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17 CAPÍTULO II I. MARCO TEÓRICO 1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN Seguidamente se presentan los antecedentes de la investigación, donde se analizan algunos estudios previos, los cuales han abordado temáticas similares al del presente trabajo y permitieron una apreciación distinta de temas correlacionados con diversos puntos de vista de acuerdo con la perspectiva de cada autor. De allí que los antecedentes recopilados se basan en las pendientes principales a estudiar como son: la planificación tributaria. Socorro (2012), ejecutó un diseño titulado "Planificación tributaria de las empresas acuícolas del sector agrícola domiciliadas en el Municipio Maracaibo, Estado Zulia", para obtener el grado de Magister Scientiarum en Gerencia Tributaria en la Universidad Rafael Belloso Chacín. La metodología de la investigación fue de tipo descriptiva, calificando el diseño de la investigación de tipo mixta, siendo su primer objetivo de tipo documental y los siguientes objetivos de campo. Para la recolección de la información se utilizó la técnica de la observación documental de leyes, doctrina y jurisprudencia. Asimismo, se practicó un cuestionario de preguntas abiertas como instrumento de recolección datos. 18 Se analizaron los resultados de este instrumento empleando el Coeficiente de Alfa de Cronbach. Se establecieron categorías de análisis a fin de orientar y facilitar el análisis e interpretación de los resultados. Los resultados arrojaron que las empresas del sector acuícola domiciliadas en el Municipio Maracaibo emplean la Planificación Tributaria para el cumplimiento a cabalidad de las obligaciones tributarias, sin embargo en algunos casos pudo observarse que éstas declaran y pagan los tributos de forma extemporánea. De ahí que se plantea la elaboración de programas de planificación que permitan la declaración eficaz y eficiente de los tributos, garantizando el flujo de caja en la fecha límite. Al mismo tiempo es necesario informar a las empresas de este sector las exoneraciones de impuestos previstas por inversión la Ley del Impuesto Sobre la Renta a través del Decreto No. 838 y prorrogada a través de la Gaceta Oficial 39.670. Se puede afirmar que las empresas del sector acuícola domiciliadas en el Municipio Maracaibo presentan una situación particular relacionada con el proceso productivo que les dificulta aprovechar de los beneficios establecidos por la legislación venezolana, por ello se recomienda; que es indispensable que se activen políticas de planificación tributaria existentes en las empresas, las cuales pierden su validez, cuando en las partidas de los presupuestos existen desviaciones. Dicha investigación está relacionada con la presente investigación en cuanto a sus objetivos, la cual trata sobre los cumplimientos de las 19 obligaciones tributarias en el cual se puede reseñar la importancia de dicho cumplimiento para las organizaciones, por medio de ella se logró medir que en las empresas para alcanzar más eficientemente los objetivos, es necesario conocer la naturaleza de las obligaciones tributarias. Esto sirvió de referencia al momento de analizar el objetivo específico centrado en destacar los objetivos y metas establecidas por la industria láctea para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Por otra parte, Prychodczenko (2011), presentó su estudio para optar al grado de Magister Scientiarum en Gerencia Tributaria en la Universidad Rafael Belloso Chacín, que llevó por título "Planificación Tributaria para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los aportes de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación en empresas del sector de industrias lácteas", apoyado en leyes y doctrina representada por Domínguez y López (2002), Rosales (2008), Moya (2006). La investigación fue descriptiva, aplicada y cuali-cuantitativa, considerando un diseño documental y no experimental transaccional descriptivo, de campo. La población fueron 10 empresas de la Industria Láctea en Maracaibo. Para la obtención de información se utilizó la técnica de observación documental y de encuesta. El cuestionario fue validado por expertos, con una confiabilidad de Kuder Richardson de 0.93. Se utilizaron técnicas documentales y estadísticas descriptivas. Los resultados indicaron diversas técnicas para la planificación tributaria aplicables ante los aportes de la LOCTI (2010), siendo pertinente que este aporte corresponde a empresas 20 con ingresos mayores a 100.000 Unidades Tributarias, siendo aplicable al 0.5% de los ingresos de las industrias lácteas. Se aplica un régimen sancionatorio siendo el responsable el Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Innovación, donde las multan comprenden 10 UT hasta 50.000 UT para quienes violen las disposiciones legales. Se aplican procedimientos de planificación tributaria, incluyendo la determinación de los ingresos brutos, registros contables y la declaración y pago. Se proponen lineamientos generales para la optimización de la planificación tributaria en pro del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los aportes de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación en empresas del sector de industrias lácteas. Tomando en consideración los resultados obtenidos, se propuso analizar en la planificación tributaria para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los aportes de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación en las empresas del sector lácteo, y se recomendó a los asesores en materia financiera y legal y presentar una visión integral de los elementos en que se fundamenta la planificación tributaria, considerando las necesidades empresariales actuales y estableciendo un marco de referencia en cuanto a la metodología y un proceso de análisis a seguir, para la identificación de estrategias que dentro del marco legal permitan la obtención de beneficios económicos por el ahorro o diferimientos de impuestos. En cuanto al aporte a la presente investigación, el mismo informó sobre técnicas para la planificación tributaria aplicables, aportando guías teóricas 21 sobre su aplicación en el sector lácteo, lo cual sirvió de apoyo conceptual y metodológico al momento de distinguir las estrategias planteadas por la industria láctea para el aprovechamiento de los beneficios tributarios. Seguidamente se examinó el estudio de Mas y Rubí (2011), titulado: "Análisis de la Planificación Tributaria Internacional como Herramienta para la Optimización del Pago del Impuesto sobre la Renta", Magister Scientiarum en Gerencia Tributaria en la Universidad Rafael Belloso Chacín. El estudio estuvo dirigido a la necesidad de minimizar la carga tributaria a través de la aplicación de estrategias legales, por tal motivo su objetivo general es analizar la Planificación Tributaria Internacional como una herramienta para la Optimización del Pago del Impuesto sobre la Renta. Los autores consultados para su desarrollo fueron: Arespacochaga (1998), Acevedo (1998), Evans (1999) y Villegas (2002). La metodología de la investigación fue documental con un diseño bibliográfico. Las técnicas e instrumentos de recolección de datos utilizados fueron la observación documental de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, doctrinas jurídicas tributarias y el sistema Folder para obtener y almacenar la información relacionada con este objeto de estudio. Para el análisis e interpretación de los datos se empleó el análisis cualitativo, el cual se obtuvo interpretando los resultados obtenidos de la investigación en forma verbal y las observaciones realizadas, haciendo una discusión y análisis de la información recopilada. Los resultados obtenidos mostraron que la planificación tributaria en el contexto de las personas 22 jurídicas asociada a la tributación internacional, conlleva como consecuencia lógica lavaloración de elementos configuradores desde la perspectiva jurídica, administrativa y tributaria que admiten su implantación con base a una serie de lineamientos único de cada sujeto pasivo. Por lo tanto, se recomienda definir de manera clara y precisa los elementos relevantes a considerar en el momento de realizar la planificación tributaria Internacional, considerando esencialmente los ambientes jurídicos desprendidos de las legislaciones involucradas, permitiendo así, una definición de estrategias y alternativas adaptadas a la situación actual de la organización, optimizando de esta manera el logro de los objetivos establecidos y disminuyendo el margen de error en la desviación de lo anteriormente fijado, siguiendo los parámetros particulares de cada organización y país. Esta investigación se consideró un aporte por cuanto aborda los elementos relevantes sobre la planificación tributaria, enfatizando en el cumplimiento de las obligaciones del ISLR, lo cual contribuye en fundamentar teóricamente para responder al objetivo específico de destacar los objetivos y metas establecidas por la industria láctea para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; donde se aborda el cumplimiento del ISLR. Asimismo Castillo (2010), presentó un estudio titulado "La planificación tributaria como mecanismo de control fiscal en la Alcaldía del Municipio Carirubana del estado Falcón", presentado para obtener el título de Magister Scientiarum en Gerencia Tributaria en la Universidad Rafael Belloso 23 Chacín. El propósito general del estudio, fue evaluar la planificación tributaria como mecanismo de control fiscal en la Alcaldía del Municipio Carirubana Estado Falcón. Para tal efecto, se elaboró una investigación de tipo aplicada, descriptiva, de diseño de campo no experimental transaccional. La población estuvo conformada por el personal adscrito a la Dirección de Administración de Rentas y Tributos de la Alcaldía. Para la recolección de datos, como técnica la encuesta y el diseño del cuestionario como instrumento, analizando los datos de forma estadística descriptiva de la variable mediante la distribución de frecuencia. Como resultado del estudio, se concluyó que la Alcaldía desarrolla un plan tributario basado en el logro de objetivos de recaudación voluntaria y la proveniente de las fiscalizaciones, contando para ello con un personal calificado y con sentido de pertenencia, aplicando las facultades de inspección y fiscalización previstas en el Código Orgánico Tributario (COT, 2001); con un sistema automatizado que le permite llevar el control de los contribuyentes en cuanto al registro, declaración y posterior fiscalización, pudiendo determinar con mayor facilidad los objetivos alcanzados y/o trazar estrategias sobre la marcha para el logro de éstas. Adicionalmente, se establecieron recomendaciones para el diseño del plan de capacitación y actualización tributaria, así como el desarrollo de programas de divulgación de las normas municipales y la creación de la unidad de asistencia al contribuyente. Por último, se insta al Concejo 24 Municipal reformar la Ordenanza IAE (2009) debido a que no se acopla con los principios establecidos en la LOPPM (2009) en cuanto al período de imposición y la desproporcionalidad de las sanciones comparadas con la normativa nacional. Así mismo el autor concluyó, que la planificación es aplicable a cualquier actividad humana, con los alcances mas disimiles. Es así como se planifica a razón de escasez de los recursos y necesidades múltiples, para lograr el uso sea eficiente y efectivo para alcanzar los máximos objetivos. En este sentido, la planificación tributaria está orientada a desarrollar pautas de acción, respetando las facultades y competencias atribuidas legalmente al ente acreedor del tributo, con el fin por una parte de enfrentar la complejidad e incertidumbre en la obtención de los ingresos y por otra parte, ser integral, objetiva, continua y flexible en la consecución de los mismos. En efecto, los recursos requeridos para dar cumplimiento a su creación, deben ser logrados con el mayor grado de eficiencia, eficacia y efectividad, conjugando los insumos materiales, humanos y lo principal, desarrollando un método adecuado que le permita alcanzar los objetivos trazados adecuadamente. Como resultado del estudio de investigación, se concluyó, que la Alcaldía desarrolla un plan tributario basado en el logro de objetivos y políticas de recaudación voluntaria y la proveniente de las fiscalizaciones, contando para ello con un personal calificado y con sentido de pertenencia, aplicando las facultades de inspección y fiscalización previstas en el Código 25 Orgánico Tributario (2001); con un sistema automatizado que le permite llevar el control de los contribuyentes en cuanto al registro, declaración y posterior fiscalización, pudiendo determinar con mayor facilidad los objetivos alcanzados y/o trazar estrategias sobre la marcha para el logro de éstas. Adicionalmente, se establecieron recomendaciones para el diseño del plan de capacitación y actualización tributaria, así como el desarrollo de programas de divulgación de las normas municipales y la creación de la unidad de asistencia al contribuyente. Por último, se insta al Concejo Municipal reformar la Ordenanza IAE (2009) debido a que no se acopla con los principios establecidos en la LOPPM (2009) en cuanto al periodo de imposición y la desproporcionalidad de las sanciones comparadas con la normativa nacional. Este estudio documentó a la investigadora sobre los aspectos que incluye un plan tributario, dentro de los cuales se encuentran las políticas, por lo cual sirvió para reafirmar documentalmente los planteamientos conceptuales, así como los aspectos relacionados con el objetivo centrado en conocer las políticas de planificación tributaria empleadas para el desempeño de actividades empresariales. Por su parte, Rodríguez (2010), presentó su estudio para optar al grado de Especialista en Tributación en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Esta investigación tuvo como finalidad, La Planificación Tributaria del Impuesto sobre la Renta como estrategia de gestión empresarial en la Comercializadora Venezolana de Electrodomésticos, C.A. 26 La naturaleza de la investigación fue de campo de tipo descriptivo, bajo la modalidad de proyecto factible. La población está representada por 102 de los cuales se escogieron 6 de forma aleatoria simple intencional. Como instrumento se presentó un cuestionario diseñado con preguntas cerradas de escala tipo Likert estructurada acorde a las variables de estudio, donde posteriormente se realizó su validación por expertos profesionales en el manejo de la medición y evaluación. Una vez validado y aplicado el instrumento, se aplicó una prueba piloto para corroborar la confiabilidad del instrumento el cual arrojo un ochenta y nueve por ciento de confiabilidad mediante el procesamiento de los resultados en el sistema estadístico SPSS versión 17, luego se aplicó el instrumento a la muestra seleccionada y posteriormente, se analizaron los resultados por medio de la estadística descriptiva, donde se agruparon y tabularon en una matriz de datos, para luego hacer la representación grafica de los rasgos. Tomando en consideración los objetivos de la investigación y el análisis e interpretación de las respuestas dadas por los sujetos en el instrumento aplicado, concluyó en cuanto al diagnóstico de la existencia de la planificación tributaria del impuesto sobre la renta en la Comercializadora Venezolana de Electrodomésticos, C.A., la existencia de conocimiento de lo que se pretende lograr con la planificación tributaria, así como también reconocer la misma como herramienta estratégica de negocios, para protegerlo de las amenazas del entorno.27 Del mismo modo al clasificar la planificación tributaria, se evidenció que ocasionalmente es preparada antes de participar en un evento económico, temporalmente se implantan estrategias para cumplir con las obligaciones tributarias, donde se hace necesario la planificación tributaria compleja con propósito positivo. Es importante tomar en consideración la metodología para la elaboración de la planificación que se inicie en el conocimiento de los problemas financieros. Seguidamente se armonizan las cargas tributarias, se evalúa la relación costo-beneficio, observándose debilidades en el manejo de la información de la empresa y las características que permiten mejorar su situación actual. Sobre la base del diagnóstico se recomendó tomar en cuenta los resultados reflejados, para incorporar una planificación de tipo compleja, con referencia a la determinación de los elementos de gestión empresarial, se recomienda impulsar las estrategias diseñadas en el ámbito tributario, organizacional, económico y político. Con respecto a la propuesta del programa de acciones estratégicas de la planificación tributaria de Impuesto Sobre La Renta, se recomendó desarrollar en las empresas, el conjunto de metas planteadas para cada estrategia con sus respectivas actividades, tomando en cuenta el personal encargado de las mismas, así como los recursos a utilizar. En cuanto al aporte de esta investigación, el mismo aportó líneas de acción para dar solución a los problemas de planificación tributaria en las 28 empresas, al mismo tiempo que se examinaron la situación actual, formularon y desarrollaron estrategias de planificación, las cual son consideradas relevantes para el desarrollo de la presente investigación, específicamente en el objetivo específico referido a distinguir las estrategias planteadas por la industria láctea para el aprovechamiento de los beneficios tributarios. En este sentido, se menciona el trabajo de Salcedo (2010), para el título de Especialista en Tributación en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, titulado: "Planificación tributaria como herramienta de prevención ante los efectos de la carga fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la empresa CONSTRUCTORA SUSEP, C.A.". La presente investigación tuvo como finalidad diseñar una propuesta de planificación tributaria como herramienta de prevención ante los efectos de la carga fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la empresa SUSEP, C.A. Para la formulación de metas, identificar objetivos, reconocer las oportunidades y amenazas de su entorno, determinando el grado de cambio requerido que conlleva a la toma de decisiones y por ende la puesta en práctica de estrategias actuales. La misma estuvo enmarcada dentro de un género cuantitativo y según el método se circunscribió en una investigación de campo. La población estuvo compuesta por catorce (14) sujetos tomando como muestra no probabilística e intencional a nueve (9) que laboran en relación directa con el manejo de los procesos financieros y tributarios de la empresa, las técnicas e instrumento para recolectar información 29 fue en primer lugar la observación directa y cuestionario diseñado con preguntas cerradas tricotómica acorde a las variables de estudio, posteriormente se realizó su validación por expertos profesionales en el manejo de la mediación y evaluación. Una vez diseñado y validado el instrumento, se aplicó una prueba piloto para corroborar la confiabilidad del mismo, luego se procedió a la aplicación del instrumento a la muestra seleccionada y posteriormente se analizaron los resultados, agrupándose los ítems por dimensiones mediante la estadística descriptiva, dicha información se representó en gráficos de barras, logrando así diagnosticar la existencia de la planificación tributaria con respecto a la carga fiscal del impuesto al valor agregado (IVA) y que en SUSEP, C.A. no poseen. Por lo tanto, se propone la planificación tributaria como herramienta de prevención ante los efectos de la carga fiscal del impuesto al valor agregado (IVA) para lograr que la empresa tenga decisiones asertivas en su rentabilidad, liquidez y apalancamiento financiero, en el desarrollo de sus actividades. Concluye el autor, tomando en consideración los objetivos de la investigación, así como el análisis e interpretación de las respuestas dadas por los sujetos de estudios en el instrumento aplicado, se evidencia que en el diagnóstico efectuado sobre la existencia de la planificación tributaria con respecto a la carga fiscal del IVA en la empresa constructora SUSEP, C.A., reflejó que existen muchas debilidades en la organización como en su 30 personal, no emplean planificación como herramienta de prevención antes los efectos de carga fiscal. A pesar de no efectuarse la planificación tributaria, se implantan algunas estrategias tributarias para instaurar, seguir y cumplir con las obligaciones tributarias y parafiscales. Existe desconocimiento sobre la direccionalidad de las oportunidades Tributarias por cada tipo de contribuyente que se relaciona con la empresa. El personal involucrado no sabe si se han producido sanciones tributarias por parte del SENIAT. Por otra parte el IVA no es el único tributo que cancela la empresa. Se revisan periódicamente lo relativo a la determinación y pago del IVA, en oportunidades se utilizan todos los créditos fiscales en el manejo para la determinación y pago del IVA, no tiene diseñado un calendario fiscal anualmente. También se considero que en la empresa si se avalúan las operaciones concernientes al IVA, aunque no se fijan estrategias para obtener información del comportamiento de dicho impuesto. El autor recomienda dar a conocer los resultados del diagnostico sobre la existencia de la planificación tributaria con respecto a la carga fiscal del IVA, en la empresa SUSEP, C.A., en todos los niveles estructurales de la organización, de manera se produzca y consecuentemente toma de decisiones. Al mismo tiempo, implementar la planificación tributaria en la empresa SUSEP, C.A. a partir del momento de la presentación de la propuesta, de manera se desarrolle una estructura sistemática sobre el diagnóstico y 31 evaluación de la organización para consecuentemente desarrollar las acciones para aminorar la carga fiscal del IVA y de esta manera lograr obtener mayor liquidez, rentabilidad y posicionamiento competitivo en el mercado del sector de la construcción. Este estudio, aportó valiosa información puesto que se dio a conocer aspectos teóricos sobre la planificación tributaria, orientando a la investigadora en la forma de aminorar los efectos de la carga fiscal del impuesto al valor agregado (IVA), lo cual sirve de referencia para establecer lineamientos generales para mejorar la planificación tributaria en la industria láctea. Para finalizar con los estudios citados, López (2009), realizó el trabajo de investigación titulado: "Planificación tributaria como herramienta para el manejo de la presión fiscal en ámbito Municipal,", para optar al título de Magister Scientiarum en Gerencia Tributaria en la Universidad Rafael Belloso Chacín. El autor presentó como objetivo general analizar la planificación tributaria como herramienta para el manejo de la presión fiscal en el ámbito municipal. La investigación estableció elementos para una mejor planificación tributaria que contribuya al manejo de la presión fiscal, tomando como sujeto de estudio el Municipio Maracaibo en el estado Zulia. En cuanto a su temática fue sustentada por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999); el Código Orgánico Tributario (2001); Ley Orgánica del Poder Público Municipal(2006), ordenanza de impuesto sobre actividades económicas del Municipio Valmore Rodríguez del 32 estado Zulia (2005) y por los autores Villegas (2002); Moya (2000), Acevedo (1998), Brennan y Buchanan (1999), Galarraga (2002), Jenkins y Evans (1997), Valdés (1996). El tipo de investigación documental-teórica-descriptiva, el diseño de la investigación tipo bibliográfico. Las técnicas e instrumentos de recolección de datos fue un instrumento con los datos del sistema fólder, siendo una investigación documental-teórico, de tipo cualitativo. Los resultados arrojaron que la planificación tributaria consiste en el estudio de caminos jurídicos, que permitan evitar, rebajar o postergar la carga tributaria de los contribuyentes como asimismo acogerse a franquicias o beneficios existentes, dentro de la normativa legal vigente. Concluye el autor, la planificación en si misma procura evaluar riesgos que afecta en mayor o menor grado los resultados a los cuales se desee allegar. El planificador tributario tiene como norte en primer término evaluar la organización y su entorno a fin de determinar qué elementos endógenos y exógenos deben ser considerados para evitar se incurra en posibles ilícitos tributarios, los cuales pueden de alguna manera afectar significativamente los recursos de la organización, y en segundo término considerar que la respectiva planificación no debe ser altamente incidente sobre las operaciones financieras de las mismas. Al realizar la revisión del estudio anterior, se constató como la planificación tributaria se ha convertido en un asunto de interés primordial en las organizaciones, dado la incidencia que los tributos 33 ocasionan en el flujo del efectivo y los constantes operativos que realizan los órganos administradores a fin de verificar el cumplimientos de las normas, de no ser así las sanciones conllevarían a un mayor efecto negativo en la liquidez. A razón de lo expuesto, los órganos administradores tributarios deben crear mecanismos de aseguramiento para que el sujeto pasivo cumpla con los deberes de coadyuvar con el gasto público, pero no de forma que afecte las finanzas privadas, porque ello incide directamente en su nivel de crecimiento y por ende en la cantidad a aportar al Estado; sino ideando medios adecuados para que de forma voluntaria se cumplan. El investigador, llegó a la conclusión que la planificación tributaria consiste en un estudio de caminos jurídicos que permiten evitar, rebajar o postergar la carga tributaria de los contribuyentes como asimismo acogerse a franquicias o beneficios existentes, dentro de la normativa legal vigente. El estudio precedente se consideró relevante por cuanto aporta información sobre el uso de la planificación tributaria, indagando la opinión de autores como Villegas (2002); Moya (2000) y Galarraga (2002), cuyas versiones actualizadas son también utilizadas en este estudio para analizar la planificación tributaria aplicada a las industrias lácteas en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Se destaca en lo antes expuesto, que las investigaciones citadas se consideraron antecedentes relevantes por cuanto guiaron a la investigadora 34 en el proceso de análisis de la planificación tributaria, aportando datos sobre aspectos tales como las políticas, objetivos, así como en referencia estrategias de planificación tributaria; información conceptual y documental de referencia para este trabajo. 2. BASES TEÓRICAS Tomando como referencia los objetivos de estudio, se procedió a abordar los puntos de vista de los autores en torno a la planificación tributaria y sus elementos, a fin de conocer las posiciones de la doctrina respecto a la temática investigada, para contar como punto de partida una sólida perspectiva teórica, que haga explicito un sistema coordinado de conceptos y proposiciones que permitan abordar el problema. 2.1. Planificación Tributaria La planificación tributaria constituye una función esencial quizás lo más importante de la alta dirección de las organizaciones. Dado que la planificación tributaria representa la categoría de la investigación, se aborda su definición, objetivos, requerimientos, entre otros aspectos esenciales para la comprensión del tema en estudio. Abordando el concepto de planificación en general, Ortiz (2007) señala que la planificación es el proceso que se sigue para determinar en forma exacta lo que la organización hace para alcanzar sus objetivos, es decir, cuando los ejecutivos estudian anticipadamente los objetivos y las acciones a 35 tomar, apoyándose en métodos, planes o por medio de la lógica que permitan alcanzar los objetivos, considerando el desarrollo futuro. Expresan Munch y García (2008), que comprende un curso de pasivo de acción que debe seguirse estableciendo parámetros para alcanzar un objetivo determinado mediante políticas, planes, procedimientos y procesos. Esta constituye el primer paso y la más importante de las funciones administrativas, pues permite determinar hacia donde se quiere llegar y la manera de hacerlo, evitando o postergando la ocurrencia del hecho, lo cual aplicado a la materia tributaria indicaría enfocarse en reducir o diferir dentro de los términos legales la carga tributaria del contribuyente. Aplicado a la materia tributaria, Fraga (2008) la planificación permite el aprovechamiento de opciones de ahorro que las propias leyes tributarias, de manera expresa o tácita, ponen a disposición de los contribuyente. La planificación tributaria es pues, un sistema desarrollado por los sujetos pasivos para disminuir su carga fiscal considerando “los vacios” existente en la Ley o situación en las que el legislador no fue suficientemente explicito: mediante las vías de salidas que la misma ley civil, mercantil o tributaria le permite según sea el caso y el impuesto. Por ende, es considerada un instrumento dirigido a optimizar o reducir los costos tributarios de empresas y particulares mediante la utilización eficiente de la legislación vigente. El conocimiento del sistema tributario permite prever situaciones que incrementan la carga tributaria a fin de llevar a cabo las modificaciones necesarias para que esto no ocurra. 36 Al respecto, Domínguez y López (2008), indican que la planificación tributaria es una herramienta estratégica de decisión de los negocios, caracterizada por un conjunto coordinado de comportamientos empresariales, tendientes a crear relaciones y situaciones jurídicas orientadas a la optimización de la carga tributaria, dentro del marco de la legalidad, disminuyendo costos, en otras palabras un ahorro fiscal y aumentando así la competitividad, siendo una actividad perfectamente legítima. En el área tributaria, la planificación tributaria es el proceso mediante la cual se utilizan los elementos que otorga el propio ordenamiento jurídico para aminorar el impacto de las normas tributarias, buscando con ello reducir los costos tributarios. Debe acotarse que ello debe estar circunscrito en las normativas vigentes en la materia. Para Rivas y Vergara (2009) señalan que la planificación tributaria es una herramienta que tiene como objetivos fundamental la gestión de los tributos en el desarrollo de la actividad empresarial, mediante la elección de disposiciones dentro del marco legal, que sirva para optimizar las erogaciones tributarias tanto de personas naturales como jurídicas. Los mismos autores indican que la planificación tributaria es un proceso que está constituido por una serie de actos o actuaciones licitas del contribuyente, cuya finalidad es invertir eficientemente los recursos estimados, con la menos carga tributaria que sea legalmente admisible dentro de las opciones que el ordenamiento jurídicocontempla. 37 Según Galarraga (2010), la planificación tributaria se relaciona con la capacidad de asumir decisiones en calidad de sujeto pasivo del tributo para adoptar estrategias que minimicen el impacto económico de las obligaciones tributarias, logrando anticipar y planificar el pago de la cifra de impuestos y contribuciones tributarias. Por consiguiente, lo antes expuesto conduce a afirmar que la planificación es un proceso de previsión, mediante la cual se trata de coordinar el funcionamiento de las actividades para llegar al logro de los objetivos, anticipándose al futuro; por ello, al momento de realizarla deben considerarse las políticas, objetivos y metas, así como las estrategias en el área; siendo considerados a los fines de este estudio los planteamientos de Rivas y Vergara (2009), pues se analizó la misma en términos de una herramienta para optimizar la actividad tributaria de la industria láctea. 2.2. Políticas de Planificación Tributaria Para el caso de este estudio, es importante manejar el concepto de política. Munch y García (2008) indican que las políticas son guías para orientar la acción; son los criterios, lineamientos generales a observar en la toma de decisiones, acerca de problemas que se repiten una y otra vez dentro de una organización. En este sentido, las políticas son criterios generales de ejecución que auxilian el logro de los objetivos y facilitan la implementación de las estrategias, habiendo sido establecidas en 38 función de éstas. También forman parte de los planes por consistir en enunciados o criterios generales que orientan o encausan el pensamiento en la toma de decisiones. Del mismo modo, Stoner, Freeman y Gilbert (2008) plantean que las políticas son planes permanentes que establecen parámetros generales para la toma de decisiones. Las políticas son una orientación verbal, escrita e implícita que fija la frontera por los límites y dirección general en el cual se desenvuelve la acción administrativa. Son guías amplias, dinámicas y flexibles que necesitan interpretación para poder utilizarse. De lo antes expuesto, los autores expresan que ese carácter dinámico, amplio y general, que es propio de las políticas, es lo que diferencia de una simple regla, aunque una política envuelve un conjunto de reglas, pues tiene cierto rigor, exactitud y continuidad en su aplicación, permitiendo descubrir la capacidad e integridad de la dirección, siendo en este caso estudiadas dentro del entorno de la planificación tributaria. Asimismo, Moya (2006) afirma que el uso de las políticas de planificación tributaria implica considerar acciones destinadas a maximizar su utilidad después de los impuestos, empleando una forma de organización societaria o de contrato que permita disminuir o diferir la carga tributaria, es decir, el legislador ofrece al contribuyente una serie de alternativas legales de organización, amparado por la realidad de los hechos que la justifican. Rivas y Vergara (2009) agregan que las políticas tributarias, son lineamientos enunciados por las organizaciones en función de hacer más 39 eficiente el proceso de pago de los impuestos por parte de las empresas. Estas políticas deben contener un conjunto de directrices a seguir para lograr la tributación en los términos establecidos en las leyes, pero al mismo tiempo con el mayor provecho posible para las organizaciones. En este aspecto, Galarraga (2010) considera que las políticas comprenden lineamientos que rigen las acciones de la empresa y definen los procedimientos como el conocimiento que se tenga las valoraciones de carácter cuantitativo y cualitativo con el fin de medir el riesgo tributario, organización de la información y la logística de la planificación. De lo antes mencionado, se infiere que las políticas tributarias son lineamientos, directrices u orientaciones aplicadas en las empresas con el fin de obtener el mayor provecho tributario posible, dentro del marco de lo permitido en las leyes, siendo consideradas en el criterio de Rivas y Vergara (2009) a fin de conocer las políticas de planificación tributaria empleadas para el desempeño de actividades empresariales, especialmente en el sector de la industria láctea. A los fines de analizar tales políticas se consideran los siguientes aspectos: a) Recursos tecnológicos: De acuerdo con Avalos (2008) un recurso es un medio de cualquier clase que permite satisfacer una necesidad o conseguir aquello que se pretende. La tecnología, por su parte, hace referencia a las teorías y técnicas que posibilitan el aprovechamiento práctico del conocimiento científico. Por tanto, es un medio que se vale de la tecnología para cumplir con su propósito. Los recursos tecnológicos pueden 40 ser tangibles (como una computadora, una impresora u otra máquina) o intangibles (un sistema, una aplicación virtual). Por su parte, Escorsa y Valls (2009) agregan que los recursos tecnológicos son herramientas para almacenar, calcular, procesar y utilizar información estratégica para la planificación de las empresas. Asevera que la tecnología se ha convertido en una aliado clave para la realización de todo tipo de tareas, pero especialmente para apoyar la toma de decisiones gerenciales. En el área tributaria, García y Gómez (2008) expresan que los recursos tecnológicos ayudan a desarrollar las operaciones cotidianas de la empresa, lo cual incluye las labores financieras y tributarias, y su funcionalidad está sujeta a la posibilidad de adquirir recursos de última generación y mejor calidad; las cuales apoyen el proceso de análisis y decisión de las empresas. También Parra (2008) afirma que las empresas están orientadas a la adquisición de la tecnología para soportar sus operaciones. Muchas de las actividades contables, financieras y administrativas que sirven de soporte a la actividad tributaria, se encuentra sistematizada a través del uso de recursos tecnológicos. Explica que éstos pueden ser tangibles e intangibles. El mismo autor indica que los recursos tangibles corresponden a las herramientas, equipos, instrumentos, materiales, máquinas, dispositivos y software específicos necesarios para lograr el propósito técnico establecido. Por su parte, los recursos intangibles pueden ser identificados como capital intelectual, las formas de información y conocimiento tecnológico. 41 Opina González (2010) que en las empresas es esencial utilizar recursos tecnológicos por cuanto les permite a nivel de la planificación tributaria maximizar beneficios, cumpliendo la Ley, pero simultáneamente, utilizando herramientas para apoyar la mayor eficiencia en el uso de los recursos tributarios. De lo antes expuesto, se afirma que las empresas requieren incorporar recursos tecnológicos como una política de soporte a las actividades de planificación tributaria, por cuanto a través de los mismos es posible procesar la información administrativa, financiera y contable, con la cual apoyar las decisiones para obtener la mayor rentabilidad posible de las actividades tributarias, siempre en el marco de las disposiciones del ordenamiento jurídico. Para efectos de este trabajo, se consideran los planteamientos de Parra (2008) por cuanto se analizan los esfuerzos que en este sentido han realizado las empresas objeto de estudio a los fines conocer las políticas de planificación tributaria empleadas para el desempeño de actividades empresariales. b) Formación tributaria del personal: Respecto a la formación del personal, Robbins (2009) afirma que las empresas deben enunciar lineamientos a seguir para la formación del personal en las áreas medulares de funcionamiento, en tanto el capital humano es fundamental para el logro de los objetivos y metas propuestasen todas las áreas. Por su parte, Alles (2009) agrega que la formación es el proceso mediante el cual se imparte la instrucción y capacitación como clave del 42 desarrollo de las personas. Buscar nuevos procesos para conseguir el cambio positivo en los individuos no sólo no descarta los procesos clásicos, sino que los refuerza y los convierte en la base, en el pilar de adquisición de conocimientos, habilidades, actitudes, valores y competencias. Aplicado al ámbito tributario, Parra (2008) afirma que el personal que maneja estos procesos debe estar formado tanto en materia contable, financiera y tributaria, porque implica que participe en los procesos de obtención técnico-ética de la mayor rentabilidad posible de un negocio, pero, simultáneamente, asegurándose del fiel cumplimiento de las normas tributarias. Expresa Galarraga (2010) que en las empresas se requiere realizar procesos de formación continua para el tratamiento contable y tributario de una transacción económica puede llegar a ser diferente, porque en ocasiones está sujeto a interpretaciones, posiciones y al entorno que rodea al negocio en un momento determinado. Por ello, según el criterio del autor, que el personal esté formado con el suficiente conocimiento para entender cuál es el elemento más sensible en una operación tributaria, las leyes que lo rigen y en función de ello, aplicar sus conocimientos en planificación tributaria para evaluar sus pros, contras, para aperturar el escenario de opciones con distintos riesgos para asentar la operación en los libros legales de la empresa de la manera que más beneficie a la empresa como contribuyente. De acuerdo con Vergara (2011), los cambios de la legislación en materia tributaria tanto en los países como en el ámbito internacional, afectan 43 significativamente el entorno de los negocios y hacen necesario profundizar el conocimiento de los profesionales encargados del cumplimiento de las obligaciones tributarias de las organizaciones, a fin de perfeccionar las competencias en el área. El mismo autor explica que la sólida formación tributaria se conjuga con el desarrollo de habilidades operativas y gerenciales participar activamente, en la toma de decisiones gerenciales y asegura la coherencia en el direccionamiento estratégico y la estrategia tributaria; especialmente bajo la óptica de la planificación tributaria. Por tanto, se entiende en lo antes expuesto, que es esencial contar con personal formado en la materia, para lo cual las empresas deben edificar un conjunto de políticas de planificación tributaria, que incluyan proporcionar la información necesaria para tomar decisiones sobre las acciones más convenientes a seguir, dentro del ordenamiento jurídico tributario. Para los efectos de este estudio, se consideran los planteamientos de Galarraga (2010), entendiéndose que la formación supone un proceso de preparación del individuo para aplicar acciones en materia de planificación, siendo considerados a la luz de responder al objetivo específico centrado en Conocer las políticas de planificación tributaria empleadas para el desempeño de actividades empresariales, donde se aborda la formación tributaria del personal. c) Relaciones con la Administración Tributaria: Al abordar la relación del contribuyente con la Administración Tributaria, Villegas (2008) 44 señala que se destaca la necesidad de lograr una interacción entre ambas partes que sea productiva para generar la cultura tributaria. La Administración Tributaria apoyada en las leyes tributarias, establece en la relación con el contribuyente la necesidad de cumplimiento de las obligaciones. De lograrse una adecuada relación entre las partes, se fomenta la cultura tributaria, cuya función es lograr que el contribuyente pague espontáneamente y no tener que estar fiscalizando y presionando constantemente. Expresa Parra (2008) que las empresas deben contar con políticas que permiten fomentar las relaciones con la Administración Tributaria, de forma que el personal que labora en las mismas conozca los medios o canales a través de los cuales puede contactar a la misma y establecer vínculos informativos. Por otra parte expresa que, la Administración Tributaria debe ser cada vez más, una organización de contacto directo con los ciudadanos, orientada al servicio del contribuyente, mejorando o facilitando el cumplimiento de las normas y el pago de los tributos; reduciendo los costos de cumplimiento, simplificando trámites, métodos, procedimientos y resolviendo oportunamente los reclamos y recursos ante la Administración. Robles (2010) afirma que en la relación del contribuyente con la Administración Tributaria, se requiere tiempo y recursos económicos para cumplir con los requerimientos tributarios. En dichas relaciones es imperativo que el sistema sea sencillo para que con un mínimo de información los ciudadanos puedan reportar a la Administración Tributaria sus obligaciones. 45 Explica que la evidencia en otros países, inclusive en Venezuela ha demostrado que la complejidad tributaria conlleva a un menor crecimiento económico del país. Esto significa que mientras más simple sea la estructura tributaria mayor será el crecimiento económico, pues más fácil es cumplir con la obligación tributaria; lo cual debe profundizarse en fomentar una adecuada relación entre el contribuyente y la Administración Tributaria. Agrega Vergara (2011) que la empresa deben fomentar la divulgación de información como parte de la planificación tributaria, así como generar lineamientos para aprovechar la intencionalidad de la Administración Tributaria de crear un ambiente placentero en las áreas de servicio al contribuyente, al mismo tiempo que establecer unidades organizacionales especializadas para presentar sus dudas, consultas o cuestionamientos a cargo de las unidades dedicadas a la asistencia a los contribuyentes. Se entiende en lo antes expuesto, que es esencial que las empresas a través de su personal responsable de las actividades tributarias, mantengan relaciones con la Administración Tributaria, logrando consolidar una alianza estratégica que permita facilitar la aplicación de la planificación tributaria en beneficio de las empresas y con el cumplimiento de las leyes. Para el caso de la presente investigación, se consideraron los planteamientos de Parra (2008) por cuando resalta la necesidad de contar con políticas direccionadas a fomentar la relación de la empresa con la Administración Tributaria, siendo ello fundamental para responder al objetivo específico centrado en conocer las políticas de planificación tributaria 46 empleadas para el desempeño de actividades empresariales, pues una de las políticas consideradas se refiere a las relaciones del contribuyente con la Administración Tributaria. 2.3. Objetivos y Metas de Planificación Tributaria Al abordar los objetivos y metas en general, Strickland y Thompson (2008) señalan que los objetivos implican la traducción de la visión estratégica hacia la obtención de resultados definidos, los que en la práctica desea alcanzar la organización. Significa convertir los fundamentos gerenciales de la visión estratégica y de la misión de organización, en indicadores de resultados, de tal forma que puedan ser utilizados para medir el desempeño de la organización. Los objetivos son criterios para dar seguimiento desempeño y avance de la organización, siendo establecidos por periodos de tiempo definidos. De acuerdo con Munch y García (2008), los objetivos representan los resultados que la empresa espera obtener, son fines para alcanzar, establecidos cuantitativamente y determinados para realizarse transcurrido un tiempo específico. Desde esta perspectiva, Hernández (2007) señala que la planificación busca predeterminar un curso de acción a seguir para lograr losobjetivos establecidos. Por su parte, Rivas (2009), afirma que los objetivos de la planificación tributaria se centran en aplicar los conocimientos adquiridos para establecer en la empresa un adecuado flujo y funcionamiento de las obligaciones 47 tributaria, analizar diferentes tipos de organizaciones empresariales y reorganizaciones más frecuentes con sus diversas implicancias tributarias y evaluar la carga tributaria que originan diferentes alternativas en la gestión de la empresa o contribuyentes, con miras a maximizar su rentabilidad. Por su parte, Parra (2008) considera que los objetivos son los propósitos que la empresa desea lograr, mientras que las metas se establecen como pasos segmentados para llegar a esos objetivos. Los objetivos de la planificación tributaria se centran comprende racionalizar la carga tributaria que rige para las empresas, así, la metas representan las acciones que deben emprenderse para lograr tales objetivos, considerando las contingencias legales. Al considerar los objetivos y metas de la planificación Tributaria, se consideran los siguientes aspectos: a) Cumplimiento de los Deberes Formales: El artículo 145 del COT (2001) establece que los contribuyentes, responsables y terceros deben cumplir los deberes formales de llevar y exhibir conforme a las normas los libros y registros especiales, la inscripción correspondiente, la presentación, así como exhibición de las declaraciones, documentos exigidos por las leyes tributarias especiales, contribuir con los funcionarios autorizados en la realización de las inspecciones o fiscalizaciones y dar cumplimiento a las leyes tributarias. Para Palomares (2007), los define como la obligación que tienen los contribuyentes responsables y terceros de cumplir con los tramites, requisitos, obediencias y demás formalidades relativas a las tareas de 48 determinación, fiscalización y control que realice la Administración Tributaria exigida por esta en el ejercicio de su potestad, bien sea por disposición de la ley o porque esta la faculta para ello. Al respecto, Moya (2006) destaca la importancia de cumplir con los deberes formales, indicando que el contribuyente debe acatar las distintas formas establecidas en las leyes a los efectos de cumplir con las actuaciones explicitas que impone la Administración Tributaria, a los administrados, en virtud de las disposiciones legales vigentes. Asimismo, Villegas (2008) afirma que los deberes formales en materia tributaria, comprenden el conjunto de obligaciones establecidas en la ley que configuran los aspectos formales del tributo, es decir, los requisitos y trámites obligatorios, con sus respaldos correspondientes. Estos deberes sirven de apoyo a las labores de control del tributo, ejercidas por la Administración Tributaria a favor del sujeto activo acreedor del tributo, de tal forma que éstos facilitan la labor de vigilancia y seguimiento que se efectúa para garantizar el cumplimiento de las obligaciones formales vinculadas al pago del tributo. Explica Mazz (2009) que los deberes formales son actuaciones explicitas que impone la Administración Tributaria a los administrados, en virtud de las disposiciones establecidas en las leyes. En el COT (2001), se identifican los elementos de los deberes formales de los contribuyentes, responsables y terceros en la base legal, según los Artículos No. 145 y 146 del Código Orgánico Tributario (COT, 2001). 49 El cumplimiento de los deberes formales representa un punto esencial en el funcionamiento de todas las empresas, incluyendo la industria láctea en todos los niveles, expresándose la jurisprudencia en cuanto al acatamiento de los mismos y sus sanciones en caso de no cumplimiento, dado que deben cumplir con todos los requisitos de forma establecidos por la Administración Tributaria. Así lo expresa la Sentencia del Tribunal Superior Sexto Contencioso Tributario de la Región Capital Caracas, a los treinta (30) de abril del dos mil siete (2007), Expediente 2005-709, Caso Industrias Lácteas Torondoy, C:A., donde le sanciona por incumplimiento de deberes formales contemplados en las leyes tributarias, por omisión de requisitos en las facturas u otros documentos equivalentes y por omisiones detectadas en los Libros de Compras de Ventas y Compras, aplicándose en consecuencia las sanciones previstas en el numeral 3 del artículo 101 y en el numeral 2 del artículo 102 del Código Orgánico Tributario de 2001. Para Garay (2009), define los deberes formales, como las formalidades tributarias que debe observar el contribuyente, administradores, tutores, mandatarios, esposos legales o de hecho y demás representantes de los contribuyentes, así como cualquier interesado en que se cumplan dichos deberes. De acuerdo con el autor, los deberes formales son las obligaciones tributarias que tienen todas las personas naturales, jurídicas y sociedades, en relación a la Administración Tributaria y Contribuyente, de dar cumplimiento a 50 las normas denominadas Deberes Formales, establecidas por las leyes, el contribuyente como consecuencia de la operación de un negocio, no solo se encuentra obligado al pago de los tributos sino que además está obligado al cumplimiento de una serie de deberes formales que tienen como finalidad lograr un efectivo control por parte de la administración tributaria. Cruz (2010), señala que los deberes instrumentales cumplen un papel relevante en la implementación del tributo porque de su observancia depende la documentación en lenguaje de todo lo que se refiere a la pretensión tributaria. Por otros derroteros, el conjunto de actuaciones que las leyes tributarias imponen a los sujetos pasivos, y que denomina deberes instrumentales o deberes formales, tiene como objetivo precipuo relatar en lenguaje los eventos del mundo social sobre lo que el derecho actúa, en el sentido de alterar las conductas interhumanas para lograr su propósito ordinativo. El criterio de Mendoza (2010), quien afirma la necesidad de considerar que los productores primarios deben requerir a la Administración Tributaria el beneficio de la exoneración condicionado al cumplimiento de sus deberes formales, por lo cual se evidencia la orientación de la política de la Administración Tributaria a dar fiel cumplimiento a los mismos. Por tanto, los contribuyentes están sometidos al imperio de la ley, debiendo cumplir con los deberes formales en materia tributaria, y es obligación de la Administración Tributaria velar por el cumplimiento de estos deberes, a los fines de lograr una eficiente recaudación de tributos para luego ser destinados al cumplimiento de los objetivos del Estado. 51 b) Cumplimiento de los Deberes Materiales: Expresa Armas (2010) que las empresas deben cumplir con las obligaciones materiales, considerando los decretos de exoneración que han sido aplicados en Venezuela, entre ellos la obligatoriedad de la inscripción por parte de las personas cuyos enriquecimientos se exoneran, destinar el monto total del impuesto exonerado a inversiones para el mejoramiento de la productividad, y que la actividad debe ser desarrollada por la persona beneficiaria, dentro del fundo, finca o granja. De acuerdo con Mazz (2009) se pueden definir como las obligaciones impuestas por las leyes tributarias. El Código Orgánico Tributario (COT, 2001) en el artículo 109 establece los ilícitos materiales, incluyendo el retraso u omisión en el pago de tributos o del pago de anticipos, el incumplimiento de la obligación de retener o percibir y la obtención de devoluciones o reintegros indebidos. Al respecto, Iglesias (2010) afirma que los deberes tributarios materiales están relacionados con el pago de los tributos, en efecto, los contribuyentes una vez ocurrido el hecho imponible cuyarealización origina el nacimiento de la obligación tributaria, deben calcular la cuantía del tributo para su respectivo pago. Todas las obligaciones tributarias se fundamentan en la máxima constitucional conforme a la cual toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la Ley, como lo establece el artículo 133 de la Constitución de 52 la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999), por lo cual es un deber pagar tal tributo. Los deberes materiales tributarios no son expresamente conceptualizados ni destacados en el COT (2001) de la misma forma explícita que se le dedica a los deberes formales, pero si quedan expresamente indicados al considerar las disposiciones del artículo 109 en el cual se establecen los ilícitos materiales, incluyendo dentro de ellos el retraso u omisión en el pago de tributos o del pago de anticipos, el incumplimiento de la obligación de retener o percibir y la obtención de devoluciones o reintegros indebidos. Por ende, los deberes tributarios materiales están relacionados con el pago de los tributos, en efecto los contribuyentes una vez ocurrido el hecho imponible cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria, deben calcular la cuantía del tributo para su respectivo pago; siendo considerados los planteamientos de COT (2001) destacar los objetivos y metas establecidas por la industria láctea para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; considerando los deberes formales en el ISLR y el IVA. 2.3.1. Estrategias para aprovechar los Beneficios Tributarios De acuerdo con David (2008) la estrategia se define como el proceso conducente a la fijación de la misión de la firma, llevando a cabo una investigación con el objetivo de establecer las debilidades, fortalezas 53 oportunidades y amenazas externas, realizando análisis que comparen factores internos y externos, fijando objetivos y estrategias para la empresa. En materia tributaria, Parra (2008) indica que la estrategia corresponde a un conjunto de acciones focalizadas en lograr la planificación estratégica. En principio se debe tener en cuenta: (a) Proyecciones de los próximos tres a cuatro años, (b) Levantamiento de información vital, como por ejemplo, qué incentivos tributarios existen en el área de influencia, amerita hacer nuevas inversiones y cuáles serían los beneficios en este sentido. El mismo autor acota que debe incluirse si se tienen deudas y/o acreencias en moneda extranjera, el patrimonio es deficitario, existen contingencias tributarias, legales, el pasivo social se encuentran reconocido en toda su extensión, los activos se encuentran bien valuados, el costo de las ventas incluye realmente todos los desembolsos para colocar los productos, (c) Información histórica, muchas veces, transacciones y operaciones financieras ideadas y llevadas a cabo en el pasado, quedan archivadas, básicamente, por rotación del personal gerencial, asesores, entre otros. Explica Vergara (2011) que con la información financiera disponible, actualizada, las áreas sensibles del negocio son abordadas con la intención de adecuarlas, tipificarlas dentro de la norma tributaria. Luego, conocer el efecto inmediato de los tratamientos, escenarios que podría tener una operación dada. a) Exenciones: El Código Orgánico Tributario (COT, 2001) en el artículo 73, establece que las exenciones se definen como la dispensa 54 total o parcial del pago de la obligación tributaria, otorgada por la ley. Este beneficio recae sobre el sujeto pasivo de la obligación tributaria y del mismo se favorecen todos los sujetos pasivos que se encuentren en el supuesto de hecho prescrito taxativamente en la ley, sin necesidad de una solicitud previa. La exención opera sus beneficios indefinidamente, mientras no se altere la ley que le consagre o el supuesto de hecho que la hace procedente. En el criterio de Moya (2006), la exención es una figura jurídica tributaria, en virtud de la cual se eliminan de la regla general de causación ciertos hechos o situaciones imposibles, por razones de seguridad, conveniencia o política económica. Por tanto, son hechos enmarcados en la definición legal del supuesto de la tributación. Por su parte, Giuliani (2008) señala que las exenciones consisten en la excepción del cumplimiento del pago de la obligación tributaria, otorgada por la Ley. Para el autor, la reducción de tasas a un sector de sujetos pasivos, no constituye exención, porque se produce la relación tributaria; de igual forma, las bonificaciones acordadas por las normas a los contribuyentes que extingan por la paga dentro del término acordado, sus obligaciones tributarias, no son exenciones. El mismo autor expresa que se considera de esta forma pues ésta impiden el nacimiento de la deuda tributaria y ninguna bonificación extraordinaria u ordinaria, por amplia que sea, es excluyente de la relación obligacional, dado que la bonificación, es simplemente reducción 55 condicionada de deuda, es una remisión parcial, sujeta a la condición suspensiva del pago dentro del plazo acordado, y finalmente, las normas que a texto expreso realiza la exención de la alícuota. Asimismo, Villegas (2008) indica que la exención tributaria indiscutiblemente, es una figura de derecho tributario en cuanto es un beneficio concedido por quien tiene la facultad de legislar en esta materia; es decir, la norma que la prevé involucra al sujeto pasivo de la obligación tributaria, así como el supuesto de hecho traducido en hecho imponible generador de la referida obligación. La exención es definida por García y Gross (2010), entendiéndose en términos de un recurso enfocado en evitar una obligación tributaria, de acuerdo con lo dispuesto por la ley, en un determinado caso. Para tales fines, consta de un beneficio tributario, el cual se adjudica en términos de un privilegio tributario el cual dispensa el pago de un impuesto, exigido por una autoridad o jurisdicción, o bien, es producto de situaciones en las que no nace obligación tributaria, aún cuando se ha realizado el hecho imponible. En esta misma línea de análisis, para Lozano (2011) la exención constituye una dispensa, total o parcial, de la obligación que recae sobre el sujeto pasivo de la obligación tributaria, strictu sensu, de pagar el monto del tributo para dispensar a alguien del cumplimiento de una obligación, es esencial, por necesidad lógica, considerar como existente esa obligación de cuyo cumplimiento se exime al sujeto pasivo. 56 Por tanto, la exención representa un beneficio que concede la Ley al contribuyente y están bien descritos para tal fin. Fundamentalmente las exenciones las reciben instituciones y organismos del Estado, esto último con fundamentando en el hecho de minimizar documentaciones para caso. La Ley establece que exenciones otorgadas por los organismos competentes pueden ser modificadas posteriormente, pero en cualquier caso los beneficios no exceden por más de cinco (5) años. Por consiguiente, se infiere que la exención ocurre cuando el supuesto de hecho previsto en la ley nace, pero que el legislador examine al contribuyente, respecto de quien se produjo ese hecho imponible, del cumplimiento de la obligación tributaria; siendo considerado a los efectos de este estudio los planteamientos del COT (2001) a los fines de responder al objetivo específico centrado en distinguir las estrategias planteadas por la industria láctea para el aprovechamiento de los beneficios tributarios. b) Exoneraciones: El Código Orgánico Tributario (COT, 2001), establece en su artículo 73 que la Ley autorizaal Ejecutivo Nacional para conceder exoneraciones, especificará los tributos que comprenda los presupuestos necesarios para que proceda y las condiciones a los cuales está sometido el beneficio, expresando en su artículo 74 del código in comento, que la ley a través de sus disposiciones puede facultar al Ejecutivo Nacional para someter la exoneración a determinadas condiciones y requisitos, entre los cuales incluyen un plazo máxima será de cinco años, vencido este lapso. 57 De igual forma, el artículo in comento confiere facultades al Ejecutivo Nacional podrá prorrogarlo e indica cuáles serán aplicables al ejercicio fiscal que se encuentre en curso para la fecha de inscripción en el registro de exoneración, la cual podrá realizarse hasta el último día del cierre del ejercicio fiscal correspondiente; indicando que quedan obligadas a inscribirse las personas naturales que hayan obtenido ingresos brutos superiores a dos mil seiscientos veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.) en el ejercicio anterior registrado operativamente por la empresa. De acuerdo con Villegas (2008), las exoneraciones son dispensas totales o parciales de la obligación tributaria, concedidas por el Ejecutivo en los casos autorizados por la ley. Estas son concedidas por el Ejecutivo y esta facultad solo puede ejercerla en los casos para los cuales ha sido autorizado por la ley. Por tanto, tales dispensas se rigen por decisiones que deben enmarcarse en las leyes vigentes. Por su parte, Cazorla (2010) expresa que la exoneración, es la libración del cumplimiento de una obligación o carga. En la legislación tributaria, se entiende como la dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria, concedida por el Ejecutivo Nacional en los casos autorizados por la ley. Por tanto, se infiere de lo antes expuesto, que la exoneración comprende la dispensa que realiza el Ejecutivo Nacional atendiendo a la disposición legal que la autoriza, esto por disposición establecido en la 58 Constitución Bolivariana de la República de Venezuela (1999); siendo considerados los planteamientos del COT (2001) al momento de distinguir las estrategias planteadas por la industria láctea para el aprovechamiento de los beneficios tributarios. c) Rebajas: Para Villegas (2008), las rebajas constituyen un incentivo tributario, otorgado por la Ley al contribuyente, con la finalidad de estimular su actividad económica o inversión. Cuando se realizan por inversiones, son un estimulo para el inversionista, ya que mediante este subsidio el productor tiene la oportunidad de ver crecer su economía así como la de la empresa. Para Cazorla (2010), las rebajas tributarias son establecidas en términos de un beneficio tributario, a los fines de considerar una situación particular de un sector, o para estimular en alguno de sus ámbitos la actividad económica. Estas rebajas la determina la ley en los casos particulares en los cuales aplique. Calvo (2010) afirma que las administraciones tributarias a través de las disposiciones legales vigentes aplican determinadas rebajas a los gravámenes a las ganancias de capital. Es importante que la empresa aproveche las rebajas tributarias, así como estudie los lapsos establecidos a fin de apoyar el crecimiento productivo. Por tanto, se entiende en lo señalado, que la rebaja se refiere a los montos determinados en las leyes especiales que se disminuyen de la cantidad total a pagar por concepto de tributo. 59 2.4. Empresas de Explotación Láctea 2.4.1. Definición La empresa o industria láctea pertenece a un sector que tiene como materia prima la leche procedente de animales de la producción láctea de bovinos. La leche es uno de los alimentos más básicos de la humanidad. Los sub-productos que genera esta industria se categorizan como lácteos e incluyen una amplia gama que van desde los productos fermentados o no, como el yogur y el queso, mantequilla, helados, entre otros. 2.4.2. Las Empresas de Explotación Láctea en Venezuela Históricamente los venezolanos fueron grandes consumidores de productos lácteos. En la década de los 70 y principios de los 80, CAVILAC, (2005) indica que el consumo per cápita (CPC) venezolano solo era superado, a nivel sudamericano, por los CPC de la Argentina y del Uruguay. Desafortunadamente, explica esta organización mencionada, el consumo de leche en Venezuela ha estado en franco descenso durante los últimos 17 años. De un consumo de 151 litros/ persona/ año alcanzado en 1988, ha caído a niveles cercanos de 70 litros/ persona/ año. Es importante recalcar que el CPC actual es significativamente inferior al CPC de 1961, cuando los venezolanos consumían 117.8 litros leche/ persona/ año. 60 Como se mencionó anteriormente, entre los años sesenta y principio de los ochentas el CPC de leche en Venezuela era significativamente superior al consumo promedio de los países Sur Americanos y al de sus vecinos. Sin embargo, CAVILAC (2005) afirma que desde el año 1994 ha disminuido en forma dramática. Desde entonces, el CPC ha sido significativamente menor que el promedio de consumo sudamericano y el de los países vecinos. Lo que agrava más este escenario es que entre el 2001 y el 2003 la brecha entre Venezuela y sus vecinos se ha acentuado, no solo por los aumentos en consumo en esos países, sino por una disminución del 12.1% en la ingesta nacional en el mismo período. Según Paredes (2008), se divide la evolución del sector lácteo en tres etapas. La primera etapa se caracterizó por un crecimiento sostenido de la producción nacional con la incorporación de nuevas tierras a la actividad pecuaria y a través del aumento del rebaño nacional. Durante este período el estado invirtió agresivamente en infraestructura, el sector privado y la inversión extranjera instalaron las primeras plantas procesadoras de leche y mataderos industriales en la cuenca del lago de Maracaibo, lo que promovió el desarrollo de esta zona lechera al asegurar un mercado estable para la incipiente producción. De acuerdo con el autor, la segunda etapa se caracterizó en sus primeros años por el boom económico venezolano, consecuencia única de los altos precios internacionales del petróleo. Esta bonanza permitió la implementación de políticas de apoyo al sector productor, a la industria y al 61 consumo. Fue de gran importancia, en el inicio de esta etapa, la implementación del “Programa del vaso de leche escolar” que se inició a mediados de los 70 y que fue la primera iniciativa de masificación del consumo de leche pasteurizada para beneficiar a los niños de las clases sociales más necesitadas. Sin embargo, en 1983 ocurre la primera gran devaluación del bolívar y se rompe el espejismo de la Venezuela Saudita. Según Paredes (2008), acota que se instauró un control de cambio y se favoreció al sector lácteo a través de un elevado paquete de incentivos con acceso a dólares preferenciales. Se importaron alrededor de 110,000 vientres especializados en leche, además de insumos, maquinarias y equipos. Expresa el autor antes mencionado, que se entregaron créditos a tasas inferiores a la inflación lo que atrajo a un gran número de personas que entraron al negocio, por motivos financieros, sin tener experiencia o conocimiento en el ramo. Si bien ese paquete de incentivos promovió un crecimiento de la producción del 3.8% interanual, no tuvo el mismo efecto sobre el consumo, ya que a partir de 1984, el consumo de leche pasteurizada sufrió una muy importante reducción debido a la eliminación de los subsidios al consumo en ese rubro. Paredes (2008), señala que la tercera etapa se caracterizapor 15 años de desequilibrios macroeconómicos que han llevado a la economía a entrar en crisis y que han aumentado los niveles de pobreza. Esta situación ha traído como consecuencia una erosión en el poder adquisitivo del 62 venezolano la cual ha contraído significativamente el consumo de alimentos de alta densidad nutricional como la leche. Adicionalmente, en la última década no han existido políticas públicas a largo plazo, tampoco privadas, orientadas al circuito lácteo y apuntadas a fomentar el incremento cuantitativo y cualitativo de la producción lechera nacional, con el fin de cubrir los requerimientos del mercado, a precios razonables, para así poder incrementar el CPC. Por otro lado, el autor afirma que los sistemas de producción en las explotaciones lecheras deben ser capaces de combinar la rentabilidad con la responsabilidad de la protección de la salud humana, de la salud animal, del bienestar animal y del medio ambiente. Para acceder con éxito al mercado, todos los eslabones de la cadena láctea deben asumir esa responsabilidad, desde las explotaciones lecheras hasta el consumidor final. Según Paredes (2008), agrega que a los ganaderos, como primer eslabón en la cadena de suministro, se les debe proporcionar la oportunidad de añadir valor a su producto, adoptando métodos de producción que satisfagan las demandas de los transformadores y de los consumidores. Agrega el mismo autor señalado, que el objetivo de las explotaciones lecheras es el de producir alimentos. Aspiran a salvaguardar la salubridad y calidad de la leche cruda de forma que satisfaga las más altas expectativas de la industria alimentaria y de los consumidores. Las prácticas en la 63 explotación deben también asegurar que la leche sea producida por animales sanos, bajo condiciones aceptables para estos últimos y en equilibrio con el entorno medioambiental local. A las empresas lácteas en Venezuela las representa la Cámara Venezolana de Industrias Lácteas (CAVILAC), quien es responsable de los intereses, promueve la libre iniciativa; propugna la vigencia de las libertades económicas procurando un equilibrado desarrollo socio-económico nacional; de las actividades de producción, fabril y comercial de los lácteos y derivados. Es objetivo fundamental de CAVILAC, organización que mantiene con respeto y con orgullo la representación de las más importantes empresas procesadoras del país, contribuir al fortalecimiento y desarrollo de toda la cadena productiva de la leche y productos lácteos de importancia estratégica fundamental, no solo para garantizar el consumo de un alimento indispensable para la población venezolana sino que también, constituye una promesa de bienestar para los cientos de miles de venezolanos que participan con su esfuerzo, desde los más remotos lugares del campo venezolano hasta la mesa del consumidor final. 2.4.3. Generalidades Sobre el Impuesto sobre la Renta Respecto a la definición del Impuesto sobre la Renta (ISLR), el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (2009) explica que éste tributo grava las ganancias, así como también el incremento de 64 patrimonio de la persona natural o jurídica, el cual es resultante de una inversión determinada o generado por la rentabilidad de un capital, por el trabajo bajo relación de dependencia o el ejercicio libre de la profesión, y en general, los enriquecimientos derivados de la realización de cualquier actividad económica o de la obtención de un privilegio determinado. El SENIAT (2009) expresa que su ámbito de aplicación se centra en gravar todos los enriquecimientos anuales netos disponibles en razón de actividades económicas realizadas tanto en Venezuela como fuera de su territorio, independientemente de que quien las realice sea nacional o no. Este impuesto se rige esencialmente por dos instrumentos jurídicos, la Ley de Impuesto Sobre La Renta (LISLR, 2007), y el Reglamento General de la Ley de impuesto sobre la Renta (2003). De acuerdo con el artículo 1 de la ley de Impuesto sobre la Renta (2007): Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta ley. Salvo disposición en contrario de la presente ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en la República Bolivariana de Venezuela. Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija. 65 Por tanto, se evidencia en el artículo antes expuesto, que el Impuesto sobre la Renta es un tributo dirigido a gravar el ingreso de las personas y entidades económicas, siendo aplicable en Venezuela a los enriquecimientos anuales obtenidos en dinero o en especie por las personas naturales o jurídicas residentes o domiciliadas en el país, así como también los provenientes de fuente venezolana obtenidos por no residentes o no domiciliados en el país, así como también los provenientes de fuente venezolana obtenidos por no residentes o no domiciliados en el país. Así, el Código Orgánico Tributario (COT, 2001) en su artículo 18 el sujeto activo de obligación tributaria es el ente público acreedor del tributo, y éste en la teoría de las obligaciones, es la persona en beneficio del cual el deudor va a realizar o resulta comprometido de acuerdo a la ley, como ocurre el derecho tributario y también se le llama sujeto activo porque es quien exige el cumplimiento de una obligación y quien dispone de los medios legales necesarios para alcanzarse cumpliendo aun de manera forzada. Así mismo el Código Orgánico Tributario (COT, 2001) en su artículo 22 expresa que son los contribuyentes y los sujetos pasivos respecto de los cuales se verifica el hecho imponible y esa condición puede recaer, según las condiciones establecidas en la norma, quien especifica sus características como contribuyentes. Siguiendo el mismo orden de ideas, el Decreto 8210 de Exoneración de Impuesto sobre la Renta para el sector primario, según Gaceta 39.670 de fecha 10 de mayo del 2.011, expresa lo siguiente: 66 Art. 1. Se exoneran del pago del impuesto sobre la renta los enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de la explotación primaria de las actividades agrícolas, forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas, piscícolas, obtenidos por personas naturales, por personas jurídicas, residentes en el país, conforme a lo establecido en el presente Decreto. Este beneficio es sólo aplicable a los productores a nivel primario, es decir, no puede someterse el producto a transformación ni de industrialización y el monto del impuesto a pagar debe ser reinvertido en la actividad productora. Para mantener la exoneración el productor debe cumplir con una serie de lineamientos como son los deberes formales que establecen el decreto en cuestión, la Ley de Impuesto sobre la Renta (2007) y su Reglamento (2003). 2.5. Generalidades sobre el Impuesto al Valor Agregado
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