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El Procedimiento

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“EL PROCEDIMIENTO” 
El procedimiento o 
EL PROCESO como ahora se le llama, concebido como una institución - cosa, ¿qué elementos comprende?
EL PROCESO es 
	Una idea: un camino para llegar a un fin.
	Social: ese camino ha sido escogido a cambio de otros (violencia, justicia por mano propia, azar, etc.) 
	dotada de permanencia: pues tiene raíces antiquísimas.
	Poder y
	 autonomía: es una estructura capaz de imponerse como solución necesaria o alternativa segura (cosa juzgada, potestad jurisdiccional, etc.) que genera su propia
	dinámica (a través de las acciones de las partes y los “operadores” del Derecho.
Las ACCIONES DE LA LEY
-del siglo VII aC al 17 aC-
	Instituto de DERECHO QUIRITARIO
	Solo para ciudadanos romanos
	Oral (en su mayor parte), salvo LITIS CONTESTATIO.
	Dos etapas: IN JURE e IN JUDICIO
	Solemne y voluntario (no compulsivo)
	De derecho estricto:
	Si no hay acción no hay amparo.
	Procedimientos declarativos (ej. per sacramentum) y 
	procedimientos ejecutivos: manus iniectio. (XII tablas, III) y pignoris capio
PROCEDIMIENTO FORMULARIO
(por Lex Abuteia, aparece como optativo; luego por Ley Julia -17 aC- se torna obligatorio y se suprime por el Emperador Diocleciano en 294 dC)
	De creación pretoriana (Derecho honorario y tanto urbano como peregrino)
	Oral hasta la fórmula y luego escrito
	Dos etapas: IN JURE e IN JUDICIO. Entre medio la Litis Contestatio (La fórmula):
	Nombramiento
	Intentio
	Demostratio* (Fórmulas “in jus, “in factum” o´”útiles”)
	Exceptio
	Condemnatio
PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO
(su origen se podría ubicar en el s II dC y se afirma en el 294 cuando Diocleciano suprime el proceso formulario)
	De creación imperial (disminuyendo poder pretoriano)
	Recibe influencias del derecho oriental.
	Proceso escrito desde la demanda.
	Ante funcionarios del Imperio (no hay dos etapas, sino una)
	Demanda
	contestación (o rebeldía)
	prueba
	alegatos
	sentencia (puede atenuar petición de las partes. No más “plus petitio” rígida)
	apelación
Algunas líneas de la evolución.
	El proceso pierde excesivas solemnidades orales y criterios rígidos para acoger y tramitar un reclamo.
	Se va afirmando la necesidad de que el contrario concurra y si no es establece su “rebeldía” y el proceso sigue.
	Pasa de tener dos partes (In Jure e In judicio -o apud judicium) a una sola (en el Proceso extraordinario), ante un mismo magistrado (Juez)
	Se introducen cada vez más elementos escritos (ej. Demanda y contestación, Sentencia y apelación, son escritas.
	Se introducen las “instancias” (al menos dos, produciéndose la segunda mediante una “Apellatio”
	Es más abierto en cuanto a causas que atienden y a sujetos involucrados (antes sólo los Romanos luego los extranjeros también.
Evolución de las 
Instituciones Jurídicas
Facultad de Derecho
	UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA
Grupo 1º A - Año 2013

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