Logo Studenta

regimen de las cosas

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Régimen de las cosas Cosas = res 
Todo aquello que es 
susceptible de 
derechos.
Se dividen en 
Su primera división fue 
Cosas dentro del 
patrimonio RES IN 
PATRIMONIUM son 
aquellas que son 
susceptibles de ser 
apropiadas 
Cosas fuera del 
patrimonio RES EXTRA 
PATRIMONIUM son 
cosas que no se 
pueden apropiar RES HUMMANI JURIS cosas que 
corresponden al derecho 
humano 
- RES COMMUNE son 
aquellas de uso común para 
todas las personas 
- RES PUBLICAE cullo uso 
es solo de los cuidadnos 
romanos 
- RES UNIVERSITATE son 
aquellas que pertenecen a las 
ciudades 
Próxima 
división 
RES SINGULORUM: 
Cosas susceptibles a 
apropiación, es decir, 
aquellas que no entrar 
en las anteriores 
clasificaciones
COSAS MUEBLES: Cosas 
que se pueden mover por 
si mismas o con ayuda del 
hombre.
COSAS INMUEBLES: Cosas 
que no se pueden 
trasladar.
COSAS CORPORALES: Las 
que se pueden percibir, es 
decir, las que se puede 
tocar. 
COSAS INCORPORABLES: 
Derechos que se ejercen 
sobre las personas o 
cosas. 
DERECHOS REALES: La relación 
que tiene una persona y una 
cosa.
DERECHOS PERSONALES: la 
relación de dos personas y la 
posibilidad que tiene una para 
exigirle el cumplimiento de una 
obligación.
RES DIVINI JURIS cosas que 
corresponden al derecho divino 
- RES SACRAE son 
aquellas o objetos destinados al 
culto, por ejemplo, las iglesias 
son un res sagrae 
- RES RELIGIOSAE eran 
los terrenos destinados para 
sepultura y los monumentos que 
se levantaban en la sepultura 
- RES SANCTAE son 
aquellas cosas que representan 
el inicio o llegada de las ciudades 
	regimen de las cosas.vsdx
	Página-1

Otros materiales