Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
116 PrinciPios básicos Al enfrentarse a un contexto extranjero, en el que las leyes y los decretos guberna- mentales, prácticas comunes, niveles de desarrollo y sobreentendidos culturales son muy diferentes de los del país de origen, ¿qué debe hacer el administrador de una multinacio- nal? Por ejemplo, al operar en otro país, ¿debe adoptar las prácticas de su país o las que prevalecen en el país anfitrión? Algunos han asegurado que, al operar en países menos desarrollados, las multinacio- nales de países más desarrollados siempre deben seguir las prácticas de sus países de origen, que establecen estándares más altos y estrictos.133 Pero esta afirmación ignora la posibili- dad de que al introducir prácticas que han evolucionado en un país con alto desarrollo en uno menos desarrollado se produzcan más daños que bienestar, lo cual es una violación de los estándares éticos de utilitarismo. Por ejemplo, si una compañía estadounidense que opera en México paga a los trabajadores los salarios de Estados Unidos, podría sacar a todos los trabajadores capacitados de las compañías mexicanas que no tienen la posibilidad de pagar esos salarios. En consecuencia, los esfuerzos de México para desarrollar compa- ñías propias podrían verse frustrados mientras ocurren estragos en los mercados laborales locales. De nuevo, si se requiere que las compañías estadounidenses que operan en México lo hagan de acuerdo con los salarios más altos y los estándares del consumidor, ambientales y de seguridad de Estados Unidos, no tendrían razón para invertir en México, y el desarro- llo de este país se retrasaría. Precisamente porque necesitan y desean inversión y tecnología extranjera, los gobiernos de muchas naciones menos desarrolladas, con un interés genuino en que avancen los intereses de sus pueblos, han insistido en estándares menos costosos que atraigan a las compañías extranjeras. Entonces, es claro que las condiciones locales, en particular, las condiciones que generan desarrollo, deben por lo menos considerarse cuando se determina si se deben importar prácticas de un país desarrollado a un país menos desarrollado y si es un error aceptar la idea general de adoptar siempre las prácticas “más altas” del país de origen más desarrollado. Algunos se han ido al extremo opuesto y afirman que las multinacionales deben siem- pre seguir las prácticas locales, cualesquiera que sean, o hacer justo lo que el gobierno del lugar quiere, porque es el representante del pueblo. Pero muchas veces es tan poco ético seguir las prácticas locales o los requerimientos del gobierno como lo es oponerse a ellos. Los menores estándares ambientales de México, por ejemplo, podrían ser tan bajos como para permitir niveles de contaminación que dañen la salud o, incluso, maten a quienes viven cerca de plantas químicas, produciendo violaciones obvias de los derechos humanos básicos de estas personas. Las políticas del apartheid del gobierno de Sudáfrica implican niveles de discriminación contra los negros que son violaciones profundas de la justicia. Otra vez, el interés personal de las elites gubernamentales en Haití puede llevarlos a apoyar las políticas que los enriquecen al tiempo que dañan a los ciudadanos que se supone repre- sentan. Por lo tanto, la idea general de que las prácticas locales deben adoptarse siempre también es un error. Entonces es claro que aunque las leyes o los decretos gubernamentales, las prácticas comunes, los niveles de desarrollo y los sobreentendidos culturales del lugar deban to- marse en cuenta al evaluar la ética de las políticas y las acciones del negocio en otro país, el status quo no puede simplemente adoptarse sin que el administrador de la multinacional lo cuestione y lo someta a un análisis ético. ¿Qué factores deben considerarse al evaluar la ética de una acción o la política en un contexto extranjero? La discusión anterior sugiere que deben hacerse las siguientes preguntas acerca de cualquier acción o política corpora- tiva bajo consideración de una compañía que opera en el extranjero: 1. ¿Qué significa en realidad la política o la acción corporativa en el contexto de la cultura local? Al verse en términos de su significado cultural regional, ¿es éticamente aceptable la política o la acción, o viola los estándares éticos de utilitarismo, derechos, justicia y cuidado en un grado tal que no debe em- prenderse? Desde la perspectiva de la virtud, ¿promueve la acción o la polí- tica, el ejercicio o el desarrollo de un carácter moralmente bueno? Repaso breve 2.15 Factores de complicación en otro país • Leyes y gobiernos locales cuestionables • Prácticas morales cuestionables • Nivel de desarrollo tecnológico, social y económico • Sobreentendidos culturales de acciones y sucesos Vela�squez 02.indd 116 24/5/06 08:40:11 PrinciPios éticos en los negocios 117 2. Tomando en cuenta los niveles de desarrollo tecnológico, social y económico de la nación y lo que está haciendo su gobierno para promover este desarro- llo, ¿produce la política o la acción corporativa consecuencias que son éti- camente aceptables desde el punto de vista del utilitarismo, los derechos, la justicia y el cuidado o desde el punto de vista del carácter moral? ¿Pueden implementarse los requerimientos legales o las prácticas comunes más es- trictos de naciones más desarrolladas y, en su contexto, sería más congruente esa implantación con los estándares éticos de utilitarismo, derechos, justicia y cuidado? ¿Promovería esa implementación el ejercicio o el desarrollo de un carácter moralmente bueno? 3. Si las leyes o los decretos del gobierno local permiten o requieren la acción o la política corporativa, ¿representa verdaderamente ese gobierno la voluntad de todo su pueblo? ¿Viola de todas maneras la acción o política corporativa los principios de utilitarismo, derechos, justicia o cuidado, o es condenable desde la perspectiva del carácter moral? Si es así, y si la acción o política se requiere legalmente para hacer negocios en el país anfitrión, entonces ¿es suficientemente significativa la violación ética para requerir retirarse de ese país? 4. Si la acción o la política corporativa implican una práctica común que es moralmente cuestionable según los estándares del país de origen (como la discriminación sexual o los sobornos del personal del gobierno), ¿es posible hacer negocios en ese país sin comprometerse en la práctica?134 Si no es así, entonces ¿viola la práctica los principios de utilitarismo, derechos, justicia y cuidado en un grado suficientemente significativo para requerir el retiro de ese país? ¿Es la práctica tan nociva desde la perspectiva del carácter moral como para requerir retirarse de ese país? Por supuesto que responder a estas preguntas no resolverá de manera automática todos los dilemas éticos encontrados en contextos internacionales. Sin embargo, las pre- guntas indican los tipos de aspectos que deben considerarse al aplicar los principios éticos en ellos. Preguntas para repaso y análisis 1. Defina los siguientes conceptos: utilitarismo, utilidad, bien intrínseco, bien instrumental, necesidad básica, sólo deseos, regla utilitaria, derechos, dere- chos legales, derechos morales, derechos negativos, derechos positivos, de- rechos contractuales, imperativo categórico (o formal), perspectiva libertaria de los derechos, justicia distributiva, el principio fundamental (o formal) de la justicia distributiva, principio material de justicia, justicia igualitaria, jus- ticia capitalista, justicia socialista, justicia libertaria, la justicia como igual- dad, principio de igual libertad, principio de diferencias, principio de la justa igualdad de oportunidades, la “posición original”, justicia retributiva, justicia compensatoria, cuidado, ética del cuidado, relación concreta, virtud, ética de la virtud. 2. Un estudiante incorrectamente definió el utilitarismo como sigue: “Utilitarismo es el punto de vista de que mientras una acción me proporcionemás beneficios económicos mensurables que costos, la acción es moralmente correcta”. Iden- tifique todos los errores contenidos en esta definición de utilitarismo. Vela�squez 02.indd 117 24/5/06 08:40:12
Compartir