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RESUMEN LIQUIDACIÓN INDEMNIZACIONES

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Primero debemos tener en cuenta si estamos frente a una renuncia, despido sin justa causa, despido con causa, otros.
RENUNCIA DESPIDO C/JUSTA CAUSA DESPIDO S/JUSTA CAUSA
VNG
CÁLCULO: 
SAC/VNG SAC/VNG SAC/VNG
CÁLCULO: 
VNG/12
SAC PROPORCIONAL SAC PROPORCIONAL SAC PROPORCIONAL
CÁLCULO:
INDEM. POR ANTIG. ART. 245 LCT
CÁLCULO: MRNH DE LOS ÚLTIMOS 12 MESES * 
CANTIDAD DE AÑOS (O FRACCIÓN MAYOR A 3 
MESES) DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 
* Considerar Fallo Vizzotti por tanto la base de 
cálculo no debe ser inferior al 67% de la 
remuneración real del trabajador.
INDEM. SUST. DE PREAVISO ART. 232 LCT
* Plazos de preaviso según Ant. Del Trabajador:
< ó = 3 Meses 15 días
< ó 5 Años 30 días
< ó = 5 Años 60 días
CÁLCULO:
Remuneración mensual/30*Ds. Que corresponden 
de preaviso
SAC/ISDP
CÁLCULO:
ISDP/12
INDEM. INTEG. MES DEL DESPIDO ART. 233 LCT
CÁLCULO:
Remuneración mensual/30*Ds. Que restan para 
integrar el mes del despido.
SAC/IMDD
CÁLCULO:
IMDD/12
¿ Qué conceptos liquidamos en una liquidación final ?
MRNH/365*cantidad de días trabajados durante el semestre aún no abonado
* Considerar si la fecha de finalización del contrato de trabajo se produce durante el segundo semestre del año, corresponde computar sólo 
los días trabajados en dicho semestre.
Luego calcularemos los días del mes trabajado más los adicionales, de corresponder. Como segundo paso, siempre, calculamos Vacaciones No 
Gozadas, SAC de las mismas y el SAC proporcional. Por último, veremos en el siguiente cuadro los conceptos indemnizatorios a calcular en un 
despido Sin Justa Causa.
(Básico mensual más adicionales/25)*cantidad de días que correspondería otorgar/365*días trabajados en el año de despido

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