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Adm pública- Preguntas de examen Unidad 5

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UNIDAD Nº 5
1) INGRESOS (RECURSOS) TRIBUTARIOS: a) Definición. Finalidades fiscales y extrafiscales. Ejemplos.
Clasificación de los mismos; b) Características (caracterización): Importancia de las mismas. Explique la siguiente:
“las prestaciones deben ser preferentemente dinerarias” (con las consecuentes críticas al pago en especie). (30 puntos)
a) TRIBUTOS: extracciones coactivas (se prescinde de la voluntad de los obligados) de una parte de la riqueza de los particulares, con base legal, preferiblemente en dinero, con el propósito básico de obtener ingresos para cubrir las necesidades públicas, sin perjuicio de perseguir, además, objetivos extrafiscales, todo ello en procura de la finalidad máxima de promover el bienestar general.
Por lo tanto, los Ingresos Tributarios son aquellos medios pecuniarios de que dispone el Estado para cubrir los servicios y funciones públicas a su cargo y que derivan de las detracciones denominadas tributos.
Se clasifican en Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales. Estas últimas, a su vez pueden ser Contribuciones de Mejoras o Contribuciones Parafiscales.
Finalidad fiscal: obtención de recursos para la realización de gastos destinados a la prestación de los servicios públicos.
Finalidad extrafiscal: los fines extrafiscales intentan modificar alguna conducta de los operadores económicos. Por la aplicación de gravámenes sobre los cigarrillos y sobre las bebidas alcohólicas, los derechos que se cobran a la importación, exportación, etc.
Finalidad mixta: esta finalidad surge de la combinación de las dos anteriores. Por ej. el impuesto sobre los cigarrillos y sobre las bebidas alcohólicas (Imp. Internos), desalientan su consumo y, a su vez, con su recaudación se financian los gastos públicos. Otros: Impuestos aduaneros, Imps. Sucesorios
Esto significa que el Estado no sólo aplica impuestos para financiar servicios sino que, a veces, los aplica con el ánimo de encauzar la economía o beneficiar a un sector social, etc.
Por ej. Puede aplicar un impuesto a las industrias que se localizan en determinado radio de la ciudad para que se instalen fuera de ella.
b) CARACTERIZACION DE LOS INGRESOS TRIBUTARIOS.
La caracterización y el tratamiento de los tributos en sí mismos, son importantes para:
- establecer los elementos comunes a sus especies (impuestos, tasas y contribuciones especiales)
- diferenciarlos de los otros ingresos públicos.
Las prestaciones son preferiblemente dinerarias: Que las prestaciones sean dinerarias es una característica de nuestra economía monetaria, aunque no es forzoso que así suceda. Por ej. en los códigos tributarios de Brasil y Méjico se admite que la prestación tributaria sea en especie. Es suficiente que la prestación sea pecuniariamente valuable.
HAY DIVERSAS CRÍTICAS a la modalidad de PAGO EN ESPECIES. Por ej.
1) Se dice que los deudores deben pagar al Estado sus tributos en dinero porque la economía de trueque no puede existir para las deudas tributarias.
2) Otra crítica es que si ese beneficio se extendiera masivamente podría provocar un quiebre de las finanzas estatales porque el Estado, al reducir su ingreso en dinero, quedaría sin recursos para satisfacer las necesidades básicas.
En nuestro país han ocurrido hechos de pago de tributos por medio del trueque. Esta modalidad sólo puede ser aceptable si se dan ciertas condiciones como las siguientes:
1.- que se trate de situaciones excepcionales,
2.- que los bienes recibidos por el Estado le sean absolutamente necesarios, etc.
2) TEMA: SISTEMA TRIBUTARIO: I) Responda qué entiende Ud. por sistema tributario y por régimen tributario. Caracterice los sistemas tributarios denominados racionales y los denominados históricos. II) Enuncie las denominadas “reglas clásicas de la tributación”, comente cada una de ellas y practica su relación con los actuales principios de la imposición. (30 puntos).
La multiplicidad de impuestos se ha impuesto por sobre la imposición única debido a las amplias necesidades fiscales que mantiene la actividad financiera del Estado moderno. Pero esta multiplicidad reclama un ordenamiento sistemático que implique una cierta armonía de los diversos impuestos entre sí y con los objetivos de la imposición fiscal y no fiscal (recordemos que pueden existir impuestos de ordenamiento con objetivos extrafiscales: p. ej. Derechos aduaneros o p. Ej. la imposición predial o patrimonial).
La armonía puede lograrse por ser obra intencional del legislador, o puede haberse producido sola por evolución. El primer caso lo llamamos “sistema tributario “racional” y el segundo caso sistema tributario “histórico”.
Ejemplos de lo primero lo encontramos en la imposición británica que ha derivado en la literatura anglosajona sobre los principios económicos de la imposición que asegurarían en su observancia mayor consenso en la imposición y éxito en el financiamiento pacífico de la AFE. En cambio ejemplos de lo segundo se encuentran en la evolución de la imposición francesa al consumo o la imposición alemana a la renta que han arribado a sistemas estables mediante el progreso experimental. Sin embargo también existe la posibilidad del desvío de la ruta del consenso en la tributación y tomar el sendero de la yuxtaposición desordenada de tributos para finalmente desembocar en algo muy distinto del “sistema tributario”. Es lo que algunos autores denominan por oposición “régimen tributario”: las normas se imponen inorgánicamente, sin orden y sin justificación con el sólo propósito de lograr mayores recursos.
3) TEMA PRINCIPIOS DE LA IMPOSICIÓN: Enuncie las denominadas “reglas clásicas de la tributación” y explique su relación con los actuales principios de la imposición. (20 puntos).
El interés de buscar un SISTEMA TRIBUTARIO para cualquier país se basa en el reconocimiento de ciertas reglas observables que conformaron un sistema de ideas con relación al fenómeno tributario a las que se denominó de la PRINCIPIOS DE LA IMPOSICION OPTIMA. Esto preocupó desde antaño dado que Adam Smith ya había enunciado en el siglo XVIII las famosas reglas clásicas de la tributación (CERTEZA, comodidad, ECONOMIA Y JUSTICIA). Certeza en cuanto a que el tributo que cada persona debe pagar necesitará ser cierto y no arbitrario, considera que es peor la falta de certeza que la falta de justicia en la tributación. Este principio se halla relacionado con principio de legalidad que indica que cada tributo debe ser impuesto por ley donde se debe enunciar bien claramente el sujeto, el objeto y el hecho imponible.
Cuando habla de la justicia en la tributación A Smith se refiere a que los particulares deben contribuir al mantenimiento del Estado tanto como les sea posible en proporción con sus respectivas capacidades económicas.
Este enunciado puede vincularse actualmente con los denominados principios de capacidad de pago (enunciado expresamente en muchas constituciones pero no en la nuestra) y sus derivados de Igualdad o Equidad.
También Adam Smith hablaba de la ECONOMIA como regla de tributación. La enunciaba con la clásica expresión “leave them as you find them” (dejadlos como los encontráis) con que conocimos originalmente el actual principio de neutralidad, los tributos al recaudarse deben provocar el mínimo costo de recaudación. (No distorsionen la asignación de recursos que provee la “mano invisible” es decir el mercado).
Por último Adam Smith decía que los soberanos debían gravar a sus “vasallos” con COMODIDAD para los mismos. Esto significa imponer en la fecha y forma que resulte para el contribuyente más conveniente pagar el gravamen. (Cuando la corriente financiera del contribuyente lo encuentre con disposición de efectivo para materialización la prestación pecuniaria a favor del gobierno).
4) TEMA: PRINCIPIOS DE LA IMPOSICIÓN: Analice brevemente los denominados principios económicos de la tributación. Refiérase a la utilidad práctica de estos principios. No omita considerar la enunciación producida para los mismos por la Escuela Clásica Inglesa en el siglo XVIII. (30 puntos)
Debemos entender como Principios, reglaso métodos o enfoques de la Tributación a una serie de concepciones teóricas generales pero no absolutas que establezcan por razones concretas y específicas la forma de distribuir la carga pública en el sector privado. Es un problema típico de la economía pública dado que en la ec. privada quien adquiere un bien tiene que pagar por él y hay un quid pro quo haciendo el problema inexistente.
El conjunto de principios de tributación que puedan respetarse tiende a procurar un conjunto racional y armónico de partes que forman un todo reunidas científicamente por unidad de fin y que se denomina SISTEMA TRIBUTARIO por oposición a REGIMEN TRIBUTARIO que es cuando las reglas se imponen en forma INORGANICA, SIN ORDEN Y SIN INVESTIGACION DE CAUSAS CON EL SOLO PROPOSITO DE ALLEGAR FONDOS. (FRUSTRACIÓN EN LA CONSTRUCCION DE UN SISTEMA TRIBUTARIO PARA LA ARGENTINA). El interés de buscar un SISTEMA TRIBUTARIO para cualquier país se basa en el reconocimiento de ciertas reglas que conformaron un sistema de ideas que se denominó de la IMPOSICION OPTIMA. Esto deviene del progreso alcanzado por la ciencia financiera. Aún con los progresos que se han dado en los últimos 200 años no es fácil encontrar un engarce lógico y armónico de los diversos impuestos entre sí y para con los objetivos de la imposición fiscal y extrafiscal.
Esto preocupó desde antaño dado que Adam Smith ya había enunciado en el siglo XVIII las famosas reglas clásicas de la tributación (CERTEZA, comodidad, ECONOMIA Y JUSTICIA) ver rta 2.
Modernamente y ya dentro de los tratadistas europeo-continentales en Tributación encontramos al alemán Fritz Neumark bajo cuya inspiración se desarrollaron la mayoría de los sistemas tributarios de la CEE. Es el presidente de la comisión que dio a conocer a principios de los 70 el denominado Informe Neumark para el diseño de la estructura tributaria integrada europea, que dio impulso a la difusión dentro de ella del Impuesto al Valor Agregado, posteriormente aplicado en países de América Latina
Neumark reconoce una veintena de principios o reglas de juego sobre las cuales debe girar la imposición.
Algunos de los cuales enunciaremos seguidamente
a) Neutralidad: Asimilable en su versión primigenia a la Regla de Edimburgo, ha trocado su concepto por esto de que “la interferencia del impuesto en la actividad económica y la distorsión sobreviniente en la asignación de recursos que dispone el libre juego de la fuerzas de mercado no podrá ir más allá de lo que el legislador previó interferir”. Esto relaciona el principio plenamente con el enfoque de la carga en exceso de Ramsey.
b) Optimalidad Recaudatoria: Totalmente relacionado con la tarea de búsqueda de una alícuota de impuestos óptima que permita una máxima recaudación de impuestos (concepto de Laffer).
c) Productividad: También denominado principio productivista el cual se inscribe dentro de las nuevas finalidades extrafiscales de la hacienda pública. No se trata de producir recursos fiscales sino de cumplir una función inductora o estimulante del sistema productivo consistente a través del desaliento de actividades que tienden a no producir un uso óptimo de los factores productivos es el caso del impuesto a la Renta normal potencial de la tierra, o al patrimonio ocioso ej el inmobiliario de los terrenos baldíos, o el Impuesto a la tierra libre de mejoras explícito o contenido en un impuesto Inmobiliario.
5) TEMA: PRINCIPIOS DE LA IMPOSICION. Enuncie y analice el denominado principio de productividad en la imposición y de ejemplos de tributos que podrían inscribirse dentro de su conceptualización explicando fundadamente la inclusión. (20 puntos).
El principio productivista se inscribe dentro de las nuevas finalidades extrafiscales de la hacienda pública. Según el mismo, no se trata de una mayor productividad o eficiencia en el sentido recaudatorio de tributos para las arcas fiscales (aspecto puramente fiscal) sino de que el impuesto – o los tributos en general – cumplan una función inductora o estimulante del sistema productivo, consistente en alentar (mediante exenciones, desgravaciones, tasas diferenciales,etc) las actividades privadas estimadas como productoras de riqueza; y desalentar (a través de nuevos gravámenes, aumento de los existentes, tipos impositivos discriminatorios, etc) aquellas actividades consideradas improductivas o de baja productividad económico-social, fundamentalmente cuando esta deriva del grado de voluntarismo de los agentes económicos. Constituyen ejemplos ilustrativos de la aplicación de este principio los impuestos a las rentas potenciales (de la tierra v gr.) o a los patrimonios ociosos o improductivos por voluntad del titular, entre otros (tasa general de inmuebles a terrenos baldíos, etc). En ambos casos el impacto del impuesto tiende a la remoción del mismo promoviendo un uso productivo de las parcelas.
6) Enfoques teóricos que fundamentan la imposición. Desarrolle el fundamento de cada uno de ellos y sus consecuencias en materia de política fiscal. (30 puntos)
Se pueden distinguir dos grandes enfoques:
· Enfoque de la capacidad de pago: sostiene una absoluta desvinculación entre el impuesto recaudado y la disposición de fondos (trata los gastos y los ingresos como problemas separados). La carga fiscal debe ser distribuida de acuerdo a un criterio de justicia y equidad. El fundamento de este enfoque es la necesaria existencia de solidaridad social. Se tiene en cuenta la capacidad contributiva del sujeto pasivo: la aptitud de contribuir a las arcas públicas. El concepto de capacidad de pago está asociado a la sensación de sacrificio que tenga el sujeto pasivo al contribuir con el impuesto al financiamiento público. Una menor sensación de sacrificio ante la imposición de determinada suma de dinero es consecuencia de una mayor capacidad de pago y viceversa. La dificultad de este enfoque está en conseguir una medida adecuada de la capacidad de pago: algunos se la atribuyen a la renta del contribuyente, otros a la riqueza, otros a los consumos; resulta más adecuada una medida que combine todas estas variables.
· Enfoque del beneficio o de la equivalencia: se presume la existencia de un intercambio voluntario entre contribuyentes y gobierno; el impuesto se pagaría como contraprestación por recibirse en forma concreta e individualizable un servicio, prestación o ventaja diferencial de parte del SP. La magnitud de gastos, la composición del presupuesto y la forma de financiamiento con la consiguiente distribución de la carga fiscal se determina en forma simultánea (se determina simultáneamente el nivel de tributación y el nivel de GP requerido). El conjunto de impuesto que paga la comunidad (a nivel global) es compensatorio financieramente del conjunto de actividades generales que lleva a cabo el Estado para la satisfacción de las necesidades públicas. El equilibrio fiscal estaría asegurado habida cuenta que los contribuyentes aceptarían un nivel de gasto que hiciese igual el CMg social con la UMg social de dicho gasto.
7) TEMA: TEORIAS QUE FUNDAMENTAN EL IMPUESTO: Explique la forma en que se produce la distribución de la carga financiera estatal basándose en el enfoque de la capacidad de pago. Explique las manifestaciones en que pueden observarse este concepto y que dan lugar a su medición (30 puntos)
Esta teoría es también llamada de la capacidad contributiva. Se entiende por capacidad de pago o contributiva al nivel de vida o bienestar económico de cada persona, medida básicamente aceptada por todos como la más equitativa para establecer el monto de la contribución particular para el logro del bienestar general.
Abandonaría el intento de determinar simultáneamente los gastos públicos y las participaciones individuales en la carga impositiva (el impuesto recaudado) y trata los gastos y los ingresos como problemas separados. El Estado decidiría los gastos cada año y esto determinaría la magnitud adecuada de los ingresos. Estos recursos se obtendrían gravando a la población con impuestos no de acuerdo con la cuantía en que cada uno se beneficiaríadel gasto público sino con arreglo a su capacidad para pagarlos.
La medición de la capacidad
El primer punto a tomar en cuenta es la base para medirla, existen distintas bases:
1. RENTA. Es la medida más clara y la única utilizada casi unánimemente por los distintos países. Se toma una vez deducida una cantidad en concepto de subsistencia, la que varía según el tamaño de la familia y otras circunstancias.
Cuanto mayor sea la renta de una persona, más capaz será de pagar impuestos.
Según el economista británico Charles Allan deberían incluirse las ganancias de capital así como herencias y donaciones recibidas, aunque a menudo las autoridades no lo hacen.
2. RIQUEZA. La renta monetaria no es la única ni la mejor medida de la capacidad de pago, por razones de equidad horizontal habría que medir también las rentas no monetarias: las derivadas de la comodidad o placer de la propiedad de cosas que no generan renta: casas, obras de arte, joyas. (Invertir $100 en acciones cuya renta esté gravada equivaldría a otra persona que los invierte en una pintura). La riqueza puede ser tanto o más importante que la renta. Se puede ser muy rico en activos de muy bajo rendimiento que sin embargo refuerzan la capacidad del propietario para hacer frente a los impuestos, pueden ser vendidos para efectuar pagos al fisco. En el peor de los casos reducen la necesidad del propietario de destinar parte de su renta corriente para hacer frente a eventualidades como una enfermedad o su jubilación.
3. CAPACIDAD FUTURA PARA OBTENER RENTA. También anota Allan la necesidad de tener en cuenta este aspecto de la vida del contribuyente dado que la capacidad corriente de pagar impuestos está vitalmente afectada por la esperada capacidad futura de obtener renta. En el caso de dos individuos con igual sueldo y cartera de activos, uno con 20 años hasta su fecha de jubilación y el otro en el último año de vida activa, el segundo es menos capaz de pagar impuestos, el más joven dispone de 20 años durante los cuales acopiar activos para cuando se jubile. En la práctica es difícil de medir.
4. CONSUMOS. El profesor José María Martin que son también una forma de medir la capacidad contributiva. La realización de mayor cantidad de gastos o consumos presupone un mayor nivel de vida. Sin embargo no es una medida tan directa de capacidad contributiva como la renta y la riqueza.
Finalmente José María Martín señala que la renta, el patrimonio y los consumos, sobre todo si se los utiliza complementándose entre sí, permiten establecer los diferentes niveles de vida de los individuos con un grado de razonabilidad generalmente aceptado.
Julio Martín señala además que la capacidad contributiva se manifiesta también en la producción y la circulación de la riqueza.
La renta y el patrimonio son manifestaciones inmediatas de capacidad contributiva. La producción, la circulación y el consumo son menos visibles, son indicios de aptitud.
8) CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS: (20 PUNTOS) Analice la clasificación de los impuestos en DIRECTOS e INDIRECTOS en sus distintas variantes proveyendo a sus fundamentos y proporcionando ejemplos de las mismas.
Un impuesto puede ser clasificado en DIRECTO o INDIRECTO conforme 3 criterios sustentadores:
1. Técnico Administrativo: Un impuesto es DIRECTO cuando grava actividades, hechos o situaciones de carácter habitual o permanente, por cuya causa el sujeto pasivo debe estar inscripto o empadronado ante organismo recaudador. Ej. IVA, Impuesto a los Ingresos Brutos, Ganancias, etc. Por el contrario el impuesto INDIRECTO es aquel cuyo hecho imponible es esporádico o eventual. Ej. impuesto a los premios de juegos y sorteos.
2. Jurídico Financiero: El elemento diferenciador está dado por la naturaleza exhibida de la capacidad contributiva o capacidad de pago del contribuyente, dado que dicha capacidad tiene diversas manifestaciones. En líneas generales se consideran impuestos DIRECTOS a aquellos cuyo objeto fiscal es una manifestación inmediata, u ostensible de Capacidad Contributiva ej. impuesto al Patrimonio, a las Ganancias, etc. Por el contrario el impuesto INDIRECTO es aquí el que se aplica sobre manifestaciones de Capacidad tributaria menos visibles, de carácter mediato, “indicios”, por ejemplo impuestos las ventas (o sobre el consumo), importación, exportación, el tráfico jurídico (sellados), etc.
3. Económico: El impuesto DIRECTO se caracteriza por su difícil o imposible traslación a otros sujetos, por lo que coinciden los contribuyentes de facto y de jure. Ej. Impuesto a las Ganancias de las Personas Físicas, Patrimonio, etc. En cambio en el Impuesto INDIRECTO causas institucionales o mercadológicas hacen factible la traslación tributaria. Ej. IVA, Ingresos Brutos. La línea divisoria entre unos y otros en este caso no es tajante.
9) TEMA: CLASIFICACION DE IMPUESTOS Explique las diferencias entre impuestos de suma fija, los de alícuota proporcional y los progresivos con escala degresiva, analizando sus principales efectos económicos. Provea de un ejemplo de cada uno de los tipos de impuestos mencionados y utilice números en la ejemplificación para una mejor ilustración de la respuesta (30 puntos)
El impuesto de suma fija es aquel en el que no existe base impositiva expresada cuantitativamente; por ejemplo el “tributum capiti” o “ impuesto de capitación” que se cobraba en el imperio romano, es decir un monto fijo de impuesto “per capita” o en castellano “por habitante”. Los ingleses los denominan Lum sum taxes.
Por ejemplo en la Argentina existen 37.000.000 habitantes y si todos pagaran $ 2,000 por año tendríamos un presupuesto anual de casi $ 74 mil millones . Obviamente resultaría fuertemente inequitativo al soslayar por
completo el principio de capacidad de pago. Los impuestos “mínimos” (impuesto minimo que debe abonarse cualquiera sea la base imponible) usualmente instrumentados para determinados gravámenes (ej. Ingresos Brutos, Derecho de Registro e Inspección) se corresponden con este tipo de tributo.
En el impuesto proporcional la alícuota es constante cualquiera sea el monto de la base imponible es el caso del IVA al 21 % por una transacción de $ 1000 o de $ 100000. En el primer caso devergará $210 del impuesto y en el 2º caso $21000.
También se lo define como aquel tipo de impuesto donde la alícuota media (impuesto sobre base imponible) es igual a la alícuota marginal (aumento del impuesto dividido aumento de la base imponible). En el ejemplo vemos que la alícuota media es la misma para cualquier tamaño de base imponible (tanto $1000 como $100000 como su aumento de $99000)
En cambio en el impuesto progresivo la alícuota crece a medida que aumenta la base de imposición o lo que es lo mismo la alícuota marginal (incremento de impuesto sobre incremento de base imponible) es superior a la alícuota media (impuesto sobre base imponible). En el impuesto progresivo degresivo la progresividad de la alícuota tiene un límite a partir de la cual la misma se hace constante o proporcional. Ej. Imp a las Ganancias a las Personas Físicas mantiene una alícuota marginal máxima del 35 %. Quiere decir que un contribuyente que ganó en el año 2005 $ 150.000 abonará una alícuota marginal del 35 %. Un contribuyente que ganó en cambio $
50.000 abonará una alícuota marginal del 23 %.
(NO INTERESA EN LA RESPUESTA EJEMPLIFICATIVA LA PRECISION DE LOS DATOS SINO LA
EXPRESIÓN NUMÉRICA DE LO CONCEPTUAL).
10) TEMA: CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS : Distinga los distintos tipos de impuestos FIJOS que conoce y analice su relación con la equidad y la eficiencia impositiva. De ejemplos. Comente asimismo las características principales de los denominados impuestos GRADUALES. De ejemplos (30 puntos)
Son los impuestos que se establecen en una suma invariable por cada hecho imponible, cualquiera que fuera el monto de la riqueza involucrada en éste. El monto del impuesto es el mismo cualquiera sea el tamaño de la base imponible. Es evidente que esta característica del impuesto impuesto fijo promueve un tratamiento ampliamente inequitativo. Sin embargo mantienecomo virtud el hecho de ser absolutamente neutral (y por lo tanto eficiente) al no alterar la asignación de recursos que plantea el mercado. Se le reconoce el atributo de la neutralidad (produce el efecto del traslado en paralelo de la curva de isopresupuesto de I1 a I2 no afectando en consecuencia el destino del gasto del contribuyente sino su magnitud) pero también el defecto de la fuerte inequidad que contiene su propuesta. En Gran Bretaña se los conoce bajo la denominación de lum sum taxes.1 El caso del impuesto fijo se verifica en el impuesto de capitación2, o sea, que éste es un impuesto fijo, pero hay muchos otros impuestos fijos que no son de capitación; por ejemplo, una patente fija por el ejercicio de algún comercio, industria, oficio, profesión
Dentro del impuesto fijo hay dos variantes:
· De suma fija: no existe base impositiva expresada cuantitativamente. Ej.: impuesto mínimo a los IB
· impuesto fijo por unidad de producto” o también identificado como “impuesto de base específica”. En este caso la base del impuesto está constituida por unidades físicas poseídas, obtenidas, producidas o vendidas (por kilo, metro, por unidad).ejemplos el impuesto a las puertas y ventanas, algún tipo de impuestos internos (Ej al expendio de cigarrillos o de bebidas alcohólicas y también en algún momento y en algún capítulo especial determinados derechos aduaneros). Puede demostrarse que estos impuestos de base específica cuando adquieren la calidad de impuestos a las ventas son más eficientes en su mecanismo de traslación que los impuestos a las ventas “sobre lo facturado” o también denominados “impuestos ad valorem”.
IMPUESTOS GRADUALES
Cuando un impuesto de suma fija se aplica en forma diferencial según categorías o escalas de objeto gravado.
Son los impuestos que varían en relación con una graduación de la base imponible. Por ejemplo, se clasifican las empresas en diferentes clases, según determinados parámetros: número de obreros y empleados, capital invertido, volumen de ventas u otros o una combinación de alguno de ellos. Por cada categoría el impuesto es fijo.
Se trata, como es obvio, de un progreso respecto del impuesto fijo, pero adolece aún del defecto de profundas desigualdades por el carácter discontinuo de la graduación y, por lo tanto, por el tratamiento igual de contribuyentes en condiciones muy desiguales y desigual en condiciones no tan desiguales.
En estas condiciones encontramos los impuestos que presumen ingresos a través de tabulaciones de indicadores de base imponible. Es el caso del cálculo del impuesto mínimo a los Ingresos Brutos en la provincia de Santa Fe o el cálculo del derecho mínimo en el Derecho de Registro e Inspección de la Municipalidad de Rosario.
1 La ex primer ministra británica Margaret Thatcher, a la sazón uno de los paladines de la economía de mercado en los albores de la década del 80 en Europa, perdió la mayoría parlamentaria que sostenía su gobierno por haber intentado reponer un impuesto local de las características del impuesto fijo.
2 Este era el impuesto preferido de los emperadores romanos. Se lo conocía bajo el nombre de “tributum capiti” y frecuentemente se organizaban censos para actualizar la base de imposición.
En ambos casos se han construido tablas en función de la cantidad de personas “dependientes” de la explotación (empleados y titulares o socios cuyo mantenimiento a lo largo del tiempo indican ingresos presuntos.
11) Distinga entre Impuestos proporcionales e Impuestos progresivos. Indique los distintos sistemas de progresividad que Ud. conozca, dé ejemplos.
Los impuestos de tipo proporcional, progresivo, degresivo y regresivo son impuestos ad valorem, dado que su monto se determina por aplicación de una alícuota (quantum o tipo, tasa del impuesto) sobre la base del impuesto (o materia imponible) expresada esta en valor monetario. En el impuesto proporcional la alícuota es constante, cualquiera sea el monto imponible (ej. IVA, Ing. Brutos, a las Ganancias de las Sociedades de Capital y la gran mayoría de los impuestos vigentes en nuestro país). En el impuesto progresivo la alícuota crece a medida que aumenta la base de imposición (ej. Impuesto a las Ganancias de las Personas Físicas). Dentro de los progresivos podemos encontrar los DEGRESIVOS o de progresividad descendente como es el caso del Impuesto a las Ganancias de las Personas Físicas de la Argentina.
En los sistemas que se utilizan para dotar de progresividad a un impuesto podemos tomar los siguientes:
a) Deducción de la base. Un monto no imponible de la base del impuesto asegura progresividad del gravamen aún con alícuota proporcional. La alícuota efectiva ser superior a la alícuota nominal y creciente a medida que aumenta la base imponible.
b) Por categorías o Progresividad global. Se establecen segmentos de bases de imposición A partir de superado el segmento predeterminado la alícuota asciende. Surgen severas injusticias en el tratamiento tributario si los tramos de base tributaria no son lo suficientemente pequeños.
c) Por escalas o progresividad escalonada. Al igual que en el anterior contempla intervalos de base imponible, cada uno de ellos con alícuotas crecientes pero para determinar el tributo se fracciona la base tributaria a determinar y se le aplican las correspondientes alícuotas sumándose luego los resultados. Normalmente se expone en forma tal que se determina un importe fijo para cada tramo y el correspondiente adicional, obteniéndose de la suma de ellos el correspondiente impuesto.
12) TEMA: ANALISIS ECONOMICO DE LOS IMPUESTOS. Enuncie los denominados MOMENTOS DE LA
IMPOSICION. Explique brevemente los conceptos y categorías de efectos que definen a por lo menos 4 de ellos. (20 Puntos)
Entendemos por Momentos de la imposición a aquellas circunstancias productoras de efectos económicos originadas en el proceso fiscal resultando éstos derivados de la habilitación de la transferencia en la carga impositiva o por la se inhibición de tal posibilidad. Reconocemos los siguientes momentos a saber:
a) Percusión: Primer golpe o impacto del impuesto sobre el contribuyente " de jure " o sea el señalado por la ley para efectuar el pago del tributo.
b) Incidencia: Es el peso efectivo del gravamen que recae sobre quien en definitiva (contribuyente de facto) debe soportarlo por efecto de la traslación. Distinguimos entre incidencia formal e incidencia efectiva.
c) Traslación: Se trata del proceso o mecanismo por el cual el impuesto es traspasado o transferido desde un sujeto percutido a uno incidido p. ej a través de variaciones en los precios.
d) Difusión: Se la denomina "presión de la incidencia" o "consecuencias de la incidencia". Puede ser difusión inmediata es sobre la unidad económica incidida: comportamiento del sujeto incidido. Luego agregando las difusiones inmediatas se obtiene el efecto mediato sobre las variables macroeconómicas (C, S, I): efectos secundarios sobre variables económicas.
e) Remoción El sujeto incidido se deshace de la carga del impuesto, sin transferirlo, aumentando la productividad.
f) Amortización: reducción del valor venal de una propiedad o un activo que produce renta monetaria y que a través del impuesto esta es reducida, ello conlleva a una reducción del valor del activo.
g) Capitalización: Aumento del valor venal de una propiedad o un activo productor de renta monetaria como consecuencia del incremento de la misma debido a la eliminación de un impuesto que la gravaba.
13) TEMA: EFECTOS ECONOMICOS DE LOS IMPUESTOS: Señale en qué consiste el efecto económico de la imposición denominado Traslación, diga qué variedades del mismo pueden reconocerse practicando un breve comentario de dos de ellas. Identifique los sujetos intervinientes en la transacción privada que posibilita este efecto. (20 puntos).
La traslación del impuesto es el proceso o mecanismo por el cual el impuesto es traspasado, transferido o hecho recaer sobre sujeto distinto del sujeto designado por la ley para su pago (sujeto percutido). La transferencia tiene lugar a través de variacionesen los precios y el sujeto que ha de cargar finalmente con el peso del gravamen se lo denomina sujeto incidido.
Los tipos de traslación que pueden reconocerse son los siguientes:
3 a) Según la dirección de la traslación. Tenemos:
3 a1) Traslación hacia delante o prospectiva o progresiva.
Siguiendo la dirección de la corriente de bienes y servicios. Desde los vendedores a los consumidores por ejemplo en el caso del IVA, Ing. Brutos, etc.
3 a2) Traslación hacia atrás o retrospectiva. Esta variedad identifica a la traslación que opera en sentido inverso a la corriente de bienes o servicios. Se verifica a través de la reducción del precio de compra del empresario final al empresario intermedio y de allí a los productores en su caso. Por ejemplo encontramos las retenciones a la Exportación. Abonadas por los exportadores (sujetos percutidos) pero que finalmente inciden sobre los productores de bienes exportables gravados.
3 a3) Oblicua o hacia el costado: Se da en los casos de empresas con producción múltiple o monopolistas. En el primer caso ante la dificultad de trasladar el impuesto en algún producto, procura cargarlo al costo de otro producto donde los consumidores registran menor elasticidad de la demanda. En el caso del monopolista es la situación de “discriminación de precios” donde ante demandantes elásticos los monopolistas tienden a distribuir las ventas y su producción consecuente en forma óptima entre estos y otros demandantes de menor elasticidad precio.
3 b) Según las etapas comprendidas:
3 b1) Simple: Cuando la traslación se produce en una sola etapa (ejemplo un impuesto a las ventas minoristas es trasladado solamente al consumidor final.
3 b2) de Varios Grados: Cuando el impuesto es sucesivamente transferido en varias etapas hasta llegar al sujeto incidido.
Pueden citarse otras variedades: Ej. según la intensidad o magnitud de la incidencia (traslación simple o acumulativa también denominada piramidal)
14) Papel que juegan las elasticidades precio de la demanda y la oferta de un bien (caso de costos crecientes) en la mayor o menor facilidad de la traslación de un impuesto a la producción.
La posibilidad de traslación será mayor cuanto más inelástica sea la demanda del bien gravado., si la demanda es sumamente elástica las posibilidades de traslación son mínimas. Valido en caso de curva de oferta creciente. En cuanto a la oferta cuanto más elástica sea - si es creciente - mayor traslación habrá sobre el precio de venta.
La importancia de la existencia de traslación deviene de que a través de ella se determina -en el caso de costos crecientes que estamos considerando- la participación de compradores y vendedores en el impuesto.
P. ej. en el caso de demanda absolutamente inelástica la carga del impuesto la soportarán íntegramente los compradores. Se puede demostrar la validez de la siguiente fórmula.
% de participación de los compradores elasticidad de la oferta
--------------------------------------------------- = -----------------------------------
% de participación de los vendedores elasticidad de la demanda
Lo que indica que cuanto mayor es la elasticidad de la demanda menor será la participación de los compradores y mayor la de los vendedores. Asimismo cuanto mayor es la elasticidad de la oferta menor será la participación de los vendedores y mayor la de los compradores
15) TEMA: PRESION TRIBUTARIA- Explique el concepto de presión fiscal, sus formas de estimación y las diferencias entre las mismas. Enumere y explique 3 objeciones relevantes que puedan efectuarse a los criterios tradicionales de medición de la presión tributaria (20 PUNTOS)
La comprobación que la fuente en la cual normalmente se surte el sistema tributario es la Renta Nacional origina la búsqueda de una relación entre el producto total de los tributos y la Renta Nacional (P= T / R). Se aspira a obtener algún elemento de juicio macroeconómico sobre el grado de la carga de los tributos sobre la Renta Nacional. El objeto finalmente es establecer algún límite a la imposición de tributos y también para proceder a efectuar un análisis comparativo entre este cociente en nuestro país y otros países del mundo. Aquí podríamos hacer una primera distinción entre Presión Tributaria Teórica o potencial (tributos recaudables según las previsiones presupuestarias sobre el PBI también estimado en la pauta presupuestaria) y Presión Tributaria Real o efectiva para la cual se registra el cociente entre Tributos efectivamente recaudados en un período de tiempo y producción de bienes y servicios finales en el mismo período.
Existen numerosas observaciones acerca de los elementos a incluir o deducir del numerador y del denominador.
Por el lado del numerador existen observaciones acerca de qué tributos incluir y cuáles no. Se cuestiona la inclusión de las tasas ya que su equivalencia, más supuesta que real, con el servicio prestado por el Estado a los sujetos pasivos de estos tributos los hace más asimilable a precios que a impuestos. Algunos propugnan la inclusión de la inflación conceptualizada como tributo ciego, por supuesto que en ese caso deben corregirse los impuestos por la erosión causada a los ingresos fiscales por la tasa de inflación.
Aquí podríamos hacer una primera distinción entre Presión Tributaria Teórica, potencial o Nominal (incluyendo en el numerador los tributos recaudables según las leyes vigentes) y Presión tributaria Real (atendiendo a los tributos efectivamente recaudados).
El esfuerzo tributario no puede soslayar los beneficios que ha traído a los contribuyentes el accionar del Estado en cuanto a la necesaria provisión de bienes públicos como a su accionar estabilizador sobre el ingreso. De ahí que algunos indican que la Presión debería medirse P= (T -G )/R por lo que en el caso particular del presupuesto equilibrado no existiría la Presión Tributaria. Otros indican que debemos atender a la aportación que efectúa el Sector Público en materia de Ingreso Nacional entonces P=(T-VASP)/R donde VASP= VALOR AGREGADO DEL SECTOR PÚBLICO.
En lo referente al denominador no existe una preferencia manifiesta por uno u otro guarismo. Se entiende que el Ingreso interno neto a costo de factores (Renta Nacional) constituye una adecuada base de medición.
El concepto de Presión Tributaria o Fiscal contiene numerosas críticas fundadas en ser una relación excesivamente “macro”. Más correcto sería que el cálculo de la presión por sectores productivos (presión tributaria sectorial), o por individuos (presión tributaria individual). Habría que distinguir entonces entre “presión de jure” y “presión de facto” atendiendo a la traslación de la carga tributaria. Habría que contemplar la evasión, la elusión y el gasto tributario.
16) TEMA: LA GLOBALIZACIÓN Y LOS SISTEMAS FISCALES: Responda cuales son los factores que en el actual contexto de globalización financiera se identifican como elementos que perjudican la recaudación fiscal y que algunos economistas han denominado “termitas fiscales”. Enuncie y explique brevemente cada uno de ellos. (20 puntos).
Atribuye Tanzi a la globalización con la consiguiente integración internacional, sumadas al rápido progreso tecnológico una afectación decisiva de la capacidad de recaudación de los países y la distribución de la carga impositiva.
Según Tanzi esto quebraría la tendencia ascendente que ha tenido la carga tributaria total de los países miembros de la OCDE que ha aumentado sustancialmente en los últimos 30 años
A pesar de que los países industriales recaudan más hoy que hace 2 o 3 décadas un examen más detenido revela la acción de los que Tanzi denomina TERMITAS FISCALES que él atribuye a la evolución del denominado por el ECOSISTEMA de la GLOBALIZACION. Hay que ver si la acción de estas TERMITAS van a socavar o no el edificio fiscal. Es probable que así como la innovación y el progreso tecnológico hoy perjudican el ingreso fiscal haya en el futuro nuevas tecnologías para aumentar la recaudación.
Distinguimos siguiendo a Tanzi 8 termitas fiscales:
a) Comercio electrónico y transacciones.:Actualmente se calcula en alrededor de $ 300.000 millones pero llegaría a u$s 3 Billones en el 2003. En EEUU se calcula una pérdida de ingresos por concepto de impuestos generales a las ventas de alrededor del 4 % para algunos Estados. No se advierte progreso en cuanto a cómo gravar el comercio en INTERNET en el corto plazo.
b) Uso de dinero electrónico: Este sustituirá el dinero real con el tiempo. Deja menos rastros y hace más difícil la fiscalización. Esto ocurre con los pagos electrónicos a través de INTERNET.
c) Comercio dentro de una misma compañía: Son las denominadas transacciones sobre las que hay que investigar los denominados precios de transferencias (enfoque mundial y manual de la OCDE), la asignación de costos fijos y la valoración de marcas comerciales y patentes.
d) Centros financieros extraterritoriales: Son los denominados “paraísos fiscales” de singular importancia como vehículos de inversión financiera, esto ayudado por el flujo de información digital que permite el traslado del dinero en tiempo real fácil y económicamente. Los cálculos aproximan los depósitos en estos lugares en alrededor de u$s 5 Billones. Se facilita a través de estos mecanismos el lavado de dinero y la evasión tributaria.
e) Instrumentos derivados y fondos especulativos de cobertura: Muchos de estos fondos operan desde centros extraterritoriales y no están regulados o lo están en escasa medida. Las ganancias de estos instrumentos virtualmente se pierden. Incluso pueden utilizarse para maniobras de evasión fiscal. Aquí las ganancias de capital y los dividendos e intereses se pierden en complejidades de distinción.
f) Imposibilidad de gravar el capital financiero: A medida que los mercados internacionales de capital se integran y se tornan más eficientes se hace más difícil para los países gravar el capital móvil o las personas altamente calificadas a tasas muy superiores a las que se aplican en el exterior.
g) Crecientes actividades en el exterior: Por parte de personas altamente calificadas fuera del país de residencia. Esto les permite con frecuencia declarar de manera incompleta las utilidades externas a sus propias autoridades tributarias. Igualmente dentro de este tratamiento está el ahorro en el exterior que ni en Europa pudo coordinarse su gravabilidad.
h) Compras en el exterior: Por desgravación de la actividad turística ocurre que se puede comprar donde hay bajos impuestos. Hay un creciente número de viajeros.
17) TEMA: CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS (20 puntos) Explique las diferencias entre los impuestos al consumo calculados sobre base específica y sobre base “ad valorem”. Provea de un ejemplo numérico. (20 puntos)
El impuesto de “base específica” es un impuesto fijo. Se lo denomina también impuesto “por unidad de producto”. La base del impuesto está constituida por unidades físicas poseídas, obtenidas, producidas, vendidas, etc (por kilo, metro, litro, unidad, etc) Se los encuentra normalmente entre los impuestos aduaneros de importación, en combustibles, internos o en el caso del impuesto de sellos cuando se aplica por página o por folio del contrato gravado.
Los impuestos ad valorem se determinan por aplicación de una alícuota (tasa del impuesto) sobre la base del impuesto (o materia imponible) expresada esta en valor monetario.
Expresando algebraicamente podemos ver que un impuesto sobre base específica lo escribiríamos
pT= p + T donde pT es el precio después del impuesto
p es el precio antes del impuesto
T es el monto del impuesto
Entonces si p= $ 10 y T = $ 2
Tenemos que pT= 10 + 2 = $ 12
En cambio analizando la situación del impuesto ad valorem lo deberíamos escribir pT = p + t pT
Donde t = alícuota del impuesto
Entonces pT-tpT = p y podemos escribir pT ( 1-t) = p ó lo que es lo mismo pT= p / 1-t.
Completando con los números vemos que si disponemos un impuesto del 20 % sobre la base imponible en este caso de $ 10 tenemos que
pT = p / 1-0,20 = 10 /0.80 = 12,50
De donde se aprecia que el impuesto ad valorem produce mayor impacto sobre los precios que los impuestos específicos.

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