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REGIMENES Y TRATAMIENTOS ESPECIALES

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Procedimientos de la gestión aduanera 
para potenciar la capacidad exportadora
PROCEDIMIENTOS DE LA GESTION ADUANERA
 PARA POTENCIAR 
LA CAPACIDAD EXPORTADORA
UNIDAD TEMÁTICA 2: REGIMENES Y TRATAMIENTOS ESPECIALES
2.1. NATURALEZA, ALCANCE Y OBLIGADOR
Contenido
LA OBLIGACIÓN ADUANERA...................................................................................2
OBLIGACIÓN PERSONAL......................................................................................2
Obligados Directos..........................................................................................3
Obligados Indirectos........................................................................................3
OBLIGACION REAL..............................................................................................3
OBLIGACIÓN ADUANERA DE CADA RÉGIMEN ADUANERO......................................4
Régimen de importación....................................................................................4
Régimen de exportación.....................................................................................4
Régimen de tránsito aduanero...........................................................................4
Régimen de aduanas..........................................................................................4
LA OBLIGACIÓN ADUANERA
Uno de los factores que evitará la comisión de infracciones o la pérdida de
mercancía es comprender perfectamente el cumplimiento de la obligación
aduanera, que se entiende como el vínculo entre la autoridad aduanera y
cualquier persona que tenga una relación, directa o indirecta con un régimen,
una modalidad o una operación aduanera; esto también incluye el pago de los
tributos aduaneros, intereses, tasas, recargos y sanciones generados.
Estas personas sólo serán responsables por el cumplimiento de sus obligaciones
y responderán de acuerdo con su grado de intervención. Para el entendimiento
de este concepto, se toma como ejemplo una parte del proceso de exportación,
donde primero se identificarán quienes son los obligados aduaneros que
participan:
- Exportador.
- Agencia de aduanas.
- Transportador
- Titular del puerto por donde saldrá la mercancía.
De esta forma, el exportador y la agencia de aduanas son los responsables de
diligenciar la solicitud de autorización de embarque SAE, por su parte, el
transportador es el encargado de trasladar la mercancía desde su compañía
hasta la zona de embarque a través de una planilla de traslado. Cuando culmine
este traslado, el titular del puerto recibirá la mercancía, realizará un aviso de
ingreso y sólo permitirá la salida al exterior cuando la aduana autorice el
embarque.
Con este resumido ejemplo, concebimos el rol que cada obligado cumple en la
exportación de acuerdo con su grado de intervención, es decir, el transportador
no es responsable por la elaboración de la solicitud de autorización de
embarque, ya que esto le corresponde a la agencia de aduanas. De otra parte, el
trasportador si será responsable por la pérdida de la mercancía, mientras que se
encuentre en desarrollo de sus actividades.
De forma general, se puede confirmar que es ahí donde se encuentra la clave
para entender el régimen sancionatorio, esto es una relación de causa –
consecuencia “Un espejo entre cada obligación que se conecta con una
infracción”.
OBLIGACIÓN PERSONAL 
Se define como el cumplimiento de las actividades que está ligado y se exige a
las personas o los usuarios aduaneros. Este concepto involucra tanto a personas
como lugares, ya que, la legislación aduanera distingue entre dos tipos de
obligados, los directos e indirectos.
 
Obligados Directos
Son todos aquellos usuarios nombrados en la legislación que cumplen un rol en
las operaciones aduaneras, como son los importadores, exportadores, agencias
de aduanas, transportadores, agentes de carga internacional, entre otros. Cabe
mencionar que también incluyen lugares como los depósitos, puertos,
aeropuertos y demás actores.
Obligados Indirectos
Resulta más complicada su identificación ya que la norma señala que podrá ser
cualquier persona que haya intervenido en un trámite aduanero y en general,
cualquiera que sea requerido por la autoridad aduanera. En pocas palabras,
indica que los indirectos serían todos los demás que no sean directos, es decir,
los bancos, aseguradoras, operadores de los dispositivos electrónicos de
trazabilidad e incluso cada uno de nosotros como terceros compradores de un
producto importado.
Vale la pena mencionar una recomendación clave en las operaciones aduaneras,
se trata de asegurarse de contratar siempre a usuarios aduaneros con buen
recorrido en el comercio, y de preferencia que tenga la calificación de OEA, ya
que el perfil de riesgo de los terceros que participan en la operación incide
directamente en su propio perfil. Por ejemplo, si se contrata una agencia de
aduanas de dudosa reputación, se debe tener cuidado, ya que estaría sujeto a
un mayor control por parte de las autoridades, generando incremento en los
costos y en el tiempo de espera.
OBLIGACION REAL
La legislación se ocupa de las personas y mercancías, este tipo de obligación se
le conoce como real, de esta manera, toda mercancía sometida a un régimen
aduanero deberá cumplir con los trámites propios de cada uno y en caso de
incumplimiento aplicará la medida cautelar, siendo la figura de aprehensión la
más utilizada.
Así mismo, cuando se incumple una obligación se aplica una sanción, mientras
que cuando tal incumplimiento se produce sobre un trámite aduanero que
involucre la mercancía, lo que procede es una aprehensión. En resumen, son dos
hechos con naturaleza distinta y por tal motivo no aplica la limitación “de dos
veces por lo mismo”, el cual se abordó en los principios aduaneros.
 
OBLIGACIÓN ADUANERA DE CADA RÉGIMEN ADUANERO
Los regímenes aduaneros comparten cosas en común, una de ellas es que cada
usuario es responsable por su grado de intervención, así como por la entrega de
la información que solicite la administración aduanera.
En cuanto a sus diferencias se encuentran las siguientes:
Régimen de importación
Ø En el régimen de importación, el principal responsable es el importador,
quien deberá acreditar la legal introducción de las mercancías al país. 
NOTA: El único documento que demuestra el cumplimiento de los trámites
aduaneros de la mercancía es la declaración de importación, es vital conservarlo
por el término de la vida útil de la mercancía.
Ø Hace parte de la obligación aduanera en la importación, el pago de los
tributos aduaneros, lo cual no ocurre en la exportación.
Régimen de exportación 
La norma se limita a describir todos los pasos que se deben llevar a cabo en la
exportación, lo que se resume en el cumplimiento de los trámites aduaneros
para la salida de las mercancías, de tal forma que el responsable será el
exportador y los demás usuarios aduaneros, de acuerdo con su grado de
intervención. 
Régimen de tránsito aduanero
El transportador será responsable por finalizar el régimen en los plazos que
establece la norma y de ejecutar la operación de forma correcta. El alcance de la
obligación aduanera de este régimen comprende la presentación de la
declaración aduanera, la ejecución de la operación y la finalización del régimen,
así como la obligación de obtener y conservar los documentos soporte, atender
los requerimientos de la autoridad aduanera, y, en general, cumplir con las
exigencias, requisitos y condiciones establecidas.
Régimen de aduanas 
En este caso se presume la responsabilidad objetiva, la cual constituye que el
usuario aduanero será el responsable por el incumplimiento de la obligación o
tramite sin que se valore el grado de culpabilidad, esto significa que incumplir la
regulación acarrea una sanción o decomiso.Cabe destacar que para algunos
expertos el régimen sancionatorio puede llegar a ser inequitativo ya que la
regulación no distingue la comisión de una infracción como consecuencia de un
error o si existía la intención del operador para evadir el pago de tributos
aduaneros.
NOTA: Se espera que estas falencias se vean corregidas en el nuevo régimen
sancionatorio y de decomiso del año 2023.
 
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