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Derecho Procesal - Unidad 11

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Derecho Procesal
Unidad N°11
 Derecho Procesal. Concepto. 
 La jurisdicción, la competencia, la acción. 
 La organización del poder judicial. 
 Las normas de procedimiento. Estructura básica 
de un proceso.
 Medios Alternativos de Resolución de Conflictos. 
Mediacion.
 La actuación del ingeniero en el Derecho 
Procesal. La prueba pericial. Arbitraje. 
Derecho Procesal
 El Derecho Procesal es la rama del derecho público estudia
el procedimiento o conjunto de actividades que se deben
cumplir cuando se somete a la intervención de un órgano
judicial o arbitral la solución de un conflicto o se necesite
la intervención del citado órgano para dar eficacia a una
situación o relación jurídica.
 El Derecho Procesal está constituido por normas de
forma, es de carácter local y su dictado y aplicación
corresponde a las Provincias.
Acción
 La Acción es el derecho de los habitantes de peticionar al
poder judicial la protección de los derechos que se
consideran vulnerados
 Los derechos normalmente tienen vinculados a los mismos
una acción judicial para poder exigir su cumplimiento.
Jurisdicción
 La Jurisdicción comprende el poder del juez, de oficio o a
petición de parte, para administrar justicia.
 La Jurisdicción comprende las siguientes facultades:
 Conocer: tomar intervención o conocimiento en el
asunto.
Decidir: dictar sentencia, dar una solución al asunto.
Hacer Cumplir: potestad de poder ejecutar la decisión,
aún por medio de la fuerza pública, si es necesario.
Competencia
 La Competencia es capacidad o aptitud
reconocida al juez para ejercer su jurisdicción en
una determinada clase o categoría de asuntos, o
durante una determinada etapa del proceso.
 La competencia es el límite o la medida de la
jurisdicción
Clasificación de la Competencia
Diferentes criterios para clasificar la competencia:
a) Criterio Territorial: el juez ejerce su
jurisdicción sobre determinado territorio.
b) Criterio Objetivo: tiene en cuenta la naturaleza
del asunto
c) Criterio Funcional: tiene en cuenta la diversa
función del juez en base a la instancia en la cual
interviene
Organización del Poder Judicial
 Co-existen dos poderes judiciales: uno nacional o
federal, con competencia territorial en todo el país o
otros locales o provinciales, con competencia territorial
en el ámbito de la respectiva provincia.
 La Justicia Federal entiende en los casos en los cuales la
Nación sea parte, entre Provincias, o entre los vecinos
de distintas Provincias, en las causas de jurisdicción
marítima, referidas a embajadores o cónsules extranjeros
(art. 116 CN) o que resulte de leyes especiales
(estupefacientes, contrabando, trata de personas, etc)
Justicia Federal en Tucumán
 Existen dos Juzgados Federales de Primera Instancia,
con competencia en toda la Provincia deTucumán
 Los fallos son apelables ante la Cámara Federal de
Apelaciones de Tucumán, que además tiene
competencia sobre Catamarca y Santiago del Estero
 Excepcionalmente se puede recurrir ante la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, que tiene
jurisdicción sobre todo el país.
Poder Judicial de Tucumán
 El Poder Judicial de Tucumán está a cargo de la Suprema
Corte de Justicia de la Provincia y los demás tribunales
inferiores organizados por la Ley Orgánica del Poder
Judicial (juzgados de primera instancia y cámaras de
apelaciones).
 Asimismo se organizan distintos fueros en razón de la
materia.
Distintos Fueros del Poder Judicial de 
Tucumán
 Civil y Comercial Común
 Documentos y Locaciones
 Familia y Sucesiones
 Cobros y Apremios
 del Trabajo
 Contencioso Administrativo
 Penal.
Competencia Territorial: Centros 
Judiciales
 El Poder Judicial de Tucumán está organizado territorialmente en
cuatro Centros Judiciales:
 Capital: con asiento en San Miguel de Tucumán, abarca los
departamentos de Capital,Trancas,TafíViejo,Yerba Buena, Lules.
 Este: con asiento en la ciudad de Banda del Rio Salí, abarca los
departamentos de Burruyacu, Cruz Alta, Leales.
 Monteros: con asiento en la ciudad de Monteros, abarca los
departamentos de Famailla,Tafí delValle, Monteros y Simoca.
 Concepción: con asiento en la ciudad de Concepción, abarca los
departamentos de Chicligasta, Rio Chico, Alberdi, La Cocha y
Graneros.
Centros Judiciales de Tucumán
Estructura Básica de un Proceso
 Un proceso judicial tiene la siguiente estructura
básica:
o Demanda y Contestación
o Pruebas
o Alegatos
 Luego el juez resuelva en la sentencia, y esta
puede ser recurrida ante las instancias superiores,
conforme las normas procesales.
Medios Alternativos de Resolución de 
Conflictos. 
 Se tratan de medios alternativos al proceso
judicial para solucionar los conflictos. Se busca
evitar los costos y la duración prolongada de los
juicios.
 Entre otros, se prevé el arbitraje, la conciliación y
la mediación.
Mediación
 La mediación es un método alternativo de resolución de
conflictos por el cual ambas partes, con asistencia letrada, en un
ambiente de armonía y respeto mutuo, dialogan asistidas por un
mediador, quien facilita la comunicación, brindando la
posibilidad de una solución colaborativa, rápida y económica.
 La mediación ha sido establecida como obligatoria y prejudicial
por la ley provincial 7844 en el ámbito de la Provincia de
Tucumán
 La mediación puede terminar con un acuerdo (que equivale a
sentencia), o sin acuerdo, y en este caso autoriza a iniciar o
continuar con el proceso judicial.
Actuación del Ingeniero en Juicio
El Ingeniero, como tal, puede actuar en juicio 
de dos maneras:
Como Perito
Como Arbitro
Prueba Pericial
 Procedencia. Según el art. 349 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Provincia de Tucumán (CPCCT), podrá
emplearse la prueba pericial cuando, para la apreciación de
los hechos, se requirieran conocimientos especiales en alguna
ciencia, arte, técnica, industria o actividad.
 Para ser perito hay que poseer tener título otorgado
conforme a la ley e inscribirse en los listados que a tal efecto
lleva la Corte Suprema de Justicia.
 El perito es un auxiliar del juez.
 Si no hay peritos, podrá consultarse a una persona idónea.
Prueba Pericial
 Regulada por los arts. 339 a 353 del CPCCT.
 Puntos de Pericia. La parte que desee servirse de la 
prueba de peritos la ofrecerá, indicando claramente 
la especialidad que ha de tener el perito y los puntos 
sobre los cuales haya de versar el dictamen.
 Cada parte designar un consultor técnico (perito de
parte).
Prueba Pericial
 Designación. Los peritos serán nombrados por
sorteo entre los profesionales inscriptos en las listas
que lleva la Corte Suprema de Justicia.
 Aceptación del Cargo. El perito sorteado debe
comparecer a aceptar el cargo en las 24 hs. de
notificación. Si no compareciera, será eliminado del
listado.
Prueba Pericial
 Anticipo de Gastos de Pericia. El perito puede
solicitar al oferente de la prueba que se le adelante
una suma de dinero para atender los gastos de la
pericia, dentro de los tres días de aceptado el cargo.
Su falta de depósito implica el desestimiento de la
prueba.
 Práctica de la Pericia. Debe fijarse día y hora para la
práctica de la pericia, a la cual puede asistir el juez y
las partes.
Prueba Pericial
 Presentación del Dictamen. El perito debe presentar
el dictamen dentro del plazo probatorio. Luego debe
evacuar el pedido de aclaraciones, observaciones y/o
impugnaciones que efectúen las partes.
 Valor del Dictamen. El dictamen no obliga al juez.
 Pérdida del derecho a percibir honorarios. Si no
presenta el dictamen o no contesta las aclaraciones,
observaciones y/o impugnaciones pierde el derecho
a percibir honorarios.
Arbitraje
 Las partes pueden someter un litigio a un juicio de árbitros o 
amigables componedores (arts. 444 a 466 CPCCT).
 Es un proceso que depende de la voluntad de las partes.
 Designación. Para ser designado amigable componedor basta gozar 
de capacidad civil, tener buenaconducta y la instrucción necesaria 
para poder apreciar el caso que se le someta.
 Compromiso arbitral. Las partes se someten a este procedimiento 
mediante un compromiso arbitral.
 Procedimiento. No se ajusta a las formas de un proceso.
 Laudo Arbitral. Decisión de los árbitros que pone fin a la 
contienda.

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