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El Derecho Individual y el Derecho Colectivo

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• Artículo 95: Derecho de constituir y
afiliarse o no a los sindicatos.
• Artículo 96: Derecho de todos los
trabajadores a la negociación colectiva
voluntaria. 
• Artículo 97: Derecho de huelga de todos
los trabajadores.
 
• Artículos 353 al 430: La Libertad Sindical
(disposiciones fundamentales, protección,
organizaciones sindicales, derechos de los
afiliados, etc.).
• Artículos 431 al 471: Derecho a la
Negociación Colectiva y la Convención
Colectiva (disposiciones generales,
convenciones colectivas de trabajo, etc.).
• Artículos 472 al 496: El Conflicto
Colectivo de Trabajo (los pliegos
conflictivos, los servicios mínimos
indispensables y servicios públicos
esenciales, la huelga y el arbitraje). 
• Artículos 497 y 498: La Participación y el
Protagonismo Colectivo (los Consejos de
Trabajadores y la ”complementación” a las
organizaciones sindicales).
 
Protección del Trabajador, Personas del
Derecho del Trabajo, Prescripción de las
Acciones, Relación de Trabajo, Contrato,
Sustitución de Patrono, Suspención de la
Relación, Terminación de la Relación,
Estabilidad, Salario, Participación,
Prestaciones Sociales, Protección del
Salario, Jornada, Horas Extraordinarias,
Días Hábiles y Vacaciones.
• Artículo 89: Derecho de la Protección
Laboral de los Trabajadores. 
• Artículo 90: Derecho de vacaciones y
horas extraordianarias remuneradas. 
• Artículo 91: Derecho a un salario digno.
• Artículo 92: Derecho a recibir
remuneración por antigüedad.
• Artículo 93: Derecho a la estabilidad
laboral.
 
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y
LAS TRABAJADORAS (LOTTT)
Derecho de sindicación o de asociación
sindical.
Derecho a la solución pacífica de
conflictos colectivos y a la huelga.
Derecho a la convención colectiva.
Los Consejos de Trabajadores.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA (CRBV)
NORMATIVA DEL
DERECHO INDIVIDUAL Y
EL DERECHO COLECTIVO
DERECHO INDIVIDUAL
Es un conjunto de normas creadas para
regular las relaciones individuales entre
empleadores y trabajadores. Se
establecen con la finalidad de garantizar
la paz social y la creación, subsistencia y
preservación de empleos decentes.
DERECHO COLECTIVO
Es aquel derecho que, dentro de la
disciplina general del Derecho del
Trabajo, regula las relaciones entre
patronos y trabajadores no de modo
individual, sino en atención a los
intereses comunes a todos ellos o a los
grupos profesionales.
SITUACIÓN PRACTICA DENTRO DEL EJERCICIO PROFESIONAL
 
Hadasa
Acevedo
 
• Artículos 30 al 34: Protección Laboral.
• Artículos 35 al 50: Personas en el Derecho.
• Artículos 51 y 52: Prescripción de Acciones.
• Artículos 53 y 54: Relación de Trabajo. 
• Artículos 55 al 65: Contrato de Trabajo.
• Artículos 66 al 70: Sustitución de Patrono.
• Artículos 71 al 75: Suspención de la Relación.
• Artículos 76 al 84: Terminación de Relación.
• Artículos 85 al 95: Estabilidad Laboral.
• Artículos 96 al 140: Salario.
• Artículos 141 al 147: Prestaciones Sociales.
• Artículos 148 al 155: Protección del Trabajo,
Salario y Prestaciones Sociales.
• Artículos 156 al 166: Condiciones Dignas.
• Artículos 167 al 177: Jornada de Trabajo.
• Artículos 178 al 183: Horas Extraordinarias.
• Artículos 184 al 188: Días Hábiles.
 
• Artículos 189 al 203: Vacaciones.
 
Al ser despedido injustamente de un puesto de trabajo, el autoestima y
la motivación de una persona pueden verse afectadas. Se considera un
despido injustificado ya que no se encuentra entre las causas de
despido del artículo 79 de la LOTTT. De modo psicologico, para esta
situación pueden aplicarse técnicas y estrategias como el desarrollo
de un plan de acción y una apropiada planificación que permitan
enfrentar el proceso y los sentimientos que el individuo enfrenta. 
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA – CRBV (1999).
GALITO, E. A. M. (2007, 24 OCTUBRE). DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO (VENEZUELA). MONOGRAFIAS.COM. HTTPS://WWW.MONOGRAFIAS.COM/TRABAJOS51/DERECHO-COLECTIVO-TRABAJO/DERECHO-COLECTIVO-TRABAJO
GARCÍA, A. M. (2021, 8 NOVIEMBRE). DERECHOS INDIVIDUALES. ECONOMIPEDIA. HTTPS://ECONOMIPEDIA.COM/DEFINICIONES/DERECHOS-INDIVIDUALES.HTML#:%7E:TEXT=SU%20DIFERENCIA%20CON%20LOS%20DERECHOS,HUMANOS%20Y%20CON%20LOS%20FUNDAMENTALES.
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS – LOTTT (2012).
https://www.monografias.com/trabajos14/disciplina/disciplina
https://www.monografias.com/trabajos7/dela/dela
https://www.monografias.com/trabajos7/dela/dela
https://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit

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