también 
cuando hay problemas diferenciales de tiempo, además es posible realizarla en 
huesos, dientes; y hasta cierto punto en fluidos corporales y otros tejidos. 
El sistema de índice de DNA combinado (CODIS), une la ciencia forense 
del DNA y la tecnología de la computación en un compuesto útil para salvar y 
solucionar crímenes violentos, los laboratorios locales pueden ahora comparar, 
intercambiar perfiles de DNA electrónica mente y conformar archivos de 
crímenes seriales que se permitan identificar y también determinar en ciertos 
casos sospechosos al hacer comparaciones de DNA en escenas de crímenes, 
aprovechando las bases de datos de los que ya han sido procesados y culpados. 
Actualmente hay tres “CODIS” como es el de: “personas inculpadas que 
tienen perfiles de ADN de éstos inculpados a medida que les hagamos pruebas; 
archivo de la población que tiene perfiles anónimos de personas que 
simplemente existen para la actualización de nuestras bases de datos sobre la 
población y el índice forense que contiene perfiles de ADN de muestras tomadas 
en escenas de crímenes. 
578 
 
Los archivos “CODIS” no van a tener información que identifique al 
individuo, un ejemplo de esto sería el nombre específico de una persona 
sospechosa, si no que su identificación sería por un número y eventualmente 
con las muestras se podrá rastrear a un Individuo, pero esta información no está 
en “CODIS” no habrá ningún historial criminal para que suministre datos 
respecto a enfermedades, sociales o étnias. 
Otros sistemas que el FBI ha utilizado para tipificación de ADN en casos 
forenses son: 
- HLADQ 
- PM=Analiza 5 sistemas genéticos simultáneamente 
- AMPLI=FLP-DI5eO 
A principios de 1995 se iniciaron los análisis con otro locus denominado 
AMELOGENINA de gran utilidad para determinar el sexo en evidencias en las 
que se desconoce por completo si pertenecen a hombre o mujer. 
En el futuro necesariamente tendremos que utilizar más los análisis con 
PCR para sistemas como VNTR y STR, polimorfismos muy informativos en 
poblaciones, que no son otra cosa que marcadores más sencillos de manejar. 
La tendencia es desarrollar sistemas múltiples en los que se determinen 
en su mismo paso hasta 9 locus diferentes. De otro lado también se prevé la 
utilización de MARCADORES fluorescentes que se detecten en equipos 
totalmente sistematizados.
 
Otro aspecto muy importante es e! que “nosotros” (en el FBI) 
recomendamos a nuestros investigadores ser muy cuidadosos con los 
elementos que recogen, usar guantes desechadles para evitar contaminar con 
sus células la evidencia que están tomando y que se haga el embalaje de estos 
elementos por separado, que se cambien ios guantes cuando se termine la 
recolección y se inicie otra, el empaque debe evitar el deterioro de la evidencia, 
si se dispone de refrigeración debe utilizarse para guardar las evidencias hasta 
ei momento de transportarlas. 
Muchas de las evidencias que llegan al laboratorio no se pueden procesar 
por no existir un apropiado manejo de esas evidencias. 
 
580 
 
José Antonio Lorente Acosta. “El análisis del ADN en la investigación 
criminal: ia revolución del siglo XXI" en: “VIH Simposio Internacional de 
Criminalística", Picasso Ltda. Editores, Santa Fe de Bogotá-Coíombia, 
1998, pág. 47-54. 
EL ANÁLISIS DEL A.D.N. EN LA INVESTIGACIÓN 
CRIMINAL: LA REVOLUCIÓN DEL SIGLO XXI 
1. EL A.D.N. Y LA IDENTIFICA CIÓN EN EL SIGLO XXI 
La policía del aeropuerto de El dorado estaba avisada aquella tarde 
tormentosa de Noviembre del año 2006. Sin embargo cuando el famoso 
terrorista se disponía a cruzar la aduana con destino a Europa, el Coronel a 
cargo de la investigación no lo reconoció completamente: “Creo que es é!; sin 
embargo, ese pelo y esa nariz no son exactamente las suyas...”, comentó con 
un gesto poco disimulado de contrariedad. 
El control de pasaportes rutinario lo atravesó sin ningún problema, ya que 
la falsificación del documento era perfecta, y en el control de huellas dactilares 
(una sofisticada máquina que comparaba la huella del pasaporte con la de la 
persona que lo portaba, que ponía su dedo en un sensor óptico), la huella 
impresa en el pasaporte coincidía con la de su propietario. 
Sin embargo, el aeropuerto de Bogotá disponía, desde hacía muy pocas 
semanas, de un nuevo instrumento, capaz de analizar en 30 minutos el ADN de 
una persona, comparando los resultados con e! de una gigantesca base de 
datos alimentada por las investigaciones de la INTERPOL. 
Cuando el sospechoso fue detenido cautelarmente por tres policías del 
aeropuerto y conducido a una pequeña sala en las oficinas policiales, no se 
inmutó ni se puso nervioso, ya que se sabía seguro y con un pasaporte 
perfectamente falsificado: ni su propia familia sería capaz de reconocerlo si él lo 
negaba. 
Pero su gesto cambió cuando un auxiliar le pidió, muy cortésmente, que 
introdujese un pequeño tubito en la boca, para que se llenase de saliva. Con 
mano temblorosa y fría sudoración devolvió el tubo a la auxiliar de ia policía: en 
este momento comprendió que io iban a identificar por medio del ADN y que el 
mismo, como fundamento biológico de su identidad, nunca podría ser cambiado. 
Pocos minutos después, el Coronel, acompañado de un grupo de policías 
fuertemente armados, se dirigió a éi por su verdadero nombre, procediendo a su 
581 
 
detención por múltiples delitos y estragos. 
Obviamente, el análisis de ADN había demostrado que esa persona de 
la que se obtuvo saliva era, sin lugar a dudas razonables, el terrorista 
internacional más buscado, un experto en guerra biológica y un mercenario sin 
piedad, especializado en cambios de imagen y falsificación de documentos de 
identidad. Efectivamente, este hombre podía manipularlo todo o casi todo, 
pero... !H nunca podría cambiar su ADN II! 
Este podría ser el comienzo - o el final - de una novela (reconozco que 
mediocre) basada en la identificación genética... la identificación del siglo XXI. 
El ADN ha revolucionado la investigación criminal porque:1.1. Ha aumentado enormemente las probabilidades de discriminación, 
de tal modo que donde los grupos sanguíneos y otros marcadores 
clásicos (enzimas, proteína,...) sólo conseguían 
, discriminar a una persona entre cien o entre mil, el ADN puede 
discriminar a una persona entre decenas de millones. 
1.2. Permite el estudio de todos los indicios biológicos (sangre, saliva, 
semen, restos óseos,...), que antes estaban bastante limitados. Por 
ejemplo, en una mancha de sangre de tamaño considerable, se 
podían estudiar variedad de marcadores para identificar de quién 
procedía; sin embargo, si la mancha era de saliva o se trataba de 
un pelo, las posibilidades disminuían enormemente. 
1.3. Posibilita el análisis de materiales muy pequeños, casi 
microscópicos, sobre todo con el uso de la reacción en cadena de 
la polimerasa (PCR). Esto ha convertido a los indicios más 
pequeños (llamados indicios mínimos) en especialmente útiles en 
la investigación criminal, mientras 
que antes se descartaban para estos menesteres de identificación. 
1.4. Facilita el análisis de muestras muy antiguas y/o degradadas, 
aunque hayan pasado semanas o meses desde que se originaron, 
o aunque hayan estado en condiciones de conservación adversas 
(sol, humedad, alta temperatura).Por ello, procede repasar cuáles 
son las grandes técnicas que se usan en la actualidad para 
analizar el ADN en la investigación criminal. 
Z ANÁLISIS DE R.F.L.P. POR SOUTHERN-BLOTTING 
Esta técnica analítica permitió, en el bienio 1984-85, la entrada de la 
biología molecular en el campo de la identificación humana, en un proceso que 
582 
 
se dio en llamar por su creador (Alec J. Jeffreys) «huella dactilar genética» 
(genetic fingerprint). 
Por medio de la misma se pretenden detectar en los indicios biológicos 
aquéllas regiones, fragmentos o «trozos» de ADN (compuestos por un número 
variable de repeticiones en tándem ó VNTR- ) que, siendo comunes a todas las 
personas, varían mucho de unas a otras. De ahí el uso del término «huella 
dactilar genética»: todas las personas tienen huellas dactilares pero, analizadas 
con detalle, nadie tiene dos huellas iguales. 
igual ocurre con los RFLP que hay dispersos en el ADN humano: ioücis 
ias personas tienen RFLP pero, analizados detalladamente, ninguna persona 
tiene todos sus RFLP idénticos a los dé otra. 
Para aplicar esta técnica se necesita extraer el ADN del interior del núcleo 
celular, fragmentarlo en trozos (llamados RFLP) y detectar los trozos que nos 
interesan por un proceso de hibridación con sondas complementarias 
específicas. 
2.1 Ventajas y limitaciones prácticas 
Tanto las ventajas como los inconvenientes que analizamos en este 
punto son relativos, siempre por comparación con otras técnicas y teniendo en 
cuenta que hay que valorar cada caso individualmente. 
2.1.1. Ventajas 
Dos son las ventajas de esta técnica respecto a las otras de común uso 
en ciencia forense: el gran polimorfismo de los alelos (lo que implica una gran 
capacidad de individualización) y la relativa «resistencia» a la contaminación 
biológica. 
El gran polimorfismo hace que sea realmente muy difícil que dos 
personas tengan los mismos alelos para un locus determinado. En consecuencia 
se obtienen gráficas de frecuencias donde el alelo más frecuente para el locus 
analizado es de un 10%. 
De modo más general y en términos estadísticos, se ha calculado que -
en términos generales- la posibilidad de que dos personas escogidas al azar 
tengan sus dos bandas idénticas, es de tan sólo 1 entre 250: haría falta estudiar 
un mínimo de 250 personas para que dos tuviesen por casualidad las mismas 
bandas. Esta probabilidad se puede elevar progresivamente estudiando más 
bandas (mas locus), hasta llegar a probabilidades de 1 entre 1 billón si se 
estudian 20 bandas. 
La denominada resistencia a la contaminación es un hecho derivado 
583 
 
directamente del tipo de técnica de análisis: la detección de locus de ADN con 
técnicas de southern-blotting e hibridación con sondas exige una cantidad 
mínima de ADN para poder efectuar el análisis, que varía de unos laboratorios 
a otros, pero que debe de ser en general mayor de 5 o 10 nanogramos. 
Supongamos que nos encontramos con una muestra criminal en forma de 
mancha de esperma en un pañuelo que puede estar contaminada 
biológicamente (entendiendo como tal ef que pudiere haber ADN de otras 
personas ajenas a la que donó ef esperma) porque: al recoger el pañuelo fue 
tocado por una o vanas personas que no llevaban guantes, luego fue introducido 
en una bolsa no suficientemente limpia, o se metió en una caja junto con una 
camisa manchada de sangre de origen desconocido, o porque en el pañuelo 
había previamente ADN de su legítimo propietario, que es distinto de quien 
depositó el esperma en el mismo, etc... 
En la práctica, cualquiera de esas posibles contaminaciones biológicas 
no va a suponer un problema, porque exceptuando el ADN del esperma, no 
habrá una cantidad suficiente de ADN que procediendo de las fuentes 
contaminantes que hemos expuesto, interfiera con los resultados. Estas mismas 
circunstancias, en caso de emplear técnicas de PCR, pueden suponer un 
problema gravísimo, de difícil solución y que dificulta la interpretación de los 
resultados. 
2.1,2. inconvenientes 
La cantidad de muestra necesaria, pese a que es muy pequeña, puede 
ser un inconveniente en muchos casos prácticos criminales, ya que el indicio, 
amén de frágil, único e irrepetible, es mínimo en la gran mayoría de los casos. 
Así muestras tan pequeñas como un pelo, manchas de sangre menores de 10 
microlitros, los restos de saliva que queden en la boquilla de un cigarrillo, 
manchas de orina o sudor pequeñas, etc... pueden no ser suficientes para 
realizar técnicas de southern-blotting, aunque si se podrán realizar otras pruebas 
de identificación genética. Por otra parte, aunque sea posible extraer ADN de 
determinados indicios muy pequeños, lo que sí va a ser seguro es que no se 
podrá guardar ninguna muestra para hacer contraperitajes u otros controles, 
porque no es posible, aunque se puede tratar de hacer procesos de rehibridación 
para obtener nuevos datos, pero siempre sobre una misma base (membrana). 
La calidad de la muestra es, por otra parte, también determinante. 
Conocemos que por hibridación con sondas estamos detectando fragmentos de 
ADN de un tamaño grande (kilobases), por lo que necesitamos ADN de alto peso 
molecular. Si el indicio ha estado en contactó con agentes físicos, químicos o 
584 
 
biológicos contaminantes, puede darse la circunstancia de que los mismos 
hayan degradado el indicio, haciéndolo inservible para su análisis con sondas. 
Por ello, las muestras que vayan a ser analizadas con esta técnica necesitan 
haber estado bien conservadas, lo cual, en criminalística, es casi la excepción. 
La complejidad técnica que la hibridación con sondas exige puede llegar 
a convertirse en un problema de relativa importancia. Aún asumiendo que 
depende mucho del laboratorio y de sus medios técnicos y humanos, un análisis 
con sondas puede llegar a necesitar desde un mínimo de 2 días, hasta 8 ó 10, 
si se emplea detección radioactiva. Estas técnicas tienen múltiples pasos (las 
muestras hay que manipularlas muchas veces), con lo cual las posibilidades de 
error se incrementan, y necesitan varios días de trabajo de una o varias 
personas. 
Finalmente, la interpretación de los resultados no es, en absoluto, un 
problema menor o secundario. No basta con tener un resultado numérico 
cualquiera, sino que hay que saber y poder interpretarlo correctamente. En la 
práctica, cuando existen dudas (dos ADN problema parecen ser iguales a! tener 
¡as dos bandas muy similares para un locus dado), los mismos se resuelven al 
analizar el ADN con otra sonda, que estudia otro iocus. Al hacer esto vamos 
disminuyendo las posibilidades de que las bandas coincidan por error,lo que 
conduciría a interpretaciones falsas. 
Con las técnicas y reactivos químicos que existen en la actualidad, sería 
perfectamente posible separar los diferentes alelos, aunque ello nos haría 
perder una perspectiva global, o sea, pudiera darse el caso de que - por 
centrarnos en una zona determinada- perdamos aíelos que hay en otras zonas 
más extremas. 
3. TÉCNICAS DE AMPLIFICACIÓN GENÉTICA O REACCIÓN 
EN CADENA DE LA POLIMERASA (PCR) 
La reacción en cadena de la polimerasa, comúnmente conocida por las 
sus siglas inglesas (de Polymerase Chain Reaction) es una técnica que permite 
amplificar (copiar o multiplicar) un trozo o fragmento (alelo) de ADN de un Iocus 
determinado un número infinito de veces (en la práctica, hasta que haya cantidad 
suficiente como para poder ser analizado o detectado). 
Con su invento, por el científico californiano Kary Mullís en 1,897, se 
revolucionó el mundo de la investigación genética, y no sólo para la ciencia 
forense, mérito que ie fue reconocido cuando le fue otorgado el Premio Nobel 
de Química en Diciembre de 1993. 
Con la posterior automatización, su uso se universalizó, llegando también 
585 
 
a la ciencia forense. La importancia que para la criminalística tiene la aplicación 
de la PCR es enorme, ya que de indicios mínimos se ha podido obtener una 
información valiosísima, suficiente para poder identificar a una persona de entre 
todas las demás. 
Dispersos entre ios aproximadamente 6,000 millones de pares de bases 
que conforman el ADN (diploide) de toda persona, se encuentran fragmentos de 
ADN denominados «minisatélites» y «microsatélites», compuestos por 
repeticiones en tándem (en serie) de secuencias de ADN determinadas, 
denominadas VNTR. 
La capacidad identificadora de estos VNTR se basa en ias diferencias en 
el número de repeticiones en tándem que hay en las diferentes personas, con lo 
cual se conforman diferentes alelos concretos, surgiendo el término AMP-FLP-
acrónímo del inglés amplificación de fragmentos de longitud polimórfica 
(amplification of fragments of length polimorphysm). 
3.1. Ventajas y limitaciones prácticas 
3.1.1. Ventajas: 
1. La amplificación de ADN que se encuentra en indicios muy 
pequeños (un solo pelo o cabello, la saliva depositada en la colilla 
de un cigarrillo, manchas de sangre, orina o esperma casi 
microscópicas, uñas, trozos pequeños de piel, etc...) es, sin duda 
alguna, la principal ventaja que, para la ciencia criminalística ofrece 
la PCR. Y no sólo porque se va a poder trabajar con un material de 
partida muy pequeño, sino porque se va a poder guardar parte del 
mismo sin usar para posteriormente realizar contraperitajes o 
cualesquiera otras pruebas que se estimen necesarias para 
confirmar (o desmentir) un resultado. 
Cantidades tan pequeñas como 0.1 nanogramos (100 picogramos) 
pueden ser suficientes (en condiciones ideales) para conseguir 
resultados de amplificación de un locus. Actualmente, con la 
técnica desarrollada por nuestro laboratorio (Lorente y 
colaboradores, 1994), denominada Amplificación Múltiple 
Secuencial (conocida internacionalmente como SMA) es posible 
amplificar un locus determinado, obtener el resultado, y recuperar 
el ADN original para volver a estudiar por amplificación otros locus 
posteriormente, de modo sucesivo, con lo que las probabilidades 
de identificación se elevan enormemente (ver apartado 3.2). Otra 
586 
 
aproximación técnica que ha permitido el uso de la PCR en 
criminalística, es la denominada PCR- 
Multíplex, técnica mediante la cual se amplifican simultáneamente 
varios fragmentos de ADN de nuestro Interés, que luego han de ser 
separados eiectroforéticamente en condiciones especiales que 
permitan la Identificación aislada de cada uno de estos fragmentos. 
2. Los indicios biológicos obtenidos en casos criminales suelen verse 
afectados por procesos degradativos y contaminantes, propios de 
una conservación en condiciones hostiles (temperaturas 
medioambientales extremas, coexistencia con otros restos 
orgánicos que se contaminan biológicamente con bacterias y 
hongos, etc...). 
El tamaño de los fragmentos amplificados (alelos) oscila, 
aproximadamente, entre los 200 y los 1,000 pares de bases, por lo 
que son muy pequeños que en comparación con los 15,000 a 
30,000 pares de bases que por término medio tienen los 
fragmentos estudiados con la hibridación de sondas monolocus. 
Esto les confiere una gran estabilidad y resistencia a la degradación 
de cualquier origen (físico, químico o biológico). En consecuencia, 
llegado el momento de analizar un indicio, será mucho más 
probable obtener resultados positivos si estudiamos un trozo (entre 
los 6,000 millones de pares de bases que tiene todo el ADN) que 
posee 300 pares de bases, que si estudiamos un trozo que tiene 
30,000: por pura lógica, es más difícil que se rompa el trozo más 
pequeño que el más grande. Es como si, sirva este símil, 
dejásemos a la interperie dos trozos de vidrio, uno de 1 metro de 
largo, y otro de 100 metros; pasado cierto tiempo, lo más probable 
es que el trozo grande se haya dañado y afectado mucho más que 
el pequeño, que incluso estará intacto. 
3. En los grandes laboratorios de criminalística y biología forense, así 
como en casos especialmente complicados o donde existen 
muchos indicios diferentes, no deja de tener importancia la 
característica de la rapidez con que pueden obtenerse resultados, 
que en los casos más favorables (en que se puedan aplicar 
técnicas de extracción sencilla con
 
Chelex y donde no surjan problemas con la cuaníificación y 
amplificación de las muestras) permite a los laboratorios ofrecer 
datos iniciales a las 24 - 48 horas de recibir las muestras, cuando 
el análisis con sondas requiere, en los casos mejores, un mínimo 
de 72 - 96 horas, si no mucho más. 
Por otra parte, esta tecnología de la PCR, en comparación con la 
de southern-blotting, permite procesar un mayor número de 
muestras por unidad de tiempo con muy poco personal, 
disminuyéndose los gastos para la institución que realiza los 
análisis. 
4. La facilidad de interpretación de los resultados es, en la práctica, 
una de las mayores ventajas y la mayor de las garantías para la 
Administración de Justicia y para los derechos de cualquier 
ciudadano. Toda muestra dubitada debe de ser estudiada por 
comparación directa con un ladder alélíco de referencia que exista 
en el mismo gel en que aparecen los resultados y, a ser posible, 
por comparación con una muestra indubitada del mismo supuesto 
origen. 
3.1.2. Inconvenientes 
La presencia de contaminación biológica es el gran problema de la PCR. 
Esta técnica tiene su talón de Aquiles en la que es su gran ventaja: la posibilidad 
de amplificar cualquier resto de ADN, por pequeño que sea. 
Las muestras de origen biológico recogidas como indicios en las escenas 
donde han ocurrido hechos violentos tienen muchas posibilidades de estar 
mezcladas con muestras procedentes de otras personas, hecho este conocido 
como contaminación biológica, y que se descubre cuando tras analizar un resto 
o indicio biológico con PCR aparece ADN de más de una persona. 
Existen otras técnicas (como la secuenciación del ADN mitocondrial) que, 
serán tratadas de modo específico y-por cuestiones de espacio y tiempo- sólo 
someramente por este ponente, aunque se mencionarán sus ventajas e 
inconvenientes, así como los principales usos actuales de la misma. 
 
VENTAJAS Y LIMITACIONES DEL USO DEL A.D.N. 
EN LA INVESTIGACIÓN POLICIAL 
1. LOS RESULTADOS DEL ANÁLISIS GENÉTICO: 
DEGRADACIÓN Y CONTAMINACIÓN 
El potencial teórico de las técnicas de análisis de ADN induce a que 
muchas veces, los más y los menos expertos, nos olvidemos de las limitaciones 
que, como todas las técnicas aplicadas, también poseen las de análisis genético. 
Este exceso de confianza lo he bautizado personalmente como el “síndrome de 
air-bag”, por entenderlosimilar al exceso de confianza en su automóvil que 
poseen algunos conductores, alegando que en caso de accidente disponen de 
“airbag" como último recurso. 
• Los resultados que se obtienen tras el análisis de ADN en el 
laboratorio responden al estudio de las muestras que se remiten al 
mismo. Puede ocurrir que las muestras que se mandan al 
laboratorio no sean las mismas que se encontraron en el lugar de 
los hechos, y ello es especialmente cierto cuando se trata de 
indicios biológicos, ya que un tratamiento incorrecto de los mismos 
durante la recogida, traslado o el envío puede tergiversarlos o 
impedir su correcto análisis. 
• Los resultados finales, tal y como aparecerán en las conclusiones, 
es lo que inicialmente interesa al Juez Instructor, al Ministerio Fiscal 
y a las diversas partes interesadas y pueden ser de tres tipos: 
1o : Resultado excluyente: no se encuentra relación 
entre el/los indicios dubitados y el/los imputados. Tiene carácter 
absoluto. 
2o : Resultado incluyente: se encuentra relación entre 
el/los indicios dubitados y el/los imputados. El resultado se 
expresará en probabilidades. 
3o : Resultado no excluyente: se encuentra relación 
entre el/los indicios dubitados y el/los imputados, pero 
una serie de problemas subyacentes (normalmente 
contaminación y degradación) hará que se valore muy 
prudentemente. El resultado se expresará en probabilidades. 
En adelante nos centraremos en el estudio de los diferentes tipos de 
resultados y su interpretación ponderada, siendo procedente en este momento, 
 
por ser el orden lógico en el proceso de investigación criminal, considerar los 
problemas de contaminación, paso previo y factor a considerar antes de 
interpretar, de un modo u otro, el resultado global. 
Y es que las muestras criminales raras veces son material de trabajo 
ideal, y muy al contrario, suelen ser indicios biológicos que por diversas 
circunstancias ocasionan múltiples problemas a los laboratorios cuando tratan 
de obtener y analizar adecuadamente el ADN. 
Los indicios han de ser buscados y recogidos en el lugar de los hechos, 
por lo que se debe exigir una perfecta detección, identificación y aislamiento de 
los mismos para evitar la contaminación de índole biológico o químico que 
pudiere producirse. 
La técnica universalmente utilizada en estos momentos es la 
denominada reacción en cadena de la polimerasa (PCR), que se basa en la 
acción de una enzima (Tap polimerasa). Las enzimas, como entes biológicos 
activos, pueden verse inhibidas o afectadas por muy diversos factores, como 
pH, temperatura y, especial importancia en criminalística, por la existencia de 
contaminación biológica y/o química o por la existencia de degradación de las 
muestras. 
Se denomina contaminación química a la presencia de productos de 
origen bioquímico o químico (tintes, colorantes, pinturas, esmaltes, carburantes, 
aceites...) que van a dificultar los procesos de análisis en el laboratorio, bien sea 
durante la extracción, cuantificación, restricción o amplificación del ADN. 
Este tipo de contaminación es muchas veces inevitable, ya que suele 
encontrarse en ei sustrato donde cae la mancha (tierra, pantalón vaquero...) y 
puede ser penosa para el laboratorio, pues impide que las investigaciones 
lleguen a buen puerto. Cada proceso de análisis de los mencionados tiene 
variaciones técnicas que se pueden aplicar cuando se sospecha de una 
contaminación química, con lo que en gran número 
591 
 
de los casos se alcanza una solución satisfactoria, pese a que alarga 
enormemente (semanas) el proceso de análisis. 
Pero existe también la llamada contaminación biológica, que es propia 
de indicios humanos, y consiste en la mezcla de ADN que no pertenece al indicio 
con ADN del indicio. 
La contaminación biológica de los indicios criminales puede ser de tres 
tipos: anterior o previa, coetánea o paralela y posterior, que a su vez puede ser 
accidental, negligente o criminal, según la relación que guarden con el hecho 
criminal que motiva la investigación. 
Todas ellas son peligrosas, en tanto en cuanto pueden tergiversar o 
inutilizar los resultados, aunque la más peligrosa de todas es la posterior, ya que 
no ofrece ningún dato útil a la investigación y es totalmente evitable. 
La degradación es un concepto diferente al de contaminación. La 
degradación es el fenómeno que se produce cuando hay una ruptura o 
fragmentación del ADN por acción de diversas sustancias, normalmente por 
acción de restrictasas existentes en los fluidos biológicos. 
Sin embargo, la degradación también puede producirse por 
contaminantes físicos (calor, radiaciones ultravioleta) o químicos (ácidos, álcalis) 
que degraden, por acción directa a los ácidos nucleicos. El resultado normal de 
la degradación es que no se produce una amplificación adecuada de las 
muestras, por lo que los resultados no son interpretables ya que, en la práctica, 
no existen. 
Los fragmentos de ADN tienden a degradarse con una relación que es 
directamente proporcional a su tamaño, de tal modo que los fragmentos más 
largos se degradan antes. Por ello, desde 1992, se vienen utilizando en 
criminalística los denominados short tándem repeats (STR), o repeticiones en 
tandas cortas, que en total no suelen superar los 300 o 350 pares de bases de 
longitud total, lo que los hace realmente resistentes a la degradación. 
En resumen, y como concepto claro en criminalística aplicada, la 
degradación evita la amplificación porque no existe un ADN dubitado o problema 
en condiciones aptas para ser amplificado (está fragmentado, roto). La enzima 
polimerasa podría trabajar, pero no dispone de un molde adecuado a partir del 
cual copiar y multiplicar.
 
592
593 
 
PROBLEMAS ÉTICOS Y LEGALES DEL USO DEL 
A.D.N., TOMA DE MUESTRAS Y BASES DE DATOS 
DE INTERÉS POLICIAL Y JUDICIAL 
PROBLEMAS ÉTICOS - JURÍDICOS EN EL ANÁLISIS DEL ADN 
La identificación humana en el campo de la investigación policial tiene una 
doble orientación: por un lado la investigación criminal y por otro la investigación 
biológica de la paternidad o maternidad asociada a presuntos delitos. Aunque la 
base de! análisis es la misma, las circunstancias y planteamientos son diferentes, 
lo cual da lugar a una problemática ético-jurídica diferente, siendo objeto de 
nuestro análisis en esta ocasión la investigación criminal de delitos contra la vida 
e integridad física de las personas. 
En el análisis de algunos de estos supuestos me referiré muy 
explícitamente a ¡a legislación de España (a veces también a la de la Unión 
Europea), que en un gran porcentaje será extrapolable a la legislación de 
Colombia. 
1. EL ADN EN LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL 
Como es sabido la ciencia siempre avanza más deprisa que el derecho, 
esta distancia existente entre una y otra es fuente de conflictos entre ambos. Por 
un lado desde la ciencia no se entienden muchas de las reticencias que se ponen 
a los planteamientos científicos y a las propias técnicas utilizadas, el resultado se 
ve como algo indiscutible desde posiciones diferentes a la propia ciencia; por su 
parte el derecho habla del “interés de la ciencia” en uno u otro sentido, como si 
ella fuera parte del proceso, o de la imposición que hace al a r ro ja r 
de te rm inados “ resu l tados incontrovertibles”. La historia esta llena de 
ejemplos que nos demuestran lo equivocado de uno y otra. 
Esta aparente discrepancia en algunas ocasiones pueden sintonizar en 
busca de ese objetivo común que hemos mencionado de marcado carácter social 
(resolución del caso), pudiendo lesionar intereses y valores individuales. 
Ya afirmó el malogrado RUIZ VADILLO (siendo magistrado del Tribunal 
Supremo de España) que “la verdad no es un principio absoluto que tenga que 
ser investigado a cualquier precio"; en el mismo sentido ROXIN manifestó que 
“una clarificación exhaustiva, ilimitada de los hechos penales podría suponer el594 
 
peligro de lesión de muchos de los valores sociales y personales. Por ello la 
investigación de la verdad no es en el proceso penal un valor absoluto: antes 
bien, el proceso pena! se haya inmerso en la jerarquía de valores éticos y 
jurídicos de nuestro Estado”. 
Los problemas ético-legales que se pueden presentar en la investigación 
criminal por medio del análisis del ADN están relacionados, básicamente, con 
dos puntos: 
a) La negativa del consentimiento por parte deí sospechoso a donar 
una muestra con ia que comparar el resultado del análisis de! 
indicio. 
b) La puesta en marcha de bancos de datos genéticos (BDG) para 
facilitar la investigación criminal. 
1.1. NEGATIVA DEL CONSENTIMIENTO PARA LA TOMA DE 
MUESTRAS DEL SOSPECHOSO 
Los derechos recogidos -en la Constitución Española- que pueden 
lesionarse ai realizar una prueba de este tipo sin el consentimiento serían: 
• Derecho a la libertad de movimientos (art. 17.1). 
• Derecho a la integridad física (art. 15). 
• Derecho a no declarar contra sí mismo (art. 17.3). 
• Derecho a no declararse culpable (art. 24.2). 
• Derecho a la presunción de inocencia (art. 24). 
Analizaremos brevemente los problemas que pueden surgir en relación a 
estos derechos. 
1.1.1. Derecho a la LIBERTAD DE MOVIMIENTOS (art 17 CE) 
La Comisión Europea (D.8278/78 de 13-12-79) se pronunció en este 
sentido afirmando que «la ejecución forzosa de exámenes de sangre a una 
persona constituye una privación de libertad, incluso en el caso de que dicha 
privación sea de corta duración». 
En ei caso de la investigación criminal el problema de ia libertad de 
movimientos podría pasar a un segundo plano, ya que si existen los indicios y 
elementos suficientes como para plantearnos la realización de una prueba en 
contra de la voluntad del sospechoso, estos serán suficientes para poder 
595 
 
establecer una privación de libertad como fase previa a ia recogida de la muestra. 
1.1.2. Derecho a la INTEGRIDAD FÍSICA (art. 15 CE) 
Los análisis sanguíneos, de orina u otros para la determinación de ia 
alcoholemia suponen una intervención corporal coactiva de carácter leve que, 
aunque afecta al derecho a la integridad física, no parece vulnerar su contenido 
esencial. 
En el supuesto en que nos encontramos esta cuestión es una de las más 
delicadas. La Declaración Universal de los Derechos Humanos recoge que nadie 
puede sufrir una lesión en contra de su voluntad, por leve que esta sea. Esta 
situación ha pesado enormemente a la hora de aceptar la realización de cualquier 
prueba que llevara implícita la producción de una lesión. Sin embargo, para la 
realización del estudio del ADN en medicina legal, no es necesario partir de 
muestras que su toma implique la producción de lesión alguna, sino que cualquier 
parte orgánica puede ser útil para tai fin. Así encontramos muestras como la 
saliva, ia toma de pelos por un cepillado, que son suficientes y que para su 
recogida probablemente sea necesaria menos fuerza que para la toma de la 
huella decadactilar. 
En el derecho comparado, los análisis sanguíneos suelen ser obligatorios. 
Tales «intervenciones corporales» han provocado una prolija jurisprudencia en 
los distintos TC, cuyo común denominador ha sido reconocer la legitimidad de 
tales actos de investigación coactivos siempre y cuando sean absolutamente 
respetuosos con el principio de proporcionalidad, de tal suerte que nunca pueda 
entrañar riesgo a la salud para su destinatario y sea confiada su ejecución a 
personal sanitario. 
Aunque nosotros no estamos planteando el tema de la extracción de 
sangre, sí resulta ilustrativo estudiar las disposiciones en relación a este tipo de 
análisis, ya que podemos sacar deducciones interesantes para otro tipo de 
muestras. La Comisión Europea de Derechos Humanos (CEDH) considera no 
incompatible con el artículo 2.1. de la citada comisión «una intervención tan banal 
como ei examen de sangre...». 
1.1.3. Derecho a NO DECLARAR CONTRA SI MISMO (art. 17,3 CE), a NO 
CONFESARSE CULPABLE (art. 24.2 CE) y a la PRESUNCIÓN DE 
INOCENCIA (art. 24 CE) 
596 
 
Sobre una eventual vulneración de la presunción de inocencia, entendida 
como derecho autónomo, la Comisión Europea ha tenido ocasión de 
pronunciarse al respecto: «la posibilidad ofrecida ai inculpado de probar un 
elemento que le disculpa no equivale a establecer una presunción de culpabilidad 
contraria a la presunción de inocencia, puesto que, si puede parecer evidente 
que, siendo positivo el resultado de la prueba, puede derivarse una sentencia 
condenatoria, tampoco lo es menos que este mismo examen, si fuere negativo, 
puede exculpar al imputado» (D. 8239/78 de 4 de diciembre). 
Gracias a la tecnología de! ADN no creemos que sea necesario llegar a 
situaciones como las anteriormente referidas, ya que las muestras necesarias 
pueden obtenerse sin ningún medio coactivo o de fuerza física. No obstante, si el 
inculpado niega su colaboración habría que valorar si el Juez tendría que 
determinar que pasase a una situación que nos proporcionara indicios para 
estudiar el ADN a partir de las siguientes posibilidades: 
1. Toma de MUESTRAS INDIRECTAMENTE a partir de pelos, cepillos 
de dientes, sábanas, boquillas de cigarrillos, orina,... obtenidos en la 
celda de la prisión en condiciones de garantía. Es de suponer que 
el planteamiento de ¡a prueba se hace cuando hay indicios u otros 
elementos que indican la posible relación de! sospechoso con los 
hechos. En cualquier caso habrá que adoptar las medidas a tomar 
a! grado de vinculación entre el individuo y lo ocurrido. 
2. Obtener el PERFIL GENÉTICO INDIRECTAMENTE por medio de la 
toma de muestras a familiares del sospechoso con el 
consentimiento oportuno de cada uno de los miembros implicados. 
3. Utilización de OTRAS MUESTRAS PROCEDENTES DE 
FUENTES DISTINTAS a la investigación criminal, 
fundamentalmente nos referimos a las muestras clínicas (anatomía 
patológica, donación de sangre, esperma,...). 
En relación con los planteamientos anteriores nos encontramos con que, 
cada vez con más frecuencia, se está procediendo a la toma de muestras a toda 
la población de lugares relativamente reducidos donde ha ocurrido un crimen, 
bajo la consideración de que el criminal debe estar entre los habitantes de la 
población o zona. Esta medida que es perfectamente lícita siempre que obre el 
consentimiento de cada uno de ellos, debe entenderse como un acto de 
solidaridad y -de colaboración ciudadana con la Justicia, pero no debe 
597 
 
extrapolarse a una obligación legal y aplicar sobre la negativa del consentimiento 
de cualquier ciudadano una presunción contraria a la de inocencia, 
1.2. BANCOS DE DATOS GENÉTICOS (BDG): 
Con esta denominación y con otras similares (bases de datos genéticos, 
bases de datos biológicos,...). Se hace referencia al archivo sistemático de 
material genético o muestra biológicas de determinados grupos de población para 
ser analizadas en determinadas circunstancias. 
Nos referimos a ellos de modo general como BANCOS DE DATOS 
GENÉTICOS (BDG), los cuales se pueden dividir en varias categorías, 
dependiendo del grupo de personas que abarque: 
1. GENERALES. 
2. PROFESIONES DE RIESGO. 
3. JUDICIALES: 
• Personas desaparecidas. 
• Criminales. 
• Convictos. 
• Sospechosos. 
• Víctimas. 
• Indicios obtenidos del lugar de los hechos pertenecientes a 
personas no identificadas. 
Aunque resulta obvio y evidente, no debemos olvidar que un grupo de 
personas es la suma de individuos y que debemos tratar de mantener 
sus derechos individualmente. 
En e! momento actual existen múltiples problemas de tipo técnico, 
científico, económico y social para llevar a cabo un proyecto de banco genético 
general para toda la población, por lo que no se plantea su elaboración, aunque 
sí estamos en condiciones de empezar a debatir sobre el tema. 
Sí se están realizando sin problemas en determinadasprofesiones de 
riesgo en las que los profesionales de forma voluntaria y con consentimiento 
explícito donan una muestra de saliva o sangre para ser analizada en caso de 
accidente, con vistas a solucionar todas las cuestiones civiles que pueden 
presentarse ante la falta de identificación del cadáver o de sus restos. 
598 
 
En todos los casos se aprecia un beneficio en la realización de este tipo 
de bancos, desde el punto de vista social se ha planteado la conveniencia de 
proceder al archivo de estas muestras en determinados individuos con vista a 
evitar un daño a la sociedad, concretamente la discusión se ha centrado en los 
casos criminales, hablando de la necesidad de proceder al archivo de todos los 
criminales autores de delitos graves, limitándolas en principio al homicidio y a las 
agresiones sexuales. 
Las decisiones han variado según los países, y en actualidad los dos 
únicos que tienen una base de datos genética de utilización rutinaria en los casos 
prácticos son Estados Unidos y Gran Bretaña. El primero de ellos sólo archiva el 
perfil de los criminales que han sido juzgados y condenados por agresiones 
sexuales, decidiendo instaurar este tipo de archivo debido fundamentalmente a 
la existencia de los denominados “violadores en serie” tendientes a repetir el 
mismo tipo de conductas y a las limitaciones para combatirlos, sobre todo por la 
movilidad y la diferente jurisdicción éntre los distintos estados. 
En el Reino Unido se ha ido más allá y se procede al archivo de muestras 
biológicas de todas aquellas personas que se han visto envueltas en un hecho 
delictivo. 
En España no es posible llevar a cabo un proyecto de este tipo debido a 
la falta de un marco legal apropiado para su realización, especialmente por las 
posibles consecuencias negativas que del mal uso de los mismos se pudiera 
hacer. Sin embargo, diferentes reuniones científicas y comités de expertos han 
llegado a la conclusión de la conveniencia de contar con estos instrumentos 
frente a determinados delitos, especialmente en una época en la que la 
sofisticación de medios y la “especialización" criminal en determinados delitos 
hace extremadamente difícil la resolución de estos casos. Los delitos en los que 
ha habido unanimidad para la creación de bancos de datos genéticos han sido 
las agresiones sexuales, por lo que es de suponer que en un tiempo no muy 
lejano, una vez que se haya regulado adecuadamente el procedimiento y uso, se 
comience su instauración. 
Las principales críticas de ios opositores a este tipo de medidas no parten 
de la conveniencia o no como instrumento para combatir la criminalidad, ni van 
dirigidas contra la teóricas escasas ventajas que supondrían, ni siquiera se 
plantea en términos de costos económicos frente a los beneficios esperados. El 
problema que destacan es la posibilidad de obtener una información no 
relacionada con la investigación criminal que afecte a la intimidad y privacidad de 
599 
 
las personas. Esta actitud clásica, pero especialmente arraigada en nuestra 
sociedad de finales de siglo, de miedo a "estar fichados”, comparando cualquier 
iniciativa en este sentido con los mecanismos de control político utilizados en 
determinados países por regímenes políticos muy concretos, no deja de ser un 
fantasma que causa temor por ser desconocido y por imaginarlo especialmente 
deformado. 
La identificación médico-legal a través del análisis del ADN se realiza 
sobre regiones no codificantes del genoma, es decir, aquellas que no contienen 
información alguna sobre las características fenotípicas de las personas, es decir, 
que por medio del análisis forense del ADN no se puede saber si un individuo es 
rubio, alto, gordo,... ni conocer si va a sufrir alguna enfermedad o si tiene 
tendencia a padecer determinados tipos de patologías, ya que el ADN no 
codificante no contiene esa información. Es cierto que si disponemos un archivo 
con material biológico (sangre o saliva) la muestra podría destinarse a otro tipo 
de análisis, diferente a la identificación médico-legal, pero también es cierto que 
jas muestras archivadas en esas bases de datos, al margen de las garantías que 
el sistema de cada país disponga para evitar el mal uso, no podrán ser utilizadas 
en otros estudios clínicos por la cantidad 
600 
 
del mismo, ya que este se guardan en fot cual 
la calidad del ADN se verá afectada 
Al margen de lo anterior, los requerimientos técnicos necesarios para 
llevar a cabo este tipo de análisis y el valor relativo que se puede obtener de la 
información conseguida, nos indican que las reticencias se asientan más en 
planteamientos temerosos basados en los fantasmas de! pasado que en un 
análisis crítico y realista de la situación actual. 
Finalmente, una anotación terminológica: las bases de datos que se usan 
por las fuerzas policiales al servicio de la Justicia, son bases de datos de 
identificación genética, por lo que sólo sirven para este fin de identificación por 
medio de investigaciones genéticas. No son -ni se deben de confundir como a 
veces se intenta hacer maliciosamente ante la opinión pública- bases de datos 
genéticos, ya que no se incluyen datos sobre genes, ni son bases genéticas, ya 
que tampoco se dispone de todo el genoma o ADN de un individuo para 
analizarlo. 
de materia# 
difícil merroi 
u
n 
es mínima, suficiente para el estudio forense, pero 
análisis clínico) y por las condiciones y características

Continuar navegando