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La Medianería Condominio con indivisión forzosa
La cosa no se puede dividir, 
porque sino pierde su esencia o 
su sentido del ser.
Por ej: supongamos la titularidad 
dominio de un vehículo , 
compartida por dos personas. No 
podemos dividirlo en autopartes y 
asignar el volante a un titular y el 
motor a otro titular; sin que el 
auto deje de ser un vehículo
Art. 2004 CCyC: “Existe indivisión forzosa 
cuando el condominio recae sobre 
cosas afectadas como accesorios 
indispensables al uso común de dos o 
más heredades que pertenecen a 
diversos propietarios 
Muro Medianero
Muro Medianero encaballado 
en LDP
Código de la Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, art. 5.8.3.1: 
Un muro divisorio entre predios que en cualquier nivel cierra partes cubiertas, debe ser construido en albañilería de ladrillos macizos o de piedra. 
El espesor de un muro divisorio puede ser de 0,45 m o de 0,30 m 
Art. 2008 CCyC: “El muro de cerramiento 
forzoso debe ser estable, aislante y de altura no 
menor a tres metros contados desde la 
intersección del límite con la superficie de los 
inmuebles. 
Esta medida es subsidiaria de las que disponen 
las reglamentaciones locales 
Dos muros de 15cm de 
espesor , contiguos, SON 
PRIVATIVOS DE CADA 
PARCELA
Art. 2007 CCyC: “Cada uno de los propietarios de 
inmuebles ubicados en un núcleo de población o en 
sus arrabales tiene frente al titular colindante, el 
derecho y la obligación recíprocos, de construir 
un muro lindero de cerramiento, al que puede 
encaballar en el inmueble colindante, hasta la mitad 
de su espesor 
Condiciones que deben cumplir los muros medianeros
Situaciones de la medianería
En esta situación se puede ABDICAR a los 
derechos de la Medianería
Arts. 2028 y 2029 CCyC: El vecino 
puede liberarse de conservar y/o 
reconstruir un muro mediante la 
ABDICACION (renuncia) de su 
derecho de medianería perdiendo 
no solamente el derecho sobre el 
50% indiviso del muro sino 
además sobre la franja de terreno en 
el que se asienta. 
Si se sirve del muro; no se 
puede ABDICAR
Signos de la medianería
Nos sirven para dar prueba de la existencia de la 
medianería en los casos en los que no exista 
justo titulo.
Esto implica que en la superposición con la 
nueva edificación, hasta esa altura, los polígonos 
de superposición no serán objeto de convenio. 
La nueva edificación no pagará la adquisición de 
derechos hasta esa altura. YA ESTAN 
ADQUIRIDOS POR SITUACION ANTERIOR
Formas de adquisición de los derechos de Medianería
Contribución para la Construcción en común: 
Ambos linderos construyen compartiendo el coste de la 
construcción del muro encaballado.
Cesión de Derechos: Uno de los propietarios de una de 
las parcelas construye el muro encaballado; y cuando en la 
otra parcela comienzan a servirse del muro; podrá cederle los 
derechos gratuitamente o venderle los derechos al nuevo 
lindero (CONVENIO DE MEDIANERÍA)
Prescripción: transcurridos 5 años, del primer uso del 
muro, prescribe la acción por cobro y transcurridos 10 o 20 
años se adquirirán los derechos de medianería; según si la 
disposición y uso del muro se hace con justo titulo o sin el.
Compensación: un propietario de una de las parcelas 
decide reconstruir a su coste algún sector del muro porque no 
le sirve, entonces adquiere derechos sin tener que comprarlos
Determinación del antecesor común: el propietario de 
dos parcelas linderas; decide vender las parcelas y entonces 
según como se encuentren las edificaciones en las parcelas 
respecto del muro; definirán si se lo considerará medianero o 
privativo 
Readquisición: Si en una de las parcelas se abdican los 
derechos ; se puede readquirirlos pagando los derechos 
correspondientes + la franja de terreno donde se asentaba el 
muro,(perdida durante la abdicación).
B
A
S
IC
A
S
A
LT
ER
N
A
TI
V
A
S
Extinción
Muro condenable
Confusión
Abdicación
Cuando se pierde el condominio porque hay un mismo propietario de dos parcelas linderas
Cuando conviene la demolición del muro a las reparaciones en el mismo
Cuando se pierde el condominio porque se corre el eje y el muro se transforma en privativo

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