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Unidad 6 Retribuciones Complementarias

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Unidad 7 
Impuesto Sustitutivo Sobre Retribución 
Complementaria 
 
 
 Yirda De La Cruz O.CPA, MGP 
Santo Domingo, D.N. 
 
 
 septiembre 2020. 
 
 
INDICE DEL CONTENIDO 
 
 
 
 
 Unidad 7: Impuesto Sustitutivo Sobre Retribución Complementaria 
 
 
 
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Autora: Yirda De la cruz CPA, MGP 
 
 
 
 
 
 
7.1 Impuesto Sustitutivo Sobre Retribución Complementaria 
 
Retribución Complementaria: 
 
Según el artículo 318 de la Ley 11-92, significa cualquier bien, servicio o beneficio 
proporcionado por un empleador a una persona física por su trabajo en relación de 
dependencia en adición a cualquier retribución en dinero, pero sólo si dicho bien, 
servicio o beneficio contiene un elemento personal individualizable. 
 
Se considerarán, entre otras, retribuciones complementarias, el suministro de los 
siguientes bienes, servicios o beneficios: 
 
1) Viviendas. 
2) Vehículos de cualquier especie. 
3) Personal doméstico. 
4) Descuentos especiales en la venta de bienes. 
 
Se consideran retribuciones complementarias todas las compensaciones o 
beneficios individualizables que un empleador concede a sus empleados en 
adición a sus retribuciones en dinero. Las retribuciones complementarias 
deben brindar satisfacción personal al empleado o a las personas que 
dependen de él; por lo tanto, los recursos otorgados a los empleados para 
llevar a cabo las operaciones del negocio no constituyen retribuciones 
 Unidad 7: Impuesto Sustitutivo Sobre Retribución Complementaria 
 
 
 
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complementarias y no estarán sujetas a este impuesto. El beneficio otorgado 
al empleado debe ser en especie. Por consiguiente, cualquier beneficio 
pagado en efectivo directamente al empleado debe ser tratado como salario 
regular sujeto a retención por parte del empleador y no sujeto al Impuesto 
Sobre Retribuciones Complementarias. Sin embargo, cuando el empleador 
paga en efectivo a un tercero y el empleado recibe un beneficio en especie, 
por parte del empleador, el beneficio está sujeto al Impuesto Sobre 
Retribuciones Complementarias. Para los fines de la aplicación de este 
impuesto, se considera individualizable todo bien, servicio beneficio cuyo 
costo por persona beneficiaria pueda ser determinado (Art 85 del reglamento 
139-98) 
 
Los empleadores deben retener, pagar y registrar las retribuciones complementarias 
mensualmente, la tasa es la misma del articulo 297 (27% actualmente) 
 
Para determinar que son retribuciones hay que analizar si cumplen lo siguiente: 
 
• Que el beneficio que reciba el empleado sea individualizado, es decir para 
beneficio personal de él, no en el ejercicio de sus funciones. 
• Que sea en especie, no en efectivo. 
 
Ejemplo el señor viña del Mar, se le paga la vivienda donde vive, se hace un cheque 
a nombre de la dueña, por un valor de RD$12,000.00 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Autora: Yirda De la cruz CPA, MGP 
 
 
 
BIBLIOGRAFIA 
 
1. Canahuate. F. (2019) Legislación Tributaria Dominicana (Tomo III) Santo 
domingo. 
 
2. Díaz, R., Código Tributario de la Republica Dominicana Reglamentos 
Referenciados (13vª Ed) (2018), Santo domingo. Impresora metropolitana. 
(Puede ser utilizado otro Código Tributario) 
 
3. Milcíades Rodriguez (2013). Código Tributario Anotado de la Republica 
Dominicana y Legislación Complementaria (2 ª Ed), Santo domingo. Fundación 
Pellerano Herrera. 
 
4. Quiñones. G (2012). Código Tributario Anotado de la Republica Dominicana y 
Legislación 
5. Complementaria (2 ª Ed), Santo domingo. Fundación Pellerano Herrera. 
 
6. Barnichta. E. (2011) Derecho Tributario, (Tomo 1, 1 ª Ed) Santo domingo. Ed. 
Centenario. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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 BIBLIOGRAFIA COMPLEMENTARIAS 
 
 
• Revista universitaria, mayo 2019, Impuesto sobre la Renta Persona Física, 
ediciones DGII. 
• Ley No. 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del 
Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible. 
• Reglamento 139-98 sobre aplicación del ISR. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
WEBGRAFÍA 
 
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• https://dgii.gov.do/cicloContribuyente/obligacionesTributarias/principalesI
mpuestos/Paginas/impuestoSobreRenta.aspx 
En esta web se encuentra en detalle las definiciones y detalles del ISR 
• https://dgii.gov.do/informacionTributaria/principalesImpuestos/Paginas/IT
BIS.aspx 
En este web se encuentran detallados los principales impuestos incluyendo 
ISR. 
• https://dgii.gov.do/legislacion/leyesTributarias/Documents/11-92.pdf 
En esta web se encuentra el código Tributario Ley 11-92, que es la legislación 
vigente para el ISR 
• https://dgii.gov.do/legislacion/reglamentos/Documents/2004/139-98.pdf 
En esta web se encuentra el reglamento 139-98, que es el reglamento vigente 
para la aplicación del Título II, del código Tributario (Titulo de ISR). 
 
https://dgii.gov.do/informacionTributaria/principalesImpuestos/Paginas/ITBIS.aspx
https://dgii.gov.do/informacionTributaria/principalesImpuestos/Paginas/ITBIS.aspx
https://dgii.gov.do/legislacion/leyesTributarias/Documents/11-92.pdf
https://dgii.gov.do/legislacion/reglamentos/Documents/2004/139-98.pdf

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